El “consejo cívico contra la corrupción”

Por: Albino Vargas Barrantes, Secretario General de la ANEP

El señor diputado don Mario Redondo Poveda ha venido planteando que la corrupción en nuestro país, estaría representando un 7 por ciento del Producto Interno Bruto (PIB), basándose en datos que está proporcionando el gobierno de los Estados Unidos, en su International Narcotics Control Strategy Report (Volumen I: Drug and Chemical Control), emitido con fecha marzo de 2018, por el Bureau for International Narcotics and Law Enforcement Affairs, del United States Department of State (página 141 para el caso de Costa Rica).

La probabilidad de que este dato sea completamente real es altísima. Si cada punto PIB está representando en estos momentos unos 350 mil millones de colones (350.000.000.000), entonces la sociedad, por culpa de su estamento corrupto, estaría dejando de percibir unos 2 billones 450 mil millones de colones, ¡al año! (2.450.000.000.000).

Lo que actualmente sabemos de casos de corrupción, entonces, es una pequeñísima parte. Para que haya corrupción, al menos dos deben ponerse de acuerdo. Y, por lo general, uno está en la esfera pública y otro en la privada. Indudablemente, el fenómeno de la corrupción está muy estudiado y los expertos tienen definidos varios conceptos y diversas categorizaciones, clasificaciones, tipificaciones; así como parámetros para medir su impacto en contra del bien común, de la integridad y de la inclusión sociales.

La corrupción, con ropaje legal o sin él, en el seno de la institucionalidad pública costarricense ha estado impactando al pueblo costarricense de manera muy dramática en los últimos gobiernos, incluido el que está por terminar. Es de enorme notoriedad la constatación pública de que, pese a la honestidad abrumadora con la cual se ejecuta la actividad empresarial privada, los más impactantes casos de corrupción tiene en el primer nivel a hombres de negocios de, hasta un determinado momento, “intachable prestigioso, como los ya célebres casos del cemento y del plástico”.

Por otra parte, de la misma manera en que la abrumadora mayoría de la actividad empresarial privada se ejecuta con honestidad; de esa misma manera la contundente mayoría del conglomerado laboral asalariado del sector público, ejecuta su quehacer cotidiano para la sociedad, con la misma honestidad.

Sin embargo, los corruptos de uno y de otro sector se las agencian para implementar la más variada articulación de artimañas y de estratagemas; y, en esas oficinas y ámbitos públicos donde se tejen esas maniobras para estafar a la sociedad con negocios turbios y con entrega de sobornos y coimas, el personal honesto que las detecta cae presa del miedo ante la posibilidad de que esa corruptela, bien apadrinada, amenace su propia estabilidad laboral, su propia integridad personal y familiar; facilitándose así que se establezca un entorno amenazante que instaura el silencio, generándose una complicidad tácita alimentada por el paralizante terror de ser víctima de diversas formas de acoso: laboral, psicológico, político, emocional, físico, económico.

¡Y no nos engañemos! Hay muchas esferas del servicio público contaminadas con el germen de la corrupción, pese a que, repetimos, la honestidad es el valor imperante en la abrumadora mayoría del personal público que presta dichos servicios y de los agentes empresariales privados que interactúa con éste en la concreción de la diversidad de gestiones inherentes al funcionamiento del aparato estatal.

Nadie, quien hace las cosas honestamente, debe sentirse ni molesto ni aludido por cuanto indiquemos que esta sintomatología corrupta y su patología social está en el sistema aduanero, está en de la salud y la seguridad social, en el sistema de gestión de infraestructura vial, en el seno de la diversidad de la prestación de servicios de seguridad ciudadana, en el ámbito municipal, en el ámbito penitenciario, en el bancario, en el turístico, etc.

Particularmente, que en el tributario la cuantificación oficial de todas las formas de evasión y de robo impuestos, supera los 8 puntos PIB (unos 2 billones 800 mil millones de colones), supone que el entramado corrupto para que esta monstruosidad de crimen social esté vigente, es bastante arraigado y complejo.

¿Por qué no pensamos en algún sistema de protección para toda aquella persona ligada salarialmente al empleo público, e incluso, a toda aquella persona del sector privado, que entra en conocimiento de prácticas corruptas (ya sea en gestación, en desarrollo y/o consumadas); que está dispuesta a denunciar pero que el miedo paralizante a sufrir algún tipo de daño, le impide hablar? Y mientras llega una sólida intervención policial-judicial, ¿por qué no pensar en el establecimiento de algún tipo de instancia, no necesariamente jurídico-institucional en cuanto tal, pero sí que genere nivel de confianza y de credibilidad en quien desee denunciar presunta corrupción, pero que se le garantice diverso tipo de apoyo protector en su propia unidad o esfera de trabajo, para evitar que el presunto corrupto o corruptor no se le venga encima con diversas modalidades de acoso, o incluso, valiéndose para ello de sus propias e insanas conexiones políticas?

