Covid-19: Faltante de personal en la Policía de Migración dificulta controlar puntos ciegos en el cordón fronterizo

Ante la emergencia sanitaria que vive el país por la pandemia Covid-19 y las disipaciones emanadas desde Casa Presidencial para restringir el acceso de extranjeros al país, ha quedado evidenciado el faltante de personal de la Policía Profesional de Migración y Extranjería, esta última no da abasto para controlar los puntos ciegos fronterizos a lo largo de 300 kilómetros.

Luego de ochos días de ser aplicada la medida de cierre de fronteras en el país, esta es la posición y análisis que realiza la Seccional ANEP-Policía Profesional de Migración y Extranjería (PPME),  quien destaca el esfuerzo diario para cumplir a cabalidad con las disposiciones.

“Son más de 300 kilómetros de frontera y pocos los policías. Sabemos del esfuerzo qué han realizado los oficiales de la Policía Profesional de Migración en las Oficinas Policiales Regionales del Cordón Fronterizo de lado norte de nuestro país, empezando por Limón, seguimos hacía Guápiles, Sarapiquí, San Carlos, Los Chiles, Upala y Peñas Blancas, para evitar el ingreso de personas por puntos no autorizados, esto en coordinación con otros Cuerpos Policiales, pero es evidente el faltante de personal”, manifestó Gerardo Mora Ordóñez, presidente de la Seccional

La seccional ANEP-PPME ha insistido ante diversas instancias políticas de la necesidad de dotar de más personal y recursos a este cuerpo policial, que desarrolla una estratégica función en el resguardo de la seguridad del país.

“Esperamos una solución pronta a éste problema qué es de varios años, instamos al Gobierno, a los diputados y las diputadas para qué se le dé a la Policía Profesional de Migración los recursos qué se necesitan para poder realizar el trabajo de campo y control migratorio en el territorio nacional, principalmente en los puntos ciegos qué hemos detectado y qué son de conocimiento de todas las autoridades policiales”, dijo Mora.

Para la seccional,  es importante hacer énfasis de que la medida implementada de control al día de hoy, es debido al constante cambio en las conductas sociales de seguridad y salud pandémica presentadas a la fecha, lo que evidencia que es un tema de constante evolución y sorpresas; donde desde años antes se viene requiriendo o arrastrando un gran faltante de oficiales de migración, bien sea para cubrir funciones a lo largo de las fronteras costarricenses, aeropuertos, centros de aprehensiones, así como en operativos en territorio nacional , entre otros.

Éstos son algunos de esos puntos ciegos qué no son de ahora, tienen muchos años de existir.

Puntos ciegos en Limón: Matina (la barra de mahuanba), Batán, Siquirres (Barra de Parismina), Guácimo, Pocora, El Humo, Jiménez.

Puntos ciegos en Sarapiquí: Caño Las Marías, Caño La Tigra y Lomas de Boca Sarapiquí.

Puntos ciegos en San Carlos: Boca Tapada, Boca San Carlos, Cureña, Cureñita, Cureñón, Caño la Venada,  El Castillo, Pital.

Puntos ciegos en Los Chiles: Todo el cordón de Las Tablillas  (incliyendo Cevichito), el Empalme de Los Chiles, Cuatro Esquinas, Medio Queso, la Trocha, Palo Arco, Coopevega, San Humberto, Tiricias, Crucitas , entre otros.

Puntos ciegos en Upala: México de Upala, San Antonio, San Isidro, Berlín, Homuza, El Delirio, El Manzano, El Mojón (La Cruz), Nazareth.

Puntos ciegos en Peñas Blancas: Las Tecas/Macorì, Cabalceta por Cruz Blanca, Mauro, Los Castanos, Callejón/Managüita, Álvaro la Teca, Juan Bululo, Gavilán, Cabinas Las Guido, Tona, Esquina del Muro, El Guanacaste, El Papaturro, Esquina bar la Macha.

Otros lugares: Las Vueltas, Conventillos, Copalchi, El Valle, Las Pampas, Pueblo Nuevo, La Libertad, La Garita, Los Andes, IAFA (DEL ORO), Santa Cecilia, Santa Elena, El Caoba, Piedras Azules.

Marítimo: Puerto Soley, el Jobo, Cuajiniquil

Covid-19: ANEP propone el Subsidio Social Solidario de ₡250 mil mensuales para personas sin empleo y en la informalidad

Hasta 660 mil personas trabajadoras sin empleo y/o en la informalidad estarían con condiciones dignas de enfrentar las duras circunstancias derivadas de la pandemia Covid-19, con el establecimiento del Subsidio Social Solidario (SSS), mismo que se fijaría en la cantidad mensual de 250 mil colones, durante los tres meses siguientes a su establecimiento, inicialmente, pero que podría prolongarse ante la extensión de la emergencia.

