Capacitación en el INAMU sobre hostigamiento laboral

San José, 25 de octubre de 2011.
S.G. 11-13-0004-11

Licenciada
Maureen Clarke Clarke
Presidenta Ejecutiva
Instituto Nacional de las Mujeres (INAMU)
Su despacho

Estimada señora:

Con todo respeto para su digna autoridad, le expresamos atento saludo.
La Junta Directiva de la Seccional ANEPINAMU, preocupada por informar a las personas afiliadas y no afiliadas de las situaciones laborales que afectan su entorno, decidió darse a la tarea de desarrollar una serie de charlas de acuerdo a las consultas más recurrentes de las personas que recurren a este organismo sindical.

Así, con la orientación de un experto en la materia, se determinó que la primera charla de muchas que se desean impartir será la que se denominó, “_Derecho a un ambiente laboral positivo: prevención y denuncia del hostigamiento laboral_”.

La misma será impartida por el señor MSc. Eric Briones Briones, Jefe Departamento Legal de Inspección del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS), quien cuenta con amplia experiencia y capacitación en razón de su formación y el trabajo que desempeña.

Asimismo, la Junta Directiva de dicha seccional, acordó el pasado 20 de octubre del 2011, hacer de su conocimiento dicha iniciativa primeramente para contar con su aprobación en razón de que la misma debe desarrollarse en las instalaciones del INAMU; y, que las personas asistentes necesitan permiso para asistir. Además, y de igual importancia, se acordó hacerle extensiva la invitación a su honorable persona, así como al equipo del despacho de la Presidencia Ejecutiva, a esta noble iniciativa.

De acuerdo con los estudios previos de disponibilidad de espacio y coordinaciones que se han realizado, la actividad estaría prevista para desarrollarse en el día miércoles 9 de noviembre en las siguientes horas:

Instalaciones de la Delegación de la Mujer de 8: 00 a.m. a 10:00 a.m.
Instalaciones centrales en Granadilla, de 10:30 a.m. a 12:30 p.m.

En espera de su amable respuesta se suscribe, reiterándole nuestro mayor respeto y consideración,

Albino Vargas Barrantes
Secretario General

Seccional ANEP – IDA responde a jerarquía en tema de vacaciones

San José 25 de octubre 2011

Señor
Rolando González Ulloa
Presidente Ejecutivo IDA

Estimado Señor:

Me refiero al oficio PE-2042-2011 para exponer lo siguiente:

1- Con todo respeto nos parece que usted se equivoca al querer responsabilizar a la dirigencia sindical de la situación que prevalece en materia de vacaciones, ese es un tema de carácter estrictamente administrativo cuyo control corresponde al Area de Recursos Humanos y a la administración superior. No es responsabilidad de los sindicatos conocer la cantidad de vacaciones que tiene cada trabajador ni gestionar su disfrute.

2- Nos permitimos recordarle que la institución no son los edificios, la institución son los trabajadores y en la medida en que los trabajadores estén bien la institución está bien. Además que quienes violaron los derechos de los trabajadores fueron las administraciones que le antecedieron, por tanto no se puede sacrificar al funcionario imponiéndole unilateralmente una medida; en vez de permitirle disfrutar sus vacaciones de acuerdo a sus necesidades.

3- La acumulación de vacaciones fue una práctica que utilizaron las jerarquías para recetarse jugosos pagos por ese concepto, situación que muchas veces fue denunciada por nuestras organizaciones sindicales.

4- Nadie está emitiendo juicios descalificadores, se trata de una experiencia acumulada a través de muchos años de laborar en el IDA y que posiblemente desconocen los administradores que se encuentran de paso en la institución.

5- En materia de descanso y vacaciones, no se puede desligar lo privado de lo público ya que ambos se complementan e inciden en la buena marcha de la institución.

