Centrales Sindicales presentan propuesta ajuste salario para sector privado

Las principales organizaciones centrales del sindicalismo nacional se presentan unidas en la tarde de hoy martes 16 de octubre, formulando una petición compartida ante el Consejo Nacional de Salarios (CNS), con relación al porcentaje de reajuste a los salarios mínimos que se pagan en el sector Privado, correspondiente al primer semestre del año venidero 2013.

Como se puede notar en el documento adjunto, la cifra de tal reajuste es de un 4.06%. El documento indica cómo se llegó a tal porcentaje.

El sindicalista don Didier Leitón Valverde, Secretario General del Sindicato de Trabajadores Agrícolas y de Plantaciones SITRAP será la voz oficial en la presentación de esta petición conjunta de las centrales sindicales nacionales. El número celular que usa este líder sindical es el 86 41 02 84.

Las entidades sindicales firmantes son:

Confederación de Trabajadores Rerum Novarum (CTRN)
Central del Movimiento de Trabajadores Costarricenses (CMTC)
Central Social Juanito Mora Porras (CSJMP)
Confederación Costarricense de Trabajadores Democráticos (CCTD)
Confederación Unitaria de Trabajadores (CUT)
Asociación Nacional de Educadores (ANDE)

Sobre el Veto Presidencial a la Reforma Procesal Laboral

Las primeras conversaciones que se mantuvieron sobre la Reforma Procesal Laboral datan de 1998, año en el cual el tema fue abordado en el marco de la Concertación Nacional durante la Administración Rodríguez Echeverría.

Como fruto de los acuerdos ahí logrados, se articuló un esfuerzo con el Poder Judicial que, luego de muchos años de trabajo, concluyó con el envío del proyecto de ley de la Reforma Procesal Laboral a la Asamblea Legislativa; luego de haber sido aprobado por sindicatos, por gobierno y por empresarios en el seno del Consejo Superior de Trabajo (CST), durante la Administración Pacheco de la Espriella.

Ya en esta administración, gobierno de la Presidenta Chinchilla Miranda, el proyecto legislativo (expediente No. 15.990), fue conocido y dictaminado en la Comisión de Asuntos Jurídicos con todos los votos de los diputados del Partido Liberación Nacional (PLN), así como con los de otras fracciones parlamentarias, luego de un arduo proceso de discusión y negociación. El texto fue, finalmente, conocido en plenario donde fue votado en primer debate por 45 diputados (as) de 45 presentes, el 31 de julio de este año; y, en segundo debate, por 40 diputados de 44 presentes, el 13 de setiembre del 2012, incluyendo los votos de todos (as) los (as) diputados (as) del Partido Liberación Nacional (PLN).

Días después, la señora Presidenta de La República, doña Laura Chinchilla Miranda, veta la ley aprobada por la Asamblea Legislativa indicando que no se habían percatado de que en el proyecto en cuestión se incluían dos temas que, a su juicio son “inconstitucionales” e “inoportunos”. Con cierto nivel de vergüenza admiten que se les habían “pasado” esos artículos y que, valientemente, están reconociendo su error. Indican que sólo tienen esas objeciones, arregladas las cuales, tienen un compromiso firme en que el proyecto se apruebe definitivamente y se convierta en Ley de la República. El veto es suscrito por la Presidenta, el Ministro de Justicia y Paz, Fernando Ferraro Castro; la Ministra de Trabajo y Seguridad Social, Sandra Piszk Feinzilber; y el Ministro de la Presidencia, Carlos Ricardo Benavides Jiménez.

El primer aspecto que señala el veto es la objeción a la posibilidad de que exista la huelga en los denominados “servicios esenciales”.

El segundo aspecto que señala el veto, es la prohibición de que el empleador contrate empleados (as) sustitutos (as) de las personas huelguistas en servicios esenciales, antes de que la huelga sea declarada ilegal por un juez de la República.

Dicho todo lo anterior, resulta necesario aclarar, al menos, tres aspectos:

– ¿Es “inconstitucional” e “inoportuna” la regulación que el proyecto hace de la huelga en los servicios esenciales?

– ¿Es “inconstitucional” e “inoportuna” la regulación que el proyecto hace sobre la contratación de empleados (as) sustitutos de las personas en huelga en los servicios esenciales?

– ¿Desconocía el Gobierno de la República que el proyecto en cuestión incluía estos temas?

En los siguientes párrafos me referiré a estas tres interrogantes, que son las únicas sobre las cuales el Gobierno de la República ha hecho objeción alguna.

SOBRE LA HUELGA EN LOS SERVICIOS ESENCIALES

Los servicios esenciales son aquellos cuya paralización pueda poner en peligro la vida, la salud o la seguridad de las personas. Es decir, por ejemplo, los servicios de atención de emergencias en los hospitales. Es claro que si ese servicio se paraliza se amenaza, de forma directa, la vida y la salud de las personas que son derechos fundamentales que privan sobre otros. Ahora bien, la Constitución Política de Costa Rica establece en su artículo 61 que se reconoce el derecho de huelga “…salvo en los servicios públicos, de acuerdo con la determinación que de éstos haga la ley y conforme a las regulaciones que la misma establezca…”. Inicialmente, la ley (Código de Trabajo), establecía una regulación excesivamente amplia de lo que se entendía como servicio público para efectos de prohibición de la huelga. Se incluía, por ejemplo, todo lo que fuera realizado por la administración pública en sentido amplio. Es decir, por ejemplo, se prohibía la huelga en la Orquesta Sinfónica Nacional (OSN) por tratarse de empleados (as) públicos (as). La Sala Constitucional declaró inconstitucional esa y otras definiciones de servicio público y, recientemente, adoptó lo que sistemáticamente ha establecido la Organización Internacional del Trabajo (OIT) al respecto: es decir, que son servicios públicos para efectos de la regulación de la huelga, aquellos que puedan poner en peligro la vida, la salud o la seguridad de las personas. Esta definición, de acuerdo como lo ha señalado reiteradamente la OIT, deriva del convenio 87 sobre la Libertad Sindical y la protección del Derecho de Sindicación, ratificado por Costa Rica mediante Ley de la República no. 2561.

