La exposición que hizo la seccional en la Policía Profesional de Migración caló en la viceministra de la presidencia, María Devandas Calderón, ya que fue convocado para las sesiones extraordinarias en la Asamblea Legislativa.
Autor: ANEP
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Juicio político: algunos aspectos sobresalientes
Albino Vargas Barrantes, Secretario General ANEP
Como víctimas directas que fuimos de una persecución política impulsada desde dos de las instituciones más relevantes del aparato punitivo del Estado (el Ministerio Público y la Procuraduría General de la Republica); como protagonista principal de un proceso penal que nunca debió darse; con sincera modestia, con humildad real, con el corazón en la mano y con una gran paz interior, me presento ante usted, persona ciudadana lectora de esta columna semanal, para compartirle algunos aspectos sobresalientes de este juicio político que tuvo amplia difusión mediática.
Creo tener la suficiente autoridad ética y moral para hacerlo, sin la contaminación de una odiosa vanidad personal que no existe por ningún lado. Y, por supuesto, aquí no cabe objetividad alguna puesto que hay una innegable perspectiva sociopolítica de clase trabajadora.
El pasado jueves 9 de diciembre de 2021, ocurrió una victoria cívico-popular, un triunfo de la Democracia, una reafirmación de que la libertad de expresión es piedra angular para contrarrestar las peligrosas tendencias autoritario-totalitarias que son inherentes al modelo económico-neoliberal que busca avanzar hacia imposición plena a toda la sociedad.
La sentencia absolutoria, de plena certeza jurídica, fue celebrada por muchas personas de la sociedad costarricense, más allá del mundo sociopolítico laboral de la propia corriente sindical en la cual militamos; más allá del amplio universo de los sectores y de los diversos movimientos sociales; e, incluso, desde ciertos sectores del empresariado recibimos salutaciones, lo cual nos resultó impresionante. Esto es de notar porque la satisfacción cívica que generó el contundente fallo que nos hizo justicia, llegó hasta personas, grupos y sectores que no comulgan con nuestro pensamiento ni con nuestras luchas.
Podemos dar fe que muchas personas profesionales vinculadas a la operación del Derecho de manera cotidiana, consideran que el desenlace de este injusto proceso de persecución política estatal llevado a la esfera penal constituyó una poderosa señal de que la independencia del Poder Judicial, filosófica y políticamente consagrada en la Constitución Política del 7 de noviembre de 1949, sigue siendo fundamental para la convivencia civilizada de los diferentes sectores que pugnamos por una revitalización del sistema democrático con plena inclusión social y económica. En tal sentido, el fallo mandó fuerte señal a quienes, desde el afuera de la esfera judicial, en el plano ideológico-político y mediático, pretender decirle a los jueces y a las juezas cómo deben fallar.
Aún y cuando fuimos absueltos, no estamos conformes con la forma en que se inició la investigación, pretendiéndose la aplicación de un delito penal que criminaliza los llamados a manifestaciones públicas. Ya esto ha sido demandado internacionalmente ante Procedimientos Especiales del Consejo de Derechos Humanos de Naciones Unidas. A nivel de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH), el caso todavía no será llevado a su seno, pues no está maduro desde la perspectiva del agotamiento de los recursos internos del país.
Hemos cuestionado en sede constitucional el artículo penal de incitación pública, eje central de la acusación político-ideológica que sufrimos. Por ahora, en nuestro caso personal, superamos la descarada acción represiva estatal. Sin embargo, no tenemos la menor duda de que los llamados a la movilización social, pacífica y civilista, se van a multiplicar porque los detentadores del poder ideológicamente dominante en la actualidad, tienen decidido profundizar el perverso camino de desigualdad social y de exclusión económica. La Democracia de la Calle, practicada de manera cívica y pacífica, va a ser invocada múltiples veces por diversas circunstancias.
En un proceso como este, de persecución política estatal con orientaciones político-ideológicas de naturaleza antidemocrática, el uso de los recursos públicos debe ser de amplio conocimiento ciudadano. Todavía necesitamos un poco más de tiempo para formular, mediando un sólido planteamiento, la exigencia de rendición de cuentas en el uso de fondos públicos judiciales. Sin embargo, ya estamos trabajando en ello pues, a nivel del Ministerio Público, hay que evidenciarle en cuanto al desperdicio que hace de recursos públicos en procesos evidentemente injustificados. Lo mismo cabe en cuanto al deplorable papel en todo esto que ejerció la Procuraduría General de la República. Un proceso como el indicado, resulta caro en términos de inversión financiera en los recursos humanos que fueron involucrados, así como los costos asociados a la operación.
