Carta al Licenciado Roberto Tovar Faja, Ministro de Relaciones Exteriores y Culto, comunicando de manera formal, la acreditación de dos delegados Oficiales de la ANEP para ese ministerio.

Estimado señor Ministro:

En primer término, expresamos a su digna autoridad el más atento y respetuoso de nuestros saludos.

En ejercicio de las potestades constitucionales que fundamentan el ejercicio de la Libertad Sindical, avalada no solamente por nuestro Derecho Laboral, sino por la serie de normativas internacionales que Costa Rica ha suscrito al respecto, tanto en el marco de su pertenencia a la Organización Internacional del Trabajo (OIT), como en el de la amplia gama de tratados de Derechos Humanos que consagran tal libertad; comunicamos de manera formal a su despacho la acreditación por este medio de los licenciados Rodolfo Jiménez Morales, Cédula de Identidad No. 2-356-205 y Francisco Gerardo Bolaños González-Franco, Cédula de Identidad No. 2-256-356, como Delegados Oficiales de la ANEP para el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto; quienes se abocarán a promover en fecha próxima, la constitución de la Seccional ANEP-Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto.

En razón de lo anterior, solicitamos a su autoridad observar para con nuestros delegados sindicales arriba citados, las consideraciones necesarias para el respeto pleno de la condición que ello implica, facilitándoles el ejercicio pleno de la Libertad Sindical tutelada por la amplia normativa que la protege.

De la misma forma en que es necesario observar para con ellos las estipulaciones de la ley No. 7360 que les garantiza la seguridad necesaria para su accionar sindical en el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, sin sufrir ningún tipo de represalia, coacción, intimidación y similares por tal actividad.

Es importante puntualizar al Honorable Sr. Ministro de Relaciones Exteriores y Culto, que la ANEP considera que sus Delegados Sindicales, señores Jiménez Morales y Bolaños González-Franco, no pueden padecer presiones de ningún tipo, abiertas o subterráneas, directas o indirectas, en razón, por ejemplo, de discrepar de la línea oficial en cuanto a la naturaleza del Servicio Exterior de nuestro país; discrepancia que se haya podido concretar en acciones administrativas y/o judiciales que desde su condición ciudadana hayan estado ejecutando; como por ejemplo, la situación que se ha presentado con el Recurso de Amparo 02-7985-007-CO, declarado con lugar mediante la Sentencia de la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia, No. 11-253-03, que facilitó el ingreso de nuestros delegados sindicales al servicio de la cancillería costarricense.

Sin otro particular por el momento,

Albino Vargas Barrantes
Secretario General

—————-
c.:Lic. Ovidio Pacheco Salazar, Ministro de Trabajo y Seguridad Social (MTSS).
c.:Sres. Departamento de Organizaciones Sociales, Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS).
c.:Lic. José Manuel Echandi Meza, Defensor de los Habitantes de la República.
c.:Junta Directiva Nacional de ANEP.
c.:Sr. Bernard Gernigon, Jefe Comité Libertad Sindical, Organización Internacional del Trabajo (OIT), Ginebra, Suiza.
c.:Lic. Rodolfo Jimènez Morales, Delegado Oficial ANEP-Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto.
c.: Lic. Francisco Gerardo Bolaños González-Franco, Delegado Oficial Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto.
c.:Junta Directiva Nacional de la ANEP.
c.: Archivo.

Volante de la Imprenta Nacional:
¡No a la reestructuración! ¡Basta ya de tanto abuso!

Pero, sorpresivamente, dicha Junta nos responde, mediante acuerdo No. 776-04-2004, que ellos seguirán adelante por su cuenta con el proyecto y que enviarán el documento a MIDEPLAN, para que éste lo analice y lo remita a los trabajadores para que digan si están de acuerdo con tal propuesta.

Además, asignan un plazo hasta el 30 de abril del presente año, para que todos los trabajadores de la Imprenta Nacional formulen sus reasignaciones ante el Departamento de Recursos Humanos.

Pero, tenga presente, que mientras exista la Reestructuración, ¡¡¡no se puede reasignar a nadie!!!

Queremos dejar claro, también, nuestra oposición a la “piñata” que se esta haciendo con las plazas, recargando el área administrativa colocando asistentes de asistentes y dejando, como es costumbre, relegada a la parte productiva.