Expresamente la Sala Constitucional ha señalado recientemente que:

“…el ordinal 61 de la Constitución Política, amén del derecho de los patronos al paro, consagra el derecho a la huelga de los trabajadores, el cual, sin embargo, es susceptible de limitaciones en los servicios públicos, de acuerdo con la determinación que de estos haga la ley y conforme a las regulaciones que la misma establezca. Tal limitación no comprende la totalidad de servicios públicos. Así, los convenios y recomendaciones emitidos por la Organización Internacional del Trabajo, a través del Comité de Libertad Sindical y el Comité de Expertos, han ido perfilando los casos en los que la huelga puede ser objeto de RESTRICCIONES O INCLUSO DE PROHIBICIÓN y garantías compensatorias. En tal sentido, la OIT ha hecho uso del término “servicios esenciales” para determinar cuando resulta viable prohibir la huelga en los servicios públicos. En 1983, la Comisión de Expertos de la OIT definió los servicios esenciales como aquellos “cuya interrupción podría poner en peligro la vida, la seguridad o la salud de la persona en toda o parte de la población.” Tal criterio fue adoptado luego por el Comité de Libertad Sindical, para el cual lo determinante es la existencia de una amenaza evidente e inminente para la vida, la seguridad o la salud de toda o parte de la población. (…) El Comité de Libertad Sindical ha aclarado que en los servicios esenciales algunas categorías de empleados (…) no deberían verse privados del derecho de huelga (…) criterio que esta Sala recoge en el sentido que en el servicio hospitalario, la prohibición de la huelga afecta únicamente a aquellos funcionarios públicos y trabajadores cuya suspensión de labores implique que el usuario no pueda recibir la prestación del servicio salud”. Sala Constitucional, voto no. 2011-17212 de las 15:31 horas del 14 de diciembre del 2011.

Estos son los servicios esenciales en los que es posible restringir, o incluso, prohibir la huelga. En los restantes servicios públicos sería inconstitucional prohibir la huelga. Ahora bien, la OIT ha señalado que el convenio 87 indicado, implica que cada país puede optar por prohibir o limitar la huelga en los servicios esenciales. Hoy por hoy, en Costa Rica la huelga en los servicios esenciales está prohibida, sin embargo, la ley (Convenio 87) permite que en lugar de prohibirla se regule limitándola. Es decir, la OIT establece que CADA PAÍS PUEDE PROHIBIR O RESTRINGIR LA HUELGA EN LOS SERVICIOS ESENCIALES, y al efecto señala lo siguiente:

“162. El servicio mínimo que se propone en el párrafo 161 como SOLUCION SUSTITUTIVA DE LA PROHIBICION TOTAL, sería adecuado en las situaciones en que no parece justificada una limitación importante o la prohibición total de la huelga y en que, sin poner en tela de juicio el derecho de huelga de la gran mayoría de los trabajadores, podría tratar de asegurar la satisfacción de las necesidades básicas de los usuarios o el funcionamiento continuo y en condiciones de seguridad de las instalaciones. Por otra parte, nada impide a las autoridades, si ellas consideran que tal solución resulta más apropiada a las condiciones nacionales, el establecer un servicio mínimo en los servicios considerados como «esenciales» por los órganos de control, según los criterios arriba mencionados, donde podrían justificarse mayores restricciones o incluso la prohibición de las huelgas.” OIT. Estudio General de las memorias sobre el Convenio (núm. 87) sobre la Libertad Sindical y la protección del Derecho de Sindicación, 1948; y el Convenio (núm. 98) sobre el Derecho de Sindicación y de Negociación Colectiva, 1949. Conferencia Internacional del Trabajo, 81ª reunión 1994.

Ante las dos opciones que otorgan los convenios ratificados por Costa Rica en la materia, la Reforma Procesal Laboral optó por permitir la huelga en los servicios esenciales, pero restringiéndola para proteger los derechos ciudadanos. Este proyecto establece que en los servicios esenciales, para que se pueda ir a la huelga, los (as) trabajadores (as) deben presentar, al menos con 15 días de anticipación a la huelga, un plan de prestación de un servicio mínimo que garantice que la huelga no afectará la vida, la salud o la seguridad de las personas. Este plan debe ser aprobado de previo por un juez de la República, que puede hacer modificaciones al plan, las cuales serán vinculantes. La no presentación de ese plan de servicios mínimos transforma la huelga en ilegal por ese solo hecho. Esta limitación al ejercicio de huelga es absolutamente constitucional, ya que la ley estaría definiendo como servicios públicos con prohibición de huelga, a los servicios mínimos cuya paralización amenacen la vida, la salud o la seguridad de las personas, todo conforme a lo que señala la OIT y el convenio 87 ratificado por Costa Rica.

Ahora bien, esto no solo resulta ser constitucional y legal sino, además, oportuno y beneficioso para las personas que habitan este país. En efecto, hoy por hoy, no hay absolutamente ningún plan de servicios mínimos que le garantice al ciudadano (a) que si la huelga se produce, su vida, su salud y su seguridad no se pondrán en peligro. Pasarán días o semanas hasta que el juez pueda determinar si esa huelga era o no un servicio esencial y declare su ilegalidad. Es por eso que tanto esta Administración, como las distintas fracciones legislativas, así como el Poder Judicial, el sector empresarial y sindical, estuvimos de acuerdo en que se permita la huelga en los servicios esenciales pero garantizando, de previo a la huelga, que nunca se suspenderán los servicios mínimos cuya paralización podría amenazar la vida, la salud y la seguridad de las personas.

El veto presidencial pretende eliminar la ejecución de los servicios mínimos esenciales, y mantener lo que existe hoy día: una prohibición general de la huelga en esos servicios. Esta prohibición general, al no regular la prestación de los servicios mínimos, hace que los (as) trabajadores (as) se vayan a huelga, creyendo que su huelga es legal, y obteniendo días o semanas después una declaratoria de ilegalidad de huelga. Mientras esto sucede, la amenaza a la vida, la salud o la seguridad de las personas bien puede haberse producido. Por el contrario, aprobado el proyecto, habrá una valoración judicial anterior a la huelga, que determinará si la huelga es o no esencial, y cuáles deben ser los servicios mínimos para que esta amenaza no se concrete en la realidad. Evidentemente, es preferible para la ciudadanía, que un juez tutele sus derechos de previo a que la huelga se produzca, y no a posteriori, cuando ya el daño puede haberse producido.

Ahora bien, ¿sabía el Gobierno que esta regulación existía? Digamos que es posible que en un proyecto de más de 200 artículos, pueda pasarse por alto algún tema. La huelga en los servicios esenciales está regulado en los artículos 377 inciso c), 379, 382 y 382 del proyecto, artículos de por sí bastante extensos. Sin embargo, el tema se discutió expresamente con los diputados del Partido Liberación Nacional (PLN), en la Comisión de Asuntos Jurídicos, incluyendo al actual Ministro de Información, Francisco Chacón González, que en ese momento era legislador integrante de la mencionada comisión parlamentaria.

