Reajuste salarial del segundo semestre 2013: ¿y cuánto le aumentarán al sector Público?

En próximos días se iniciarán las “negociaciones” entre las principales agrupaciones laborales y sindicales del sector Público con el Gobierno, para determinar la cifra o el porcentaje en que se incrementarán los salarios del personal del Estado, por reajuste por costo de vida; “aumento” a aplicarse en el segundo semestre del 2013 que, precisamente, inicia este lunes 1 de julio.

Cualquier cifra o porcentaje que, finalmente, se materialice (por “acuerdo” ó por decretazo), como reajuste salarial valedero para el sector Público en el segundo semestre del presente año, incrementará hasta en 4 veces en el salario del personal médico del país, dado el “enganche” que su propia ley salarial, la No. 6836, emitida en diciembre de 1982, tiene con relación a unos 22 puestos (denominados “testigos”), del Gobierno Central.

Peor aún si lo que se pretende es impulsar una nueva “fórmula” que no solamente reconozca la inflación vencida del semestre anterior a la fijación, sino un porcentaje de la que se ve venir; cuánto más alta sea la cifra de reajuste a que se aspire (o que definitivamente se imponga), más será la retribución por costo de vida para todo el personal de las ciencias médicas del país.

ANEP, que rompió este tabú ante la opinión pública, reitera que no está en contra del salario que ganan los médicos, ni tampoco contra sus propios pluses salariales a que tienen derecho y que llevan a que, en términos generales, haya mucho personal profesional de este tipo que supera la barrera de los 6-7 millones de colones de salario mensual. Respetamos y valoramos el trabajo abnegado, honesto y transparente de la abrumadora mayoría del personal en Ciencias Médicas del país.

ANEP tuvo el valor de plantear, abiertamente, la necesidad del “desenganche” de la ley salarial médica con respecto a los puestos “testigos” del Gobierno Central y que, repetimos, hace que si al final el reajuste que impondrá el Gobierno es de 2%, los y las profesionales en ciencias médicas reciban, hasta cuatro veces más ese porcentaje; puesto que impacta sus salarios base, el porcentaje de sus anualidades (5.50% vs. 1.94% de los puestos “testigos”) y sus diferentes pluses salariales.

ANEP recuerda que dentro de esos puestos “testigos” están –entre otros-: el Raso de Policía, el Oficinista de Servicio Civil 1, el Agente de Seguridad, el Profesional de Servicio Civil 1, el Trabajador Calificado de Servicio Civil 1, el Profesor de Enseñanza Preescolar, el Misceláneo de Servicio Civil 1 (por ejemplo, trabajadoras de los CEN-CINAI), el Técnico de Servicio Civil 1.

Lastimosamente, el Gobierno de la República le ha tenido miedo al gremio médico y no apoyó, no dio su voluntad política, para que en la Asamblea Legislativa se apruebe la necesaria modificación legal a fin de que se dé el “desenganche” de los salarios de los médicos con relación los mencionados puestos “testigos” y otros más del Gobierno Central.

La ANEP y la Central Social Juanito Mora Porras (CSJMP), no están dispuestas a seguirle haciendo el trabajo de la lucha salarial al gremio médico; se presentarán ante la Comisión Negociadora de Salarios del Sector Público con su propias tesis y sus propias propuestas, a lo cual nos referiremos en un segundo comunicado.

Aresep sigue perdiendo credibilidad

La Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos (Aresep), arrinconada contra la pared por una eventual protesta de los gasolineros del país, dice que se “equivocó” a la hora de calcular el margen de comercialización de estos empresarios, lo cual hace que, en promedio, el litro de combustibles suba 9 colones.

Desde nuestra perspectiva social, hace ya bastante tiempo que la Aresep ha perdido mucha credibilidad, especialmente, ante los sectores laborales y populares. Con este supuesto “error”, se incrementa esa gran sensación de indefensión de la población usuaria de los servicios públicos cuyos precios y tarifas son reguladores por la Aresep.

Dado el deterioro de la situación económica y la concentración de la riqueza que vive el país, el consumidor final, el asalariado, al final de cuentas, será el que pague las consecuencias del “error” de la Aresep: bien sabemos que cuando sube el precio de los combustibles, a la gente le suben, prácticamente todo; especialmente, tarifas de taxis, de autobuses, de traslado de mercaderías y productos perecederos y similares.

La “extraordinaria” velocidad de la Aresep en reconocer su “error” y la corrección tan “eficiente” del mismo, no pueden explicarse por otra razón que no sea el empoderamiento de los sectores poderosos, económicamente hablando, de la incidencia a lo interno de tal entidad, con gran capacidad de influencia en sus decisiones, lo que contrasta con, repetimos, la creciente indefensión del usuario ante una Aresep evidentemente pro-empresarial.