POR LO TANTO, LE ESTAMOS CONVOCANDO PARA EL DÍA DE HOY A LAS 2:00 P. M. A UN PARO DE LABORES, en contra de este proceso, pues consideramos que esto llevaría al menos otro año para realizarse, y seguiría obstruyendo las mejoras tanto de reasignaciones como de salarios y puestos que se quisieran implementar.

¡¡¡¡DIGALE NO A LA REESTRUCTURACIÓN Y SÍ
A LA CONVENCIÓN COLECTIVA DE LOS TRABAJADORES!!!

JUNTOS SOMOS INVENCIBLES.

¡NI UN PASO ATRÁS!

San José, 21 de abril de 2004

Volante de la Municipalidad de Alajuela: Municipalidad de Alajuela: El Señor Alcalde reafirma su displicencia para con los trabajadores y su sindicato

Queríamos saber sobre el aumento salarial del primer semestre del presente año, de lo cual sólo tenemos una carta firmada por el jerarca, en la que nos informa que el aumento correspondiente debe limitarse al costo de vida emitido por el Banco Central de Costa Rica (BCCR), pero no nos dice cuándo se hará efectivo.

Qué piensa el Sr. Alcalde Molina Rojas sobre la vigencia de la Convención Colectiva de Trabajo y sus alcances, para exigir el cumplimiento de derecho que atañen a los trabajadores y las trabajadoras municipales; también sobre la Salud Ocupacional, tan venida a menos en esta municipalidad desde siempre; así como algunas otras cosas que no se contemplaron en la carta, como el asunto de las últimas contrataciones de personal, que según algunas autoridades municipales sobrepasan el numero de los despedidos por “Modernización Institucional”.

Pretendíamos, también, discutir sobre la necesidad de definir políticas claras para normalizar la secuencia de sesiones en la Junta de Relaciones Laborales, toda vez que la misma se ha perdido.

En la citada carta de la ANEP, demandamos al señor Alcalde Municipal, atención para resolver con diligencia, los problemas que agobian a los funcionarios y funcionarias de la corporación; enfatizando el término “demandamos” obligados por su actitud displicente, para con el sindicato y los trabajadores, después de los recursos interpuestos por ANEP, contra los despidos aplicados al personal, para nosotros injustificados.

El señor Alcalde Molina Rojas se sorprendió por el término displicencia; no obstante, ocho días después del recibo de nuestra misiva, nos da la razón al respondernos con un lacónico oficio que denota esa actitud. Juzgue usted. Lea al dorso la carta de respuesta que firma el citado jerarca y tome nota; ha pasado más de un mes y aún no ha tenido la “oportunidad” de atendernos.

Ante tal situación, ANEP ha considerado oportuno cambiar de táctica. No más cartas que las estrictamente necesarias al señor Alcalde Molina Rojas; ni más consideraciones que a la postre resultan infructuosas. Nuestras gestiones se harán ante las autoridades competentes: Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, Sala IV y Juzgados de Trabajo; amén de denunciar ante instancias internacionales como la Organización Internacional del Trabajo (OIT), dependencia de las Naciones Unidades (ONU). El daño a Costa Rica se lo hará el Alcalde Molina Rojas, no la ANEP.

Además, impulsaremos las acciones propias de los sindicatos y los trabajadores cuando no se nos quiere escuchar. Esto último implica más organización y más espíritu de lucha. Sólo así, recuperaremos el aumento salarial correspondiente al primer semestre de este año y nuestro derecho a los beneficios que contempla nuestra Convención Colectiva de Trabajo.

Preparémonos para hacerle una visita al señor alcalde en su propio despacho, en fecha próxima.

“Si Mahoma no viene a la montaña la montaña debe ir a Mahoma”. Allí está nuestro aumento salarial. Sólo falta que se firme el Convenio Simple como es costumbre, para que el Señor Alcalde Municipal honre su compromiso de no atrasar aumentos.

A todos consta, que ANEP ha actuando con respeto, con paciencia, con transparencia, con contundencia. El poder es usted. Decídase a emplearlo.

ANTE LA INTRANSIGENCIA, LA RAZÓN Y LA FUERZA.
LOS TEMORES NOS EMPEQUEÑECEN
AFÍLIATE A LA ANEP

San José, 21 de abril de 2004

Carta al Licenciado Jorge Arturo Madrigal García, Director Regional de la Región Huetar Atlántica del Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados (A y A), solicitándole los documentos sobre las gestiones que se ha hecho con respecto a la

Estimado señor:

Reciba en un cordial saludo de parte de la Asociación Nacional de Empleados Públicos y Privados (ANEP).

