Amplio estudio de la Defensoría revela que tarifas de RITEVE son hasta tres veces más caras

Dichas denuncias fueron ampliamente analizadas por tal entidad, la cual ha emitido el Informe No. DAEC-292-2005, sobre el Expediente No. 18250-25-2005, de fecha 9 de setiembre de 2005 indicando, entre otros aspectos no menos importantes, que las tarifas de RITEVE están mal fijadas en perjuicio del usuario. Entre los aspectos que destaca el Informe están:

1. La mencionada empresa, desde el año 2004, está obteniendo una utilidad mayor del 13% que es lo acordado en el contrato.

“…al menos para el 2004 la utilidad percibida por la empresa es muy superior al porcentaje convenido en la metodología de cálculo tarifario o sea que la fijación no se ajustó, por defecto de la metodología, a lo que en principio se pactó y de esa forma el usuario aparentemente podría estar pagando precios excesivos y la empresa estaría por ello ganando más de lo debido.” (Pág.21)

2. Existen diferencias entre lo que la empresa reporta por planillas en sus Estados Financieros y lo que esta reporta a la CCSS y al INS, por lo que no sabemos donde está la verdad.

“Los costos reales aparentemente no han sido debidamente comprobados, esto se evidencia en el anexo 8, página 5 del estudio de consultoría, donde se hallaron serias inconsistencias entre el gasto por planilla reportado por la empresa en sus estados financieros contra lo reportado a la CCSS y lo reportado al INS.”(Pág. 21)

3. El margen de utilidad para el 2005 de la empresa RITEVE es exagerado y esto sin considerar las ganancias por las reinspecciones.

“Con respecto a las proyecciones de utilidades para el año 2005…, con la tarifa sin ajustar la utilidad sobre facturación antes de impuesto sería de 28.853%, porcentaje que-contra lo establecido en la metodología aprobada que estableció un margen del 13%- reporta una utilidad extra o adicional de un 15.53% lo que ya de por sí indica que no era necesario un ajuste tarifario. Esta situación se agrava con la aplicación del ajuste tarifario, ya que la utilidad se eleva a un 36.64% o sea un 23.64% por encima de lo pactado. (Pág. 21).

“Consecuentemente, la tarifa a cobrar por el servicio resulta desproporcionada y onerosa para los usuarios, lo que puede deberse al hecho de haber aceptado como base de cálculo una estructura rígida y no acorde con la realidad de la actividad,…” . (Pág. 22). Todo ello en claro detrimento de los intereses de los usuarios pues se estarían generando rentas extraordinarios no justificadas.”

4. Existen serias deficiencias en la fiscalización del contrato de RITEVE por parte del Consejo de Transporte Público y el MOPT. Ello hace necesario la realización de una Auditoría Técnica Integral ordenada por la Contraloría en todas las estaciones de RITEVE e insiste en la necesidad de que exista representación de los usuarios.

5. De acuerdo con la Defensoría y según investigación que realiza la Contraloría, la empresa RITEVE SYC S.A no está autorizada para operar el Contrato de la Revisión Técnica.

“El único contrato para la revisión técnica vehicular que ha sido refrendado por la Contraloría fue el firmado por la empresa RITEVE SYC y el CTP. Esta es la única empresa autorizada para prestar el servicio.”(Pág. 45)

Aunado a estos hechos, la Defensoría encuentra numerosas deficiencias que pueden llevar a la resolución del Contrato con RITEVE, por lo que urgimos la intervención del Gobierno de la República a favor de los usuarios de RITEVE.

En el plano más inmediato, los integrantes del Consejo de Transporte Público (CTP) deben rendir cuentas de las razones sobre su inoperancia, que podría ser catalogada de sospechosa, en materia de fiscalización de este contrato. Paralelamente, el MOVIMIENTOVICO NACIONAL procederá a estudiar la eventual interposición de demandas penales contra los miembros del CPT porque podría darse la figura jurídica de facilitación de enriquecimiento ilícito con la prestación de un servicio público.

El MOVIMIENTOVICO NACIONAL hace un llamado a la ciudadanía para que nos aprestemos a una nueva jornada de lucha en las semanas por venir para exigir la más drástica intervención oficial, al más alto nivel ejecutivo de la República y del Poder Legislativo, dado que está ocurriendo una desvergonzada agresión económica a miles y miles de ciudadanos, casi todos de los sectores medios y populares, agobiados por una carrera inflacionaria sin control.

Prácticamente están dadas las condiciones jurídicas, éticas y morales, para proceder a la anulación del contrato de RITEVE. La ciudadanía afectada y engañada tiene la palabra y es nuestra opinión que, en lo inmediato, debemos proceder a organizar una gran acción social de desobediencia cívica, consistente en dejar de llevar los vehículos a RITEVE, no solamente por la ilegalidad en que está, sino por la abusiva tarifa que le ha impuesto a los usuarios.

Movimiento Cívico Nacional

San José, 14 de setiembre de 2005.

ANEP anuncia oposición a aumento en tarifa de buses

La Asociación Nacional de Empleados Públicos y Privados (ANEP), se presentará a la audiencia pública que convocará la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos (ARESEP), el próximo lunes 26 de setiembre, para expresar su rotunda oposición a un nuevo incremento en las tarifas de buses; especialmente en lo que corresponde a la Gran Area Metropolitana.

La ANEP se abocará en estos días a la preparación de la argumentación del caso; destacándose la circunstancia de que, en el caso de la clase trabajadora, los incrementos salariales valederos para el segundo semestre del presente año, muy raquíticos por demás, ya fueron totalmente devorados por la espiral inflacionaria que está causando enormes estragos en el bolsillo familiar, deteriorando severamente la convivencia psicosocial en los hogares.

