Ante errados cuestionamientos de algunos dirigentes de taxistas, aclaramos que defendemos a los conductores trabajadoras de plataformas tecnológicas quienes trabajan en la informalidad, no a las empresas transnacionales dueñas de las aplicaciones.
Categoría: Videos
¡Pensionarse a los 65 años!
El Secretario General de la ANEP en el programa Purga Política

Seccional presenta recurso de amparo contra el MSP por no brindar insumos a los oficiales para protegerse del covid-19
La Seccional ANEP-Fuerza Pública presentó un recurso de amparo ante la Sala Constitucional contra el jerarca del Ministerio de Seguridad Pública (MSP), Michael Soto, en busca de que el ministerio brinde los insumos básicos a los policías para protegerse del virus covid-19.
El recurso de amparo fue presentado por infringir los artículos 21, 60 y 66 de la Constitución Política, los cuales buscan resguardar el derecho a la salud de las personas trabajadoras de la Fuerza Pública y demás cuerpos policiales adscritos al Ministerio de Gobernación Policía y Seguridad Pública.
Mainor Anchía, presidente de la Seccional ANEP-Fuerza Pública expresó que pese a que se ha informado a las autoridades la necesidad de dotar equipo de higiene y limpieza para resguardar la salud de los funcionarios, siempre se le informa que están en proceso de adquisición, lo cual podría ser resultado del aumento de casos positivos en las delegaciones de la Fuerza Pública.
Anchía agregó que los cuerpos policiales forman parte de la primera línea de respuesta en la atención de la emergencia sanitaria nacional, ya que se encargan del resguardo de los puestos fronterizos, escolta de contenedores de ruta internacional, atención de incidencias por aglomeraciones, controlar actividades prohibidas por el Ministerio de Salud , así como mantener la función primaria de seguridad ciudadana.
El recurso de amparo fue admitido por la Sala Constitucional para estudio y se le otorgó al MSP tres días hábiles para responder.
Recurso de Amparo Contra El Msp by Yariela Novo on Scribd
ANEP-PPME cuestiona Vicepresidenta de la República ante faltante de personal en Policía de Migración
Manifestación vehicular lunes 27 de julio… estas son nuestras razones
El Secretario General Adjunto de la ANEP en el programa Purga Político
Estamos indignados… ¿Y usted…? Llegó la hora de la manifestación vehicular
Póliza voluntaria de vida ANEP-INS

Incertidumbre en Fuerza Pública ante incapacidades por Covid-19
La Seccional ANEP-Fuerza Pública nuevamente alza la voz en defensa de los derechos laborales de los funcionarios y funcionarias de la Fuerza Pública. En esta ocasión respecto a las incapacidades que están recibiendo los oficiales que ha tenido contacto laboralmente con un caso positivo de Covid 19.
Así lo manifestó Mainor Anchía, presidente de la Seccional ANEP-Fuerza Pública quien indicó que la administración está extendiendo incapacidades de la Caja Costarricense del Seguro Social (CCSS) cuando debería extenderse por la Póliza de Riesgos del Trabajo del Instituto Nacional de Seguros (INS).

“Hemos venido recibiendo reportes de casos de funcionarios de la Fuerza Pública, que son enviados a guardar cuarentena por haber estado laboralmente en contacto con un caso positivo de Covid 19 (compañero de trabajo y/o un particular) que, aunque no se tenga certeza de que puedan estar contagiados se les extiende una incapacidad de la Caja Costarricense del Seguro Social (CCSS). Ahora bien, en los supuestos de que un contagio se dé dentro de la jornada laboral, el asunto es competencia absoluta del INS, lo cual viene a proteger daños futuros por riesgos del trabajo, algo que no sucede al extenderse una incapacidad por enfermedad de la CCSS”, detalló Anchía.
Lo anterior, a pesar de que el Instituto Nacional de Seguros (INS), confirmó que ante la sospecha razonable de que un trabajador fuera contagiado por el Coronavirus COVID-19, por causa o a consecuencia de su trabajo este sería atendido al amparo de la Póliza de Riesgos del Trabajo. Situación que también está contemplada en la legislación laboral costarricense en su artículo 197.
Artículo 197.- Se denomina enfermedad del trabajo a todo estado patológico, queresulte de la acción continuada de una causa, que tiene su origen o motivo en el propio trabajo o en el medio y condiciones en que el trabajador labora, y debe establecerse que éstos han sido la causa de la enfermedad.
Código de trabajo
Anchía indicó que esta situación también viene a generar una afectación económica a los funcionarios que son incapacitados por medio de la CCSS.
“La incapacidad, evidentemente provoca una disminución en el salario mensual de nuestros uniformados, o sea, una afectación o perjuicio por ser parte de la primera línea de respuesta de la pandemia ¡algo si se quiere irónico!. Por tanto, lo mínimo que se espera y que se procede a solicitar de manera respetuosa, pero vehemente, es que se proceda con una revisión del manejo que se viene dando de lo supra indicado, pudiendo ser que, en algunos casos, la génesis del problema se encuentre en la negativa de hacer el respectivo reporte de riesgo de trabajo”, cuestionó Anchía.
Documento presentado al MSP
Incertidumbre en Fuerza Pública ante incapacidades por Covid-19 by EugenioGuerrero on Scribd