MSP “una República independiente”

Una “República independiente” donde se extienden los plazos para resolver, se incumplen sentencias de la Sala Constitucional como la resolución 13023-2012 de las once horas y treinta minutos del catorce de setiembre de dos mil doce, la cual señaló que la disponibilidad no resultaba incompatible con el pago de horas extraordinarias, por lo que el pago de horas extraordinarias resulta procedente, si durante la disponibilidad el funcionario ha realizado labores efectivas.

Pese a este fallo, a la fecha no solo se carece de reglamentación que permita mensualmente generar el reporte de estas horas y por consiguiente el pago efectivo, sino que se sigue abusando por parte de algunos directores y jefes de delegaciones policiales que obligan a su personal a laborar más de 12 horas, o en sus días libres invocando la disponibilidad, e inclusive en algunos casos deben hacerlo por alguna intervención policial, pero a la hora de que el funcionario pide le den el tiempo o le reporten las extras, la respuesta clásica es, “no se puede dar tiempo, es prohibido, y no hay presupuesto para pagar”. ¿Irónico verdad?

Por eso es válido preguntarse, ¿será que este Ministerio está bajo su propio régimen y es independiente? La Ley 7410 General de Policía es escueta en muchos temas, por lo tanto se deben aplicar las normas supletorias y en observancia de la jerarquía de las normas, sin embargo en este Ministerio esto no se respeta, citaré un par de ejemplos.

Los plazos para resolver, la prescripción, la delegación, la caducidad, esta última en el artículo 340 de la Ley General de la Administración Pública, establece: “Cuando el procedimiento se paralice por más de seis meses en virtud de causa, imputable exclusivamente al interesado que lo haya promovido o a la Administración que lo haya iniciado, de oficio o por denuncia, se producirá la caducidad y se ordenará su archivo, a menos que se trate del caso previsto en párrafo final del artículo 339 de este Código”.

Inclusive en el Ministerio de Seguridad se omite el dictamen C-044-2010 de la Procuraduría General de la República, que es concordante con el artículo 340 de la LGAP y vinculante para la administración Pública, al igual que lo es el C-080-2012 que es concordante y vinculante con la sentencia 13023-2013.

Veamos otro ejemplo, según la Ley 7410 en su artículo 57, la sección de Inspección Policial y conforme al reglamento de organización del Ministerio de Seguridad Pública, el departamento disciplinario legal es la instancia técnica especializada para resolver mediante audiencias los casos incoados en materia disciplinaria contra los funcionarios del Ministerio de Seguridad, sin embargo se le delega en algunos casos a los Asesores Legales la atención de audiencias por procesos disciplinarios.

Con este proceder se omite lo señalado por la Ley General de Administración Pública en su artículo 91, aunado a que la Ley General de Policía 7410 establece en su artículo 44 entre las funciones de los asesores legales: “Emitir criterios técnicos jurídicos relativos a las actuaciones policiales, cuando sean requeridos o las circunstancias lo ameriten”. O sea, ¡se les convierte en juez y parte!

Los elementos mencionados que nos hacen pensar justificadamente que se maneja la cosa como “República independiente”, donde desproporcionalmente se viene afectando a muchas y muchos oficiales, veamos un ejemplo más: según la Ley General de Policía artículo 83 las faltas leves se prescriben al mes, pero conocemos casos de faltas que son levísimas y por el “criterio” de un jefe que la define como grave, se remite al disciplinario donde luego de dos o tres años se logra demostrar que la causa nunca reunió presupuestos para siquiera instaurarse, sin embargo aunque se dicte exoneración a favor del trabajador, previamente se dio una sanción al negarle a la o el funcionario el derecho de incorporarse al estatuto policial.

En la “República independiente” del Ministerio de Seguridad algunos directores y algunos jefes de delegación niegan el derecho que asiste a los funcionarios de una hora y media de descanso dentro de la jornada de trabajo de 12 horas, y lo que es peor, algunos aducen desconocer dónde se consigna ese derecho, el cual está escrito en el artículo 143 del Código de Trabajo, aunado al criterio OJ-071 de la Procuraduría General de la República.

Existe una máxima que dice: “Para mandar, se debe ser bien mandado”, si se desconoce, se omite y se transgrede la legalidad, no se tiene autoridad moral para reprimir o sancionar, menos para liderar, porque “cuando el que manda pierde la vergüenza el que es mandado pierde el respeto”.

“Prueba de fuego” para el nuevo Gobierno

El Consejo Nacional de Salarios (CNS), ente adscrito al Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS), de integración tripartita (Gobierno, cámaras y sindicatos), ha convocado al sector laboral para las 4 y 15 de la tarde del próximo lunes 16 de junio; para que éste dé su posición y aspiraciones concretas, en el marco de la Fijación General de Salarios Mínimos del segundo período del 2014.

Se trata de la primera fijación salarial que ocurre en el ámbito de la nueva administración gubernativa del señor Presidente de la República, don Luis Guillermo Solís Rivera. A lo largo de su gestión, se deberán hacer 8 fijaciones salariales para el sector Privado y 8 para el sector Público.

Esta será la primera de todas y se convierte en un indicador de cómo se ha de comportar el presente gobierno en esta asunto de la política salarial para la clase trabajadora que tiene la suerte de tener empleo fijo y salario formal. Toda una “prueba de fuego” para el nuevo mandatario.

Recordemos que suele suceder en el seno del CNS, en este tipo de situaciones, una “alianza” gobierno-empresariado que se enfrenta, en un 2 a 1, con las propuestas sindicales. Casi nunca se da la circunstancia de que el gobierno de turno apruebe la propuesta sindical, desechando la empresarial; y, muy pocas veces, se ha logrado un consenso tripartito en esto de la fijación semestral de salarios mínimos. De la interrogante que surge de cómo será el comportamiento del nuevo gobierno ante esta coyuntura.

Desde la perspectiva sindical que se representa, tanto en la propia Asociación Nacional de Empleados Públicos y Privados (ANEP), así como en el seno de la Central Social Juanito Mora Porras (CSJMP), esta circunstancia de la Fijación General de Salarios Mínimos del segundo período del 2014, la primera de la Administración Solís Rivera; genera las siguientes consideraciones:

El problema número uno de la sociedad costarricense de hoy, cual es el sistemático proceso de crecimiento de la desigualdad y ampliación de la brecha social dada la intensidad y la velocidad de la concentración de la riqueza, tiene en la política salarial una oportunidad de atenuar, y hasta de revertir, este perverso proceso que fortalece caminos de desintegración y confrontación social.