6- Jamás hemos pensado en la posibilidad de dejar al descubierto las tareas, por el contrario; en múltiples oportunidades nos hemos pronunciado sobre el recargo de trabajo que experimentan los funcionarios, sin embargo creemos que es más productivo para el IDA programar adecuada y racionalmente las vacaciones que contratar personal por períodos tan cortos de tiempo, ya que al final son los funcionarios de planta los que tienen que apechugar la responsabilidad y el trabajo, sobre todo cuando elnuevo recurso humano se ubica en lugares distintos al del lugar donde está la plaza.

7- El que está girando la directriz en cuanto al disfrute de vacaciones es la Presidencia Ejecutiva y las consecuencias de dicha medida deben ser asumidas única y exclusivamente por la Presidencia Ejecutiva.

8- Nunca hemos desconocido la importancia de la motivación, lo que hay que tener cuidado es de no borrar con el codo lo que se hace con la mano.

9- Nos parece excelente que si se va a aplicar la medida se haga de forma general porque hay funcionarios que están a préstamo en otras instituciones, los cuales no están cumpliendo con la directriz emanada de esa Presidencia Ejecutiva.

10- Como siempre manifestar nuestra disposición a dialogar de forma seria respecto a éste y otros temas de carácter institucional.

Walter Quesada Fernández
Presidente
Seccional ANEP-IDA

Arrasador triunfo de Cristina Fernández en Argentina

La reelecta Presidenta de la Nación, que obtuvo más del 50 por ciento de los votos, estableciendo una diferencia histórica con su seguidor, agradeció a los 40 millones de argentinos y los llamados de sus colegas latinoamericanos Dilma Rousseff, Hugo Chávez, Pepe Mujica, Sebastián Piñera, Juan Manuel Santos y Lugo; y afirmó que “en la victoria hay que ser generosos”. Dedicó un párrafo especial a su compañero de militancia y expresidente, Néstor Kirchner, al aclarar que no hablaba “como viuda sino como compañera política: sin él este triunfo hubiera sido imposible. Mantuvo sus convicciones hasta el último aliento”. Reivindicó la reforma política que permitió consolidar “los partidos, el sustento de la democracia. (…) Una reforma que ha abierto las puertas de los partidos a la sociedad”. Aclaró que no la movían “ambiciones ni intereses personales sino el sueño de una Argentina que tenga un proyecto político sustentable”. Más adelante, reconoció: “Sola no puedo, necesito la colaboración de todos los argentinos. Por comprensión histórica, por voluntad, y decisión política cuenten conmigo par mejorar la vida de todos los argentinos”. Con el 45 por ciento de las mesas escrutadas, la presidenta CFK obtiene el 53,21 por ciento de los votos, seguida por el actual gobernador de Santa Fe, Hermes Binner, con el 17,07 por ciento, y Ricardo Alfonsín, el 12,38. Alberto Rodríguez Saá, el 7,52; Eduardo Duhalde, 5,7; Jorge Altamira el 2,27, y Carrió el 1,85 por ciento.

“Lo único que quiero es seguir agrandando la Argentina, seguir generando más puestos de trabajo, más industrialización, más ciencia y tecnología, más escuelas, más caminos, más hospitales”, agregó Cristina al afirmar que esa no es una tarea “para una sola persona”. La Presidenta añadió, citando a Néstor Kirchner, que “por comprensión histórica, por voluntad popular y por decisión política cuenten conmigo para seguir profundizando este proyecto de país. Para eso nos necesitamos unidos. No significa pegoteados. Pero significa reconocer que cuando una sociedad se expresa y decide en elecciones populares, libres y democráticas, esa decisión debe ser respetada”.

Durante el acto de cierre de campaña, realizado el miércoles pasado en el Teatro Coliseo, CFK había convocado a “la unidad nacional” y a los dirigentes opositores a dejar de lado las “diferencias menores”. Cuando todos los pronósticos indicaban que sería reelecta, había afirmado que “no le guardo rencor a nadie, las cosas que han pasado me obligan a abrirme cada vez más, a tender la mano, a superar las diferencias”, y había pedido a los distintos sectores que conforman la sociedad que colaboraran durante los próximos cuatro años para aprovechar lo que calificó como “una oportunidad histórica” para la Argentina. “Por primera vez podemos pensar a mediano y largo plazo”, destacó al pedir “gestos de grandeza” para “articular los intereses de 40 millones de argentinos”.

