ANEP recibe invitación para reunirse con Michelle Bachelet en su visita a Costa Rica

La Asociación Nacional de Empleados Públicos y Privados (ANEP), recibió este medio día la invitación de la Oficina Regional para América Central del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, para participar en el encuentro que Michelle Bachelet, Alta Comisionada de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, tendrá con las organizaciones de trabajadores costarricenses durante su visita oficial al país.

Para la ANEP esta oportunidad será única para exponer ante la Alta Comisionada de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos los últimos acontecimientos político-sociales en el país, así como el desarrollo del proyecto de ley anti-huelgas, el cual atenta contra la libertad a la protesta, incluso contra políticas públicas. Además, para abordar el pronunciamiento de los Relatores Especiales de la ONU sobre dicho proyecto de ley y como fue descalificado por los tres Poderes del Estado y actores políticos.    

Es importante recordar que la ANEP impulsó este proceso de denuncia sobre violaciones a las Libertades Sindicales y al Derecho Constitucional de Huelga ante los Derechos Humanos de la ONU en conjunto con ASDEICE-FIT, SIICE-FIT y UPINS.

La reunión de la Alta Comisionada de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos con las organizaciones de trabajadores costarricenses, tendrá desarrollo el próximo martes 3 de diciembre a las 4:00 de la tarde, en la sede de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, ubicada en Los Yoses.

Presidencia Ejecutiva del SINART restringe participación de representación laboral ante Consejo de Gobierno

La presidenta ejecutiva del Sistema Nacional de Radio y Televisión (SINART) S.A, Lorna Chancón Martínez, impidió la participación de la representación laboral del canal del Estado, en la reunión que sostuvo este martes el Consejo del SINART con el Consejo de Gobierno y la Junta de Accionistas del SINART, donde se realizó una presentación sobre informes financieros de la institución, así como diversos aspectos relativos a la gestión de la entidad y la actividad que desarrolla.

Así lo denuncia la Seccional ANEP-SINART quien cuestiona el accionar de la jerarca, ya que limitó la representación del Consejo del Sinart a quienes solo tienen voz y voto dentro de este, aduciendo que era una restricción proveniente desde el mismo Consejo de Gobierno. Sin embargo, en la invitación girada desde Casa Presidencial no existe tal limitación, tan solo que se debe de entregar el nombre de los participantes antes del viernes 22 de noviembre.

Según Vielka Valenciano, representante de los trabajadores ante el Consejo Ejecutivo y presidenta de la Seccional ANEP-SINART, el jueves anterior (21 de noviembre) la Presidenta Ejecutiva informó que el Consejo Ejecutivo del SINART era citado ante el Consejo de Gobierno, Junta de Accionistas del SINART, ante la consulta de la representación laboral a la Jerarca sobre los participantes respondió que “tenían prioridad de participación los miembros con voz y voto”.

Está decisión de la Jerarca del SINART ha levantado una serie de cuestionamientos a lo interno de la institución, como el por qué la insistencia en querer anular una representación (laboral) que está legitimada por la Ley del SINART o bien qué le quieren esconder a los trabajadores.

“Esa decisión es recibida por la Representación de las personas trabajadoras del SINART como una actitud desleal, falta de transparencia y totalmente contraria al espíritu de transformación que promueve la OCDE que, incluso, impulsa que las representaciones de trabajadores en los órganos directivos, tengan voz y voto, y que exista una comunicación entre los órganos directores (Consejo Ejecutivo) y las autoridades de Gobierno, con potestad sobre la empresa. La actitud de bloqueo, reiteradamente asumida por la Presidenta Ejecutiva hacia nuestra labor, no nos amedrentará en nuestro compromiso proactivo por el desarrollo del SINART”, manifestó Valenciano

Valenciano agregó que “esta actitud, impide que la Junta de Accionistas del SINART conozca las tesis de las personas trabajadoras del SINART, pero haremos llegar nuestra posición al Consejo de Gobierno en pleno, por las vías correspondientes. Reiteramos que, con las políticas OCDE, el procedimiento seguido en este caso, es totalmente inaceptable”, finalizó Valenciano.