Es bueno puntualizar en tal marco de condiciones, que la clase trabajadora sufre, en términos generales, de un gran endeudamiento salarial, precisamente porque el sesgo de corte restrictivo de las fijaciones salariales de las últimas administraciones, hace que el endeudamiento se haya convertido en una “alternativa” para evitar la caída en la pobreza y como forma de intentar mantener un nivel de calidad de vida relativamente digno aunque con grandes problemas de liquidez.

En el caso del sector Privado abogamos por una política salarial que considere, por un lado, lo que sería el reajuste compensatorio por costo de vida del semestre precedente a la fijación; por otro, que tome en cuenta la necesidad de incrementar el poder de compra del salario, ampliando su capacidad adquisitiva y, por ende, su liquidez, de suerte que haya una dinamización del consumo, especialmente para el fomento productivo destinado al mercado interno.

Hay enormes segmentos laborales de la clase trabajadora asalariada del sector Privado que están necesitando otra política en materia de fijación de salarios mínimos; por ejemplo: obreros agrícolas de las plantaciones bananeras y piñeras, los choferes de autobús, los guardias y vigilantes de la seguridad privada, los obreros industriales.

Por otra parte, hemos reiterar ante la nueva circunstancia política que se supone se deriva de la tesis del “cambio” que masivamente apoyó el electorado en las pasadas elecciones presidenciales, la imperiosa necesidad de una fijación salarial de orden general para los salarios mínimos, de corte extraordinario, de naturaleza excepcional, para elevar su actual nivel y a partir de un nuevo nivel, seguir calculando los incrementos rutinarios semestrales por costo de vida.

En cuanto a una cifra en específico para la indicada audiencia al sector laboral del próximo lunes 16, la ANEP y la CSJMP, realizarán gestiones y esfuerzos para que haya una propuesta sindical lo más compartida y unitaria posible, que se daría a conocer en el momento oportuno.

Seccional del Ministerio de Hacienda define objetivos ante la nueva gestión

Inicia una nueva gestión en el Ministerio de Hacienda, bajo la tutela de Helio Fallas, Ministro de esa cartera y en la Seccional ANEP-Ministerio de Hacienda ya tienen claro cuáles serán sus objetivos, los que se concentraran en: controlar la evasión fiscal, los nombramientos irregulares y la protección de los derechos laborales en la población hacendaria.

Así lo manifestó Jorge Fonseca, Vicepresidente de la Seccional ANEP-Ministerio de Hacienda, quien a la vez indicó que otro de los temas a seguir de cerca, es el alto costo en que incurre el Ministerio de Hacienda en el alquiler de edificios, que incluso no están ocupados en su totalidad.

“Como Seccional de Hacienda tenemos tres objetivos que nos hemos propuesto desde nuestro establecimiento en el Ministerio de Hacienda, que fue defender los derechos laborales de la población hacendaria, denunciar la corrupción; venga de dónde vega y sea quien sea, y también aportar nuestro granito de arena en lo que sea mejorar la gestión tributaria y aduanera”, indicó Fonseca.

Según el Vicepresidente de la Seccional ANEP-Ministerio de Hacienda, ya han participado de reuniones con el Ministro de Hacienda, Helio Fallas, con la presencia de los otros sindicatos del ministerio, con el objetivo de plantearle sus ideas de cara a estos cuatro años.

“La idea es llevar nuestras propuestas, seguir con nuestro plan de denunciar nombramientos irregulares, ya incluso se ha denunciado casos en Servicio Civil, así como las reestructuraciones que se han realizado en tributación; creando más burocracia, entrabando los procesos fiscalizadores, desmejorando la gestión tributaria, además, de generar altos salarios para unos cuantos”, explicó Fonseca.

Además, agregó. “Le recordamos al Ministro que se ha referido a la gran evasión fiscal que existe en el país, que incluso puede llegar a un 6% del PIB, creemos que por ahí debería atacarse el déficit fiscal, cobrando bien los impuestos existentes antes de crear nuevos, con el fin de generar recursos frescos para llevar a cabo los diversos programas que necesita el país en diversas áreas, y que no se ataque los pluses salariales. También, hicimos ver al Ministro, el alto pago que se da en alquileres por parte del Ministerio de Hacienda, incluso el diputado Ottón Solís hizo referencia a este tema”.

Para la Seccional ANEP-Ministerio de Hacienda, lo que necesita el Ministerio es personal operativo como: auditores, que anden revisando si en los negocios se entrega la factura; inspectores que remitan a los contribuyentes los procesos determinativos y notificadores que revisen empresas, que incluso están ligadas a políticos empresarios que nunca se revisan.

Transparentar las sesiones del Consejo de Transporte Público

Nos parece una excelente iniciativa la que ha dado a conocer la Cámara Nacional de Autobuseros (Canabús), para que las sesiones del Consejo de Transporte Pública (CTP), sean “a puertas abiertas”. No podía llegar en mejor momento esta iniciativa que desde la ANEP saludamos y felicitamos.

La verdad es que la opacidad (por decirlo de manera elegante), es lo que ha venido caracterizando el funcionamiento del CTP, una instancia de marcado sesgo pro-empresarial y contraria a los usuarios del servicio de transporte público, especialmente en la modalidad de autobús.

Aunque el pensamiento oficial de la ANEP es que lo mejor es cerrar, clausurar definitivamente el CTP, la sana propuesta de Canabús podría abrir una posibilidad de una profunda auscultación usuaria y ciudadana de lo que en su seno se ha venido manejando; al punto de que ANEP sabe de sesiones que han venido siendo declaradas ¡secretas!, en materia de fijación de tarifas de autobús.

La ANEP espera tomar contacto en fecha próxima con el empresariado de Canabús, al cual le hemos de solicitar una audiencia oficial, para intercambiar pareceres sobre ésta, repetimos, feliz iniciativa, de transparentar de manera radical el funcionamiento del CTP; audiencia que también quisiéramos aprovechar para abordar cuestiones sociolaborales que nos preocupan, en el ámbito del concepto de Trabajo Decente promovido por la Organización Internacional del Trabajo (OIT), y con el cual el país está comprometido, sobre las condiciones de trabajo de los choferes de bus, en términos generales y a nivel nacional.

