Covid-19: Faltante de personal en la Policía de Migración dificulta controlar puntos ciegos en el cordón fronterizo

Ante la emergencia sanitaria que vive el país por la pandemia Covid-19 y las disipaciones emanadas desde Casa Presidencial para restringir el acceso de extranjeros al país, ha quedado evidenciado el faltante de personal de la Policía Profesional de Migración y Extranjería, esta última no da abasto para controlar los puntos ciegos fronterizos a lo largo de 300 kilómetros.

Luego de ochos días de ser aplicada la medida de cierre de fronteras en el país, esta es la posición y análisis que realiza la Seccional ANEP-Policía Profesional de Migración y Extranjería (PPME),  quien destaca el esfuerzo diario para cumplir a cabalidad con las disposiciones.

“Son más de 300 kilómetros de frontera y pocos los policías. Sabemos del esfuerzo qué han realizado los oficiales de la Policía Profesional de Migración en las Oficinas Policiales Regionales del Cordón Fronterizo de lado norte de nuestro país, empezando por Limón, seguimos hacía Guápiles, Sarapiquí, San Carlos, Los Chiles, Upala y Peñas Blancas, para evitar el ingreso de personas por puntos no autorizados, esto en coordinación con otros Cuerpos Policiales, pero es evidente el faltante de personal”, manifestó Gerardo Mora Ordóñez, presidente de la Seccional

La seccional ANEP-PPME ha insistido ante diversas instancias políticas de la necesidad de dotar de más personal y recursos a este cuerpo policial, que desarrolla una estratégica función en el resguardo de la seguridad del país.

“Esperamos una solución pronta a éste problema qué es de varios años, instamos al Gobierno, a los diputados y las diputadas para qué se le dé a la Policía Profesional de Migración los recursos qué se necesitan para poder realizar el trabajo de campo y control migratorio en el territorio nacional, principalmente en los puntos ciegos qué hemos detectado y qué son de conocimiento de todas las autoridades policiales”, dijo Mora.

Para la seccional,  es importante hacer énfasis de que la medida implementada de control al día de hoy, es debido al constante cambio en las conductas sociales de seguridad y salud pandémica presentadas a la fecha, lo que evidencia que es un tema de constante evolución y sorpresas; donde desde años antes se viene requiriendo o arrastrando un gran faltante de oficiales de migración, bien sea para cubrir funciones a lo largo de las fronteras costarricenses, aeropuertos, centros de aprehensiones, así como en operativos en territorio nacional , entre otros.

Éstos son algunos de esos puntos ciegos qué no son de ahora, tienen muchos años de existir.

Puntos ciegos en Limón: Matina (la barra de mahuanba), Batán, Siquirres (Barra de Parismina), Guácimo, Pocora, El Humo, Jiménez.

Puntos ciegos en Sarapiquí: Caño Las Marías, Caño La Tigra y Lomas de Boca Sarapiquí.

Puntos ciegos en San Carlos: Boca Tapada, Boca San Carlos, Cureña, Cureñita, Cureñón, Caño la Venada,  El Castillo, Pital.

Puntos ciegos en Los Chiles: Todo el cordón de Las Tablillas  (incliyendo Cevichito), el Empalme de Los Chiles, Cuatro Esquinas, Medio Queso, la Trocha, Palo Arco, Coopevega, San Humberto, Tiricias, Crucitas , entre otros.

Puntos ciegos en Upala: México de Upala, San Antonio, San Isidro, Berlín, Homuza, El Delirio, El Manzano, El Mojón (La Cruz), Nazareth.

Puntos ciegos en Peñas Blancas: Las Tecas/Macorì, Cabalceta por Cruz Blanca, Mauro, Los Castanos, Callejón/Managüita, Álvaro la Teca, Juan Bululo, Gavilán, Cabinas Las Guido, Tona, Esquina del Muro, El Guanacaste, El Papaturro, Esquina bar la Macha.