Seguros estamos de que no habrá ni investigaciones, ni procesos internos, ni mucho menos destituciones por el “error” de la Aresep que puso a los gasolineros “en pie de guerra” y que la obligó a, sumariamente y contra la legalidad, a corregírselo con una celeridad y eficiencia “impresionantes”.

La moción contra las huelgas NO VA en la RPL

Es necesario que la opinión pública nacional tome debida cuenta del importante grupo de organizaciones sindicales que sí están de acuerdo con el proyecto de la Reforma Procesal Laboral (RPL), también conocido como Código Procesal Laboral; mismo que representa la más grande transformación del Código de Trabajo desde que éste fuera promulgado hace 70 años, en 1943.

Como es sabido, pese que la RPL fue aprobada con lujosa mayoría parlamentaria en los dos debates constitucionales que se requieren para la emisión de las leyes, el Poder Ejecutivo vetó la RPL; con base en su concepción radical contra el derecho de huelga en los servicios públicos, y en clara violación en lo que al respecto del mismo establece la Organización Internacional del Trabajo (OIT).

La moción que al respecto presentó el Poder Ejecutivo con relación a los artículos que vetó de la RPL y que tienen relación con la huelga en los servicios públicos, ¡¡¡no va!!!, pues el mismo Departamento de Servicios Técnicos de la Asamblea Legislativa ha indicado que tal moción ya no procede, de conformidad con el reglamento parlamentario.

En consecuencia, el importante grupo de sindicatos que le están diciendo ¡¡¡Sí!!! a la Reforma Procesal Laboral (RPL), estima que el único camino viable que queda para que este importante proyecto se convierta ya, definitivamente, en ley de la República, es que se le excluyan los artículos vetados por el Poder Ejecutivo, para proceder a votar el resto del proyecto.

Es importante resaltar que con la RPL los trabajadores y las trabajadoras dispondrán de Defensa Pública para defender sus derechos si no pueden pagar asesoría legal; que habrá una mayor celeridad en los procesos legales de corte laboral eliminándose la gran mora judicial en la materia y reduciéndose los tiempos de espera para la impartición de justicia al introducirse la oralidad en lo laboral; habrá más protección para el ejercicio constitucional del Derecho Humano de organización sindical; así como el restablecimiento pleno de la negociación colectiva. También es importante hacer notar que en la RPL, por ningún lado y en ningún artículo, se tocan los servicios educativos.

Este grupo de importantes organizaciones sindicales que le dicen ¡¡¡SÍ!!! a la RPL está compuesto por:

  • Federación Nacional de Trabajadores de la Agroindustria y Afines (FENTRAA)
  • Frente Interno de Trabajadores y de Trabajadoras del Instituto Costarricense de Electricidad (FIT-ICE)
  • Sindicato de Trabajadores de la Educación Costarricense (SEC)
  • Confederación de Trabajadores Rerum Novarum (CTRN)
  • Central Social Juanito Mora Porras (CSJMP)
  • Sindicato de Trabajadores Petroleros, Químicos y Afines (SITRAPEQUIA)
  • Sindicato Nacional de Enfermería (SINAE)
  • Unión del Personal del Instituto Nacional de Seguros (UPINS)
  • Asociación Nacional de Empleados Públicos y Privados (ANEP)

Valga indicar que el próximo fin de semana estará en el país el propio Director General de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), el señor Guy Ryder, a quien se le hará llegar una carta que se espera entregarle en sus propias manos; dejando en clara evidencia la perniciosa actitud del Gobierno de la Presidenta Chinchilla contra la huelga en los servicios públicos y en contra de los mismos preceptos que la OIT ha establecido en este ámbito.

Infiltracion de la derecha busca manipular manifestaciones populares en Brasil

Más de un millón de personas, en su mayoría jóvenes, ocuparon las calles del país durante los últimos días con actos de protesta cuyo motivo inicial era la conquista de la reducción de la tarifa del pasaje o transporte público de calidad y gratuito. El movimiento sindical apoyó las manifestaciones, en gran medida espontaneas, que obtuvieron un amplio respaldo y apoyo popular y resultaron en la victoria de la reducción de los precios de las tarifas de ómnibus y metro en varias ciudades del país.

La CTB, en alianza con las demás centrales sindicales, comprende que la movilización popular resulta esencial para que el país pueda avanzar en dirección a las transformaciones sociales más profundas reclamadas por el pueblo, con énfasis en los servicios esenciales como la salud, la educación, la vivienda, el transporte y las reivindicaciones justas de la clase trabajadora.