Paralelamente, la ANEP exhortará a las distintas comunidades urbanas y rurales, potenciales afectadas con una nueva alza en la tarifa de los buses, para que se manifiesten también y se hagan presentes en las instalaciones de la ARESEP, el próximo lunes 26 de setiembre.

Se pretende, de esta forma, transformar la audiencia indicada en un acto social de protesta por la espeluznante cadena de alzas, muchas de las cuales en materia de servicios públicos, la ARESEP tramita sin considerar los impactos sociales perversos que tales alzas están generando; ni la calidad y oportunidad de los servicios.

Albino Vargas Barrantes
Secretario General

Edgar Morales Quesada
Secretario General Adjunto

San José, 12 de setiembre de 2005.
S.G. 05-07-0114-05

Carta a la Licenciada Rocío Aguilar Montoya,Contralora General de la República y a la Doctora Lisbeth Quesada Tristán, Defensora de los Habitantes de la República, Sobre anomalías presentadas en la suspensión de funcionario de la CCSS

Licenciada
Rocío Aguilar Montoya
Contralora General
Contraloría General de la República
Su Despacho

Doctora
Lisbeth Quesada Tristán
Defensora de los Habitantes
Defensoría de los Habitantes de la República
Su Despacho

Estimada señora:

En primer término, le expresamos el más atento y respetuoso saludo de nuestra parte.

Por medio de la presente nos dirigimos a su digna autoridad para exponer a ese órgano contralor, lo que a nuestro criterio es la anomalía que se esta presentando respecto a la toma de decisiones, por parte de la Gerente de Operaciones de la Caja Costarricense del Seguro Social (CCSS), Ing. Gabriela Murillo; decisiones a las que nos referiremos que, además de tenerlas como presuntamente arbitrarias y que podrían ser contrarias a la ley, hace que la institución se perjudique, potencialmente hablando, al erogar sumas millonarias que pertenecen a todos los costarricenses. En concreto, nos referimos a la suspensión ilegal que la señora Gerente de Operaciones mantiene contra lo establecido en la Normativa Laboral, en perjuicio del Lic. Álvaro Muñoz Fonseca, Director del Departamento de Recursos Materiales de la CCSS. Los hechos son los siguientes:

A propósito de los acontecimientos relacionados con el préstamo finlandés a la CCSS, a pesar de que el funcionario Muñoz Fonseca no fue requerido por el Ministerio Público, la Auditoría Interna de la CCSS recomendó iniciar una investigación contra dicho funcionario, aún y cuando no se establecía por parte de esa misma auditoria cargo alguno contra el citado servidor.

La Gerencia de Operaciones ordena el establecimiento de un debido proceso contra el Lic. Álvaro Muñoz y, acto seguido, ordena la suspensión por cuatro meses con goce de salario, basándose irregularmente en el artículo 33 de la Normativa Laboral , que regula la separación temporal del trabajador(a) con goce de salario. Dicho artículo establece en su inciso b), literalmente, lo siguiente: b) Cuando sea absolutamente necesario para salvaguardar el decoro de la institución…

Sin embargo, esta Gerencia está obligada a determinar los cargos que justifiquen en qué afectó el Lic. Muñoz Fonseca el decoro institucional. En síntesis, se le suspende sin cargo alguno.

Dicha suspensión corrió del 12 de noviembre del 2004 al 11 de marzo del 2005.

El Debido Proceso que se inicia contra este funcionario, desde el principio esta viciado de nulidad por una serie de violaciones a sus derechos laborales. Esta afirmación la confirma el Centro para la Instrucción del Proceso Administrativo (CIPA), órgano institucional encargado de instruir los debidos procesos, cuando en su resolución de las ocho horas del 30 de marzo del presente año (adjuntamos documento), establece que debe anularse el debido proceso, por cuanto la Auditoria Interna de la CCSS no cumplió con el requisito de llamar a audiencia al presunto implicado, con lo cual se violó el debido proceso y no se garantizó el derecho a la defensa del funcionario en mención.

A pesar de la resolución del CIPA, la Gerencia de Operaciones ordena una nueva suspensión con goce de salario, nuevamente sin cargo alguno, cuando la Normativa Laboral vigente establece que: un funcionario puede ser re-suspendido hasta por otro período de cuatro meses en CASOS EXCEPCIONALES. Nótese en la segunda suspensión que dicha Gerencia no establece cargos que justifiquen la EXCEPCIONALIDAD a que se refiere la normativa laboral y de nuevo aplica el Artículo 33 de la Normativa en mención, sin justificar cómo afectó el Lic. Muñoz Fonseca el decoro institucional.

Esta re-suspensión con goce de salario corrió del 12 de marzo al 11 de julio del 2005.

Cabe destacar, además, que el cargo que ocupa actualmente el funcionario suspendido no tiene nada que ver con el puesto que desempeñó y que es objeto de la investigación. Además, el Ministerio Público secuestró toda la documentación del caso y, por tanto, dicho funcionario no tiene ninguna posibilidad de obstaculizar el proceso de investigación.

La Normativa Laboral vigente en la CCSS establece, expresamente, en ese mismo Artículo 33, que una vez que acabe la re-suspensión, si no se ha terminado el debido proceso por causas imputables a la administración, el mismo concluirá y se anulará determinándose el reintegro inmediato del servidor.

