S.G. 0112-05

Estimada Sra. Ministra:

Luego de saludarla en forma atenta y respetuosa, deseamos transmitirle el sentir de muchos trabajadores del Ministerio, respecto al decreto emitido para el cobro de servicios (permisos sanitarios funcionamiento).

1. Dicho cobro no es proporcional, ya que mientras a empresas del grupo A ( grandes) se le cobrara $100 dólares por un lapso de 5 años, a una soda se le cobrar $50 dólares, sin especificar si es por 1 año o 5 años (como dato interesante, notamos que parece que el ministerio ya renunció al colón como moneda oficial de nuestro país).
2. Dicho reglamento no es claro respecto a cómo se distribuirán esos dineros, ya que serán recaudados por el nivel central y no por las regiones o áreas de salud, que son las que verdaderamente presentan grandes necesidades económicas.

Por lo tanto, nuestra organización cree que, en efecto, el cobro procede pero este debe buscar la equidad, ya que en primera instancia golpeará a los establecimientos más pequeños; y, con ello, los que tendrán que lidiar con las consecuencias de estas medida serán los técnicos de protección al ambiente y los mismos directores de área.

En espera de una respuesta positiva a esta inquietudes, nos despedimos con mucha estima.

Albino Vargas Barrantes
Secretario General

Jorge Campos Alfaro
Representante ANEP-Ministerio de Salud

—-
c.:Lic. José Manuel Echandi Meza, Defensor de los Habitantes de la República.
c.:Junta Directiva Nacional de la ANEP.
c.:Trabajadores involucrados del Ministerio de Salud.
c.: Archivo.

S.G. 0111-05
¡URGENTE!

Estimado Señor Ministro:

Con el respeto de siempre, nos permitios saludarle y a la vez desearle éxitos en su función.

Acudimos a su estimable autoridad, conocedores de su función en defensa de la justicia social y su proclamada determinación por exigir respeto de los Derechos Humanos y, en particular, el de los trabajadores responsable y honestos del país.

El caso que nos ocupa tiene que ver, precisamente, con un funcionario de la Municipalidad de Tibás, quien según sus superiores jerárquicos, sus compañeros de trabajo y los usuarios del cantón, es un excelente servidor público. Nos referimos al señor Ramón Francisco Gómez Rodríguez, peón de aseo de vías de esa institución.

En el mes de diciembre, por razones de salud plenamente comprobadas, este funcionario se ausentó del trabajo, lo que dio motivo al despido sin responsabilidad patronal y sin que se le siguiera el debido proceso, tal como lo determinó posterior mente la Sala IV, que acogió un recurso planteado por la Unidad de Asesoría Jurídica de nuestro sindicato y ordenó la restitución inmediata del funcionario.

Ante tal situación, la administración municipal trató de enmendar el yerro de la violación al debido proceso, notificando, luego de múltiples gestiones del sindicato y el afectado, el propósito de despido mediante la carta correspondiente al señor Gómez.

Desafortunadamente, la citada carta, le fue sustraída al señor Gómez de la bolsa de la camisa junto con otros documentos de poca importancia, en el trayecto de la parada de buses a nuestras oficinas, razón por la cual le orientamos para que solicitara una copia de la misma, con la cual proceder al descargo.

Hasta la fecha ha sido imposible que se le atienda y es por eso que solicitamos su valiosa intervención.

Estimado señor Ministro: El señalamiento de todos estos detalles, tal vez de poca importancia para el caso, tienen como propósito solicitar la presencia de un Inspector de Trabajo en las oficinas del Departamento de Recursos Humanos de la Municipalidad de Tibás, el día de mañana a las 2:15 de la tarde, cuando nos presentemos nuevamente a solicitar copia de la carta extraviada; además pretendemos con este escrito, evidenciar la situación de irrespeto a los trabajadores que impera en esta municipalidad, para presentar una nueva denuncia por prácticas laborales desleales, contra el señor Alcalde de esa institución, señor Percy Rodríguez Arguello, al tiempo que podríamos lograr con la presencia de una autoridad de su cartera, la entrega de la copia de la carta que requerimos para la debida defensa del funcionario afectado.

Le reiteramos la solicitud, considerando lo difícil de atenderla por la premura del caso, pero, como es de entender, no nos queda otra alternativa, más que molestarle, aunque sea para enterarlo de la situación.

Adjuntamos copia de la carta que el Sr. Gómez Rodríguez donde solicitó la respectiva copia.

