Discurso de Mauricio Castro en la firma de la Reforma Procesal Laboral

Mauricio Castro Méndez

Buenos Días
Señores y Señora Presidentes de los Supremos Poderes
Señores y Señoras Diputados de la Asamblea Legislativa
Autoridades de Gobierno y de gobiernos extranjeros
Trabajadores y trabajadoras

• El proceso de elaboración y aprobación de la Reforma Procesal Laboral inició en 1998 y concluye en el 2016. Muchas personas hemos dado alma, vida y corazón en este proceso. Algunas incluso ya no están con nosotros. Pero además de las personas las organizaciones sindicales han sido centrales en este episodio y en una historia más grande normalmente olvidada.

• El derecho del trabajo se expresa en normas, jurisprudencia, doctrina y prácticas que reflejan el conflicto social, económico y político en un tiempo y momento determinados.

• La conquista de los derechos laborales parte del reconocimiento del conflicto como inherente a toda sociedad democrática, en la que el trabajador debe ser protegido frente al empleador.

• Esto se logra por medio del derecho individual del trabajo y del derecho colectivo del trabajo que parte de la idea de que los trabajadores organizados pueden negociar sus condiciones de trabajo, si es necesario presionando a los empleadores por medio del derecho humano a la huelga.

• Este es el corazón del derecho del trabajo que durante el siglo XX y el siglo XXI se consolidó en el derecho occidental.

• Este y otros derechos humanos relacionados con el trabajo nunca fueron un regalo ni una concesión graciosa de los empleadores ni de los partidos políticos en el gobierno.

• Siempre ha sido parte del esfuerzo de los trabajadores organizados en sindicatos.

• Así ha sido en toda América y en Europa. Costa Rica no ha sido la excepción.

• Desde la década de los 20, el movimiento sindical logró incidir en las condiciones de trabajo de la clase trabajadora, mediante el impulso de 101 leyes laborales antes de la década de los 40, y otras 99 durante la década de los 40.

• La articulación con partidos políticos progresistas fue fundamental en ese proceso: el Partido Reformista, el Partido Vanguardia Popular, la alianza con el Partido Republicano Nacional y luego con el Bloque de la Victoria, permitieron enormes avances para los trabajadores.

• De este proceso normalmente se recuerda el Código de Trabajo y las garantías sociales de 1943. Pero derechos como la jornada de 8 horas, el salario mínimo, el descanso semanal, la protección contra accidentes de trabajo, entre muchos otros, fueron producto de la lucha sindical desde la década de los 20. Todas esas regulaciones fueron luego incorporadas en el Código de Trabajo en 1943.

• Así como se olvida este proceso de expansión de derechos que culminó en la década de los 40, también se simplifica el proceso haciéndolo ver como una idea de tres o cuatro líderes políticos. Ciertamente esta es una parte importante de la historia, como hoy lo es la participación de liderazgos políticos en el proceso de aprobación de la Reforma Procesal Laboral. Pero esta es solo parte de la historia.

• En todo caso, el Código de Trabajo fue un paso fundamental, pero en tanto expresó el conflicto social, económico y político existente en los 40, tuvo enormes limitaciones y fue, desde el inicio claramente restrictivo en el derecho laboral colectivo.

• Además siempre existió una brecha enorme entre la norma declarada y la realidad de los trabajadores.

• El proceso autoritario desencadenado por la ruptura del orden constitucional en 1948 tuvo como uno de sus legados una fuerte intolerancia en contra de uno de los pilares de la democracia: la organización sindical.

• Solo en 5 años, entre 1948 y 1953, el 90% de los sindicatos existentes fueron disueltos, se encarcelaron dirigentes sindicales e incluso varios de ellos fueron asesinados por autoridades policiales en el triste episodio del “Codo del Diablo”.

• A partir de ese momento, en Costa Rica se instaló una deslegitimación política de la organización sindical, una sostenida intolerancia a su existencia y como sociedad asumimos como normal la persecución sindical.

• A esta intolerancia sindical en el sector privado, se sumó la cooptación de dirigencias sindicales como práctica política partidaria en el sector público.

• Las limitaciones normativas y la deslegitimación del derecho colectivo en Costa Rica, produjo que la ilegalidad de la huelga fuera lo normal, que la negociación colectiva en el sector privado pasara de excesivamente reducida a virtualmente inexistente, y que la afiliación sindical se haya convertido en sinónimo de persecución, discriminación y estigmatización.