No obstante, el movimiento ha salido de sus rieles, bajo la influencia de las fuerzas obscuras de la derecha y de los medios de comunicación golpistas, que buscan manipular las manifestaciones espontaneas de las masas imprimiéndoles un sentido político reaccionario con el objetivo de aislar y desmoralizar a los partidos y las organizaciones progresistas además de desestabilizar al gobierno Dilma, abriendo el camino para un retroceso neoliberal.

Es notable la infiltración de provocadores de la derecha en el movimiento, el recurso, la depredación y la violencia gratuita creando un clima de caos e ingobernabilidad; las groseras hostilidades contra banderas partidarias y de centrales sindicales. El jueves 20 de junio, en Brasilia, el Palacio Itamaraty, que practica y defiende una política externa soberana y democrática, fue blanco de vandalismo y de intentos de invasión. ¿Alguien duda de que esto sirva a los intereses anti nacionales?

En función del nuevo y peligroso rumbo que las manifestaciones han venido tomando el propio Movimiento por el Pase Libre (MPL) en São Paulo, el cual había convocado a los actos por la reducción de la tarifa y el transporte gratuito, anunció el cese de las manifestaciones, denunciando la infiltración de la derecha y la presencia de neofascistas agrediendo manifestantes. “Resulta inconcebible esta ola de oportunistas de derecha que toman los actos para sí”, manifestó Rafael Siqueira, activista y miembro del MPL desde 2006.

Ciertamente no resulta por amor a la democracia o al pueblo que, los medios de comunicación golpistas, liderados por la Red Globo, han venido ayudando a convocar las manifestaciones al mismo tiempo en que instiga al odio popular contra los partidos políticos, la política en general, las organizaciones de los movimientos sociales, gobiernos e instituciones. La derecha neoliberal, reiteradamente derrotada en las urnas, quiere pescar en aguas turbias, manipulando al movimiento espontaneo de las masas en un momento en que este se encuentra sin rumbo ni dirección.

Los problemas sociales en Brasil, algunos de ellos seculares, son gigantes y, a pesar de los avances registrados en los últimos 10 años, demandan una solución urgente. Esta es la lectura que debemos hacer del sentimiento de revuelta popular. El movimiento sindical no debe salir de las calles ni tampoco abdicar de la lucha, pues solo a través de la movilización y la lucha conseguiremos avanzar en dirección a un nuevo proyecto nacional de desarrollo con soberanía, democracia y valorización del trabajo. Pero no debemos ser cómplices ni jugar el juego de los medios de comunicación golpistas.

Es nuestra obligación alertar a la clase trabajadora de los riesgos del retroceso y luchar para desenmascarar y derrotar a las fuerzas de derecha que se dedican a manipular y desvirtuar el movimiento espontaneo de nuestro pueblo por un Brasil mejor, con más democracia, igualdad y justicia.

Wagner Gomes, presidente nacional de la CTB

Día Nacional del Trabajador y Trabajadora Penitenciaria

Celebración del día Nacional del Trabajador y Trabajadora Penitenciaria

La ANEP tiene el agrado de invitarle a participar en la actividad que hemos organizado con gran satisfacción y orgullo para cada uno/a de ustedes

Día: Viernes 28 de junio de 2013

Lugar: CENTRO DE RECREO DE LOS TRABAJADORES DE RECOPE

Dirección: San Rafael de Alajuela de la Panasonic 300 oeste, mano derecha

Hora: De: 9:00 am a 8:00 pm

Horario de buses: Saliendo del Oficinas Centrales 9:00 a.m. y 10.30 am y regreso a San José a las 5p.m y 8p.m.

Acuerdos importantes en reunión ANEP – UTN

Cordialidad, ganas de dialogar, reconocimiento mutuo. Estos tres pilares han sido fundamentales para el buen devenir sindical en la Universidad Técnica Nacional, y se ratificaron el viernes 21 de junio con una importante reunión planificada por nuestra seccional en la UTN entre la Junta Directiva Nacional de la ANEP, la Seccional, el señor Rector y el señor Ministro de Trabajo y Seguridad Social.

Honrando su palabra el señor Olman Segura, Ministro de Trabajo, y don Marcelo Prieto, Rector de la UTN, se reunieron con nosotros para hablar de temas muy importantes: convención colectiva, empleo público y cooperación técnica y académica.

