Este proyecto de Ley libera al sector municipal de la regla fiscal.
Categoría: Acción Sindical

Seccional ANEP-Policía Migración pide al Gobierno ser vigilante de la frontera sur ante aglomeración de migrantes en suelo panameño
Ante la emergencia sanitaria que vive el país por el COVID-19, la Seccional ANEP- Policía Profesional de Migración y Extranjería (PPME) hace un llamado al Gobierno de la República, para que no descuide y refuerce la seguridad en el paso fronterizo entre Costa Rica y Panamá, debido a la aglomeración de migrantes extracontinentales en suelo canalero, y quienes podrían intentar cruzar la frontera con la intención de continuar su camino hacia los Estados Unidos.
Lo anterior se debe a informaciones que ha circulado en algunos medios digitales de la zona conocida como El Darién, Panamá, quienes indican que hay poco más de 2 mil africanos varados en ese punto.
Incluso, el medio costarricense puroperiodismo.com informó, el pasado 18 de abril que “Panamá, azotada por pandemia, amenaza con expulsar casi 2 mil migrantes a Costa Rica”. Esto refuerza la solicitud de la seccional ANEP-Policía Profesional de Migración y Extranjería de reforzar la vigilancia en la zona fronteriza de Paso Canoas en resguardo de la salud pública costarricense, ante una posible llegada masiva de migrantes.
“Consideramos qué sí bien es cierto, en su momento Costa Rica ha recibido migrantes que se desplazan del sur al norte de la región, en estos momentos no se recomienda dicho tránsito, debido al riesgo en la atención de la emergencia COVID, ya que desconocemos el estado de salud de esas personas”, manifestó Gerardo Mora Ordoñez, presidente de la seccional.
El pasado 25 de marzo nación.com informó que, las autoridades costarricenses solo permitieron el ingreso de 60 migrantes extracontinentales de los 2.600 que intentaron ingresar por la frontera sur, situación que se dio pese a que siete días antes se decretara el cierre de fronteras terrestres, aéreas y marítimas en el territorio nacional. Por lo que las personas que no lograron pasar aún están en territorio panameño.
Para la seccional, es importantes recordar que el Ministro de Salud, Daniel Salas indicó el pasado lunes 20 de abril en Conferencia de Prensa, que las fronteras costarricenses permanecerán cerradas hasta el 15 de mayo. Situación que se debe mantener sin excepciones con el objetivo de resguardar la seguridad del pueblo costarricense.

Seccional ANEP-INCOPESCA comparte criterio con jerarca de la institución sobre deterioro salarial
Salario escolar: Mideplan se retracta y nos da la razón

Seccional ANEP-Policía Penitenciaria crítica convocatoria a manifestarse por caso detectado de Covid-19 en un centro penitenciario
Ante la convocatoria de la Asociación Ayudando a los Privados de Libertad y sus Familias para manifestarse en las afueras de la cárcel La Reforma, la Seccional ANEP-Policía Penintenciaria considera desafortunado el llamado ya que que podría generar incertidumbre y alterar negativamente el funcionamiento de los centros penitenciarios del país.
Para la Seccional hacer una convocatoria cuando las recomendaciones del Ministerio de Salud son de distanciamiento social y de quedarse en casa, podría ser imprudente.
Más desafortunado aún, es pretender que no se realicen los cambios de escuadra. El personal de seguridad no puede brindar un servicio permanente sin su respectivo descanso.
Es absurdo que se busque garantizar los derechos constitucionales de la población privada de libertad violentando los derechos humanos y fundamentales del personal que labora en nuestros centros penitenciarios.
La mejor manera de ayudar es evitando comunicados e información que alteren los ánimos de la población. El principio de universalidad de los derechos humanos implica que se deben garantizar para todos las personas y en una cárcel no sólo la población privada de libertad cuenta, también las personas trabajadoras.
No es posible que la crisis que estamos atravesando destruya el sentido común y la calidez humana que debe primar en tales circunstancias. Los servidores y las servidoras penitenciarias también tienen familia y se están sacrificando por la seguridad del país.
El mensaje que ayuda a la población privada de libertad es la que busca dignificar las condiciones de todas las personas y no las que están impregnadas de ocurrencias populistas.

