Empleo Público: ¿Y qué pasará con las 32 personas diputadas golpistas? (parte 2)

Albino Vargas Barrantes, Secretario General ANEP

La actual Constitución Política de nuestro país, misma que entró en vigencia el 7 de noviembre de 1949, estableció en su Artículo 194 lo siguiente: “El juramento que deben prestar los funcionarios públicos, según lo dispuesto en el artículo 11 de esta Constitución, es el siguiente: ‘¿Juráis a Dios y Prometéis a la Patria, observar y defender la Constitución y las leyes de la República, y cumplir fielmente los deberes de vuestro destino? -Sí, juro’. Si así lo hiciereis, Dios os ayude, y si no, Él y la Patria os lo demanden”.

Las personas diputadas actuales (al igual que las anteriores a éstas que han pasado por el parlamento costarricense), le prometieron a Dios y le prometieron a la Patria, “…observar y defender la Constitución y las leyes de la República, …”. ¿Lo han hecho? Parece que 32 de ellas, ¡no!

La gran dosis de odio de clase que ha impregnado el Expediente 21.336, Ley Marco de Empleo Público, el cual llegó a su tramitación parlamentaria luego de la más perversa campaña de insania político-mediática jamás vista en los últimos tiempo contra grupo social alguno; parece ser que llegó a un extremismo tal como para que 32 personas diputadas actuales le votaran, en primer debate, “ignorando” el fuerte contenido anti-constitucional de esa legislación, marcado con énfasis en el ataque a las autonomías institucionales, corazón de la Carta Magna actual, a fin de no repetir experiencias centralistas de poder como las que sentaron las bases para que se diese una confrontación armada entre costarricenses, como lo fue la de 1948.

Esas 32 personas diputadas actuales (cuyos nombres citamos al final del presente comentario), no estaban ni observando ni defendiendo la Constitución de 1949 cuando, al votar dicho expediente, estaban, por una parte, atentando contra la división de poderes (al pretender someter al Ejecutivo, al Poder Judicial, por ejemplo); y, por otra, llevando su afán centralista de control institucional hasta el seno de los gobiernos locales, con la intentona de someter a las municipalidades al arbitrio de la Casa Presidencial de turno.

La osadía de esas 32 diputaciones golpistas les llevó, incluso, a atentar contra la soberanía del ejercicio de la voluntad popular, según las regulaciones del Tribunal Supremo de Elecciones (TSE); también buscando que éste fuese políticamente adscrito a la voluntad de un Poder Ejecutivo que ya se percibía como todopoderoso,en el tanto ese inconstitucional proyecto de ley le legitimaría una conducta que, en la cotidianeidad, ha venido demostrando una vocación autoritaria muy peligrosa.

Ante el golpismo diputadil de esas 32 personas legisladoras, no solamente conviene preguntarse por la naturaleza de su formación cívico-patriótica e histórico-institucional; sino que es muy conveniente tratar de establecer de qué talante son las personas que les asesoran.

Por una parte, es inconcebible que, ante la cantidad, la amplitud y la seriedad de múltiples opiniones que se vertieron en torno a la naturaleza del poder concebido en la Carta Magna de 1949; se apostara por resucitar un Estado central de gran poder, con todos los riesgos de autoritarismo y de totalitarismo que registra la historia (no sólo la Patria), ante sociedades víctimas de tal tipo de poder.

Por otra, las autonomías incluidas en la Carta Magna de 1949 son consustanciales a una forma de democracia representativa que, si bien la misma, está muy desacreditada, la solución para su relanzamiento no puede ser, jamás, el autoritarismo de sesgo totalitario. La Ley Marco de Empleo Público está contaminado de eso a más no poder, al punto de que tiene flagrantes violaciones a Derechos Humanos, como de seguro se demostrará en una cadena de litigios internacionales que generará si, de manera deplorable, alcanza los votos para materializarse en ley.