Adjuntamos invitación del Consejo de Gobierno.

Encuentro Social Multisectorial califica de infructuosas mesas de negociación con el Gobierno

Con la presencia de más de 300 personas, procedentes de diversos sectores y puntos del país, el Encuentro Social Multisectorial realizó un balance general del proceso de conversaciones con el Gobierno.

El análisis se realiza luego de varios meses de haber dado inicio las mesas de negociación, las cuales   los diversos sectores integrantes del Encuentro las califican como poco provechosas

Ante este escenario el Encuentro Social Multisectorial no descarta tomar una serie de acciones, las cuales se estarán analizando en próximas reuniones.

Atención: cambio de fechas de inscripciones para conformar Órgano Fiscalizador

Estimados (as)

Afiliados (as)

Asociación Nacional de Empleados Públicos y Privados

ANEP

Honorables compañeros (as):

La Comisión Electoral de la Asociación Nacional de Empleados Públicos y Privados (ANEP),  fundamentada en el art. 45 de sus estatutos, les informa que se estarán recibiendo hojas de vida de afiliados y afiliadas, que estén interesados (as) en postularse para participar como candidatos y candidatas para conformar el Órgano Fiscalizador.

Las elecciones se realizarán el día 8 de febrero del 2020, a partir de las 8:00 de la mañana en el Auditorio de la Conferencia Episcopal, en Calle 20 Norte.

Dichos postulantes deberán cumplir con los Artículos 21, 22, y 50 del Estatuto para su debida inscripción, el cual está conformado de la siguiente manera:

  1. -Órgano Fiscalizador
  2. -Fiscalía Adjunta Primera
  3. -Fiscalía Adjunta Segunda

Cada propuesta de equipo de candidatos (as) deberán de venir conformado según lo estipulado anteriormente.

Para tales efectos la Comisión Electoral de la ANEP, estará recibiendo dicha documentación el día viernes 10 de enero del 2020 hasta las 17:00 horas, en la sede central de la ANEP, ubicada en Calle 20 Norte, 300 metros Norte del Hospital de Niños.

Sr. Rolando Fonseca Gutiérrez

Presidente

Comisión Electoral ANEP

FECTSALUD solicita a la CCSS tomar en cuenta propuesta sobre jornadas extraordinarias, ante “confusión y angustia en la institución”

Por medio de una carta dirigida al Gerente General de la Caja Costarricense del Seguro Social (CCSS), Roberto Cervantes Barrantes, la Federación Costarricense de Trabajadores de la Salud (FECTSALUD), solicita a la institución tomar en cuenta sus propuestas sobre las jornadas extraordinarias, ya que según la Federación actualmente existe un caos sobre el tema.

“La CCSS ordenó poner en marcha ese nuevo instrumento regulador del tiempo extraordinario, a partir del día 01 de noviembre de 2019, bajo la circular GG-518-2019. Sin embargo, como lo demostramos con elementos probatorios a sus representantes institucionales y a la Ministra Geannina Dinarte Romero y el Vice Ministro Ricardo Marín Azofeifa, MTSS, en pocos días de su ejecutoria, la angustia y confusión es imperante”, indica el documento.

Según FECTSALUD, luego de la entrada en vigencia del nuevo modelo regulador del tiempo extraordinario “sobrevino un caudal de interpretaciones y manejos antojadizos en las propias bases de la representación de la Administración Activa y ponen a sudarlas Oficinas de Recursos Humanos, por cuanto, son por excelencia receptoras de un sinfín de quejas y malestares”.

Documento firmado por los representantes de FECTSALUD

Otra de las molestias de la Federación es que la CCSS no habría consultado a FECTSALUD y sus organizaciones adscritas criterio alguno respecto a las jornadas extraordinarias, esto durante las negociaciones que se dieron con otros sindicatos de la institución, el mes anterior.