Otros lugares: Las Vueltas, Conventillos, Copalchi, El Valle, Las Pampas, Pueblo Nuevo, La Libertad, La Garita, Los Andes, IAFA (DEL ORO), Santa Cecilia, Santa Elena, El Caoba, Piedras Azules.

Marítimo: Puerto Soley, el Jobo, Cuajiniquil

Proyecto de ley que autoriza reducción de jornada laboral por emergencia nacional precariza las condiciones de trabajo

El Proyecto de ley responde en exclusiva a los intereses económicos del sector empresarial, su contenido adolece de una serie de falencias que terminan perjudicando, aún más, al sector obrero.

La Asociación Nacional de Empleados Públicos y Privados (ANEP), en conjunto con el Sindicato de Trabajadores de Plantaciones Agrícolas (SITRAP), se pronuncian sobre la propuesta de legislación que está presentando el Gobierno de la República mediante el  proyecto de ley denominado “Ley que autoriza la reducción de jornadas ante la declaratoria de emergencia nacional por emergencia sanitaria ocasionada a causa de una pandemia” , el cual afecta considerablemente a la clase obrera.

Es importante resaltar que esta misma propuesta había sido ya planteada en el proyecto de ley 18.080 denominado “Ley que garantiza la aplicación de medidas temporales para la protección del empleo en los tiempos de crisis”, mismo que se tramitó, sin éxito, en la Asamblea Legislativa durante la Administración de Laura Chinchilla Miranda, con el apoyo decidido de las cámaras empresariales.

Ahora, aprovechando el contexto de la actual crisis que vive el país a causa de la pandemia del Covid-19, el empresariado nacional y su Gobierno, retoman la iniciativa de ley que nos la presentan como una medida “necesaria” para proteger el empleo.

La ANEP y el SITRAP ven con buenos ojos cualquier medida tendente a proteger el empleo, pero hace ver que, en orden de prioridad, se debe proteger a los trabajadores y a las trabajadoras. Desde esta perspectiva, criticamos este proyecto de ley, precisamente, porque lejos de proteger a las personas trabajadoras, no hace otra cosa que precarizar las condiciones de trabajo, pero sí favorece los intereses económicos de las empresas

En nuestra opinión, el Gobierno debería dirigir sus esfuerzos por ayudar a las empresas, especialmente a las micro, pequeñas y medianas; dándoles facilidades para que puedan enfrentar la crisis, pero sin cargar la factura a los trabajadores y a las trabajadoras que es lo que, a la postre, hace este proyecto de ley. Además, de que el contenido de este último adolece de una serie de falencias que terminan perjudicando, aún más, al sector obrero.

Para empezar, como es ya estilo en todas las propuestas de reforma legal al marco jurídico que regula las relaciones laborales del país que promueven los grupos de poder económico y las cámaras empresariales; el proyecto omite, por completo, tener en cuenta la negociación colectiva como instrumento idóneo para resolver los problemas del mundo del trabajo.

La propuesta de ley parte de la visión autoritaria y unilateralista de las relaciones de trabajo, donde la participación de los trabajadores y de las trabajadoras, así como la representación sindical, no tienen cabida.

El proyecto de ley no prevé, si quiera, la posibilidad de que la reducción de la jornada sea negociada con los trabajadores y con las trabajadoras en aquellas empresas donde existe organización sindical que, si bien es cierto son pocas en el país, las hay.  Es la visión antisindical que prevalece en el Gobierno.

A parte de lo anterior, nos preocupa puntualmente ver que los requerimientos exigidos en el artículo 3 del proyecto para la autorización de la reducción de la jornada, son muy laxos.

Basta con que el empresario presente una declaración jurada manifestando afectación en sus ingresos y que aporte “los datos correspondientes”, para que el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS), otorgue la autorización. Si bien el artículo prevé que dichos datos pueden ser verificados por el MTSS, la consabida limitada capacidad de gestión que tiene este ministerio, nos permite entender que el sistema de control no funcionará y las autorizaciones serán dadas de manera automática.

