Texto sustitutivo de jornada laboral 4×3 presentado por el Gobierno es más regresivo

La Asociación Nacional de Empleados Públicos y Privados (ANEP) y el Sindicato de Trabajadores de Plantaciones Agrícolas (SITRAP), enviamos el día de hoy al Gobierno de la República, el análisis sobre el texto sustituto al expediente legislativo Nº21.182 que busca instaurar la jornada laboral denominada 4×3, manifestando el rechazó a tal planteamiento; a la vez, indicamos que no asistiremos a la reunión en Casa Presidencial, este jueves 16 de junio, por no considerarlo necesario.

Para ANEP y SITRAP la propuesta contenida en el texto sustitutivo en nada subsana el problema medular que tiene el proyecto de ley por violación al artículo 58 de la Constitución Política. La nueva propuesta pretende permitir el uso de las jornadas ampliadas (extenuantes), de doce horas diarias en una serie de actividades productivas de denominación genérica y, por ende, de alcance general como lo es la manufactura tecnificada, considerada como cualquier proceso productivo que requiera de maquinaria para su producción y que se ejecuten en procesos continuos e ininterrumpidos de 24 horas; en la industria de implementos médicos y en los servicios de apoyo para atender ambas actividades; así como también en todos los servicios corporativos que por su naturaleza requieran procesos continuos e ininterrumpidos de 24 horas a fin de garantizar su operación en las diferentes zonas horarias geográficas.

Similar situación ocurre con la denominada jornada anualizada. En este caso, el texto sustitutivo propone que este tipo de jornada se pueda utilizar de manera generalizada en los sectores turismo, comercio, construcción, agricultura y agroindustria. La propuesta omite, incluso, definir cuáles serían los supuestos de excepción muy calificada que haría posible el uso de la jornada anualizada en estos sectores.

Insistimos en señalar que el proyecto de ley, tanto en su versión anterior como en la que recoge el texto sustitutivo propuesto por el Gobierno de la República, adolece de serios vicios de inconstitucionalidad. La regulación contenida en el artículo 145 bis para la implementación de la llamada “jornada excepcional ampliada” (jornada 4 x 3), no respeta el condicionamiento de orden constitucional previsto en el artículo 58 de nuestra Constitución

Política, conforme al cual los límites de las jornadas ordinarias que fija esa norma constitucional, sólo pueden desaplicarse en casos de excepción muy calificados que determine la ley.

En anteriores ocasiones hemos hecho ver que la expresión que recoge el artículo 58 de la Constitución Política en la frase de “excepción muy calificada”, deja claramente evidenciado el interés del legislador de dar una protección constitucional reforzada a los límites de las jornadas ordinarias en función del interés superior que representa el bienestar de los trabajadores en el equilibrio de intereses que recoge la ecuación capital- trabajo.

La redacción que se propone en el texto sustitutivo para los artículos del artículo 145 bis y 145 ter en nada se ajusta al condicionamiento de excepcionalidad muy calificada que exige el artículo 58 de la Constitución Política. Los supuestos de aplicación de la jornada ampliada y de la jornada anualizada que se establecen en el texto del proyecto de ley, lejos de constituir excepciones de orden muy calificada como lo ordena la Constitución Política, son reglas de alcance general que permitirían el uso de este tipo de jornadas de manera prácticamente generalizada.

Por otro lado, vemos con preocupación que en el texto sustitutivo del proyecto de ley se introducen algunas modificaciones que afectan aún más a los trabajadores. Tal cosa ocurre por ejemplo en el artículo 2.3, en el que se establece que la definición del día de descanso absoluto será facultad unilateral de la parte empleadora, cuando el texto del proyecto dictaminado establece que la definición del día de descanso se hará por mutuo acuerdo.

De igual forma, en el texto sustitutivo se está eliminando la obligación que tendrían las empresas que se acojan a la jornada ampliada de brindar la alimentación que se encuentra contemplada en el artículo 9 del proyecto dictaminado.

También se elimina la salvaguarda -aunque limitada-, que el texto dictaminado tiene para que las personas que tienen algún fuero de protección se puedan eximir de laborar una jornada ampliada.