A pesar de ser tan clara la normativa a la que nos referimos, la Gerencia de Operaciones, sin fundamento legal alguno que la ampare, violentando la normativa laboral y los derechos laborales y ciudadanos fundamentales del servidor, ordena una tercera suspensión con goce de salario del 12 de julio al 11 de noviembre del 2005. De manera tal, que apartándose de la normativa, decide una tercera suspensión que no existe en ningún marco legal, lo que significa que ella debe asumir toda la responsabilidad de este acto ilegal.

Al actuar la Gerencia de Operaciones de la CCSS de manera arbitraria y contraria a la legislación laboral costarricense, es responsable directa del daño que le causa su abuso de poder a una institución que como la CCSS tiene, de por sí, una delicada situación financiera.

La erogación a la que se ha visto obligada la institución por los actos arbitrarios de dicha funcionaria, ascienden, sólo en pago de salarios, a la suma aproximada de dieciocho millones de colones; sin tomar en cuenta los costos salariales de la persona que sustituye a este funcionario; dinero que pagamos todos los y todas las costarricenses. Lo anterior sin establecer los altos costos que ha implicado un proceso administrativo manejado de una forma que demuestra la incapacidad de dicha Gerencia.

Debe agregarse que la Sala Constitucional resolvió en estos días, mediante Sentencia 20005-11846 folio 0002984 , Expediente 05-09186-007-CO, que se anulan las suspensiones contra este funcionario y que debe reinstalarse con pleno goce de sus derechos; condenando a la CCSS al pago de costas. Esta resolución confirma que la actuación de la Arq. Gabriela Murillo ha sido arbitraria y contraria a la ley.

Consideramos que las decisiones tomadas en este caso por la Gerente de Operaciones de la CCSS, eventualmente constituyen el delito de prevaricato, al hacer incurrir a la institución en millonarias erogaciones sin justificación alguna, y que, por tanto, esta Gerencia debe responder ante el erario público por las decisiones que ilegalmente ha tomado en este proceso.

Por lo anterior expuesto, nuestra organización solicita la intervención de la Contraloría General de la República para que, en consecuencia con el mandato que la ley le impone, investigue las anomalías aquí señaladas y siente las responsabilidades que correspondan.

Esperando una respuesta positiva, se suscribe de usted,

Albino Vargas Barrantes
Secretario General

Geovanny Ramírez Guerrero
Responsable ANEP-CCSS

——
c.:Dr. Alberto Sáenz Pacheco, Presidente Ejecutivo, CCSS.
c.:Arq. Gabriela Murillo, Gerente de Operaciones, CCSS.
c.:Lic. Álvaro Muñoz Fonseca, funcionario CCSS.
c.:Junta Directiva Nacional de la ANEP.
c.:Archivo.

Carta al Licenciado Randall Quirós Bustamante, Ministro de Obras Públicas y Transportes (MOPT), ante la amenaza de traslado de personal en varias dependencias

Estimado señor Ministro:

Primeramente, para nuestra organización sindical nos es de sumo agrado expresarle todas nuestras mayores muestras de respeto y consideración a su autoridad.

Somos conocedores del esfuerzo que está haciendo su persona por mejorar las condiciones de acción en la vida nacional del ministerio a su cargo, como lo fue en el pasado no muy lejano; aspiración que lo ha llevado a la firma del Convenio Marco de Cooperación Interinstitucional con el Consejo de Seguridad Vial (COSEVI), cuyo fin último, es el de acondicionar y mejorar todas las instalaciones de todas las delegaciones u oficinas regionales tanto de la Dirección General de Educación Vial, como de la Dirección General de la Policía de Tránsito; e inclusive, la reubicación tanto del Departamento de Licencias y Educación Vial de San José, como del mismo Plantel Central de la Policía de Tránsito.

Desde está perspectiva, nuestra organización sindical que, valga indicar, cuenta con una gran membresía de afiliación en todas las direcciones antes mencionadas, muy respetuosamente le solicita nos certifique copias de todas y cada una de las minutas que se han levantado en todas las reuniones que ha hecho la Comisión constituida por usted para cumplir con la disposición de la Contraloría General de la República.

Lo anterior lo propiciamos ante el temor y la zozobra que producen estos cambios, principalmente entre los trabajadores y trabajadoras de las zonas más alejadas, básicamente por la falta de información de que son objeto; en especial, cuando en el “correo de las brujas” se habla de traslados de funcionarios de una dirección a otra o de traslados de la Policía de Tránsito al MOPT.

Nuestro interés como sindicato serio y responsable, es el de tener a los y las trabajadoras perfectamente bien informados para disipar todas esas nebulosas que existen en torno al convenio, además de sobreguardar la estabilidad laboral de sus funcionarios y funcionarias.

Creemos en la necesidad y en las bondades del proyecto en el tanto se desarrolle con rostro humano y se destierre el fantasma de los despidos injustificados, o lo que es peor, nos referimos a los traslados obligados, dejando sin opciones a las y los trabajadores en especial sino cuentan con los suficientes atestados académicos.

Así las cosas, tenemos informes de que se han definido una serie de temas para estudiar en la Comisión y de los cuales le solicitamos la mayor información de los avances en que se encuentran en la actualidad los mismos; nos referimos a los siguientes temas:

1- Modificación a la Ley de Administración Vial y a la Ley de Tránsito.

2- Los traslados del Personal de la Policía de Tránsito al MOPT y al CONAVI, en especial si dicho traslado es negociado con los trabajadores o es forzoso.

3- Una copia de la posición oficial de la Contraloría General de la República con respecto a la posibilidad de que el COSEVI asuma los gastos operativos de Educación Vial y de Ingeniería de Tránsito, mientras se modifica la ley, si es que hay ambiente legislativo para el cambio.