Consideramos pertinente que, cuando menos, se exija al empresario solicitante de la autorización que, aparte de la declaración jurada, deberá demostrar la reducción de los ingresos mediante un estudio contable debidamente certificado por un profesional competente, y que éstos sean debidamente verificados por la autoridad competente, previo a emitir la autorización.

De igual forma, echamos de menos en el proyecto la participación del Consejo Nacional de Salarios (CNS). Al considerar que la reducción de la jornada implica, en esencia, una reducción drástica de los salarios pues esto constituye el corazón de la medida; y dado que el proyecto no posibilita la participación obrera por medio alguno, cuando menos debería dársele participación al CNS a fin de que este órgano, que es de conformación tripartita, sea el que emita los lineamientos que deben seguirse para la implementación de una medida como la planteada; y que estos lineamientos respondan a criterios más técnicos y según la realidad puntual que tenga cada sector productivo frente a la crisis.

Nos preocupa, también, que se establezca la posibilidad de reducir la jornada en un 75 % en aquellos casos en los que se aduzca la reducción de ingresos al 60 %.  Llama la atención ver cómo los proponentes del proyecto, en la versión definitiva del texto, han socado aún más el torniquete sobre el cuello de los trabajadores y de las trabajadoras, pues en la versión original del proyecto, la medida quedaba limitada al sector turismo y la reducción de la jornada no sobrepasaba el 70 %. Ahora, se propone como regla general que aplicaría a favor de cualquier empresa y reduciendo el salario de los trabajadores apenas al 25 %.

Esta medida, a todas luces desproporcionada, no toma en cuenta que reducir el salario de los trabajadores y de las trabajadoras a una cuarta parte, implicaría condenar a los perjudicados a una situación calamitosa, pues con el ingreso percibido no podrían atender siquiera las necesidades más elementales de subsistencia.

Esta medida, violenta de manera grosera las medidas de protección al salario previstas en la legislación laboral, y viola el derecho fundamental que tiene toda persona trabajadora a devengar un salario que le permita una existencia digna, según lo ordena el artículo 57 de nuestra Constitución Política.

Una reducción del salario como la que se plantea en este proyecto de ley, ni siquiera permitiría a la persona trabajadora sufragar los gastos que le demanda la actividad laboral como lo son la alimentación, el transporte o la vestimenta.

Mucho más preocupante es ver cómo el proyecto de ley ni siquiera establece excepciones a la reducción de la jornada, como medida para proteger a las personas más vulnerables, o a aquellas en estado de necesidad especial.

Permitir que sea el empleador quien, de manera autoritaria, unilateral y discrecional, decida a qué contratos se le aplica la reducción de la jornada sin condicionamientos de ningún tipo, es poner en manos del empleador una potestad desproporcionada que puede fomentar todo tipo de abusos.

Por las mismas razones antes expuestas, consideramos inaceptable que en el proyecto de ley se establezca, como se hace en el artículo 7, la posibilidad de aplicar la reducción de la jornada incluso a trabajadores aforados o trabajadoras aforadas, pues tal medida socava y deja sin efecto la protección especial que el ordenamiento jurídico prevé para este tipo de personas trabajadoras.

Piénsese en la grave situación en que quedarían, por ejemplo, las trabajadoras en estado de embarazo o en período de lactancia, mismas que verían sus ingresos reducidos drásticamente cuando sus familias, mayor seguridad y estabilidad económica requieren.

En definitiva, en nuestra opinión, este proyecto de ley, lejos de darnos una solución al problema que enfrenta el país, viene a agravarlo, por cuanto no hace más que trasladar a los trabajadores y a las trabajadoras los riesgos de empresa frente a una crisis que ni es culpa de ellos ni de ellas; sino que, además, frente a tal crisis son estas personas trabajadoras las más vulnerables y, por tanto, quienes mayor protección requieren por parte del Estado.

Finalmente, apuntamos una omisión que no por obvia resulta innecesaria. El proyecto de ley no contempla ninguna medida compensatoria a favor de los trabajadores perjudicados y de las trabajadoras perjudicadas con la rebaja de sus salarios.