• Tristemente como país hemos aceptado la violencia social en contra de los trabajadores que se organizan, y hemos aceptado como normal lo que un gran jurista señaló en su momento: la democracia se acaba en la puerta de la empresa.

• Esta cultura política permeó a toda la sociedad, incluyendo a los operadores jurídicos, de forma tal que además, el texto del Código de Trabajo fue leído e interpretado de forma restrictiva y con temor hacia el ejercicio de la libertad sindical.

• A pesar de ello miles de trabajadores han continuado organizándose en el sector privado y en el sector público. Sin los sindicatos la reforma que se firma hoy jamás se habría convertido en realidad como tampoco habría sido realidad el Código de Trabajo en su momento.

• Como trabajador quiero agradecer profundamente al Sindicato de Trabajadores de Plantaciones SITRAP, la Coordinadora de Sindicatos Bananeros, la ANEP, la CTCR, la CMTC, la Central Social Juanito Mora Porras, el Colectivo Patria Justa, el SEC, entre muchos otros sindicatos que han participado en todo o parte de este largo proceso.

• Hoy nos encontramos ante una enorme modificación jurídica que tiene como objetivo ayudar a cerrar esa brecha, tanto en el cumplimiento de los derechos individuales de los trabajadores, como en el ejercicio de los derechos colectivos del trabajo.

• Hoy debe iniciar una nueva etapa en la cultura política y jurídica de este país. Esta revolución laboral debe permear los tres poderes del estado. Los jueces y el Estado no pueden seguir haciendo lo mismo que han hecho en los últimos 60 años en esta materia.

• Los trabajadores quieren y deben poder ser protagonistas en la construcción de sus condiciones de vida y de su trabajo.

• Los sindicatos y los empleadores están frente a una enorme posibilidad: la generación de una nueva cultura de relaciones laborales. Una que ayude a la democratización de la sociedad.

• La Reforma Procesal Laboral no es perfecta, como tampoco lo fue el Código de Trabajo en 1943. Ambos cuerpos normativos son el resultado, siempre perfectible, del conflicto social y de la búsqueda por reconocer y darle un lugar a ese conflicto mediante vías deliberativas y democráticas.

• Su lectura y su aplicación también tendrá lugar en el marco de tensiones y realidades dadas, pero, sin duda alguna, el texto permite traer sangre nueva en lo que debería ser un esfuerzo nacional para tutelar efectivamente los derechos individuales y los derechos colectivos de los trabajadores.

• Debemos cambiar nuestra práctica social y nuestra práctica jurídica que muchas veces ha decidido ver hacia otro lado frente al abuso y la violación de los derechos de las personas trabajadoras.

Por eso concluyo con las palabras del poeta Jorge Debravo:

Trajes

Hace mucho tiempo que usamos este mismo vestido
en la casa,
en la iglesia
y en el gobierno.
Nos hemos habituado tanto a usarlo
que ahora nos da miedo
y no nos atrevemos a cambiarlo,
como si con el cambio nos quedáramos muertos.
Ajustamos los pasos,
las costumbres, los credos,
el amor, los pensamientos,
a la estreches reseca de este traje
apolillado y viejo,
que empezó siendo objeto de servicio
y se nos ha trocado en carcelero.
Yo digo, sin embargo, que en la vida
hay mucho fresco.
Que debemos quemar este gangoche
donde ya no nos cabe el pensamiento.
Lo importante es decir un día de todos:
-¡Al diablo este vestido polvoriento!
y agarrarlo con cólera y rasgarlo
y quedarse desnudo en medio viento.
(Estando uno desnudo busca traje
aunque tenga que hacerlo
deshilándose el cuerpo).
Lo importante es estirar este vestido,
encontrar uno nuevo
y no dejar jamás que se nos hunda
en la piel y en los huesos,
porque entonces, amigos, deja de ser vestido
y se nos hace amo y carcelero.

Muchas gracias

Reseña histórica de la Reforma Procesal Laboral

La Reforma Procesal Laboral (RPL) se cocinó a fuego lento: 17 años de negociaciones culminaron con la aprobación definitiva de la Ley No. 9343, aprobada en diciembre del 2015 por la casi unanimidad de legisladores y legisladoras.