Este último tema ya tiene un tiempo de venirse negociando, pero tomó mayor impulso después de esta reunión, y devendrá en un taller de capacitación a nivel nacional en el tema de Salud Ocupacional, especializado para personas líderes sindicales. La UTN tiene especialistas reconocidos en esta temática y junto con la Unidad de Capacitación y Formación Político Sindical de la ANEP, y el apoyo del mismo Ministerio se hará realidad en el corto plazo.

El tema de la Convención Colectiva de Trabajo también se toco en esta reunión y notamos una mirada abierta por parte del señor Rector y un apoyo incondicional del MTSS para acompañar el proceso, para el cual ANEP ya está realizando un borrador inicial para arrancar las negociaciones. Las buenas relaciones y el respeto que prevalece en la institución, abren el camino para, primero, reconocer a la ANEP como el legítimo representante de los intereses de la clase trabajadora de la Universidad, y segundo, convocar a la tan esperada mesa de negociación de la Convención.

Los trabajadores y trabajadoras representantes sindicales, tenían mucho interés en saber que de nuevo tenía que decir el Ministro Segura sobre el tema del empleo público, y grata fue la sorpresa al mencionar el señor Ministro que el Gobierno había descartado por completo presentar ningún proyecto de ley respecto a seguir impulsando el Salario Único en el sector público. Don Olman dejó clara su posición respecto a buscar soluciones a la variación salarial de una institución a otra para las mismas labores, pero reconoció la inviabilidad política de hacerlo en este momento.

Dejamos manifiesta gratitud a la Seccional ANEPUTN por su esfuerzo de consolidar una única representación nacional de la ANEP en esta Universidad, integradora de las luchas de las diversas sedes y que sobretodo podrá plantear temas más concretos y generales que beneficien a todo el personal universitario. Además, es por su importante gestión que reuniones como esta se pueden dar.

Crece la organización sindical en los CEN-CINAI

Desde hace algunos años hemos tenido una linda experiencia de trabajo en los Cen-Cinai, pero no veíamos un crecimiento de nuestra afiliación. Esto cambió con la reciente promoción sindical en el sector y el buen trabajo de la Seccional ANEPCEN-CINAI que en reciente asamblea fue renovada para impulsar con más bríos el trabajo sindical.

Casi 150 trabajadoras de los Cen-Cinai, participaron solamente 3 compañeros varones, se hicieron presentes a la Asamblea para escuchar y analizar el informe de labores de la Seccional y por supuesto elegir una nueva Junta Directiva que siga con el trabajo ya encaminado y también para buscar soluciones a temas tan importantes como infraestructura, remuneraciones como los viáticos fijos, entre otros.

A la actividad asistieron el Secretario General de la ANEP, Albino Vargas, para compartir la perspectiva del Sindicato sobre la realidad de estas trabajadoras tan esforzadas, así como la visión política de la ANEP de la realidad Nacional.

También compartió con las asistentes doña Gabriela Castro, Directora Nacional de los Cen-Cinai, quien muy amablemente atendió las dudas y escuchó los problemas que se viven en estos centro de trabajo, marcados por la falta de recursos y muchas veces el desinterés del Estado. Doña Gabriela se mostró muy abierta al diálogo y trató con mucha seriedad los problemas planteados.

Felicitamos a la nueva Seccional ANEPCEN-CINAI, y sobretodo a las valientes compañeras que día a día trabajan con la población infantil más necesitada de nuestro país. Adelante compañeras!

Es trascendental para el país revivir la RPL

Una reforma de amplios acuerdos

La Reforma Procesal Laboral ha sido fruto de amplios acuerdos, no solo con el Poder Judicial, sino por medio de dos acuerdos suscritos entre la Unión Costarricense de Cámaras y Asociaciones de la Empresa Privada (UCCAEP), una parte importante del sector sindical, y el Gobierno de La República. En efecto el 21 de mayo del 2012 en el Consejo Superior de Trabajo, la UCCAEP junto con el Gobierno y los sindicatos, suscribió el Plan de Trabajo de Decente que plantea explícitamente el acuerdo de impulsar la aprobación del texto negociado de la Reforma Procesal Laboral. Incluso la propia Presidenta Chinchilla presentó al director de la OIT en junio del año 2012 este plan de trabajo decente, asumiendo un compromiso nacional al respecto.

Además, el 24 de mayo del año 2012, la UCCAEP suscribió, con un grupo importante de sindicatos, un acuerdo frente a las jefaturas de fracción y la Presidencia de la Asamblea Legislativa, solicitando la aprobación de la Reforma Procesal Laboral.