Aprovechamos para de esta manera pública, exhortar a la Defensoría de los Habitantes de la República a fin de que se apropie de esta iniciativa empresarial que avalamos y que bien podría generalizarse hacia esos otros consejos cuyo funcionamiento no parece tener menos opacidad que el del CTP. Nos referimos, por ejemplo, al Consejo Nacional de Vialidad (Conavi), así como al Consejo de Seguridad Vial (Cosevi).

ANEP interpone recurso de amparo contra el MSP por negar información

La Asociación Nacional de Empleados Públicos y Privados (ANEP), junto a su Seccional ANEP-Fuerza Pública, interpusieron, la mañana de este jueves, un Recurso de Amparo en contra del Ministerio de Seguridad Pública (MSP) por negar información que consideramos de carácter público.

El encardo e presentar el Recurso de Amparo ante la Sala Constitucional fue Mainor Anchía, integrante de la Junta Directiva Nacional de ANEP y Presidente de la Seccional ANEP-Fuerza Pública, que durante más de 6 meses ha tratado de conseguir información referente al cumplimiento de requisitos por parte de altos cargos de la Fuerza Pública, necesarios para desempeñarse en puestos de Directores y Subdirectores Regionales.

“Se interpone el Recurso de Amparo en contra del Ministerio de Seguridad Pública en la persona del Comisario Erick Lacayo Rojas, Director de la Escuela Nacional de Policía en razón de que hemos estado solicitando que nos brinde la información, que consideramos de carácter público, referente a la carrera policial de los diferente directores y subdirectores que hoy dirigen las diversas regiones de la Fuerza Pública”, detalló Anchía.

Según el Presidente de la Seccional ANEP-Fuerza Pública, lo que se está solicitando es que se diga cuál ha sido el proceso de formación dentro de la Escuela Nacional de Policía, en razón de que si estos personajes completaron el Básico Policial, cursos de Oficiales Ejecutivos, entre otros.

Está solicitud de información por parte de la ANEP viene dándose desde octubre del año anterior, y hasta la fecha no se ha podido consignar, debido a que según Anchía, “la bola se la tiran de un lado para otro entre el Departamento Recursos Humanos y la Escuela Nacional de Policías, sin embargo seis meses después alegan que la información solicitada está protegida por la Ley de Protección a Datos Personales y no la pueden brindar”.

Debido a lo anterior, y por considerar que la información solicitada es de carácter público, nuestra organización decidió interponer dicho Recurso de Amparo, para que sea la Sala Constitucional la que se encargue de definir el carácter de la documentación solicitada al MSP.

Negociaremos con el MSP el pago de días feriados para oficiales de la Fuerza Pública

La Asociación Nacional de Empleados Públicos y Privados (ANEP), junto a su seccional ANEP-Fuerza Pública, serán los encargados de negociar con el Ministerio de Seguridad Pública (MSP) el pago atrasado por concepto de día feriado trabajado para los oficiales de la Fuerza Pública.

Lo anterior se debe a que el MSP no reconocía el pago doble por los días feriados laborados, toda vez que estimaba que la figura de la disponibilidad abarcaba el pago de esos días; no obstante, criterios vertidos posteriormente consideraron que la disponibilidad no alcanza a cubrir los días feriados, pues se trata de días que no deben laborarse, pero si se laboran, debe reconocerse el pago doble, en virtud de la modalidad de pago mensual que se aplica a los funcionarios públicos.

En el caso de los miembros de la Fuerza Pública, por la modalidad de pago (mensual, con adelanto quincenal) se entienden pagados todos los días del mes, por lo que los feriados laborados deben remunerarse con un adicional sencillo más, para completar el pago doble al que se refiere el artículo 149, en relación con el 152, ambos del Código de Trabajo.

Mainor Anchía, integrante de la Junta Directiva Nacional de ANEP y Presidente de la Seccional ANEP-Fuerza Pública indicó que “en los próximos días iniciaremos las negociaciones en sede administrativa, para agilizar el pago de los feriados que le adeuda la administración del Ministerio de Seguridad Pública, a miles de compañeros de la Fuerza Pública, nosotros hemos coadyuvado en este proceso que favorece a muchos y muchas de nuestros agremiados”.

Según Anchía, así consta en el oficio remitido a nuestra organización por la Procuraduría General de la Republica, en el que se avala nuestra participación como enlace para facilitar el pago de este rubro a miles de efectivos de la Fuerza Pública.

“Además, ha esto se une que el día de hoy (miércoles 28 de mayo de 2014) conversamos con el Lic. Jeiner Villalobos, Director Jurídico del Ministerio de Seguridad Pública, quien nos indicó que en próximos días iniciaremos este proceso, para el cual solo falta el tema logístico”, finalizó Anchía.

Este proceso de negociación permitirá que el dinero adeudado a los efectivos sea girado de una forma más rápida y evitar un proceso engorroso, que además le generaría al MSP destinar recurso humano y económico.

Policía Penitenciaria plantea agenda anual de lucha

Licda. Cristina Ramírez Chavarría, Ministra
Lic. Carlos Rodríguez Pérez, Viceministro
MINISTERIO DE JUSTICIA Y PAZ

Estimada señora ministra:
Estimado señor viceministro:

Reciban en primera instancia un cordial y sumamente respetuoso saludo de parte de la Asociación Nacional de Empleados Públicos y Privados (ANEP).

Esta es nuestra primera misiva que desde nuestra organización laboral les hacemos llegar a vuestras dignas autoridades en condición de ministra y de viceministro de Estado en la cartera de Justicia y Paz; deseándoles desde ya los mejores éxitos en este complejo ministerio a su cargo.

Han de saber vuestras dignas autoridades que la ANEP es una organización sindical con más de treinta años de trayectoria a lo interno de este ministerio, especialmente en el seno del personal del Sistema Penitenciario Nacional; logrando construir una reconocida incidencia sociolaboral, sustentada en una agenda de temas de orden reivindicativo-gremial y político institucional; direccionado más específicamente en el sector de la Policía Penitenciaria, quedando en desarrollo un proceso de negociación y cumplimiento de acuerdos inconclusos, mismos que ineludiblemente en resguardo de la necesaria paz laboral, debemos continuar con la voluntad política de vuestras autoridades.