“Si bien es cierto la Caja responsablemente solicitó opinión a algunas representaciones laborales sobre las directrices de su tesis normativa instrumental para regular y fundamentar su aplicación en legitimidad jurídica, el tiempo extraordinario, ésta misma deferencia no se trasladó a los sindicatos que conformamos FECTSALUD. Además, que en el periodo hubo factores incidentes en la desatención justificada laboral, como eventos de Huelga y procesos negociadores de partes, que justifican la tardía reacción laboral”, indica el documento.

Compartimos las solicitudes presentadas por la Federación Costarricense de Trabajadores de la Salud a la CCSS

Solicitamos se adicionen las siguientes propuestas a la circular GG-0518-2019 de fecha 21-05-19:

1.- Las jefaturas pueden autorizar la realización y pago de tiempo extraordinario en los siguientes casos:

  1. Funcionarios que realizan en la jornada ordinaria perfiles de una clase distinta y categoría superior a la que se requiere realizar en el tiempo extraordinario, cuando las categorías salariales entre ambas clases sean similares en lo que respecta al salario base. En casos de inopia de personal u otra causa debidamente justificada, se autoriza realizar tiempo extraordinario a funcionarios (incluso jefaturas), de una categoría salarial muy superior a la clase que se requiere suplir en el tiempo extra.
  1. Funcionarios que han colaborado realizando tiempo extraordinario previo a la puesta en vigencia de la circular GG-0158-2019, que cuenten con el requisito legal y/o la preparación equivalente para el perfil que se requiere cubrir en el tiempo extra.
  1. El tiempo extraordinario se otorga en el siguiente orden de prioridad: primero el personal disponible en el servicio o departamento, de la misma clase y categoría en la jornada ordinaria; en segunda instancia, funcionarios de la unidad programática y como tercera opción, funcionarios de otras unidades programáticas que cumplan con los requisitos legales y/o preparación equivalente para el perfil que se requiere cubrir en el tiempo extra. El reclutamiento mediante el sistema web, se puede utilizar únicamente de forma justificada, una vez agotadas todas las opciones mencionadas anteriormente.

2.- Adicionalmente solicitamos SE INSTRUYA DE INMEDIATO A LAS JEFATURAS SUPERIORES, INTERMEDIAS Y EN GENERAL:

2.1. Se abstengan de genera “reglamentación” y directrices adicionales a la circular oficial institucional, con interpretaciones impropias.

2.2. Se aplique una comunicación efectiva y literal del contenido de la circular.

2.3. Se desaplique de inmediato el reclutamiento de personal para laborar el tiempo extraordinario, mediante la página web, sistema no autorizado ni incluido en la circular GG-0518-2019.

Documento presentado por FECTSALUD

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Posición de la Seccional ANEP Fuerza ante situación presentada en Uvita de Osa

ANEP-Fuerza Pública ha solicitado capacitación constante, inversión en armas menos letales y reformas legales

En las redes sociales, así como en los medios de comunicación, se ha difundido un video en el cual se observa una situación en Uvita de Osa, que en principio parece controlada por la Fuerza Pública, la cual se torna en violenta con un enfrentamiento entre civiles y los uniformados.

En tal sentido, en la Seccional de ANEP en la Fuerza Pública, hemos abogado por una capacitación constante de nuestros policías, que incluya una mayor capacitación en defensa personal, liderazgo y resolución alterna de conflictos. Además, hemos insistido en la necesidad de que se invierta en armas menos letales para equipar a nuestros policías.

Es evidente que el uniforme y la figura de autoridad pública, no representan ninguna contención para quienes alteran el orden público, participan en riñas o en general transgreden las normas de convivencia social; por ello, también hemos abogado por reformas legales, que vengan a fortalecer la figura de autoridad, así como a disminuir la impunidad que se produce en función de que las faltas a la autoridad se contemplan en su mayoría como contravenciones.

