Sindicatos presentarán propuesta salarial el próximo 16 octubre

El Consejo Nacional de Salarios (CNS), entidad adscrita al Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS), y a la cual la ley le asigna todas las definiciones, generales y particulares, en materia de salarios para quienes laboran en el sector Privado de la economía; ha fijado audiencia a las organizaciones sindicales para las 4 de la tarde, del martes 16 de octubre de 2012, a fin de que éstas den a conocer sus propuestas acerca del aumento en los salarios mínimos que ha de regir para el primer semestre del 2013, aplicable en el indicado sector.

En la ANEP y en la Central Social Juanito Mora Porras (CJSMP), consideramos que la fijación venidera para los salarios mínimos en el sector Privado será crucial, como nunca antes, por las siguientes razones:

Primero: Debemos ser contundentes en señalar que lo que ocurre cada seis meses en este tipo de fijaciones salariales, es un reajuste por costo de vida para compensar las variaciones de la inflación (Índice de Precios al Consumidor, IPC), ocurridas durante el semestre precedente a esa fijación. Por tanto, lo que se da es un reajuste por costo de vida, mismo que en nada incrementa el poder de compra del salario, para nada aumenta el poder adquisitivo del mismo.

Segundo: Esta situación ha prevalecido por incontables número de años al punto de que los más recientes estudios generados desde diversos procesos investigativos, nos indican que en Costa Rica la caída en los salarios reales de la clase trabajadora con empleo formal, está más que demostrada.

Tercero: Distinto es que se dé una elevación sustancial, de carácter general, extraordinaria, por ocasión única, en los niveles generales vigentes de todos los salarios mínimos. Aquí sí habría un aumento de su poder de compra, un aumento sustancial de su capacidad adquisitiva; si en el seno del Consejo Nacional de Salarios (CNS), no solamente se da una discusión integral al respecto que jamás antes se había dado, sino que, se fijara un aumento general en los niveles de los salarios mínimos; no un reajuste por costo de vida, reiteramos, que es lo que viene ocurriendo semestralmente desde hace muchos años. Las organizaciones que representamos, la ANEP y la CSJMP, queremos impulsar la apertura de esta discusión para lo cual, esperamos, lograr más respaldo sindical de parte de otras importantes agrupaciones laborales que tienen relación con la fijación salarial para el sector Privado.

Cuarto: Nuestras agrupaciones, la ANEP y la CSJMP, una vez más, tenemos que plantear que el principal problema nacional que aqueja a nuestra sociedad, es la concentración de la riqueza; por tanto, insistentemente seguiremos luchando para que se den modificaciones estructurales en la política salarial, dado que ésta es uno de los mejores mecanismos para atenuar, desacelerar y hasta revertir ese proceso perverso de diferenciación social como lo es la polarización económica desde la perspectiva del ingreso familiar.

Quinto: Hemos empezado ya a hacer nuestro números, en el marco de la “Metodología para la fijación de salarios mínimos para el sector Privado”; según el acuerdo tripartito adoptado en el seno del Consejo Nacional de Salarios (CNS), el 27 de octubre de 2011. En esencia, se deberá vincular, para establecer la fijación venidera, el aumento en el costo de la vida y el crecimiento de la economía, medido por el crecimiento del Producto Interno Bruto (PIB), per cápita. En el primer caso, aumento en el costo de la vida, tal acuerdo indica que se deberá incluir un ajuste por inflación esperada. Por tanto, no será sino hasta en próximos días que, con certeza, se pueda hablar con seriedad y sin demagogia panfletaria, cuál es la pretensión sindical de incremento en los salarios mínimos del sector Privado, que deberán regir desde el 1 de enero de 2013.

Sexto: No hay duda de que la estrechez económica y el estrujamiento del presupuesto familiar, para hogares de ingresos medios y bajos, sigue generando gran tensión social. El desmedido aumento que recientemente se dio en las tarifas del servicio de agua (un 25%, en promedio), descalabró las finanzas familiares. Los anuncios de las alzas que se avecinan en las tarifas de buses y la continuada alza en los combustibles (con repercusiones en las tarifas eléctricas), empobrecen aún más a miles y miles de hogares de la clase trabajadora asalariada que, a pesar de ello, tiene la “suerte” de tener un empleo formal. (Recordemos que, prácticamente, un tercio de la Población Económicamente Activa (PEA) de Costa Rica, casi dos millones de personas, está fuera del mercado laboral formal: casi 650 mil).

Sétimo: Las consecuencias de seguir con una política salarial que no expande el poder de compra del salario, que tan solamente lo reajusta semestralmente, amplía la brecha social; máxime si ya constatamos que en ciertas esferas de la alta tecnocracia político-jerárquica del Estado, así como en los niveles de alta gerencia empresarial y cúpula corporativa de los más connotados negocios privados, los salarios muestran cifras abusivas que ofenden la dignidad de la clase trabajadora. El emblemático caso del salario del Gerente General del Banco Nacional de Costa Rica (BNCR), de casi 19 millones de colones mensuales (unos 36 mil dólares), mayor que el salario mensual del propio Presidente de los Estados Unidos, nos indica a qué niveles de perversidad se está llegando en Costa Rica en materia de concentración de la riqueza y de extensión de la pobreza.

Mejoran relaciones sindicales en Tuasa

Gracias al trabajo respetuoso de la seccional ANEPTUASA y de la disposición al diálogo de la empresa, les comunicamos el arreglo al que se llegó en reunión entre nuestro sindicato y representantes de Tuasa.

1- El compromiso de ANEP para retirar la demanda de persecución sindical.

2- La empresa se compromete a respetar horas extras y pagarlas conforme a la ley, siempre y cuando cuente con la disposición del trabajador. Excepto por algunas circunstancias.

3- Entregar una boleta para quejas, que se podrán presentar martes o viernes de 10am a 12md en el departamento de recursos humanos de la empresa.

4- Establecer tiempo para responder cualquier sanción, quedó para 1 semana.

5- Se invitara 2 técnicos para que den una clase a 2 dirigentes sindicales de cómo funcionan las barras electrónicas.

6- Constatar visita a la unidad de control para que el chofer en caso de duda le hagan la prueba al autobús.

7- El tema de las juntas laborales y solicitar los permisos con 8 días de anticipación.

8- Colocar en el plantel de TUASA pizarra informativa ANEP informa para tener informados a sus afiliados.

9- Capacitación a la junta directiva de la seccional.
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A continuación compartimos el finiquito presentado por la ANEP sobre la demanda de persecución sindical.