Hablamos de aquellas personas compatriotas que ya estaban sin empleo antes del estallido de la pandemia, por ejemplo; como también, estamos pensando en quienes producto de la misma, están ya perdiendo el suyo.

La acertada recomendación de las autoridades nacionales de quedarse en casa para reducir al mínimo los riesgos de contagio del Covid-19, resultaría un infierno para personas sin trabajo, sin ingreso alguno, en altísima vulnerabilidad total, con graves riesgos de que la convivencia intrafamiliar se deteriore todavía más.

La propuesta para el establecimiento del Subsidio Social Solidario (SSS), se puede financiar si el Gobierno toma la trascendental decisión de decretar una moratoria del pago de los intereses, reconocidos como obscenos, de la deuda pública; calculados para el presente año 2020 en unos 2 billones de colones, así consignados en el Presupuesto de la República actualmente en ejecución.

Estamos hablando de una cantidad mensual de poco más de 165 mil millones de colones; cantidad ésta que dividida entre 250.000, arroja la posibilidad de que tal cantidad de colones lo reciban 660 mil personas-familias.

Adicionalmente, esos 165 mil millones de colones cumplirán otro objetivo, adicional al humanitario social: potencian la reactivación económica del mercado interno que, como se constata ya, está entrando en un período más severo de deterioro y hasta recesivo.

Es imposible que el país supere la crisis que vivimos si seguimos, por una parte, con esquemas macro-fiscales ortodoxos, carentes de humanismo e insensibles al dolor de los que menos tienen que son los que más sufren.

Esta propuesta del establecimiento de un Subsidio Social Solidario (SSS), está incluida dentro de las 15 medidas para enfrentar la crisis ante la emergencia del Covid-19; propuestas con contenido solidario, con inclusión social y en pro del bien común; pensadas, a la vez, para la reactivación económica y para el fomento productivo. Tal documento, dado a conocer este lunes 23 de marzo del 2020, será entregado al Gobierno de la República en próximas horas.

San José, martes 24 de marzo de 2020

Albino Vargas Barrantes

Secretario General

Diferencias entre el Subsidio Social Solidario propuesto por la ANEP con respecto al del Gobierno by EugenioGuerrero on Scribd

ANEP propone 15 medidas para enfrentar la crisis ante la emergencia del Covid-19

La Asociación Nacional de Empleados Públicos y Privados (ANEP), con el apoyo del Encuentro Social Multisectorial, desarrolló una propuesta ante la emergencia nacional que atraviesa el país; propuesta denominada “15 medidas para enfrentar la crisis ante la emergencia del Covid-19”.

Esta propuesta tiene como objetivo enfrentar la pandemia del Covid-19 con solidaridad, con inclusión social y en pro del bien común; para la reactivación económica y el fomento productivo.

A continuación, presentamos la propuesta formulada por la ANEP con el apoyo del Encuentro Social Multisectorial.  

I- MEDIDAS PARA LLEVAR DINERO AL BOLSILLO DE QUIENES MÁS SUFREN LA CRISIS

01-Emitir legislación para otorgar un subsidio social solidario para la emergencia, de 250 mil colones mensuales, para personas trabajadoras desempleadas (antes de la crisis y después de ella). Los dineros saldrán de la moratoria de, al menos por tres meses, en el pago de intereses de la deuda pública. Este pago, en la actualidad, es de 5.500 millones de colones diarios, cada 24 horas, que da un total mensual de 165 mil millones de colones. Esto permitirá cubrir hasta unas 660 mil personas; dentro de las cuales estarían las 309 mil que no tenían trabajo antes de la crisis del covid-19. La legislación debe incluir ambos aspectos: moratoria de la deuda y subsidio social solidario. Legislación que debe complementarse con otra para el levantamiento de la regla fiscal, que es contraria al desarrollo de programas sociales en situaciones de emergencia; particularmente para habilitar a las municipalidades a complementar una política de solidaridad con las personas vulnerables.    

02-Acceso a dinero ahorrado pensiones individuales. Aprobación del Expediente Legislativo No. 21.309, ley para entregar los fondos del Régimen Obligatorio de Pensiones (ROP).

03-Acceso a dinero ahorrado fondos de capitalización laboral. Aprobación del Expediente Legislativo No. 21.856, para la entrega de los fondos de capitalización laboral (FCL), inicialmente previsto para los casos de reducción de jornada laboral por la crisis; sin embargo, debe ampliarse y generalizarlo para toda la clase trabajadora, pública y privada, que haya acumulado fondos al momento de la emisión de esta legislación, con el fin de relanzar la reactivación económica para el mercado interno.