Esta idea a la cual, preliminarmente la hemos bautizado con el hombre de “Consejo Cívico Contra la Corrupción”, la estamos planteando por esta vía pública a los dos señores Alvarado y, tanto el que gane el domingo como el que pierda, pueda valorar un impulso gestor para conformar tal consejo, con personas y organizaciones civiles de distinta procedencia y con trayectoria de honestidad y de posición fuerte contra la corrupción. Sobran costarricenses que podrían darle contenido a esta idea en cuanto a su eventual concepción, composición, procedimientos y otros. Honorables señores Alvarado, tienen ustedes la palabra.

Publicado en diario Extra, miércoles 28 de marzo de 2018.

ANEP logra el pago retroactivo por reajuste salarial para trabajadores de la Municipalidad de La Unión

Se trata de 13 trabajadores de la Municipalidad de la Unión, que con el apoyo de la Unidad de Asesoría Jurídica de la ANEP, iniciaron un proceso legal debido a un reajuste salarial por costo de vida que no se aplicó en el periodo comprendido entre al año 2009 al año 2014.

Manifestantes piden a dos magistrados que se inhiban de conocer consulta por Proyecto de Empleo Público

Frente a la Sala Constitucional, un grupo de manifestantes piden a los magistrados que se respete la Constitución Política y que se desliguen de conocer la consulta constitucional por el Proyecto de Empleo Público a los magistrados Nancy Hernández López y a Fernando Castillo Víquez.

“(…) hacemos un vehemente llamado al magistrado Fernando Castillo Víquez y a la magistrada Nancy Hernández López, ambos de la Sala Constitucional, a efecto de que se inhiban de conocer la consulta de constitucionalidad interpuesta por 15 diputados y diputadas de la asamblea legislativa en contra del proyecto de Ley Marco de Empleo Público”, indica el documento.

La petición surge debido a que se ve comprometida la objetividad de los magistrados para resolver la consulta por los lazos que los unen con el presidente de la República, Carlos Alvarado, quien es el principal interesado en la aprobación de esta ley para conseguir el préstamo con el Fondo Monetario Internacional (FMI) por $1.750 millones.

En el caso del magistrado Fernando Castillo Víquez, se solicita la inhibición ya que su hija, trabaja en el Departamento Legal de Casa Presidencial, decir que es una persona cercana Presidente de la República y eso debería ser motivo suficiente.

Mientras que la magistrada, Nancy Hernández López, será candidata a jueza de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, este hecho fue ratificado por la página oficial del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto y por la página de la Presidencia de la República.

“No cabe la menor duda de que quien propone la candidatura de la magistrada Hernández es el Poder Ejecutivo, específicamente el señor Presidente de la República, lo que hace suponer que la promoción de dicha candidatura requiere una amplia y estrecha comunicación entre la señora magistrada y el señor Presidente de la República”, agrega el documento.

Además, solicitan a los magistrados que se respete la Constitución Política y se declaren todas las inconstitucionalidades que contiene el Proyecto de Ley Marco de Empleo Público “Nos apersonamos ante esta Sala a Exponer la preocupación que nos embarga con la aprobación en primer debate del nefasto Proyecto Ley Marco de Empleo Público, Expediente Legislativo 21.336, hoy día en consulta ante esta Sala Constitucional”, indica.

Con la aprobación de este proyecto se violentaría la independencia y autonomía funcional del Poder Judicial, ya que tiene múltiples normas, donde se le da al Poder Ejecutivo o a órganos del Poder Ejecutivo, la posibilidad de entrometerse en aspectos medulares del funcionamiento del Poder Judicial.

Por otra parte, se violenta la Constitución Política al darse esa misma intromisión en las universidades públicas que gozan, según ésta, de autonomía; así como también se violentan en el indicado proyecto de ley, las autonomías de las municipalidades y de la Caja Costarricense de Seguro Social.  

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SITRAP denuncia despidos irregulares en finca agrícola en Siquirres

La denuncia del Sindicato de Trabajadores de Plantaciones Agrícolas (SITRAP), se da luego de conocer la carta de despido entregada a 60 trabajadores y trabajadoras de la finca Bananera Corcega S.A, propiedad del reconocido político Antonio Álvarez Desantí.