El 8 de febrero del 2011, el diputado Francisco Chacón González, en la sesión ordinaria número 65 de la Comisión de Asuntos Jurídicos, aprobó la moción 94-137 (2-65-CJ) que modificó el artículo 379 (hoy vetado), sobre la huelga en los servicios esenciales. Ese artículo establecía que si la huelga en los servicios esenciales se prolongaba más de 45 días, automáticamente el conflicto tenía que resolverse por medio de un arbitraje. Con la moción que se aprobó el 8 de febrero del 2001 y con el voto de 7 de 8 diputados de esa comisión, incluyendo el voto del diputado Francisco Chacón González, se estableció que la huelga en los servicios esenciales no podía durar más de 30 días.

Es decir, el tema fue discutido en la Comisión de Asuntos Jurídicos de la Asamblea Legislativa, de forma expresa, con la participación del actual Ministro de Información y en ese momento diputado, en febrero del 2011. Todo (as) los diputados (as) participantes sabían que se estaba regulando la huelga en los servicios esenciales, y el actual Ministro de Información de la presente administración sabía exactamente lo que se había regulado en el proyecto.

SOBRE LA SUSTITUCIÓN DE LOS HUELGUISTAS DURANTE LA HUELGA

En el Derecho del Trabajo se encuentra prohibida la contratación de personas trabajadoras para sustituir a aquellas que se encuentren en huelga. Estos sustitutos son, tradicionalmente, conocidos como rompehuelgas o esquiroles, y la misma OIT ha señalado, sistemáticamente, que violan la Libertad Sindical y los convenios fundamentales de la OIT ratificados por Costa Rica:

“175. Se plantea un problema particular cuando la legislación o la práctica permiten que las empresas contraten a otros trabajadores para sustituir a sus propios empleados mientras hacen una huelga legal. Este problema es particularmente grave si, en virtud de disposiciones legislativas o de la jurisprudencia, los huelguistas no tienen garantizada, de derecho, su reincorporación a su empleo una vez finalizado el conflicto. La Comisión considera que este tipo de disposiciones o prácticas menoscaban gravemente el derecho de huelga y repercuten en el libro ejercicio de los derechos sindicales.” OIT. Estudio General de las memorias sobre el Convenio (núm. 87) sobre la Libertad Sindical y la protección del Derecho de Sindicación, 1948; y el Convenio (núm. 98) sobre el Derecho de Sindicación y de Negociación Colectiva, 1949. Conferencia Internacional del Trabajo, 81ª reunión 1994.

En el proyecto de ley se establece, por medio del artículo 395 del proyecto, que se permite contratar estos sustitutos de los huelguistas a partir del momento en que la huelga sea declarada ilegal. El Gobierno de La República señala que esto impide que se contraten sustitutos (as) en los servicios esenciales ANTES de que la huelga sea declarada ilegal, lo que atenta contra la vida, la salud y la seguridad de las personas, ya que deberá esperar a que un juez de La República declare la huelga ilegal para poder hacer tal sustitución.

Esto evidentemente no es correcto, precisamente por lo que se indicó en el apartado anterior. En los servicios esenciales existirá, de previo a ir a la huelga, un plan de servicios mínimos que garantice la vida, la salud y la seguridad de las personas, el cual es aprobado por un juez antes de ir a la huelga, incluso con la posibilidad de que éste le haga las modificaciones vinculantes que estime pertinente en resguardo de los derechos ciudadanos. Es por eso que no existe la contratación de sustitutos en los servicios esenciales: precisamente porque en tales servicios existirá un conjunto de trabajadores (as) laborando efectivamente durante la huelga.

Es decir, con el proyecto de Reforma Procesal Laboral ningún empleador de un servicio esencial tendrá la necesidad de contratar sustitutos, ya que tendrá trabajadores laborando en tales servicios. Si tales servicios mínimos no se prestan, eso implica, por sí mismo la ilegalidad de la huelga.

Ahora bien, este tema fue específicamente discutido tanto con esta Administración como con los (as) diputados (as) de la Asamblea Legislativa. En efecto, por un error de redacción original en el artículo 395 (hoy vetado), el proyecto decía que solo se podrá contratar sustitutos de los (as) huelguistas hasta que la huelga fuera declarada LEGAL, lo cual significaría la legalización de los rompehuelgas o esquiroles, en violación a lo que ha ratificado Costa Rica frente a la OIT. Por tal razón, el 5 de julio del 2010, en sesión extraordinaria del Consejo Superior de Trabajo (CST) y por unanimidad, esta Administración, conjuntamente con empresarios y sindicatos, solicita a la Comisión de Asuntos Jurídicos de la Asamblea Legislativa que modifique, entre otros, el artículo 395 del proyecto en mención, para que quede claro que antes de que la huelga sea declarada ILEGAL, no pueden ser contratados sustitutos. Este acuerdo se adopta con los votos, por parte del Poder Ejecutivo, del entonces Viceministro de Trabajo, Lic. Álvaro Sojo Mendieta; así como del entonces Viceministro de Justicia y Paz, Lic. Fernando Ferraro Castro (hoy firmante del veto).

El 6 de julio del 2010, en la sesión ordinaria No. 13 de la Comisión de Asuntos Jurídicos de la Asamblea Legislativa, en la que participa el diputado Francisco Chacón González, se recibe del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social de esta administración, la solicitud del Consejo Superior de Trabajo (CST), para que se modifique el artículo 395 del proyecto (artículo vetado), solicitando que se aclare que no se podrán contratar trabajadores sustitutos de los huelguistas, antes de que la huelga sea declarada ILEGAL.

El 20 de julio del 2010, en la sesión ordinaria No. 15 de la mencionada comisión parlamentaria, el entonces diputado Francisco Chacón González, hoy Ministro de Información, vota a favor de que no se permita contratar sustitutos antes de que la huelga sea declarada ILEGAL (Moción Nº 39 (4-15-CJ).

Es decir, de forma expresa, el 20 de julio del 2010, quien hoy dice en representación del Gobierno que no sabían que ese tema estaba incluido, votó tal inclusión de la norma vetada, a petición expresa de otro de los firmantes del veto (Fernando Ferraro Castro), así como del Viceministro de Trabajo de entonces de esta administración.

Queda absolutamente claro, entonces, que ambos temas no sólo eran conocidos, sino que esta administración y sus diputados fueron actores en la redacción final de los artículos que establecen la huelga en los servicios esenciales, así como la prohibición de la contratación de sustitutos de los huelguistas en esos servicios antes de que la huelga sea declarada ilegal.