Las 32 diputaciones golpistas están marcando un punto de inflexión muy peligroso que, al menos, debe generar grandes expresiones organizadas de personas constitucionalistas, como contrapeso. Es ésta una tarea más de las múltiples que han surgido por estos tiempos de autoritarismo de sesgo totalitario, que tiene tanto ímpetu como para mostrarse carente de escrúpulos reales por el respeto a la institucionalidad democrática.

DEL PLN: 12 GOLPISTAS. Carlos Ricardo Benavides Jiménez, Silvia Hernández Sánchez, Wagner Zúñiga Jiménez, Karine Niño Gutiérrez, Roberto Thompson Chacón, María José Corrales Chacón, Luis Fernando Chacón Monge, Ana Lucía Delgado Orozco, Jorge Luis Fonseca Fonseca, Aida Montiel Héctor, Gustavo Viales Villegas, Yorleny León Marchena.

DE RESTAURACIÓN: 5 GOLPISTAS. Carlos Avendaño Calvo, Xiomara Rodríguez Hernández, Mileydy Alvarado Arias, Eduardo Cruickshank Smith, Giovanny Gómez Obando.

DE NUEVA REPÚBLICA: 5 GOLPISTAS. Harllan Hoepelman Páez, Ignacio Alpízar Castro, Jonathan Prendas Rodríguez, Carmen Chan Mora, Marulin Azofeifa Trejos,

DEL PAC: 8 GOLPISTAS: Nielsen Pérez Pérez, Víctor Morales Mora, Enrique Sánchez Carballo, Carolina Hidalgo Herrera, Luis Ramón Carranza Cascante, Mario Castillo Méndez, Laura Guido Pérez, Catalina Montero Gómez.

DEL PUSC: 1 GOLPISTA. María Vita Monge Granados.

INDEPENDIENTE: 1 GOLPISTA. Zoila Rosa Volio Pacheco.

ANEP solicita al Ministerio de Hacienda información sobre deudas tributarias incobrables a grandes contribuyentes

La Asociación Nacional de Empleados Públicos y Privados (ANEP) solicitó al Director General de Hacienda, Francisco Fonseca Montero y con base en coordinación con la Seccional ANEP-Hacienda, información sobre el sistema tributario y los grandes contribuyentes.

De acuerdo con la carta enviada este lunes, para nuestra organización sindical es de suma importancia que se nos suministre información relacionada con las resoluciones de la Oficina de Cobro Judicial, en especial, aquellas que fueron incobrables.

En el caso de los grandes contribuyentes y GETES (Grandes Empresas Territoriales), se solicitó información de las sumas prescritas e incobrables en los años 2018, 2019 y 2020.

“Por lo que, con todo respeto, queremos solicitarle, se sirva proporcionarnos la siguiente información: Las resoluciones que fueron emitidas por la Oficina de Cobro Judicial, en el 2020, referentes a la incobrabilidad y prescripción de los adeudos tributarios, que se dejaron de cobrar y recaudar a favor del Estado”, agrega la misiva presentada por el Secretario General de ANEP, Albino Vargas Barrantes.

La petitoria pide que se incluya el nombre de las empresas o sociedades, a las cuales se les aplicó el proceso de incobrabilidad y prescripción de las deudas tributarias, así como el tipo de impuesto, período, monto y motivo por el no cobro de lo adeudado.

La petición nace del interés de nuestra organización sindical en el sistema tributario y su transformación hacia la progresividad y la justicia.

ANEP trabaja en conjunto con el IIRESODH en defensa de los derechos laborales y sociales costarricenses

La ANEP y el Instituto Internacional de Responsabilidad Social y Derechos Humanos mantienen su relación de trabajo conjunto en defensa de los derechos laborales y sociales costarricenses y esta semana mantuvieron una reunión en nuestra sede para analizar el entorno nacional.

Junta Directiva de la Seccional ANEP-Municipalidad de Dota se presentó ante el Concejo Municipal

Representantes de la ANEP, junto a integrantes de la Junta Directiva de la seccional ANEP-Municipalidad de Dota se presentaron el pasado martes 3 de agosto de forma oficial ante el Concejo Municipal de la localidad, con el objetivo de dar a conocer el trabajo que realiza la ANEP en los diversos municipios en defensa de los derechos laborales, así como la fiscalización y la transparencia en la función pública.