Mucho más preocupante es ver que en el texto sustitutivo (art.7), se esté contemplando la posibilidad de que los trabajadores puedan laborar por requerimiento de la empresa alguno de los días libres, doce horas adicionales, con lo cual, se está habilitando la posibilidad de una jornada de hasta 60 horas por semana. Esta propuesta viene a introducir una nueva modalidad de jornada que bien podríamos denominar 5 x 2, esto es laborar 5 días doce horas diarias con un descanso de 2. Desde nuestra perspectiva una propuesta como esta es impensable y, por ende, inaceptable.

Finalmente, la previsión que se propone en el texto sustitutivo para la promoción de programas de cuido y atención de la niñez y personas dependientes, es claramente insuficiente. Al respecto, el proyecto se limita en establecer que será el Ministerio de Trabajo

el que con otras instituciones (no se indica cuáles), deberá promover este tipo de programas, pero no se establece ni siquiera como referencia, nada respecto al financiamiento de estos programas ni de los alcances reales que estos tendrían, como tampoco se hace referencia alguna a acciones específicas que aseguren la efectividad de los mismos. Con el debido respeto debemos decir que se trata de una siempre declaración de buenas intenciones, desprovista de toda eficacia práctica.

En definitiva, creemos que el texto sustitutivo no solamente no subsana en nada los graves vicios e inconvenientes que tiene el texto dictaminado; sino que agrava el perjuicio para las personas trabajadoras y acentúa el desequilibrio de los intereses que la propuesta tiene claramente definidos a favor del sector empresarial en perjuicio de los trabajadores y de las trabajadoras del país.

En otro orden de ideas, nos parece que la justificación del proyecto con un enfoque centrado en la productividad y en la promesa incierta de más fuentes de empleo, pero en desatención de la salud de la persona trabajadora, en detrimento del equilibrio diario de actividades y en ampliación de la jornada, concebida como el tiempo de duración del trabajo diario, es un ejercicio de regresividad de los derechos económicos, sociales y culturales.

Cabe destacar que el ejercicio de intercambio de pareceres sobre la temática abordada, con la participación de una notable diversidad sectorial y político-partidista, en un único espacio físico, resultó interesante.

Agradecemos la invitación que se nos formuló y consideramos que, con este tercer documento, las autoridades del Gobierno tienen absoluta claridad y contundencia de que es imposible para la corriente sindical que representamos avalar las pretensiones abusivas de la propuesta de legislación comúnmente denominada “jornada 4/3”.

Documento enviado al Gobierno de la República

¡Atención, señores del FMI! El Presidente nos dijo esto:

Albino Vargas Barrantes, Secretario General ANEP

¡Atención, señores del FMI que están de visita en el país en estos momentos!: 6 mil 300 millones de dólares ($6.300.000.000) es el monto aproximado del robo de impuestos en Costa Rica, de la evasión fiscal en todas sus variables y de la elusión tributaria en sus más “creativas” formas.

Fue el propio y actual presidente de la República, don Rodrigo Chaves Robles, la persona que nos proporcionó ese impactante dato. Ocurrió el pasado jueves 12 de mayo, en reunión con varios representantes sindicales y en la mismísima Casa Presidencial. Quien escribe esto estuvo ahí. Estaban cuatro señoras ministras de Estado: las de Presidencia, de Trabajo, de Educación y de Planificación.

Además, quienes ocupan las dos vicepresidencias del país y uno de los viceministros de la Presidencia.
6 mil 300 millones de dólares anuales en robo de impuestos, señores del FMI, representan, en promedio 300 millones de dólares por mes; o bien, unos 10 millones de dólares diarios.

Y en esa reunión, el actual mandatario costarricense nos indicó que en cuanto a exenciones y exoneraciones impositivo-tributarias, las cifras son parecidas.

Es decir que, al juntar las cifras de evasión fiscal y de elusión tributarias, con las de las exenciones y exoneraciones, mínimamente, estamos hablando de 14 puntos del Producto Interno Bruto (PIB).

¡Atención señores del FMI! Ustedes fueron “embaucados” por el estafador político que estaba en la Presidencia de la República cuando el gobierno de éste y su camarilla de extremistas neoliberales propusieron la ahora Ley Marco de Empleo Público como “piedra angular” de un ajuste fiscal para que se desembolsara el primer tracto del famoso préstamo de 1.778 millones de dólares que el FMI le daría al país para evitar un inminente “default”.

