Debacle fiscal: fracaso rotundo de los gobiernos PLUSC-PAC

Por Albino Vargas, Secretario General ANEP

“Juzgados y sentenciados”, fiscal y tributariamente hablando. Así interpretamos nosotros la publicación del documento “Desafíos fiscales estructurales de Costa Rica: más allá de la reforma fiscal de 2018”,elaborado por el ICEFI.

Según su sitio web, www.icefi.org, el Instituto Centroamericano de Estudios Fiscales -ICEFI-, “…es un centro de pensamiento independiente a gobiernos, partidos políticos o cualquier otra organización de la sociedad civil, que elabora investigaciones y análisis técnicos en materia fiscal en América Central. Además, brinda información, asesoría y capacitación sobre estos temas, especialmente a los poderes legislativos, autoridades locales y organizaciones sociales y políticas. Con una visión integral y de largo plazo, el ICEFI promueve la discusión y reflexión de los temas fiscales para buscar consensos y acuerdos que contribuyan a la edificación de sociedades y Estados equitativos, democráticos y prósperos”.

Tanto tiempo de nuestra parte; tantos comentarios, artículos y declaraciones periodísticas; tanto esfuerzo político-social y sindical (junto otros valiosísimos aportes académicos y partidarios en la línea de la promoción del bien común y de la noble lucha contra la desigualdad y contra la exclusión sociales), se recompensan, mediando con gran autoridad profesional e intelectual en este documento, “Desafíos fiscales estructurales de Costa Rica: más allá de la reforma fiscal de 2018”.

Hace tiempo habíamos acuñado la expresión Transformación Tributaria Estructural para denominar la gigantesca tarea cívico-patriótica y sociopolítica con miras a cambiar la profunda naturaleza perversa de la situación impositiva-fiscal del país, misma que está en la base de los graves desequilibrios que vienen amenazando a la Democracia misma; y, que, por otra parte, dejan en contundente evidencia el fracaso de las últimas administraciones gubernativas de la hoy tríada gobiernista PLUSC-PAC.

Efectivamente, los partidos Liberación Nacional, Unidad Social Cristiana y Acción Ciudadana nunca quisieron enfrentar el real poder hegemónico político-económico que ha contralado las sucesivas administraciones gubernativas de cada uno (incluida la actual); y, por tanto, en conjunto, son responsables de la actual debacle fiscal del país, por un lado.

Por otro, se han hecho acreedoras al descrédito ciudadano, a la deslegitimación política y al desprestigio total, al punto de que Carlos Alvarado Quesada esté en esto momentos calificado como el peor gobernante presidencial de las últimas cuatro décadas.

La debacle fiscal en la que está el país, por tanto, no es más que los resultados del fracaso total de los gobiernos PLUSC-PAC; debacle y fracaso que el objetivo, profesional y serio documento del ICEFI, “Desafíos fiscales estructurales de Costa Rica: más allá de la reforma fiscal de 2018”, sintetiza en estos 10 aspectos:

1) Gasto público insuficiente para atender las demandas de la población; y sumamente rígido. 2) Poca transparencia en la ejecución del gasto. 3) Los ingresos públicos son insuficientes para cubrir los gastos. 4) La carga tributaria es rígida. 5) Los resultados del combate a la evasión tributaria son muy pobres. 6) La estructura tributaria no permite el combate a los flujos ilícitos de capitales (FIC). 7) Estructura tributaria regresiva. 8) Persiste el otorgamiento de gastos tributarios como estrategia de competitividad. 9) El déficit fiscal ha sido creciente. 10) La deuda pública tiene rasgos de insostenibilidad.

Cada uno de estos diez aspectos que, de manera elegante y diplomáticamente el ICEFI denomina “desafíos fiscales estructurales de Costa Rica”, y que nosotros puntualizamos como los elementos más notables de la debacle-fracaso de los gobiernos Calderón Fournier, Figueres Olsen, Rodríguez Echeverría, Pacheco de la Espriella, Arias Sánchez, Chinchilla Miranda, Solís Rivera y Alvarado Quesada (todavía en desarrollo); caracterizan la situación socioeconómica del país con estos comentarios formulados por el estudio del ICEFI y que resultan de obligada atención para todas las personas habitantes de nuestro país:

El ritmo de crecimiento de Costa Rica se desaceleró después de la crisis financiera de 2009; Costa Rica ha ido perdiendo relevancia como destino para la inversión extranjera; la infraestructura vial es inferior en calidad al respecto de Centroamérica; 2 de cada 10 costarricenses continúan viviendo en condiciones de pobreza (ya casi 3, decimos nosotros); Costa Rica es el único país de Centroamérica en el que la desigualdad ha aumentado durante el siglo XXI; el desempleo afecta la economía y el bienestar (el oficial, indicamos nosotros, ya está superando el 12 %); los indicadores de inseguridad han crecido en los últimos años; persisten desafíos en la cobertura de la educación preescolar y secundaria II; …´

Para los movimientos sociales costarricenses, especialmente los sindicales, el documento del ICEFI, “Desafíos fiscales estructurales de Costa Rica: más allá de la reforma fiscal de 2018”, representa una excelente guía de acción para los próximos meses; especialmente para organizaciones sindicales que tenemos en nuestras plataformas de lucha este tipo de temas-país, más allá de la necesaria atención de las tareas cotidianas corporativo-gremiales.

Gobierno Alvarado-Piza incrementa su ataque antisindical al culpar la huelga por alza en el desempleo

Ministro de la Presidencia incentiva la peligrosa orientación gubernativa de criminalización de la protesta social y de fomento del autoritarismo

Desde la Asociación Nacional de Empleados Públicos y Privados (ANEP) y desde el Colectivo Sindical PATRIA JUSTA, expresamos nuestro más vehemente y enérgico rechazo a las provocadoras y confrontativas declaraciones del Ministro de la Presidencia, a nombre del gobierno Alvarado-Piza, de que el alza en el desempleo ocurrida el año pasado 2018, se debió a la Huelga Patriótica contra el combo fiscal, hoy ley de la República, lamentablemente; lesiva ley antiobrera que ya comenzó a afectar las economías familiares de miles de personas trabajadoras asalariadas de este país.

El crecimiento del desempleo se debe, por un lado, a una gran incapacidad gubernativa de la gestión del sector económico del Poder Ejecutivo, dada su militancia ideológica en objetivos meramente fiscalistas y su visión obsesiva, de corte neoliberal, en cuanto al traído y llevado tema del déficit fiscal.

Tal fundamentalismo fiscalista impide considerar la relevancia del papel del sector Público en la reactivación económica y no conocemos, en nueve meses de gestión que llevan ya, un sólido proyecto en tal sentido.

Por otra parte, tampoco conocemos de una articulada y estrategia de política pública hacia la potenciación del mercado interno, como factor relevante en la imperiosa necesidad de una reactivación económica que, por ejemplo, incluya el relanzamiento estratégico de la producción agropecuaria nacional. El pequeño productor agrícola nacional sigue hoy más abandonado que nunca.