Tasas de usura: 39% sigue siendo usura
- Proyecto 20.861 se queda corto, pero debe aprobarse y queda mucho por hacer.
- Sector bancario-financiero es multimillonario y lo seguirá siendo.
La Asociación Nacional de Empleados Públicos y Privados (ANEP) expresa públicamente, un apoyo crítico al Expediente Legislativo No. 20.861 que pretende ponerle un tope al cobro abusivo en las tasas de interés que se cargan a las tarjetas de crédito, compra de electrodomésticos, créditos bancarios y otras operaciones crediticias de carácter financiero; estableciéndose un cobro máximo de tasas de interés del 39% para créditos en colones y un 31.35% para créditos en dólares.
ANEP estima que tales montos siguen siendo de carácter usurero y deberían reducirse sustancialmente. Sin embargo, dicho proyecto de ley debe aprobarse quedando en evidencia que falta mucho camino por recorrer en tal sentido; así como que el tema debe seguir pendiente en una agenda socioeconómica que persiga la reducción de las desigualdades y mayor integración con justicia social.
Información pública reiterada en esta fecha y que ya había sido dada a conocer tiempo atrás, indica que el sector bancario-financiero que lucra con todo tipo de tasas de interés, habría obtenido ganancias, en el año 2018, por el orden de los ₡2 billones 300 mil millones (₡2.300.000.000.000); cifra más que escandalosa e claramente indicativa de cómo se ha posicionado en el país la desigualdad y, a contraparte, se ha dado la concentración de la riqueza.
Para ese año 2018, el sector emisor de tarjetas de crédito habría obtenido, promediando un cobro de usura del orden del 50 %, unos 638 mil millones de colones. Por su parte, el negocio del empeño y de ciertos bufetes prestamistas, con tasas de hasta un 90%, se habría embolsado unos ₡610 mil millones. Para el caso de las ventas de electrodomésticos, con intereses de un 60 %, la suma de ganancia habría generado unos ₡883 mil millones.
Tales datos se basan en informes del propio Ministerio de Economía, Industria y Comercio (MEIC), del Proyecto Estado de la Nación; e, incluso, de la Academia de Centroamérica.
Por otra parte, no hay evidencia clara ni contundente que pueda sostener que tal nivel de ganancias ha sido correspondido con una contribución tributaria realmente justa y equitativa. Con la regulación de tasas de usura al 39%, para créditos en colones, como lo propone el indicado proyecto de ley, los sectores que nutren sus riquezas producto de este tipo de negocios, continuará siendo archimillonario.
Es un argumento sumamente pobre plantear que los sectores menos favorecidos económicamente serían los más afectados, vía exclusión, si tal proyecto se vuelve ley de la República en los próximos días.
Es más, es éste un sector al cual se le debe exigir un aporte tributario de carácter extraordinario-solidario, para la ayuda social necesaria a todos los sectores afectados por la pandemia del covid-19, incluyendo micro-pequeñas y medianas empresas.

ANEP apoya expediente legislativo 21.922, las municipalidades deben ser fortalecidas
–Municipalidades deben ser liberadas de la dictadura de la regla fiscal
–El extremismo ideológico macrofiscal vulnera a los gobiernos locales
De manera clara y contundente dejamos constancia del total respaldo de la Asociación Nacional de Empleados Públicos y Privados (ANEP), al Expediente Legislativo No. 21.922, denominado Ley para apoyar al contribuyente local y reforzar la gestión financiera de las municipalidades ante la emergencia nacional por la pandemia de COVID-19; mismo que ha sido enviado para su tramitación urgente por parte del Poder Ejecutivo para que la Asamblea Legislativa lo vote en el actual período de sesiones extraordinarias del parlamento, mismas que finalizan el próximo 30 de abril. Se trata de una atinada decisión de Casa Presidencial que debemos aplaudir.
Las municipalidades, como la figura institucional republicana de gobierno más cercana a la gente, a la ciudadanía, deben jugar un extraordinario rol a fin de atajar e, incluso, revertir el delicado proceso de exclusión social y económica que Costa Rica ya ha venido padeciendo en los últimos años; sistemática desigualdad que ahora se ve agravada, de manera radical, dada las graves consecuencias económico-sociales y productivas de los efectos en el país de la pandemia del coronavirus COVID-19.