Participaron en ese acuerdo por el sector sindical, la Asociación Nacional de Educadores (ANDE), la Coordinadora de Sindicatos Bananeros (COSIBA), la Central del Movimiento de Trabajadores Costarricenses (CMTC), la Confederación de Trabajadores Rerum Novarum (CTRN), la Central Social Juanito Mora Porras (CSJMP), la Coordinadora Unitaria Sindical y Magisterial (CUSIMA) y la Asociación Nacional de Empleados Públicos y Privados (ANEP).

La negociación con el sector empresarial, incluyó dentro de otros temas, un acuerdo para que los denominados comités permanentes de trabajadores y los arreglos directos se mantuvieran tal y como han existido desde 1943 en el Código de Trabajo, “(…)con la finalidad de que este complejo tema y los señalamientos que la OIT ha hecho a Costa Rica al respecto, puedan ser discutidos a profundidad de forma tripartita (empleadores, trabajadores y gobierno) a la luz de la reciente jurisprudencia de la Sala Constitucional en la materia.”

Con este amplio apoyo del Poder Judicial, el Poder Ejecutivo, la UCCAEP y una buena parte del sector sindical, se logró que el proyecto fuera aprobado en la Asamblea Legislativa (con 45 diputados (as) de 45 presentes el 31 de julio del 2012, y en segundo debate por 40 diputados de 44 presentes el 13 de setiembre de ese año).

¿Para qué se hace la reforma procesal laboral?

Costa Rica ha sido objeto de constantes y múltiples llamados de atención por parte de la OIT, en virtud de que las personas trabajadoras no tienen mecanismos adecuados, incluyendo una justicia laboral pronta y cumplida, para defender sus derechos. Extensos procesos judiciales y ausencia de mecanismos eficaces para que en el sector privado y en el sector público se cumplan expeditamente estos derechos, hacen que en la realidad, se violen sistemáticamente el salario mínimo, las normas sobre jornadas, el pago de cuotas a la seguridad social, se discrimine impunemente a las personas trabajadoras por múltiples razones, entre muchas otras violaciones.

En virtud de lo anterior, por más de 10 años se ha trabajado en este proyecto de ley, cuyo objetivo fundamental es, no solo de dotar a las personas trabajadoras de una serie de instrumentos individuales y colectivos para tutelar sus derechos laborales, sino para atender los graves señalamientos que la OIT ha hecho al país por muchos años.

Finalmente se aprobó un texto en la Asamblea Legislativa que sin duda alguna contiene mejores condiciones para proteger los derechos de la gran masa de personas trabajadoras del país, que las que existen en el Código de Trabajo actual.

Algunos ejemplos de avances concretos de la Reforma

  • Creación de una defensa pública laboral (abogados-as gratuitos) para las personas trabajadoras de escasos recursos, para menores de edad, y para madres trabajadoras a quienes se les violenten normas laborales de protección a la maternidad.
  • Disminución sustantiva de la duración de los procesos judiciales en virtud del desarrollo de procesos orales ante el Poder Judicial, a diferencia de los prolongados procesos escritos vigentes actualmente.
  • Procedimientos sumarios expeditos y medidas eficaces para proteger a las personas trabajadoras por discriminación por razones de edad, etnia, sexo, religión, raza, orientación sexual, estado civil, opinión política, ascendencia nacional, origen social, filiación, discapacidad, afiliación sindical, situación económica o cualquier otra forma análoga de discriminación.
  • Procedimientos sumarios y medidas eficaces para proteger a las personas protegidas por fueros especiales (mujeres en estado de embarazo y lactancia, personas que han denunciado hostigamiento sexual, personas trabajadoras adolescentes, las personas trabajadoras en general cuando se haya planteado un conflicto colectivo, las personas protegidas por fuero sindical, entre otras).
  • Modificación de los requisitos legales para el ejercicio de la huelga legal y de los procedimientos administrativos y judiciales para resolver conflictos colectivos, conforme a las regulaciones establecidas por la OIT.
  • Agilización y clarificación de las normas que regulan la negociación colectiva en el sector público.
  • Ampliación de las medidas cautelares que el Poder Judicial puede ordenar para proteger a las personas trabajadoras durante la tramitación de un proceso laboral.

Las modificaciones presentadas por el Poder Ejecutivo a raíz del veto

Como es de conocimiento público, el Gobierno de la República vetó el proyecto aprobado por la Asamblea Legislativa, en lo que tiene que ver con la huelga en los servicios públicos.

El Movimiento Sindical involucrado en todo este proceso histórico de la ley de la Reforma Procesal Laboral, asumió una gran actitud propositiva y de seriedad responsable con el objetivo de atender el veto de la Presidencia de La República dentro de las normas existentes de la OIT. Este órgano internacional ha definido, de forma vinculante para Costa Rica, quienes tienen prohibido el derecho a la huelga y por lo tanto tienen derecho a medidas compensatorias (negociación colectiva y arbitrajes para resolver sus conflictos), quienes tienen derecho a la huelga con el establecimiento de un plan de servicios mínimos y quienes tienen derecho pleno al ejercicio de la huelga en los servicios públicos.