La Huelga Patriótica contra el combo fiscal duró tanto como el gobierno Piza-Alvarado quiso que durase. Deliberadamente dejaron que se prolongara buscando deteriorar el gran apoyo popular que generó la lucha cívica contra el expediente legislativo 20.580, el más detestado proyecto de ley desde el combo del ICE del año 2000.

Somos enfáticos en cuanto a que los sectores hegemónicamente dominantes del binomio gubernativo Alvarado-Piza no creen en el Diálogo Social, son despreciativos de las propuestas de los sectores sociales y productivos que no comulgan con su visión neoliberal en cuanto al dogma del déficit fiscal.

La corriente sindical que representamos ha elaborado sólidas propuestas en cuanto a impulsar políticas para la reactivación económica con inclusión social y productiva que están listas para poner en una real mesa de negociación, si no fuese porque el autoritarismo es el estilo de gestión del equipo neoliberal del gobierno Alvarado-Piza que controla las iniciativas estratégicas del Poder Ejecutivo.

Algunos días antes el Ministro de Trabajo y Seguridad Social, Steven Núñez Rímola había emitido este tipo de juicios subjetivos, desafortunados y sesgados en cuanto a que la huelga del año pasado es la responsable del crecimiento del desempleo en el país.

Sinceramente, no le vemos mayor futuro al proceso de Diálogo Social que a insistencia de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), intenta abrirse paso en el país en el marco del diseño de una política de Trabajo Decente para el período 2019-2023.

Rodolfo Piza es muy “eficiente” descalificando los esfuerzos de otros colegas suyos de gabinete que sí parecieran creer en tal proceso.

San José, miércoles 13 de febrero de 2019

Albino Vargas Barrantes Secretario General ANEP Coordinador Colectivo Sindical PATRIA JUSTA

Carta al Gobierno: Diálogo social para abordar el tema de Empleo Público-Una visión sindical con realidad política

San José, lunes 28 de enero de 2019.

S.G. 17-21-0998-19

Honorable señora

María del Pilar Garrido Gonzalo

Ministra

MINISTERIO DE PLANIFACIÓN NACIONAL Y POLÍTICA ECONÓMICA

 

Honorable señor

Steven Núñez Rímola

Ministro

MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

 

Asunto: Diálogo social para abordar el tema de Empleo Público- Una visión sindical con realidad política

Estimada señora Ministra:

Estimado señor Ministro:

  1. En primer término, reciban sus dignas autoridades ministeriales el más atento respeto de nuestra parte, haciendo énfasis en cuanto a que las consideraciones siguientes llevan un sincero gesto respetuoso para con ustedes.
  2. Con fecha 14 de enero de 2019, desde sus respectivos despachos se emitió un oficio ministerial conjunto, MTSS-DMT-OF-37-2019 y MIDEPLAN-DM-030-2019, dirigido por ustedes a varias personas dirigentes sindicales, incluyendo a “Sr. Albino Vargas Barrantes, Central Sindical Juanito Mora”, abriendo tal misiva en el apartado de Asunto, con esta frase-concepto: Diálogo social para abordar el tema de Empleo Público (el subrayado es nuestro, de ahora en adelante).

 

  1. Antes de entrar en el fondo de este delicado asunto, nos pareció importante precisarles lo siguiente, con relación a la compleja, rica y diversa dinámica que presenta el conjunto de lo que conceptuamos como Movimiento Sindical Costarricense.
  2. Específicamente, la corriente sindical en que los firmantes de la presente desarrollamos nuestro quehacer (en el marco de la multifacética lucha social nacional); y para efectos de cualquier proceso de Diálogo Social que se inspire en la doctrina y en los postulados del clásico tripartismo que recomienda la Organización Internacional del Trabajo (OIT), a sus estados miembros, nuestra identidad sindical se denomina Central Social Juanito Mora Porras-Asociación Nacional de Empleados Públicos y Privados, siglas CSJMP-ANEP. Así está acreditada, por ejemplo, ante las entidades sindicales internacionales de las cuales formamos parte: la Confederación Sindical Internacional (CSI) y la Confederación de Trabajadores de las Américas (CSA).

 

  1. Formulada tal precisión, la CSJMP-ANEP desea que sus ilustres autoridades ministeriales consideren los siguientes criterios a propósito del Diálogo social para abordar el tema de Empleo Público que ustedes proponen en el mencionado oficio conjunto.

 

  1. Afirman ustedes que “… surge la necesidad de estudiar la visión actual de la temática del empleo público, pero no con una visión fiscalista, si no con un enfoque de modernización del Estado, materia que está a cargo de MIDEPLAN, según los alcances de Ley No. 5525, Ley de Planificación Nacional”.

 

  1. Para la CSJMP-ANEP esta conceptualización política sobre el tema del empleo público, de ser real, está en sintonía con lo que hemos venido sosteniendo durante ya bastante tiempo de que, por ejemplo, el déficit fiscal no tiene relación alguna con los salarios devengados por las actuales personas trabajadoras asalariadas al servicio del Estado.

 

  1. Pese a ello, nosotros pensamos que resulta imposible conceptuarse el empleo público del futuro inmediato y mediato, aunque no comprenda una visión fiscalista, sin tener presente cuál será la sostenibilidad financiero-presupuestaria de ese empleo público en el marco de realidad fiscal de altísimo endeudamiento público, con intereses estranguladores del presupuesto público; y, además, con las profundas falencias que presenta la estructura tributaria actual dada su naturaleza perversamente regresiva. He aquí un punto que nosotros vemos vinculado estratégicamente. Hablar de lo uno sin considerar la realidad de lo otro parece que no es sostenible.

 

  1. La lista de expedientes legislativos pendientes de obtener voluntad política real para una real justicia tributaria es muy extensa y, si no estamos equivocados, algunos fueron explícitamente señalados como condición para la imposición de eso que denominaron “gobierno de unidad nacional”. Debemos ayudar a la ciudadanía a reparar en ello y estamos trabajando en un documento al respecto que, también, será del conocimiento de vuestras dignas autoridades ministeriales.

 

  1. Por otra parte, pese a los contenidos de la carta que venimos comentando, tenemos cierta confusión (para decirlo con prudencia constructiva), acerca de un proceso similar que ha sido anunciado y publicado con bombos y platillos por el actual Ministro de la Presidencia, don Rodolfo Piza Rocafort, en la misma línea: diálogo sobre empleo público que, al parecer se impulsa desde Casa Presidencial con una parte del Movimiento Sindical Costarricense.

 

  1. Ya habíamos denunciado, de manera pública, este peligroso juego de dicho jerarca al respecto, de potenciar exclusiones sindicales participativas que tienen criterio más allá de un enfoque que, si bien legítimo, presenta una naturaleza gremial-corporativa; lo cual nos lleva a preguntarnos si se está propiciando un paralelismo negociador con propósitos ocultos de parte del citado ministro, por demás, figura que nos genera profunda desconfianza y sin credibilidad alguna de nuestra parte en él.