4- Finalmente nuestra solicitud oficial, sobre la necesidad que participemos en todos los cambios que se quieren impulsar, con el objeto de garantizarle a las y los trabajadores la tranquilidad de que sus intereses están bien resguardados.

Agradeciéndole por anticipado toda la atención prestada a nuestra solicitud, de nuevo le expresamos nuestro respeto por su fina atención para con nuestra solicitud, la cual la amparamos en los designios del artículo 27 de nuestra Carta Magna y en el artículo 32 de la Ley de la Jurisdicción Constitucional.

Respetuosamente,

Albino Vargas Barrantes
Secretario General

Luis Enrique Leal Ruiz
Responsable ANEP-MOPT

————
c.:Junta Directiva Nacional de ANEP.
c.:Trabajadores y Trabajadoras del MOPT.
c.:Archivo.

Carta a los señores y señoras diputadas ante el Colapso total en el Sistema Penitenciario Nacional por recorte presupuestario

Señores y señoras
Diputados y Diputadas
Federico Vargas Ulloa, Coordinador
Elvia Navarro Vargas
María Elena Núñez Chaves
Miguel Huezo Arias
Luis Paulino Rodríguez Mena
Subcomisión de Presupuesto
Comisión de Asuntos Hacendarios
Asamblea Legislativa
Presente

Asunto: COLAPSO TOTAL EN EL SISTEMA PENITENCIARIO NACIONAL POR RECORTE PRESUPUESTARIO DE 3.079 MILLONES DE COLONES PARA EL 2006

Estimados señores diputados y estimadas señoras diputadas

La Asociación Nacional de Empleados Públicos y Privados (ANEP), les hace llegar el más atento y respetuoso de sus saludos.

De esa misma manera respetuosa, les estamos haciendo la más vehemente exhortación y un dramático llamado para que dispongan lo pertinente, a fin de restituir los montos económicos cercenados por el Ministerio de Hacienda, al presupuesto presentado por el Ministerio de Justicia y Gracia para hacerle frente durante el año 2006, aunque sea de manera sumamente mínima y austera; a las crecientes necesidades del funcionamiento del Sistema Penitenciario Nacional, el cual se dirige desde la Dirección General de Adaptación Social, dependencia de la citada cartera de Justicia y Gracia.

Para nadie es un secreto que el deterioro social, económico y moral que vive nuestro querido país, está propiciando, muy a pesar de todos, un crecimiento cuantitativo y cualitativo de la conducta infractora de ley que, lógicamente, está incidiendo en el aumento en el número de las personas privadas de libertad; pero, de manera paradójica, tal crecimiento no lleva aparejado el aumento en la dotación presupuestaria institucional, tanto para compra de materiales y servicios como para el nombramiento de nuevo personal.

Esta situación se ha de agravar por diversas normativas jurídicas punitivas que se están adoptando en el plano legislativo, para combatir el crecimiento de la conducta delicuencial, como la nueva “Ley de Ejecución de las Sanciones”; decisiones que, sin duda alguna, incrementará la población penitenciaria intramuros.

Las condiciones socioambientales de las cárceles costarricenses, pese a los notables esfuerzos institucionales, tienden a un acelerado deterioro y los presupuestos que se han venido tramitando, en el marco de las severas restricciones fiscales que se dice que existen, tan sólo contemplan el funcionamiento “vegetativo” (por decirlo de alguna manera) de la entidad carcelaria nacional.

Es por esta razón que el recorte presupuestario aplicado unilateral y drásticamente para el 2006, por parte del Ministerio de Hacienda, hará que el Sistema Penitenciario Nacional caiga en un colapso espantoso donde la vida de todas las personas que tienen relación con él (privados de libertad y personal profesional, técnico, administrativo y de seguridad), estarán en serio peligro.

Si no se toma la decisión política, aplicando la voluntad soberana depositada en el primer poder de la República, de restaurarle al Ministerio de Justicia y Gracia, el cercenamiento de poco más de 3 mil millones de colones que la cartera de Hacienda recortó de manera unilateral, situaciones como las que apuntamos se volverán inmanejables. La pericia de la Policía Penitenciaria y el denodado compromiso del personal institucional que atiende a la población carcelaria, en medio de tanta dificultad, explican porqué todavía no hemos presenciado situaciones de amotinamiento sangriento, pese que, no es exagerado que lo digamos, las condiciones parecen estar dadas, a raíz del descenso vertiginoso de las condiciones de vida dentro de los penales nacionales.

Mantener esa situación de un recorte de tanto impacto, implicará, entre otras afectaciones, reducción drástica de las visitas de campo a las familias de las personas privadas de libertad; reducción de las salidas médicas al carecerse de vehículos y de combustible; deterioro de las posibilidades de saneamiento de las instalaciones carcelarias (como carencia de papel higiénico para la población penal y carencia de carbolina para desinfectar los pisos).

Algo que tiene una enorme repercusión en toda esta situación dramática, es el recorte para la compra de alimentos, cercano a los 500 millones de colones, lo cual indica que entre la población penal llegaremos a situaciones de hambre, literalmente hablando; dado que ya la calidad y la cantidad de alimentos que recibe la población penal refleja una grave crisis nutricional.

Con ese recorte, llevaremos a situaciones extremas casos como las que ya se dan, en los cuales el policía penitenciario encargado de la seguridad de las cárceles, tiene que sacar de su bajísimo salario (una raquítica base salarial 108 mil colones mensuales), dinero para comprar pilas para los focos, tela para sus propios uniformes, aporte para compra de gas y calentar sus alimentos; así como olores y especies para hacer más digerible la paupérrima comida que la institución les brinda. Tómese en cuenta que la policía penitenciaria, por el rol de servicio que tiene que observar, permanece una semana intramuros carcelarios por una de descanso, lo cual hace que la semana laboral “por dentro”, se tenga que soportar en condiciones socioambientales y alimenticias realmente precarias.