II- MEDIDAS PARA REDUCIR COSTO DE LA VIDA

04-Regulación precios de medicamentos. Aprobación del Expediente Legislativo No. 21.368, que regula el alto y abusivo precio de los medicamentos en Costa Rica.

05-Moratoria de créditos. Aprobación del Expediente Legislativo No. 21.852, para declarar moratoria en el pago de créditos de 100 millones de colones o menos, durante la emergencia y hasta el mes de agosto (o más allá); aunque, en realidad, lo que corresponde es plantear la condonación total de créditos de micro, de pequeños y de medianos emprendimientos, directamente golpeados por la crisis del covid-19, que sean iguales o menores a dicha cantidad.

06-Condonación de deudas sector agropecuario. Aprobación del Expediente Legislativo 21.798 para condonación de deudas del sector agropecuario (ya firmado por 35 personas diputadas), con miras a garantizar soberanía seguridad alimentaria al pueblo costarricense en la emergencia y más allá de ella.

07-Techo a tasas de interés. Aprobación del Expediente Legislativo No. 20.861, que regula el cobro excesivo en las tasas de usura, que las deja en un máximo de 39 %, pero que aún es insuficiente comparado con los grandes capitales ya acumulados por esta vía del cobro excesivo de intereses.

08-Moratoria de servicios públicos a población que perdió ingresos. Emitir moratoria, durante el período que dure la crisis en el pago de los recibos de agua, de luz, de teléfono y de internet, para todos aquellos hogares de personas desempleadas, subempleadas o recientemente despedidas por la crisis del covid-19, especialmente; aunque debe generalizarse para que quien tenga salario fijo pueda disponer de recursos para la solidaridad activa con los que menos tienen o no tienen nada, especialmente sus familiares más cercanos en condición de franca desventaja social.

09-Precios de artículos de primera necesidad. Establecimiento de un severo control de precios de los artículos imprescindibles para la emergencia sanitaria actualmente en desarrollo, con su correspondiente inclusión en la canasta básica; así como para los artículos necesarios de la canasta básica a fin de garantizar la sobrevivencia humana mediando alimentación fundamental y nutritiva.

III. MEDIDAS PARA CONTAR CON DINERO PÚBLICO PARA FINANCIAR LA EMERGENCIA; ESPECÍFICAMENTE POR EL DEBILITAMIENTO DE LAS FINANZAS DE LA CAJA Y POR LA MORATORIA EN PAGO DE SERVICIOS PÚBLICOS

10-Impuesto temporario solidario a la riqueza. Emitir legislación para un impuesto transitorio de un 10 % al patrimonio de las grandes fortunas (personales-familiares), y riquezas corporativas; por ejemplo, aquellas firmas empresariales de renombre que han venido declarando “cero” ganancias y/o “pérdidas” durante los últimos 5 años, al menos.

11-Impuesto temporario solidario a las transacciones financieras grandes. Emitir legislación para establecer un impuesto, también transitorio, a las transacciones financiero-bancarias superiores a los 30 mil dólares (impuesto vigente ya en algunos países de la Unión Europea -UE-); considerando que los bancos (públicos y privados) acumulaban al estallido de la crisis del covid-19, una cantidad por encima de los 30 mil millones de dólares, según el propio Banco Central de Costa Rica (BCCR).

12-Impuesto temporario solidario a los altos salarios y pensiones. Todo salario superior a la cantidad de 5 millones de colones debe contribuir, obligatoriamente, con un impuesto solidario del 25 % sobre el exceso de tal cantidad y durante el tiempo que dure esta crisis; impuesto que debe pagar tanto la alta tecnocracia política del Estado, como la alta gerencia del corporativismo privado-empresarial del país.

13-Secreto bancario. Emitir legislación para la eliminación del secreto bancario propuesto desde la Asamblea Legislativa anterior, en el informe de Los papeles de Panamá;y, asunto retomado por el actual Ministro de Hacienda.

14-Gestión internacional de la deuda pública: Costa Rica, mediante su actual gobierno, debe alzar la voz ante la comunidad internacional y plantear la condonación de la deuda pública de todos los países como los nuestros; deuda que ha sido contraída con los diversos organismos financieros internacionales y que ahora será más impagable que nunca antes.