Desde un principio y muchísimo antes de que al país se le impusiera la fatídica ley No. 9635, erróneamente denominada Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas, en diciembre de 2018, la ANEP levantó como una sus principales argumentaciones para oponerse a la misma, la derogatoria de facto que se produciría mediante tal legislación de la autonomía constitucional del régimen municipal, violentándose así, de manera grosera, la propia Carta Magna del 7 de noviembre de 1949, que le dio a los gobiernos locales un régimen autonómico que solamente podría ser eliminado reformando ese postulado constitucional, lo que nunca se hizo. Sin embargo, con esa Ley 9635 violentaron la Constitución de 1949 en este (y en otros) ámbito de la autonomía constitucional.
La fuerte lucha de la ANEP, prácticamente en solitario en aquellos momentos en defensa de la autonomía constitucional del régimen municipal, de cierta manera tiene ahora una expresión fructífera concreta con el proyecto de ley 21.922; lo cual nos lleva a dejar manifestación pública de nuestro vehemente llamado para que la Asamblea Legislativa lo vote, favorablemente, cuanto antes, dado que este proyecto viene impulsado de manera multipartidista por 40 personas legisladoras.
Muchas personas conocedoras de los beneficios que para la institucionalidad democrática del país supone un régimen de gobiernos locales de carácter municipal, saben que éstos deben fortalecerse, lo cual recibió un duro golpe con la inclusión de los mismos dentro de los parámetros de orden fiscal-autoritario de la Ley 9635, conocidos como regla fiscal.
La pandemia del coronavirus COVID-19 está, en estos mismos momentos, haciendo añicos en muchos países del planeta tales dictados fiscalistas, de signo ideológico neoliberal; precisamente porque sus respectivos pueblos están sufriendo, aparte de la irreparable pérdida de vidas humanas, graves quebrantos productivos, económicos y sociales que, como se está haciendo constar, solamente desde la iniciativa de lo público-estatal se podrán confrontar y revertir exitosamente para el bien común y para la propia paz social.
Este proyecto de ley 21.922 pondrá, precisamente, a las municipalidades en mejores condiciones de impulsar una serie de acciones de diverso orden en la línea de la preservación de la paz social, misma que si ya había estado amenazada por la indicada exclusión y social económica de los tiempos pre-pandemia; ahora, con el hambre en ciernes en miles de hogares, no se podrá garantizar esa paz sin contar con una acción pública fuerte desde local, lo que las municipalidades no podrán hacer si sigue pesando sobre ellas, la imposición fiscalista de quienes la impulsan desde sus cómodas oficinas con salarios e ingresos jugosos de por medio, que no saben para nada de las peripecias, angustias y pesares de los alcaldes, de las alcaldesas y de las personas regidoras que todos los días en sus propias comunidades, se enfrentan a este drama social y económico que es la pobreza y la vulnerabilidad de pobreza en crecimiento, ahora más motorizadas por el COVID-19.
Las honorables señoras diputadas y los honorables señores diputados que se alistan a apoyar este proyecto de ley 21.922, deben saber que están recogiendo un clamor en el nivel local que se expresa en miles de voluntades a favor de todo tipo de medidas para que la pandemia del coronavirus COVID-19 no cause devastadores daños en el propio tejido social que da sustento a la estabilidad democrática del país.
Les instamos a poner oídos sordos a las ya conocidas voces estridentes insensibles y deshumanizadas para las cuales las personas deben estar al servicio de la economía y no que ésta esté al servicio de la gente. Lamentablemente, hace ya bastante tiempo que la propia Contraloría General de la República (CGR) se matriculó, política e ideológicamente, con una visión del ordenamiento social que excluye la promoción del bien común y que favorece la exclusión social y económica.
Instamos, de manera vehemente, a que todas las organizaciones laborales del servicio municipal costarricense para que se pronuncien con urgencia en esta misma línea de pensamiento; especialmente, a las entidades seccionales de la ANEP presentes ya en 65 de las 82 municipales del país. Idéntico es nuestra solicitud, por demás respetuosas, para las actuales alcaldías, las próximas a entrar a regir y a los concejos municipales salientes y entrantes.