 

  1. Adicionalmente, cuestionamos qué podría ser diferente, ahora, en este proceso de Diálogo social para abordar el tema del empleo público, si lo contrastamos con la experiencia vivida con el proceso anterior en torno al controvertido proceso del expediente legislativo No. 20.580, hoy Ley de la República No. 9635, la del fallo constitucional de compadre hablado; considerando que lo que podríamos conceptuar como la hegemonía política al interior del Gobierno, de orientación ideológica neoliberal, se impondría a definiciones eventualmente compartidas en la línea que ustedes apuntan en cuanto al desafío de que “…surge la necesidad de estudiar la visión actual de la temática del empleo público, pero no con una visión fiscalista…”:

 

  1. Conociendo el juego político insano que impulsa el jerarca ministerial de la Presidencia, los criterios que tengan los otros rostros de esa hegemonía política al interior del Gobierno, de orientación neoliberal, abren una considerable interrogante acerca a la solidez que pudieran tener eventuales acuerdos-consensos sobre este tema del Diálogo social para abordar el tema del empleo público.

 

  1. Hablamos del superministro André Garnier Kruse, inserción fuerte de parte del alto corporativismo empresarial de los macronegocios en el seno del Gobierno; así como de las señoras Edna Camacho Mejía y Rocío Aguilar Montoya; la primera, Ministra-Coordinadora del Equipo Económico y la segunda, Ministra de Hacienda.

 

  1. Lo que estamos diciendo con todo esto es que esas cuatro figuras de la hegemonía política gubernativa, tienen un real poder de veto si un acuerdo-consenso sobre un Diálogo social para abordar el tema de Empleo Público, arrojase aspectos que no fuesen congruentes con su ideología neoliberal, por una parte; por otra, de cara al alto interés del marco-corporativismo empresarial que marca el rumbo fundamental de la presente administración gubernativa.

 

  1. Por otra parte, presuponiendo el logro de un acuerdo-consenso acerca del Diálogo social para abordar el tema de Empleo Público, otra enorme interrogante aflora: ¿cuál será la voluntad de respeto para el mismo de parte de la coalición gubernativa en el seno parlamentario; especialmente, la parte de ésta que tiene la más que notable hegemonía legislativa en estos momentos: el Partido Liberación Nacional (PLN), cuya principal figura diputadil, el señor Carlos Ricardo Benavides Gutiérrez (aspirante con posibilidades de lograr la próxima presidencia del congreso), también tiene una especie de real poder de veto. He aquí, también, otra interrogante política imposible de no ser formulada.

 

  1. Aquí, precisamente, queremos detenernos un poco más pues dado que esa coalición gubernativa expresada en el seno parlamentario, con principal eje en lo que nosotros denominamos tripartidismo PLUSC-PAC, está en estos momentos en franca ofensiva antisindical al impulsar tres proyectos de ley contra la autonomía y la soberanía sindicales, algo de extrema gravedad desde el punto de vista de los derechos democráticos; es más, contra la misma existencia de los sindicatos en lo que nosotros hemos denominado como la más fuerte y agresiva ofensiva antisindical de los últimos tiempos.

 

  1. Estas tres iniciativas antiobreras, los expedientes legislativos números 20009, 20049 y 20067, cuentan con el beneplácito gobiernista pues están convocadas por el Poder Ejecutivo para su trámite parlamentario en el actual período de sesiones extraordinarias de la Asamblea Legislativa. Resulta imposible cerrar los ojos ante esta realidad política, resulta imposible mirar para otro lado y desarrollar ese Diálogo social para abordar el tema de Empleo Público es un escenario más que amenazante para la organización sindical interlocutora del mismo.

 

  1. Un factor de extrema relevancia que queremos destacar, como consideración fundamental, es que realizar un real Diálogo social para abordar el tema de Empleo Público, tiene que ver con las eventualidades situaciones de potencial inconstitucionalidad que, por ejemplo, hoy parecen ser más que evidentes dentro de los contenidos de la Ley de la República No. 9635, la del fallo constitucional de compadre hablado. Lo que ya ha sido planteado desde la Universidad de Costa Rica (UCR), y muy probablemente de parte de las otras casas de enseñanza superior pública; lo que se ve venir al interior de la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS); así como lo que ya de nuestra parte y de manera directa estamos formulando de cara a la autonomía constitucional del Régimen Municipal; nos hablan de la imprudencia, de la inseguridad y del eventual fracaso de apresurar una discusión abrupta e irresponsable sobre el empleo público, como parece que lo está imponiendo el cuarteto de jerarcas neoliberales en control de la hegemonía política gubernativa; el cual presiona para que a marzo próximo esté listo un proyecto de ley que resuelva lo que desde la vigencia de la actual carta magna, en 1949, se generó en materia de institucionalidad público-laboral.

 

  1. Colateralmente a lo anterior, resulta más que caótico impulsar, a rajatabla y en carrera loca contra la racionalidad técnica del tema de empleo público, una nueva concepción al respecto, con base en la afirmación de ustedes de que no procede una visión fiscalista; en ámbitos como el del empleo público policial que ya ve nacer la irresponsable convivencia de dos sistemas salariales en su seno, producto de la legislación supracitada, con evidentes consecuencias contraproducentes en los diferentes cuerpos policiales encargados de la seguridad ciudadana, al tener dos tipos de personas servidoras públicas conviviendo en la cotidianidad del ejercicio de tal labor con salarios distintos pese a que hacen lo mismo y deben pasar por el mismo control de responsabilidad. Y aquí estamos citando únicamente un ejemplo de un agravamiento del caos laboral en que ha entrado la Administración Público producto de la Ley de la República No. 9635, la del fallo constitucional de compadre hablado.

 

  1. Sigamos… Habiéndose liquidado, no más entrando la presente administración gubernativa, la hoy extinta Comisión Negociación Salarial del Sector Público, imponiendo de manera unilateral ya dos fijaciones de monto fijo y alejadas de la realidad económica del poder adquisitivo del salario; y ya en vigencia la ley 9635, la del fallo constitucional de compadre hablado, que impuso la concepción de anualidad también en monto fijo; ideológicamente se abrió el camino del salario único para su instauración generalizada, más allá de lo que pudiera formularse en un acuerdo-consenso sobre el tema de las remuneraciones “…no con una visión fiscalista”; por tanto, no parece necesario una bendición sindical mediando ese Diálogo social para abordar el tema de Empleo Público. Nos parece que la hegemonía neoliberal intra-gobierno ya resolvió el punto mediando ese unilateralismo del que tanto gustan, además de derogaciones jurídicas (todas controversialmente discutibles en el corto plazo), de diversos derechos patrimoniales de las miles de personas trabajadoras asalariadas estatales.

 

 

  1. Deben sus ilustres autoridades ministeriales considerar que en el seno de la corriente en la cual desarrollamos nuestro quehacer (si consideramos la realidad político-social expresada en el Colectivo Sindical PATRIA JUSTA, con nexos con la CSJMP-ANEP), se encuentra la mayor cantidad de personas trabajadoras asalariadas del sector Público que enfrentan procesos represivos amenazantes de sus propios empleos por su participación en la pasada lucha social-patriótica contra el expediente legislativo 20.580, hoy ley de la República No. 9635, la del fallo constitucional de compadre hablado. De cara a un Diálogo social para abordar el tema de Empleo Público, esta circunstancia, al igual que la que apuntamos en el apartado siguiente, tiene para nosotros un peso político muy relevante.