A la vez pero para ser tratado en una segunda comunicación de parte de la ANEP, hemos estado insistiendo en la tesis de que el Sistema Penitenciario Nacional está en crisis y hemos elaborado planteamientos al respecto que les haremos llegar prontamente; considerando que los niveles de sacrificio del personal institucional visto como un todo (ya no solamente el de seguridad penitenciaria), está sumido en altísimos niveles de presión y de estrechez laboral en todos los sentidos que amerita una acción de la nueva política pública que se avizora para tenderle una mano urgente, sensible y solidaria que no se vio en la administración anterior para con ellos: hablamos de los y de las profesionales, del grupo laboral técnico, así como del administrativo y de servicio operativo.

Ahora bien y dada la urgencia de las urgencias, en el caso de la situación sociolaboral de la Policía Penitenciaria, varios de los asuntos pendientes al respecto y urgentes de abordar, se fundamentan en acuerdos firmados, tanto en la sede del Ministerio de Trabajo y Seguridad social (MTSS), como con las autoridades de las máximas autoridades político-jerárquicas del gobierno anterior en esta cartera de Justicia y Paz. En razón de lo anterior nos permitimos formal entrega a vuestras autoridades de lo que denominamos “Agenda laboral para la eficiencia, la eficacia y el fortalecimiento del servicio de la Policía Penitenciaria con plena humanización del trato a su personal”; con el objetivo de proponer la apertura de un espacio permanente de diálogo y negociación efectiva, al más alto nivel institucional.

“Agenda laboral para la eficiencia, la eficacia y el fortalecimiento del servicio de la Policía Penitenciariacon plena humanización del trato a su personal”

Primero: PROCESO DE NEGOCIACIÓN CONVENCIÓN COLECTIVA DE TRABAJO. Consideramos este instrumento laboral como la máxima aspiración de las trabajadoras y de los trabajadores, convirtiéndose en la herramienta que regirá con carácter de ley profesional aspectos de orden laboral, fijando reglas claras y resolviendo en un sólo paquete gran parte de la problemática laboral existente.

Importante de destacar que esta propuesta de la ANEP fue el resultado de un riguroso análisis y consulta con el personal policial, documento que fuera formalmente entregado el pasado 23 de octubre de 2013 a la anterior señora ministra, la Dra. Ana Isabel Garita Vílchez, con el propósito de iniciar el proceso de negociación que ha quedado truncado. Valga indicar, además, que en este aspecto de la Convención Colectiva de Trabajo, la tesis de la ANEP es mantener unida a la familia laboral penitenciaria, sin segregarla, sin dividirla; integrante en este instrumento del Derecho Colectivo de Trabajo (el máximo, por demás), a los y las profesionales, al grupo laboral técnico, así como al administrativo y al de servicio operativo, junto al personal de la Policía Penitenciaria.

Segundo: MANUAL DE CLASES DE LA POLICIA PETENINTENCIARIA. Este proceso arrancó como resultado de acuerdos y negociaciones posteriores al movimiento huelguístico del pasado 6 de enero del año en curso. El manual de clases permitirá actualizar la actual estructura organizativa de la Policía Penitenciaria haciéndola más moderna, eficaz y eficiente, aparte de justicia; antesala para lograr que el personal policial de este ministerio tenga salarios más competitivos y, al menos, pueda homologarse a la base salarial del personal policial de la Fuerza Pública del Misterio de Seguridad Pública, cuyas bases salariales están al día de hoy, promedialmente hablando, en unos ochenta mil colones arriba de nuestro personal de la Policía Penitenciaria.

Importante es destacar que las autoridades salientes y actual personal técnico- profesional en coordinación con nuestra representada, dio inicio a la actualización de este manual, realizándose todo el trabajo de campo necesario. No obstante, el documento borrador final, no ha sido de aceptación por parte de la ANEP, al considerar que se obviaron aspectos relevantes que deben ser incorporados al mismo.

Tercero. NOMBRAMIENTO DE PERSONAL. Como es de vox populi, ha crecido exponencialmente la población carcelaria al extremo que se experimenta una sobrepoblación prácticamente en todas las cárceles del país; por el contrario, el personal policial no ha crecido de manera proporcional. Esta situación era “relativamente manejable” recargando funciones y obligando al personal policial a laborar, al menos, uno o dos días al mes bajo la figura de disponibilidad. No obstante hoy, al haberse resuelto mediante fallo judicial la figura jurídica de la disponibilidad como opcional y no obligatoria, el personal policial ante el altísimo estrés laboral, opta mejor por descansar, situación que deja al desnudo la falta de personal policial estimada entre 600 y ochocientas nuevas plazas.

Amén de que pueda efectuarse un plan de reordenamiento de personal, nuestra organización sindical considera de orden prioritario que vuestras autoridades realicen todas las gestiones pertinentes de orden presupuestario a fin de que pueda irse nombrarse personal policial adicional. Importancia capital reviste el hecho de que estamos ante un relevo generacional muy acentuado, reconociendo que será considerable el número de policías que se jubilará en el próximo cuatrienio.

Cuarto. RESPETO AL TIEMPO PROPROCIONAL DEL DEBIDO DESCANSO. Como ha de ser de su conocimiento en el sistema penitenciario la Policía Penitenciaria labora en varios horarios. Uno de 5×2 de las 08:00 am las 04:00 pm, con salida diaria a la casa; y, el predominante, de 7×7 días (de internamiento con tiempo proporcional de descanso), con dos roles laborables: Uno de 8 horas rotativo en el cual una escuadra labora y la otra es reserva en descanso; otro, el segundo rol de 12 horas o denominado escuadra de apoyo. Valga decir que 12 horas es la jornada laboral máxima permitida. En teoría, en ambos con tiempo proporcional de descanso.

No obstante, las autoridades institucionales han mantenido el criterio de que con el personal que labora en horario 7×7, en rol ocho horas, puede disponerse a discreción de la administración después de su jornada y en su tiempo de descanso para que continúen laborando en labores ordinarias como recuentos, visita general, requisas, y salidas médicas.