Si se repitiera el resultado que el kirchnerismo consiguió en las Primarias Abiertas, Simultáneas y Obligatorias (PASO) del 14 de agosto, el oficialismo retomaría el control del Congreso. El Frente para la Victoria pasaría a contar con un bloque de 115 diputados, que sumado a sus aliados más fieles –Frente Cívico Santiagueño (7), Nuevo Encuentro (5) y los neuquinos del MPN (2)– alcanzaría las 129 bancas necesarias para contar con quórum propio en la Cámara baja, a los que también podría sumar otros dos monobloques que habitualmente acompañan las iniciativas del Gobierno.

Algo impensado antes del arranque del disperso calendario electoral que se inició en marzo y mucho menos hace dos años, cuando tras la derrota de las legislativas de 2009 el Grupo A, que juntó a todo el abanico opositor, le arrebató al oficialismo la mayoría en todas las comisiones de Diputados y el Senado. La Cámara alta, que renueva en ocho provincias un tercio de sus bancas, no tendría mayores modificaciones, lo que le permitiría al kirchnerismo y sus aliados mantener un delicado equilibrio de fuerzas.

Fuente: Página 12

http://www.pagina12.com.ar/diario/ultimas/20-179574-2011-10-23.html

Voces sin libertad

Este documental fue rodado en 2001 y muestra el terrorismo desde el punto de vista de las víctimas de ETA. En el documental se narran veinticinco historias de víctimas en las que cuentan sus espeluznantes experiencias.

Queremos contar que existimos, que ETA no mata porque no puede pero la amenaza existe, está presente, lo distorsiona todo, el terror sigue reinando en nuestras calles y lo nuestro no caduca“, afirmó Consuelo Ordóñez una de las víctimas que aparece en el documental.

Seccional ANEP-MINAET reclama local sindical

San José, 21 de octubre de 2011.

Honorable señor
Lic. René Castro Salazar
Ministro
Ministerio de Ambiente, Energía y Telecomunicaciones (MINAET)
Su despacho

Estimable y respetable señor:

Antes que todo, expresamos a su ilustre autoridad, el más atento y respetuoso saludo de nuestra parte.

Por este medio queremos compartir con usted lo que en la materia señala nuestro ordenamiento jurídico, por medio de la Ley 5968, misma que dicta el otorgamiento de facilidades a los representantes sindicales para el ejercicio de sus funciones, incluyendo el otorgamiento de tiempo libre sin pérdida de salario, para el ejercicio de sus actividades sindicales, tales como reuniones, cursos de formación, seminarios, así como el otorgamiento de facilidades materiales para tal efecto.

Es claro entonces que existe una norma que expresamente autoriza y, a la vez, obliga a los diversos entes públicos, tanto del gobierno central, como las entidades descentralizadas y las empresas públicas, para el otorgamiento de este tipo de protecciones y de facilidades y que debe ser acatada por imperio del principio de legalidad, sin discriminación alguna para toda organización sindical y para toda persona que haya sido nombrada o designada como representante sindical.

En desarrollo de esta obligación legal, el Poder Ejecutivo promulgó la directriz número Nº 047-MTSS del 23 de setiembre del 2005, publicada en La Gaceta No. 48 del 8 de marzo del 2006, en la cual se establece la utilización de un espacio físico dentro de las instalaciones del lugar de trabajo al que pertenezcan los afiliados (para este caso dentro del Instituto Meteorológico), a favor de las organizaciones sociales, incluidas las sindicales, siempre y cuando las condiciones de infraestructura lo permitan.

Ante lo citado, es que esta seccional le hace de manera formal la solicitud de un espacio físico dentro de la institución para el ejercicio de actividades sindicales y de atención a los trabajadores y a las trabajadoras.