Agradeciendo de antemano su atención me suscribo atento servidor,

Albino Vargas Barrantes
Secretario General

—-
c.: Sr. Ramón Francisco Gómez Rodríguez.
c.: Junta Directiva Nacional de la ANEP.
c.: Junta Directiva Seccional ANEP-Municipalidad de Tibás.
c.: Archivo.

Atención Compañeros y Compañeras
Ministerio de Salud Región Pacífico Central

1. La recalificación de las auxiliares de cocina del programa CEN CINAI.
2. La lucha para que los funcionarios eventuales se les reconozcan sus derechos.
3. La lucha por mantener el pago de viáticos al día.
4. La búsqueda de mejores condiciones laborales de los funcionarios del ministerio.
5. Gestiones para que la técnicas de nutrición dejen de realizar el pago al Colegio de Médicos como requisito.
6. Lucha por el presupuesto del Ministerio de Salud ante el Ministerio de Hacienda.
7. Propuesta que realizó ANEP; en el 2004 para retomar temas de Salud Ocupacional, la cual no ha tenido respuesta.

Por todo lo anterior; es que los invitamos a mantener una actitud participativa en las actividades que nuestra organización realizara en esa región, de lo cual se hará la comunicación correspondiente con la debida antelación.

10 de febrero de 2005

S.G. 0108-05

CARTA ABIERTA AL DIRECTOR DE LA REGIÓN METROPOLITANA

Estimado señor:

Reciba, en primera instancia, un cordial saludo de parte de la Asociación Nacional de Empleados Públicos y Privados (ANEP).

Esta respetuosa misiva es con la finalidad de exponerle a su honorable autoridad, algunas inquietudes y percepciones de nuestra organización sindical, con respecto al procedimiento utilizado por parte de su despacho en la autorización de vacaciones de algunos trabajadores, que gozan de cierto nivel jerárquico.

En primer término, nos referimos al caso del Ing. Gonzalo Murillo Vásquez, quien se desempeña como Director Comercial de la Región Metropolitana; al del Lic. Luis Fernando Cubillo Lobo, Jefe Atención al Cliente; así como al del Lic. Diego Cambronero Jiménez, Jefe Centro Técnico; situación sobre la cual la honorable gerencia institucional se pronunció en un medio de prensa escrita.

Sobre el particular es oportuno señalar que tanto el Ing. Gonzalo Murillo como el Lic. Diego Cambronero, con la debida anterioridad habían programado el disfrute de sus vacaciones, mismas que fueron autorizadas y firmadas por su honorable autoridad. No obstante, de manera arbitraria, unilateral, inconsulta y bajo el poder de imperio, se ordena a dichos trabajadores a que se vayan de vacaciones abruptamente; sin que exista razón o argumento alguno esgrimido que permitiera un acuerdo de partes, con lo cual desautoriza las anteriores condiciones pactadas y firmadas por su autoridad.

Segundo: Lamentablemente tan penosa situación, provocada por una autoridad de su rango, sienta un nefasto precedente que da al traste con los principios institucionales de eficiencia y eficacia en la gestión pública; pero más allá de lo anterior, son señales que auguran un acentuado deterioro en el necesario clima de paz laboral, que conducen a la incertidumbre, a la conflictividad y al enfrentamiento; atentándose, diríamos nosotros, contra el principio superior de la dignidad de ser humano y, por ende, del trabajador cuando se siente irrespetados o violentados sus derechos.

Tercero: A lo anterior se suma según nuestro criterio, otro hecho que certifica su peculiar estilo de dirección y es el que de manera unilateral su honorable persona escogiera a los suplentes, en tanto estas tres jefaturas permanecen fuera de la institución; lo que se contrapone a la cultura organizacional establecida, pues, como es obvio, las respectivas jefaturas gozan de facultad para valorar la idoneidad y las personas que les suplirán en su ausencia.

Cuarto: No descartamos en ANEP que tan abrupta decisión podría tener una relación o asocio con el proceso de selección del personal por contrato, que suplirá las 276 plazas nuevas aprobadas por la Autoridad Presupuestaria; por cuanto los anteriores jefaturas forzadas a disfrutar vacaciones, han tenido que ver con la elaboración de los perfiles requisitos y recomendaciones para dichos puestos. No obstante, curiosamente son excluidos de todo el proceso de selección del personal.

