ANEP se mantendrá vigilante ante aplicación de pruebas FARO y acuerdo de confidencialidad del MEP

  • De acuerdo con el análisis y criterio jurídico el acuerdo de confidencialidad suministrado por el Ministerio de Educación Pública, puede tener roces de legalidad, en particular, por violentar la Ley de Protección de Datos Frente al Tratamiento de los Datos Personales.
  • ANEP insta al personal educador a utilizar los mecanismos de denuncia contra las autoridades educativas.

La Asociación Nacional de Empleados Públicos y Privados (ANEP) se mantendrá vigilante ante la aplicación de las pruebas de Fortalecimiento de Aprendizaje para Renovación de Oportunidades (FARO), para estudiantes de secundaria; esto tras el Acuerdo de Confidencialidad planteado por el Ministerio de Educación Pública (MEP) para los educadores que aplicarán estas pruebas.  

Fabián Gamboa Corrales, Consultor Jurídico Externo de la ANEP, explicó que, tras el análisis jurídico, dicho Acuerdo de Confidencialidad “puede tener roces de constitucionalidad, al imponer al servidor o servidora, delegado de aula y tutor, deberes que violentan los principios constitucionales de transparencia, publicidad y rendición de cuentas, por tratarse de “materiales”, “contenidos” o “cuestionarios” sobre los que recae un interés público y un necesario control de legalidad”.

De acuerdo con el citado,  el documento contempla aspectos como guardar confidencialidad de todos los materiales relacionados con el proceso de aplicación y entrega de documentación, tanto cuestionarios aplicados como no aplicados; no conservar, ni dejar en ninguna instancia ejemplares o copias de ninguna prueba o ítem de pruebas de dichos materiales, ni permitir copia del mismo o fotografías; no divulgar por ningún medio la información de los cuestionarios.

Bajo ese escenario, algunas de las preocupaciones de la ANEP, son que el Acuerdo de Confidencialidad no indica cuáles datos quiere proteger, además no justifica la razón de mantener de forma confidencial materiales no aplicados, ni las razones por las cuales debe quedar afectado por confidencialidad, un documento que no contiene datos personales y hasta dicho momento es considerado de carácter público.

“Es un acuerdo totalmente impreciso, refleja una laxitud particular, tomándose en consideración que fue emitido por una autoridad pública. Debemos entender que un material inaplicado, no contiene elementos sensibles, ni datos personales que deban estar cubiertos por algún criterio de confidencialidad, de manera que esta prohibición podría tener roces de constitucionalidad, por transgresión de los principios de publicidad, transparencia y rendición de cuentas incorporados en la Constitución Política”, agregó Gamboa.

Para la ANEP, la aplicación de las pruebas FARO es de desconfianza y recelo hacia las políticas aplicadas por el Gobierno, debido a los antecedentes en el país para obtener datos sensibles.  Ejemplo de ello, Caso UPAD (Unidad de análisis de datos creada por el Poder Ejecutivo) y las pruebas FARO aplicada a estudiantes de quinto grado (Factores Asociados).

 Nuestra organización sindical insta a los educadores a utilizar el mecanismo de denuncia contra las autoridades educativas correspondientes, según lo permite el numeral 25 de la Ley de Protección de la Persona frente al Tratamiento de Datos Personales.

ANEP presentó recurso de amparo para darle voz a los sindicatos en discusión del proyecto de Empleo Público

La ANEP presentó ante la Sala Constitucional un recurso de amparo contra el plenario de la Asamblea Legislativa, ante la negativa de los diputados y las diputadas de permitir a nuestra organización y otros sindicatos dar su opinión y análisis respecto al proyecto de ley Marco de Empleo Público.

Solicitan mayores recursos para Policía Profesional de Migración y Extranjería

La Seccional ANEP-Policía Profesional de Migración y Extranjería sostuvo una reunión virtual con la Viceministra de la presidencia, María Devandas Calderón, para detallar una serie de situaciones que afecta la operatividad de este cuerpo policial.

ANEP reafirma su rechazo al Proyecto Ley Marco de Empleo Público

Diputados de distintas agrupaciones políticas realizan una nueva intentona para aprobar el proyecto de Ley Marco de Empleo Público, para la ANEP es alarmante que la cuarta versión del proyecto siga teniendo el rechazo de distintas organizaciones e instituciones.

Empresa Alunasa deja plantados a trabajadores en audiencia conciliatoria en el MTSS

Representantes de Alunasa dejaron plantados a trabajadores de la empresa afiliados a la Asociación Nacional de Empleados Públicos y Privados (ANEP) en la audiencia conciliatoria que se desarrollaría este 30 de noviembre en la sede central del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS).

El objetivo de la audiencia, que contaría con la presencia del Viceministro del Área Laboral del MTSS, Ricardo Marín Azofeifa, y la Directora de Asuntos Laborales del MTSS, Adriana Quesada Hernández, era establecer una agenda de trabajo para establecer las fechas en que la empresa venezolana realizaría los pagos de ley establecidos y adeudados a los trabajadores, luego de que esta última anunciara, el 16 de noviembre del 2021, el cierre de operaciones en Costa Rica y el despido masivo de 176 trabajadores.