Esta ley reforma más de 300 de los 600 artículos del Código de Trabajo costarricense. ¿Cómo se logró una reforma de esta dimensión? El proceso inició con sistemáticas denuncias sindicales sobre la ausencia de instrumentos adecuados para tutelar los derechos laborales en la década de los 90 del siglo pasado.

Para el año 1998, un nuevo gobierno entraba luego de haber triunfado en las elecciones nacionales, por un estrecho 3 %. Ante este panorama, el entonces Presidente de la República, Miguel Ángel Rodríguez Echeverría, le planteó al país la necesidad de desarrollar un proceso de Concertación Nacional, en el cual muy diversos sectores participaran en una negociación sobre temas complejos, que iban desde las telecomunicaciones y los seguros hasta la libertad sindical.

De forma tal que en el marco de esa Concertación el tema fue incluido (1998) en el ámbito de la discusión sobre libertades sindicales. Luego de un proceso de negociación, fundamentalmente tripartito en este tema, se logró un acuerdo unánime para mejorar los procedimientos laborales, sancionar infracciones y tutelar el fuero sindical.

Costa Rica tiene un Código de Trabajo desde 1943, pero no fue sino hasta 1993 (50 años después), que se logró el fuero sindical. Con anterioridad el libre despido de dirigentes sindicales era la norma; y, después de esa reforma, la ausencia de procedimientos de tutela sometía al dirigente sindical a proceso judiciales con duraciones de 6 a 10 años, con la evidente destrucción de cualquier intento de organización sindical, sobre todo en el sector privado.

Terminada la Concertación, se constituyó una comisión técnica (1999), con representación del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS), Poder Judicial, sindicatos y empresarios que elaboró un primer texto que se pretendía insertar en un Código Procesal General. El resultado se entregó al Poder Judicial (2002), donde se elaboró un anteproyecto con esos insumos y que fue dado a conocer al Consejo Superior de Trabajo (CST) 2004).

En ese anteproyecto se incluyeron, además, temas como la huelga (desde 1943 tan sólo cerca de 10 huelgas han sido legales), la resolución de conflictos colectivos (una sentencia de 1992 eliminó la posibilidad de la solución de conflictos colectivos en el sector público), así como la negociación colectiva en el sector público (sistemáticamente cuestionada desde un enfoque duro de teoría estatutaria).

En el CST se conformó una subcomisión (con participación de la Unión de Costarricense de Cámaras y Asociaciones de la Empresa Privada (UCCAEP), la Corte, el MTSS y sindicatos) que trabajó durante el 2005 y presentó un documento al CST el 28 de julio del 2008, corrigiendo problemas graves del proyecto y dejando pendientes temas sobre los cuales no hubo acuerdo. La Corte realizó actividades con la Asociación de Derecho del Trabajo, litigantes, funcionarios del MTSS y jueces que retroalimentaron el proyecto. El 22 de agosto del 2005 la Corte Plena aprobó, unánimemente el proyecto, que luego envió el Ejecutivo a la Asamblea.

Desde el 2005 a la fecha se realizaron intensos procesos de negociación que involucraron a la UCCAEP, sindicatos, sucesivos gobiernos y fracciones legislativas. El proceso se interrumpió por la polarización relacionada con el Tratado de Libre Comercio entre Centroamérica-República Dominicana y los EEUU, pero siempre fue apoyado por el CST y contó con la mirada cercana de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) que, incluso, envió una misión de asistencia técnica (2006).

Diversas sub-comisiones legislativas, del CST y externas articularon sistemáticamente a estos actores sociales y políticos, lo que permitió que se dictaminara en la comisión de asuntos jurídicos de la Asamblea Legislativa, el 17 de agosto del 2010 y el 1 de julio del 2011. Sin embargo, un desacuerdo fundamental entre sindicatos y empleadores (comités permanentes y arreglos directos), impedía que el proyecto fuera votado en plenario.

Sobre estos comités y arreglos podemos señalar que, desde la década de los 80, la combinación de ajuste económico y repercusiones de la Guerra Fría en América Central, aumentó la conflictividad sociolaboral y produjo cambios en las relaciones entre gobierno, empresarios y sindicatos.