De tal manera que este personal termina laborando diez y hasta once horas, negándosele el derecho al debido descanso, sin reconocimiento de horas extras y poniéndose en alto riesgo la seguridad penitenciaria con oficiales altamente fatigados; siendo nuestro criterio jurídico político contrario a esta desproporcionalidad abusiva violatoria que no garantiza las ocho horas de descanso.

Quinto. RECONOCIMIENTO ECONOMICO DEL TIEMPO EXTRAORDINARIO LABORADO POR CONCEPTO DE DISPONIBILIDAD EN SEDE ADMINSTRATIVA. Lo anterior es producto de los acuerdos firmados el 23 de enero de 2014 en sede del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS). Al respecto se pactó en forma obrero – patronal lo siguiente: “La administración dará tramite en sede administrativa a todas aquellas gestiones que planteen las y los trabajadores de la Policía Penitenciaria en forma individual, para lograr el pago de deudas acumuladas por tiempo extra ya laborados, por concepto disponibilidad”. Esto está pendiente, con un primer corte al 31 de marzo del año en curso, para presupuestación y pago de un primer grupo por una totalidad de setenta y un mil trecientas setenta y dos horas adeudadas (71372 horas).

Importante es de destacar que lo anterior tuvo origen en un proceso judicial-laboral interpuesto por ANEP ante el Juzgado de trabajo del 11 circuito judicial de San José, expediente 10-000421-0166, del trabajador de la Policía Penitenciaria y máximo dirigente sindical de la ANEP en este grupo laboral, don Gerardo Cascante Vargas. De esta manera la disponibilidad deja de ser obligatoria y deberá de reconocerse como tiempo extraordinario para quien acepte laborar.

Al respecto consideramos de fundamental importancia que vuestra autoridad, continúe brindando total respaldo a este proceso para que a la mayor brevedad posible se le cancele estas deudas al cien por ciento del personal policial.

Sexto. RECONOCIMIENTO ECONÓMICO DE TIEMPO EXTRAORDINARIO. En este apartado tenemos dos aspectos a señalar, uno la solicitud expresa que formuláramos a la antecesora señora ministra para la apertura de un proceso de investigación ante presuntos abusos indebidos en la asignación de horas extras en la cúpula policial, pues de informe que fuera proporcionado por la misma ministra saliente, se observa a nuestro criterio una desproporcionalidad de dicha asignación en dichas cúpulas, respecto al personal policial de base.

El otro aspecto refiere a que si bien existe un circular que indica que en el pago correspondiente al mes siguiente del día laborado se incorpora dicho reconocimiento, lo cierto del caso es que no se cumple con dicha disposición. Esto mantiene en una absoluta indisposición al personal que ha venido laborando de forma voluntaria, al extremo que el personal policial no encuentra motivación alguna para trabajar cuando la administración le llama a colaborar.

Sétimo. REGLAMENTACIÓN USO Y PORTACIÓN DEL TELEFONO CELULAR EN TIEMPO DE SERVICIO. Este tema nos ha llevado a mantener una fuerte discrepancia con la cúpula policial, al extremo que tuvimos que solicitar la directa intervención del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS). Sin embargo, al día de hoy el diferendo no ha sido resuelto.

El conflicto radica en que el personal policial goza de un permiso especial de portación y uso de celular, con algunas regulaciones específicas de uso que no pongan en riesgo la seguridad carcelaria; pues ante el desarraigo familiar del personal de seguridad y ante la falta de dispositivos de comunicación en fortines y otras unidades laborales, el celular se ha convertido en una herramienta estratégica de trabajo en seguridad.

Sin embargo, la administración ha optado por la prohibición casi absoluta, al extremo que en algunos centros carcelarios del país, como Pérez Zeledón y otros, obligan al personal a dejar guardados los artefactos en las oficialías, situación que ha provocado enorme malestar en el personal policial.

Octavo. RECONOCIMIENTO DEL 100% DE VACACIONES PSICOPROFILÁCTICAS. Anteriormente el personal policial disfrutaba de 13 días hábiles en tres bloques: dos de cinco días y el último bloque de tres días. Posteriormente vía circular, la administración ordena que se disponga dar los trece días seguidos, lo que se convierte o traduce a sólo seis días y medio, para el personal que trabaja en rol 7×7 y en semi-internamiento; disfrutando de sus trece días únicamente le personal de seguridad que trabaja en rol 5×2. Es decir, solamente el personal policial en rol administrativo sí disfruta los trece días de vacaciones psicoprofilácticas. Evidentemente estamos ante una situación altamente discriminatoria en el seno del mismo cuerpo policial que afecta a la mayoría del mismo.

Noveno. RECONOCIMINTO DEL 100% DE LAS VACACIONES LEGALES PARA TODO EL PERSONAL DE SEGURIDAD. Para ubicarnos en el contexto, es importante señalar que en el año 1997, siendo Ministro de Justicia por unos días el señor Lic. Juan Diego Castro Fernández, emitió una circular en la cual divide las vacaciones en dos partes, resultando que a partir de ese momento quienes tenían diez años o más de laborar disfrutarían de treinta días hábiles; y, en adelante los que cumplieran diez años de laborar tendrían únicamente treinta días calendario. Nótese aquí que estamos con periodos de vacaciones distintos o diferentes para trabajadores y trabajadoras de un mismo ministerio o patrono.

Décimo. MEJORAMIENTO DE LA INFRAESTRUCTURA. Basta recorrer los centros penitenciarios para observar las condiciones de deterioro y desmejoramiento, sobre todo en centros carcelario ubicados en el interior del país en regiones expuestas a bruscas condiciones climatológicas. Todo parece indicar que las carencias presupuestarias y la falta de planificación conspiran contra la infraestructura institucional, aparte de que sería relevantísimo una evaluación de las capacidades y de las responsabilidades de ejecución presupuestaria que muestran los mandos altos y medios encargados de ello.

Es menester de nuestra parte reconocer algunas mejoras en infraestructura para albergar a las personas privadas de libertad; no así en el mejoramiento de las condiciones deplorables de fortines que carecen de agua potable y servicios para las necesidades fisiológicas; dormitorios y espacio físico que aminoren el hacinamiento en muchas cárceles del país, todas las cuales carecen de procesos estructurales y sistemáticos en materia de Salud Ocupacional, cuyos primeros esfuerzos institucionales al respecto merecen un apoyo estratégico.