En primera instancia, queremos expresar nuestro agradecimiento por la misiva en la cual su honorable autoridad ha otorgado el permiso respectivo para la asamblea de trabajadores que realizaremos el próximo 13 de mayo, a la 1 p.m., con nuestros afiliados y afiliadas de las distintas dependencias bajo su digno cargo.

En segunda instancia, manifestarle que el diálogo franco y la negociación razonable interpartes (patrón-trabajadores), son dos pilares sobre los que descansa nuestro diario accionar, como política general de nuestra organización sindical; ello sin descartar otras acciones legítimas como el paro y la huelga cuando consideremos agotada la vía administrativa y política; y consideremos que sólo mediante ambas acciones será posible el logro de los objetivos, teniendo como premisa el bienestar institucional sobre el cual subyace el bienestar general de las trabajadores y los trabajadores.

En este contexto no perdemos de vista las dificultades de orden financiero que atraviesa esta estratégica institución, como consecuencia de las políticas neoliberales de desmantelamiento de las instituciones del Estado; situación que se ve reflejada sobre todo en las regiones, donde se aprecia un rezago considerable, si lo comparamos con la región metropolitana. Creemos que esta última apreciación usted la comparte.

Queremos puntualizar sobre una problemática específica que pudimos apreciar en nuestra estancia reciente en dicha región; ello tiene que ver con las condiciones en que se trasladan las cuadrillas (personal operativo), en los dos vehículos tipo pick up asignados.

Sobre el particular y como es de su conocimiento en dichos vehículos se transportan en los cajones entre ocho y nueve trabajadores, en condiciones infrahumanas, revueltos con todas las herramientas propias del trabajo como palas, picos y otras herramientas punzocortantes; algunas veces a distancias de mas de veinte kilómetros, lo que obviamente representa un peligro de grandes dimensiones a la integridad física de tales personas, al estar expuestas a un accidente de transito.

Esta situación transgrede a todas luces las normativas de salud ocupacional, que con tanto ardor promueven las y los funcionarios responsables de dicho departamento Institucional.

Así las cosas, tenemos conocimiento de que su honorable autoridad ha realizado gestiones importantes por dotar al plantel de otro vehículo y resolver el problema en mención; no obstante mucho nos complacería estar documentados al respecto, ya que hemos considerado necesario reunirnos con la Gerencia institucional, para discutir dicha problemática que como mencionamos es característica de las regiones. Ello para conocer el criterio de dicha autoridad y buscar, concretamente, una solución al caso particular de Limón.

Finalmente quedaremos a la espera de vernos complacidos en nuestra respetuosa solicitud.

Con toda consideración,

Albino Vargas Barrantes
Secretario General

Gerardo Cascante Amador
Promotor Sindical

—-
c.:MBA. Heibel Rodríguez Araya, Gerente General A y A.
c.:Licda. Yolanda Salas Hernández. Jefe Salud Ocupacional A y A.
c.:Junta Directiva Nacional de ANEP.
c.:Trabajadores y trabajados AyA Limón.
c.:Archivo.

Carta de los trabajadores del servicio de vigilancia del Hospital San Juan de Dios, solicitando audiencia al MSc. Adolfo Cartín Ramírez, Director Financiero del hospital para tratar el tema de los nuevos proyectos de seguridad.

Estimado señor:

Primeramente, quienes suscribimos la presente, funcionarios bajo su dirección en el Servicio de Vigilancia de este hospital, le expresamos el más atento y respetuoso de nuestros saludos.

Aunque todavía no tenemos conocimiento oficial al respecto, nos pareció importante someter a su digna consideración, en su calidad de jerarca máximo del Servicio de Vigilancia del Hospital San Juan de Dios; lo que podría ser las pretensiones para un cambio en el sistema de vigilancia cuando de la visita se trata, en el entendido de que se estaría empleando una especie de monitoreo personalizado, buscando identificar las personas acompañantes del enfermo de que se trate; lo cual pareciera una situación imposible de llevar a cabo pues supondría la instalación de un sofisticado sistema de cómputo que no está al alcance de la institución en estos momentos.