EXPEDIENTE: 10-000865-1022-LA (J.01)
ACTOR: Asociación Nacional de Empleados Públicos y Privados
DEMANDADO: Transportes Unidos Alajuelenses S.A

Señores
Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía
I Circuito Judicial de Alajuela

Quien suscribe, Albino Vargas Barrantes, en mi calidad de secretario general de la Asociación Nacional de Empleados Públicos y Privados, me presento a solicitar lo siguiente:

UNICO. Del Archivo. Que habiendo llegado a un acuerdo satisfactorio extrajudicial con la demandada Transportes Unidos Alajuelenses S.A, solicito se archive esta causa levantándose cualquier gravamen que pese sobre Transportes Unidos Alajuelenses S.A. Solicito se nos exima del pago de las costas en apego al principio de buena fe.

FINIQUITO

Entre nosotros ALBINO VARGAS BARRANTES, en mi condición de representante judicial y extrajudicial de la ASOCIACIÓN NACIONAL DE EMPLEADOSBLICOS Y PRIVADOS, en adelante conocida como ANEP y NEFTALÍ CUBILLO PICADO en mi condición de representante judicial y extrajudicial de TRANSPORTES UNIDOS ALAJUELENSES SOCIEDAD ANONIMA, en adelante conocido como TUASA; celebramos en forma libre y voluntaria el siguiente finiquito, el cual será gobernado por las siguientes cláusulas:

CLÁUSULA PRIMERA. La ANEP se compromete a retirar la demanda bajo la sumaria 10-000865-1022-LA (J.01) tramitada ante el Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía del Ier Circuito Judicial de Alajuela.

CLÁUSULA SEGUNDA. TUASA se compromete a respetar horas extras y pagarlas conforme a la ley, siempre y cuando cuente con la disposición del trabajador a excepción de casos fortuitos como cierre de carreteras, desvíos o accidentes de tránsito.

CLÁUSULA TERCERA. TUASA se compromete a entregar boletas para quejas, que se podrán presentar martes o viernes de 10:am a 12:md en el departamento de recursos humanos de la empresa

CLÁUSULA CUARTA. TUASA se compromete a otorgarles a los trabajadores un plazo de 48 horas luego de ser notificados, a fin de que puedan ofrecer prueba de descargo en los casos que se les imputen haber cometido alguna falta. Luego de estas 48 horas TUASA podrá ejercer la medida correctiva si de la prueba aportada por el acusado no se llega a la conclusión de que es inocente.

CLÁUSULA QUINTA. TUASA invitara 2 técnicos para que den una clase a 2 dirigentes sindicales de cómo funcionan las barras electrónicas.

CLÁUSULA SEXTA. TUASA se compromete a que si algún chofer tiene dudas acerca de la marca en ese día, pueda visitar la unidad de control y fiscalización. Asimismo podrá solicitar el trabajador que se pruebe el sistema de marcas del autobús.

CLÁUSULAPTIMA. TUASA y la ANEP se comprometen a iniciar la junta de relaciones laborales tres semanas después de firmado este finiquito.

CLÁUSULA OCTAVA. TUASA se compromete a permitir que la ANEP coloque una pizarra informativa en el plantel y permitir que esta última ponga en la misma material informativo referente al sindicato. Si es personal ajeno a TUASA y/o a la Seccional ANEP-TUASA deberá tener el visto bueno para estar dentro del plantel con antelación a fin de resguardar la seguridad del plantel.

CLÁUSULA NOVENA. La ANEP se compromete a capacitar a la junta directiva de la seccional ANEP-TUASA y solicitar los permisos respectivos al empleador con la antelación necesaria.

CLÁUSULACIMA. Este finiquito se gobierna por la Ley de Resolución Alternativa de Conflictos y Promoción de la Paz Social. Ambas partes entienden que este finiquito una vez firmado adquiere carácter de cosa juzgada material y su cumplimiento podrá ser exigido en los tribunales de justicia.

En fe de lo anterior firmamos en Alajuela el 20 de julio de 2012

Para pensar la autonomía salarial en el Sector Municipal

Me permito expresar las consideraciones y justificaciones técnicas y jurídicas que puede valorar la honorable comisión que usted dirige en cuanto a la potestad y posibilidad de tomar un acuerdo para respaldar el 5% de aumento para todos los trabajadores de la Municipalidad de Goicoechea.

Primero no es de recibo que existen limitaciones en el Código Municipal o en la Convención Colectiva de Trabajo de la Municipalidad de Goicoechea, para otorgar aumentos salariales superiores al decretado por el Gobierno para los Trabajadores del Sector Publico. Es más de hecho y según lo estipulado en el mismo artículo 66 de la Convención Colectiva de Trabajo se establecen dos parámetros fundamentales para otorgar reajustes salariales, expresándolo de la siguiente forma:

“…otorgando un reajuste salarial de acuerdo con el proceso inflacionario y perdida adquisitiva del salario…”, es decir, no solo el índice de inflación (que además en un parámetro base y no único) sino también la pérdida adquisitiva del salario, que de por sí ya es una cobija bastante amplia, y que nos da el mecanismo técnico y jurídico de respaldo necesario para definir una política de salarios crecientes para los trabajadores y las trabajadoras de la Municipalidad.

Por un lado, se puede decir que se otorgará un reajuste del 3,66% de aumento de acuerdo al decreto de salarios del Gobierno Central para los trabajadores del sector público y por otro lado se aprueba dentro de la política de salarios crecientes un aumento del 1,34% en reconocimiento a la pérdida adquisitiva de los salarios de los trabajadores municipales, según lo que establece la Convención Colectiva de Trabajo en su artículo número 66.

Es así, como esta decisión tiene su fundamento en la Convención Colectiva y por otro lado ustedes lo que están haciendo es cumplir con un acuerdo que se suscribió el día 20 de Setiembre en el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, entre la ANEP y la Alcaldesa; acuerdo en el cual se les exhorta a asumir las competencias y la potestad de imperio que la Ley les da en cuanto a que es el Consejo Municipal el que otorga los aumentos salariales para los trabajadores y trabajadoras municipales, y cuyo fundamento técnico y jurídico ya lo mencionamos en los párrafos anteriores.