Juzgado de Trabajo abre investigación contra el Estado por irrespeto al salario mínimo

– Denuncia fue presentada por la ANEP ante la afectación al salario mínimo de al menos 3 mil funcionarios del Ministerio de Seguridad Pública  

El Juzgado de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de San José ordenó la apertura de investigación en contra del Estado costarricense, luego de la denuncia presentada por la Asociación Nacional de Empleados Públicos y Privados (ANEP), por infracciones a las Leyes del Trabajo o de Previsión Social.

La investigación ordenada por el Juzgado de Trabajo recae en contra del Ministerio de Hacienda y el Ministerio de Seguridad Pública (MSP), por la afectación que sufrieron en su salario al menos 3 mil funcionarios adscritos a este último ministerio, en su mayoría oficiales de la Fuerza Pública.

Los hechos denunciados por la ANEP y su Unidad de Asesoría Jurídica (UAJ), se remontan a partir de la primera quincena de junio, cuando trabajadores del MSP reportaron a nuestra organización rebajos automáticos en su salario, dejando sus cuentas prácticamente en cero, afectando directamente el salario mínimo por ley de los trabajadores, situación que a la fecha continúa presentándose.

Esta situación desencadenó molestia y angustia por parte de los funcionarios afectados, lo que provocó una manifestación de oficiales de Fuerza Pública en su tiempo libre en las afueras del Ministerio de Hacienda, solicitando explicaciones de lo sucedió, sin embargo, no recibieron respuesta positiva.

Ante este escenario, la ANEP decide acudir a los estratos judiciales y presentar la denuncia por violación por infracciones a las Leyes del Trabajo o de Previsión Social, amparados en la Constitución Política, el Código de Trabajo, así como resoluciones recientes de la Sala Constitucional con respecto al salario mínimo de los trabajadores”.

“Concretamente denunciamos las rebajas salariales por concepto de cuotas de deudas con entidades crediticias, sin que se esté respetando a las personas trabajadoras el salario mínimo, aplicándose de los salarios rebajos indiscriminadamente, sin garantizar el patrono, ni el Estado el resguardo de una suma mensual de ingreso mínimo, para que sus subalternos puedan hacer frente a sus necesidades básicas, si no que se les está aplicando rebajas hasta dejar los ingresos de los trabajadores en cero colones mensualmente”, detalló Rafael Mora Solano, Asesor Político de la ANEP.

Por su parte Mainor Anchía Angulo, Asesor Sindical de la ANEP en la Fuerza Pública, manifestó sentirse complacido por la decisión del Juzgado de Trabajo de investigar los hechos denunciados, ya que el salario mínimo debe ser respetado.

La ANEP no descarta presentar nuevas denuncias contra el Estado bajo estos mismos argumentos, ya que se han detectado casos similares de rebajas salariales irrespetando el salario mínimo de los trabajadores en otras instituciones y ministerios.

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Sala IV y Empleo Público: Con Dios y con el Diablo

Albino Vargas Barrantes, Secretario General ANEP

Con Dios (autonomías constitucionales ratificadas como parte esencial del Estado de Derecho); y con el Diablo (apoyo ideológico a un enfoque fiscal neoliberal, extremista y fundamentalista): así percibimos nosotros el fallo emitido cerca de la medianoche del sábado 31 de julio, por la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia, en relación con el proyecto Ley Marco de Empleo Público, Expediente Legislativa No. 21.336. Por ello, hemos titulado este artículo “Sala IV y Empleo Público: Con Dios y con el Diablo”.

Sin duda alguna, no podemos aquilatar la dimensión correcta, en uno u otro sentido, de este fallo, sin conocer la redacción final de ese pronunciamiento; aunque sí es de destacar que se haya ya evidenciado que ese proyecto contiene, al menos, 35 inconstitucionalidades. No pareciera ser algo fácil superar esas 35 inconstitucionalidades señaladas por la Sala Cuarta con relación al proyecto Ley Marco de Empleo Público. Sin embargo, en la actual Asamblea Legislativa las decisiones estratégicas de este calibre vienen siendo tomadas en otra parte y no en su seno.