Quinto: Así las cosas estamos ante dos situaciones que percibimos como sumamente peligrosas; una autoridad cuya legitimidad fue cuestionada en su momento por la forma en que se dio su nombramiento; abonándole además, un estilo de dirección, imperial, confrontativo y concentrador de poder, lo que raya con la cultura organizacional que han mantenido estos abnegados trabajadores y trabajadoras durante muchos años.

En el contexto actual en el que suscitan tales cosas, ANEP se cuestiona la transparencia del proceso de selección de los trabajadores y trabajadoras cuyo estatus actual es por contrato o servicios especiales, con opción a ocupar una de las 276 plazas nuevas.

En este marco de situación y en aras de tener argumentos que nos demuestren estar equivocados en nuestras percepciones, solicitamos respetuosamente lo siguiente:

1. Se convoque a reunión a las jefaturas de las cuales hacemos mención, conjuntamente con nuestra representación, a fin de mantener un dialogo abierto y franco, que permita a dichas jefaturas la participación oportuna y directa en el proceso de selección del personal que ocupará las nuevas plazas en propiedad.

2. La conformación de una comisión verificadora de carácter permanente que la cual certificará que el proceso sea justo y apegado a derecho, para lo cual solicitamos que estas jefaturas sean parte de dicha comisión.

3. Se nos remita una lista de todos los trabajadores que al día de hoy están nombrados bajo la modalidad de contrato, jornales ocasionales y servicios especiales, indicando los años de servicio de cada trabajador o trabajadora.

Nuestra respetuosa solicitud la hacemos amparados en el artículo 27 de la Constitución Política y el artículo 32 de la Ley de Jurisdicción Constitucional.

Con toda Consideración.

Albino Vargas Barrantes
Secretario General

Gerardo Cascante Amador
Responsable ANEP-A y A

—-
c.: Lic. Rafael Villalta Fernández, Presidente Ejecutivo de A y A.
c.: MBA. Heibel Rodríguez Araya, Gerente General, A y A.
c.: Lic. Manuel Molina Alvarado, Director Recursos Humanos, A y A.
c.: Lic. Virginia Sandoval Corrales, Coordinadora Recursos Humanos, Área Metropolitana, A y A.
c.: Junta Directiva Nacional de ANEP.
c.: Comité Seccional ANEP-A y A Limón.
c.: Trabajadores y trabajadoras, A y A.
c.: Archivo.

S.G. 0096-05

Estimado señor Gerente:

Con el respeto de siempre, le expresamos nuestro atento saludo.

Una serie de reuniones con el personal de Seguridad y Vigilancia de la benemérita que su estimable autoridad dirige, nos ha permitido conocer el malestar casi generalizado que existe entre este sector de trabajadores, sobre el rol y los horarios que se han impuesto para el desempeño de sus funciones.

Cabe resaltar que el disgusto lo han venido padeciendo estos servidores desde hace muchos años, cuando se les varió el rol y se violentó para la mayoría de ellos, su contrato laboral en este sentido. Además, aunado al malestar por la transformación de los roles de manera inconsulta, se suma el hecho de que con frecuencia, se imponen cambios repentinos en la jornada, en perjuicio de los servidores; situación que se agrava en días sábados, domingos y feriados.

Ahora bien, como todo tiene su momento oportuno, hemos considerado prudente acudir a su estimable autoridad, para que con el concurso de nuestro sindicato y las personas que usted tenga a bien seleccionar, estudiemos una propuesta de rol y horarios, elaborada por los mismos funcionarios de seguridad y aprobada por la mayoría de los mismos; según consta en el documento que presentaremos cuando se inicien las conversaciones sobre el particular, cuando en ese mismo momento presentaremos el rol para conocimiento y análisis.

No omitimos manifestarle que, además del asunto del rol, nos interesa tratar otros asunto que también atañen a este personal y que presentaremos cuando su estimable autoridad nos brinde la audiencia que nos permitimos solicitarle en esta ocasión.

De la manera más atenta, nos suscribimos con la mayor consideración,

Albino Vargas Barrantes
Secretario General

Ronald Barrantes Moya
Presidente de la Junta Directiva
Seccional ANEP.JPSSJ

—-
c.: Sres. Junta Directiva Nacional.
c.: Sres. Junta Directiva Seccional ANEP-JPSSJ.
c.: Trabajadores y trabajadoras, Junta de Protección Social de San José.
c.: Archivo.