Si el objetivo central que se pretende lograr es regular, al máximo posible, que para cada persona interna, por ejemplo, solamente la esté visitando otra al momento de la visita; no vemos factible el logro de semejante aspiración, por las siguientes razones:

Con sólo hacer un listado de los diferentes servicios de consulta y laboratorios dentro del perímetro institucional de hospitalizados; notamos que estamos hablando de veinticinco servicios diferentes, lo cual presupondría una red informatizada de alta especialización, con un centro o base para el desarrollo del monitoreo de visitantes de manera simultánea; lo cual, como es lógico suponer, no está al alcance de la institución en estos momentos.

Por otra parte, téngase presente que la costumbre deambulatoria del visitante es más que probada; de tal suerte que aunque este visitante quede advertido de que únicamente está autorizado para ingresar al lugar de su destino específico; es imposible seguirle el trayecto para que no se desvíe; resultando imposible el control individualizado y particular de esa tendencia deambulatoria.

El establecimiento de normas regulatorias más estrictas para la visita de pacientes; necesariamente conlleva un enfoque integral y humanista, pues son múltiples las formas que dan base a esas visitas; entendiéndose que el acceso al paciente no solamente está determinado por las relaciones de parentesco; sino que, por el activismo social con los que más sufren, se posibilita el incremento de personas que desean visitar a los enfermos.

Ejemplos de ello lo tenemos en los donantes voluntarios de sangre (carné DOVOSAN); niño o niña acompañante de un adulto mayor; carné de adulto mayor (carné dorado); situaciones imprevistas con personas de procedencia de zonas alejadas que no conocen bien las reglas; entre otras formas que autorizan el ingreso.

Adicionalmente a los factores anteriores (modernización tecnológica, cantidad de servicios de consulta, costumbre deambulatoria y formas autorizadas de acceso); tenemos el que se refiere a la dotación de la infraestructura necesaria y del personal requerido. En este último caso, por ejemplo, es bien sabido que tenemos un déficit de 17 plazas para lograr una cobertura del 100 %, referida a todos los puestos por cubrir.

En el ámbito de la infraestructura, no podemos dejar de señalar que el espacio para instalar los tres computadores que se quiere, son muy reducidos y no reúnen condiciones óptimas para que de ello se obtenga un alto rendimiento. Adicionalmente, se presentaría una alteración radical del rol vigilante y se daría una sobrecarga de trabajo pues, prácticamente, habría que hacer varias tareas al mismo tiempo, incrementando la tensión y elevando el riesgo de error.

Las consideraciones anteriores requieren de un concienzudo análisis, toda vez que resulta imposible poner en práctica las modificaciones a las que se aspira; porque tienen un defecto de origen; es decir, nosotros creemos que no pueden establecerse verticalmente, sin un análisis participativo con quienes ejecutaríamos semejante cambio y sin valorar la disponibilidad de logística, de infraestructura y, sobre todo, de personal; razón de más para, por este medio, dejar planteada nuestra protesta por el manejo unidireccional de este delicado asunto que no ha de fructificar pues no están dadas todas las condiciones para ello.

Hasta donde tenemos entendido la posibilidad de semejante transformación, está impulsada por el Lic. Roberto Castro, Subadministrador de este hospital; situación que llama de la atención de manera muy poderosa, por cuanto nuestro jefe inmediato directo, el Lic. Wilberth Lezcano Santamaría, al parecer, no tiene ni el más mínimo conocimiento del asunto; lo que es, sencillamente, algo incomprensible pues en la Jefatura del Servicio de Vigilancia hay criterio suficiente como para valorar la viabilidad de implantar modificaciones como las indicadas.

Finalmente, si se quiere establecer una verdadera regulación en la vista para controlar el exceso de personas dentro de los pasillos y espacios de consulta; es nuestro criterio que lo mejor es la restauración del sistema de visita de dos horas (por ejemplo, de las 3 de la tarde, a las 5 de la tarde); con el sistema de tarjeta rotativa en ese lapso, por si el paciente es visitado por más de dos personas en ese momento; respetando, a la vez, el carné dorado, el de donando DOVOSAN y la disposición legal de niño acompañado por adulto. Esta regulación no dejaría por fuera, por supuesto, aquellas situaciones en las cuales el estado del paciente es tan especial, que requiere de visita y/o de compañía en horarios distintos al de esas dos horas.

Anticipadamente agradecemos la especial consideración a nuestras inquietudes, solicitándole que una vez valorados, nos reciba en comitiva designada al afecto por los firmantes, acompañados de la representación sindical que estimemos conveniente.