San José, jueves 16 de abril de 2020.
Albino Vargas Barrantes, Secretario General ANEP
Wálter Quesada Fernández, Secretario General Adjunto de la ANEP

La institucionalidad al rescate de sectores laborales y productivos ante los efectos del Covid-19 en el país
Una propuesta desde “la otra acera”
Documento compilado por César López Dávila para ANEP, ASDEICE,CONACOOP, FIT, SIPROCNP, MEDSE, UNAG y Encuentro Social Multisectorial.
El documento que se presenta a continuación, se enmarca en la vocación propositiva, que a lo largo de las últimas dos décadas, diferentes personas, organizaciones y sectores sociales, hemos presentado a la comunidad nacional ante grandes desafíos o temas país.
Desde ya forma parte del cúmulo de propuestas de pensamiento, realizadas a través de planteamientos tales como “Costa Rica: Hacia la Tercera República frente a los desafíos nacionales del siglo XXI”(2003); “Aportes para una nueva Cota Rica Inclusiva y Solidaria (propuesta CRISOL)” (2005); “Diez medidas para enfrentar la crisis económica con inclusión social y productiva” (2009); “Diez medidas para comenzar a ordenar la Caja” (2012), “Agenda Patriótica para el bien común” (2015) y “Una Reforma Fiscal Justa y Solidaria para Costa Rica –Propuesta Sindical Común” (2018).
Con preocupación, ante la magnitud que en el territorio nacional podrían alcanzar las repercusiones laborales, económicas y sociales, provocadas por la pandemia del COVID-19; en los últimos días, nuevamente una pluralidad de organizaciones y personas nos hemos sentido convocadas por dicha vocación propositiva y la responsabilidad ante el futuro.
La generalidad de lo aquí expuesto, propone una suerte de compilación de algunas de las ideas fuerza, que, a manera de hilo conductor, busca evitar dispersión de iniciativas aisladas, y tomar la palabra a distintas personas, organizaciones e instancias que con genuina preocupación y bajo el denominador común de comprender el rol clave del estado social para el bien común; han plasmado públicamente, diversas propuestas ante la situación que vive el país.
El presente compilado más que un producto acabado, se enmarca en la lógica de ser un proceso colectivo de adhesión y enriquecimiento. Sin embargo, dada la urgencia del contexto económico y social actual; representa desde ya una propuesta concreta ante la clase política de todo signo.
Debido a los actuales acontecimientos, y de cara a la estructura dirigente de la nación (conformada por quienes formalmente ocupan los puestos de toma de decisiones en los Poderes Ejecutivo y Legislativo); es esta una iniciativa realizada desde quienes en apego al artículo 9 de nuestra Constitución Política1, entendemos que reside en la ciudadanía, la legitimidad de mandato de las grandes decisiones que le atañen, sobre situaciones nacionales de fuerza mayor que inciden directa o indirectamente en su diario vivir.
Compartimos el documento «La institucionalidad al rescate de sectores laborales y productivos ante los efectos del Covid-19 en el país»
La institucionalidad al res… by EugenioGuerrero on Scribd

¿De qué sirven los aplausos?
En los últimos días, en función de la emergencia nacional por el Covid 19, hemos visto como se aplaude la labor de nuestros policías; los cuales se mantienen en controles de carretera, vigilando que se cumpla la restricción sanitaria vehicular, evitando que personas irresponsables acampen en las playas, en las fronteras, evitando el ingreso de personas de manera irregular, así como en mantenimiento del orden publico y la seguridad ciudadana. Los aplausos incluyen al presidente de la República, el cual, en mi opinión ha procurado “reconciliarse” con la Fuerza Pública, que en definitiva y a pesar de las veces que el mandatario le ha dado la espalda, sigue siendo su “brazo fuerte”.
La función policial, por disposición normativa y jurisprudencia constitucional ha sido considerada como excepcional, se ha definido como una labor esencial. Sin embargo, tal consideración únicamente se ha utilizado como mecanismo para restringir Derechos Humanos y derechos laborales a las personas trabajadoras de los distintos Cuerpos Policiales. En tal sentido, los policías (funcionarios públicos) tienen una jornada laboral ordinaria de doce horas, sea diurna o nocturna y no aplica el pago de horas extra (salvo que supere las doce horas), ni pago de jornada nocturna, tal cual sucede en la mayoría de los casos, en materia de derechos fundamentales, prevalece la “necesidad operativa”.