La solidaridad resulta vital, imprescindible, fundamental, cuando se está de cara a procesos de persecución política, por razones ideológicas, desde el aparato punitivo del Estado. Vivimos, sentimos, nos regocijamos, nos fortalecimos con una impresionante cantidad de expresiones solidarias desde las más impensadas procedencias, a través de una amplia diversidad de vías de manifestación y de expresión; hasta recibimos transparente solidaridad de personas compañeras de la lucha social con las cuales se ha tenido discrepancias ideológico-políticas de fondo. Y, por supuesto, ha sido sumamente vital la solidaridad recibida desde las propias bases de la corriente sindical en la cual militamos. La solidaridad internacional, por su parte, fue de gigantesco impacto. No encontramos (y creemos que nunca encontraremos), ni las palabras adecuadas ni las manifestaciones precisas para decir ¡gracias!
ANEP se mantendrá vigilante ante aplicación de pruebas FARO y acuerdo de confidencialidad del MEP
- De acuerdo con el análisis y criterio jurídico el acuerdo de confidencialidad suministrado por el Ministerio de Educación Pública, puede tener roces de legalidad, en particular, por violentar la Ley de Protección de Datos Frente al Tratamiento de los Datos Personales.
- ANEP insta al personal educador a utilizar los mecanismos de denuncia contra las autoridades educativas.
La Asociación Nacional de Empleados Públicos y Privados (ANEP) se mantendrá vigilante ante la aplicación de las pruebas de Fortalecimiento de Aprendizaje para Renovación de Oportunidades (FARO), para estudiantes de secundaria; esto tras el Acuerdo de Confidencialidad planteado por el Ministerio de Educación Pública (MEP) para los educadores que aplicarán estas pruebas.
Fabián Gamboa Corrales, Consultor Jurídico Externo de la ANEP, explicó que, tras el análisis jurídico, dicho Acuerdo de Confidencialidad “puede tener roces de constitucionalidad, al imponer al servidor o servidora, delegado de aula y tutor, deberes que violentan los principios constitucionales de transparencia, publicidad y rendición de cuentas, por tratarse de “materiales”, “contenidos” o “cuestionarios” sobre los que recae un interés público y un necesario control de legalidad”.
De acuerdo con el citado, el documento contempla aspectos como guardar confidencialidad de todos los materiales relacionados con el proceso de aplicación y entrega de documentación, tanto cuestionarios aplicados como no aplicados; no conservar, ni dejar en ninguna instancia ejemplares o copias de ninguna prueba o ítem de pruebas de dichos materiales, ni permitir copia del mismo o fotografías; no divulgar por ningún medio la información de los cuestionarios.
Bajo ese escenario, algunas de las preocupaciones de la ANEP, son que el Acuerdo de Confidencialidad no indica cuáles datos quiere proteger, además no justifica la razón de mantener de forma confidencial materiales no aplicados, ni las razones por las cuales debe quedar afectado por confidencialidad, un documento que no contiene datos personales y hasta dicho momento es considerado de carácter público.
“Es un acuerdo totalmente impreciso, refleja una laxitud particular, tomándose en consideración que fue emitido por una autoridad pública. Debemos entender que un material inaplicado, no contiene elementos sensibles, ni datos personales que deban estar cubiertos por algún criterio de confidencialidad, de manera que esta prohibición podría tener roces de constitucionalidad, por transgresión de los principios de publicidad, transparencia y rendición de cuentas incorporados en la Constitución Política”, agregó Gamboa.
Para la ANEP, la aplicación de las pruebas FARO es de desconfianza y recelo hacia las políticas aplicadas por el Gobierno, debido a los antecedentes en el país para obtener datos sensibles. Ejemplo de ello, Caso UPAD (Unidad de análisis de datos creada por el Poder Ejecutivo) y las pruebas FARO aplicada a estudiantes de quinto grado (Factores Asociados).
Nuestra organización sindical insta a los educadores a utilizar el mecanismo de denuncia contra las autoridades educativas correspondientes, según lo permite el numeral 25 de la Ley de Protección de la Persona frente al Tratamiento de Datos Personales.