Muy atenta y respetuosamente,

TRABAJADORES DEL SERVICIO DE VIGILANCIA DEL HOSPITAL SAN JUAN DE DIOS
(hojas de firmas anexas al presente escrito)

—-
c.:Roberto Castro, Subadministrador General,
c.:Wilberth Lezcano Santamaría, Jefe del Servicio de Vigilancia.
c.:Lic. José Manuel Echandi Meza, Defensor de los Habitantes de la República.
c.:Junta Directiva Nacional de ANEP.
c.:Trabajadores del Servicio de Vigilancia, Hospital San Juan de Dios.
c.:Archivo.

Carta al Licenciado Marcos Alvarez Pérez, Jefe Interino del Departamento de Contabilidad Social del Banco Central de Costa Rica (BCCR), solicitándole el porcentaje del índice de costo de vida, correspondiente a lo que va del primer semestre de año 20

Estimado señor:

Con el propósito de contar con un documento confiable para negociar el aumento salarial del primer semestre del año en algunas municipalidades del país; con el debido respeto le solicitamos nos brinde el porcentaje del índice de costo de vida, correspondiente a lo que va del primer semestre de año 2004.

Al agradecerle su atención, me suscribo atentamente,

Albino Vargas Barrantes
Secretario General

—-
c.: Junta Directiva Nacional de ANEP.
c.:Archivo.

Solicitud de audiencia a los regidores y regidoras de la Municipalidad de Alajuela, para tratar el tema del aumento salarial pendiente.

Estimados señores, estimadas señoras:

En primer término, expresamos a ustedes el más atento y respetuoso de nuestros saludos.

Considerando que el señor Alcalde la municipalidad que ustedes representan, Lic. Fabio Molina Rojas, se resiste a atender a los sindicatos y, en consecuencia, a los trabajadores y a las trabajadoras representados por esta agrupación sindical, nos permitimos, con todo respeto, solicitarles audiencia para tratar los asuntos que se detallan en la nota que adjuntamos:

Cabe resaltar que vuestras autoridades recibieron copia de la misma nota, pero desconocemos si fue leída en alguna instancia política y el trámite que le asignaron, si así hubiese ocurrido.

Entendemos que el señor Alcalde Municipal, mantenga su actitud de empresario y de regidor enemigo de los sindicatos cuando ocupó ese puesto, porque esa es su condición de clase (no se nos olvida su actitud en el Concejo, cuando un grupo de alajuelenses lo llevó a ocupar ese puesto antes de hacerlo diputado); pero nos extraña sobremanera que el Concejo, en pleno, avale su actitud de desprecio a sus propios trabajadores y trabajadoras, representados por los sindicatos, sin dignarse a escuchar las quejas de las organizaciones que por mandato constitucional existen en esta municipalidad.

Esperamos que esta vez el honorable Concejo de Alajuela se digne darnos audiencia, para tratar los asuntos que agobian al personal municipal; sobretodo lo referente al reajuste salarial correspondiente al primer semestre del presente año, que el señor Alcalde se comprometió a no atrasarlo (llevamos cuatro meses de atraso), y a ajustarlos en concordancia con el aumento en el costo de vida que dicte el Instituto Nacional de Estadística y Censos (INEC) y el Banco Central de Costa Rica (BCCR).

Para vuestra información, permítanos recordarles que los aumentos salariales que se otorguen en esta municipalidad, deben contar con el aval de los sindicatos firmantes de la Convención Colectiva de Trabajo vigente; para lo cual se debe firmar entre el jerarca y los representantes sindicales, un CONVENIO SIMPLE, instrumento que le permite a la Contraloría General de la República conocer la anuencia de las partes para dar y aceptar el monto del aumento, sin que a la postre se susciten conflictos por disconformidad entre las mismas.

Siendo así, se hace imprescindible la negociación y consecuente firma de ese CONVENIO SIMPLE, como es costumbre en esta municipalidad; de lo contrario y muy a nuestro pesar, estaríamos pidiéndole a la Contraloría General de la República, que no apruebe el próximo presupuesto.

Reiterándoles nuestra petición de audiencia, nos suscribimos atentos.