 

  1. Particularmente, lacera nuestra humanidad y sensibilidad obrero-sindical la situación del compañero trabajador de la Refinadora Costarricense de Petróleo (Recope), joven Carlos Andrés Pérez Sánchez, cuyo proceso judicial muestra cizaña y violaciones jurídico-procesales que nos llevaron a caracterizarlo como preso político. ¡Sí, señora ministra Garrido y señor ministro Núñez!, ¡preso político!

 

  1. Han de comprender ustedes, estando de nuestra parte seguros de que ustedes tienen la sensibilidad social suficiente para ello, que existe enorme preocupación en el seno de la clase trabajadora asalariada sobre el futuro de sus pensiones, particularmente, las complementarias (la obligada y/o la voluntaria). Especialmente, en el caso del sector estatal, pues mucha parte de ella estaría cubierta por el nuevo empleo público que surgiría de ese Diálogo social para abordar el tema de Empleo Público, o sin él.

25. Las decisiones de política fiscal que se han venido adoptando por parte de la indicada hegemonía política al interior del presente gobierno, tiene con los pelos parados de punto a más de uno, en cuanto a la sostenibilidad de tales sistemas pensionales y las decisiones de materia fiscal que les están imponiendo. Esto asusta mucho y requiere un abordaje de cara al mundo laboral y social organizado, lo cual no está sucediendo en estos momentos. Otra preocupación de parte de la corriente sindical que ocupa nuestro diario quehacer.

 

  1. Los efectos perniciosos de una política económica, reiterada a lo largo de los últimos gobiernos (incluido el actual), que está diseñada para la exclusión social fundamentalmente, genera enormes insatisfacciones y graves problemas en otros sectores de la sociedad organizada que siguen siendo tratados con desdén desde el prepotente ojo neoliberal, hoy con mucha incidencia en la gestión gubernativa en desarrollo.

Tan es así que se vienen dando convergencias, impensadas hasta hace poco, entre diversidades opacadas por la preponderancia de lo macro-fiscal con esa particular visión ideológica.

  1. Es así que, recientemente, el espacio denominado ENCUENTRO SOCIAL MULTISECTORIAL (del cual participamos), construye una propuesta articuladora que, sin duda, contempla una aspiración de un reordenamiento institucional de lo público para suplir las deudas sociales acumuladas; y, sin duda pensamos que esa propuesta de Diálogo social para abordar el tema del empleo público, podría no estar completa desde el enfoque de los excluidos y de los que están condenados a ello, por esas macroeconomías fiscalistas tan marginadoras de lo social.

 

  1. Finalmente, las entidades sindicales por ustedes convocadas tienen cierta peculiaridad al incluir a entidades, respetables sí, pero que son de hecho. El proceso sociopolítico que denominamos Colectivo Sindical PATRIA JUSTA, que tiene tal naturaleza, fue omitido en el indicado oficio, pensando nosotros que habría ocurrido una omisión totalmente involuntaria, aunque, como pueden apreciar, notable.

 

  1. En vista de las anteriores consideraciones sociopolíticas que hemos formulado por esta vía, lo cual creemos que amerita, de parte de ustedes, una necesaria asimilación y aprehensión cabal de la naturaleza de nuestra posición sobre este Diálogo Social para abordar el tema de Empleo Público, no podemos atender su atenta convocatoria para este lunes 28 de enero. Posteriormente, y si lo estiman conveniente, estamos en disposición de explicarles de manera más directa y más puntual, las razones apuntadas.

 

Respetuosamente,

Albino Vargas Barrantes

Secretario General ANEP

Presidente CSJMP-ANEP

Wálter Quesada Fernández

Secretario General Adjunto ANEP

Vicepresidente CSJMP-ANEP

Rafael Mora Solano

Directivo Nacional ANEP

Director Ejecutivo

CSJMP-ANEP

Colombia: la matanza de los líderes sociales

Esto no está en la matriz mediática de los emporios corporativos de noticias a favor de la globalización neoliberal: la cotidiana matanza de líderes y lideresas que luchan por la justicia social y por los Derechos Humanos en la hermana república latinoamericana de Colombia.

Las cifras son espeluznantes. Según la Defensoría del Pueblo de Colombia, el pasado año 2018 dejó 164 asesinatos de hombres y mujeres que en sus respectivas comunidades luchaban por mejores condiciones de vida para sus semejantes.

Sin embargo, la entidad independiente Instituto de Estudios para el Desarrollo y la Paz (Indepaz), afirma que son 266 los asesinatos de personas luchadoras sociales colombianas los que se dieron el año pasado.

En Colombia hubo un rimbombante acuerdo de paz, de altísima controversia interna y que generó una fuerte polarización social. Esto fue en el mes de noviembre del año 2016.

Leímos que los registros de la oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, instalada en Colombia luego de esos acuerdos y desde esa fecha, nos habla de 454 casos de personas luchadoras sociales que perdieron la vida por tal circunstancia.

Para el Indepaz, son 566 los líderes, lideresas y personas luchadoras defensoras de los Derechos Humanos quienes han sido asesinadas en el lapso comprendido entre el 1 de enero de 2016 y el 10 de enero de 2019.

Según leemos, es de tal gravedad la situación que el propio señor Antonio Guterres, Secretario General de la Organización de las Naciones Unidas (ONU), se ha referido a este grave asunto, expresando su “preocupación”. Pero la matanza sigue…

Por su parte, el sitio de noticias por internet denominado NODAL (Noticias de América Latina y el Caribe), nos dio otro dato no menos cruel e indignante a la vez: en Colombia el año 2019 empezó con un asesinado por día de estos seres humanos que pierden la vida por la lucha por un mejor bienestar de otros seres humanos, específicamente sus semejantes de clase.

La nota de NODAL nos cuenta el caso de la luchadora social Maritza Quiroz Leyva y nos narra, con dramatismo, lo siguiente: “Al observar que unos hombres sospechosos arribaron a su casa ubicada en la vereda San Isidro, del sector de Bonda, de Santa Marta, Maritza Quiroz Leyva emprendió la huida. Corrió lo más rápido que pudo, pero su esfuerzo fue insuficiente, pues sus agresores lograron darle alcance y sin contemplación le dispararon en varias oportunidades con una pistola calibre 9 milímetros. Quiroz no pudo huirle a la muerte y falleció de inmediato la madrugada de este domingo. El asesinato de la líder de las mujeres afrodescendientes víctimas de desplazamiento en la zona rural de Santa Marta y suplente de la Mesa de Víctimas de Santa Marta, se suma a los crímenes de otros cinco líderes sociales en los primeros seis días del 2019. Quiroz deja cuatro hijos huérfanos y sin hogar, pues su esposo también había sido asesinado y producto de la violencia se vio obligada a desplazarse desde el corregimiento de Palmor”.