Para reforzar lo antes indicado, adjunto criterio jurídico sobre esta materia:

1. La autonomía municipal y la definición de la política salarial

Ahora bien, resulta fundamental determinar la competencia de las municipalidades para la determinación de su política salarial interna, lo cual debe hacerse en el marco de la autonomía municipal establecida en el artículo 170 constitucional. Al efecto, la Sala Constitucional ha indicado que:

“IV.- AUTONOMÍA MUNICIPAL. GENERALIDADES. Gramaticalmente, es usual que se diga que el término “autonomía”, puede ser definido como “la potestad que dentro del Estado pueden gozar municipios, provincias, regiones u otras entidades de él, para regir intereses peculiares de su vida interior, mediante normas y órganos de gobierno propios”. Desde un punto de vista jurídico-doctrinario, esta autonomía debe ser entendida como la capacidad que tienen las Municipalidades de decidir libremente y bajo su propia responsabilidad, todo lo referente a la organización de determinada localidad (el cantón, en nuestro caso). Así, algún sector de la doctrina ha dicho que esa autonomía implica la libre elección de sus propias autoridades; la libre gestión en las materias de su competencia; la creación, recaudación e inversión de sus propios ingresos; y específicamente, se refiere a que abarca una autonomía política, normativa, tributaria y administrativa, definiéndolas, en términos muy generales, de la siguiente manera: autonomía política: como la que da origen al autogobierno, que conlleva la elección de sus autoridades a través de mecanismos de carácter democrático y representativo, tal y como lo señala nuestra Constitución Política en su artículo 169; autonomía normativa: en virtud de la cual las municipalidades tienen la potestad de dictar su propio ordenamiento en las materias de su competencia, potestad que en nuestro país se refiere únicamente a la potestad reglamentaria que regula internamente la organización de la corporación y los servicios que presta (reglamentos autónomos de organización y de servicio); autonomía tributaria: conocida también como potestad impositiva, y se refiere a que la iniciativa para la creación, modificación, extinción o exención de los tributos municipales corresponde a estos entes, potestad sujeta a la aprobación señalada en el artículo 121, inciso 13 de la Constitución Política cuando así corresponda; y autonomía administrativa: como la potestad que implica no sólo la autonormación, sino también la autoadministración y, por lo tanto, la libertad frente al Estado para la adopción de las decisiones fundamentales del ente. Nuestra doctrina, por su parte, ha dicho que la Constitución Política (artículo 170) y el Código Municipal (artículo 7 del Código Municipal anterior, y 4 del vigente) no se han limitado a atribuir a las municipalidades de capacidad para gestionar y promover intereses y servicios locales, sino que han dispuesto expresamente que esa gestión municipal es y debe ser autónoma, que se define como libertad frente a los demás entes del Estado para la adopción de sus decisiones fundamentales. Esta autonomía viene dada en directa relación con el carácter electoral y representativo de su Gobierno (Concejo y Alcalde) que se eligen cada cuatro años, y significa la capacidad de la municipalidad de fijarse sus políticas de acción y de inversión en forma independiente, y más específicamente, frente al Poder Ejecutivo y del partido gobernante. Es la capacidad de fijación de planes y programas del gobierno local, por lo que va unida a la potestad de la municipalidad para dictar su propio presupuesto, expresión de las políticas previamente definidas por el Concejo, capacidad, que a su vez, es política. Esta posición coincide con la mayoritaria de la doctrina, en la que se ha dicho que el rango típico de la autonomía local reside en el hecho de que el órgano fundamental del ente territorial es el pueblo como cuerpo electoral y de que, consiguientemente, de aquél deriva su orientación política-administrativa, no del Estado, sino de la propia comunidad, o sea, de la mayoría electoral de esa misma comunidad, con la consecuencia de que tal orientación política puede diverger de la del Gobierno de la República y aún contrariarla, ahí donde no haya correspondencia de mayorías entre la comunidad estatal y la local; o bien, que la autonomía política es una posición jurídica, que se expresa en la potestad de conducir una línea política propia entendida como posibilidad, en orden a una determinada esfera de intereses y competencias, de establecer una línea propia de acción o un programa propio, con poderes propios y propia responsabilidad acerca de la oportunidad y la utilidad de sus acto.” Sala Constitucional, voto no. 5445-99.

Es decir, esta autonomía municipal abarca la organización y administración de los intereses locales, y la organización y administración interna de la respectiva municipalidad. Es así que corresponde a cada Municipalidad la determinación de su política salarial interna. Esto ha quedado claro incluso por medio de la jurisprudencia de la Sala Constitucional, que ha declarado inconstitucional la norma que trasladaba esa competencia a la Contraloría General de la República y al IFAM en lo que se refería a la definición de la política salarial del entonces ejecutivo municipal –actual alcalde municipal-. En esa ocasión la Sala Constitucional indicó que:

“XL.- DE LA FIJACIÓN DE SALARIOS. El artículo 76 del Código Municipal es impugnado en cuanto establece una categorización de las municipalidades en razón del presupuesto y confiere al Instituto de Fomento y Asesoría Municipal, en coordinación con la Contraloría General de la República, la tarea para fijar los salarios de los entonces Ejecutivos Municipales y sus aumentos en relación con los presupuestos de las mismas, lo cual se estima violatorio de la autonomía municipal y el principio de razonabilidad. Efectivamente, conforme a todo lo dicho anteriormente en esta sentencia, esta disposición es absolutamente inconstitucional, en abierta violación de la autonomía administrativa de las municipalidades definida en el artículo 170 constitucional, en tanto la fijación del salario de su Alcalde (antes Ejecutivo) es materia propia de su gobierno y administración, debiendo corresponder a sus autoridades su determinación, conforme a las funciones que tiene encomendadas, lo cual, en todo caso, debe estar en relación proporcional con el presupuesto de la municipalidad, tal y como se define en el artículo 20 del Código Municipal, número 7794. En virtud de lo cual, la frase del párrafo tercero del artículo 76 que dice “La Contraloría General de la República y el Instituto de Fomento y Asesoría Municipal fijarán, anualmente, los salarios de los ejecutivos municipales, con base en el monto de los presupuestos municipales a que se refiere este artículo”; resulta inconstitucional. Esta inconstitucionalidad es declarativa y retroactiva a la fecha de entrada de vigencia de la norma, sea el seis de noviembre de mil novecientos ochenta y seis.” Sala Constitucional, voto no. 5445-99.

CONCLUSION:

Es decir, queda absolutamente claro que dentro de la autonomía municipal está la definición administrativa y de gobierno de su política salarial interna, debiendo eso sí guardar proporcionalidad con su presupuesto, que para el caso que nos ocupa existe un presupuesto aprobado de un 5% y contenido económico para sustentarlo.
Resulta claro que el Código Municipal exige para la aceptación de negociaciones colectivas que impliquen modificaciones presupuestarias, que se demuestre el costo de vida ha aumentado sustancialmente según los datos oficiales. Esto evidentemente no implica una determinación de cuál debe ser la política salarial de determinada Municipalidad. Por el contrario, solo implica que debe demostrarse tal incremento sustancial para que proceda una negociación colectiva salarial que implique la modificación de un presupuesto ordinario.