Albino Vargas Barrantes
Secretario General

Oscar Alvarado Jiménez
Presidente UTEMA

—-
c.:Junta Directiva Nacional de la ANEP.
c.:Junta Directiva Sindicato UTEMA.
c.:Junta Directiva Comité Seccional ANEP-Municipalidad de Alajuela.
c.:Trabajadores y trabajadoras de la Municipalidad de Alajuela.
c.:Archivo.

S.G. 05-07-0348-06

Estimados señores:

Reciban un respetuoso saludo de la Asociación Nacional de Empleados Públicos y Privados (ANEP). Por este medio nos permitimos referirnos a la Circular RH-01-2006, de 12 de enero de 2006, en la cual se plantea un cambio de jornada semanal.

Al efecto debemos hacer las siguientes consideraciones:

1. Proceso inconsulto: En primer lugar, es nuestro criterio que un cambio de tanta relevancia como el que se está planteando en la circular debe, necesariamente, ser consultado de forma oficial, tanto a las personas que trabajan en la Junta de Protección Social de San José, como a la organización sindical más representativa de esta entidad. Esta consulta no se ha realizado y no la consideramos cumplida por este medio, ya que estas líneas tan sólo representan criterios iniciales sobre su contenido.

2. Debido Proceso: Una modificación como la que se plantea, cambia sustancialmente la jornada semanal de trabajo, a pesar de que el documento en cuestión tan sólo habla de modificaciones de horario. Es evidente que no se trata de un simple cambio de horario de entrada o de salida dentro de las jornadas existentes; sino, por el contrario, la modificación de una jornada general semanal de cinco días laborales, a una jornada general semanal de cuatro días, con el consiguiente incremento de horas ordinarias trabajadas en esos cuatro días. Esto claramente no es una simple modificación de horarios, sino de la jornada semanal y, por lo tanto, representa un ius variandi abusivo.

3. Definición jurisprudencial: Al efecto, los tribunales costarricenses han señalado lo siguiente:

VII.- La doctrina relevante en la materia, insiste en diferenciar el aspecto formal o sea el convenio escrito, de la parte sustancial o real, representada por la prestación de servicios en sí misma. Pues el vínculo jurídico laboral sufre modificaciones constantemente en sus elementos tales como el cambio de puesto, el aumento salarial, vacaciones entre otros. En el caso que se analiza, es evidente que la jornada ha sufrido variaciones en diferentes oportunidades y la última, que es propiamente la que se examina, perjudica los derechos laborales adquiridos por el trabajador, pues él tuvo esa jornada durante más de dos años, incorporándose como un beneficio al contrato de trabajo del reclamante, sin que sea posible hacer una rectificación administrativa y aumentar el aumento de horas de trabajo nuevamente, porque ello lesiona los derechos del trabajador. Por este motivo estimamos, que la variante en la jornada de trabajo atenta contra un beneficio incorporado en el contrato de trabajo del reclamante y lo procedente es mantener lo resuelto.” 312-93. SALA SEGUNDA DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA. San José, a las quince horas quince minutos del nueve de diciembre de mil novecientos noventa y tres.

III.- El cuadro fáctico expuesto y las pretensiones de los reclamantes, obliga a analizar la naturaleza jurídica y fundamentos del Ius Variandi. Una de las características del contrato de trabajo es que, durante su existencia sufre innumerables modificaciones causadas por necesidades de la empresa o del propio empleado. Algunas de ellas inciden sobre el trabajador, como el caso del salario que tiende a incrementarse con el transcurso del tiempo o la movilidad en el empleo que suponen los ascensos o cambios de puestos. Sin embargo también pueden darse en relación con el empleador, por ejemplo en los casos de sustitución patronal. Algunas de las transformaciones en la relación laboral, se producen por una voluntad clara del patrono, sea persona física o jurídica, pues los estima necesarios para el buen funcionamiento de la empresa, lo cual se conoce con el nombre de Ius Variandi. Tanto la doctrina como la jurisprudencia laboral (Ver sentencia de la Sala Segunda Nº 23 de las nueve horas treinta minutos del veintisiete de marzo de mil novecientos ochenta y siete) han definido el Ius Variandi como la potestad del empleador para modificar las condiciones del contrato de trabajo. Esta facultad de disposición, encuentra su límite fundamental en quienes dan la prestación personal de servicios, porque es permitida siempre y cuando no cause perjuicios graves. Dicho concepto, no regulado por ley alguna, requiere de una labor interpretativa de parte del Juzgador, en la cual se determina si la modificación del contrato de trabajo, provoca una simple incomodidad o un daño serio al trabajador.