¿Sabía usted de esto? Posiblemente no. Vivimos en una intoxicación informativa inducida de parte de los poderes mediático-hegemónicos, para los cuales los Derechos Humanos tienen una connotación muy estrecha, desde el punto de vista de que los mismos no pueden concebirse si a partir de su estudio, defensa y prédica se invocan para proponer un reordenamiento del injusto estado de situación de la perversa desigualdad y su más impacto inmediato: la concentración de la riqueza y la sumisión en la pobreza y en la exclusión a cada vez un mayor número de seres humanos.

Ningún gobierno democrático de la región, ni tampoco ningún diplomático de las entidades del sistema interamericano, tiene en sus agendas de denuncia política el tema del asesinato sistemático de luchadores por los Derechos Humanos colombianos.

Los tiempos de la globalización neoliberal en su fase más cruel y criminal, que es la actual, son los tiempos donde los Derechos Humanos solamente se admiten cuando se trata de la defensa de ese orden global cruel y criminal. Ir más allá de ello, es subversión en contra de la misma Democracia, según ese orden.

En Colombia, el poder real no se anda con rodeos. Se asesina a quienes osan levantar la bandera de los Derechos Humanos, real e integralmente conceptuados.

En otros países, como el nuestro, parece ser que la muerte civil es una opción para quienes se atrevan a plantear la práctica de los Derechos Humanos como un todo integral, y no segmentándolos para una tergiversación ideológica de lo que se esencia significa. Puede ser subversivo si se levanta la bandera de su implementación total.

Respeto profundo y homenaje eterno a Maritza Quiroz Leyva y a sus 565 compatriotas colombianos asesinados por su lucha en defensa de los Derechos Humanos, según directrices emanadas de los agentes del perverso capital criminal-neoliberal.

El Papa Francisco y la tríada del mal

Hoy, miércoles 23 de enero de 2019, da inicio la histórica visita del Papa Francisco a Panamá, hermana república de Costa Rica.

Saludamos con perspectiva obrero-social y sindical su presencia por esta tierra centroamericana, tierra de las desigualdades; tierra latinoamericana que es la zona del planeta más desigual del orbe.

Costa Rica, lastimosamente, no escapa a esta realidad pues ahora estamos en el ranking, el top ten, de la desigualdad a nivel global. ¡Qué vergüenza! ¡Qué injusticia!

Llega el pontífice romano con su mensaje pastoral, inherente a la esencia del humanismo cristiano. Pero llega, también, con su mensaje social de tanta relevancia; mensaje muy ocultado por las matrices mediáticas dominantes, las del capital; y, también, débilmente divulgado y predicado en Costa Rica por sus sacerdotes y obispos.

Según diversas notas de prensa internacional, el mensaje papal a la juventud congregada para escucharle, en Panamá, se centrará en instarles a “cambiar el mundo ante la pobreza, la violencia y el drama de la migración”.

Nosotros esperamos que les aconseje, a la vez, practicar una militancia activa, profundamente solidaria y cuestionadora de este (des-)orden global tan criminalmente perverso por su desigualdad.

¡Exacto! Vivimos en la época del más injusto reparto de la riqueza que registra la historia de la especie humana. El Papa Francisco lo sabe y sus discípulos eclesiásticos deben denunciarlo. Él ha dicho:

“El clamor de los pobres cada día se hace más fuerte, pero se escucha menos, ahogado por el ruido de los pocos ricos, que crecen cada vez menos y más ricos”, ha sentenciado el Papa Francisco.

“Es el grito de todos aquellos que se ven obligados a huir de sus hogares y sus tierras nativas por un futuro incierto. Es el grito de pueblos enteros, privados incluso de los grandes recursos naturales a su disposición… mientras que los pocos ricos se deleitan con lo que, en justicia, pertenece a todos”.

“…los cristianos no pueden quedarse de brazos cruzados ante la indiferencia o con los brazos extendidos ante la indefensión, sino que deben actuar para ayudar”.

Así lo dijo durante la segunda Jornada Mundial de los Pobres, el pasado noviembre, en el Vaticano, en misa en la Basílica de San Pedro.

Llega el máximo jerarca de la Iglesia Católica universal, en momentos en los cuales la más prestigiosa entidad mundial que analiza este tema de la desigualdad y de la concentración de la riqueza nos da a conocer los más actualizados y escalofriantes datos al respecto, como estos:

“26 multimillonarios concentran tanta riqueza como la mitad de la humanidad. La riqueza de los multimillonarios del mundo aumentó 900.000 millones de dólares el año pasado, a un ritmo de 2.500 millones de dólares por día, mientras los ingresos de la mitad más pobre de la población del planeta cayeron un 11%, reveló el informe anual de la ONG Oxfam Internacional”.

“La concentración de la riqueza se acentuó a tal punto en 2018 en el mundo que 26 multimillonarios poseen más dinero que los 3.800 millones de personas más pobres del planeta, según un informe de la ONG Oxfam Internacional publicado el lunes. ‘El abismo que aumenta entre ricos y pobres penaliza la lucha contra la pobreza, perjudica la economía y alimenta la rabia en el mundo’, afirmó Winnie Byanyima, directora ejecutiva de Oxfam Internacional, citada en un comunicado.

Como creyentes, con militancia social, estos datos que Oxfam International nos da, nos mueve a pensar que la perversidad maléfica del capital concentrado se expresa en una especie de tríada diabólica contra la Humanidad misma: desigualdad-concentración de la riqueza-injusticia fiscal.

Veamos cómo se entrelazan estos tres aspectos de la tríada del mal:

Nos dice Oxfam Internacional que “los ricos se benefician no solo de una fortuna en plena expansión, sino, también, de los niveles impositivos menos elevados desde hace décadas”. “Si la tendencia fuese contraria, la mayoría de los Gobiernos tendrían suficientes recursos para financiar los servicios públicos”… “la riqueza está particularmente infragravada”.

Este otro dato es contundente: Oxfam precisa que, de un dólar de impuestos a los ingresos, solo cuatro céntimos provienen del impuesto a la riqueza.

La tríada del mal: desigualdad, concentración de la riqueza y la defraudación fiscal-tributaria, amenaza con acabar con la especie humana.

En el marco de la visita papal a Panamá, pensamos que, para la realidad actual de nuestro país, organizarnos y articularnos desde todas las formas de agrupamientos sociales y cívico-patrióticos honestos, es la máxima tarea histórica de nuestro tiempo; pues tanto la desigualdad, como la concentración de la riqueza y el inconmensurable fraude fiscal-tributario, constituyen la más dramática tortura civil y económica que miles de compatriotas sufren todos los días.

¡Bienvenido Papa Francisco a la tierra centroamericana!

Comparecencia de ANEP-Patria Justa ante proyecto revanchista para eliminar huelgas


La Asociación Nacional de Empleados Públicos y Privados (ANEP) y el Colectivo Sindical Patria Justa comparecieron ante la Comisión Especial Dictaminadora para estudiar el derecho a huelga donde externaron su malestar y rechazo absoluto del proyecto de ley  Expediente N.° 21.049, al considerarlo un revanchismo político, luego del amplio apoyo de la huelga nacional contra el combo fiscal.