Deben saber ustedes que los salarios de las personas trabajadoras asalariadas del sector Público nunca han sido responsables del déficit fiscal. Está más que demostrado. Nos hemos encargado de ello en los últimos tiempos. Por eso estamos demandando que tan perversa legislación no entre en vigencia.

Primero, porque no representa mayor impacto en el problema del déficit fiscal, mucho menos en el corto plazo. Segundo, porque comete graves injusticias y generará mayores niveles de empobrecimiento y de exclusión económica, dándole un lamentable impulso a la entronización definitiva de la desigualdad en el país la cual viene en ascenso. Y, tercero, porque expone al Estado costarricense a una enorme cantidad de demandas individuales y/o colectivas en las cortes internacionales de Derechos Humanos, lo que podría generar multimillonarias sumas de recursos fiscales en indemnizaciones.

Deben tener presente ustedes, señores del FMI, que la ahora Ley Marco de Empleo Público fue la culminación de una operación plutocrático-mediática de lo que hemos denominado el periodismo de odio, desplegándose la más infame campaña de agresión psicológica y de terrorismo ideológico jamás desplegada contra grupo social alguno, desde la fecha de entrada en vigencia de la actual Constitución Política de Costa Rica, el 7 de noviembre de 1949.

Deben ustedes saber señores del FMI que al nuevo Gobierno le hemos planteado lo siguiente: “Instalar una comisión de especialistas, de procedencia multisectorial, misma que debe determinar la certeza del impacto fiscal real de dicha ley en el escenario fiscal integralmente comprendido a mayo de 2022. No confiamos en las cifras de Mideplan generadas durante la atropellada tramitación parlamentaria de esta ley”. Estamos esperando respuesta.

Finalmente, hay que reiterar que voces públicas muy autorizadas siempre argumentaron, con planteamientos sólidos, que Costa Rica nunca debió haber sido “embarcada” con un convenio con el FMI.

ANEP celebra revisión del monto del salario mínimo en el sector privado

  • El 9 de mayo anterior, la ANEP lo planteó en una carta enviada al presidente de la República, Rodrigo Chaves Robles.
  • ANEP considera necesario volver a realizar los reajustes por costo de vida cada seis meses.

La Asociación Nacional de Empleados Públicos y Privados (ANEP) celebra la intención del Consejo Nacional de Salarios (CNS) de someter a discusión la revisión del monto actual del salario mínimo, considerando la brutal e indetenible alza en el costo de la vida, sobre todo en los productos y servicios básicos que ocupa la clase de trabajadora de ingresos medios y bajos.

La ANEP lo había planteado en su carta al presidente de la República, Rodrigo Chaves Robles, con fecha del 9 de mayo anterior: “Que se emita una revaloración general del valor actual de los salarios mínimos para hacerlos congruentes con el dictado del Artículo 57 de la Constitución Política: debe procurar bienestar y existencia digna. Hoy en día no lo está haciendo”, menciona el documento.

“Nosotros planteamos como primeros puntos en la carta enviada al presidente algunos aspectos relacionados con la política salarial del sector privado, ya la población sufre por el alto costo de la vida y el crecimiento de la desigualdad”, agregó Albino Vargas Barrantes, Secretario General de ANEP.

Nuestra organización sindical, ANEP, espera recibir la convocatoria de rigor para presentar ampliamente los argumentos sobre la necesidad de una fijación extraordinaria de los salarios. Además, de reforzar la pretensión de que los reajustes por costo de vida en materia de salarios mínimo vuelvan a ser semestrales y no anuales.

Otra de las peticiones es que se restablezca la protección de una cantidad mínima del salario inembargable en el sector privado.

En ANEP existen muchas personas trabajadoras afiliadas del sector privado, entre ellos choferes de autobús, trabajadores de las plantaciones agrícolas, de vigilancia privada, entre otros sectores de la economía.

Libro “El destructor de vidas y sueños” marca un nuevo inicio para los afectados en el colapso de Aldesa

Para la autora, Flora Fernández Amón,  este libro marca el inicio de una nueva etapa en esta pesadilla que empezó hace tres años y tres meses, llevándose consigo muchas vidas, sueños e ilusiones de decenas de personas. En donde la justicia parece vendarse los ojos.