De ninguna forma podría interpretarse, so pena de violentar la autonomía constitucional, que la fijación salarial deba ser exclusivamente de acuerdo a la determinación de la inflación que haya hecho un órgano de gobierno, como vendría a ser el Instituto Nacional de Estadística y Censo INEC.

Por el contrario, esta norma establece la autorización legal a las Municipalidades de establecer negociaciones colectivas salariales que impliquen la modificación de los presupuestos ordinarios, siempre y cuando el costo de la vida haya crecido sustancialmente. El “quantum” de esa negociación, es decir, la política salarial concreta negociada con los trabajadores es definida por la Municipalidad en el ejercicio de su autonomía municipal, siempre atendiendo la proporcionalidad con relación al presupuesto Municipal.

Huelga General en la Municipalidad de Goicoechea

Para mañana jueves 20 de setiembre de 2012, tendrá lugar la tercera jornada de Huelga General en la Municipalidad de Goicoechea, cuyo personal, en abrumadora mayoría, ha dejado de laborar desde este martes 18 de los corrientes. El movimiento de protesta laboral ha afectado importantes servicios administrativos como los de carácter comunal, cajas recaudadoras, plataforma de servicios, sección de obras, sección de aseo de vías y en el servicios de recolección de basura se ha empezado a aplicar el tortuguismo, como paso previo a la paralización total de este servicio si fuese necesario.

Ante la petición de la ANEP, ya se dio la intervención oficial del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS), cuyo Viceministro del Area Laboral, Lic. Eugenio Solano Calderón, ha citado a las partes para las 10 de la mañana de este jueves 20 de stiembre, en su despacho del edificio Tournón, sexto piso.

El conflicto laboral que estalló en este importante municipio de la provincia de San José, se centra en dos puntos: La petición laboral de una reajuste salarial por costo de vida y valedero para el segundo semestre de este año, de un 5%; cifra presupuestada y aprobada por el Concejo Municipal de Goicoechea, y por la propia Contraloría General de la República (CGR). Inexplicablemente, por razones que se desconocen, la Alcadía Municipal se niega a reconocer dicho reajuste.

Por otro lado, aproximadamente un 40% del personal institucional ha sido contratado al margen de la ley, con contratos laborales ilegales, de plazos sucesivos, de dos a tres meses; y negándoseles el reconocimiento de derechos consolidados de empleo público que ya tienen hasta mandatos constitucionales que los reconocen.

El colectivo laboral en huelga, que es, repetimos, abrumadoramente mayoritario, ha expresado un sentimiento de indignación largamente acumulado a lo largo de mucho tiempo, pues en la Municipalidad de Goicoechea se cometieron graves abusos que hoy han sido el germen del presente conflicto laboral en desarrollo.

Para ampliar esta información, se puede llamar a la trabajadora Rebeca Céspedes Alvarado, al número celular 8834-2246, quien es la Presidenta de la Junta Directiva de la Seccional ANEP – Municipalidad de Goicoechea, organismo sindical que con el apoyo de la ANEP Nacional, dirige esta huelga.

Al fin se logran acuerdos en AyA de Puriscal

*ACTA DE ACUERDO
CONFLICTO LABORAL CON TRABAJADORES
DEL PLANTEL AyA DE PURISCAL*

Al ser las once horas del día jueves 13 de setiembre de 2012, en las instalaciones del plantel de Puriscal, del Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados (AyA); se encontraron en reunión los trabajadores del mismo con las siguientes personas funcionarias institucionales, en representación de AyA:

  • Victoria Barrantes, Directora de Recursos Humanos AyA
  • Isabel Madrigal Aguilar, Directora Cantonal AyA de Puriscal
  • Carlos Hidalgo Cubillo, Departamento Pago AyA de Puriscal
  • Orlando Alvarado Segura, Jefe de Mantenimiento AyA de Puriscal

En representación de la Asociación Nacional de Empleados Públicos y Privados (ANEP):

Jesús Sibaja Bustamante, Presidente de la Junta Directiva Seccional Nacional ANEP – AyA
Edwin Marín Bonilla, Vicepresidente de la Junta Directiva Seccional Nacional ANEP – AyA
Álvaro Granados Valverde, Responsable de ANEP para AyA, Unidad de Desarrollo Organizacional (UDO), ANEP.

Se efectúan los siguientes acuerdos:

1) Con el fin de evitar que los funcionarios se trasladen a otro sitio, a partir del 14 de setiembre de 2012, los trabajadores registrarán su entrada y salida a través de un control manual, el cual estará supervisado por el señor Orlando Alvarado; o en su sustitución, quien ejerza el cargo de capataz. Lo anterior de forma provisional hasta que se instale el reloj marcador digital en el plantel, que se estima en un período aproximado de tres meses.

2) En cuanto al beneficio de exención de marca, los trabajadores expresan su anuencia de seguir marcando durante el tiempo ordinario en el entendido de que cuando no lo hagan, no serán sancionados por cuanto se encuentran exonerados. Asimismo, se aclara que los trabajadores que laboran tiempo extraordinario deben marcar durante este tiempo.

3) Las expensas serán canceladas de forma bisemanal. En caso de atraso involuntario, el señor Carlos Hidalgo se compromete a comunicarlo con anterioridad a los trabajadores.

4) El señor Orlando Alvarado Segura expone ampliamente los conflictos planteados por los trabajadores en cuanto al abuso de poder, rechazando los alegatos manifestados. Considera que las situaciones presentadas se deben a problemas de comunicación y falta de equipo, por lo que siempre debe quedar un trabajador en la bodega, lo cual no significa un castigo.

5) La señora Isabel Madrigal Aguilar, se compromete a entregar el Reglamento Interno a cada uno de los trabajadores en la próxima semana.

6) Se realizará una capacitación a través de la empresa Font sobre el uso y manejo de los compresores, al personal que indique la jefatura. Además, el señor Orlando Alvarado se compromete a darle el mantenimiento al compresor.

7) Se acuerda que los trabajadores reportarán cuando la maquinaria esté dañada, evitando utilizarlas hasta que se encuentren reparadas.

8) Se acuerda que aquellos trabajadores que por problemas de salud no puedan utilizar los equipos para salud ocupacional, deberán de presentar una epicrisis o un dictamen médico expedido por la Caja Costarricense del Seguro Social (CCSS); dado que la utilización de este equipo es obligatorio. No obstante, la señora Isabel Madrigal Aguilar efectuará una consulta al Departamento de Salud Ocupacional en cuanto al uso del casco.