En ese contexto se promulgó la Ley de Asociaciones Solidaristas (Ley número 6970, del 7 de noviembre de 1984), con el apoyo del gobierno, cámaras empresariales y la Escuela Social Juan XXIII, de la Iglesia Católica. Se trata, según la ley, de organizaciones mutualistas de ahorro y crédito integradas por trabajadores/as y con participación de empleadores/as. Aunque en principio se trata de organizaciones complementarias a los sindicatos, en la práctica se les trató de atribuir funciones de representación de intereses laborales de las personas trabajadores, por lo que se convirtieron en un instrumento de política antisindical.

Para 1992 la OIT había señalado que estas organizaciones, por su falta de autonomía, no pueden representar el interés colectivo de los trabajadores. Sin embargo, se continuó utilizando el mecanismo de solución de conflictos colectivos denominado arreglo directo, que otorga la titularidad del conflicto a un colectivo no sindicalizado (comité permanente de trabajadores), para continuar la práctica iniciada por las asociaciones solidaristas. Castro Méndez, M. (2014). Arreglos directos y comités permanentes de trabajadores desde la perspectiva de la libertad sindical en Costa Rica. Revista de la Sala Segunda de la Corte Suprema de Justicia de Costa Rica (No. 11), p. 90-91.

Se requirió un nuevo acuerdo político entre sindicatos y empleadores, en mayo del 2012, que “sacó” el tema de arreglos directos y comités permanentes del proyecto, sin eliminarlos (como buscaban los sindicatos) ni fortalecerlos (como buscaban empleadores y solidaristas), para que el proyecto se dictaminara nuevamente y se aprobara el 31 de julio de 2012, con 45 votos a favor y el 13 de setiembre en segundo debate con 40 votos a favor.

A pesar de que tanto el Ejecutivo como la fracción oficialista habían participado en las negociaciones, incluyendo lo relacionado con la huelga en los servicios esenciales, el 9 de octubre del 2012 el Ejecutivo vetó cinco artículos relacionados con ese tema por presiones del sector empresarial vinculado con el cultivo de la piña y el banano.

Una intensa negociación logró un nuevo dictamen que excluyó los artículos vetados el 31 de julio del año 2013. A pesar de solicitudes directas del Poder Judicial y del MTSS para que el proyecto se convocara en extraordinarias, el Ejecutivo se negó a hacerlo lo que demostró que el veto solo disimulaba su rechazo a la aprobación del proyecto. No obstante, la entonces presidente Laura Chinchilla estuvo de acuerdo en levantar el veto por razones de constitucionalidad y mantener el veto por razones de oportunidad en contra del proyecto, de manera tal que la diferencia entre poderes legislativo y ejecutivo no podría ser resuelta por el tribunal constitucional, sino únicamente por medio de una negociación política.

En campaña presidencial, el candidato del partido en el gobierno, Ing. Johnny Araya, y su jefe de campaña condicionaron la aprobación de la RPL a la aprobación de reformas al reglamento legislativo y a la Ley de Jurisdicción Constitucional, ambas reformas extremadamente delicadas.

Pese a una intensa negociación no fue posible que el Ejecutivo convocara el proyecto durante el período de sesiones extraordinarias del Congreso, período en el que la agenda legislativa es definida por el Poder Ejecutivo. Tampoco fue posible que los diputados aceptaran colocarlo en los primero lugares de la agenda durante las sesiones ordinarias. Por ello un sector sindical denunció a la campaña del PLN por “secuestrar” la RPL (Diario Extra, 4/11/2013). Los sindicatos entonces plantearon el levantamiento del veto a los candidatos del Frente Amplio-FA (izquierda), José Ma. Villalta y del Partido Acción Ciudadana-PAC (centro), Luis Guillermo Solís.

Electo el presidente Solís (2014), iniciaron conversaciones que concluyeron en una negociación entre las fracciones del PAC, FA y PUSC (centro derecha), con un compromiso de aprobar la RPL, con algunas modificaciones que se harían por medio de un proyecto que reformaría la reforma (el nuevo exp. 19.306). Esto formó parte de los acuerdos que permitieron a esas fracciones controlar el directorio legislativo en el período 2014-2015. Pero el acuerdo no previó que el plazo cuatrienal de la RPL vencería el 13 de diciembre del 2014. Todo proyecto de ley tiene 4 años para su aprobación. Si excede ese plazo es archivado definitivamente. Sin embargo, los diputados pueden prorrogar ese plazo por cuatro años más. A pesar de los esfuerzos para a ampliar el plazo, las fracciones opositoras se opusieron, de manera que el Presidente Solís levantó el veto el 12 de diciembre de 2014 y firmó la RPL como, Ley 9076.