IVMEDIDAS PARA APOYAR LA ACCIÓN FRENTE A LA EXPANSIÓN DE LA PANDEMIA COVID-19

15-Compra de medicamentos que se han estado produciendo para aumentar las defensas del sistema inmunológico ante la pandemia del covid-19, como el Interferón Alfa 2B, producido en Cuba; así como otros fármacos que con la misma finalidad ya está ofreciendo China.

Custodios de cárceles del OIJ se muestran preocupados por medidas de higiene para controlar el COVID-19

Trabajadores solicitan que se suspendan las audiencias de cambio de medidas y algunas donde los detenidos pueden ser representados por la defensa, entre otros aspectos.

En las instalaciones ya se presenta desabastecimiento de implementos para la higiene

Debido al incremento de casos de personas con el virus COVID-19, el personal custodio de las cárceles del Organismo de Investigación Judicial (OIJ), se muestra preocupado por las pocas medidas de higiene implementadas para prevenir el contagio.

De acuerdo con los trabajadores, la posición del Poder Judicial genera molestia y preocupación, ya que están en contacto tanto con privados de libertad, como con aprehendidos por la Fuerza Pública.

«Muchas de estas personas son indigentes y/o extranjeros con hábitos de higiene preocupantes para la salud pública. A eso le debemos sumar que estos delincuentes muestran hostilidad y es común que escupan, rasguñen y ataquen directamente la integridad de los custodios», indicó José Poveda Cedeño, presidente de la Seccional ANEP-Cárceles OIJ.

El dirigente sindical detalló una serie de peticiones, entre ellas que se suspendan las audiencias de cambio de medidas y aquellas donde los detenidos pueden ser representados por la defensa.

Además, solicitan que a los detenidos no se les traslade el día anterior para que no permanezcan tanto tiempo en las celdas y que se provea de equipos y todo lo relacionado de detenidos que representan ciertos síntomas gripales.

«Ya se han presentado situaciones con detenidos que vienen con síntomas que nos preocupan y no hay suficiente alcohol o alcohol en gel, mascarillas adecuadas, guantes y los implementos que son necesarios para mantener detenidos en celdas. Por ejemplo, solo el caso del juicio del «gringo» reúne en una sala a 47 o más personas, también requiere de la permanencia de una gran cantidad de custodios, en el comedor o área de celdas», agregó.

Poveda enfatizó en que no hay una claridad en los protocolos en cuanto reciben o hay permanencia de personas con síntomas sospechosos del coronavirus.

«No hay un protocolo bien establecido de las personas que son trasladados por otras dependencias como Fuerza Pública, Tránsito, Policía Municipal y hasta los mismos compañeros de investigación del OIJ, sobre las personas detenidas que ellos nos llevan a celdas. Se siguen programando las diligencias a gran escala, ya hay desabastecimiento de implementos para la higiene, los vehículos de transporte de detenidos algunos no reúnen ninguna seguridad en contener el contagio ya que en el caso de los microbuses el aire acondicionado que se les activa a la parte de dónde van los detenidos, circula por todos lados inclusive a la parte de la cabina o sector donde viajan los custodios», explicó Poveda.

Para la ANEP y su Seccional en cárceles del OIJ es preocupante que los magistrados obvien las medidas para el personal trabajador siendo este un tema de salud pública.

Seccional ANEP- IMAS solicita la suspensión de visitas programadas a los hogares de familias beneficiadas ante medidas de contingencia por el Covid-19

La Gerencia General del IMAS está obviando que dentro de la población beneficiada se encuentran las personas con factores de riesgo ante el COVID-19.

La Seccional ANEP-IMAS solicitó a la administración superior del Instituto Mixto de Ayuda Social (IMAS), posponer las visitas programadas de las Personas Cogestoras Sociales (PCGS), o cualquier otro personal que realiza trabajo de campo a fin de evitar exponer a las familias beneficiarias en su domicilio y a las personas funcionarias de la institución, debido a la emergencia sanitaria que presenta el país por el COVID-19.

La solicitud de la seccional nace luego de conocer la directriz IMAS-GG-667-2020, del 17 de marzo del 2020. Donde se establece que:

“(…) Que se instruye a las Jefaturas de Áreas Regionales de Desarrollo Social y de las Unidades Locales de Desarrollo Social a coordinar con las personas funcionarias que desempeñan funciones de cogestores sociales, a mantener las visitas programadas, mientras que se analiza la utilización de tecnologías de información. Asimismo, se mantiene la atención a la población preferencial como lo son las personas adultas mayores, discapacidad, mujeres embarazadas, personas con enfermedades crónicas según se registre en SIPO, así como la presencia de violencia intrafamiliar según SIPO o por alguna referencia, o desalojos inmediatos.”