Tanto es así, que el 17 de agosto del 2010, en la sesión ordinaria No. 22 de la Comisión de Asuntos Jurídicos, el diputado Francisco Chacón González, manifiesta su complacencia por parte de fracción del PLN y de Gobierno, y anuncio que votará afirmativamente el proyecto con las modificaciones hechas. Expresamente dice:

DIPUTADO CHACÓN GONZÁLEZ: Muy brevemente, señor Presidente. Yo quería dejar constando en actas y patente la posición de la Fracción del Partido Liberación Nacional y del Poder Ejecutivo, a favor de la reforma del Código Procesal Laboral. No sólo porque eso nos ayudará a cumplir mejor con obligaciones internacionales adquiridas desde hace muchos años, si no porque éste es el producto de un trabajo conjunto de los sectores empresariales, laborales y de gobierno, que ha logrado llegar a un texto consensuado. Por supuesto, que aquí la señora diputada y los señores diputados hemos podido contribuir también a que este texto sea un texto que venga realmente a agilizar el proceso laboral, y a garantizar una serie de derechos de los trabajadores. Pero en esencia es el producto de un trabajo muy arduo de negociación de los sectores empresariales laborales y de Gobierno. Yo tengo que dejar patente nuestra complacencia, nos sentimos realmente satisfechos por el proceso que hemos llevado aquí en esta Comisión, y que hemos discutido. En donde los diputados de todas las fracciones han puesto su grano de arena y su mejor esfuerzo para lograr llegar a dictaminar el día de hoy. Esto me parece que es un paso realmente importante para los trabajadores y para el sector laboral, y para Costa Rica. Muchas gracias, señor Presidente. Y adelanto, entonces, que yo estaré votando afirmativamente el dictamen de este proyecto”.

CONCLUSIONES

Es más que evidente que el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, el Ministerio de Justicia y Paz, y el Ministerio de Información, así como todos y cada uno de los diputados y diputadas del Partido Liberación Nacional (PLN), en la Comisión de Asuntos Jurídicos de la Asamblea Legislativa, durante esta Administración Chinchilla Miranda; discutieron, promovieron cambios y adoptaron modificaciones al proyecto de Reforma Procesal Laboral, en materia de huelga en los servicios esenciales, así como de prohibición de contratación de sustitutos de huelguistas antes de la declaratoria de ilegalidad de la huelga.

En segundo lugar, es claro que, de acuerdo a los convenios de OIT ratificados por Costa Rica, se ha regulado la huelga en los servicios esenciales estableciendo la posibilidad de prohibirla o limitarla. El proyecto en cuestión, en concordancia con lo que ordena la Constitución Política, ha procedido a definir los servicios públicos que tienen prohibida la huelga, como aquellos servicios mínimos cuya paralización ponga en peligro la vida, la salud y la seguridad de las personas. Esto es absolutamente constitucional y coherente con lo que la Sala Constitucional ha establecido en la materia.

Finalmente, es claro que es más beneficioso para la ciudadanía que, de previo a ir a la huelga en tales servicios, un juez adopte las medidas vinculantes que estime pertinentes, para garantizar que a nadie le faltará un servicio cuya paralización pueda amenazar su vida, su salud o su seguridad. Esta tutela judicial en favor de la ciudadanía no existe hoy en día, habiendo quedado demostrado que la simple prohibición de la huelga en los servicios esenciales no representa una garantía para las personas, ya que en tal caso la tutela judicial ocurre luego de iniciada la huelga.

De esta forma es claro que, por razones de oportunidad, esta Administración debería, al igual que lo hizo hace tan solo unos meses, apoyar la redacción de los artículos vetados.

ANEP rechaza vinculación de la lucha de la Policía Penitenciaria con RPL

Honorable señora Licda. Laura Chinchilla Miranda, Presidenta de la República:

Respetuosos saludos. Con profunda indignación hemos leído nota periodística arriba consignada, bajo la responsabilidad del señor periodista don Jarmon Noguera González, de La Prensa Libre; nota que aparece en la edición de este importantísimo medio de comunicación colectiva, en su edición de hoy lunes 15 de octubre de 2012. Al respecto y dada la credibilidad que sí nos merece dicho profesional periodístico, debemos indicar lo siguiente:

PRIMERO: Quedamos estupefactos ante la grosera manipulación de su parte, señora Presidenta, pretendiendo descalificarnos de la justa, noble y transparente lucha que por muchos años, muchísimo antes de que a usted se le ocurriera ser Presidenta de la República, la ANEP ha librado a favor de los derechos y de la plena reivindicación laboral del sacrificado personal de la Policía Penitenciaria de Costa Rica.

SEGUNDO: Es usted, señora Presidenta, la que con esa intentona burda de manipulación de la opinión pública, pretende mezclar el pago de la deuda salarial pendiente con la Policía Penitenciaria, con su repudiable veto al Código Procesal Laboral, o Reforma Procesal Laboral. La desacreditación que usted y que su Gobierno está sufriendo por ello, es la única causa que encontramos como “justificación” de su parte para mezclar ambas cosas.

TERCERO: Lo que usted hace, señora Presidenta, revela una pobreza argumental y una precaria debilidad intelectual de parte de su Gobierno, para sostener el veto a la Reforma Procesal Laboral. Usted vetó esa justa ley, señora Presidenta, obedeciendo a su prosternación a intereses inconfensables provenientes de los sectores empresariales piñero y bananero, así como de parte del más recalcitrante sector solidarista ajeno o apóstata del pensamiento de la Doctrina Social de la Iglesia Católica.

CUARTO: Categóricamente rechazamos esa malsana intención, señora Presidenta, de descalificar las sobradas razones que se tienen a favor de la Reforma Procesal Laboral; demeritando, a su vez, la sana reclamación de justicia del personal de la Policía Penitenciaria de Costa Rica, el cual reclama el pago de una deuda salarial legítima en la fecha en que su mismo Gobierno señaló para su pago: antes del 15 de octubre de 2012. No fue la ANEP la que estableció ese plazo.

Servidor atento,

Albino Vargas Barrantes
Secretario General
Asociación Nacional de Empleados Públicos y Privados (ANEP)
Central Social Juanito Mora Porras (CSJMP)
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PRESIDENTA ESPERA QUEALBINO NO SE ESTÉ DESQUITANDO”
• Ante llamado a huelga de la Policía Penitenciaria

Ante el llamado a huelga que está realizando la Policía Penitenciaria, la Presidenta de la República indicó que espera que no se trate de un desquite de Albino Vargas, secretario general de la Asociación de Empleados Públicos (ANEP), porque a la Policía se le está cumpliendo.

“Yo espero que no sea don Albino que se quiere desquitar con nosotros por medio de la Policía Penitenciaria por lo que está ocurriendo con el Código Procesal Laboral, a mí me parece que hay que separar las cosas”, expresó Laura Chinchilla.

La Mandataria afirmó que la huelga no tendría ningún fundamento porque se les está destinando los recursos que se había prometido para el pago a los miembros de este cuerpo policial y así se seguirá haciendo.