En buena medida este objetivo se logró, pero el Poder Ejecutivo envió a la Asamblea Legislativa un texto que modifica los artículos vetados del proyecto, en el que incluyó algunos aspectos que violan las obligaciones de Costa Rica frente a la Organización Internacional del Trabajo (OIT). Veamos:

  1. El Poder Ejecutivo estableció, en contradicción directa a lo establecido por la OIT, la prohibición absoluta de la huelga a un grupo importante de personas trabajadora de los muelles. Además, estableció una definición excesiva de servicios mínimos en el caso de la huelga en los muelles, lo que hace que este derecho humano se vuelva ineficaz.
  1. Además estableció una definición excesiva de prestación de servicios mínimos cuando RECOPE esté en estado de huelga, lo cual hace que éste derecho humano se vuelva ineficaz.
  1. El Gobierno fija un plazo máximo de huelga de 20 días en servicios trascendentales que no son servicios esenciales, es decir, cuya paralización no pone en peligro ni la vida, ni la salud ni la seguridad de las personas. Por tal razón también en este aspecto se viola de forma directa el convenio 87 de la OIT.
  1. Finalmente ha establecido la prohibición total de la huelga para una cantidad excesiva de servicios de Salud. Esta prohibición general existe hoy día en el Código de Trabajo vigente pero no ha evitado que las huelgas se produzcan en ese sector, por lo que es preferible regular estas huelgas estableciendo servicios mínimos que aseguren que la salud y la vida de las personas no se pondrá en peligro durante una huelga.

Así las cosas, las organizaciones sindicales que de buena fe, con transparencia y responsabilidad constructiva han impulsado la Reforma Procesal Laboral, lamentamos la persistencia de una posición gubernamental intransigente en los ámbitos arriba indicados.

Una maniobra para archivar la reforma procesal laboral

Una pequeña parte del sector empresarial, fundamentalmente bananero y piñero, ha venido procurando evitar a toda costa,

que el proyecto de Reforma Procesal Laboral se apruebe en la Asamblea Legislativa. Estos sectores, aglutinan un sector de empleadores que sistemáticamente viola los derechos laborales fundamentales, y que, por lo tanto ven en la reforma procesal laboral una amenaza.

En ese marco, creemos que la inclusión por parte del Gobierno de la República de estos aspectos violatorios de lo dispuesto por la OIT, son parte de una maniobra para provocar el archivo definitivo de esta reforma, fundamental para la clase trabajadora en general, y sobre todo para quienes que laboran en el sector privado.

Por tanto

  • Exhortamos al Parlamento para que coadyuve en la conclusión exitosa de la negociación sobre los extremos vetados, de forma tal que la redacción alternativa sea coherente con lo que expresamente la OIT ha señalado a Costa Rica; o bien proceda a excluir las normas expresamente vetadas del proyecto.
  • Exhortamos a los diputados y las diputadas, a aprobar la Reforma Procesal Laboral, a pesar de esta maniobra del Poder Ejecutivo, y advertimos que si el proyecto de ley es aprobado sin incluir las modificaciones que de acuerdo a la OIT deben hacerse a la moción planteada por el Poder Ejecutivo, procederemos de inmediato a plantear las denuncias internacionales que evidencien esta flagrante violación a los obligaciones que como país hemos asumido ante la OIT.

San José, martes 29 de mayo de 2013.

Federación Nacional de Trabajadores de la Agroindustria y Afines (FENTRA)

Frente Interno de Trabajadores y Trabajadores del ICE (FIT-ICE)

Sindicato de Trabajadores y Trabajadores de la Educación Costarricense (SEC)

Confederación de Trabajadores Rerum Novarum (CTRN)

Sindicato de Trabajadores Petroleros Químicos y Afines (SITRAPEQUIA)

Sindicato Nacional de Enfermería (SINAE)

Unión de Personal del Instituto Nacional de Seguros (UPINS)

Central Social Juanito Mora Porras (CSJMP)

Asociación Nacional de Empleados Públicos y Privados (ANEP)

No se puede gravar deuda de anualidades a trabajadores de Goicoechea

Reproducimos el análisis financiero que al respecto nos elaborara el profesional Rafael Ángel Rojas Barrantes.
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CERTIFICACIÓN DE PROCEDIMIENTO IMPUESTO AL SALARIO
MUNICIPALIDAD DE GOIGOECHEA