Nuestros Cuerpos Policiales enfrentan cada día situaciones más complejas, el riesgo se ha incrementado, a partir de una sociedad más violenta, la penetración del crimen organizado, lo cual se ve fortalecido con la incerteza jurídica que se viene generando en torno con la actuación policial.  Así las cosas, si no fortalecemos las destrezas, sino dotamos de mejores herramientas y reformamos algunas leyes, estaremos muy pronto todos a expensas de los antisociales, que un día sí y otro también, desprecian las normas de convivencia en sociedad e irrespetan a nuestras autoridades.

Posición Bloque Sindical de Cuerpos Policiales de Costa Rica, sobre el uso de las policías para el operativo de seguridad de diciembre

Representantes de los distintos sindicatos que luchan por la defensa de los derechos humanos y laborales de las personas que prestan su labor en los distintos Cuerpos Policiales del país; hoy más que nunca, unidos como un solo bloque, ante el análisis de las circunstancias en que se anunció, por parte del Poder Ejecutivo, el operativo de seguridad ciudadana para diciembre; informamos:

Que estamos de acuerdo en que se fortalezcan los lazos de la cooperación interinstitucional y se optimicen los réditos que estas acciones pueden producir en favor de la población costarricense. No obstante, este tipo de alianzas entre Cuerpos Policiales alcanzará importantes resultados, solo bajo el entendido del respeto a la especialización, metodología y funcionamiento con que opera cada una de las instituciones participantes, así como la garantía de la no violación de los derechos laborales de los servidores policiales.

Aunado a lo anterior, preocupa a nuestras organizaciones sindicales, el hecho de que se busque dar una cobertura extraordinaria a un dispositivo de seguridad ciudadana, partiendo con la premisa de utilizar recurso humano destacado en otras zonas geográficas, y dejando de lado la especialidad de cada órgano de seguridad. Esta ejecución significa el debilitamiento de la seguridad ciudadana, en materias especializadas, como el contrabando, la prevención de actos de interferencia ilícita en terminales aeroportuarias, el control migratorio en zonas específicas…entre otras de importancia, dada la escasez de personal en prácticamente todas las policías del país. Todo lo anterior, en medio de un contexto, de una época del año en la que se incrementa la demanda de funcionarios ejecutando con eficacia y transparencia las labores propias de cada área.

Desea nuestro bloque hacer un llamado vehemente a los jerarcas de los distintos Cuerpos Policiales, ya que, nuestra experiencia propia en el campo, nos recuerda que en la concreción de operativos como el que nos ocupa se presentan dificultades logísticas, de transporte, alimentación, e imprevistos operativos que causan serias violaciones a las jornadas laborales que, por sí mismas, ya cargan a los funcionarios con extensas y agotadoras jornadas ordinarias de 12 horas. Sin dejar de mencionar la reincidente negativa de la Administración para reconocer el pago de tiempo extraordinario.

Recapitulando:

1) Hacemos un llamado para que se excluya la politiquería y el populismo de las decisiones que se deben tomar en materia de seguridad ciudadana.

2) Solicitamos se fortalezcan la cantidad de recurso humano de los cuerpos policiales, para no perjudicar a la población ante dispositivos o eventos especiales que demandan más personal policial en una zona específica.

3) Se tomen las previsiones necesarias para que servidores que vienen experimentando desintegración familiar, exposición continua al peligro, sobrecargas de trabajo, condiciones laborales contrarias a la salud y desmejora en su remuneración salarial, no se vean aún más afectados, por la violación de derechos laborales, en un operativo desesperado, que intenta maquillar la preocupante realidad que vive Costa Rica en materia de seguridad.

¡Porque la gente que nos cuida lo mínimo que pide es se le trate con respeto y dignidad!