Sala Cuarta y Empleo Público

Por: Albino Vargas Barrantes, Secretario General ANEP

En estos mismos momentos en que usted nos hace el honor de leer este artículo, en la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia, la conocida Sala Cuarta, se examina la denominada Consulta Facultativa de Constitucionalidad promovida por varios señores diputados y por varias señoras diputadas, sobre el proyecto denominado Ley Marco de Empleo Público, expediente legislativo No. 21.336. Se trata de un voluminoso documento de 247 páginas.

Como ciudadano costarricense que soy, le comparto a usted un sentimiento muy extendido entre amplios sectores de nuestra comunidad nacional, acerca del contexto sociopolítico en que el indicado alto tribunal de la República entra al análisis de la mencionada consulta legislativa. Se trata de consideraciones que, con respeto y con sinceridad, dejamos plasmadas en el presente comentario.

Desde este lado de la acera estamos convencidos de que la Sala Cuarta está analizando el expediente más delicado y sensible desde que ella misma fue establecida, en 1989; incluso, mucho más sensible que el proyecto de ley que comúnmente fue conocido como combo fiscal, que tuvo que analizar a finales del año 2018.

Bastantes personas, sectores, gente muy bien informada y documentada; juristas de mucho talante en materia de Democracia y de división de poderes e, incluso, especialistas en Derecho Internacional en el campo de los Derechos Humanos y de los conceptos filosófico-ideológicos e históricos en materia democracia representativa; han estado alertando de que este proyecto, Ley Marco de Empleo Público, representa (en palabras y conceptos nuestros), un Golpe de Estado parlamentario a la Constitución de 1949.

Sin embargo, para el primer debate que dio la actual Asamblea Legislativa a tal proyecto, 32 personas diputadas desoyeron toda la amplia gama de criterios sólidamente fundamentados, que alertaban de la colección de inconstitucionalidades que el mismo contiene; sin que se dieran argumentos del mismo peso y talante a su favor, como los esgrimidos por la oposición sociopolítica y civil al expediente legislativo 21.336.

Vistas así las cosas, muchos tememos que se repita la historia en cuanto a que la lucha de poder en el seno de la alta magistratura incida en el pronunciamiento de la Sala Cuarta, tal y como pasó con el proyecto de combo fiscal. Siguen existiendo dos bandos en las alturas del olimpo judicial del país y esto no es ninguna novedad. Por el contrario, es un secreto a voces.

Uno de ellos, está firme en cuanto a considerar que la piedra angular de la estabilidad política del país sigue siendo la Constitución Política del 7 de noviembre de 1949. El bando pro-Constitución es el que, precisamente, estima que la Constitución de 1949 debe estar por encima de lo fiscal, pues son los Derechos Humanos y el Humanismo cristiano lo que da fundamentación a nuestra actual Carta Magna.

El otro bando cree que es la estabilidad macroeconómica-fiscal de signo neoliberal, lo que permite que el país “flote”, aunque haya miles y miles de personas ahogadas por la desigualdad social y por la exclusión económica. Para este bando, la Constitución de 1949 está en segundo plano pues es lo fiscal lo que controla el todo de la sociedad.

En ocasión del conflicto sociopolítico nacional con el proyecto del combo fiscal (hoy ley 9635, ampliamente repudiada en los más diversos sectores sociales), creímos que, luego del pronunciamiento de Corte Plena, en el sentido de que el combo fiscal le afectaba en cuanto a la organización y al funcionamiento del Poder Judicial; creímos que (repetimos), que la Sala Cuarta diría que se ocupaban 38 votos, mayoría calificada, para convertir en ley al expediente legislativo 20.580, en ese entonces. ¡No resultó así! La magistratura constitucional dijo que no era necesario tal mayoría calificada y el combo pasó, en segundo debate, con 34 votos diputadiles. Lo fiscal de signo neoliberal se impuso a lo constitucional de signo humanista.

¿Influirá esta pugna político-ideológica al momento de la emisión del pronunciamiento constitucional a la consulta diputadil con relación al proyecto Ley Marco de Empleo Público? El ciudadano que escribe esto que usted está leyendo piensa que sí.

Se nos dio cuenta de que durante la tramitación legislativa del indicado proyecto mucho de su contenido llegó extraparlamentariamente. Hubo reuniones secretas, espuriamente denominadas “sesiones de trabajo”, en las cuales se dio línea acerca de cómo debía ser redactado ese proyecto Ley Marco de Empleo Público (o, al menos, los artículos más sensibles del mismo).

Un amanuense que se percibe a sí mismo como el único capaz de interpretar la verdad contenida en la Constitución Política del 7 de noviembre de 1949, ejecutó una especie de sicariato ideológico en contra de la misma a la hora de la tramitación de tan perversa iniciativa. Sus criterios, lamentablemente, fueron incluidos en la misma pues la base de su imposición fue la ignorancia diputadil en no pocos casos.