Señores
Municipalidad de Goicoechea
Presente

El Suscrito Contador Público Autorizado ha sido contratado por la Asociación Nacional de Empleados Públicos y Privados ANEP con cédula jurídica 3-002-045185 representada por el señor Alvino Vargas Barrantes portador de la cédula de identidad 1-457-390, mayor, soltero, en calidad de Representante Legal y Apoderado Generalísimo con límite en suma, para revisar información que permita certificar el procedimiento que con base en las normas contables y presupuestaria se debe seguir al retener impuesto de la renta en retroactivos pagados a los trabajadores de la Municipalidad de Goicoechea; cuando los salarios mensuales devengados cada mes y cancelados en forma retroactiva no superan los límites de la tabla del impuesto al salario.

Con tal objetivo procedí a revisar la información que consideré pertinente. De tal revisión pude concluir que La Administración de la Municipalidad está facultada para retener el impuesto al salario únicamente por los montos correspondientes a la tabla vigente, cuando los pagos recibidos en el mismo mes corresponden a salarios reales devengados y percibidos en el mes de la retención y no cuando correspondes a ajustes del sistema de planillas y pagos correspondientes a ingresos diferidos del trabajador contenidos en el pago retroactivo, si el salario real mensual no supera el monto establecido por la Administración tributaria en la tabla vigente que determina el impuesto al salario de cada mes.

Recomendamos documentar los pagos de salarios mensuales reales retroactivos a efecto de poder demostrar ante la Administración Tributaria, el hecho que los pagos realizados fueron por ingresos diferidos y no “ingresos ganados en el mismo mes” como lo establece la norma fiscal.

Muchas instituciones y empresa practican retener el impuesto sobre retroactivos en forma preventiva y lo reintegran al trabajador al mes siguiente cuando determinan el impuesto real a reportar a Hacienda con base el salario mensual real ajustado que cancelaron cada mes.

Tanto desde la perspectiva de la municipalidad como de los trabajadores; debido al principio de devengado que regulan las normas contables, no se tiene en el acto del pago retroactivo un ingreso para el trabajador por lo que ese pago no está sujeto a impuesto de renta, ni se tiene un gasto para la Municipalidad; se tiene la cancelación de una cuenta por pagar, un pasivo, registrado en la contabilidad de la Municipalidad cada mes que el patrono no pudo realizar el pago del salario total del trabajador, quien efectivamente laboró ese mes adeudado por la Municipalidad. Para las personas físicas que se les adeudaba parte de su salario ganado cada mes; en el acto de pago del retroactivo no se tiene un ingreso ganado ese mes, se tiene la cancelación de un activo o cuenta por cobrar de los meses que efectivamente laboró para la Institución y ésta no tenía los recursos para cancelarle la totalidad de su salario.

En virtud de tal revisión, el suscrito Contador Público Autorizado certifica que la Administración de la Municipalidad está facultada para retener el impuesto al salario únicamente por los montos correspondientes a la tabla vigente, cuando los pagos recibidos en el mismo mes corresponden a salarios reales devengados y percibidos en el mes de la retención y no cuando corresponden a ajustes del sistema de planillas y pagos correspondientes a ingresos diferidos del trabajador contenidos en el pago retroactivo, si el salario real mensual no supera el monto establecido por la Administración Tributaria en la tabla vigente que determina el impuesto al salario de cada mes.

No me alcanzan las limitaciones del artículo 09 de la ley No. 1038 del 19 de agosto de 1947 del Colegio de Contadores Públicos de Costa Rica y del artículo 21 del Reglamento a la ley No. 1038; así como, del artículo 11 del Código de Ética del Colegio de Contadores Públicos de Costa Rica para expedir esta certificación.

Se extiende la presente a solicitud de la Asociación Nacional de Empleados Públicos y Privados ANEP con cédula jurídica 3-002-045185 representada por el señor Albino Vargas Barrantes portador de la cédula de identidad 1-457-390. Dada en la Ciudad de San José, a los catorce del mes de junio del 2013.

Lic. Rafael Ángel Rojas Barrantes; MBA
Contador Público Autorizado
San José, Costa Rica
Telefax. (506)2253-5734

Control estricto de tiempos de comida en las cárceles no es razonable

Licenciado
Geovanni Morales Sánchez
Director de Gestión Institucional de Recursos Humanos
Proceso Gestión del Ambiente Laboral
Dirección General de Adaptación Social
MINISTERIO DE JUSTICIA Y PAZ

Estimado señor:

Todavía no hemos terminado de analizar, tanto por su forma como por su fondo, la circular que usted firma, DGIRH-PGAL-01-06-2013, dirigida a “Directores, coordinadores, jefes y personal del Viceministerio de Gestión Estratégica, del Viceministerio de Asuntos Penitenciarios, del Viceministerio de Paz, del Patronato de Construcciones, de la Dirección General de Adaptación Social y de Administración Central del Ministerio de Justicia y Paz”; planteando una serie de aspectos acerca de la “Jornada y horario de prestación de servicios, control de asistencia y puntualidad y otros”.