El tema se llevó a la Sala Constitucional (tribunal constitucional concentrado y vinculante) que por sentencia 2015-012251 estableció que el levantamiento del veto que hizo el Presidente Solís fue constitucional, pero el que había hecho la Presidente Chinchilla (2013) fue inconstitucional. Se anuló la ley 9076 y se retomó el procedimiento legislativo. Ya no era posible hacer ninguna modificación a la RPL, sino solamente decidir si se aceptaba el veto o no, eliminando los artículos vetados o no.

Diversos sindicatos iniciaron una intensa labor de negociación con los diferentes partidos. UCCAEP, las fracciones y el Poder Judicial propusieron algunos ajustes. Una subcomisión legislativa logró consensuar los últimos ajustes, acordó eliminar los artículos vetados y presentar un proyecto “nuevo” que sería el texto original eliminando los artículos vetados y modificando las normas consensuadas.

Esta negociación posibilitó que el “nuevo” proyecto se presentara a la Asamblea el 13 de diciembre del 2015, se votara en primer debate el día 9 (45 votos a favor); y se votara en segundo debate el 14 de diciembre (41 votos a favor), convirtiéndose en la Ley 9343. La ley entrará en vigencia 18 meses después de que sea publicada en el Diario Oficial La Gaceta.

El 25 de enero del año 2016, finalmente esta gran reforma laboral fue firmada definitivamente por el presidente Solís, en lo que representa la mayor reforma laboral en Costa Rica desde la promulgación del Código de Trabajo en 1943, incluyendo la huelga, la negociación colectiva y la solución de conflictos colectivos de trabajo, la protección de fueros especiales (mujer embarazada, representantes sindicales, denunciantes de hostigamiento sexual entro otros); el juzgamiento de infracciones a las leyes de trabajo, los procesos ordinarios laborales, las medidas cautelares, la defensa laboral gratuita para trabajadores de bajos ingresos, entre otros importantes aspectos.

Lista de Policías Penitenciarios incluidos en el Estatuto Policial

N° 171-MJP
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Y LA MINISTRA DE JUSTICIA Y PAZ

En el uso de las facultades conferidas en los artículos 140 inciso 1) y 146 de la Constitución Política del 07 de noviembre de 1949, artículos 53 inciso a) y 65 de la Ley General de Policía, Ley N° 7410 del 26 de mayo de 1994 y los artículos 21, 117 y 119 del Reglamento General de la Policía Penitenciaria, Decreto Ejecutivo N° 26061-J del 15 de mayo de 1997.

Considerando:

I.—Que los servidores que se dirán, cumplen con los requisitos establecidos tanto en el artículo 65 de la Ley General de Policía, como en los artículos 21 y 117 del Reglamento General de Policía Penitenciaria; ocupando actualmente puestos en propiedad en la Policía Penitenciaria.

II.—Que dichos servidores aprobaron satisfactoriamente el curso Básico Policial, de conformidad con lo estipulado en los artículos 117 y 119 del Reglamento General de la Policía Penitenciaria.

III.—Que en la sesión número: 03-2014 del 21-07-2014, 004-2014 del 09-09-2014, 015-2014 del 30-06-2014, 020-2014 del 31-07-2014, 024-2014 del 28-08-2014, 026-2014 del 11-09-2014, 037-2014 del 27-11-2014, 006-2015 del 20-02-2015, 031-2015 del 28-08-2015; del Consejo de Personal de la Policía Penitenciaria, refrendó la elegibilidad de los funcionarios en propiedad que a continuación se indicarán:

ACUERDAN:

Artículo 1°—Incluir dentro del régimen del Estatuto Policial a los siguientes funcionarios:

NOMBRE COMPLETO N° CÉDULA

1 ABURTO LOPEZ OSCAR MANUEL 2-0711-0326

2 ACEVEDO CHAVES VICTOR MANUEL 7-0153-0982

3 AGUILAR SEQUEIRA GRETTEL 6-0311-0996

4 AGUILAR VELASQUEZ ZAIDA MARIA 6-0234-0041

5 ARAYA SELVA KINDLY MELISSA 5-0367-0232

6 ARAYA SERRANO CINDY MARIA 4-0174-0242

7 ARIAS LORIA DAWER ALONSO 7-0211-0755

8 ARROYO GONZALEZ KEILOR JOSUE 2-0647-0266

9 BARBOZA BOGANTES JOSE JOAQUIN 2-0720-0718

10 BARTELS PORRAS CARLOS MAURICIO 1-1306-0875

11 BENAVIDES ESPINOZA ESTRELLA 7-0186-0585

12 BERMUDEZ MORA MONICA MARIA 1-1306-0612

13 BORGE MATARRITA LY YEN 6-0391-0018

14 CAMPOS AMADOR DAYANA PATRICIA 1-1527-0501

15 CAMPOS SANDI MARILYN 7-0176-0947

16 CARRILLO AGUILAR RICARDO ELIDIO 6-0385-0431

17 CASTILLO ROJAS PRISCILA 5-0340-0585

18 CASTRO BOZA ALEJANDRO DAVID 1-1529-0648

19 CESPEDES MONTERO CESAR ESTEBAN 1-1414-0445

20 CHAVARRIA ALVAREZ RENE ANTONIO 6-0308-0087

21 CHAVES MADRIGAL SIGRID VIVIANA 4-0174-0652

22 DURAN MORA DIEGO 1-1489-0219

23 FERNANDEZ MORALES STEVEN 6-0377-0608

24 GAMBOA BADILLA JESSICA 2-0643-0363

25 GOMEZ VILLARREAL JOSAFATH 6-0335-0075

26 GRANADOS RUIZ NANCY 7-0154-0624

27 GRANDA MAROTO SEIDY 6-0328-0273

28 HERNANDEZ JIMENEZ KEMBERLY 7-0175-0984

29 HERNANDEZ MENA ANGELICA 7-0170-0795

30 HERRERA DELGADO FERMAN ALONSO 1-1505-0201

31 JIMENEZ VARGAS GEOVANNY ESTEBAN 1-1362-0752

32 LAZARO ROJAS MARLEN 6-0305-0098

33 MONGE JIMENEZ VERNY JAVIER 1-0849-0947

34 MORA CHAVES JUAN 1-1282-0118

35 MORA GUZMAN YOJAN ORLANDO 1-1308-0477

36 MORENO GARITA PABLO 1-1067-0984

37 MORENO PEREZ MARIA DE LOS ANGELES 2-0508-0825

38 MOYA DELGADO JOHANNA VANESSA 7-0148-0335

39 NAVARRO MARTINEZ WILSIÑO 7-0193-0167

40 OBREGON VALVERDE JOSE ALEXANDER 5-0304-0501

41 ORTIZ VILLANUEVA ANA IVETH 1-1409-0060

42 PEÑA ACUÑA DENIS RICARDO 4-0156-0455

43 PEREZ SANCHEZ DEYBIN DE LOS ANGELES 5-0378-0612

44 PORRAS AGUILAR LUIS GAMALIEL 1-1101-0354

45 PORRAS CHAVES EDWIN ALBERTO 1-1453-0006

46 QUESADA MURCIA LUIS ALBERTO 1-0546-0665

47 QUESADA SANCHEZ KEILYN YASMIN 6-0366-0400

48 QUIROS AGUILAR RICARDO ALONSO 7-0208-0533

49 RAMIREZ JIMENEZ LADY MARLENI 7-0178-0197

50 RAMIREZ RAMIREZ MAGALY 3-0375-0915

51 RODRIGUEZ CASTRO LUIS ROBERTO 2-0674-0131

52 RODRIGUEZ MENESES ANA MARIA 3-0244-0186

53 RODRIGUEZ SANDOVAL RODRIGO 6-0236-0241

54 RODRIGUEZ VALVERDE KENNETH FRANCISCO 1-1418-0913

55 RODRIGUEZ VARGAS OSCAR ANDRES 1-1486-0733

56 ROJAS BONILLA LINETTE 1-1153-0888

57 SANCHEZ CHAVARRIA WAYNER JOSE 5-0406-0712

58 SANCHEZ JIMENEZ PABLO ALONSO 7-0198-0435

59 SANCHEZ MORA ALLAN DAVID 1-1429-0113

60 SANCHO HERNANDEZ CARLOS ALBERTO 1-0637-0979

61 SEGURA CASTRO ULISES 1-0610-0425

62 VEGA BARRERA CESAR ANDRES 2-0689-0108

63 VILLARREAL MELENDEZ JUAN ENRIQUE 6-0339-0527

64 VILLEGAS CARRANZA GERARDO 5-0193-0836

Artículo 2°—Rige a partir de la fecha de su publicación.