Bloque Sindical de Cuerpos Policiales de Costa Rica

Integrado por las seccionales de ANEP en  MINAET, Fuerza Pública, PCD,SVA, Policía Penitenciaria, PPME. Además de los sindicatos SOPOCOFI y UNATEPROT

Solidaridad Europea con la ANEP

Desde diversas partes del mundo llegan las muestras de apoyo con la Asociación Nacional de Empleados Públicos y Privados (ANEP), luego de diversos ataques antisindicales que ha sufrido nuestra organización. En esta oportunidad la EUROBAN (European Banana and Agro Industrial Product Action Network) muestra su solidaridad con el Sindicalismo Costarricense.

Así lo dio a conocer la Euroban por medio de un comunicado de prensa, que ya circula entre los movimientos sociales y sindicales de la Unión Europea (UE) y Costa Rica, donde destaca el ataque sindical de diversos sectores, entre estos la UCCAEP, hacia el sindicalismo costarricense.

“El sindicalismo en Costa Rica está sufriendo una gran arremetida antisindical dirigida por el Gobierno, el sector empresarial, aglutinado en la Unión Costarricense de Cámaras y Asociaciones de la empresa privada (UCCAEP), la prensa ligada a estos intereses, el congreso nacional por medio de la tramitación de nuevas leyes en la Asamblea Legislativa, mismas que van directamente a liquidar-eliminar el sistema jurídico-legal que da sustento al sindicalismo, criminalizar la acción sindical, la protesta social, impedir la acción de la sociedad civil y agrupaciones patrióticas, acabar con la reforma procesal laboral, violando los tratados internacionales en materia de Derechos Humanos”, indica el documento.

La EUROBAN, que es una coalición de organizaciones de la sociedad civil europea que vela por el comercio justo y por la producción limpia, social y ambiental en países productores de banano y de piña como Costa Rica, también cuestiona el ataque que recibe el Secretario General de la ANEP, Albino Vargas Barrantes.

“Vemos con preocupación que los ataques en contra de líderes sindicales buscan impedir sus actividades de defensa de los derechos humanos, en particular en contextos de desarrollo sindical Recordamos el deber del Estado costarricense de proteger a las personas defensoras de derechos humanos, como firmante de tratados y convenios internacionales”, manifiesta la Euroban.

Ante este escenario, la Euroban exhorta al Estado de Costa Rica a adoptar medidas inmediatas y urgentes para prevenir todo acto de violencia contra el Secretario General de la ANEP, ya que no hace más que cumplir con su deber de defender los derechos humanos y sindicales de los trabajadores y trabajadoras.

Este pronunciamiento de la Euroban, se une a los ya realizados por la Internacional de Servicios Públicos (ISP), la Confederación Sindical de Trabajadores y Trabajadoras de las Américas (CSA) y otras organizaciones internacionales.

Compartimos la carta de apoyo enviada por la Euroban

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Aclaración ante versiones que buscan desvirtuar el pronunciamiento de Relatores Especiales de las Naciones Unidas

Las organizaciones laborales que suscribimos el presente documento aclaratorio, queremos compartir con la sociedad costarricense las siguientes consideraciones:

1)         Celebramos y recibimos con amplia satisfacción la carta OL CRI 5/2019 suscrita por los Relatores Especiales sobre la Promoción y Protección del Derecho a la Libertad de Opinión y Expresión, sobre los Derechos a la Libertad de Reunión Pacífica y de Asociación, y sobre la Situación de los Defensores de Derechos Humanos, en el sentido de advertir al Estado costarricense que el proyecto de Ley para Brindar Seguridad Jurídica sobre la Huelga y sus Procedimientos, en caso de culminar el proceso de formación de ley, incumpliría obligaciones en materia de derechos humanos que han sido asumidos soberana y libremente en los tratados ratificados por Costa Rica.