IV.- Nuestra jurisprudencia, al pronunciarse en relación con las alteraciones relativas al tiempo de la prestación, ha diferenciado los casos en que hay modificación horaria, es decir, la distribución de las horas de servicio, a aquellos en que se varía la jornada de trabajo, incidiéndose directamente sobre el número de horas trabajadas, o cambiándola. En relación con los cambios de horario la Sala Segunda de la Corte Suprema de Justicia ha sostenido que por sí sólos no involucran una modificación sustancial del contrato de trabajo y por ende son permitidos. Así se pronunció dicho Tribunal en su sentencia Nº 23 de las nueve horas treinta minutos del veintisiete de marzo de mil novecientos ochenta y siete al decir: “II.- En cuanto al primer aspecto alegado, tanto la doctrina como la jurisprudencia laboral estiman, en principio, facultativas para el empleador y correlativamente obligatorias para el trabajador las alteraciones del horario, siempre que ello no sea arbitrario ni lesione intereses económicos o morales del empleado, de manera que el cambio de aquél no implica, por sí sólo, una modificación esencial del contrato de trabajo, ni se puede reputar como un ejercicio abusivo del ius variandi.” Situación contraria se da en relación a la alteración de la jornada de trabajo, pues la Sala Segunda de la Corte Suprema de Justicia, ha considerado que sí causa perjuicios serios al trabajador.” 244-94 SALA SEGUNDA DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA. San José, a las nueve horas cincuenta minutos del diecisiete de agosto de mil novecientos noventa y cuatro.-

4. La jornada diaria y la jornada semanal: Es importante señalar que, tanto el Artículo 58 de la Constitución Política, como el Artículo 136 del Código de Trabajo, establecen dos tipos de jornadas: las diarias (diurnas, mixtas y nocturnas) y las semanales (diurnas, mixtas y nocturnas). Incluso el mismo artículo deja claro que cabe el establecimiento de la JORNADA ACUMULATIVA, por medio de la cual las horas semanales se distribuyen en días de trabajo de diez horas ordinarias. Sin embargo, esta jornada acumulativa es claramente una jornada semanal DISTINTA a la establecida en la Junta, y por lo tanto, representa una modificación de jornada. De esta forma, es claro que tal y como lo señala la jurisprudencia transcrita, la hora de entrada y salida dentro de una jornada diurna o semanal determinada puede ser modificada unilateralmente por el empleador en ejercicio a su derecho al ius variandi legal. Sin embargo, cuando la modificación cambia la jornada diaria, por ejemplo de diurna a nocturna, o bien, como en el presente caso cambia la jornada semanal mediante el aumento de horas diarias trabajadas durante un determinado número de días (cuatro en lugar de cinco), se convierte en lo que la doctrina y la jurisprudencia señalan como un ius variandi abusivo, y por lo tanto, en una violación de los derechos adquiridos de los trabajadores.

5. Es por eso que estimamos que esta variación de jornada es ilegal e inconstitucional, puede causar perjuicios serios a las personas que trabajan en la Junta, quienes además no han sido consultadas al respecto.

PRETENSION: Por todo lo anterior, solicitamos formalmente y de manera respetuosa, se consulte oficialmente tanto a las personas trabajadoras, como a nuestra organización sindical, y además, que en virtud de que las modificaciones planteadas por la circular, exceden claramente los derechos patronales para ajustar los tiempos de trabajo, se abstenga la institución de continuar con un proceso de modificación de la jornada semanal.

Con la mayor consideración,

Albino Vargas Barrantes
Secretario General

Ronald Barrantes Moya
Directivo Nacional,Presidente de la Junta Directiva
Seccional ANEP-JPSSJ

—-
c.: Honorable Junta Directiva, Junta de Protección Social de San José.
c.: MSc. Luis Polinaris Vargas, Gerente General, JPSSJ.
c.: Junta Directiva Seccional ANEP-JPSSJ.
c.: Junta Directiva Nacional de ANEP.
c.: Lic. Mauricio Castro Méndez, Coordinador, Unidad de Asesoría Jurídica (UAJ), ANEP.
c.: Trabajadores y trabajadoras, JPSSJ.
c.: Archivo.

S.G. 05-07-0330-06

Estimada señora Ministra:

Muy atenta y respetuosamente, le expresamos un atento saludo de nuestra parte.