Si la intención  real del proyecto es proteger el empleo, resulta absolutamente indispensable establecer medidas especiales y reales  de protección a favor de los trabajadores y de las trabajadoras, como lo podría ser la prohibición del despido injustificado a las personas que se les aplique la reducción de la jornada y su consecuente rebaja de salario; o limitar las facultades del ius variandi, de manera que el empleador, a parte de la reducción de la jornada, no pueda introducir en paralelo ninguna  otra modificación a las  condiciones de trabajo que hagan más gravosa la condición del trabajador o de la trabajadora.

En concordancia con lo anterior, nos preguntamos: ¿por qué no pensar, también, en medidas de carácter económico como podría ser la suspensión de pagos por deudas crediticias o readecuación de cuotas a todas aquellas personas trabajadoras que tienen créditos y se vean afectadas con la pérdida de salario que acarrea la reducción de la jornada que plantea el proyecto de ley, entre otras? En fin, existe infinidad de posibilidades para lograr una propuesta más balanceada.  Desde esta perspectiva, hay que decir que el desequilibrio de intereses que se plasma en el proyecto de ley resulta algo más que odioso.

Por lo anterior, hacemos un llamado a las autoridades políticas y de Gobierno para que desistan de esta iniciativa de ley. En su lugar, se convoque a los representantes del sector productivo y sindical a discutir mejores alternativas que nos permitan enfrentar la crisis con medidas más justas y equitativas, que protejan los intereses de todas las partes y no sólo los de índole económica.

Albino Vargas Barrantes, Secretario General ANEP.

Didier Leitón Valverde, Secretario General SITRAP.

Con la asesoría profesional del

Dr. Esteban Calvo Rodríguez, Especialista en Derecho Laboral.

Sindicato ANEP atento a nombramiento de Director General en el ICD

Mediante una carta al Consejo Directivo del Instituto de Control de Drogas (ICD), la Asociación Nacional de Empleados Públicos y Privados solicitó información sobre los criterios para nombrar al nuevo Director General del ICD.

La solicitud firmada por el representante del sindicato, Albino Vargas Barrantes, indica lo siguiente: “por este medio, en apego al artículo 27 de la Constitución Política y el artículo 32 de la Ley de la Jurisdicción Constitucional me permito solicitarles suministrar la siguiente información:

1. ¿Cuántas y quienes fueron las personas que participaron como oferentes para ocupar los puestos vacantes en la dirección del ICD?

2. ¿Quiénes forman parte de la comisión especial que analizará los atestados de los oferentes y cuál fue el criterio de selección de las personas que forman dicha comisión?

 3. ¿Cuáles son los factores que la comisión antes señalada está analizando (favor mencionar puntualmente los factores sin respuesta generalistas sino puntuales) y qué ponderación se le está brindando a cada uno de ellos para finalmente elevar la recomendación al Consejo Directivo del ICD?

La ley 8204, artículo 111 indica que, para ser nombrados, el director general y el director general adjunto deberán ser mayores de edad, costarricenses, de reconocida solvencia moral, poseer el grado académico de licenciados y experiencia amplia y probada en el campo relacionado con las drogas.

Y será el Consejo Directivo quien designe una comisión especial, encargada de analizar los atestados de los oferentes y luego remitirá su recomendación al Consejo Directivo. El pasado mes, el exministro de la Presidencia, Víctor Morales, dio a conocer la decisión de destituir a Guillermo Araya, como Director del ICD. También, fue separado del cargo el Director Adjunto, Olger Bogantes Campos.

ANEP solicita intermediación del Ministerio de Trabajo por conflictos laborales en el MSP

La Asociación Nacional de Empleados Públicos y Privados (ANEP) solicitó de manera urgente la intervención mediadora-conciliadora del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS) debido a conflictos laborales en el Ministerio de Seguridad Pública (MSP).