Sin más y agradeciendo su atención, se suscribe con respeto y consideración,

Albino Vargas Barrantes
Secretario General ANEP

William Arias Soto
Presidente Seccional ANEP-MINAET

Catherine Mclean Matamoros
Secretaria Seccional ANEP-MINAET

ANEP-CORREOS: En defensa de la Libertad Sindical y del respeto a las licencias sindicales

San José, 21 de octubre de 2011.

Licenciado
Álvaro Coghi Gómez
Gerente General
Correos de Costa Rica S.A.

Estimado señor:

Reciba un cordial saludo de parte de la Asociación Nacional de Empleados Públicos y Privados (ANEP) y la Junta Directiva Comité Seccional ANEP-Correos. A continuación exponemos lo siguiente:

HECHOS

PRIMERO: Somos una seccional constituida y públicamente activa en el quehacer político y gremial de nuestro sindicato nuestros miembros activos son: Claudio Sánchez González, Ana Luisa Cinco Quesada, Marcelo Riba Bazo y Gilberto Bell Arrieta.

SEGUNDO:
Que en aras de proteger nuestros derechos laborales y de los demás afiliados y afiliadas en Correos de Costa Rica S.A. participamos en la conformación de la Junta Directiva del Comité – Seccional de la Asociación Nacional de Empleados Públicos y Privados (ANEP) en Correos de Costa Rica S.A.

TERCERO:
Que el numeral 367 del Código de Trabajo, establece claramente que gozan de estabilidad laboral y por lo tanto cuentan con una protección especial los trabajadores que ostenten cargos de representación sindical.

CUARTO: Pese a lo anterior, hemos visto como de una u otra manera se nos niegan los permisos de manera integral o parcial para realizar nuestro trabajo gremial. Esto a raíz de las visitas a los centro de trabajo que están en crisis, por el proceso de modernización, el recorte presupuestario, problemas de vacaciones acumuladas de uno, dos o más períodos de los trabajares y trabajadoras, limitación de plazas sobre todo en centros de carteros y acumulados de correspondencias, problemas de acoso laboral de los mandos medios de la empresa.

QUINTO: Transgrediendo con esta acción la empresa; el fuero sindical, protección que previó el legislador para garantizar la libertad de las personas trabajadoras de constituir y participar en los sindicatos, de realizar libremente y democráticamente visitas y reuniones para ver las condiciones laborales sin el temor a ser perseguidos o bien despedidos por ejercer un derecho humano. Adjunto documento e informes de nuestras visitas a centros de trabajo.

SEXTO: Que el derecho de asociación constituye un derecho humano fundamental consagrado en nuestro ordenamiento jurídico, derecho posiblemente podría verse violentado por la empresa de no corregir el error. Ya que al ser la empresa descentralizada y tiene oficinas en todo el país, es necesario que nos desplacemos para brindar el servicios de asesoría a la clase trabajadora de esta institución. Además así lo contempla nuestra Convención Colectiva que reza así:

Artículo 30: La empresa otorga permisos con goce de salarios a sus trabajadores para atender labores de organización, proselitismo y otras de carácter sindical de acuerdo con los siguientes parámetros:
a. Un dirigente de cada una de las organizaciones firmantes, un día hábil por quincena para atender labores de organización, proselitismo y otros caracteres sindicales.
b. Un día por semana para los miembros de la Junta Directiva de los sindicatos que lo requieran para atender las reuniones de la Junta Directiva Nacional o Seccional, o de las federaciones o confederaciones sindicales en las cuales resulten electos. El disfrute de las licencias de los puntos a y b no podrán coincidir en una misma semana en un mismo trabajador.
c. La empresa concederá permiso con goce de salario a los trabajadores afiliados de las organizaciones para que se puedan asistir a las asambleas ordinarias y extraordinarias que sean convocadas por las organizaciones, siempre y cuando se garantice el servicio mínimo.