Dos ejemplos del problema con los dormitorios los tenemos con las mujeres policías en la cárcel de Puntarenas que no cuentan con un dormitorio exclusivo para ellas; pues dividieron el de los hombres para darles espacio a estas compañeras perdiéndose la intimidad de ambos grupos. El otro ejemplo lo constituye el semi-institucional de San Ramón, donde los dormitorios de los hombres está de pared de por medio del comedor.

Décimoprimero. TRASLADOS O REUBICACIONES ABUSIVOS. Si bien reconocemos un importante avance en este aspecto, sobre todo a partir de que la honorable Sala Constitucional, reiteradamente, ha manifestado los parámetros de proporcionalidad a considerar en materia de traslados del personal policial penitenciaria; siguen reubicando personal que no necesariamente es de algún agrado de supervisores o jefaturas, sustentando el “rancio” argumento de que se traslada por interés institucional, cuando en el fondo dicho traslado o reubicación obedece en muchos casos, a aspectos de marcados liderazgos de personal subalterno que cuestiona decisiones u órdenes de sus inmediatos superiores.

Importante destacar que si bien existe en la estructura jerárquica policial personal con características de liderazgos y mediana formación en el manejo de personal; nos encontramos también con que en esta estructura de mando hay personal que no tiene la idoneidad ni la formación requerida lo que hace que se potencien discrepancias y conflictos laborales innecesarios.

Décimosegundo. FORMACIÓN Y CAPACITACIÓN POLICIAL. Desde ANEP consideramos de orden estratégico, un profundo análisis de la malla curricular, siendo necesario un riguroso análisis del enfoque y los contenidos que se imparten en la Escuela de Formación Policial, haciendo hincapié en el nivel de formación y certificación de los formadores y formadoras de dicha escuela. Desde nuestra perceptiva, consideramos necesario mayor énfasis en formación de derechos humanos, protocolos en la gestión policial, así como valores cívicos y disciplina; agregando ahora los contenidos de política pública que en el ámbito de la Transparencia y de la Ética vuestro gobierno, por medio del señor Presidente de la República, Luis Guillermo Solís Rivera, señaló en su mensaje de asunción del cargo.

Adicionalmente consideramos que debe de haber un plan de capacitación y actualización continua, siendo inadmisible que la única vez que un policía dispara un arma es cuando recibe el curso como requisito de ingreso al sistema, razón por la cual se presenta una constante queja. Y es que unos pocos policías acaparan muchos cursos y capacitaciones, inclusive en el extranjero, siendo que ni siquiera son los que laboran en los centros penitenciarios y la mayoría es de nuevo ingreso, dejando en el olvido a l personal más experimentado que más se ha sacrificado.

Decimotercero. GÉNERO. Como es obvio, el término refiere al ser humano, hombre o mujer. En este apartado nos referimos a la inserción activa de la mujer a un sistema penitenciario obviamente patriarcal y con marcados sesgos machistas y hasta misóginos; correspondiéndole a la mujer policía entrar en desventaja a un sistema hecho desde una perspectiva que si bien puede considerar las capacidades de la mujer, no así brinda las condiciones básicas necesarias de privacidad así como las debidas consideraciones a la naturaleza misma de la mujer. Nos referimos al doble papel que juega en la sociedad y sus condiciones anatómicas y fisiológicas. No existe una directriz clara respecto a las funciones o roles de la mujer policía durante el embarazo; no se consideran las necesidades fisiológicas o anatómicas como un uniforme adecuado; los riesgos a que son expuestas al tener que subir a fortines que algunos por sus características son de difícil acceso, dejando este tema a criterio de la jefatura de cada centro.

Es muy normal escuchar al personal policial femenino quejarse de la ausencia de consideración especial cuando se encuentran con el período menstrual y todos los inconvenientes que esto conlleva. No perciben consideración alguna. El otro caso es que al no haber agua ni servicios sanitarios en los fortines deben de solicitar relevos (que no siempre hay disponibles) y caminar a veces distancias considerables para llegar al servicio sanitario.

De igual manera, los uniformes y chalecos antibala utilizados son estándar y los usan todos, no son hechos guardando las condiciones anatómicas inherentes al sexo femenino, lo que hace que tengan constantemente padecimientos alérgicos por ese intercambio de fluidos corporales usuario-chaleco-usuario, entre otras cosas. Es más que obvio que un uniforme confeccionado para hombres no reúne las características de talla para mujeres.

Finalmente, es imperativo doctrinar sobre los aspectos inherentes al acoso sexual y laboral a la mujer en el empleo con desempeño policial en el ámbito de la seguridad penitenciaria.

Decimocuarto. AVITUALLAMIENTO. Esta cartera ministerial deberá de hacer un ingente esfuerzo de orden presupuestario para dotar al personal policial de uniformes, zapatos y equipo necesario para trabajar con dignidad, eficiencia y eficacia; pues tristemente al día de hoy se les suple únicamente dos camisetas, un pantalón y un par de zapatos al año. Ello explica por qué vemos policías mal presentados con uniformes desteñidos y remendados con una variedad de zapatos diferentes, teniendo el personal policial que fabricarse o comprar la vara policial y el indispensable foco.

Debemos destacar que no es lo mismo el “aguante” que puede tener el uso de un uniforme en zonas frescas que se puede usar dos o más veces sin lavar; que en zonas calientes o húmedas y lluviosas donde el uniforme deberá cambiarse a diario y por consiguiente lavarlos con mayor frecuencia, con el inconveniente de mayor desgaste y que no se seca rápido. Los zapatos también se mojan más y duran menos. Estos son puntos a tomar en cuenta a la hora de distribuir uniformes en esas zonas. Para poner un ejemplo de la poca importancia que se le da al tema, Limón es una de los centros que para el 2013 se dejó sin uniformes y se les entregó al inicio de este año. La justificación: Que se les entregó uniformes a los nuevos grupos de básicos policiales y no alcanzó.

Contrariamente, los homólogos de otros cuerpos policiales, como la Fuerza Pública, portan el chaleco personalizado, cuentan con cuatro uniformes al año, “jackets”, capas, botas y zapatos de alta calidad.