“Considerando, desde nuestra propia perspectiva y con sentido crítico, la cuestión de la crisis fiscal y el deterioro de la estabilidad de las finanzas públicas; y, concomitante con ello, lograr una economía procesal tanto al interior del proceso administrativo del Ministerio de Seguridad Pública como en sede judicial que baje radicalmente los costos operativos de la atención de las legítimas demandas de carácter obrero-social y económico del citado cuerpo policial, logrando plena justicia social para éste”, indica la solicitud, la cual además agrega que es urgente y necesario la validación de mecanismos para garantizar la estabilidad de los cuerpos policiales.

La ANEP pidió que se convocara a las máximas autoridades político-ejecutivas del MSP, entre ellas, Michael Soto Rojas, Ministro de Seguridad; Randall Vega Blanco, Viceministro de Seguridad; Comisario Daniel Calderón Rodríguez, Director General Fuerza Pública; Comisionado Allan Obando Flores, Director Policía de Fronteras; Comisario Erick Lacayo Rojas, Director Academia Nacional de Policía; Juan José Arévalo Montoya, Director Policía de Control de Drogas.  Así como a la máxima autoridad política del Ministerio de Hacienda o su representante con poder decisorio, Rodrigo Chaves Robles, Ministro de Hacienda.

Los temas solicitados a conciliar son:

  1. Eliminación del 18% de Riesgo Policial cual el mismo se materializa.
  2. Traslados por “revanchismos” o sin debida fundamentación.
  3. Pago de Alto Riesgo en sede administrativa.
  4. Diferencias por manual de clases.
  5. Roles de servicio.
  6. Libertad sindical en sedes de la Academia Nacional de Policía.
  7. Régimen de pensión para Cuerpos Policiales.

Cuerpos Policiales afiliados a la ANEP reciben capacitación sobre conflictos colectivos

La Asociación Nacional de Empleados Públicos y Privados ANEP, mediante su Unidad de Capacitación y Formación Político-Sindical (UCFPS), realizó el pasado lunes 24 de febrero, la primera de varias capacitaciones dirigidas a los cuerpos policiales afilados a nuestra organización.

Esta primera sesión de capacitación impartida por el especialista en Derecho Laboral, Esteban Calvo, se abordó el tema de conflictos colectivos en cuerpos policiales, situación que genera dudas en el seno de las diversas policías del país sobre su utilización e interpretación.

Conversamos con María Laura Sánchez Rojas, encargada de la Unidad de Capacitación y Formación Político-Sindical (UCFPS), sobre la capacitación y sus alcances.

En esta primera capacitación participaron representantes de las seccionales de la ANEP en Fuerza Pública, Policía Control de Drogas, Policía Profesional de Migración y Extranjería, Cárceles-OIJ, así como Policía Penitenciaria y servicio de Vigilancia Aérea.

Seccional de bibliotecólogos y afines piden a Servicio Civil recalificación de funciones

La Seccional ANEP-Bibliotecólogos y afines solicitó en una reunión con representantes del Servicio Civil una recalificación de las funciones en la profesión de bibliotecología.

Karla Torres Vargas, presidenta de la Seccional de ANEP explicó que en el encuentro se analizaron dos aspectos importantes; uno está relacionado con las funciones que se están dando bajo el Sistema Nacional de Bibliotecas Públicas (SINABI) y el otro, es de aquellos profesionales que también trabajan en educación para el Ministerio de Educación Pública (MEP).

Torres agregó de que son varios factores los que influyeron para que se generara ese cambio de funciones en los bibliotecólogos, por lo tanto, solicitan un reajuste por el recargo adicional a las labores que anteriormente realizaban.

Además, lucharán para que se resuelva un nuevo problema con el cambio de funciones, ya que muchos debieron estudiar una segunda carrera para acoplarse a los cambios implementados, sin embargo, no reciben reconocimiento por ello.

El Ministerio de Educación Pública cuenta con alrededor de 960 bibliotecas en todo el territorio nacional y 389 Bibliocra (Centros de Recursos para el Aprendizaje).

Foto Ministerio de Salud

ANEP logra reconocimiento de la peligrosidad para Gestores Ambientales en el Ministerio de Salud

La Unidad de Asesoría Jurídica (UAJ) de la ANEP ganó el reclamo al Estado para que se reconozca el rubro de peligrosidad a los gestores ambientales del Ministerio de Salud.