Como no podía ser de otra manera y más que lógica reacción, la plutocracia reinante mediante su “oficina ejecutiva”, la Casa Presidencial, así como vía su medio periodístico oficial, “celebran” que la máxima magistratura judicial del país, la Sala IV, les haya avalado su proyecto ideológico-económico de reorganización del aparato estatal: el enfoque neoliberal extremista y fundamentalista que parte de la falsa premisa, muy desacreditada ya, de que el problema de las finanzas públicas del país son los salarios estatales, por una parte; y, por otra, que esto es agravado por la existencia de las convenciones colectiva de Trabajo. Esto es una completa falacia.

Cientos de veces lo hemos estado afirmando y cientos de veces más lo tendremos que decir: la crisis de las finanzas públicas tiene tres problemas fundamentales. 1) La naturaleza perversa del sistema tributario costarricense, que es injusto y que es corrupto. 2) La impagable deuda pública que demanda un pago diario, cada 24 horas, de obscenos intereses de usura, de entre 5 y 6 mil millones de colones. 3) La corrupción con fondos públicos mediante la alianza público-privada, con ropaje legal o sin él (el caso Cochinilla es emblemático al respecto).

A la plutocracia reinante y sus sucesivos gobiernos (de Liberación, de la Unidad y del PAC), no les interesa resolver, con drasticidad y efectividad, tales problemas. Por eso, atacan los salarios de la clase trabajadora, le quieren cercenar a esta las vías jurídicas nacionales para defenderse de su empobrecimiento, así como promueven paquetes de impuestos que agravan su situación financiero-económica.

Según entendemos nosotros, la tendencia mayoritaria imperante en el seno de la Sala IV en los últimos años, ha sido la de matricularse, ideológicamente, con esto del control del déficit fiscal, pero del lado incorrecto: la magistratura constitucional no ha abordado, por ejemplo, ni el abusivo y obsceno pago de intereses de la deuda pública ni, mucho menos, la naturaleza injusta y corrupta del sistema tributario. Tal vez porque nadie la ha desafiado a pronunciarse en tal sentido.

Pero nosotros lo vamos a hacer y ya lo estamos haciendo, con recursos constitucionales que exige debate profundo sobre los verdaderos problemas estructurales, tanto dentro como fuera del derecho nacional. Nosotros nos negamos a seguir escuchando al Presidente de la Sala Cuarta decir, como lo hizo cuando anunció la “constitucionalidad” del proyecto Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas: “hay algunas violaciones de derechos humanos, pero hay una grave crisis financiera…”.

Si bien celebramos con nuestra presencia física, el pasado domingo 1 de agosto, en las afueras de la sede de la Sala Cuarta que esta se definiera a favor de las autonomías constitucionales y en contra de la tesis del Estado autoritario de sesgo totalitario (Mideplan: rector absoluto de todo el empleo público del aparato estatal); fuimos claros, al mismo tiempo, indicando que los contenidos de ese fallo avalando en materia de empleo público ese enfoque fiscal neoliberal, extremista y fundamentalista, tendrá que ser discutido en sede internacional, gracias a la pertenencia del país y del obligado sometimiento a sus dictados, en la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH).

En tal sentido, ha sido oportunísimo y, realmente, un elemento fundamental en este asunto, que tengamos a nuestra disposición la Opinión Consultiva sobre los Derechos a la Libertad Sindical, Negociación Colectiva y Huelga, y su relación con otros derechos, con Perspectiva de Género, emitida por este tribunal jurídico-continental el pasado 5 de mayo.