9) Dado que actualmente el rubro de refrigerio no se les está cancelando a los trabajadores, se acuerda que la señora Victoria Barrantes entregará a los representantes de ANEP el documento mediante el cual se consultó esta problemática en oficinas centrales de AyA, con el fin de que se apoye en la gestión impulsada por la oficina regional de Puriscal.

En vista de la buena fe se acuerda ratificar los anteriores acuerdos por un representante de cada sector,

Isabel Madrigal Aguilar
A y A de Puriscal

Róger Arroniz Berrocal
Por los Trabajadores

Jesús Sibaja Bustamante
Presidente Junta Directiva
Seccional ANEP-A y A

Álvaro Valverde Granados
ANEP

Sindicatos no participarán en Plataforma de la Piña

Honorable señora Dra. Gloria Abraham Peralta, Ministra de Agriculturay Ganadería
Honorable señor Lic. René Castro Salazar, Ministro de Ambiente, Energía y Telecomunicaciones

Presente

Distinguidas autoridades ministeriales:

Nos dirigimos a sus personas como representantes por el Gobierno de la República para el proyecto denominado “Plataforma Nacional de Comercio y Producción Responsable de la Piña en Costa Rica”, a fin de manifestarles lo siguiente, con el debido respeto que nos merecen sus dignas autoridades:

Desde que dio inicio en junio del 2011 el proyecto en referencia, las organizaciones sindicales costarricenses, agrupados en la Central Social Juanito Mora Porras (CSJMP), en la Confederación de Trabajadores Rerum Novarum (CTRN), así como en la Coordinadora de Sindicatos Bananeros de Costa Rica (COSIBA); señalamos que la iniciativa no estaba atendiendo el tema laboral en concordancia a la problemática que en la producción de piña se presenta y sobre la cual hay mucho argumento y quejas presentadas, no sólo en cuanto a las condiciones de trabajo existentes en algunas fincas, sino en el tema de la Libertad de Organización Sindical.

Consideramos que el proyecto que nos ocupa sería una oportunidad para hacer un esfuerzo sincero en estos temas y buscar alternativas para mejorar tanto las condiciones de vida de los trabajadores y de las trabajadoras costarricenses y migrantes que laboran en la producción piñera, y de paso mejorar la imagen de esta producción costarricense en el mercado internacional.

Hemos sostenido la tesis de que el proyecto plataforma requiere, siguiendo su propuesta metodológica, de la formación de un grupo de trabajo en el tema laboral, donde los actores sindicales, empresariales y de Gobierno discutan y busquen alternativas sobre el abordaje de la problemática laboral en la piña. Propusimos seguir los postulados del Dialogo Social que recomienda la Organización Internacional del Trabajo (OIT) para lo que denomina el Trabajo Decente, principios que según entendemos comparte el Gobierno de la República, ya que recientemente se firmó en el seno del Consejo Superior de Trabajo, el acuerdo de Trabajo Decente para nuestro país, de manera tripartita y unánime.

Buscamos apoyo a esta iniciativa ante la misma OIT y ante el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, así como le solicitamos al señor Bernardo Vargas, Coordinador Nacional de la Plataforma, mediar con el sector empresarial, CANAPEP, para que se pronunciara y emitiera opinión.

Lamentablemente, señor René Castro y señora Gloria Abraham, todo ha caminado muy lentamente y en más de un año de este proyecto no se ha concretizado una jornada o encuentro para una comisión de asuntos laborales, aun cuando el señor Bernardo Vargas nos comunicó el 11 de julio del año en curso que las condiciones para la misma estaban dadas y que pronto nos comunicaría aspectos de agenda de trabajo y de reuniones.

Con fecha 21 de agosto del 2012, las entidades laborales arriba indicadas, recibimos un correo electrónico del señor Bernardo Vargas Coordinador de la Plataforma Nacional de Producción y Comercio Responsable de Costa Rica, invitándosenos para el día 27 de agosto de 2012, a las 2:00 p.m. en la sede de la OIT (Sabanilla de Montes de Oca; esto con el fin de ver la propuesta para la conformación del Grupo de Trabajo sobre aspectos laborales en la producción de la piña, en el marco del ya mencionado proyecto. Ante el llamado varios dirigentes sindicales de estas organizaciones acudimos para conocer la propuesta.

Sin embargo, se nos hizo una propuesta que es inaceptable para el movimiento sindical; toda vez que se propone hacer dos mesas de trabajo para que discutan los temas laborales: una mesa ampliada con todos los actores que deseen participar incluyendo, dice el señor Bernardo Vargas, a otras organizaciones laborales, y otra mesa en donde estén los sindicatos. Nuestra propuesta es que debe de existir una sola mesa para que discuta la problemática laboral en las plantaciones piñeras, en donde la representación laboral debe estar compuesta únicamente por organizaciones sindicales. Aceptar otra conformación de la dicha mesa puede confundir a las personas a nivel nacional e internacional que estan poniendo mucha atención a este proyecto, y nos parece que los únicos que tenemos legitimidad para discutir el tema de la Libertad Sindical y la problemática laboral en las plantaciones piñeras somos los sindicatos.

En esta reunión, el señor Bernardo Vargas asumió dos compromisos. Primero, enviar una minuta de la reunión; y, segundo, hacer formal la propuesta del movimiento sindical al sector empresarial piñero (CANAPEP), de realizar con el acompañamiento de la OIT un encuentro entre las partes para ver la posibilidad de buscar un acercamiento para este proceso, y nos informen si ellos tienen disposición de discutir la situación laboral y libertad sindical en las plantaciones piñeras, o no están interesados, todo esto dentro del marco del proyecto.

En estos días las organizaciones sindicales recibimos invitación de sus personas a participar este próximo 13 de septiembre de la III Reunión Plenaria de la Plataforma Nacional de Producción y Comercio Responsable de Costa Rica, pero no consideramos asistir si al menos no hay una agenda y fechas de trabajo para esta comisión o grupo de trabajo de asuntos laborales ya comprometidas, que realmente es lo que nos motiva a presentarnos y ser actores activos de esta iniciativa de plataforma.
Es penoso asistir para hacer reclamo nuevamente de algo que supone todos los involucrados (empresarios, gobierno, PNUD,OIT), que es la discusión sincera y abierta de los actores legítimos de este proceso, que como hemos dicho son el Gobierno, los empresarios y los sindicatos, pero parece que esto no está debidamente concientizado.