2)         Ante cuestionamientos de sectores que se sienten incómodos y que han tratado de desvirtuar el mandato de esos Relatores de Naciones Unidas, en lugar de rebatir con argumentos de fondo, ACLARAMOS: Los Relatores Especiales son expertos independientes nombrados por el Consejo de Derechos Humanos, a quienes, por virtud de su trayectoria y experiencia sobre temas específicos, se les confía el monitoreo global sobre la situación de los derechos humanos de su ámbito de competencia. Con miras a preservar su independencia técnica, no son empleados o funcionarios de la Organización de Naciones Unidas. La función de los Relatores Especiales se enmarca dentro de los denominados Procedimientos Especiales, que son mecanismos cuya fuerza jurídica descansa en la obligación de los Estados miembros de Naciones Unidas de respetar y garantizar los derechos humanos.

Relatores Especiales de las Naciones Unidas que emiten pronunciamiento

3)         Cuando presentamos la solicitud respectiva a los Relatores Especiales, el primer debate no había sucedido aún; nuestra gestión tenía una finalidad preventiva. Esto queda demostrado con la expresión contenida en el tercer párrafo de la correspondencia OL CRI 5/2019 cuando expone: “El ‘Proyecto de Ley para Brindar Seguridad Jurídica sobre la Huelga y sus Procedimientos’ (en adelante el proyecto de ley) fue presentado inicialmente el 25 de octubre de 2018 y el texto fue actualizado el 30 de agosto de 2019.” Como se sabe, el día 4 de septiembre quedó fijo el texto resultante del primer debate legislativo.

4)         Lo anterior explica por qué en la correspondencia OL CRI 5/2019 se hace referencia a situaciones cuya formulación textual pudo haber tenido cambios entre el 30 de agosto y el 4 de septiembre. De ninguna manera esto desacredita o desvirtúa el contenido del pronunciamiento de los Relatores Especiales.

5)         Es importante que se conozca que la correspondencia OL CRI 5/2019 no finaliza la supervisión internacional; en lugar de ello, puede afirmarse que este mecanismo internacional surge, emerge inicialmente. Esto se desprende de la parte final de la correspondencia OL CRI 5/2019 en la que los Relatores Especiales solicitan al Estado costarricense que se sirva “proporcionar cualquier información o comentario adicional en relación con las alegaciones mencionadas arriba”. En tal sentido, si hay recomendaciones emitidas por los Relatores Especiales que carezcan de pertinencia por ocasión de la modificación del texto resultante del primer debate legislativo, entonces Costa Rica tendrá la oportunidad de actualizar a dichos Relatores Especiales sobre esas variaciones. Asimismo, como organizaciones laborales, estamos igualmente dispuestos e interesados en mantener actualizados a dicho Relatores. El valor esencial de este documento descansa en la capacidad preventiva de violaciones a los derechos humanos; pues si Costa Rica insiste en avanzar dicho Proyecto de Ley en contravía de los estándares internacionales, se expone a ser denunciada internacionalmente por la expedición de leyes contrarias a los tratados de derechos humanos de los que es Estado parte.

6)         Lo importante, que es donde deberían focalizarse las energías institucionales y sociales de Costa Rica, es que el Proyecto de Ley para Brindar Seguridad Jurídica sobre la Huelga y sus Procedimientos conlleva violaciones potenciales a tratados de derechos humanos, y que la Sala Constitucional, en el marco de la consulta de constitucionalidad que pende aún en el expediente legislativo Nº 21.049, es la oportunidad institucional para corregir las discrepancias entre dicho proyecto y el derecho de la Constitución, en el que se integran los tratados de derechos humanos ratificados por Costa Rica.

7)         Finalmente, algunas preguntas han surgido sobre el posicionamiento de los Relatores Especiales, en el sentido que el umbral del 50% de los trabajadores para proceder a la huelga, es un estándar aceptado por la Organización Internacional del Trabajo. Al respecto nos vemos en la necesidad de aclarar que el Comité de Libertad Sindical —que es el órgano de supervisión internacional sobre el Convenio 86, relativo a la libertad sindical— ha establecido que la exigencia de una mayoría absoluta puede implicar una limitación importante del derecho de huelga, habiendo solicitado la revisión de este umbral (Comité de Libertad Sindical, Confederación Internacional de Organizaciones Sindicales Libres y otros Vs. Perú, Caso 1081, para. 266; adicionalmente: Organización Internacional del Trabajo, Recopilación de decisiones y principios del Comité de Libertad Sindical del Consejo de Administración de la OIT, 5ª edición revisada, 2006, paras. 562, 556-558).