Ahora bien, de que sirven los aplausos si nuestros uniformados siguen ayunos de legislación, de herramientas que les permitan hacer mejor su trabajo, e inclusive, proteger de mejor manera su integridad física. En un par de oportunidades he planteado ante las máximas autoridades ministeriales, la necesidad de invertir en una mejor capacitación, en la adquisición de equipo policial (armas menos letales); no obstante, para quienes dirigen la etapa de formación policial, así como para el Ministro de Seguridad Pública (así se ha interpretado de sus respuestas) el proceso de adiestramiento policial tiene lo necesario.
En criterio del suscrito, el proceso de formación policial es apenas una inducción, tal afirmación tiene sustento en que por ejemplo; en defensa personal la capacitación tiene una duración de 45 horas, o sea, imposible pensar que la persona adquiera destrezas que le permitan neutralizar a su oponente en un cuerpo a cuerpo, de ahí que veamos muchas veces a nuestros uniformados a los revolcones, en algunos casos, salvados por la gracia de Dios, cuando han quedado inmovilizados y con sus armas totalmente expuestas a merced del rival.
Claro, muchas de esas deficiencias en la formación policial, se suplen con la experiencia del día a día, con la vocación y el esfuerzo personal. Un día dijo un ex coronel: “puedes hacer de un policía un buen abogado, pero no necesariamente un abogado, puede ser un buen policía”. Lo anterior se relaciona con la vocación, la convicción, la mística, el estar listo para las faenas más difíciles, cuando las circunstancias lo ameritan y lo demandan.
El abandono a la policía ha sido algo sostenido en el tiempo. Sin embargo, esperamos que los aplausos y los mensajes que ahora le dedican a la Fuerza Pública, se transformen en dignificación para las personas que la integran, en condiciones laborales dignas, trato humano y respetuoso, profesionalización verdadera, equipamiento, capacitación, remuneración justa; porque ha quedado demostrado en la atención del Covid 19, que sus funcionarios (as) son tan importantes y esenciales como los de la salud.
“El buen general cuida de sus hombres como si fueran sus hijos. Por ello, sus soldados lo seguirán hasta donde sea. Cuida de sus tropas como si fueran sus criaturas amadas y ellos no dudaran en morir por él”. (El arte de la guerra).
Lic. Mainor Anchía Angulo
ANEP

Sala IV ordena a autoridades del BCR dar a conocer estudio en el que se basó para implementar cambios contemplados en la Ley 9635
La orden de la Sala se debe a un recurso de amparo interpuesto por la seccional ANEP-BCR
La Seccional ANEP-BCR, a través de un recurso de amparo interpuesto ante la Sala Constitucional, logró que las máximas autoridades del Banco de Costa Rica entregarán e hicieran de conocimiento público el estudio con el cual, el banco se habría asesorado para implementar los cambios contemplados en la Ley de Fortalecimiento y Finanzas Públicas respecto a los pluses salariales.
Anteriormente, la Seccional ANEP-BCR había solicitado la documentación mencionada al Banco de Costa Rica, sin embargo, este último se negó a entregarla, aduciendo que se trataba de un documento confidencial y de un criterio no vinculante para el banco. Además, en su respuesta cuestionaron la legitimidad de ANEP como interesado en el documento, según estos por tener una representatividad mínima entre los trabajadores del banco, habiendo sólo 51 afiliados entre los más de 4000 empleados.
Esta situación, llevó a la ANEP a interponer un recurso de amparo contra el Banco de Costa Rica, aduciendo que esta postura del ente financiero atentaba contra los derechos fundamentales de los trabajadores.
Luego de analizar los argumentos de la ANEP y el BCR, La Sala resuelve indicando que los argumentos del banco no son válidos, pues indiferentemente de si se trata de uno o mil afiliados, como gremio sindical y como costarricenses, existe un interés real de los trabajadores en conocer el cómo y por qué se podrían afectar sus salarios, además de saber cómo se administran los recursos del banco.