De esta forma, respetuosamente les comunicamos nuestra posición de no asistir a esta convocatoria; posición que mantendremos hasta tanto se haga un esfuerzo de compromiso palpable de formalizar la comisión o grupo de trabajo de asuntos laborales, con la participación exclusiva de los sindicatos en mención.

Valga indicar que el suscrito servidor que aparece como firma responsable de este comunicado conjunto, había indicado una presencia para el evento de este viernes 13; sin embargo, efectivamente, se ha constatado que las condiciones que se solicitan no están dadas y, por tanto, la participación sindical es imposible.

Con nuestra mayor consideración y respeto,

Agradeciendo su atención:

Confederación de Trabajadores Rerum Novarum (CTRN)
Central Social Juanito Mora Porras (CSJMP)
Coordinadora de Sindicatos Bananeros (COSIBA)
Personas responsables:
Rodrigo Aguilar Arce
Alejandro López Martínez
Marcela Naranjo Segura
Albino Vargas Barrantes
Didier Leitón Valverde
Ramón Barrantes Cascante

Firma responsable:
Albino Vargas Barrantes
Cédula No. 1-457-390

Disciplina no es para todos en Correos

Honorable señor Lic. Álvaro Coghi Gómez, Gerente General de Correos de Costa Rica, S. A.:

Respetuosos saludos.

Nos ha parecido sumamente necesario indicarle que la Secretaría General de la ANEP, depositada en manos de este vuestro servidor, ha seguido con detenimiento el oportuno, sistemático y transparente proceso de denuncia que la Junta Directiva de la Seccional ANEP-Correos de Costa Rica S.A., ha estado desplegando en torno a la aplicación de la normativa disciplinaria y sancionatoria con carácter discriminatorio; pues depende de si la persona es “de arriba” ó si es “de abajo” como se aplica la disciplina laboral.

Hemos sido testigos de la contundencia sancionatoria, con el castigo más duro para una persona trabajadora asalariada: perder su empleo. Esto no parece que ocurrirá, por todo lo que viene sucediendo, con el caso polémico que nos ha estado ocupando por estos días, tanto a la parte sindical como a la parte patronal.

En todo caso sirva esta comunicación oficial de la ANEP para que a la honorable Gerencia General de Correos de Costa Rica S. A., le conste que nuestra institución sindical avala, en todo sentido y en todos sus extremos, las actuaciones que en esta circunstancia ha venido desplegando la Junta Directiva de la Seccional ANEP-Correos de Costa Rica S.A., especialmente su Presidente, el respetado compañero Claudio Sánchez González.

De la misma forma que nos parece acertada y oportuna, las reflexiones que se formulan en esta comunicación, de parte de la compañera Ana Luisa Cinco Quesada, como Directiva Nacional de la ANEP; reflexiones que también respaldamos.

Aprovechamos para formular un mensaje a la cordura, a la sensatez, a la racionalidad y a la equidad sancionatoria. El entorno amenazante de la actividad postal de carácter público, obliga a una mancomunidad de esfuerzos y no es posible que la situación posicional de una persona que, comprobado está, faltó a su responsabilidad (y, presuntamente, habría una segunda ocasión del mismo carácter), ponga en peligro toda la estabilidad institucional.

Nos ha parecido oportuno poner en conocimiento de toda esta situación, tanto al Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS), como al propio Ministerio de la Presidencia, por esta misma vía electrónica; misma que está habilitada por decisiones de orden constitucional para la interpelación a la administración. Una actitud política preventiva puede ayudarnos a reconstruir el camino del diálogo social que por una particular invidualidad parece deteriorarse en Correos.

Reiterándole al señor Gerente General, Lic. Álvaro Coghi Gómez, nuestro mayor respeto, nos despedimos con la debida consideración.

Servidor atento, Albino Vargas Barrantes, Secretario General ANEP.
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Considero que sus correo de fechas 28 y 29 de agosto de 2012 no deben ni pueden pasar inadvertidos por los trabajadores de Correos de Costa Rica, sean estos carteros, asistentes postales, misceláneos, jefaturas de sucursales y centros de carteros, supervisores, inspectores, mandos medios o directores, gerentes de área y gerencia general.

Sin que suene a malacrianza o falta de educación, venimos escuchando sobre el tema de la reducción de correo físico desde hace más de cinco años, tiempo suficiente para que el área de planificación y comercial hayan preparado sus mecanismos idóneos de sobrevivencia y permanencia dentro del mercado comercial en nuestro país.

Creo que tiene un incorrecto significado de lo que significa “mando medio”. El mando medio es aquella persona que tiene que servir de enlace entre los gerentes de área y gerencia general con los carteros, asistentes postales, misceláneos, jefaturas de sucursales y centros de carteros, supervisores e inspectores.

El mando medio es la persona responsable de implementar la forma de trabajar y de que se cumplan los objetivos, proyectos y metas que los gerentes de área y la gerencia general le hayan girado y debe de responder ante estos o en las instancias que sean cuando las tareas no se ejecuten de la forma estipulada.

También señala en uno de sus correos, que ha solicitado el inicio de una investigación y el traslado al Ministerio Público de “algunos casos” para que se establezcan las responsabilidades penales correspondientes.

Me preocupa sobremanera que indique que solo se trata de “algunos casos” y me surge la interrogante si nuevamente estos “casos” se trataran únicamente de personal operativo y que los mandos medios o directores y los gerentes de área no vayan incluidos en la solicitud por usted girada, tomando en cuenta su grado de responsabilidad por el cargo que ostentan dentro de la empresa como ente controlador.

Es mi apreciación que dentro de la empresa existen algunos que se encuentran en una posición muy cómoda, donde se sienten intocables a pesar de haber cometido faltas muy graves o gravísimas en comparación con las que cometen otros trabajadores de menor rango jerárquico, a los cuales sin ningún tipo de miramientos despiden en plazos no mayores a los tres días luego de emitida la resolución de la Junta de Relaciones Laborales.

Usted nos insta nuevamente a que nos atrevamos a denunciar el incumplimiento de los deberes y obligaciones, pero esta convocatoria la enfoca únicamente hacia la base de la pirámide de jerarquías, dejando por fuera de ésta a los supervisores, inspectores, mandos medios o directores y gerentes de área. ¿Será que ellos son infalibles?

Don Álvaro, le aseguro que su sentimiento de frustración no es para nada mayor que el que sentimos los y las trabajadoras de Correos que estamos hartos de mirar día con día la diferencia en la aplicación de sanciones al recurso humano, donde ni siquiera contamos con en Reglamento Interno de Trabajo y la inconveniente práctica de uso de amenazas y coacciones contra la clase trabajadora más humilde de la empresa.