Sin embargo, para la seccional llevar a cabo esta instrucción girada desde la Gerencia General, no solo pone en riesgo a la persona trabajadora del IMAS, sino también al total de personas que se encuentran en la vivienda o las viviendas donde se realizan las atenciones (seguimientos, supervisiones, aplicación de FIS).

“Exigimos a la administración analizar una estrategia de atención para la población preferencial, que no implique que estás deban trasladarse a la Unidad Local de Desarrollo Social (ULDS), para ser valoradas. La Gerencia General está obviando que dentro de esta población se encuentran las personas con factores de riesgo ante el COVID-19”, indica la solicitud de la seccional enviada al IMAS

Para la seccional ANEP-IMAS se debe considerar las recomendaciones emitidas por las autoridades en salud, máxime que, en el país ya se registra 89 casos confirmados de COVID-19.

“No es aceptable que se les comunique a las jefaturas de Personas Cogestoras Sociales que lleven a cabo estas visitas en campo ante un llamado al pueblo de Costa Rica de mantenerse en sus hogares en la medida de lo posible, y ante la recomendación de que las personas trabajadoras con puestos de teletrabajo permanezcan en sus hogares”, indica la solicitud. 

Acciones que podría realizar la administración del IMAS

Para la seccional ANEP-IMAS,  la Gerencia General y Subgerencias de Desarrollo Social debe analizar lo que implicaría para esta población trasladarse hasta las ULDS en el contexto actual (transporte, contacto cercano con otras personas) y gire instrucción para que por medio de la revisión de los expedientes y de la revisión de  información contenida en los sitios web de diferentes instituciones o sistemas (como lo son la CCSS, el SINIRUBE, el Registro Nacional de la Propiedad, entre otras que permita la institucional) se corrobore que se mantiene la situación socioeconómica de la familia.

Lo anterior puede ser complementado con el uso del recurso telefónico. De modo que se corrobore la información del expediente, y los documentos obtenidos, y con ello actualizar la FIS para que se puedan tramitar los beneficios. Es decir, se solicita tomar medidas afirmativas y particularizadas ante las personas con factores de riesgo.

“Solicitamos que la administración brinde opciones puntuales para discernir sobre qué priorizar y qué puede esperar o buscar otras alternativas de atención. Todo esto, sin poner en riesgo a ambas poblaciones ante la declaratoria de emergencia como la que estamos viviendo”, finaliza la solicitud de la seccional ANEP-IMAS.

Escuela Nacional de Policía mantiene cerca de 600 personas en sus instalaciones pese a emergencia por Covid-19

La seccional ANEP-Fuerza Pública solicita se detenga la exposición de los funcionarios policiales al contagio y, por ende, la propagación del Covid-19, por la insistencia de dar mayor importancia a las estadísticas, antes que la salud y la vida de los uniformados.

La ANEP y su seccional en la Fuerza Pública hacen un llamado urgente a las autoridades del Ministerio de Seguridad Pública (MSP), así como al Ministerio de Salud, para que tomen las medidas respectivas respecto a la exposición de los diversos cuerpos policiales del país, ante un posible contagio del Covid-19.

Para la seccional ANEP-Fuerza Pública las declaraciones del Ministro de Seguridad Pública, Michael Soto, ante los medios de comunicación respecto al estado de emergencia que vive el país, distan mucho de lo que se vive a lo interno de la Fuerza Pública, y un claro ejemplo de esto, es lo que se presenta en la Escuela Nacional de Policía, ubicada en Guápiles donde al día de hoy se mantienen cerca de 600 personas en adiestramiento policial.

En fotografías tomadas el día de hoy en poder de la ANEP, se puede observar como en las áreas comunes no se cumple las medidas de seguridad solicitadas por las autoridades de salud, respecto al distanciamiento de personas, ante la presencia del Covid-19 en el país y se observa una aglomeración de personas.

A esta situación, se une las condiciones de insalubridad y hacinamiento que presentan muchas delegaciones policiales en todo el territorio nacional, en las cuales, según la seccional, se ha podido constatar el faltante de jabón líquido, alcohol líquido y en gel, así como guantes de látex.

 “Es irónico, mirar al ministro Soto en las conferencias de prensa al lado del presidente de la República y del Ministro de Salud, solicitando evitar contacto físico y extremar las medidas de higiene, pero en la Fuerza Pública se sigue manejando la operación policial como si nuestros policías estuvieran vacunados contra el Coronavirus”, manifestó Mainor Anchía, presidente de la Seccional ANEP-Fuerza Pública.