FUNDAMENTO DE DERECHO

El Convenio 98 de la Organización Internacional de Trabajo (OIT), denominado “_Convenio sobre el derecho de sindicación y de negociación colectiva_” dispone en el numeral primero lo siguiente:
1. Los trabajadores deberán gozar de adecuada protección contra todo acto de discriminación tendiente a menoscabar la libertad sindical en relación con su empleo.
2. Dicha protección deberá ejercerse especialmente contra todo acto que tenga por objeto:
a) sujetar el empleo de un trabajador a la condición de que no se afilie a un sindicato o a la de dejar de ser miembro de un sindicato;
b) despedir a un trabajador o perjudicarlo en cualquier otra forma a causa de su afiliación sindical o de su participación en actividades sindicales fuera de las horas de trabajo o, con el consentimiento del empleador, durante las horas de trabajo
”.

Por su parte, el Convenio 135 emitido por la OIT y su Recomendación No. 143, disponen una serie de medidas para brindar protección a los representantes sindicales. Así, el citado Convenio 135 establece en su artículo primero lo siguiente:

“_Los representantes de los trabajadores en la empresa deberán gozar de protección eficaz contra todo acto que pueda perjudicarlos, incluído el despido por razón de su condición de representantes de los trabajadores, de sus actividades como tales, de su afiliación al sindicato, o de su participación en la actividad sindical, siempre que dichos representantes actúen conforme a las leyes, contratos colectivos u otros acuerdos comunes en vigor_”.

La Recomendación 143, ratificada por nuestro país mediante Ley 5968 del 9 de noviembre de 1976, señala en su artículo 6:

1) Cuando no existan suficientes medidas apropiadas de protección aplicables a los trabajadores en general, deberían adoptarse disposiciones específicas para garantizar la protección efectiva de los representantes de los trabajadores.
2) Tales disposiciones podrían incluir medidas como las siguientes:
a) definición detallada y precisa de los motivos que pueden justificar la terminación de la relación de trabajo de los representantes de los trabajadores;
b) exigencia de consulta, dictamen o acuerdo de un organismo independiente, público o privado, o de un organismo paritario antes de que el despido de un trabajador sea definitivo;
c) procedimiento especial de recurso accesible a los representantes de los trabajadores que consideren que se ha puesto fin injustamente a su relación de trabajo, o que sus condiciones de empleo han sido modificadas desfavorablemente, o que han sido objeto de trato injusto;
d) por lo que se refiere a la terminación injustificada de la relación de trabajo de los representantes de los trabajadores, el establecimiento de una reparación eficaz que comprenda, a menos que ello sea contrario a los principios fundamentales de derecho del país interesado, la reintegración de dichos representantes en su puesto, con el pago de los salarios no cobrados y el mantenimiento de sus derechos adquiridos;
e) imponer al empleador, cuando se alegue que el despido de un representante de los trabajadores o cualquier cambio desfavorable en sus condiciones de empleo tiene un carácter discriminatorio, la obligación de probar que dicho acto estaba justificado;
f) Reconocer la prioridad que ha de darse a los representantes de los trabajadores respecto de su continuación en el empleo en caso de reducción del personal
.”

En proceso por Infracción a las leyes de trabajo y seguridad social, el Juzgado de Trabajo del Segundo Circuito Judicial condenó a la Gerente General de Correos de Costa Rica y a la empresa, por haber incurrido en prácticas laborales desleales, considerando que:

“_(…) Ahora bien, vista la normativa citada así como el voto 5000-93 de la Sala Constitucional, resulta claro que los representantes de los trabajadores en organizaciones sindicales, como es el caso de G. L. V. y R. M. M. que figuran como ofendidos, se encuentran cubiertos por un fuero sindical que les garantiza la estabilidad en sus cargos salvo falta comprobada una vez que se lleve a cabo el debido proceso. Ahora bien, en el caso de los ofendidos en autos se demuestra que efectivamente al momento del despido ocupaban cargos de Vicepresidente y Secretario del comité Seccional de la Asociación Nacional de Empleados Públicos y Privados (ANEP) en Correos de Costa Rica S.A. (ver al efecto folio 147). Dicha circunstancia y el hecho de que el despido de los trabajadores fue con responsabilidad patronal, es decir, sin que existiera causa o motivo alguno para proceder al despido de los citados trabajadores, fueron las circunstancias valoradas por el Tribunal A quo para determinar que efectivamente se dio en Correos de Costa Rica S.A. una práctica laboral desleal. Lo cual debe ser confirmado en esta instancia, toda vez que la parte acusada no logró demostrar en autos que efectivamente el despido de estos trabajadores que a su vez eran representantes sindicales hubieran incurrido en falta alguna y que se hubiera llevado a cabo el debido proceso correspondiente_.”

Nuestra legislación ordinaria, acorde con la normativa y jurisprudencia de rango superior citada, dispone una serie de normas que protegen los derechos colectivos de las personas trabajadoras. Es así como el artículo 363 del Código de Trabajo prohíbe: “todas las acciones u omisiones que tiendan a evitar, limitar, constreñir o impedir el libre ejercicio de los derechos colectivos de los trabajadores, sus sindicatos o las coaliciones de trabajadores.

Cualquier acto que de ellas se origine es absolutamente nulo e ineficaz y se sancionará, en la forma y en las condiciones señaladas en el Código de Trabajo, sus leyes supletorias o conexas por la infracción de disposiciones prohibitivas”.

Que el artículo 367 del Código de Trabajo claramente contempla el fuero sindical que garantiza estabilidad laboral a los miembros de un sindicato en formación, así como a sus dirigentes, protegiendo de esa forma a los trabajadores que se sumen al proceso de constitución y sus representantes.

Por su parte, el Manual de Procedimientos de la Inspección de Trabajo, publicado en La Gaceta No. 8 del martes 13 de enero de 2004 en el artículo 3.1.1 define las prácticas laborales desleales como “_aquellas acciones u omisiones de patronos o de trabajadores individuales u organizaciones sindicales o gremiales, que tienden a evitar, limitar, constreñir o impedir el libre ejercicio de los derechos de los trabajadores o patronos y sus respectivas organizaciones; o de todo acto tendiente a trabar la acción gremial o la buena marcha de la empresa, violentando los principios de la buena fe, la lealtad, la equidad y las normas laborales_”.

Asimismo, el numeral 3.1.2 del mismo Manual de Procedimientos contempla una lista no taxativa de posibles prácticas laborales desleales, entre ellas: “_a) los despidos injustificados o ilegales, que tiendan a disminuir el apoyo a los movimientos colectivos de los trabajadores o sus sindicatos; e) la negativa a deducir las cuotas sindicales ordinarias, debidamente solicitadas por el sindicato u organización u organización.(…); f) Inducir a los trabajadores, por cualquier medio, a afiliarse o a retirarse de determinado sindicato u organización_.”

PRETENSION

A) Lo anterior lo manifestamos con el fin de que no se nos perturben nuestra situación actual en los diferentes puestos de trabajo y mucho menos se nos pretenda variar las condiciones laborales, ya que de lo contrario, ratificaría nuestro sentimiento de que estamos siendo acosados laboralmente y persecución sindical a raíz de nuestro trabajo sindical.

Como respaldo de lo anterior nos permitirnos citar:

Constitución Política:
Artículo 28.- Nadie puede ser inquietado ni perseguido por la manifestación de sus opiniones ni por acto alguno que no infrinja la ley.

Código de Trabajo:
Artículo 12.- Queda prohibido a los patronos despedir a sus trabajadores o tomar cualquier otra clase de represalias contra ellos, con el propósito de impedirles demandar el auxilio de las autoridades encargadas de velar por el cumplimiento y aplicación del presente Código, de sus Reglamentos y de sus leyes conexas.

B) Que se respeten en todos sus extremos nuestra Convención Colectiva de Trabajo sobre todo los artículos 30, 31, 32, y 33. Esto con la finalidad de garantizar la libertad sindical y el derecho de los trabajadores y trabajadoras de ser asesorados por su sindicato en este momento tan difícil de la Institución donde estamos en el Proceso de Modernización.