Nos ha llamado poderosamente la atención el tema de los 10 minutos para desayuno, 30 minutos para almuerzo y 10 minutos para refrigerio por las tardes, toda vez que aparte de tener esto un aspecto cuantitativo (cuántos minutos se consumen en cada uno de esos momentos de gestión de alimentos durante la jornada laboral), también está de por medio algo más poderoso: el aspecto cualitativo. Y por supuesto, lo estrictamente legal-laboral que ya lo plantearemos, oficialmente, en fecha próxima.

Como usted bien sabe, es un hecho ampliamente compartido por la comunidad costarricense de que el Sistema Penitenciario Nacional (SPN) está en una profunda crisis y que, lamentablemente, la petición que ha formulado la ANEP para declararlo en “Estado de Emergencia Nacional”, no ha sido debidamente valorada por el Gobierno de la República pues más allá de un tema de jurídico-legal, estamos de cara a un asunto de potencial explosivo social, tal y como la ha reconocido la propia Defensoría de los Habitantes de la República.

No podemos dejar de pensar en que no estamos en tiempos “normales” al interior del SPN (tal vez, nunca ha habido tiempos “normales” en la institución), de tal suerte que toda su circular muestra una gran frialdad y la “normativitis aguditis” en la que abunda, lejos de alcanzar un fin “disciplinario”, incrementa esa sensación de abandono que percibe el personal carcelario costarricense, todos los días y hora tras hora, por parte de sus jerarquías.

El personal policial, el técnico-profesional, el administrativo y el operativo llevan la pesada carga de mantener la estabilidad institucional al interior de la prisión en estos tiempos tormentosos. Esto les hace desarrollar una sensibilidad crítica y de reclamo constante, por unas políticas jerárquicas que pudieran estar bien intencionadas pero que desde la comodidad de una oficina del centro josefino, impide tener una valoración real de lo que se viene acumulando en el ambiente intramuros de la cárcel, con alto riesgo de vidas humanas.

Difícilmente, la preocupación jerárquico-burocrática de si son o no “respetados” los diez minutos, de si son o no “respetados” los treinta minutos del almuerzo, no tienen una posibilidad real de observarse “cuadradamente” en el ambiente carcelario intramuros; ¡no! La ingrata tarea de mantener la estabilidad institucional en las prisiones, del gran esfuerzo por la contención minuto a minuto, del desgaste en lidiar con una demanda de servicios que ya rebasó toda posibilidad real operativa de atenderse con prontitud pese al gran sacrificio individual y grupal del personal penitenciario, debería aconsejar otro tipo de canales y formas comunicacionales cuando de normas burocrático-administrativas de gestión de personal se necesite promover.

La jefatura a su digno cargo (según se indica en la correspondencia oficial de su despacho), habla de que la misma es parte de un “proceso gestión del ambiente laboral”. Pareciera que este concepto es de carácter más integral, más abarcador, de más perspectiva y de mayor profundidad. Sinceramente y con respeto pensamos de que tal concepto dista mucho de una puntillosa preocupación por la “jornada y horario de prestación de servicios, control de asistencia y puntualidad y otros”, como lo indica el “asunto” de circular DGIRH-PGAL-01-06-2013.

Al acercarse la celebración del DÍA NACIONAL DEL TRABAJADOR PENITENCIARIO, cuán lejos están, uno del otro, estos dos significados contradictorios: la profunda concepción humanista y social de esta celebración vs. la fría señalización de una normativa de control que niega la profunda naturaleza de la crisis del Sistema Penitenciario Nacional (SPN). Cada vez nos convencemos más de que al tener el personal penitenciario su CONVENCIÓN COLECTIVA DE TRABAJO (CCT), pondremos la primera piedra del abandono del unilateralismo jerárquico en materia de relaciones obrero-patronales y abriremos paso hacia una concepción de comunidad laboral en el amplio y humanista sentido del término. Ojalá usted esté con plena convicción de la importancia de ello como lo estamos en ANEP.

Con la mayor consideración y respeto,

Albino Vargas Barrantes
Secretario General
Asociación Nacional de Empleados Públicos y Privados (ANEP)