Una combinación atinada de movimientos, articulados, desde este lado de la acera, pueden cerrarle el paso a la ofensiva político-mediática de la plutocracia reinante que esperan viabilizar, con su “peonada” diputadil y su oficina ejecutiva: la Casa Presidencial, lo más rápidamente posible esa nefasta legislación. Tenemos elementos a nuestro favor como el proceso electoral nacional que ya está encima y la campaña PASAR FACTURA; el mismo proceso interno legislativo; nuevas acciones de inconstitucionalidad y, como novedad jurídica de mucho futuro prometedor, los tribunales internacionales de Derechos Humanos (la Corte IDH y el Consejo de Derechos Humanos de la ONU). Y, por supuesto: La Calle. No hay duda, tenían razón nuestros abuelos y nuestras abuelas cuando nos decían que “no se puede quedar bien con Dios y con el Diablo”.

Empleo Público: ¿y qué pasará con las 32 personas diputadas golpistas?

32 personas diputadas votaron de manera afirmativa, en primer debate, el proyecto Ley Marco de Empleo Público, Expediente Legislativo No. 21.336, mismo que contiene 35 vicios de inconstitucionalidad, según fallo de la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia, emitido casi a la medianoche del pasado sábado 31 de julio de 2021.

Siempre afirmamos que, por las pretensiones estratégicas contenidas en este proyecto, así como por la posición político-ideológica de sus principales personas defensoras, tanto a lo interno del Poder Ejecutivo como de la Asamblea Legislativa; se trataba de dar un Golpe de Estado parlamentario a la Constitución Política del 7 de noviembre de 1949.

Es más, este proyecto ha estado representando el más serio ataque que nunca antes se había dado en contra de la Carta Magna que, todavía, aunque maltrecha por tanta burla, sigue plenamente vigente; aún más, para estas épocas de exclusión social, de desigualdad estructural e institucionalizada, y del desarrollo de poderes fácticos que pretenden gobernar el país sin participar en elecciones.

Ya podemos hablar de intentona golpista pues, en este punto, el del pleno respeto a las autonomías constitucionales establecidas con base en la Carta Magna del 7 de noviembre de 1949, la Sala Cuarta los frenó.

Los y las golpistas integrantes del actual parlamento, junto a Alvarado Quesada y su grupo plutocrático-mediático de poder, soñaban con un poderoso ministerio, un súper-ministerio, controlador (“rector”, eufemísticamente le llamaban), de todo el empleo público estatal y todo lo que se deriva de ese control en su dinámica cotidiana.

Soñaron que el Ministerio de Planificación Nacional y Política Económica (Mideplan), hasta hoy debilucho y deslucido, pasase a ser una monstruosa entidad de poder real, absoluto, de corte autoritario-totalitario y con tendencias a lo dictatorial; totalizante, a tono con los contenidos del modelo ideológico y político-económico del todo mercado-nada Estado.

Las pretensiones totalitarias de control gubernamental-central absoluto del aparato estatal, se estrellaron contra el fallo constitucional y si bien éste puede presentar ranuras y rendijas como para que estos afanes de dictadorzuelo tercermundista, sigan intentando imponer su afán totalizante a toda la sociedad, recibieron contundente rechazo del guardián jurídico de la Constitución: la Sala IV.

¡Bueno! La Sala IV se vio entre la espada y la pared. La contundencia de las argumentaciones de toda naturaleza y procedencia a favor de la naturaleza originaria, constitucionalmente hablando, de las autonomías, fueron inobjetables al punto de que no quedaba más remedio que declarar inconstitucionales las pretensiones del golpismo parlamentario en contra de las autonomías establecidas en la Carta Magna de 1949.

La Sala IV se jugaba su credibilidad y su legitimidad. La salvó a medias quedando bastante maltrecha pues la cohonestación ideológica de que la situación fiscal del país puede “tolerar” violaciones a los Derechos Humanos, como ya lo dijo antes, está latente en este pronunciamiento.

Los y las golpistas pretendieron el control del Poder Judicial, del Tribunal Supremo de Elecciones (TSE), del régimen municipal, de la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS), así como de las universidades público-estatales.