Sin otro particular quedamos a sus órdenes,

Albino Vargas Barrantes
Secretario General ANEP

Claudio Sánchez González
Presidente Junta Directiva Comité Seccional ANEP-Correos

Trabajadores del SINART defienden presupuesto institucional

Desde hace varios días la seccional de la ANEP en el Sistema Nacional de Radio y Televisión, SINART, se encuentran trabajando en la incidencia para salvar el presupuesto anual de su institución.

El anuncio del recorte de más de 500 millones de colones pone en la picota a la televisión y radio pública de Costa Rica. La disminución de gastos en el Estado, de manera indiscriminada y sin ningún estudio técnico que les avale, supone el más duro golpe que pudiera recibir esta institución pública.

El trabajo reciente que la seccional de la ANEP en el SINART ha realizado en sede legislativa logró que ese monto se redujera a 300 millones de recorte, pero esto todavía no es suficiente para garantizar el trabajo en el SINART.

La producción audiovisual es sumamente costosa, y un recorte de este tipo pone en peligro todos los procesos productivos del canal y de la radio, desde la compra de material para difundir, hasta la cobertura de eventos y noticias nacionales, así como el posible despido de gran parte del personal.

La lucha de los trabajadores y trabajadoras del SINART se debe multiplicar en todo el país. Se deben exigir estudios técnicos reales que justifiquen los recortes presupuestarios, que se eliminen los gastos superfluos, los excesos de consultorías, y que no se ponga en peligro el trabajo de la clase trabajadora del sector público.

Acción sindical frena privatización municipal en Santa Cruz

ACTA DEACUERDO
Municipalidad de Santa Cruz Seccional ANEP – Municipalidad de Santa Cruz Asociación Nacional de Empleados Publicos y Privados (ANEP)

En la ciudad de Santa Cruz, cabecera del canton de Santa Cruz, provincia de Guanacaste, a las quince horas de esta fecha, martes 4 de octubre de 2011; las partes fundamentales de la relación obrero patronal cuyos nombres y firmas seconsignan al final del presente documento, convienen en lo siguiente:

PRIMERO: Ambas partes validan la vía del Diálogo Social con Negociación Efectiva para garantizar el mantenimiento de un clima laboral de respeto mutuo, con pleno respeto para los derechos de las personas trabajadoras, así garantizado en la vigente Convención Colectiva de Trabajo que norma la convivencia entre las partes en la Municipalidad de Santa Cruz; de la misma manera en que tal clima es mas que necesario para garantizar los objetivos institucionales que las autoridades políticas se han propuesto en aras de la mayor satisfacción de la población usuaria de los servicios municipales.

SEGUNDO: Ante la preocupación de la parte laboral por las derivaciones de un proyecto en gestación para el establecimiento en el cantón de Santa Cruz, de un “parque tecnológico ambiental“; la parte patronal indica que si ha de materializarse el mismo, no implicara ni un solo despido (en el tanto no se infrinja la normativa laboral vigente), de las actuales personas trabajadoras asalariadas de la lnstitución; ni tampoco habra ningun tipo de privatización de los actuales servicios que brinda a la ciudadanía la Municipalidad de Santa Cruz; amen de indicarse de que el “parque tecnalógico ambiental“ será para el acopio y el tratamiento de desechos sólidos, tanto los del propio cantón como de otros cantones circunvecinos que se adhieran voluntariamente al proyecto en mención. En tal sentido, cualquier propuesta que, finalmente, se presente ante el Honorable Concejo de Santa Cruz, sobre un “parque tecnológico ambiental“, observará los elementos centrales de este punto sobre la protección del empleo y sobre el carácter público de los servicios municipales que actualmente se brindan a la ciudadanía, sin mediacion de lucro privado.