Red de Cuido sin dinero: violación a los Derechos Humanos de cientos de niños y de niñas

    • Las poblaciones vulnerables y en riesgo de exclusión social: víctimas inocentes del problema fiscal.

    • Drama social que cuestiona la ideología del equipo económico PLUSC-PAC

       

Debemos hacer constar nuestra más enérgica condena por la grave violación de Derechos Humanos que ha ocurrido en contra de los niños y de las niñas que se quedaron sin atención y sin comer en los centros de atención de la denominada Red de Cuido, por cuanto no recibieron durante el mes de diciembre los fondos necesarios para su funcionamiento.

Tal violación a los Derechos Humanos de esta vulnerable población infantil al borde de la exclusión social, también afectó al estudiantado receptor de las becas del programa Avancemos, así como a las familias en pobreza extrema que dependen para su subsistencia vital y mínima de las ayudas del Instituto Mixto de Ayuda Social (IMAS).
La responsabilidad política, personal y directa, le corresponde a la señora Ministra de Hacienda, Rocío Aguilar Montoya; sin que por ello se exima a sus superiores máximos, los señores Alvarado y Piza.

Generar gran vergüenza saber que Costa Rica, cuyos gobiernos vienen tirando piedras en materia de Derechos Humanos, tiene techo de vidrio, considerando la integralidad de la Declaración Universal de los Derechos Humanos que, incuestionablemente, cubre a las poblaciones violentadas con la deshumanizada retención de fondos que ha denunciado, de manera tan atinada, la Unión Nacional de Redes de Cuido y Desarrollo Infantil de Costa Rica(Unared).

Esta circunstancia dolorosa no puede ser catalogada de otra forma como una acción socialmente criminal, dejando al desnudo que la gente (sobre todo la más vulnerable, económicamente hablando), no es prioridad para la tríada gobiernista PLUSC-PAC; sino las cuestiones macro-fiscales tendientes a fortalecer al sector bancario-financiero del país, gran ganador de los últimos tiempos con el crecimiento de la desigualdad y de la concentración de la riqueza.

El Estado, según nuestra concepción, es uno sólo y, por tanto, las necesidades urgentes de la población costarricense ya excluida en lo económico o en riesgo de serlo, debió ser absoluta prioridad antes de que el Ministerio de Hacienda prefiera correr a pagarle al Banco Central de Costa Rica (BCCR), los 498 mil millones de colones en deuda de corto plazo que esta última entidad le había prestado; siendo que ambas entidades son parte de la misma estructura financiera- estatal del aparato público costarricense.

Definitivamente, esta dolorosa situación de discriminación social y de violación de Derechos Humanos no solamente cuestiona uno de los principios básicos del neoliberalismo, la “independencia” del BCCR; sino que, además, muestra que Costa Rica seguirá en severo retroceso afectando a las mayorías trabajadoras del país, si se sigue insistiendo en un proyecto ideológico cuyo fracaso ya es constatable en varias partes del orbe, con fuertes resistencias populares.

Lamentablemente, en la hegemonía político-gubernativa dominante en nuestro país, lo que nosotros denominamos el triunvirato PLUSC-PAC, no hay ya contenidos ni socialdemócratas ni de humanismo cristiano en quienes gestionan la política económica fiscal del binomio Alvarado Piza.

Debemos resaltar la oportuna reacción de denuncia de parte de la Unión Nacional de Redes de Cuido y Desarrollo Infantil de Costa Rica (Unared), expresando la total disposición de la ANEP de colaborarles en lo que estimen conveniente.

San José, viernes 4 de enero de 2018.
Albino Vargas Barrantes
Secretario General ANEP

Una ocurrencia inviable en términos de justicia, democracia y buen derecho

Esta afirmación se hace en virtud del contenido pernicioso del mencionado proyecto. Una ley que pretenda brindar seguridad jurídica sobre la huelga y sus procedimientos, debería regular prioritariamente aquellos aspectos que garanticen el libre ejercicio de este derecho. En Costa Rica, antes de la Reforma Procesal Laboral, solamente tres huelgas habían sido declaradas legales, lo que significa que en la práctica el derecho de huelga era nulo, un aspecto incompatible con la retórica de un país que se presenta al mundo como respetuoso de los Derechos Humanos.

La Reforma Procesal Laboral con sus virtudes y sus defectos, como toda producción humana, ofrece ciertas garantías que fortalecen nuestro Estado Social y Democrático de Derecho. De manera razonable, en la práctica se posiciona como un elemento de contrapeso frente al poder. Esta afirmación cobra sentido si se analiza el contexto actual de las huelgas, en la que ni todas son declaradas legales ni todas son declaradas ilegales, dejándose ver un equilibrio razonable a la hora de impartir justicia.

Lo que propone el señor Benavides es un proyecto en contra del ejercicio del derecho a huelga, pretende el castigo anticipado en perjuicio de la parte más débil de las relaciones laborales y en detrimento del principio protector que tutela esas relaciones de trabajo. Es antidemocrático, entre otras razones, porque al limitar el derecho de huelga, se está anulando toda posibilidad de oponerse efectivamente a los abusos de poder se cohíben las libertades ideológicas, de pensamiento y de expresión. Es decir, de concretarse las intenciones del señor diputado no existiría, en términos generales, un equilibrio razonable entre los derechos e intereses de las personas trabajadoras y las actuaciones de sus patronos.

Por otra parte, los señalamientos que hace el señor diputado sobre algunos efectos desafortunados de las huelgas deben ser analizados sin pasiones politiqueras. Es conveniente conservar el pleno dominio de la capacidad reflexiva, para comprender que cuando existen conflicto entre el derecho de huelga y otros derechos humanos, sin pretender categorizarlos, lo ideal es darle especial atención al de huelga por ser un derecho generador de otros derechos, como el de la libertad de expresión, de pensamiento, de asociación, entre otros.

La Secretaría de Juventudes de la Asociación Nacional de Empleados Públicos y Privados (ANEP) se opone a este proyecto por considerarlo una “contrarreforma laboral” peligrosa, porque crea inseguridad jurídica; estimula la criminalización de la protesta, cercena derechos laborales fundamentales; contraría la lógica del Derecho Internacional de los Derechos Humanos; tiene discrepancias con los convenios de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) y los principios y criterios del Comité de Libertad Sindical y; porque se opone a los planteamientos que sobre la materia aborda el Sistema Interamericano de Derechos Humanos y sus órganos de control.

El derecho a huelga en el Sistema Interamericano

No hay duda que los derechos sociales, incluidos los laborales y dentro de estos, el de huelga, forman parte del sistema americano de derechos humanos y, por lo tanto, son objeto de protección de los órganos de control del Sistema Interamericano.

El ejercicio del derecho a huelga debe ser garantizado sin intromisiones por parte del Estado. En este sentido es importante señalar que los derechos de sindicación y huelga, aunque pertenecen a los derechos sociales no requieren de una prestación del Estado y por ello, tienen la particularidad de exigir la no interferencia del mismo.