S.G. 0097-05

Estimada señora:

Reciba un respetuoso saludo de parte de la Junta Directiva Nacional de la Asociación Nacional de Empleados Públicos y Privados (ANEP).

La razón de la presente tiene como fin solicitarle información referente al porqué se le entregaron los siguientes equipos de comunicación a la empresa Corporación González y Asociados; equipo cuya característica es la siguiente:

Radio Motorola pro 3150 – Placa 422HBQ4150
Radio Kenwood TK3102A – Placa 919466
Radió Motorola pro 3150 – Sin Placa

Este equipo fue retirado por el señor Orlando Fernández, el 14 de enero del presente.

Nuestra solicitud la hacemos amparados al articulo 27 de la Constitución Política y el 32 de la Ley de la Jurisdicción Constitucional; amén de que entendemos que ese equipo es propiedad pública y que la citada corporación es un ente de la empresa privada.

En espera de una pronta respuesta, sin más que agradecerle se suscriben,

Albino Vargas Barrantes
Secretario General

Javier Valerín Villegas
Responsable ANEP-ICODER

—-
c.: Sres. Auditoria Interna ICODER.
c.: Sres. Contraloría General de la República.
c.: Junta Directiva Nacional.
c.: Junta Directiva Seccional ANEP-ICODER.
c.: Archivo.

S.G. 0098-05

Estimado señor Director:

En primera instancia, reciba su estimable autoridad un atento y muy respetuoso saludo, de parte de la Asociación Nacional de Empleados Públicos y Privados (ANEP).

Por este medio nos permitimos someter a la consideración de su despacho, una solicitud formal para que se nos conceda un permiso, a fin de poder realizar un seminario sobre planificación operativa con los y las trabajadoras que forman parte de las Juntas Directivas de nuestras Seccionales en los planteles ubicados en la Región Chorotega de Guanacaste, específicamente los planteles de Nicoya, Cañas y Liberia.

El seminario lo pretendemos hacer los días viernes 18 y sábado 19 de febrero del año en curso con los siguientes representantes de nuestro sindicato:

Geovanny López Quirós
Plantel de Cañas
José Elías Espinoza Flores
Plantel de Cañas
Matías Viales Lara
Plantel de Liberia
Francisco Abarca Miranda
Plantel de Liberia
Natanael Cabrera Morales
Plantel de Liberia
Ángel Crecencio Moraga Pavón
Plantel de Nicoya
Geiner Eduardo Montes Cárdenas
Plantel de Nicoya
Carlos Díaz Rosales
Plantel de Nicoya
Amado Bonilla Guadamuz
Plantel de Nicoya
Adilia Sánchez Matarrita
Plantel De Nicoya
Javier Ramírez Sánchez
Plantel de Nicoya

En espera de poder contar con el respectivo permiso, el cual le agradeceríamos se nos comunique por escrito al fax número 257-8859.

Agradeciendo anticipadamente su gentil colaboración, para con nuestra solicitud, se suscriben,

Albino Vargas Barrantes
Secretario General

Luis Enrique Leal Ruiz
Responsable ANEP-MOPT

—-
c.:Junta Directiva Nacional de la ANEP.
c.:Ing. Julio Viales Padilla, Director Macroregionalización, Guanacaste.
c.: Trabajadores indicados.
c.:Archivo.

S.G. 0095-05

Estimado señor:

Nos dirigimos a su estimable autoridad, primeramente para saludarle con todo respeto y a la vez solicitarle una audiencia con carácter de urgencia, con el propósito de tratar el asunto que pasamos a describir.

Nos informan que en el departamento que su estimable autoridad dirige, Área de Imprenta, recientemente se impuso de manera inconsulta y hasta donde entendemos innecesaria, además de la habitual tarjeta “chip”; un nuevo control mediante el registro de huellas al personal. Este asunto ha provocado, con toda razón, la indignación entre el mismo, precisamente por las dos razones arriba esgrimidas.

Nos parece, Sr. Director, que estos métodos se pueden enmarcan dentro de la política de hostigamiento laboral que el nuevo modelo de producción impone al Sector Público; y, en especial, al Sector Social; percibiéndose como una fórmula ideal para desestimular al trabajador, bajar la producción o inducirlo a la renuncia. Así, fácilmente se provocaría la privatización de los servicios en esta institución, hoy tan codiciada por los adalides del neoliberalismo, los libertinos y el TLC.