Decimoquinto. ALIMENTACIÓN. En cuanto a este tema se ha hablado mucho. La alimentación para la policía que debe permanecer la semana en servicio es la misma que se le sirve a la población privada de libertad, inclusive con la ayuda en la preparación de privados y privadas de libertad, lo que representa un altísimo riesgo. Es una costumbre que para el turno de la madrugada, de las 00:00 a las 08:00 horas, les dejan lo básico, como arroz y frijoles preparados para que “se las arregle” la misma policía de la escuadra en servicio, encargando a alguno o alguna la cocina en ese rol a prepararla (al que le llaman “burrero”). Para mejorar esta alimentación mínima, la policía hace un aporte semanal para comprar algún tipo de acompañamiento, como puede ser carnes.

La alimentación para la policía como no es pensada para ella, no es balanceada, le llega a sus respectivos puestos, llámese pabellones o fortines, tiempo después de haber sido “empacada” en los recipientes que cada uno debe aportar; por consiguiente llega fría, de tal manera que si no le gusto lo que se preparó se día, se queda sin comer.

Decimosexto. DIAGNÓSTICODICO DEL ESTADO GENERAL DE SALUD DEL PERSONAL POLICIAL. Sabemos que el personal policial con mayor edad y más años de laborar en el sistema, presenta una tendencia marcada a padecimientos propios relacionados directamente con las condiciones hostiles de trabajo, desarraigo y alimentación. No obstante consideramos urgente un diagnóstico médico estadístico que nos diga con mayor certeza el estado general de salud del personal policial.

Finalmente, con mucho respecto, nos permitimos ser atendidos, lo más rápidamente posible, por vuestras su dignas autoridades ministeriales, con la finalidad de ampliar con mayor detalle la visión institucional desde nuestra perspectiva laboral; quedando a la espera de vernos complacidos en nuestra respetuosa solicitud.

Con estima y consideración, reiterándoles nuestros buenos deseos de éxitos en la gestión para el bien de nuestro pueblo,

Albino Vargas Barrantes
Secretario General ANEP

Gerardo Cascante Vargas
Vicepresidente y Presidente en ejercicio,
Junta Directiva
Seccional ANEP-Policía Penitenciaria

ANEP presente en el marco del PTDP de la Organización Internacional de Trabajo

Representantes de la Asociación Nacional de Empleados Públicos y Privados (ANEP) se encuentran participando en el taller nacional “Planificación estratégica para desarrollar la agenda sindical” en el marco del Programa de Trabajo Decente por País (PTDT) de Costa Rica.

El taller que se realiza en San José, tiene como primer objetivo; analizar la situación socio-laboral del país, con énfasis en los déficits en materia de trabajo decente, de acuerdo a las prioridades del sindicalismo en el marco de la PTDP.

El segundo objetivo es la elaboración de un plan de trabajo para la participación activa de las centrales en la PTDP, acorde con la agenda sindical de trabajo decente.

Además, dentro de los puntos a desarrollar entre los participantes se encuentran: el programa de trabajo decente en Costa Rica y bases para su implementación, según la OIT, así como la situación socio-laboral del país, y la participación de los trabajadores en la PTDP.

A los puntos anteriores se une: la sistematización y aporte a la agenda sindical de trabajo decente, para finalmente elaborar un plan de trabajo en la agenda sindical para la PTDP.

Este taller se desarrolla desde este miércoles 28 de mayo y finaliza el próximo 29 del mismo mes.

CCOO denuncia la criminalización de los sindicatos y la ofensiva penal contra el derecho de huelga

La Comisión Ejecutiva de CCOO aprobó ayer una declaración en la que expresa su preocupación por la deriva autoritaria que han tomado las actuaciones de los poderes públicos contra los sindicatos. Un informe de los Servicios Jurídicos de CCOO indica que son 49 los procedimientos abiertos a 147 representantes y dirigentes de CCOO, promovidos por la Administración del Estado y el Ministerio Fiscal, lo que a juicio del sindicato, supone una restricción ilegítima de derechos democráticos.

En opinión de CCOO, resulta especialmente reseñable la intervención del Ministerio Fiscal, y por lo tanto del poder ejecutivo, en la criminalización de la respuesta social y sindical. CCOO llama la atención sobre el solemne silencio político y administrativo que acompaña a la campaña de intimidación observada en el ejercicio de de estas prácticas sancionadoras contra la actividad sindical y especialmente contra representantes del sindicato.

TEXTO ÍNTEGRO DE LA DECLARACIÓN:

CCOO denuncia la criminalización de los sindicatos y la ofensiva penal contra el derecho de huelga

Un informe de los Servicios Jurídicos de CCOO advierte de 49 procedimientos abiertos a 147 representantes y dirigentes de CCOO, promovidos por la Administración del Estado y el Ministerio Fiscal, lo que supone una restricción ilegítima de derechos democráticos.

El ejercicio de la libertad sindical ha conocido en los últimos años una creciente y preocupante intervención del Ministerio Fiscal, que puede estar ejerciendo la acusación pública con finalidad discriminatoria. A juicio de CCOO, “la acusación penal, que acarrea la imputación de delitos para los que se piden hasta ocho años de cárcel para representantes sindicales, es una injerencia de los poderes públicos en el funcionamiento de las organizaciones sindicales y una restricción ilegítima de derechos democráticos y de manera singular, del derecho de huelga. No se trata de un acto que carezca de consecuencias jurídicas inmediatas. Implica la vinculación a un proceso y la sumisión a medidas cautelares tanto personales como de exigencia de fianzas y asunción de daños por parte de la acusación”.

Desde hace unos años, el sindicalismo de clase se enfrenta a una poderosa campaña mediática activada con fuerza a partir del triunfo de la derecha política en las elecciones generales de 2011. Una sistemática e implacable campaña que no repara en medios y que apunta al corazón mismo de las relaciones laborales. En la estrategia informativa de descrédito del proyecto sindical, no se pone en cuestión una u otra actuación de los sindicatos. O al menos, no solo. Se ataca la propia existencia del sindicalismo democrático y su función constitucional, lo que nos sitúa ante una ofensiva conservadora que en ocasiones avanza extramuros de la democracia.