Otro de los llamados de la seccional ANEP-Fuerza Pública hacia el MSP, es plantear una nueva estrategia de abordaje a los delitos por parte de los oficiales, ya que por su labor diaria están expuesto al contagio del Covid-19.

“Ciertamente, los Cuerpos Policiales están dentro de la primera línea de respuesta, sin embargo, se debería trabajar en prevención de delitos, mediante patrullajes estratégicos orientados y no mantener la constante de “cacheos”, consultas de personas, traslado de habitantes de la calle y otras acciones, que podrían resultar de alto riesgo para la salud del personal, así como para la salud pública”, dijo Anchía.

Ante estos escenarios descritos, la seccional ANEP-Fuerza Pública solicita se detenga la exposición de los funcionarios policiales al contagio y, por ende, la propagación del Covid-19, por la insistencia de dar mayor importancia a las estadísticas, antes que la salud y la vida de los uniformados

“Solicitamos con el mayor respeto, congruencia entre las acciones desplegadas por el Ministerio de Seguridad Pública, con las disposiciones emanadas del Poder Ejecutivo, en torno con las medidas de prevención por el Coronavirus”, finalizó Anchía.

Proyecto de ley que autoriza reducción de jornada laboral por emergencia nacional precariza las condiciones de trabajo

El Proyecto de ley responde en exclusiva a los intereses económicos del sector empresarial, su contenido adolece de una serie de falencias que terminan perjudicando, aún más, al sector obrero.

La Asociación Nacional de Empleados Públicos y Privados (ANEP), en conjunto con el Sindicato de Trabajadores de Plantaciones Agrícolas (SITRAP), se pronuncian sobre la propuesta de legislación que está presentando el Gobierno de la República mediante el  proyecto de ley denominado “Ley que autoriza la reducción de jornadas ante la declaratoria de emergencia nacional por emergencia sanitaria ocasionada a causa de una pandemia” , el cual afecta considerablemente a la clase obrera.

Es importante resaltar que esta misma propuesta había sido ya planteada en el proyecto de ley 18.080 denominado “Ley que garantiza la aplicación de medidas temporales para la protección del empleo en los tiempos de crisis”, mismo que se tramitó, sin éxito, en la Asamblea Legislativa durante la Administración de Laura Chinchilla Miranda, con el apoyo decidido de las cámaras empresariales.

Ahora, aprovechando el contexto de la actual crisis que vive el país a causa de la pandemia del Covid-19, el empresariado nacional y su Gobierno, retoman la iniciativa de ley que nos la presentan como una medida “necesaria” para proteger el empleo.

La ANEP y el SITRAP ven con buenos ojos cualquier medida tendente a proteger el empleo, pero hace ver que, en orden de prioridad, se debe proteger a los trabajadores y a las trabajadoras. Desde esta perspectiva, criticamos este proyecto de ley, precisamente, porque lejos de proteger a las personas trabajadoras, no hace otra cosa que precarizar las condiciones de trabajo, pero sí favorece los intereses económicos de las empresas

En nuestra opinión, el Gobierno debería dirigir sus esfuerzos por ayudar a las empresas, especialmente a las micro, pequeñas y medianas; dándoles facilidades para que puedan enfrentar la crisis, pero sin cargar la factura a los trabajadores y a las trabajadoras que es lo que, a la postre, hace este proyecto de ley. Además, de que el contenido de este último adolece de una serie de falencias que terminan perjudicando, aún más, al sector obrero.

Para empezar, como es ya estilo en todas las propuestas de reforma legal al marco jurídico que regula las relaciones laborales del país que promueven los grupos de poder económico y las cámaras empresariales; el proyecto omite, por completo, tener en cuenta la negociación colectiva como instrumento idóneo para resolver los problemas del mundo del trabajo.

La propuesta de ley parte de la visión autoritaria y unilateralista de las relaciones de trabajo, donde la participación de los trabajadores y de las trabajadoras, así como la representación sindical, no tienen cabida.

El proyecto de ley no prevé, si quiera, la posibilidad de que la reducción de la jornada sea negociada con los trabajadores y con las trabajadoras en aquellas empresas donde existe organización sindical que, si bien es cierto son pocas en el país, las hay.  Es la visión antisindical que prevalece en el Gobierno.

A parte de lo anterior, nos preocupa puntualmente ver que los requerimientos exigidos en el artículo 3 del proyecto para la autorización de la reducción de la jornada, son muy laxos.

Basta con que el empresario presente una declaración jurada manifestando afectación en sus ingresos y que aporte “los datos correspondientes”, para que el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS), otorgue la autorización. Si bien el artículo prevé que dichos datos pueden ser verificados por el MTSS, la consabida limitada capacidad de gestión que tiene este ministerio, nos permite entender que el sistema de control no funcionará y las autorizaciones serán dadas de manera automática.