San José, jueves 10 de octubre de 2019.

Asociación Nacional de Empleados Públicos y Privados (ANEP)

Unión del Personal del Instituto Nacional de Seguros (UPINS)

Asociación Sindical de Empleados Industriales de las Comunicaciones y la Energía (ASDEICE)

Sindicato de Ingenieros Profesionales del Instituto Costarricense de Electricidad (SIICE)

Proyecto de Ley para regular las huelgas no es compatible con los tratados de Derechos Humanos para Costa Rica, advierten Relatores Especiales de la ONU

El Relator Especial sobre la Promoción y Protección del Derecho a la Libertad de Opinión y Expresión, David Kaye; el Relator Especial sobre los Derechos a la Libertad de Reunión Pacífica y de Asociación, Clement Nyaletsossi Voule; y el Relator Especial sobre la Situación de los Defensores de Derechos Humanos, Michel Forst, hicieron pública este día la carta (OL CRI 5/2019) que de manera conjunta remitieron el pasado 7 de los corrientes a diferentes autoridades costarricenses, en la que expresan su preocupación por la aprobación legislativa —en primer debate— del proyecto de Ley para Brindar Seguridad Jurídica sobre la Huelga y sus Procedimientos, por ocasión de las potenciales violaciones a los derechos humanos en las que incurriría, si dicho proyecto culminara con los contenidos actuales, los trámites legislativos.

“…quisiéramos señalar a la atención urgente del Gobierno de Su Excelencia la información que hemos recibido en relación con la próxima discusión del ‘Proyecto de Ley para Brindar Seguridad Jurídica sobre la Huelga y sus Procedimientos’ que fue debatido en la Asamblea Legislativa de Costa Rica el 8 de septiembre de 2018 y reenviado a consulta a la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia; y que de ser aprobado podría ser incompatible con las obligaciones derivadas de las normas y estándares internacionales de derechos humanos contraídas por Costa Rica”, reza la carta, identificada con el número OL CRI 5/2019.

Los Relatores de Naciones Unidas focalizan su preocupación por que en el proyecto de ley se establecen medidas de limitación al derecho de huelga que van más allá de lo que se puede considerar aceptable en una sociedad democrática. Desde el inicio de esta discusión, los sindicatos firmantes sentamos una posición en el sentido que esta medida prohijada por el proyecto de ley sólo pretendía neutralizar al movimiento sindical, al mismo tiempo que se impulsan medidas de política económica y social que perjudican las condiciones laborales, principalmente en el sector público.

En las palabras de los Relatores Especiales, “El proyecto de ley establece un cúmulo de restricciones directas e indirectas a los derechos de los sindicatos y de sus sindicados, a ejercer su derecho a la asociación, a la libertad de reunión pacífica y de expresión a través del ejercicio de sus libertades sindicales, particularmente del ejercicio del derecho a la huelga. Además, consideramos que varias de las medidas incluidas en el proyecto de ley, no solamente representarían restricciones desproporcionadas a los derechos mencionados, sino que también podrían afectar el derecho de los defensores de derechos humanos a preservar las libertades sindicales.”