“Se viene cumpliendo con la Policía Penitenciaria y no tengo la menor duda de que esta semana tendrán buenas noticias”, aseguró Chinchilla.

Esto fue confirmado por el Ministerio de Justicia, el cual informó que a partir del 16 de octubre se estará depositando en las cuentas de los oficiales de la Policía Penitenciaria el pago extraordinario que se les adeuda.

Después del 7 de octubre, Venezuela es otra

Nos jugábamos a Rosalinda

En artículos anteriores dijimos que el proceso electoral, del día 7 del presente mes, era un “rompe aguas” en el proceso histórico contemporáneo de nuestro país. Señalamos que sobre la mesa había dos proyectos de país. Uno, representado por quienes han hecho del neoliberalismo su “santo grial”, el cual era encarnado por Henrique Capriles. Otro, inspirado en el principio de la justicia social, la equidad, la igualdad y la felicidad de los venezolanos y venezolanas, encarnado por Hugo Chávez Frías. La disyuntiva planteada por ambos candidatos giro en torno de: regresar al capitalismo neoliberal o avanzar en la construcción de la patria socialista. Y ello no era poca cosa.

La propuesta socialista

Durante la campaña electoral presidencial del año 2006, el Presidente Chávez, le dijo al pueblo venezolano que su propósito fundamental era el de edificar en nuestro país un modelo de sociedad socialista. Lo que comenzó siendo un enunciado, con el correr del tiempo, fue modelándose, tomando cuerpo y, en el marco del proceso electoral objeto de éste artículo, la propuesta de la construcción de la Venezuela Socialista se convirtió en el centro del proyecto de país que Hugo Chávez, presentó a sus compatriotas.

El pueblo venezolano ha entendido que el Socialismo del Siglo XXI, es la justicia social. Es la posibilidad de tener acceso a la salud, a la educación en todos sus niveles, a la alimentación, a la vivienda digna y barata, a la recreación y el esparcimiento; al respeto de su dignidad, de su libertad a la posibilidad de alcanzar su felicidad, como derechos individuales dada su condición de ciudadano que forma parte de un colectivo social. Pero, sobre todo, el pueblo venezolano entendió que la propuesta de edificación de la Venezuela Socialista es consustancial con nuestra independencia, soberanía y libre determinación como pueblo. La oposición no logró entender esto y se quedo en la retórica hueca, vacía, sin sentido, al seguir comparando el Socialismo del Siglo XXI con las experiencias socialistas que existieron, y aun existen, en otras épocas y otras latitudes.

El progreso como fin

Si algo caracterizó la campaña electoral de Henrique Capriles, fue su debilidad conceptual y teórica, su falta de correspondencia entre lo dicho y lo hecho. Ello lo condujo a andar de rama en rama, para ver de cuál podía sujetarse. Su acción política tiene como fundamento el pensamiento neoliberal, lo cual explica su oposición a la política social del gobierno nacional; desde el inició de su establecimiento cuestionó las Misiones Socialistas, acuso al Presidente Chávez de monotemático por hacer de la justicia social el centro de su acción gubernativa, para luego terminar diciendo que las mantendría; sabiéndose carente de un símbolo que lo identificara, recurrió a la gorra y la chaqueta tricolor, atuendos que el chavismo había posicionado desde hacía algunos años, en el sentimiento nacional; hablaba de la unidad, sin embargo el desprecio con que trató a sus aliados fue demasiado evidente; hizo de la inseguridad su slogan favorito, pero Miranda es el estado con mayor criminalidad en el país; quiso hacer del “miedo a votar” un elemento cautivador del voto a su favor, pero no entendió que el pueblo venezolano, tiene hoy un alto nivel de autoestima, que la “cagantina” atormenta es a los privilegiados del pasado y sus cortesanos; hicieron de la enfermedad del Presidente un festín, rieron a carcajada iracunda, levantaron copas para brindar por la muerte del Presidente; anunciaron el retorno de la burocracia tecnocrática a PDVSA; convirtieron a las universidades autónomas en “casa de partido”; en fin dijeron e hicieron esto y muchas cosas más. Todo ello lo redujeron en una palabra: el progreso. Olvido Henrique Capriles, y quienes le asesoran, que el progreso ha sido la oferta más idealizada e inalcanzable de la modernidad capitalista. Modernidad que, en nada se corresponde con la realidad social, económica, política y cultural de nuestro país.

Los resultados electorales

Nada más normal que después de un evento electoral se recurra al análisis de los resultados, teniendo como punto de partida el número de votos obtenidos. A los ganadores, le da argumentos para demostrar sus aciertos; a los perdedores, para justificar su derrota. La “numerología” se convierte en una ciencia y, los “numerólogos”, lucen sus “batas blancas” con la mayor limpidez. Y, no es que tal ejercicio sea malo o incorrecto, sino que el mismo no puede ser hecho “arrimando la brasa para su fogón”. En política, no siempre dos más dos son cuatro.

Los resultados del proceso electoral del 7 de octubre, pueden ser objeto de las más diversas interpretaciones. Si se les compara con los resultados de las elecciones presidenciales del año 2006, se afirmará que el Presidente Chávez sufrió una merma en su caudal electoral; si se les compara con los resultados de las elecciones anteriores más recientes, las de parlamentarios a la Asamblea Nacional del año 2010, se llegará a la conclusión que el crecimiento de la fuerza de apoyo al Presidente fue mayor que la obtenida por la oposición.

A mi modo de ver, resulta más sensato y, por tanto, más próximo a un análisis realista de los resultados electorales, si lo hacemos proponiéndonos encontrarle explicación sociopolítica al apoyo del 55% de los electores que recibió el Presidente Hugo Chávez, después de 13 años en el poder; a la victoria obtenida en 22 de las 24 circunscripciones electorales regionales; a la derrota de la oposición en 7 de los 8 estados en donde los gobernadores son afectos a ella, más el Distrito Capital; al hecho de que lo que unía a la oposición no era una identidad plena con Henrique Capriles, sino el odio y la frustración. Allí si hay tela para cortar.

El diálogo necesario

Nada es más recurrente, después que se supera una crisis o concluye un estado coyuntural lleno de incertidumbres, que llamar al diálogo. Después que el Presidente Hugo Chávez, llamó por teléfono a Henrique Capriles, se ha generado una falsa ilusión de que la unidad de los venezolanos está a la vuelta de la esquina. Demasiadas son las interrogantes que una conjetura, como ésta, genera.