Podríamos seguir puntualizando situaciones que parecen inverosímiles de creer en un país que como Costa Rica, se ufana de su política de protección de los Derechos Humanos; pero, lamentablemente, la situación de las cárceles costarricenses va de mal en peor si continuamos por la peligrosa senda de restricciones presupuestarias irracionales y potencialmente explosivas para fechas próximas.

Es por ello que, nuevamente, honorables señores diputados y señoras diputadas de la Comisión de Asuntos Hacendarios de la Asamblea Legislativa, les solicitamos corregir el grave error estratégico que para la seguridad del país, significa el recorte presupuestario de 3.079 millones de colones en las asignaciones del Ministerio de Justicia y Gracia para el 2006.

Quedamos a sus gratas órdenes para profundizar sobre el particular.

Respetuosamente,

Albino Vargas Barrantes
Secretario General

Ligia Solís Solís
Directiva Nacional
Responsable ANEP-Adaptación Social

—-
c.:Junta Directiva Sectorial ANEP-Adaptación Social.
c.:Junta Directiva Comisión Sindical de la Policía Penitenciaria.
c.:Junta Directiva Nacional de ANEP.
c.:Trabajadores y trabajadoras de Adaptación Social.
c.:Archivo.

Trabajadoras y trabajadores del INAMU

La Convención Colectiva es un instrumento legítimo de la clase trabajadora, a través del cual, se mejoran los derechos mínimos contenidos en la legislación ordinaria. Todo aquello que esté allí regulado, es ley entre partes y no puede ser modificado unilateralmente por la administración.

¿Qué beneficios nos traería un instrumento como este?

  • Estabilidad en el empleo
  • Garantías sindicales
  • Una regulación más detallada respecto al acoso sexual y psicológico en el empleo
  • Una junta de relaciones laborales y de resolución de conflictos que conocería de cualquier situación que se origine en las relaciones de empleo, incluyendo una posible reestructuración institucional
  • Muchos de los derechos que ya tenemos en el Reglamento Autónomo de Servicios, adquirirían rango de ley, lo que quiere decir que no podrían ser modificados o eliminados unilateralmente por la administración

Tengamos claro que la libertad sindical se constituye de tres ejes fundamentales reconocidos internacionalmente: libre sindicalización, derecho a la negociación colectiva y derecho a huelga. En ausencia de alguno de estos principios, el derecho a sindicalizarse no es pleno.

AFÍLIATE YA A LA ANEP, necesitamos fortalecer nuestra organización sindical, para lograr que la administración se siente a negociar y lograr un buen acuerdo que beneficie a todas y todos.

SECCIONAL ANEP-INAMU
6 de setiembre de 2005

Carta a la Licenciada Xinia Herrera Durán, Directora de Fiscalización y Derechos del Usuario Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos (ARESEP), Sobre nuestra oposición al aumento en las Tarifas de autobuses

Licenciada
Xinia Herrera Durán
Directora de Fiscalización y Derechos del Usuario
Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos (ARESEP)
Fax No. 290 20 10

Asunto: Expediente ET-88-2005 Oposición a incremento en las tarifas de autobús

Estimada señora:

De la manera más atenta y respetuosa, nos presentamos ante su digna autoridad para expresar nuestra oposición a una solicitud presentada por el gremio empresarial del transporte público modalidad de autobús, para un incremento en el precio de las tarifas de ese importante y estratégico servicio público de uso masivo.

Considerando que la agrupación que nos honramos en representar, es una entidad de carácter sindical que agrupa a una importante cantidad de varios miles de personas trabajadoras asalariadas, de los sectores Público y Privado; es desde tal perspectiva que centramos el carácter de nuestra oposición pues, precisamente, son los trabajadores y las trabajadoras quienes, en abrumadora mayoría, utilizan a diario dicho servicio para transportarse hacia y desde sus trabajos; sin considerar que una amplia cantidad de ciudadanos y ciudadanas de los sectores populares y medios y que no están en el mercado laboral formal, viajan en bus para sus quehaceres cotidianos de subsistencia.

I. LA SITUACIÓN SALARIAL DE LA CLASE TRABAJADORA: USUARIA FUNDAMENTAL DE LOS SERVICIOS DE AUTOBÚS

Está ampliamente comprobado por rigurosos estudios socioeconómicos que la clase trabajadora costarricense sufre un sistemático proceso de deterioro del poder de compra de sus salarios y que, los ajustes semestrales para enfrentar la variación de precios del semestre precedente, no compensan el alza incesante en el costo de la vida. Es más, no sólo se sufre porque los salarios van detrás de la inflación semestral, sino que, no existe la menor posibilidad política de que se considera una modificación radical de la política salarial vigente, para pasar a una que determine, aunque fuese paulatinamente, recuperación o ampliación del actual poder de compra de los salarios.

Particularmente, es necesario establecer estas dos precisiones. En el Sector Público, la última fijación salarial, es decir, la vigente para el segundo semestre que está transcurriendo, fue dolorosamente inferior a la inflación de mitad de año, cercana al 7 %. Las personas trabajadoras de la Administración Pública, una vez más, acumularon una seria depreciación salarial. En el caso del Sector Privado, aunque oficialmente la fijación del incremento semestral actual fue de un 7 % es prácticamente imposible determinar si el empresariado está honrando el acuerdo adoptado al respecto por el Consejo Nacional de Salarios (CNS), dada la inexistencia, por cuestiones represivas, de organización sindical en la empresa privada.