Dentro de algunas de las objeciones que causan preocupación a los Relatores Especiales se encuentran:

a)         La posibilidad de disolución de un sindicato siempre que se pruebe en juicio que “organizan o incitan a sus afiliados a impedir la libertad de tránsito de los ciudadanos”;

b)         El establecimiento del requisito según el cual para que una huelga se considere legal debe estar ejecutada por un mínimo de tres personas trabajadoras que representen más de la mitad de los votos emitidos para acordar la huelga;

c)         La prohibición de “huelgas políticas”, sin especificar su definición;

d)         La prohibición de celebrar huelgas por motivos por los cuales ya se celebró una en el pasado;

e)         Limitaciones temporales al ejercicio de la huelga, incluso en casos de servicios no esenciales, por razones de “graves daños de difícil o imposible reparación a la ciudadanía;” conceptos jurídicos indeterminados;

f)         La reducción retroactiva de salarios como sanción en casos de que se determine que la huelga fue ilegal;

g)         La ampliación de la lista de “servicios públicos esenciales” y otros servicios públicos “protegidos” de la huelga.

Esta gestión sin precedentes que hacen los Relatores Especiales es sumamente oportuna en un doble sentido; por una parte porque reconoce que la huelga es un mecanismo del sector laboral para hacer valer sus derechos, razón por la cual su restricción debe ser especialmente justificada tanto en su idoneidad, necesidad como en la proporcionalidad de la medida de restricción; por otra parte porque le da a Costa Rica una oportunidad para corregir y evitar una situación en la que pueda comprometer su responsabilidad internacionales por violación a los derechos humanos.

Los sindicatos firmantes consideramos que “Costa Rica tiene un proyecto constitucional que descansa en el respeto de los derechos humanos y la justicia social, así lo trazaron los Padres Fundadores de la Segunda República, y así lo hemos mantenido durante casi 70 años; no existe un motivo por el cual desviar ese gran pacto que nos da identidad nacional y singularidad en el mundo”.

Walter Quesada ante pronunciamiento de Relatores Especiales de la ONU

Los Relatores Kaye, Voule y Forst hacen una conclusión muy puntual: “Consideramos que el proyecto de ley impone prohibiciones absolutas al ejercicio de la huelga para prácticamente todos los servicios públicos o por ciertos motivos, sin que se pueda mediar consideración sobre la razonabilidad o proporcionalidad de la huelga en un determinado caso.” Al respecto, los sindicatos firmantes consideramos que, “en momentos donde se tienen que tomar medidas complicadas, la solución no es neutralizar a la voz que se considera opositora; lo que hace un sistema democrático es abrir canales de diálogo social, donde sea posible encontrar soluciones creativas a los problemas sin afectar los derechos humanos, sin desfigurar nuestro gran proyecto constitucional. Por esto consideramos que esta comunicación de los Relatores Especiales debe ser emocional e inteligentemente aprovechada. Hacemos al respecto un llamado a la Sala Constitucional, para que tenga presente estas consideraciones al resolver la consulta de constitucionalidad, que trace las ‘líneas rojas’, los límites que en una sociedad democrática no se deben traspasar, y que, con dichos límites muy claros, la Asamblea Legislativa sirva de escenario para el diálogo social que nunca debió de descontinuarse.”

En el documento que remitieron los Relatores se pusieron a disposición de Costa Rica en sus esfuerzos para fortalecer el marco legislativo e institucional del país, y así garantizar la realización de los derechos humanos para todas las personas, y solicitaron que se les mantenga informados sobre los progresos que se desarrollen en esta materia.

Esteban Calvo ante pronunciamiento de Relatores Especiales de la ONU

Los Relatores Especiales son un procedimiento especial que depende del Consejo de Derechos Humanos de Naciones Unidas, a cuya membresía Costa Rica está aspirando, y que nosotros apoyaríamos, siempre que mantenga un decidido compromiso con los derechos humanos, por ejemplo, cumpliendo con las recomendaciones de esta OL que es parte de aquel mandato. No hacerlo, sería un contrasentido. El texto de la OL puede encontrarse en: https://spcommreports.ohchr.org/TMResultsBase/DownLoadPublicCommunicationFile?gId=24888

San José, jueves 10 de octubre de 2019.

Proyecto de Ley para regular las huelgas no es compatible con los tratados de Derechos Humanos para Costa R… by EugenioGuerrero on Scribd