Dado en la Presidencia de la República. San José, a los diecisiete días del mes de setiembre de dos mil quince.

LUIS GUILLERMO SOLÍS RIVERA.—La Ministra de Justicia y Paz, Cecilia Sánchez R.—1 vez.—O. C. N° 26192.—Solicitud N° 17808.—(IN2016000850).

Atención interinos: Convocatoria a segunda reunión

Les formulamos por esta vía formal convocatoria para la segunda reunión, con caracter urgentísimo, que se llevará a cabo el próximo viernes 29 de enero en curso, a partir de las 1 de la tarde, en el auditorio de la Conferencia Episcopal de Costa Rica (CECOR), 25 metros al sur del local de la ANEP, en la misma acera y frente a la comisaría del Distrito Merced, de la Fuerza Pública, en la calle 20 del centro de San José.

Informaremos de las gestiones sociopolíticas que se están efectuando para que la Dirección General de Servicio Civil y varias oficinas de Recursos Humanos que están en situación de “rebeldía”, honren los acuerdos negociados por ANEP y por otras organizaciones sindicales en materia de obtención de plaza en propiedad para interinatos, cruel e injustamente, prolongados durante varios años.

Nos vemos en la imperiosa necesidad de solicitarles a todos los y a todas las participantes de este noble movimiento social, ya que estén afiliados a la ANEP, o a otros sindicatos, o a ninguno para que se preparen pues a cómo estamos viendo las cosas, vamos a tener que apelar al concepto sociopolítico de la Democracia de La Calle, y con nuestras personas queridas y familiares que dependen de nuestros empleos.

Atención interinos convocamos a segunda reunión

Les formulamos por esta vía formal convocatoria para la segunda reunión, con caracter urgentísimo, que se llevará a cabo el próximo viernes 29 de enero en curso, a partir de las 1 de la tarde, en el auditorio de la Conferencia Episcopal de Costa Rica (CECOR), 25 metros al sur del local de la ANEP, en la misma acera y frente a la comisaría del Distrito Merced, de la Fuerza Pública, en la calle 20 del centro de San José.

Informaremos de las gestiones sociopolíticas que se están efectuando para que la Dirección General de Servicio Civil y varias oficinas de Recursos Humanos que están en situación de “rebeldía”, honren los acuerdos negociados por ANEP y por otras organizaciones sindicales en materia de obtención de plaza en propiedad para interinatos, cruel e injustamente, prolongados durante varios años.

Nos vemos en la imperiosa necesidad de solicitarles a todos los y a todas las participantes de este noble movimiento social, ya que estén afiliados a la ANEP, o a otros sindicatos, o a ninguno para que se preparen pues a cómo estamos viendo las cosas, vamos a tener que apelar al concepto sociopolítico de la Democracia de La Calle, y con nuestras personas queridas y familiares que dependen de nuestros empleos.

Seccional ANEP Municipalidad de Aserrí realizó debate con candidatos a la Alcaldía

Dicho debate permitió que la comunidad de Aserrí conociera un poco más sobre las propuestas de los diversos candidatos que aspiran con asumir el mando municipal. Cabe destacar que el Partido Movimiento Libertario no se hizo presente al debate, pese a la invitación de la Seccional.

Seccional ANEP-Municipalidad de Alajuela realizará debate con aspirantes a la Alcaldía del cantón

La Seccional ANEP-Municipalidad de Alajuela invita a la ciudadanía del cantón central a participar en el debate a nivel cantonal entre candidatos a la alcaldía municipal, a realizarse el próximo miércoles 27 de enero a partir de las 5:00 p.m. en el Teatro Municipal de Alajuela, ubicado al costado noroeste del parque Juan Santamaría, el cual tiene como objetivo facilitarle a la comunidad un espacio donde puedan conocer las propuestas de trabajo de los candidatos(as), para que emitan un voto informado y concientizado.