Le agradeceríamos disponer lo pertinente, relacionado con la situación sociolaboral del personal de la Policía Penitenciaria en estos dos aspectos:

a) Otorgarnos una copia del nuevo manual de puestos, una vez que esté definida y entre a operar la homologación salarial de dicho personal.

b) Gestionar activamente lo que tratamos, durante la audiencia de la semana anterior (jueves 5), en su despacho, referido a las vacaciones profilácticas de dicho personal.

Con la mayor consideración,

Sin otro particular por el momento, les reiteramos el mayor respeto y consideración de nuestra parte.

Albino Vargas Barrantes
Secretario General

Héctor Prado Monge
Presidente de la Junta Directiva
Seccional ANEP-Policía Penitenciaria

—-
c.: Licda. Patricia Vega Herrera, Ministra de Justicia y Gracia.
c.: Junta Directiva Seccional ANEP-Policía Penitenciaria.
c.: Junta Directiva Sectorial ANEP-Policía Penitenciaria.
c.: Sra. Ligia Solís Solís, Directiva Nacional de ANEP-Responsable Sector Adaptación Social.
c.: Junta Directiva Nacional de ANEP.
c.: Archivo.

S.G. 05-07-0326-06

Estimado señor Presidente:

Deseándole muchos éxitos en este año que acaba de comenzar, le expresamos a la vez un atento y respetuoso saludo.

Señor Presidente: Le agradeceríamos sobremanera interceder de manera directa, para el bienestar del sacrificado y comprometido personal que se encarga de la seguridad de las cárceles de nuestro país, cuerpo laboral conocido como Policía Penitenciaria; al cual, luego de mucho tiempo de espera, se le ha de reconocer un salario base igual al que ganan sus colegas de la Fuerza Pública (Ministerio de Seguridad Pública). Este logro, que para su concreción ha contado desde un inicio con el firme y decidido apoyo de la señora Ministra de Justicia y Gracia, Licda. Patricia Vega Herrera, se hará una realidad en ese año 2006, luego de que la Asamblea Legislativa aprobó el presupuesto para ello, dentro del plan de gastos de la República.

No obstante y pese a que dicho personal ha esperado tanto tiempo por esa justa reivindicación, la expectativa era que la misma tuviera vigencia desde el primer día de este año recién iniciado 2006; no obstante, parece que está surgiendo una pequeña diferencia de criterio al respecto, pues según cierto criterio institucional interno (que no es el de la citada jerarca), la fecha de vigencia de esa reivindicación (conocida con el nombre de homologación salarial), está indeterminada, según se ponga en vigencia (¿febrero?, ¿marzo?, ¿abril?… no sabemos).

Es así que apelamos, respetuosamente a la autoridad presidencial depositada en su digna persona, conocedores de su honesta sensibilidad laboral, para que usted establezca que la homologación salarial de la Policía Penitenciaria, debe ser a partir del 1 de enero de 2006, aunque se pague en fecha posterior; pues aparte de lo justo, se cuenta con el presupuesto debido para todo el año.

La señora Ministra Vega Herrera, con quien hemos tratado este asunto en diversas oportunidades, podrá ampliarle sobre el particular, pues como indicamos, es con su involucramiento directo por convicción y por sensibilidad, que ella se ha preocupado, en todo momento, por mejorar las condiciones sociolaborales y económicas de aquellos compatriotas que tienen a su cargo una tarea estratégica para nuestra sociedad: la vigilancia del Sistema Penitenciario Nacional, con todo lo que ello implica, incluso de riesgo físico y vital.

Agradeciéndole su oportuna atención, Sr. Presidente, aprovechamos para reiterarle el mayor respeto y consideración de nuestra parte,

Sin otro particular por el momento, les reiteramos el mayor respeto y consideración de nuestra parte.

Albino Vargas Barrantes
Secretario General

Héctor Prado Monge
Presidente de la Junta Directiva
Seccional ANEP-Policía Penitenciaria

—-
c.: Licda. Patricia Vega Herrera, Ministra de Justicia y Gracia.
c.: Junta Directiva Seccional ANEP-Policía Penitenciaria.
c.: Junta Directiva Sectorial ANEP-Policía Penitenciaria.
c.: Junta Directiva Nacional de ANEP.
c.: Sra. Ligia Solís Solís, Directiva Nacional de ANEP-Responsable Sector Adaptación Social.
c.: Archivo.