Necesario es señalar que si algo es normal en una sociedad, verdaderamente democrática, es la existencia de diversas corrientes del pensamiento; por tanto, sugerimos no ver la unidad como un concepto mineralizado, como un slogan para obtener réditos políticos. A ello recurrió la oposición, en su propósito de desacreditar al gobierno, quiso hacer creer a los venezolanos y venezolanas que la desunión política del país era responsabilidad del mismo, pretendió con ello ocultar su verdadero propósito de disminuir el poder del Estado y por tanto la democracia tenía que ser separada de los poderes e instituciones del Estado-Nación, para imponer su afirmación de que el futuro reside en el mercado y, por tanto, la economía, y no el ser humano, es lo más importante en una sociedad; pero sobre todo, quiso hacerle creer al pueblo venezolano que el liderazgo de una sociedad no debe ser ejercido por personas, sino por la “mano invisible del mercado”.

Diálogo entre distintos: entender esta variable como fundamental, si en verdad queremos avanzar en un diálogo sincero, debe ser el punto de partida que señale la ruta de las conversaciones futuras. La Constitución Bolivariana: por ser la Carta Magna de la Nación, la Carta Fundacional de la V República, tiene que ser el documento que guíe y dé sentido al diálogo posible, dentro de ella todo, fuera de ella nada. La Asamblea Nacional, el Consejo Federal, las Gobernaciones, Alcaldías y las organizaciones del Poder Comunal deben ser las instituciones en las cuales se avance en la realización del tan anhelado diálogo nacional. Lo que si no tiene cabida en esta nueva patria es el diálogo de élites. Ello, más que al diálogo, conduce a acuerdos burocráticos, al viejo estilo de la IV República, y para allá no hay regreso. Después del 7 de octubre, Venezuela es otra.

SUTEL extorsiona al ICE

El día 10 de Octubre, la SUTEL informó la autorización al ICE para la compra de Cable Visión, pero condicionada a la renuncia de un conjunto de bandas de frecuencia por un total de 350 MHz.

Esta situación es totalmente inaudita, y es difícil entender como un ente regulador puede llegar a este tipo de EXTORSIONES, especialmente porque no es su incumbencia solicitar devoluciones de espectro radioeléctrico y mucho menos sujetar esa autorización a una obligación vedada al ICE para “renunciar” a espectro radioeléctrico.

¿Por qué es una EXTORSIÓN?: porque en medio de una solicitud de autorización que por mucho tiempo ha venido negociando el ICE, el regulador se atreve a pedirle al ICE que renuncie voluntariamente de bandas del espectro radioeléctrico que son de plena concesión del ICE, con un valor altísimo de mercado no menor a $350 millones de dólares, supuestamente para obtener, tardíamente, la autorización para adquirir la cablera, que por su participación relativa de mercado podría tener un valor de negocio para el ICE tal vez de unos $10 millones de dólares, además de imponerle a esa compra una serie de condiciones de mercado que lo vuelven un pésimo negocio.

Pero para hacer más severa la afectación al ICE, el espectro que le están exigiendo “devolver”, es el que estaría necesitando para implementar tecnologías LTE y LTE Advanced, que son las que van a permitir un ancho de banda de hasta 1 Gbps a los clientes de su red móvil y hacia las cuales se dirige el mercado nacional en competencia, privando al ICE de poder desarrollar sus redes como tiene planeado. ¿Alguien puede comprender semejante disparate de un regulador?

También existen costos ocultos detrás de esta potencial entrega, y tiene que ver con la “limpieza” que tendría que hacer el ICE de dichas bandas, donde hoy tiene otros servicios en operación, esto obligaría al ICE a desechar millones de dólares en infraestructura que todos los costarricenses hemos pagado. Con la experiencia del anterior acuerdo de devolución del espectro que suscribió el ICE para permitir la competencia, sabemos que es un malísimo “negocio” para el ICE, buenísimo para los competidores y los pocos dólares que le reconocerían al ICE se le entregarían tal vez a dos años plazo.

Por lo expuesto, el SIICE repudia y denuncia el accionar de la SUTEL, por desproporcionado, ajeno a sus competencias y dañino para el ICE; y apelamos al sentido común de la administración superior del ICE para que declinen de la potencial adquisición de la Cablera, ya que es evidente que la relación costo/beneficio está totalmente en contra de la Institución.

Policía Penitenciaria indignada volverá a las calles

Los y las integrantes de la Policía Penitenciara, entidad a cargo de la seguridad de las cárceles costarricenses, están sumamente indignados y altamente molestos porque el Gobierno de la República, a través del Ministerio de Justicia y Paz, no pagará esta quincena, 15 de octubre, la deuda salarial que se tiene con este importante colectivo laboral del sector Público, correspondiente a nueves meses (enero-setiembre) del año 2009; pago que se les había prometido para este lunes.

Como se recodará, la ANEP ha llevado esta lucha durante casi cinco años, en medio de una gran complejidad, al punto de que fue necesario que la propia Asamblea Legislativa emitiera una Ley de la República para que pudiera ser honrada. Esta autorización jurídica, Ley No. 9039, algo insólito en su campo, fue emitida en marzo pasado y contó con el apoyo totalmente unánime de todas las fracciones parlamentarias.

Igualmente, los y las integrantes de la Policía Penitenciara tuvieron que acudir a las acciones de calle para que este Gobierno se dispusiera a asumir sus responsabilidades en tal sentido; dándose entre otras, una gran manifestación el día lunes 27 de junio de 2011, en el cual se dieron fuertes piquetes de protesta en las afueras de las diferentes cárceles del país y en sus calles aledañas.

La ANEP no dispone de ninguna comunicación oficial que responda por el atraso, por esta nueva deshonra de un compromiso gubernamental, así asumido por el propio Ministro de Justicia y Paz, Fernando Ferraro Castro quien, él mismo, fue la persona que le puso fecha límite al pago de la deuda: 15 de octubre.

La Policía Penitenciaria irá de nuevo a las calles. Se tenía previsto que fuera este lunes 15 pero dado el feriado conocido, el movimiento se hará, sin dilación alguna y con toda fuerza, el lunes 22 de octubre. La próxima semana daremos detalles al respecto.

San José, 12 de octubre de 2012.