Esta es la tecera vez que los representantes de la empresa venezolana deja plantada a la seccional ANEP-Alunasa en audiencia en el MTSS, en el marco de lo que debería ser las negociaciones ante la situación que viven los trabajadores.

Dentro de la justificación enviada por la empresa para no asistir a la audiencia, en esta tercera ocasión, es que «aún están realizando los cálculos respectivos por concepto de liquidación y otros aspectos. Además, de que están a la espera de decisiones desde Venezuela.

Sin embargo, para la ANEP esta es otra maniobra de la empresa para eludir sus responsabilidades obreras. Además, ponen en duda el cierre de Alunasa, pues los actuales ejecutivos de esta firma vienen emitiendo señales contradictorias.

Ante esta situación la seccional ANEP-Alunasa solicita una intervención diplomática de parte del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto de Costa Rica, para generar certeza del vínculo jurídico en la toma de decisiones de los representantes de la empresa en el país con el gobierno de Venezuela.

Para la representación del Ministerio de Trabajo es lamentable la situación, ya que tienen toda la disposición y voluntad de fungir como ente mediador y defensor de los derechos laborales de las personas afectadas.

La ANEP mantendrá todo su apoyo y acompañamiento a los trabajadores de la empresa Alunasa y llegará hasta las últimas instancias para hacer cumplir las responsabilidades de ley.

La ANEP agradece todo el acompañamiento y gestión que ha brindado el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social durante todo el proceso.

Unidad de Desarrollo Organizacional realiza sesión de trabajo estratégica de cara al 2022

La Unidad de Desarrollo Organizacional de la ANEP, sostuvo una serie de sesiones de trabajo en busca de mejoras con respecto al trabajo que realiza la ANEP en las bases de cada seccional, así como el trabajo de incidencia política y nacional de la organización.

ANEP presenta coadyuvancia penal contra el MEP y el Consejo Superior de Educación

La Asociación Nacional de Empleados Públicos y Privados (ANEP) presentó, el día de hoy, ante la Fiscalía Adjunta de Probidad, Transparencia y Anticorrupción del Primer Circuito Judicial de San José,  una coadyuvancia (Exp. 21-000285-1218-PE) de denuncia penal y solicitud de medidas cautelares contra autoridades del Ministerio de Educación Pública (MEP) y el Consejo Superior de Educación por violación a la Ley de Protección de Datos y Otros.

La acción presentada por la ANEP se da ante los hechos registrados a partir del día 9 de noviembre y hasta el recién pasado viernes 12 de noviembre del 2021, fechas en las que se procedió a aplicar por parte del MEP, en los centros educativos de todo el país, las pruebas FARO, así como el  denominado “Cuestionario de factores asociados”,  con el cual se procedió a la  recolección ilegítima de datos personales de personas menores de edad y sus familias, datos que entran en la categoría de datos sensibles.

En esta se solicita:

1-Allanamiento y decomiso de las pruebas faro practicadas a los menores de edad a lo largo y ancho del  país ahora en Poder del Tribunal Contencioso administrativo .

2.- Se solicita como medida cautelar además que se suspendan las pruebas faro basadas en la estructura de documentos que son cuestionados en esta demanda por ser una lesión moral, psicológica y hacia la salud de los menores de edad de quinto año de primaria, con fundamento en el Interés superior del niño y la niña

3.- El domingo 14 de noviembre en horas de la noche trascendió la noticia de que las Señoras Ministra de educación Sra. Guiselle Maduro  y la viceministra Melania Brenes Monge  habían renunciado a sus puestos,   y que el Señor Pablo José Mena Castillo  Viceministro de planificación institucional y coordinación regional del MEP renuncio el sábado 13 de noviembre de los corrientes, por lo que solicitamos que por la gravedad de los hechos acusados se les prohíba mientras se mantenga en trámite esta denuncia y hasta que termine con  un juicio se les gire la prohibición de ocupar cargos públicos: Asimismo la medida también sea extendida a todos los miembros del Consejo Superior de Educación.

4.  Que se informó que quien fue nombrado como  Ministro de Educación AI fue el  acusado Steven Gonzales   Cortes, quien ejercía el cargo de viceministro  administrativo  ,  aquí acusado por lo que solicitamos de igual manera se le  dicte orden de prohibición de ejercer cargos públicos mientras esta causa se investiga toda vez que  al haber tenido participación en los hechos podría interferir con la investigación a realizarse y podría causar perjuicio con la prueba tanto documental como testimonial de  docentes que puedan ser llamados como testigos  en esta causa  .

Calificación Legal

El artículo 196 bis de la Ley de protección de datos tipifica el delito de violación a esta ley.

Así mismo los hechos podrían ser constitutivos de los delitos de incumplimiento de deberes, tipificado en el código penal articulo 330 y de abuso de autoridad tipificado en el artículo 329 del Código Penal pues las conductas de los aquí acusados encuadran totalmente en dichos delitos.