Seccional de ANEP y Municipalidad de Puntarenas logran acuerdo para las licencias sindicales

Aunque en la Municipalidad se estaban otorgando las licencias, las mismas estaban siendo muy limitadas por la alcaldía, por lo cual, en la reciente audiencia conciliatoria se establecieron normas específicas con respecto al tema.

Jerarcas del Ministerio de Justicia y ANEP conversaron sobre los retos en el Sistema Penitenciario

Representantes sindicales de ANEP fueron recibidos por el ministro de Justicia y Paz, Gerald Campos y otros jerarcas de la institución donde se expusieron las necesidades, retos y desafíos de los policías penitenciarios, personal técnico, profesional y administrativo.

Empleo Público: perversa ley que no debe entrar en vigencia

Albino Vargas Barrantes, Secretario General ANEP

¡Lo planteamos de manera contundente! La Ley Marco de Empleo Público debe desecharse. No debe entrar en vigencia. Así se lo planteamos a la representación gubernamental con ocasión del evento denominado “Mesa Técnica de Escucha sobre las implicaciones legales de la Ley Marco de Empleo Público 10.159”, convocado por el Ministerio de Planificación Nacional y Política Económica (Mideplan).

Esto ocurrió el pasado lunes 6 de junio.

Solamente tuvimos diez minutos de exposición. Sin embargo, entregamos un documento elaborado con seriedad y con responsabilidad. Pese a ello, demasiados argumentos hemos planteado desde que, por vez primera, de manera pública, empezamos a abordar el tema, allá por 2014, cuando nos percatamos de que la tal reforma del Empleo Público venía contaminada de contenidos antiobreros y potenciada por las principales matrices mediáticas del periodismo de odio.

Desde el propio principio de la indicada conjura antiempleo público, hemos respondido con visión de clase, de clase trabajadora, contraria a la visión totalitaria y totalitarista del neoliberalismo.

En el evento en mención resaltamos, en tan corto lapso, diez requerimientos fundamentales si, en verdad, hubiese voluntad política de construir el futuro del empleo público en Costa Rica sin las ataduras ideológicas de un enfoque de extremismo fiscal, como lo representa esta perversa Ley Marco de Empleo Público, No. 10.159. Por ejemplo: Instalar una comisión de especialistas, de procedencia multisectorial, misma que debe determinar la certeza del impacto fiscal real de dicha ley en el escenario fiscal integralmente comprendido a mayo de 2022. No confiamos en las cifras de Mideplan generadas durante la atropellada tramitación parlamentaria de esta ley.

Se requiere la conformación de una comisión de especialistas, de alta solvencia moral, también de procedencia multisectorial, la cual debe puntualizar las evidencias de potencialidades inconstitucionalidades presentes en esta ley. Además, debe esclarecerle al Gobierno los riesgos de diverso orden para el Estado, producto de la acción de miles de litigantes en el escenario internacional de los tribunales de Derechos Humanos. En este sentido, ANEP se viene preparando con mucho cuidado y con la asesoría experta requerida.

Hay que desechar, radicalmente, la pretensión maligna de esta ley de imponer un congelamiento salarial por 10-12 años, lo cual no solamente es alimentar un estallido social de imprevisibles consecuencias, sino que conspira con las posibilidades de un proceso sostenido de reactivación económica que tiene en el mercado interno enorme potencial, pero en relación directa con el poder de compra-adquisitivo de los salarios. Además, es éticamente imposible de justificar, partiendo de que la clase trabajadora asalariada del sector Público (y también su homóloga del sector privado), no es evasora de sus responsabilidades tributarias. Debe establecer como Política de Estado los contenidos de la Opinión Consultiva 5-27 de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte-IDH), relevante instrumento del Derecho Internacional y de obligada observancia y cumplimiento para Costa Rica que resalta los estratégicos roles democráticos de la Libertad Sindical y de la Negociación Colectiva, para lo cual la entidad líder debe ser el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS).

La entrada en vigencia de esta perversa ley está señalada para el 9 de marzo de 2023. Pensamos que algo tiene que pasar antes para evitarlo.

ANEP rechaza Ley Marco de Empleo Público por lo que entregó a Mideplan amplia documentación

La ANEP participó en la Mesa Técnica de Escucha de la Ley Marco de Empleo Público, convocada por el Ministerio de Planificación y Política Económica (Mideplan), donde dejó claro la oposición y rechazo de nuestra organización a esta ley.