Además, La Sala manifiesta, que a pesar de que el estudio no sea vinculante, eso no lo hace confidencial. Por esas razones acoge el recurso y ordena al banco que entregue el documento.
Análisis de pluses salariales a la luz de la Ley 9635 realizado por BDS para el BCR
Primeramente, cabe aclarar que se trata de un documento que sobretodo parece tener un fin didáctico, pues desarrolla una explicación de lo que son los incentivos salariales y como se pagan y como cada uno de ellos se vio afectado por la ley 9635.
Cabe señalar que no se observa una razón válida para considerarlo confidencial, pues en ningún momento elabora detalles sobre la estructura organizativa o funcional del banco, sino que se trata de un análisis general de la aplicación de los pluses salariales posterior a la publicación de la Ley de Fortalecimiento.
El documento comienza explicando la naturaleza jurídica de los distintos pluses salariales existentes en un salario compuesto, y los desarrolla individualmente en los casos más relevantes como prohibición, dedicación exclusiva y anualidades; mientras que deja en otro apartado al resto de pluses que depende de situaciones más casuísticas de cada institución. Posteriormente procede a explicar cómo cada uno de esos pluses se ve afectado por la Ley 9635.
La Prohibición es el acápite que más llama la atención, pues el documento reconoce que la Ley 9635 no modificó expresamente las disposiciones de la Ley de Compensación por Prohibición y la Ley de Control Interno, por lo que en dichas normas se sigue manejando el porcentaje de 65% para lo profesionales con licenciatura o superior; lo cual ha generado un debate de cuál es el porcentaje a aplicar en casos como los auditores y subuditores. Y a pesar de que se podrían aplicar interpretaciones como la especialidad y la norma más favorable para justificar el pago el porcentaje de 65% por prohibición; el documento se decanta por recomendar la aplicación de los porcentajes de la Ley 9635 (15% y 30%) en todos los casos.
Sobre el plus de prohibición también expone que se calcula de forma porcentual sobre el salario base, y que se debe pagar según la 9635 en casos de funcionarios nuevos, o funcionarios que anteriormente no cumplían requisitos para recibirlo. Mientras que no aplica para los casos que tengan régimen especial, quienes anterior la ley lo estaban recibiendo, y quienes anteriormente los recibían y son sujetos de ascenso, descenso, traslado, permuta o reubicación.
De la Dedicación Exclusiva se dice que se calcula de forma porcentual, y que a partir de la ley 9635 se pagará un 10% para bachilleres y 25% para licenciados, excepto para quienes anteriormente contaban con dedicación exclusiva, quienes la recibían y son sujetos de ascenso, descenso, traslado, permuta o reubicación, quienes la recibían en grado de bachiller y procedan a modificar esa condición al grado de licenciatura, quienes la reciban y suspendan el contrato de trabajo temporalmente, o quienes prorroguen contratos existentes de dedicación exclusiva.
De las Anualidades se dice que debe ser reconocido tomando como parámetro el resultado de la evaluación de desempeño que deberá ser al menos de muy bueno; además que se reconoce en forma nominal y permanecer invariable. Interesantemente, en este apartado el documento si aplica el principio de norma más favorable para decir que el cálculo de los porcentajes de 1.94% para profesionales y 2.54% para no profesionales se debe de hacer sobre el salario base de Julio de 2018 (como dice el decreto) y no sobre el de enero 2018 (como dice la Ley 9635).
Además, se dice que las anualidades ya recibidas previo a la Ley 9635 se deben conservar y mantener como montos nominales fijo, que no procede ninguna otra remuneración por acumulación de años de servicio y que los ascensos de personal no suponen un aumento en la anualidad en virtud de las anualidades reconocidas en el cargo anterior.
Sobre los demás pluses se indica sin profundizar en los demás tipos de incentivos, que se deben mantener como montos nominales fijos calculados a Julio de 2018 y que ante un ascenso de personal no pueden revalorizarse.
Compartimos el estudio realizado por BDS para el Banco de Costa Rica
Compartimos el estudio realizado por BDS para el Banco de Costa Rica by EugenioGuerrero on Scribd