Efectivamente, como podrá notarse, nuestra oposición a la petición de incremento tarifario que se debate en la presente audiencia, tiene un eminente carácter político-social y no necesariamente “técnico”. Las personas trabajadoras asalariadas de ambos sectores, viven agobiadas, estresadas, deprimidas porque sus salarios no alcanzan y el presente incremento tarifario golpeará los ya escuálidos bolsillos familiares, sin hablar que ya sin esta pretendida alza en las tarifas de bus, los incrementos salariales del segundo semestre en curso, ya fueron devorados por la espiral inflacionaria de estos meses, semanas y días. Sencillamente, hacerle frente a la pretendida alza, por más imprescindible que sea el servicio de autobús, no es posible en las actuales circunstancias, a menos que no quede más alternativa que incrementar el nivel de sacrificio económico de la persona asalariada.

Pasemos a otro aspecto. Si bien es cierto el problema de los altos precios internacionales del barril petróleo resulta mortal para una pequeña economía como la costarricense y, efectivamente, esta consideración no es nada desdeñable a la hora de argumentación solicitudes de aumento tarifario como la que nos ocupa; si nos interesa destacar tres aspectos en tal sentido.

El primero es que en el plano nacional, es urgente una revisión estratégica de la estructura impositiva que pesa sobre el precio de los combustibles, aspecto éste que a las autoridades gubernamentales no les interesa abordar. Los señores empresarios hoy peticionarios de este incremento tarifario deberían utilizar toda su influencia política, que no es poca, para impulsar una discusión profunda en tal sentido. Es más, estamos seguros que dentro de los sectores sociales y populares habría un gran interés en apoyar un esfuerzo de semejante naturaleza. Este es el camino correcto para enfrentar el tema del alto precio de los combustibles y no sacar dinero a escuálidos bolsillos laborales que ya ni lo tienen.

El segundo aspecto tiene que ver con el diseño de una política pública que premie la voluntad de inversión en autobuses que utilicen energía alternativa a la del petróleo, de modo tal que este esfuerzo sea reconocido por toda la sociedad y que el empresario que apuesto por ello sea reconocido y premiado.

El tercer aspecto tiene que ver con las fortalezas empresariales de los propietarios de buses para resistir la actual situación de alza constante en las precios de los combustibles. Es de conocimiento público que el sector está viviendo un proceso de fusiones y de adquisiciones que, más temprano que tarde, generará (o ya está generando) una concentración de propiedad de vehículos, sino monopólica, al menos ya con perfil oligopólico.

Esta situación podría ser uno de los elementos que explican las jugosas contribuciones económicas que desde este sector se realizan a colectividades políticas tradicionales, como más de una vez ha sido notorio. Lo que estamos diciendo es que en nuestra percepción, la postergación de la presente aspiración de alza tarifaria en los buses puede esperar, al menos, hasta el año entrante, hasta que se conozcan las fijaciones salariales que habrán de regir para el primer semestre del 2006 (aunque no es un gran ejercicio intelectual vaticinar de qué monto serán).

II. EMPRESARIOS AUTOBUSEROS Y DERECHOS LABORALES Y SOCIALES.

Un segundo ámbito de razones para expresar nuestra oposición a lo que aquí se debate, tiene que ver con los compromisos empresariales del ramo del transporte público modalidad autobús, para con nuestra legislación laboral y social, de obligada observancia para los trabajadores de todas estas empresas.

Concretamente estamos pidiendo a la ARESEP rendir cuentas acerca de los procedimientos que tiene establecidos para determinar que las empresas de autobús, como depositarias de una concesión que el Estado (todos) les otorga, cumplen a cabalidad todas las estipulaciones de nuestra legislación nacional en materia social y laboral; e, igualmente, aquellos compromisos de carácter internacional que el país ha asumido y que ha convertido en leyes de la República, en materia de Derecho Humanos.

Específicamente tenemos interés en saber si ARESEP tiene incorporada dentro de sus parámetros evaluadores de peticiones como la presente, el contenido de la Directriz No. 34 del Poder Ejecutivo, emitida en el Gobierno Rodríguez Echeverría, dada a los ocho días del mes de febrero del año dos mil dos, la cual fue publicada en el Diario Oficial “La Gaceta” No. 39 del lunes 25 de febrero del 2002.

A tenor de lo dispuesto en el Convenio No. 94 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), Ley de la República de Costa Rica No. 2561 del 11 de mayo de 1960, ARESEP debe considerar la solicitud de comprobación de que las empresas de buses aspirantes a incrementos tarifarios como el presente, deben ser certificadas por aquellas instancias administrativas depositarias del cumplimiento de las estipulaciones legales y sociales que son en proteger los derechos de la clase trabajadora y si esto no es así, no deben proceder incrementos tarifarios.

Particularmente, es imperativo que un Derecho Humano fundamental como lo es la libertad asociación, consagrado en toda la legislación internacional en la materia, tenga plena vigencia en las empresas de transporte público modalidad taxi y esta es una obligación legal ineludible y condicionante para dar paso a consideración de petición como la presente, a tenor de esa Convenio No. 94 de OIT y de la citada Directriz No. 34 del Poder Ejecutivo.

En consecuencia, respetuosamente, estamos solicitando:

Denegar la solicitud de incremento en las actuales tarifas de buses, especialmente en los sectores urbanos y metropolitanos, al menos en lo que resta del año, pues los incrementos salariales de la clase trabajadora, valederos para el segundo semestre del presente año, ya fueron más que devorados por la espiral inflacionaria que nos consume; lo cual hace que en el bolsillo de la clase trabajadora no quede más dinero para enfrentar esta grave situación económica.