Al igual que usted estamos seguros que el proceso de cambio es urgente, pero este debe ser aplicado a todo el personal sin distingo de puesto jerárquico, ya que la empresa hay que sacarla adelante entre todos, no solo con el sacrificio y esfuerzo de un sector.

No sé si habrán cambios, si se continuará perdonando al que no hace bien su trabajo, si nos cargarán de formularios que llenar para disimular la mala gestión de algunos o si usted realmente se pondrá la mano en el corazón y hará que su gestión como Gerente General sea recordada con beneplácito.

Aprenda a escuchar a los trabajadores rasos, esos que están llenos de optimismo y que realmente quieren mantener su trabajo, y que saben que los cambios no se consiguen de la noche a la mañana. Estoy segura que estos humildes trabajadores bajo ningún punto de vista desean poner en riesgo sus trabajos, máxime cuando han dado gran parte de su vida laboral para la empresa, es decir, han tenido la camiseta bien puesta por mucho tiempo.

Como representantes sindicales estamos en la obligación de acudir a la fuente oficial e informarnos sobre las anomalías o posibles anomalías en que se pueden ver inmiscuidos los afiliados, máxime cuando estas puedan acarrearles posibles despidos.

No entiendo cual es su molestia y menos el uso de calificativos como “parásitos sociales” y “mafia”. Es nuestra responsabilidad tener la versión de las partes y velar porque la estabilidad y respeto a los derechos laborales sea una realidad. Esto lo percibo como una incorrecta practica anti sindicales de parte de su administración.

Lamento mucho que haya frases sin concluir en su correo del día 28 de agosto y más aún que pretenda silenciar las voces de los que podemos hablar por los trabajadores, ya que los trabajadores y trabajadoras que logran alzar la voz son satanizados y algunas veces despedidos.

Con todo respeto Don Álvaro, son sus gerentes de área y directores los que planifican, ejecutan y dirigen la fuerza laboral de la empresa, son ellos los que coordinan los planes de trabajo de las unidades a su cargo, ellos mismos colaboran con los manuales técnicos de las unidades, ellos son los que realizan la apertura de investigaciones de los casos y además recomienda las sanciones.

Sería bueno por el bienestar y transparencia de Correos de Costa Rica, comenzar a responsabilizar a quienes de verdad se lo merecen por haber dejado de hacer su trabajo y no provocar que la situación ya delicada por sí misma desencadene en actos o acciones más representativos. Recuerde, que son ellos los llamados a darnos el ejemplo, y ante mayor jerarquía mayor responsabilidad

Con toda consideración y respeto,

Ana Luisa Cinco Quesada
Directiva Nacional
Asociación Nacional de Empleados Públicos y Privados

Invivible situación laboral en AyA Puriscal

Honorable señor Juan Carlos Vindas Villalobos, Director Regional de Puriscal
Honorable señor Álvaro Araya Álvarez, Subdirector Regional de Puriscal
Honorable señor Ing. Sergio Núñez Ramírez, Subgerencia de Gestión de Sistema de Servicios Periféricos
INSTITUTO COSTARRICENSE DE ACUEDUCTOS Y ALCANTARILLADOS (AyA)

Respetuosos saludos. Usando esta vía electrónica para interpelar a la Administración, según legitimación que al efecto ha instaurado la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia (Sala IV), acudimos a su digna autoridad para que, de manera urgente, se atienda la seria denuncia formulada por un importante grupo de trabajadores de A y A en la sede de Puriscal; denuncia que va adjunta a esta comunicación, en formato “pdf”.

La ANEP solicita a vuestras autoridades una urgente intervención al efecto, pues sentimos que la agudización del ambiente laboral sigue ascendiendo obligado al indicado a personal a considerar manifestaciones de otra índole que, como la presente, la ANEP apoyará decididamente.

De esta comunicación, estamos enviando copia a otras distinguidas autoridades jerárquicas de la institución, según se puede apreciar. Igualmente, hacemos este asunto del conocimiento de la Junta Directiva de la Seccional Nacional ANEP-A y A, a través de los compañeros Jesús Sibaja Bustamente y Edwin Marín Bonilla, Presidente y Vicepresidente, respectivamente hablando, de esta directiva sindical.

Desde la ANEP, reiterándole nuestro mayor respeto y consideración, quedamos en espera de su oportuna respuesta, misma que esperamos recibir al amparo de los artículos 27 Constitucional y del 32 de la Ley de Jurisdicción Constitucional.

CNP: ¿a donde nos llevan?

Estimados compañeros y compañeras:

Durante estos días, la Administración Superior viene informando por medio de los directores nacionales y regionales, sobre la situación actual del CNP.

De lo conversado, no se escuchan noticias que no se hubieran dicho antes, ya sea en esta o en pasadas administraciones. No obstante, asombra la falta de esperanza que se transmite en el mensaje, y que se puede resumir en una frase: El CNP agoniza.

Veamos el razonamiento; con base en lo informado:

1. Según se ha dicho, la Junta Directiva del CNP, tomó un acuerdo para vender el Plantel Central, debido a que la situación financiera es caótica. No obstante, esta venta no ayudará en mucho a resolver la situación, dado que no se puede tomar ese dinero para los gastos operativos. Únicamente se puede utilizar para inversiones. Ergo, venderemos nuestra casa, para alquilar en otro lado, y si es posible, hacer una nueva casa, supuestamente en los terrenos del PIMA. ¿Alguien le encuentra lógica a esa decisión?

2. Se aplicará la modernización, tal cual se ha venido planteando, con sus muchos defectos y escasas virtudes. Pero no es seguro que ayude en mucho, dado que la estructura propuesta no conlleva una racionalidad del gasto. ¿Alguien puede explicar tanta tozudez para ejecutar una reestructuración, que al fin y al cabo, parece no traer beneficios claros a la institución?

3. Se plantea la urgencia de contraer la planilla del CNPFANAL en un plazo de 15 días (para finales de agosto o mediados de setiembre), debido a que el gasto en salarios, se supone, sobrepasa el 90% del presupuesto institucional. Con esta medida se espera ahorrar ¢100 millones mensuales. Pero tampoco va a servir de mucho, ya que el déficit institucional, según se dice, asciende a ¢250 millones mensuales, y el déficit global asciende a ¢24 mil millones. ¿Alguien puede explicar por qué se somete al personal a semejante estrés, por una medida que parece que no va a solventar la crisis?