TERCERO: Ambas partes concuerdan en que la eficiencia y la eficacia en la prestación de los servicios municipales debe ser un desvelo cotidiano compartido; así como el combate a todas las formas de corrupción y de actuaciones reñidas con la ética y con la transparencia en el servicio público.

CUARTO
: Ambas partes concuerdan en que se deben hacer todos los esfuerzos compartidos necesarios para el logro del más óptimo clima laboral – institucional, en el marco de los preceptos que se establecen en la presente Convención Colectiva de Trabajo; para lo cual se acudirá, en todo momento, al diálogo constante interpartes, abordándose de seguido a este acuerdo, los siguientes temas pendientes de discusión que la parte laboral ha presentado para su resolución: 1) Respeto a los procedimientos de los concursos en proceso; 2) velar por el cumplimiento de la Convención Colectiva de Trabajo; y, 3) potestades disciplinarias institucionales.

QUINTO: Con relación a la comunicación pública dirigida a la comunidad santacruceña, a nombre de la Junta Directiva Seccional ANEP – Municipalidad de Santa Cruz, en esta fecha; la parte laboral asume el compromiso de que, con base en este acuerdo, se indicará, en una segunda comunicación de similar carácter que no habra privatización alguna de servicios en la Municipalidad de Santa Cruz y, por el contrario, se busca fortalecer la gestión pública de la lnstitución, contrariamente a lo afirmado por la ANEP.

SEXTO: Ambas partes acuerdan que el presente documento sea depositado ante el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS), tanto en su sede regional como nacional para darle la fuerza legal necesaria que Ie de la legitimidad obligada.

DOCUMENTO ORIGINAL CON LAS FIRMAS EN LOS ARCHIVOS ADJUNTOS.

Movilidad laboral en CNP hacia IDA

Quisiéramos que la Presidencia Ejecutiva nos indique si es verídica esa información o no y de ser afirmativa la respuesta, nos haga llegar copia del estudio técnico que fundamenta la movilidad de personal del CNP hacia el IDA y la ubicación que van a tener, pero sobre todo que nos indiquen porque no se ha informado a los funcionarios sobre dicha situación.

Nos parece extraño que en momentos en que ni siquiera se ha aprobado la transformación IDA-INDER, se esté pensando en la posibilidad de aceptar el traslado de funcionarios del CNP. Hace 15 años sucedió una situación similar y al final se fueron muchos compañeros del IDA y los del CNP no fueron afectados.

Nosotros no nos oponemos a que se contrate nuevo personal y que se refuerce la institución, lo que no nos parece correcto es que se permita el ingreso de nuevo personal en detrimento del funcionariado del instituto.
Hago un llamado a todas las organizaciones para convocar una reunión de urgencia y solicitar explicaciones sobre este tema.

Walter Quesada Fernández
Presidente Seccional ANEP-IDA

Visión de país de la ANEP expuesta a estudiantes católicos

Este miércoles 19 de octubre se dio una actividad diferente para la Secretaría General de nuestra organización. No porque le sea extraño a la ANEP ser invitada a dar charlas y conferencias en los más diversos espacios populares o académicos, sino porque es la primera vez que se nos invita al Seminario Nacional Nuestra Señora de los Angeles, ubicado en Paso Ancho.

Un gran honor para la ANEP responder al llamado del presbítero David Solano Chaves a participar de su curso, Doctrina Social de la Iglesia 2, para exponer a los futuros sacerdotes la visión de país que tiene nuestra organización sindical y explicarles cómo funciona el trabajo que realizamos.

El compañero Albino Vargas realizó un recorrido por las diversas filosofías e ideologías que se conglomeran en un sindicato como la ANEP, relacionándolas con la memoria histórica de la lucha sindical en Costa Rica y como eso delimitó el perfil de sindicato que es la ANEP en este momento.

Nuestra organización espera que esta sea la primera experiencia de muchas otras en el aporte que podamos dar a la formación de ciudadanos y ciudadanas, en este caso seminaristas católicos, sobre la historia y el presente de nuestra Patria desde la mirada sindical.