Denegar la solicitud de incremento en las actuales tarifas de buses, hasta que la ARESEP instaure un procedimiento que permita analizar documentos de certificación, emitidos por las instancias correspondientes, que hagan constar que las empresas peticionarias están, totalmente al día, en el cumplimiento de todas sus obligaciones legales y sociales para quienes son sus trabajadores, a tenor de, por ejemplo, el Convenio No. 94 de OIT y la Directriz No. 34 del año 2002, emitida por el Poder Ejecutivo; resaltando, consecuentemente, dos tipos de derechos: las obligaciones patronales para con la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS) y el respeto irrestricto a la Libertad de Asociación.

Finalmente, rogamos a su digna autoridad, extendernos una gracia de veinticuatro horas adicionales a la presentación de estas consideraciones para incluir otros apartados distintos a los aquí ya expuestos, dado que la elaboración de los mismos a este momento no estaba concluida. Sin embargo, si esta petición no es posible, entonces solicitamos registrar nuestra oposición con los contenidos de la presente, únicamente.

Quien esto suscribe, en la condición que los documentos adjuntos muestran, será la persona que hará uso de la palabra en la audiencia que sobre este tema se ha de efectuar el próximo lunes 26 de setiembre.

Albino Vargas Barrantes
Secretario General

—-
c.:Junta Directiva Nacional de la ANEP.
c.:Archivo.

Urge aprobación de nueva ley de aguas

Este proyecto, una vez convertido en ley, llenará los vacíos presentes en la gestión del recurso hídrico; ya que entre otros aspectos:

– Ordenará la administración del recurso por parte de las instituciones del Estado, haciéndola más ágil y eficiente, evitando duplicidades y traslapes para beneficio de todos los usuarios.

– Este proyecto ha sido concebido tomando en cuenta las modalidades más modernas de gestión del agua, descentralizando la administración, considerando la cuenca hidrográfica como unidad de planificación, creando estructuras que promueven la participación efectiva en la toma de decisiones sobre la gestión del agua por parte de todos los sectores y usuarios, incluyendo al sector privado, agrícola, pecuario e hidroeléctrico, además de comunidades, agencias regionales y organizaciones de usuarios entre otros.

-Establece una serie de instrumentos económicos de regulación, que superan el tradicional esquema de penas y sanciones; y crea nuevos mecanismos complementarios de autorregulación y cumplimiento voluntario.

– Exceptuando el consumo humano, que siempre será prioritario, los demás usos del agua serán definidos por todos los sectores interesados en cada una de las unidades hidrológicas, de conformidad con el Plan Hídrico Nacional y el Plan de Cuenca, garantizándose el acceso equitativo al recurso para todos los usuarios.

– Tanto la población, como el sector agrícola, el de producción de alimentos y bebidas y otros sectores productivos, requieren agua no contaminada para sus procesos; por lo tanto el proyecto establece mecanismos para proteger los mantos acuíferos subterráneos y las áreas de recarga; especialmente cuando son utilizadas para consumo humano.

– El Art. 117 establece las áreas de protección del recurso y faculta a la Dirección Nacional de Recursos Hídricos, para que, previo estudio técnico declare área de recarga las zonas que por su importancia o vulnerabilidad deban ser protegidas. Aún cuando el territorio nacional tenga un potencial de 75% como área de recarga se requiere estudio técnico y declaratoria de área de recarga antes de ser incorporada dentro del régimen de protección. Por tanto, el artículo 125 del proyecto de ley solamente sería aplicable en aquellas áreas de recarga declaradas y no en todas las existentes en el país.

Si bien el proyecto ley debe ser mejorado a través de las propuestas que podemos hacer llegar, reúne los requerimientos y el balance necesario para impulsar el desarrollo productivo del país, proteger el agua, elevar la calidad de vida de la población y garantizar un acceso equitativo al recurso, siempre que se cuente con voluntad política y de los costarricenses en general, para su implementación.

Actualmente el Proyecto de Ley fue dictaminado afirmativamente por la Comisión de Ambiente y elevado a Plenario Legislativo para sanción en primer debate. Durante este procedimiento los diputados de la Comisión están revisando mociones para aclarar aspectos específicos del texto. Entre las cuales se encuentra la propuesta que los ministros elaboraron en el Consejo del Agua.

Los abajo firmantes instamos a la Asamblea Legislativa a la pronta aprobación de este proyecto.

José Miguel Zeledón, Jefe Departamento de Aguas, MINAE.
Ministerio de Salud, MINSA
Servicio Nacional de Riego y Avenamiento –SENARA.
Defensoría de los Habitantes.
Foro Ambiental de CONARE.
Programa Institucional de Gestión Ambiental Integral Pro-GAI, UCR.
Observatorio para el Desarrollo -OdD, UCR.
Programa Interdisciplinario de Investigación y Gestión del Agua –PRIGA, UNA.
Humberto Trimiño, Escuela de Química, UNA.
Laboratorio Manejo Recurso Hídrico, Escuela Química, Universidad Nacional
Centro Internacional de Política Económica –CINPE, UNA.
Centro de Derecho Ambiental y Recursos Naturales –CEDARENA.
Fundación para el Desarrollo Urbano –FUDEU.
Francisco Jiménez, Centro Agronómico Tropical de Investigación y Enseñanza –CATIE.
Asociación Mundial para el Agua-Capítulo Centroamérica –GWP-CA.
Red Centroamericana de Acción del Agua –FANCA.
Unión Mundial para la Naturaleza –UICN.