Héctor Prado Monge
Presidente Junta Directiva
Seccional ANEP-Policía Penitenciaria
Directivo Nacional ANEP
Teléfono 88 95 26 26

Gerardo Cascante Vargas
Vicepresidente Junta Directiva
Seccional ANEP-Policía Penitenciaria
Teléfono 89 81 45 98

Albino Vargas Barrantes
Secretario General ANEP

Wálter Quesada Fernández
Secretario General Adjunto ANEP

Solicitamos la solidaridad internacional para presentar denuncia contra Gobierno

  • Llamado urgente a la comunidad sindical internacional
  • Llamado a los movimientos sociales globales y de Derechos Humanos
  • A nuestros hermanos y a nuestras hermanas de clase trabajadora;

especialmente a las siguientes entidades sindicales:

CSI: Confederación Sindical Internacional
CSA: Confederación Sindical de Trabajadores y de Trabajadoras de las Américas
CES: Confederación Europea de Sindicatos
FSM: Federación Sindical Mundial
FSM: Federación Sindical Mundial Región Mesoamericana
AFL-CIO: American Federation Of Labor-Congress Of Industrial Organizations (USA)

Desde Costa Rica, en la América Central, apelamos a vuestra y siempre oportuna solidaridad para que se denuncie ante la comunidad laboral, mundial y continental, la ofensiva antisindical que ya se gesta en Costa Rica, desde el mismo seno del Gobierno de la Presidenta Laura Chinchilla Miranda; quien le mintió a la Organización Internacional del Trabajo (OIT), de que Costa Rica aprobaría cambios en su legislación laboral para posibilitar mayor justicia laboral y adecuación de la legislación obrera costarricense a los principios emanados por tal organización, bajo el concepto de TRABAJO DECENTE.

Sorpresiva e inesperadamente, la Presidenta Chinchilla ha vetado, hace unas 48 horas, la nueva legislación obrera conocida como REFORMA PROCESAL LABORAL”, ó Código Procesal Laboral, que es una reformulación estructural y profunda de la máxima ley laboral del país, el Código de Trabajo, emitido hace 69 años, en 1943.

Con los votos de la fracción parlamentaria gobiernista (que es la mayoritaria dentro del actual congreso legislativo costarricense), la Asamblea Legislativa del país aprobó, abrumadoramente, el pasado 13 de setiembre de 2012, la REFORMA PROCESAL LABORAL”; tal y como la misma Presidenta Chinchilla, durante su visita a la sede de la OIT, en Ginebra, Suiza, en junio anterior, se había comprometido ante el mismísimo señor Juan Somavía, en ese momento Director General de la OIT.

El veto de la Presidenta Chinchilla pone en evidencia que la mandataria costarricense le mintió a la OIT. La mandataria Chinchilla le entregó al señor Somavía, en sus propias manos, el documento-protocolo del propio Gobierno de Costa Rica, haciendo constar el acuerdo nacional tripartito, unánime, adoptado en el seno del Consejo Superior de Trabajo (CST), de adhesión a la política global del TRABAJO DOCENTE ,y con una referencia explícita en tal documento de la aprobación legislativo-parlamentaria de la REFORMA PROCESAL LABORAL”. Por tanto, repetimos, el veto presidencial deshonró al país y dejó en evidencia la mentira presidencial ante la mismísima OIT.

Denunciamos al mundo que el veto de la Presidenta Chinchilla a la REFORMA PROCESAL LABORAL”, responde a intereses inconfesables, ultraconservadores, asociados a la actividad empresarial privada de la producción piñera y bananera costarricense; en contubernio con la fracción más recalcitrante y antidemocrática de lo que en Costa Rica se conoce como “solidarismo”.

El veto presidencial responde a un pre-lanzamiento de una campaña antisindical contra el Movimiento Sindical Costarricense; especialmente en contra de aquellas agrupaciones del mismo que por su seriedad y compromiso social han generado un importante posicionamiento civil. Las razones para el veto presidencial son una cortina de humo que esconde la verdadera naturaleza reaccionaria de posiciones de poder en el seno Gobierno dela Presidenta Chinchilla que ella comparte.

Apelamos a la solidaridad sindical, civil y social de la comunidad mundial. Ayúdennos a divulgar la naturaleza perversa antidemocrática que prepara una ofensiva en contra del Movimiento Sindical Costarricense; violentándose normas de convivencia democrática que según se pregona al mundo, en Costa Rica se observan rigurosamente. Por favor escriba a :

PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA, Laura Chinchilla Miranda: despachopresidenta@casapres.go.cr

MINISTRO DE LA PRESIDENCIA, Carlos Ricardo Benavides Jiménez: crbenavides@presidencia.go.cr

MINISTRO DE COMUNICACIÓN, Francisco Chacón González: francisco.chacon@presidencia.go.cr

MINISTRA DE TRABAJO (saliente), Sandra Piszk Feinzilber: sandra.piszk@gmail.com

MINISTRO DE TRABAJO (entrante), Olman Segura Bonilla: osegurabonilla@ina.ac.cr

PRESIDENTE DEL PARLAMENTO, Víctor Emilio Granados Calvo: kzuniga@asamblea.go.cr

PRESIDENTE FRACCIÓN PARLAMENTARIA GOBIERNISTA, Luis Gerado Villanueva Monge: lvillanueva@asamblea.go.cr

con copia a

info@anep.or.cr
gilbumana@hotmail.com

Acuerdo político para una nueva Convención Colectiva en Heredia

Nosotros, licenciado José Manuel Ulate Avendaño, MBA, en calidad de alcalde de la Municipalidad de Heredia; y Albino Vargas Barrantes, en calidad de Secretario General de la Asociación Nacional de Empleados Públicos y Privados (ANEP); organización sindical ésta que también queda en este acto representada por los licenciados Wálter Quesada Fernández, Secretario General Adjunto de la misma; y Heinier Gibson Díaz Cabezas, Presidente de la Junta Directiva de la Seccional ANEP-Municipalidad de Heredia; todos juntos manifestamos:

Primero: Que procurando el mayor bienestar de las empleadas y de los empleados de la Municipalidad de Heredia, se hace necesario convenir una nueva Convención Colectiva de Trabajo.

Segundo: Que al día de hoy, lunes 8 de octubre de 2012, según manifiesta el licenciado José Manuel Ulate Avendaño, MBA, en su calidad de alcalde municipal, se encuentra denunciada la anterior Convención Colectiva de Trabajo.

Tercero: Que ambas partes, sea la patronal: Municipalidad de Heredia; y la laboral, la Asociación Nacional de Empleados Públicos y Privados (ANEP), estamos dispuestos y firmamos el presente acuerdo político para comenzar a negociar una nueva Convención Colectiva de Trabajo.

Cuarto: Que sobre las negociaciones se decide desestimar el 1% del presupuesto general de la Municipalidad de Heredia que en las convenciones colectivas de trabajo se dedicaba a la facilitación de opciones de vivienda a las y los empleados municipales de Heredia.

Quinto: Que por parte de la ANEP se establece el compromiso de entregar a la Municipalidad de Heredia, en un plazo de 15 días naturales vencidos a la fecha del presente documento, la propuesta de nueva Convención Colectiva de Trabajo, así como la metodología de negociación de tal instrumento.

Se firma ésta en la ciudad de Heredia, a las 16:30 horas del 8 de octubre de 2012.