Pero el sindicalismo no puede quedarse en la denuncia de unos hechos que golpean la imagen y la credibilidad de los sindicatos. Debe dirigir también su mirada hacia dentro y evaluar con rigor y transparencia los errores cometidos. Y en eso estamos empeñados en CCOO. La creación de una Comisión de Investigación para analizar la actuación del sindicato en el llamado caso de los ERE, y el compromiso público adquirido para aplicar con todas las consecuencias la legalidad estatutaria, ha servido para separar las buenas de las malas prácticas y no ponernos de perfil si tuviésemos que sancionar alguna actuación irregular de representantes de CCOO.

La criminalización de la respuesta sindical

Mientras el sindicato se detenía en el análisis de la campaña antisindical en el ámbito de la comunicación, se sucedían en distintos puntos del país acciones sancionadoras contra la actividad sindical sin precedentes en democracia. Conscientes de que las prácticas sancionadoras contra sindicalistas han ido aumentando hasta límites intolerables, CCOO ha creído imprescindible encargar a sus servicios jurídicos un informe detallado de lo que está pasando y una agenda básica que incluya los criterios de intervención jurídica y sindical. La principal tipología de conflictos de los que se derivan las actuaciones sancionadoras están relacionados con el desarrollo de las jornadas de huelga general tanto en el año 2010 como en el 2012, jornadas que acumulan la inmensa mayoría de procedimientos tanto administrativos como penales.

En relación con las sanciones que son objeto de imputación, las más frecuentes son las de carácter exclusivamente administrativo, y no representan en la mayoría de los casos importes relevantes, excepción hecha de la infracción muy grave aplicada al caso de Huelva que supera la cantidad de 60.000 euros.

En el ámbito penal la mayor gravedad de la acusación tiene lugar cuando se imputa la comisión de delito de coacciones a la huelga, lo que se produce al menos en nueve procedimientos de carácter penal y que afectan a unos 40 trabajadores y cargos sindicales. Estos procedimientos sí derivan en condena, la pena mínima es de tres años y un día, y por tanto genera el ingreso en prisión al ser superior a 24 meses, aunque la persona carezca de antecedentes penales, al no ser aplicable con carácter general la medida de libertad condicional. En algunos casos se ha constatado que las peticiones de la Fiscalía exceden notablemente de la pena mínima, lo que además tiene lugar cuando solicita igualmente pena de prisión por otros delitos concurrentes como los de atentado o lesiones. Tal es el caso de AIRBUS, en el que se pide ocho años de prisión para cada uno de los ocho sindicalistas imputados, o superior a cuatro años, como se pide a la secretaria general de CCOO de Baleares.

Hemos querido resumir algunos de los 35 procedimientos que afectan a 125 sindicalistas de CCOO los servicios jurídicos trabajan para conocer si son más los casos con el propósito de sensibilizar a toda la ciudadanía de la trascendencia de unas actuaciones que cercenan gravemente los derechos sociales y laborales. Y lo hacemos para anunciar que no nos vamos a quedar parados. CCOO considera inaceptable que el delito de coacciones a la promoción de la huelga como figura penal se aplique de forma generalizada en todo tipo de altercados e incidentes con ocasión del desarrollo de una huelga, sobre todo en la convocatoria de una huelga general.

Resulta especialmente determinante la intervención del Ministerio Fiscal, y por lo tanto del poder ejecutivo, en la criminalización de la respuesta social y sindical. CCOO llama la atención sobre el solemne silencio político e informativo que acompaña a la campaña de intimidación observada en el ejercicio de estas prácticas sancionadoras contra la actividad sindical, y especialmente contra representantes del sindicato. No vamos a permanecer callados ni parados. CCOO activará una agenda de contactos y reuniones con la Fiscalía General del Estado, el Consejo General del Poder judicial, las organizaciones profesionales de la justicia, el Comité de Libertad Sindical de la OIT y los grupos parlamentarios para trasladarles la situación aquí denunciada. Igualmente, debatirá y reflexionará con ellos de propuestas de cambios normativos en el ámbito penal. Y estudiará en sus órganos de dirección, en contacto con todas las estructuras del sindicato, un calendario de movilizaciones contra la vulneración de los derechos sindicales.

Pago de disponibilidades por la vía administrativa sigue caminando

Nuevamente los otros, los mercaderes de juicios, siguen tratando de confundir, de engañar, de manipular las conciencias y la inteligencia de los y las policías penitenciarias en cuanto al proceso de cobro promovido por ANEP en vía administrativa por el pago de disponibilidad que se nos adeuda.

ANEP le ha estado dando seguimiento responsable, continuo y constante a este proceso de pago, que tal y como lo acordamos en la negociación que tuvimos con las autoridades de Justicia y Paz, se tramitarían con el primer corte de las certificaciones que tuviéramos al 31 de marzo de 2014.

Es así como luego de la última reunión sostenida por los compañeros Gerardo Cascante Vargas, Presidente de la Seccional ANEP-Policía Penitenciaria-ANEP; por el compañero Gerardo Cascante Amador, promotor de ANEP para la Policía Penitenciaria; y, por el compañero Rafael Mora Solano, Asesor Político de ANEP; que tanto con don Geovanni Morales Sánchez, Director de Recursos Humanos del MJP, como con don Guillermo Ugalde Víquez, Director Nacional de la Policía Penitenciaria; nos informaron de lo avanzado del proceso de la corroboración de los datos de las certificaciones de horas laboradas y de que algunas inconsistencias consultadas por la Dirección de Recursos Humanos ya habían sido aclaradas, y que ya todo estaba preparado para solicitar la autorización del presupuesto al Ministerio de Hacienda, para proceder con los pagos.

Adjuntamos, para demostrar lo que estamos diciendo, el correo electrónico enviado el pasado 19 de mayo de 2014, de la Dirección de Recursos Humanos a la Dirección de la Policía Penitenciaria, consultando sobre las inconsistencias; mismas que como indicamos y por lo dicho por el Director Nacional de la Policía, don Guillermo Ugalde Víquez, ya está resuelta esa consulta.

Entonces, compañera y compañero integrante de la Policía Penitenciaria, no se deje confundir ¡Seguimos adelante! Muy pronto estaremos haciendo las gestiones en el Ministerio de Hacienda para que se autorice el ansiado pago vía administrativa, lo que hará que no tenga que pagarle un cinco a nadie y menos a un mercader de juicios.

Confié en ANEP: En ANEP creemos en usted y defendemos sus intereses sin aprovecharnos de usted.

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