Copiado del resumen-comunicado de prensa que emitió la Sala Cuarta sobre su fallo con relación al proyecto Ley Marco de Empleo Público, en lo que interesa, tenemos:

  • Por unanimidad se evacua la consulta, en el sentido de que el artículo 2 inciso a) no es por sí mismo inconstitucional, en cuanto incluye al Poder Judicial y al Tribunal Supremo de Elecciones en un marco regulatorio general de empleo público, pero sí lo es por sus efectos, porque algunas de sus normas vacían de contenido el principio de separación de poderes.
  • Por unanimidad se evacua la consulta, en el sentido de que el artículo 6 es inconstitucional en cuanto somete a las universidades públicas a la potestad de dirección del Poder Ejecutivo.
  • Por unanimidad se evacua la consulta, en el sentido de que el artículo 6 es inconstitucional, en cuanto somete a la CCSS a la potestad de dirección del Poder Ejecutivo.
  • Por unanimidad se evacua la consulta, en el sentido de que el artículo 6 es inconstitucional en cuanto somete a las municipalidades a la potestad de dirección del Poder Ejecutivo.

Desde una perspectiva cívico-patriótica y de lucha social, esta intentona del golpismo parlamentario, con apoyo de Alvarado Quesada y su grupo plutocrático-mediático de poder, no debe quedar impune.

Y si no es factible entablar un proceso judicial para pedirles cuentas a los y a las golpistas diputadiles que dieron su voto al proyecto de ley más peligroso jamás tramitado contra la Constitución de 1949, debemos citar sus nombres para los registros históricos. Los y las golpistas fueron:

DEL PLN: 12 GOLPISTAS. Carlos Ricardo Benavides Jiménez, Silvia Hernández Sánchez, Wagner Zúñiga Jiménez, Karine Niño Gutiérrez, Roberto Thompson Chacón, María José Corrales Chacón, Luis Fernando Chacón Monge, Ana Lucía Delgado Orozco, Jorge Luis Fonseca Fonseca, Aida Montiel Héctor, Gustavo Viales Villegas, Yorleny León Marchena.

DE RESTAURACIÓN: 5 GOLPISTAS. Carlos Avendaño Calvo, Xiomara Rodríguez Hernández, Mileydy Alvarado Arias, Eduardo Cruickshank Smith, Giovanny Gómez Obando.

DE NUEVA REPÚBLICA: 5 GOLPISTAS. Harllan Hoepelman Páez, Ignacio Alpízar Castro, Jonathan Prendas Rodríguez, Carmen Chan Mora, Marulin Azofeifa Trejos,

DEL PAC: 8 GOLPISTAS: Nielsen Pérez Pérez, Víctor Morales Mora, Enrique Sánchez Carballo, Carolina Hidalgo Herrera, Luis Ramón Carranza Cascante, Mario Castillo Méndez, Laura Guido Pérez, Catalina Montero Gómez.

DEL PUSC: 1 GOLPISTA. María Vita Monge Granados.

INDEPENDIENTE: 1 GOLPISTA. Zoila Rosa Volio Pacheco.

A estas 32 personas diputadas golpistas, se les debería abrir un juicio político-jurídico. De parte de las corrientes sanas de la lucha social, debemos señalarles con el dedo acusador y denominarlos GOLPISTAS.

Menospreciaron, se burlaron, pactaron a escondidas de los procedimientos parlamentarios; invisibilizaron gran cantidad de sólidas argumentaciones que les advertían de los graves atentados a la Constitución que tenía ese proyecto de ley.

Además, traicionaron su juramento constitucional y se entregaron a las órdenes políticas de un poder político-mediático fáctico que nunca ha participado en una elección. Los y las golpistas, las diputaciones golpistas merecen el deshonor de la Patria.

De los temas macro-fiscales y de los atentados a los derechos laborales internacionales que tal fallo constitucional contiene, eso es para otros escritos, también igual de relevantes. Lo que nos interesa a partir de ahora, es poner la palabra-concepto golpista antes del nombre de cada una de esas personas diputadas a las cuales debamos citar o nombrar por diversas razones.

Tres ejemplos: el golpista diputado Carlos Ricardo Benavides Jiménez, la golpista diputada Yorleny León Marchena, el golpista diputado Víctor Morales Mora.