El artículo primero y el artículo segundo de la Convención Americana sobre Derechos Humanos impone a los Estados partes la obligación de abstenerse de cometer violaciones a los derechos humanos; deben, por consiguiente, garantizar estos derechos con acciones que permitan efectivamente su ejercicio sin discriminación alguna y; finalmente, ajustar sus legislaciones internas de manera que sean compatibles con lo que estipula la Convención.

Por su parte la Carta Internacional Americana de Garantías Sociales o Declaración de los Derechos Sociales del Trabajador en su artículo 27 menciona que:
Los trabajadores tienen derecho a la huelga. La Ley regula este derecho en cuanto a sus condiciones y ejercicio.

De igual manera, la Carta de la Organización de los Estados Americanos en su artículo 45 estipula:

c) Los empleadores y los trabajadores, tanto rurales como urbanos, tienen el derecho de asociarse libremente para la defensa y promoción de sus intereses, incluyendo el derecho de negociación colectiva y el de huelga por parte de los trabajadores, el reconocimiento de la personería jurídica de las asociaciones (…)

De manera que, el derecho de huelga es un derecho humano y así lo deja ver, específicamente, el artículo 8 del Protocolo Adicional a la Convención Americana sobre Derechos Humanos en materia de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, “Protocolo de San Salvador”.

El proyecto que pretende el diputado Carlos Ricardo Benavidez impone limitaciones al derecho de libertad sindical y al derecho de huelga en concreto. El señor Benavidez menciona elementos que aplican estrictamente a los servicios esenciales para prohibir en términos absolutos la huelga en estos sectores, pese a que los sindicatos han demostrado que durante las huelgas estos servicios no han sido paralizados, pues ha quedado más que demostrado que las personas trabajadoras en estas áreas, siempre han ofrecido atención y servicios mínimos, él dice: “Las propuestas de reforma que se plantean a través de esta iniciativa surgen alrededor de los siguientes movimientos huelguísticos y con vista en las grosera afectaciones que la paralización de servicios esenciales le han ocasionado a la vida, a la salud y a la seguridad de la población, y en todo caso a la tranquilidad del país en general;” (…)

No es verdad que las huelgas en Costa Rica paralicen los servicios esenciales, hacer tal afirmación es un acto irresponsable que propicia la desinformación y genera sentimientos de incertidumbre.

Antes de criminalizar la protesta, de motivar la regresividad en el ejercicio de este derecho humano (de mutilar el derecho de huelga) y de pretender leyes limitantes del derecho de libertad sindical, sería importante combatir las causas, saber por qué se origina el descontento social. Quizá sea el momento para analizar el modelo económico actual y determinar quiénes son los principales beneficiados con este modelo; el porqué de la desigualdad; cómo se está distribuyendo la riqueza; el desempleo y sus verdaderas causas; entre otros.

En el caso de Costa Rica respecto de este tema es importante señalar el criterio que esbozó el distinguido diputado Monge en 1949 (acta N° 122 y 123, 3 y 4 de agosto de 1949).

“El Diputado Monge Álvarez expresó que no era por el camino de las restricciones que se pueden detener las huelgas, es necesario ir a sus causas, terminar con una serie de injusticias sociales. Quienes pretendan detener las huelgas por el camino de las restricciones ignoran que son un fenómeno social que obedecen a muchas causas complejas. El derecho a la huelga es una de las conquistas fundamentales alcanzadas por los trabajadores, después de luchas cruentas…”

El descontento de las organizaciones sociales y de grupos minoritarios dado a conocer a través del instituto de la huelga debe ser atendido responsablemente en cualquier Estado democrático. Debe recordarse que las únicas limitaciones y restricciones al derecho de libertad sindical y de huelga, están previstas en el inciso 2 del artículo 8 del Protocolo de San Salvador, “ el ejercicio de los derechos enunciados precedentemente sólo puede estar sujeto a las limitaciones y restricciones previstas por la ley, siempre que éstas sean propias a una sociedad democrática, necesarias para salvaguardar el orden público, para proteger la salud o la moral públicas, así como los derechos y libertades de los demás” (…)

En el mismo sentido el artículo 5 del Protocolo prescribe: “los Estados partes solo podrán establecer restricciones y limitaciones al goce y ejercicio de los derechos establecidos en el presente Protocolo mediante leyes promulgadas con el objeto de preservar el bienestar general dentro de una sociedad democrática, en la medida que no contradigan el propósito y razón de los mismos”.

En materia de restricciones se debe tener un balance adecuado para determinar las justas exigencias de una sociedad democrática sin inclinar la balanza a favor de quienes ostenten el poder económico y político. La Corte Interamericana ha opinado que “de ninguna manera podrían invocarse el “orden público” o el “bien común” como medios para suprimir un derecho garantizado por la Convención o para desnaturalizarlo o privarlo de contenido real (ver art. 29 a) de la Convención).

Estos conceptos, en cuanto se invoquen como fundamento de limitaciones a los derechos humanos deben ser objeto de una interpretación estrictamente ceñida a las “justas exigencias” de “una sociedad democrática” que tengan en cuenta el equilibrio entre los distintos intereses en juego y la necesidad de preservar el objeto y fin de la Convención”.

La Comisión al interpretar la jurisprudencia de la Corte en la materia ha señalado que ésta “determina que, para que haya congruencia con la Convención, las restricciones deben estar justificadas por objetivos colectivos de tanta importancia que claramente pesen más que la necesidad social de garantizar el pleno ejercicio de los derechos garantizados por la Convención y que no sean más limitantes de lo estrictamente necesario. Por ejemplo, no es suficiente demostrar que la ley cumple con un objetivo útil y oportuno”.

Al referirse al artículo 30 de la Convención la Corte IDH sostuvo que: “… El artículo 30 no puede ser interpretado como una suerte de autorización general para establecer nuevas restricciones a los derechos protegidos por la Convención, que se agregaría a las limitaciones permitidas en la regulación particular de cada uno de ellos”.

Con base en lo anterior se puede concluir que los Estado en principio deberían analizar una serie de medidas para adoptar entre ellas la que restrinja en menor escala los derechos protegidos por la Convención. En el caso del proyecto presentado por el diputado Carlos Ricardo Benavidez lo que presenta es una propuesta para anular el derecho en términos prácticos y dejarlo solo como un enunciado en la Constitución.

El derecho a huelga en el marco de la Organización Internacional del Trabajo (OIT)

La Conferencia Internacional del Trabajo que señala pautas para la política de la Organización Internacional de Trabajo (OIT) insiste en el reconocimiento del derecho de huelga en los Estados Miembros. “(…) Concretamente, la Resolución sobre la abolición de la legislación antisindical en los Estados Miembros de la OIT, adoptada en 1957, instaba a la adopción de una “legislación que asegure el ejercicio efectivo y sin restricciones alguna de los derechos sindicales por parte de los trabajadores, con inclusión del derecho de huelga” (OIT,1957, pág. 780).