Lic. José Manuel Ulate Avendaño, MBA
Alcalde Municipal de Heredia

Albino Vargas Barrantes
Secretario General ANEP

Lic. Wálter Quesada Fernández
Secretario General Adjunto ANEP

Lic. Heinier Gibson Díaz Cabezas
Presidente Junta Directiva
Municipalidad de Heredia

Formadas comisiones de trabajo laboral en Salud

Honorables señoras
Dra. Daysi Corrales Díaz, Ministra
Dra. Sandra Cordero Young, Directora General de Salud
Dra. Gabriela Castro Páez, Directora General de Nutrición y Desarrollo Infantil
MINISTERIO DE SALUD

Estimadas señoras:

Reciban un cordial y respetuoso saludo de parte de la Asociación Nacional de Empleados Públicos y Privados (ANEP).

En la reunión sostenida con la señora ministra Corrales y con la señora Gabriela Castro Páez, el pasado día lunes 1 de octubre, se acordó que la conformación de las comisiones de la Junta Relaciones Laborales, de Salud Ocupacional, de Acoso Socio-Laboral, de revisión de asuntos relacionados con los CEN-CINAI, y la que ha de revisar lo del Viatico Fijo. Por esta razón le hacemos llegar los nombres de las personas trabajadoras asalariadas del Ministerio de Salud, quienes en su condición de dirigentes de base de la ANEP, integrarán las mismas:

Comisión Junta Relaciones Laborales Entidad / Departamento
1-Propietario Jorge Campos Alfaro Área Peninsular Chorotega
2-Suplente Rosibel Rodríguez Zúñiga CEN-CINAI de Palmares

Comisión de Salud Ocupacional
1-Propietario Mélida James Johnson CEN de Matina
2-Suplente Carlos Cordero Rodríguez Área de Salud de Guácimo

Comisión de Acoso Socio Laboral
1-Propitario Nuria Madrigal Sojo Región Central Norte
2-Suplente Lorena Sanabria Mata Área de Oreamuno Paraíso

Comisión de CEN-CINAI
1-Vivian González Vargas Área de Salud de Turrialba
2-Gabriela Obando Sojo
3-Nadia Jiménez Carmona CEN- Almendros Barranca Puntarenas

Comisión del Viático Fijo
1-Sonia María Rodríguez Rojas CEN-CINAI San Ramón
2-Jorge Campos Alfaro Área de Salud Región Chorotega
3-Alexis Miranda Ramírez Área de Salud Guácimo

Comisión de Vectores
1-Carlos Cordero Rodríguez Área de Salud de Guácimo
2-Orlando Morera Jiménez Área Rectora de Salud-Vectores

Desde ya les agradecemos la valiosa atención que al respecto se nos brinde, así como la gestión de coordinación que corresponda para los efectos de permisos-facilidades de participación en el desarrollo del trabajo de las mismas.

La Presidenta y su Ministra de Trabajo mintieron descaradamente

Presidente Chinchilla y Ministra Piszk mintieron, descaradamente, asegurando que esta ley se firmaría en próximos días.

La Presidenta de la República, Laura Chinchilla Miranda y su Ministra de Trabajo y Seguridad Social, la señora Sandra Pizsk Feinzilber, se desenmascararon totalmente y quedaron como unas soberanas mentirosas. Ambas, en momentos distintos pero en las últimas horas tuvieron sendas conversaciones verbales (la primera en físico y la segunda por teléfono), con el MSc. Mauricio Castro Méndez, Coordinador de la Unidad de Asesoría Jurídica (UAJ) de la ANEP y Asesor Político de la Junta Directiva Nacional de esta organización; para asegurarle que el Gobierno de la República firmaría, dándole el “ejecútese” de rigor a lo que habría sido la histórica ley de la Reforma Procesal Laboral (RPL), también conocida como “Código Procesal Laboral”, lo cual haría en un acto público la semana entrante a la presente. Como es de todos conocido, el MSc. Mauricio Castro Méndez, es uno de los principales formuladores, gestores, redactores y promotores de esta trascendental ley que estaba destinada a ser conocida como el “segundo” Código de Trabajo.

Al ser este distinguido profesional en Derecho Laboral un interlocutor en la materia de tanto calibre, la mentira de las señoras Chinchilla y Piszk adquiere dimensiones sumamente graves que las desacreditan completamente ante un sindicalismo que en todo momento ha tratado de actuar con gran responsabilidad en una tema tan delicado como éste, a lo largo de muchos años de gestación, como ha sido demostrado hasta la saciedad. Aún así, esta soberana mentira podría ser “tolerada”, pues es usual la mentira en los gobiernos.

Pero sigamos profundizando en la gravedad de la mentira de las señoras Chinchilla y Piszk: La señora Presidenta le mintió al mismísimo Director General de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), en la propia sede de la misma, en Ginebra, Suiza; cuando en junio pasado le entregó de su propia mano el compromiso del Gobierno de Costa Rica de la operatividad práctica de la Reforma Procesal Laboral, por medio del convenio tripartito de Trabajo Decente, adoptado en el seno del Consejo Superior de Trabajo (CST). No recordamos una ausencia de pudor ético en un gobernante costarricense ante un organismo internacional como ésta que ha protagonizado la gobernante costarricense.

Las “razones” del veto del Gobierno, de la mentira son bastante cuestionables. Ya habrá tiempo de contradecir, con sólidas argumentaciones jurídico-técnicas, la insostenibilidad de los argumentos espurios del Poder Ejecutivo para vetar esta trascendental ley. Hay motivos de fondo, ocultos de cuya existencia sospechamos con sólidas bases, habida cuenta de que muchos actos de la presente administración gubernamental de la Presidenta Chinchilla se han tejido en la sombra convirtiéndose en escándalos al, finalmente, salir a la luz pública.

Es este mismo Gobierno quien legitima la vía de la confrontación abierta. Su doble moral, la facilidad con que deshonra compromisos adquiridos, sin importar ya el nivel internacional de los mismos, no permite la generación de, ni siquiera, mínimas confianzas al sentarse a cualquier mesa que abra. Con el veto a la Reforma Procesal Laboral se han encargado de pulverizar la poca credibilidad que les quedaba de que su prédica en el Diálogo Social era real; se han encargado de dinamitar los pocos puentes que les comunicaba con la sociedad civil. Se aíslan peligrosamente y sigan avanzando por la perniciosa senda del descrédito, de la desconfianza y de minar su ya débil legitimidad.

Nuevamente, emerge con potencia, con la legitimidad que en sí misma lleva: La Democracia de la Calle. Es el único mecanismo que le queda al pueblo trabajador, más que harto de un gobierno que hace aguas por todo lado.

Conforme pasen las horas y avancen los próximos días y semanas, quedarán totalmente clarificadas los distintos escenarios de confrontación que se darán en las calles costarricenses.