Fotografía del Ministerio de Salud

El reclamo se planteó mediante una demanda al Estado por parte de un afiliado de apellido Rojas quien labora en el ministerio y quien había dejado de percibir el pago de ese incentivo salarial desde el año 2006, cuando fue suprimido.

Para nuestra organización sindical, la sentencia es un precedente ya que los Tribunales de Trabajo reconocieron el pago a favor del trabajador y, además, se obtuvo el pronunciamiento de la Sala Segunda de la Corte Suprema de Justicia, voto 2019-001524, en el cual se reconoce el incentivo salarial de peligrosidad de un 5% en favor del trabajador desde el momento en que se demostró que hacía funciones peligrosas.

Este caso ha sido pionero, pues le abre las puertas a que más gestores ambientales del Ministerio de Salud se animen a formular sus respectivos reclamos por el pago de dicho incentivo.

Seccional ANEP-PPME compareció ante Comisión de Seguridad y Narcotráfico

La seccional ANEP-Policía Profesional de Migración y Extranjería (PPME), compareció ante la Comisión Permanente  de  Seguridad  y Narcotráfico de la Asamblea Legislativa, con el objetivo de que se apruebe y se envié al plenario legislativo el expediente Nº20.323, el cual busca dotar de un 5% de recursos provenientes del impuesto a personas jurídicas a la Policía Profesional de Migración y Extranjería.

La comparecencia de la Seccional estuvo liderada por su presidente Gerardo Mora Ordóñez, en compañía de la directiva Johana Fernández Sequeira  y el Secretario General de la ANEP, Albino Vargas Barrantes quienes brindaron sus argumentos que justifican la solicitud de inyectarle recursos económicos a la PPME, y que estos  sean utilizados en la contratación de nuevo personal policial.

Declaraciones Gerardo Mora Ordóñez, Seccional ANEP-PPME

Actualmente la Policía Profesional de Migración y Extranjería cuenta con 510 funcionarios quienes deben de atender el incremento en la visitación turística en aeropuertos y puertos, problemas con el fenómeno de inmigrantes, narcotráfico con la presencia de extranjeros involucrados, la trata ilegal y el tráfico de personas, así como; falsificación de documentos, fraude, falsedad ideológica y corrupción con participación de extranjeros que llegan al país a realizar este tipo de prácticas. A esto se suma la falta de infraestructura, el conflicto Crucitas y la crisis en Nicaragua que está provocando el incremento de solicitudes de refugio.

Declaraciones Johana Fernández, Seccional ANEP-PPME

Por estas y otras razones la Seccional ANEP-PPME ha venido solicitando en la anterior y actual Asamblea Legislativa reformar el artículo 11 de la Ley de Impuesto a las Personas Jurídicas, con el objetivo de dotar de recursos a la Dirección General de Migración y Extranjería, y estos sean destinados en fortalecer la Policía Profesional de Migración.

Lo anterior se debe a que en el Artículo 11 de la Ley de Impuesto a las Personas Jurídicas se dispuso que el 90% de los recursos recaudados se destinen al Ministerio de Seguridad Pública, el 5% al Ministerio de Justicia y Paz y el restante 5% al Organismo de Investigación Judicial, dejando por fuera a la Policía Profesional de Migración.

Durante la comparecencia de esta mañana, se barajó por parte de algunos legisladores la posibilidad de utilizar fideicomisos para dotar de nuevos recursos a la PPME, posibilidad que no es muy bien vista por la Seccional, debido a que se debe iniciar un nuevo proceso legislativo, dejando de lado el avance que se ha logrado con el expediente legislativo Nº20.323

Declaraciones Gerardo Mora Ordóñez, Seccional ANEP-PPME

Es importante resaltar que la Policía Profesional de Migración y Extranjería (PPME), es una dependencia jurídica y presupuestaria del Ministerio de Gobernación y Policía y no del Ministerio de Seguridad Pública