4. Está en trámite un proyecto de ley en la Asamblea Legislativa, donde se supone van a refundir al CNP con el PIMA, y por consiguiente se derogará la Ley Orgánica del CNP. Por consiguiente, el país se quedará sin la entidad garante de la seguridad alimentaria, INDISPENSABLE para todos los costarricenses. Nuestros agricultores y agricultoras perderán la posibilidad decontar con un circuito comercial (PAI), que les garantice precios adecuados, y nuestras instituciones perderán la opción de comprar directamente a los proveedores. Aunado a ello, no habría justicia en la distribución del ingreso. ¿Alguien puede explicar el razonamiento técnico, para que algunos “ilustrados” propongan que el CNP se refunda con PIMA, siendo que PIMA es una instancia de compra venta de productos agrícolas, y CNP es una institución de desarrollo a nivel nacional? Tan sencillo como comparar la ley de ambas entidades.

5. A pesar de la caótica situación del CNP, por razones más políticas que técnicas, se trasladaron las plantas Liberia y Térraba, a organizaciones que, según se tiene conocimiento, no cuentan con las condiciones agro empresariales, capacidad organizativa, ni experiencia para administrar dicha infraestructura. No obstante, se admite que dichas plantas están a modo de “préstamo en precario”, partiendo del supuesto que si las organizaciones no responden cabalmente al manejo de las mismas, entonces se devolverán al CNP. Alguien puede explicar ¿cómo es posible que se traslade infraestructura valiosísima, a organizaciones que se sabe no tienen suficiente capacidad ni experiencia para administrar proyectos de ese tamaño? Estas poco acertadas decisiones politizadas no son nuevas. En el pasado se prestó o trasladó valiosísima infraestructura a manos de organizaciones que hoy día ya no están o se encuentran en crisis financiera. Solo dos ejemplos: Planta La Rita a Asociación Manos Unidas, Planta El Molino a la Corporación Hortícola.

6. Se traslada físicamente el Sistema de Información de Mercados al PIMA y la Dirección Calidad Agrícola a Planta la China. ¿Alguien puede explicar el razonamiento técnico para dichos traslados? ¿Dónde queda la metodología de atención integral aprobada por la Junta Directiva?

7. No se tienen opciones para sacar esto adelante, dado que simple y llanamente no hay apoyo político. Este es el punto álgido del problema institucional. La falta de apoyo político es lo que ha llevado al CNP a la crisis en que está sumido. ¿Qué hace entonces el político que nombró el Consejo de Gobierno, si viene sin ningún apoyo político? ¿Qué intereses se mueven detrás de tanta falta de interés, donde el que sale perdiendo es el país como un todo, ya que no se contará con una entidad garante de la seguridad alimentaria, que aporta al desarrollo del sector rural y promueve una mejor distribución del ingreso?

A raíz de los puntos anteriores, es razonable cuestionarse seriamente si esta situación caótica, crítica y confusa, realmente responde a un asunto estructural – financiero del CNP. La respuesta rotunda es NO.

El CNP viene enfrentando desde hace varias administraciones, el embate del interés de una clase política empresarial, cuyos tentáculos pretenden tomar todos los negocios que hoy día tiene el Estado. Con el agravante de que ganan unos pocos, pero salimos perdiendo todos los costarricenses.

Como funcionarios del CNP, pero sobre todo, como costarricenses, da profunda pena quienes están tomando estas decisiones, dado que sus desacertadas decisiones van a implicar un alto costo para el país, incidiendo sobre la alimentación básica de nuestros hijos e hijas, las generaciones actuales y posiblemente en las generaciones futuras.

Es indispensable tomar conciencia sobre las implicaciones a nivel nacional del menoscabo de una institución como el CNP, y la posible derogatoria de una ley tan rica para nuestros micro, pequeños y medianos agricultores… pero tan odiosa para los intereses de algunos malos costarricenses, políticos – empresarios.

Nuestro deber es trabajar y dar lo mejor de nosotros para sacar adelante esta institución. Apoyar las iniciativas que busquen consolidarla y mejorar los servicios prestados a nuestros clientes. Aportar ideas, ser proactivos, ser honestos, dar siempre un paso adelante… para que esta institución dé a Costa Rica, lo que realmente merece: calidad, desarrollo, servicio.

Atentamente;

Junta Directiva
Sindicato Pro – Trabajadores
Del Consejo Nacional de Producción y Fábrica Nacional de Licores
(SIPROCNP)

Paro laboral en la Municipalidad de Turrialba

El personal de campo de los servicios operativos de la Municipalidad de Turrialba: Aseo de Vías, Recolección de Basura, Fontanería, Junta Vial Cantonal, Soldadores y otros sectores, decidieron paralizar labores desde las 6 de la mañana de este día, viernes 31 de agosto de 2012, precisamente en el Día del Régimen Municipal; en protesta por el incumplimiento en la dotación de los uniformes para trabajar, dado que según estipulaciones de la Convención Colectiva de Trabajo, se les deben dar dos juegos al año. En lo que va del 2012, no se les ha entregado nada.

Por otra parte, reclaman un compromiso incumplido por parte de la Alcadía Municipal, firmado con la Seccional de ANEP en abril del año pasado 2011, por medio del cual se establecía un sobresueldo del 10% por concepto de peligrosidad, para el personal de Fontanería, Junta Vial y Soldadores; compromiso éste que más de un año después ni siquiera se tiene noción alguna de su proceso de cumplimiento.

A las molestias anteriores, se agrega la circunstancia de que la atención de reparación de los camiones recolectores no es tan rápida como antes; es decir, si se daña un camión no se hacen los mayores y más rápidos trámites para que opere de nuevo, con lo cual sufre un deterioro el servicio de recolección de basura en el cantón turrialbeño.

Finalmente, el personal de campo se queja de que cierta jefatura de la administración, no está favoreciendo las relaciones colaborativas entre jerarquía y personal subalterno para facilitar la tarea. La manifestación de hoy es un anuncio de que en próxima fecha, de ser necesario, la paralización de labores podría adquirir el carácter de una verdadera huelga. ANEP y su Seccional ANEP – Municipalidad de Turrialba, hace un llamado a las autoridades municipales para que se abra un verdadera camino negociador, pues hasta ahora el diálogo ha sido infructuoso.

Para más detalles, se puede llamar a la servidora Maricruz Durán Alfaro, al número celular 8315-7060, Presidenta de la Junta Directiva de la Seccional ANEP – Municipalidad de Turrialba, quien atenderá la consultas de prensa del caso.