Consideramos pertinente que, cuando menos, se exija al empresario solicitante de la autorización que, aparte de la declaración jurada, deberá demostrar la reducción de los ingresos mediante un estudio contable debidamente certificado por un profesional competente, y que éstos sean debidamente verificados por la autoridad competente, previo a emitir la autorización.

De igual forma, echamos de menos en el proyecto la participación del Consejo Nacional de Salarios (CNS). Al considerar que la reducción de la jornada implica, en esencia, una reducción drástica de los salarios pues esto constituye el corazón de la medida; y dado que el proyecto no posibilita la participación obrera por medio alguno, cuando menos debería dársele participación al CNS a fin de que este órgano, que es de conformación tripartita, sea el que emita los lineamientos que deben seguirse para la implementación de una medida como la planteada; y que estos lineamientos respondan a criterios más técnicos y según la realidad puntual que tenga cada sector productivo frente a la crisis.

Nos preocupa, también, que se establezca la posibilidad de reducir la jornada en un 75 % en aquellos casos en los que se aduzca la reducción de ingresos al 60 %.  Llama la atención ver cómo los proponentes del proyecto, en la versión definitiva del texto, han socado aún más el torniquete sobre el cuello de los trabajadores y de las trabajadoras, pues en la versión original del proyecto, la medida quedaba limitada al sector turismo y la reducción de la jornada no sobrepasaba el 70 %. Ahora, se propone como regla general que aplicaría a favor de cualquier empresa y reduciendo el salario de los trabajadores apenas al 25 %.

Esta medida, a todas luces desproporcionada, no toma en cuenta que reducir el salario de los trabajadores y de las trabajadoras a una cuarta parte, implicaría condenar a los perjudicados a una situación calamitosa, pues con el ingreso percibido no podrían atender siquiera las necesidades más elementales de subsistencia.

Esta medida, violenta de manera grosera las medidas de protección al salario previstas en la legislación laboral, y viola el derecho fundamental que tiene toda persona trabajadora a devengar un salario que le permita una existencia digna, según lo ordena el artículo 57 de nuestra Constitución Política.

Una reducción del salario como la que se plantea en este proyecto de ley, ni siquiera permitiría a la persona trabajadora sufragar los gastos que le demanda la actividad laboral como lo son la alimentación, el transporte o la vestimenta.

Mucho más preocupante es ver cómo el proyecto de ley ni siquiera establece excepciones a la reducción de la jornada, como medida para proteger a las personas más vulnerables, o a aquellas en estado de necesidad especial.

Permitir que sea el empleador quien, de manera autoritaria, unilateral y discrecional, decida a qué contratos se le aplica la reducción de la jornada sin condicionamientos de ningún tipo, es poner en manos del empleador una potestad desproporcionada que puede fomentar todo tipo de abusos.

Por las mismas razones antes expuestas, consideramos inaceptable que en el proyecto de ley se establezca, como se hace en el artículo 7, la posibilidad de aplicar la reducción de la jornada incluso a trabajadores aforados o trabajadoras aforadas, pues tal medida socava y deja sin efecto la protección especial que el ordenamiento jurídico prevé para este tipo de personas trabajadoras.

Piénsese en la grave situación en que quedarían, por ejemplo, las trabajadoras en estado de embarazo o en período de lactancia, mismas que verían sus ingresos reducidos drásticamente cuando sus familias, mayor seguridad y estabilidad económica requieren.

En definitiva, en nuestra opinión, este proyecto de ley, lejos de darnos una solución al problema que enfrenta el país, viene a agravarlo, por cuanto no hace más que trasladar a los trabajadores y a las trabajadoras los riesgos de empresa frente a una crisis que ni es culpa de ellos ni de ellas; sino que, además, frente a tal crisis son estas personas trabajadoras las más vulnerables y, por tanto, quienes mayor protección requieren por parte del Estado.

Finalmente, apuntamos una omisión que no por obvia resulta innecesaria. El proyecto de ley no contempla ninguna medida compensatoria a favor de los trabajadores perjudicados y de las trabajadoras perjudicadas con la rebaja de sus salarios.

Si la intención  real del proyecto es proteger el empleo, resulta absolutamente indispensable establecer medidas especiales y reales  de protección a favor de los trabajadores y de las trabajadoras, como lo podría ser la prohibición del despido injustificado a las personas que se les aplique la reducción de la jornada y su consecuente rebaja de salario; o limitar las facultades del ius variandi, de manera que el empleador, a parte de la reducción de la jornada, no pueda introducir en paralelo ninguna  otra modificación a las  condiciones de trabajo que hagan más gravosa la condición del trabajador o de la trabajadora.