Ahora está pretendiendo hacer lo mismo con la Sala Cuarta, mediando mensajes teledirigidos a la misma, sin descartar que haya otras formas comunicacionales secretas para lograr que le pase al proyecto Ley Marco de Empleo Público lo mismo que pasó con el combo fiscal: el totalitarismo fiscalista de signo neoliberal se impuso a la forma costarricense de organizar constitucionalmente su vida en sociedad.

Demandan a Hacienda y Min. Planificación por suspensión de aumentos por costo de vida

El abogado Fabián Gamboa Corrales, fue quien presentó la demanda tras un poder otorgado por parte de un funcionario de la imprenta nacional, ya que se considera que se afecta un derecho constitucional y supraconstitucional.

ANEP consulta a bancos estatales y al INS si mantienen líneas de crédito a H Solís y a MECO

La Asociación Nacional de Empleados Públicos y Privados (ANEP), envió el día miércoles 24 de junio, una carta a los diversos gerentes generales de los bancos estatales del país, así como al Instituto Nacional de Seguros (INS), solicitado información sobre si estas entidades financieras mantienen alguna línea de crédito con las empresas de construcción H Solís y MECO.

La carta dirigida a los Gerentes Generales del Banco Popular y de Desarrollo Comunal (BPDC), Banco Nacional (BNCR), Banco de Costa Rica (BCR) y Presidencia Ejecutiva del INS, pretenden indagar sobre cuántos prestamos mantienen con las constructoras investigadas en el caso “Cochinilla”, así como los montos, tipo de divisa, plazos y garantías negociadas.

Lo anterior, según la ANEP, con base en el derecho de información y pronta respuesta tutelado en los Artículos 27 y 30 de Constitución Política de Costa Rica, y con base en lo dispuesto en la Ley No. 9097 sobre la Regulación del Derecho de Petición.

Albino Vargas Barrantes, Secretario General de la ANEP, detalló que las alarmas para realizar la consulta a estas instituciones, se encendieron, considerando lo que ha pasado con otros consorcios empresariales que se han visto en aprietos y también ha estado involucrada o puesta en riesgo plata del sistema bancario público, el caso más reciente el de Juan Carlos Bolaños y el denominado “Cementazo”.

Otra de las situaciones que habría impulsado él envió de la misiva, se debe a que en apariencia MECO, habría tenido problemas con un importante banco privado en Panamá, y este último le habría cancelado una línea de crédito por 20 millones de dólares.   

“Dado el volumen de dinero y magnitud económica de estas dos súper empresas constructoras que mantenían un duopolio, queremos saber si los bancos estatales le prestaron plata, queremos que nos den estos datos. Nos preocupa en gran medida, que el Ministro del MOPT anunció que no darán más contratos a estas empresas, lo que podría provocar una quiebra de estas compañías y entonces que pasará con toda la plata que deben a una multiplicidad de acreedores. A lo mejor hay plata que deben a la banca pública o al INS, y si los bancos tienen perdidas por esos créditos, es el pueblo que deberá pagarlos”, manifestó el Secretario General de la ANEP.

En el caso de la carta enviada a la presidencia ejecutiva del INS, en esta también se incluye una solicitud con respecto a los seguros de caución, y si alguna de estas empresas adquirió alguno con la institución y de ser así, conocer cuáles son los montos asegurados y si se le dio un trato especial.

 “Es de nuestro conocimiento y ya público, que el actual ministro de hacienda Elián Villegas y ex presidente ejecutivo del INS, tuvo una relación de 14 años con la empresa H Solís, así lo comprueba la documentación en nuestro poder, de ahí nuestros cuestionamientos con respecto a posibles líneas de financiamiento con el INS y los seguros de caución”, enfatizó Vargas.

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Sala Cuarta y Empleo Público

Albino Vargas Barrantes, Secretario General (ANEP)

En estos mismos momentos en que usted nos hace el honor de leer este artículo, en la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia, la conocida Sala Cuarta, se examina la denominada Consulta Facultativa de Constitucionalidad promovida por varios señores diputados y por varias señoras diputadas, sobre el proyecto denominado Ley Marco de Empleo Público, expediente legislativo No. 21.336. Se trata de un voluminoso documento de 247 páginas.

Como ciudadano costarricense que soy, le comparto a usted un sentimiento muy extendido entre amplios sectores de nuestra comunidad nacional, acerca del contexto sociopolítico en que el indicado alto tribunal de la República entra al análisis de la mencionada consulta legislativa. Se trata de consideraciones que, con respeto y con sinceridad, dejamos plasmadas en el presente comentario.

