Reivindicación de derechos de las mujeres: una de cal y otra de arena

Por la relevancia del tema que se está discutiendo, a golpe de tambor, en la Asamblea Legislativa, consideramos pertinente publicar en este espacio semanal de opinión que nos brinda La Prensa Libre, el artículo escrito por la compañera María Laura Sánchez Rojas, sindicalista y socióloga, Coordinadora de la Unidad de Capacitación y Formación Político Sindical (UCFPS) de ANEP; el cual transcribimos a continuación:

Con mucha emoción nos disponíamos a celebrar la aprobación en segundo debate de la Ley contra el Acoso Sexual Callejero, una herramienta jurídica que nos proporciona un poco más de seguridad a las mujeres, ante quienes solo con estos mecanismos se dan cuenta que las mujeres no somos un objeto sexual, a la cual se le dice una frase insultante, un gesto brusco o pasar a una acción de violencia física, tocando nuestro cuerpo, sin nuestra autorización, que las mujeres somos sujetas de Derechos Humanos y que no somos una “pila de agua bendita para que nos metan las manos”.

Es una pena que, en un país respetuoso de Derechos Humanos, se tenga que llegar a estos extremos; que, por medio de una ley, algunos hombres se “enteren” que a las mujeres se nos debe respeto.

Pero más lamentable es que en un país que se jacta de respetar los Derechos Humanos, y un gobierno que, también se jacta, de promover la defensa de los derechos de las mujeres, promueva un proyecto de ley de flexibilización laboral, el cual se tramita bajo el expediente legislativo número 21.182, denominado “Reforma de los artículos 136, 142, 144 y 145 del Código de Trabajo, para actualizar las jornadas de trabajo excepcionales y resguardar los Derechos de las Personas Trabajadoras”

Primero: una garantía social que con mucho esfuerzo lograron nuestros y nuestras antepasadas, una verdadera conquista de la clase trabajadora, siguiendo lo aceptado socialmente en la distribución del tiempo para laborar, para recrearse y para el descanso por medio del sueño. Esta jornada ha permitido a muchas mujeres, distribuir su tiempo para no solo aportar a la sociedad con su trabajo productivo y reproductivo, sino para prepararse académicamente y de esa manera lograr una movilidad social ascendente y, por lo tanto, mejorar su calidad de vida, la de su familia; así como a la sociedad.  

Segundo: este proyecto de ley violenta nuestra propia Constitución Política, así como la norma jurídica internacional, consignada por medio del Convenio de la OIT C001-Sobre las horas de trabajo-1919. El cual fue ratificado por nuestro país, mediante la ley número 6711 del 8 de enero de 1982, publicada en el diario Oficial La Gaceta no. 23 del 3 de febrero de 1982.

Tercero: afecta seriamente a las mujeres, especialmente a las jefas de familia, quienes deberán de aumentar las horas de cuido de su familia mientras laboran, lo que lleva a pagar más por ese servicio, cuando han podido asumirlo o lo que es peor, cuando recae en un integrante de la familia que sea “más grande” para que cuide a las demás, generalmente le “toca” a las hijas. Esto conlleva a que no solo la madre se afecte de este tipo de jornada, porque estará muchas horas fuera del hogar y sin poder compartir y reforzar los lazos familiares, sino que a la “grande” le tocará “quedarse en la casa” y asumir el trabajo reproductivo, minimizando sus posibilidades de estudio.

Cuarto: coarta alguna posibilidad de que la mujer trabajadora pueda iniciar o continuar estudios para poder en algún momento, aspirar a un mejor empleo. ¿o es que se podrá indicar en el centro de estudio los horarios en que se puede asistir a lecciones, sean presenciales o virtuales?

Quinto: a pesar de la Ley contra el Acoso Sexual Callejero, con este proyecto de ley de flexibilización laboral, expone a las mujeres trabajadoras, a vivir una situación de este tipo de acoso; al tener que salir de sus hogares en horas muy tempranas y regresar a altas horas de la noche, lo que pondría en peligro su integridad física y emocional.  

Si el acoso sexual callejero nos hace sentir que las mujeres estamos a “disponibilidad” de quien quisiera irrespetarnos, con este proyecto de ley, refuerza esa situación. Estamos “disponibles” para que la “clase empresaurial” que a toda costa tiene que mantener y aumentar sus ingresos, sin importar las necesidades y particularidades de muchas mujeres trabajadoras, sin importar los postulados de Trabajo Decente, sin importar los Derechos Laborales, que son parte de los Derechos Humanos, sin importar la relevancia de un equilibrio laboral, social, emocional y económico de las mujeres; son tan “angurrientos” que ni siquiera son capaces de percatarse que los efectos de este proyecto de ley, les afectará en la calidad del trabajo, porque no se estará en un ambiente laboral sano.

Nuestros derechos como mujeres trabajadoras reciben una de cal y otra de arena, otra vez nos violentan, se burlan de nuestra condición y provocan ampliar las ya existentes brechas de género en salario, en acceso a estudio, en acceso a mejores puestos. Refuerza la relación de poder de quienes poseen los medios de producción y la clase trabajadora, particularmente de las mujeres trabajadoras.   

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