Carta al Licenciado Alejandro Urbina, Director Diario La Nación Por las acusaciones y tratar con epítetos irrespetuosos y groseros a quienes reunidos en el Teatro Melico Salazar, tuvimos la osadía de repudiar por espuria e ilegítima la candidatur

Estimado señor:

En primer término, reciba el más atento y respetuoso saludo de nuestra parte. Seguidamente, apelando a las más elementales normas de la ética inherente a la Libertad de Información, solicitamos la publicación del siguiente Derecho de Respuesta.

CON LA CONSTITUCIÓN DE NUESTRO LADO

En su columna del viernes 26 de agosto recién pasado, don Julio Rodríguez, arremete contra la humanidad del señor Expresidente de la República, don Luis Alberto Monge Álvarez, nuevamente; además de tratar con epítetos irrespetuosos y groseros a quienes reunidos en el Teatro Melico Salazar, tuvimos la osadía de repudiar por espuria e ilegítima la candidatura presidencial de Oscar Arias Sánchez. Le rogaríamos como participantes de ese encuentro y, por tanto, como personas directamente aludidas en ese comentario, se nos brinde el derecho de respuesta en ese periódico diario y ojalá, contar con el honor de publicar en la misma página en que se publicó el comentario que hizo tan ilustre ciudadano.

Como es bien sabido, en ninguna parte del mundo, o al menos del mundo que consideramos democrático, los jueces tienen potestad para enmendar la Carta Magna y mucho menos arrogarse tal potestad constituyente.

La Asamblea Nacional Constituyente dispuso que la reforma parcial de la Constitución es potestad exclusiva de la Asamblea Legislativa (Art. 195) y la reforma total será lo será de una Asamblea Constituyente convocada al efecto (Art. 196) .Por tanto, el intento de reforma al Art. 132 constitucional, mediante el veredicto de los jueces para permitir la reelección presidencial, resulta a todas luces inaceptable, aún proviniendo tal enmienda del más alto tribunal jurisdiccional.

El eminente constitucionalista Dr. Mauro Murillo Arias explica: “La decisión de la Sala (Constitucional) no fue jurídica y la única forma, aunque forzada, de juridizarla, era transformando en forma (o procedimiento) lo que era un problema de fondo. El fondo del asunto era si el reformador parcial tiene o no límites sustanciales y si la Sala los puede hacer valer.

La respuesta inmediata era que la Sala no tiene esa competencia, aun suponiendo esos límites. (ver Voto Sala Constitucional de Costa Rica 2003-2771 reelección, en Revista Iberoamericana de Derecho Público y Administrativo, III, pp. 123-128)”.

Lo demás de su columna, don Julio, obedece a la ojeriza que usted le tiene a la hidalguía con que este Expresidente y exconstituyente, ha salido a defender nuestra Constitución Política y, por tanto, contra la espuria candidatura de su candidato Arias Sánchez.

Don Julio, usted cree que ya estamos en el fondo del pozo. Nosotros creemos que estamos al borde, pero si seguimos su consejo de jugar a “adivinar las estrellas” y nos dejamos alucinar por el brillo de la estrella que ilumina el fondo del pozo, no le quepa ninguna duda, habremos tocado fondo. Sabemos que hay que escoger entre la Constitución o contra la Constitución. Los que estuvimos en el Melico, orgullosamente, ya escogimos; defendemos y estamos con la Constitución. “Derechos sagrados la patria nos da….”.
Hasta aquí nuestra solicitud de derecho de respuesta.

Muy atentamente,

Albino Vargas Barrantes
Secretario General

Edgar Morales Quesada
Secretario General Adjunto

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c.:Junta Directiva Nacional de la ANEP.
c.:Archivo.

Carta a la Doctora María del Rocío Sáenz Madrigal Ministra de Salud y la Doctora Lisbeth Quesada Tristán Defensora de los Habitantes de la República Sobre el tema del dengue en Nicoya, Guanacaste

Doctora
María del Rocío Sáenz Madrigal
Ministra
Ministerio de Salud

Doctora
Lisbeth Quesada Tristán
Defensora de los Habitantes de la República
Defensoría de los Habitantes de la República

Sus Despachos

Estimadas y respetadas señoras:

Encontrarán adjunta a la presente, una copia de nuestro Oficio No. S.G. 05-07-0079-05, dirigido al Dr. Mauricio Ramírez Bolaños, Director del Area de Salud de Nicoya, del Ministerio de Salud; en el cual ANEP solicita acción urgente, por la epidemia nacional de dengue, en cuanto a una situación delicada que involucra a la Municipalidad de Nicoya, tal y como se puede entender al leer el documento en mención. Del mismo, como se puede constatar, hemos enviado copia a las autoridades de dicho municipio.

Conscientes de que este grave problema nacional está entre las más altas prioridades de sus despachos, desde ya les agradecemos cualquier acción directa desde los mismos, en aras del bienestar de la gente del honorable pueblo de Nicoya.

Anticipadamente les damos las más sinceras gracias de nuestra parte, por la atención que se le brinde a esta gestión.

Muy respetuosamente,

Albino Vargas Barrantes
Secretario General

Edgar Morales Quesada
Secretario General Adjunto

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c.:Sr. Freddy Solórzano Jiménez, Responsable ANEP-Ministerio de Salud.
c.:Junta Directiva Nacional de la ANEP.
c.:Junta Directiva Seccional ANEP-Municipalidad de Nicoya.
c.:Junta Directiva Nacional de la ANEP.
c.:Archivo.
Anexo: Lo descrito.