Desde este lado de la acera estamos convencidos de que la Sala Cuarta está analizando el expediente más delicado y sensible desde que ella misma fue establecida, en 1989; incluso, mucho más sensible que el proyecto de ley que comúnmente fue conocido como combo fiscal, que tuvo que analizar a finales del año 2018.

Bastantes personas, sectores, gente muy bien informada y documentada; juristas de mucho talante en materia de Democracia y de división de poderes e, incluso, especialistas en Derecho Internacional en el campo de los Derechos Humanos y de los conceptos filosófico-ideológicos e históricos en materia democracia representativa; han estado alertando de que este proyecto, Ley Marco de Empleo Público, representa (en palabras y conceptos nuestros), un Golpe de Estado parlamentario a la Constitución de 1949.

Sin embargo, para el primer debate que dio la actual Asamblea Legislativa a tal proyecto, 32 personas diputadas desoyeron toda la amplia gama de criterios sólidamente fundamentados, que alertaban de la colección de inconstitucionalidades que el mismo contiene; sin que se dieran argumentos del mismo peso y talante a su favor, como los esgrimidos por la oposición sociopolítica y civil al expediente legislativo 21.336.

Vistas así las cosas, muchos tememos que se repita la historia en cuanto a que la lucha de poder en el seno de la alta magistratura incida en el pronunciamiento de la Sala Cuarta, tal y como pasó con el proyecto de combo fiscal. Siguen existiendo dos bandos en las alturas del olimpo judicial del país y esto no es ninguna novedad. Por el contrario, es un secreto a voces.

Uno de ellos, está firme en cuanto a considerar que la piedra angular de la estabilidad política del país sigue siendo la Constitución Política del 7 de noviembre de 1949. El bando pro-Constitución es el que, precisamente, estima que la Constitución de 1949 debe estar por encima de lo fiscal, pues son los Derechos Humanos y el Humanismo cristiano lo que da fundamentación a nuestra actual Carta Magna.

El otro bando cree que es la estabilidad macroeconómica-fiscal de signo neoliberal, lo que permite que el país “flote”, aunque haya miles y miles de personas ahogadas por la desigualdad social y por la exclusión económica. Para este bando, la Constitución de 1949 está en segundo plano pues es lo fiscal lo que controla el todo de la sociedad.

En ocasión del conflicto sociopolítico nacional con el proyecto del combo fiscal (hoy ley 9635, ampliamente repudiada en los más diversos sectores sociales), creímos que, luego del pronunciamiento de Corte Plena, en el sentido de que el combo fiscal le afectaba en cuanto a la organización y al funcionamiento del Poder Judicial; creímos que (repetimos), que la Sala Cuarta diría que se ocupaban 38 votos, mayoría calificada, para convertir en ley al expediente legislativo 20.580, en ese entonces. ¡No resultó así! La magistratura constitucional dijo que no era necesario tal mayoría calificada y el combo pasó, en segundo debate, con 34 votos diputadiles. Lo fiscal de signo neoliberal se impuso a lo constitucional de signo humanista.

¿Influirá esta pugna político-ideológica al momento de la emisión del pronunciamiento constitucional a la consulta diputadil con relación al proyecto Ley Marco de Empleo Público? El ciudadano que escribe esto que usted está leyendo piensa que sí.

Se nos dio cuenta de que durante la tramitación legislativa del indicado proyecto mucho de su contenido llegó extraparlamentariamente. Hubo reuniones secretas, espuriamente denominadas “sesiones de trabajo”, en las cuales se dio línea acerca de cómo debía ser redactado ese proyecto Ley Marco de Empleo Público (o, al menos, los artículos más sensibles del mismo).

Un amanuense que se percibe a sí mismo como el único capaz de interpretar la verdad contenida en la Constitución Política del 7 de noviembre de 1949, ejecutó una especie de sicariato ideológico en contra de la misma a la hora de la tramitación de tan perversa iniciativa. Sus criterios, lamentablemente, fueron incluidos en la misma pues la base de su imposición fue la ignorancia diputadil en no pocos casos.

Ahora está pretendiendo hacer lo mismo con la Sala Cuarta, mediando mensajes teledirigidos a la misma, sin descartar que haya otras formas comunicacionales secretas para lograr que le pase al proyecto Ley Marco de Empleo Público lo mismo que pasó con el combo fiscal: el totalitarismo fiscalista de signo neoliberal se impuso a la forma costarricense de organizar constitucionalmente su vida en sociedad.