Le reiteramos la respetuosa solicitud, sabedores de que los mandos medios no están de acuerdo con estos métodos y que con el diálogo franco y transparente, se puedan evitar situaciones no deseadas; amén de devolverle a los funcionarios y funcionarias honestos el respeto que se merecen, la confianza y el decoro, que son elementos necesarios para consolidar y fomentar la paz laboral. Le aseguramos que si existen razones coherentes, lógicas y estrictamente necesarias para continuar con el sistema impuesto, nuestro sindicato será el primero en hacer conciencia entre el personal de esa dirección, para que acepten la disposición.

De la manera más atenta, nos suscribimos con la mayor consideración,

Albino Vargas Barrantes
Secretario General

Ronald Barrantes Moya
Presidente de la Junta Directiva
Seccional ANEP.JPSSJ

—-
c.: Sres. Junta Directiva Nacional.
c.: Sres. Junta Directiva Seccional ANEP-JPSSJ.
c.: Trabajadores y trabajadoras, Junta de Protección Social de San José.
c.: Archivo.

S.G.0067-05

Estimado señor:

En primer término, le expresamos nuestro atento y respetuoso saludo.

De conformidad con Oficio R. H.031-2005, de fecha 18 de enero del presente año, su estimable persona proporciona respuesta a la Comisión de Trabajadores del Proceso de Reestructuración, acreditada por nuestra organización ante el despacho de la señora Directora General, posterior a una audiencia sostenida el día 24 de noviembre del 2004.

En su nota usted fundamenta que mediante Oficio DM-028-99, el Ministerio de la Presidencia y de Planificación Nacional y Política Económica, aprobó en febrero de 1999 la reestructuración del ICODER; agregando que en el capitulo de recomendaciones se establece la viabilidad de ser susceptibles a contratar servicios al sector privado. Dentro de ellos, la Vigilancia y los el mantenimiento de los parque recreativos.

Sobre el particular, necesitamos saber si ICODER en ese entonces, tomó en cuenta lo estipulado para tales aspectos, la ley número 7668 del 9 de abril de 1997, Marco Transformación Institucional y Reforma Sociedades Laborales SAL; que en su artículo 3, habla de principios y normas mínimas que se requieren cumplir en los procesos de transformación institucional, ordenándose su respeto por las instituciones. En lo que nos interesa, el inciso f de tal artículo indica lo siguiente:

“ Se realizará en consulta con los trabajadores del órgano o la institución y de las organizaciones sociales que representen sus derechos e intereses. Mientras el proceso esté en curso, no se aplicara la movilidad laboral forzosa ni inducida mediante procedimientos, acciones o artificios, de hecho o de derecho, que afecten los derechos adquiridos de los trabajadores. En la prestación de los servicios por parte de los trabajadores, las prácticas y costumbres vigentes que sean cuestionadas por razones de legalidad o conveniencia, durante el proceso de transformación institucional, antes de ser cambiadas por imperativo legal, deberán someterse a conocimiento de las juntas de relaciones laborales. Donde ellas no existan se definirá un procedimiento de conciliación, a cargo de un órgano con representación paritaria de los trabajadores y del patrono”.

Considerando lo anterior, muy respetuosamente estamos solicitando nos certifique, en su calidad de Jefe de Recursos Humanos del Instituto Costarricense del Deporte y la Recreación (ICODER), los documentos institucionales que dieron base a la autorización de MIDEPLAN del año 1999; así como el documento que éste ministerio emitió al respecto; de forma tal que tengamos la seguridad de que se observaron todos los pasos y procedimientos en la reestructuración de ICODER.

Fundamentamos nuestra solicitud amparados al Artículo 27 Constitucional y el 32 de la Ley de la Jurisdicción Constitucional.

Al agradecer de antemano su atención se despide de usted,

Albino Vargas Barrantes
Secretario General

Javier Valerín Villegas
Responsable ANEP-ICODER

—-
c.:Lic. Fernando Trejos Ballestero, Ministro de Trabajo y Seguridad Social (MTSS).
c.:MSc. Delia Villalobos Álvarez, Directora Nacional, ICODER.
c.:Junta Directiva Seccional ANEP-ICODER.
c.:Junta Directiva Nacional de ANEP.
c.:Archivo.

S. G. 0066-05
¡URGENTE!

Estimado señor Ministro:

Reciba un respetuoso saludo de parte de la Junta Directiva Nacional de la Asociación Nacional de Empleados Públicos y Privados (ANEP).