José Beltrán Murillo, Secretario de la Seccional ANEP-Municipalidad de Alajuela, indicó que esta iniciativa nace en conjunto con la Junta Directiva Nacional de la ANEP, para que la población del cantón central de Alajuela tenga participación en el proceso electoral municipal y conozca el proyecto de cada uno de los candidatos a la Alcaldía.

“Sentimos que la población debe de estar informada de quien los representara al mando del municipio, por eso este tipo de debate llegarían a enlazar más a la gente y darle información relevante de la situación que acontece en el cantón, así como conocer su opinión, inquietudes y que realicen un voto concientizado e informado. Queremos que los habitantes del cantón conozcan las propuestas de los aspirantes a la Alcaldía”, dijo Beltrán.

El Secretario de la Seccional ANEP-Municipalidad de Alajuela confirmó que ya se ha logrado concretar la participación de 5 de los 11 aspirantes a la Alcaldía, y se está por confirmar el resto de candidatos.

La Asociación Nacional de Empleados Públicos y Privados (ANEP) aplaude, felicita y brinda todo su apoyo a la Seccional ANEP-Municipalidad de Alajuela por la iniciativa de este debate que forma parte del proyecto de Sindicalismo Ciudadano de la ANEP.

De esta forma la Seccional ANEP-Municipalidad de Alajuela se une a las seccionales de los municipios de Flores, San Rafael, Belén y Aserrí que ya realizaron un debate con los respectivos candidatos a su cantón.

Invitamos a toda la comunidad de Alajuela para que participe en el debate de este miércoles 13 de enero en el Teatro Municipal de Alajuela.

Lugar: Teatro Municipal Juan Santamaría

Fecha: miércoles 27 de enero

Hora: 5:00 p.m.

Clausuran comandancia de Cartago recién construida y que costó más de 952 millones de colones

El Ministerio de Salud de Cartago ordenó la clausura de la Delegación Central de la Fuerza Pública de Cartago por irregularidades sanitarios, luego de que la Seccional ANEP-Fuerza Pública denunciara una especie de intoxicación masiva, en donde varios policías resultaron afectados; por lo que de inmediato las autoridades sanitarias cartaginesas clausuraron el inmueble recién construido y valorado en más de 952 millones de colones

Para Mainor Anchía, Presidente de la Seccional ANEP-Fuerza Pública, no se entiende cómo un edificio recién construido, con una inversión millonaria, presente deficiencias sanitarias que provocaran su clausura, y que no se aplicara su garantía de reparación y ahora se deba licitar para reparar: alcantarillado sanitario de aguas residuales, trampa de grasas del comedor de la delegación, así como subir el nivel de los ceniceros; esto en cumplimiento del artículo 285 de la Ley General de Salud.

“Estas cosas debieron quedar en perfecto estado conforme al monto invertido en dicha obra. Es necesario además cuestionar qué pasó con la garantía, por qué se está licitando para la reparación de la obra, y quién superviso la construcción de este edificio de ₡952 millones. Existen muchas interrogantes que deberían motivar una investigación de inmediato, misma que permita determinar todo lo concerniente a este caso, así como, sentar posibles responsabilidades”, dijo Anchía.

Para el presidente de la Secciona ANEP-Fuerza Pública, es inaudito que, una inversión de tantos millones esté sin utilizar, afectando la seguridad de la población, e inclusive, la estancia de los policías, que se vieron movilizados y reubicados temporalmente, entre varias delegaciones de Cartago.

“Abogamos porque se investigue esta situación, a afectos de que se establezcan las responsabilidades administrativas, y/o penales, si las hubiera; por cuanto podría derivar esta situación de un incumplimiento de deberes en la función pública, e inclusive, de alguna otra conducta impropia”, manifestó Anchía.

Así mismo, la Seccional ANEP-Fuerza Pública solicita que se resuelva de urgencia la situación descrita, con el fin de que se garantice la seguridad de los habitantes, y se brinden condiciones óptimas a los policías.

Debido a la denuncia realizada por la Seccional ANEP-Fuerza Pública, Mainor Anchía, se reunirá con el diputado Mario Redondo este miércoles a las 9:30 a.m. en el despacho del legislador para tratar el tema.