En concordancia con lo anterior, nos preguntamos: ¿por qué no pensar, también, en medidas de carácter económico como podría ser la suspensión de pagos por deudas crediticias o readecuación de cuotas a todas aquellas personas trabajadoras que tienen créditos y se vean afectadas con la pérdida de salario que acarrea la reducción de la jornada que plantea el proyecto de ley, entre otras? En fin, existe infinidad de posibilidades para lograr una propuesta más balanceada.  Desde esta perspectiva, hay que decir que el desequilibrio de intereses que se plasma en el proyecto de ley resulta algo más que odioso.

Por lo anterior, hacemos un llamado a las autoridades políticas y de Gobierno para que desistan de esta iniciativa de ley. En su lugar, se convoque a los representantes del sector productivo y sindical a discutir mejores alternativas que nos permitan enfrentar la crisis con medidas más justas y equitativas, que protejan los intereses de todas las partes y no sólo los de índole económica.

Albino Vargas Barrantes, Secretario General ANEP.

Didier Leitón Valverde, Secretario General SITRAP.

Con la asesoría profesional del

Dr. Esteban Calvo Rodríguez, Especialista en Derecho Laboral.

Seccional ANEP- Fuerza Pública solicita al Gobierno dotar de insumos de prevención ya que los dados son insuficientes

-El sindicato ve con suma preocupación la cantidad de reportes sobre la entrega de implementos para atacar la pandemia ya que son pocos, e incluso en algunas delegaciones no han llegado los insumos

-El año anterior el Ministerio de Salud reportó más de 100 delegaciones con orden sanitaria o de clausura

Ante la emergencia nacional por el coronavirus Covid-19, La Seccional ANEP- Fuerza Pública solicita al Gobierno de la República dotar de artículos de limpieza e implementar medidas alternativas en aquellas delegaciones donde se han emitido órdenes de clausura por las condiciones insalubres con el fin de proteger a la población policial.

Naturalmente, la medida preventiva del teletrabajo, no aplica para las personas trabajadoras de los cuerpos policiales; los cuales deberán permanecer en labores de seguridad ciudadana, inclusive, colaborando con el Ministerio de Salud y otras entidades, en caso de ser necesario para el cabal cumplimiento de lo decretado por el Gobierno.

Por ello, la Seccional ANEP-Fuerza Pública hace un llamado respetuoso pero vehemente, para que se tomen las medidas pertinentes en favor de la salud de nuestros uniformados, debido a que tenemos constancia de muchas delegaciones en estado de insalubridad, edificaciones que, por sus condiciones resultan incompatibles con el Derecho a la Salud.

«También, conocemos de muchos casos de compañeros que entrarían dentro de la población en mayor riesgo, por problemas de hipertensión, diabetes, asma, edad adulta mayor, entre otros. No menos importante, la realidad histórica de funcionarios de zonas rurales que nutren las delegaciones del casco central, lo cual, implica que deban hacer uso del servicio de transporte público, con el riesgo consecuentemente implícito», comentó Mainor Anchía, Presidente de la Seccional ANEP-Fuerza Pública.

El gobierno de la República emitió el Decreto Ejecutivo Nº 42227-MP-S, en aplicación de las potestades que le confiere la Constitución Política, e invocando los artículos 21 y 50 del mismo cuerpo normativo.

En efecto, la vida y la salud constituyen derechos fundamentales, es así como del Derecho Constitucional de Protección a la Vida, deriva el Derecho a la Salud. Además, la Sala Constitucional ha dicho en reiterada jurisprudencia que, corresponde al Estado velar por la salud pública, lo cual abarca la prevención y el tratamiento de las enfermedades.

Cita el articulo 1.- Se declara estado de emergencia nacional en todo el territorio de la República de Costa Rica, debido a la situación de emergencia sanitaria provocada por la enfermedad Covid-19. Más adelante, el decreto hace mención de aprovisionamiento de agua, la compra y distribución de suministros de limpieza y desinfección, las acciones de limpieza profunda de edificaciones, la protección del personal sanitario, personal de primera respuesta (…) El gobierno de la República, también dispuso dentro de las medidas adoptadas el teletrabajo, en los casos que sea aplicable dicha medida.

«Por lo anterior, esperamos que tal como se ordenó el no uso de barba, en tanto se mantenga la pandemia por el Covid-19, se adopten otras medidas en función de la salud de nuestros héroes de azul», agregó Anchía.