La razón de la presente es la de solicitarle su valiosa intervención ante el caso que a continuación le detallamos:

1. El 19 de noviembre del 2004, la señora Maritza Angulo Duran Cédula 1-669-303 presentó formal denuncia de hostigamiento sexual y laboral.
2. El 22 de noviembre anterior, mediante Oficio 2708-2004 DM, su estimable autoridad procede a trasladar la misma a la Licda. Astrid Rodríguez Rodríguez Jefe del Departamento Disciplinario Legal para que se proceda “conforme a lo que establece la normativa para estas cosas “.
3. El 22 de noviembre del 2004, el Intendente Randall Muñoz Soto, mediante Oficio No. IGFP-604-2004, le remite nota a la citada denuncia presentada por la señora Angulo Durán sobre caso de hostigamiento sexual.
4. El 29 de noviembre la señora Angulo Duran procede a presentar formal declaración en el Departamento Disciplinario Legal.
5. El pasado 7 de enero del presente, en reunión que sostuvimos con su estimable autoridad, el compañero Albino Vargas Barrantes, en su calidad de Secretario General y Julio Soto Vargas como responsable de ANEP para el Ministerio de Seguridad Pública, hablamos de este caso y usted se comprometió en darle su atención.

Así las cosas, respetuosamente, nos parece que para cumplir con la Reforma al capitulo XX del Reglamento de Servicio de los cuerpos Policiales Adscritos al Ministerio de Seguridad Pública. (Del Hostigamiento Sexual), y proceder con toda justicia debe, señor Ministro, procederse de acuerdo a los artículos 183 y 192, inciso 1 y 2 del mismo.

El Articulo 183, dice bajo el título de “Solicitud de reubicación”, lo siguiente: “Desde la interposición de la denuncia y en cualquier momento del proceso, la presunta victima podrá poner en consideración del órgano directo su reubicación temporal o la del denunciada, dentro del ministerio. El órgano director recomendara al Viceministro o al consejo de personal, la procedencia de la reubicación temporal solicitada, quien resolverá en ultima instancia”.

Ahora bien, el Articulo 192, “Medidas Precautorias”, establece que: “En cualquier estado del procedimiento, hasta tanto no adquiera firmeza la resolución o acto fina, o bien la declaratoria con lugar de las eventuales diligencias de despido, el órgano director podrá gestionar ante el órgano decisorio de primer instancia, la Dirección de Recursos Humanos o el superior jerárquico del denunciado, cuando así corresponda, la Adopción o revocación de las siguientes medidas cautelares:

1. Suspensión Provisional del denunciado con goce de salario.
2. Traslado o permuta temporales del denunciado, a otra unidad, departamento o sección”.

Nos preocupa que en la tramitación de este tipo de denuncias, se estable en el Articulo 190 de la misma normativa, un período no mayor de un mes calendario contado desde la interposición de la denuncia para que el departamento Disciplinario Legal traslade la investigación con las recomendaciones disciplinarias que considere pertinente. “El procedimiento interno para la tramitación de una denuncia por hostigamiento sexual, en ningún caso podrá exceder de tres meses contados a partir de la interposición de la denuncia”.

Una situación que nos preocupa sobremanera es que ya han trascurrido más de dos meses, por lo que de no acelerar el proceso se estaría por vencer el plazo de tres meses establecido por el articulo citado anteriormente. Así las cosas, Sr. Ministro, formalmente le solicitamos,

1. Proceder de acuerdo con los artículos citados anteriormente, al traslado del señor Juan Jaén Vindas, Delegado Policial de Cariari; en forma inmediata, dado que es totalmente contraproducente su permanencia en el puesto, tal y como fue solicitado por la denunciante en su declaración.
2. Que sea usted señor Ministro quien en definitiva proceda a resolver lo solicitado.

Agradeciendo desde ya su valiosa intervención nos suscribimos,

Albino Vargas Barrantes
Secretario General

Guido Fallas Monge
Responsable ANEP-Zona Atlántica

Julio Soto Vargas
Responsable ANEP-MSP

—-
c.: Instituto Nacional de las Mujeres (INAMU). c.: Defensoría de los Habitantes de la República.
c.: Ministerio de Trabajo y Seguridad Social.
c.: Junta Directiva Nacional de ANEP.
c.: Sra. Maritza Angulo Durán.
c.: Archivo.