Asimismo, la Resolución sobre los derechos sindicales y su relación con las libertades civiles, adoptada en 1970, invitó al Consejo de Administración a que encomendara al Director General una serie de iniciativas “con miras a considerar nuevas medidas destinadas a lograr el respeto pleno y universal de los derechos sindicales en su sentido más amplio”, consagrando atención particular, entre otros, al “derecho de huelga” (OIT, 1970 pág. 764).

El proyecto de ley que propone el señor Carlos Ricardo Benavidez lejos de garantizar seguridad jurídica nos encamina hacia una inseguridad jurídica que anula la efectiva práctica del ejercicio del derecho a huelga. Él señor diputado menciona “(…) el rebajo de los salarios por el tiempo no laborado, en el caso de las huelgas que se declaren ilegales, procederá de forma retroactiva, desde el momento de la presentación de la solicitud de la declaratoria de ilegalidad por parte del patrono.”

La aplicación retroactiva de este apartado de la norma en perjuicio de las personas trabajadoras es una violación evidente al principio protector que tutela las relaciones de trabajo. En aspectos prácticos, es un castigo anticipado que lo único que produciría es temor en las personas trabajadoras para que éstas no ejecuten su derecho a huelga y con ello, jamás acudan a medidas de presión legítimas tendientes a salvaguardar sus intereses económicos y sociales (esto cobra mayor sentido si se analiza la marcada tendencia que existía en el país de declarar las huelgas ilegales y que con la Reforma Procesal Laboral se ha logrado equilibrar un poco la balanza).

De permitirse el rebajo salarial a partir de la solicitud de declaratoria de ilegalidad por parte del patrono, se estará cayendo en una práctica antisindical, ya que ante un conflicto no resuelto no existiría posibilidad material de huelga. Esto debido a que cualquier sanción que se ejecute por acciones anteriores a una calificación judicial en firme, constituye una medida previamente intimidatoria, ilógica y nugatoria del derecho de huelga. La lógica en estos casos es que los efectos de una resolución judicial sean aplicados a partir de su firmeza. Por aspectos prácticos esto sería acertado, ya que llevaría a los patronos o políticos en el poder, a fortalecer procesos democráticos: el diálogo y los sistemas de solución de conflictos.

La Comisión de Expertos de la OIT consideró que: “(…) únicamente debería ser posible imponer sanciones por acciones de huelga en los casos en que las prohibiciones de que se traten estén de acuerdo con los principios de libertad sindical, Ahora bien, incluso en tales casos, tanto la “jurisdiccionalización” excesiva de las cuestiones relacionadas con las relaciones laborales como la aplicación de graves sanciones por acciones de huelga pueden provocar más problemas que los que resuelven.”

El Convenio sobre la Libertad Sindical y la Protección del Derecho de Sindicación (N° 87) en su artículo 3 menciona:

“1. Las organizaciones de trabajadores y de empleadores tienen el derecho de redactar sus estatutos y reglamentos administrativos, el de elegir libremente sus representantes, el de organizar su administración y sus actividades y el de formular su programa de acción.

2. Las autoridades públicas deberán abstenerse de toda intervención que tienda a limitar este derecho o a entorpecer su ejercicio legal.” Y el artículo 10 en el presente Convenio, “el término organización significa toda organización de trabajadores o de empleadores que tenga por objeto fomentar y defender los intereses de los trabajadores o de los empleadores.”

A partir de estas disposiciones, dos órganos instituidos para el control de la aplicación de las normas de la OIT, el Comité de Libertad Sindical y la Comisión de Expertos en Aplicación de Convenios y Recomendaciones, han reconocido en numerosas ocasiones el derecho de huelga como derecho fundamental de los trabajadores y de sus organizaciones y han delimitado el ámbito en que debe enmarcarse su ejercicio, elaborando un cuerpo de principios sobre el derecho de huelga –es decir, una extensa “jurisprudencia” entendida en el sentido amplio del término- que precisa el alcance de las disposiciones mencionadas.

El Comité de Libertad Sindical ha dejado claro que el derecho de huelga es un derecho y no simplemente un hecho social. Además, ha considerado que el correcto ejercicio del derecho de huelga no debe acarrear sanciones perjudiciales de ningún tipo, que implicaría actos de discriminación antisindical.

Respecto de la disolución de los sindicatos vía legislativa y con base en el Convenio 87, la Comisión de Expertos ha dicho: “Lo esencial es pues determinar si una disolución por vía legislativa impide a los trabajadores mantener su afiliación y desarrollar libremente sus actividades en los sindicatos que estimen convenientes; si tal es el caso, dicha legislación no está en conformidad con el Convenio.” También menciona, “(…) el corolario de esta obligación impuesta a las organizaciones y a sus miembros es lo dispuesto en el párrafo 2 del artículo 8, según el cual la legislación no debe menoscabar ni ser aplicada de suerte que menoscabe las garantías previstas en el Convenio.” (De la libertad sindical; cap. VI, disolución y suspensión de las organizaciones, nota 2 y 8).

De manera que la adición que pretende don Carlos Ricardo Benavidez al artículo 350 del Código de Trabajo, respecto de la disolución de los sindicatos por una causal de tipo penal es incongruente con la normativa internacional.

En relación con lo anterior, el diputado plantea la incorporación de un inciso f) que permitiría la disolución de una organización sindical cuando estas: “*(…) organizan o incitan a sus afiliados a impedir la libertad de tránsito de los ciudadanos; a realizar sabotaje sobre bienes públicos o a llevar a cabo cualquier conducta que comporte un ilícito penal.”*

Es importante señalar que la Ley penal nacional ya incorpora y sanciona este tipo de conductas (véase art. 263 bis Código Penal), además, el inciso d) del artículo 350 del Código de Trabajo indica que los Tribunales de Trabajo ordenarán la disolución de los sindicatos, siempre que se les pruebe en juicio “que fomentan actos delictuosos contra personas o propiedades.” Esto pone en evidencia que el exceso y rigurosidad de leyes que regulan un mismo asunto responden a un profundo sentimiento de rencor, de venganza y de deseos de reducir al mínimo cualquier expresión sindical.

Endurecer la norma para para castigar a las personas trabajadoras por acceder a su derecho, cuando ya existen mecanismos generales que son idóneos y que regulan los aspectos desafortunados a los que se refiere el ilustre diputado, es una manera directa de limitar y silenciar la oposición, de alterar en perjuicio de los trabajadores el equilibrio en el ejercicio del poder y, de distraer la atención de los verdaderos problemas que enfrenta el país.

Por otra parte, el interés que muestra el señor Carlos Ricardo Benavidez porque los estatutos de un sindicato incluyan las directrices del inciso b) que pretende incorporar al artículo 345 del Código de Trabajo es incorrecto por lo siguiente:

El Convenio 87 de la OIT textualmente dice en su artículo 3: “1. Las organizaciones de trabajadores y de empleadores tienen el derecho de redactar sus estatutos y reglamentos administrativos, el de elegir libremente sus representantes, el de organizar su administración y sus actividades y el de formular su programa de acción.

2. Las autoridades públicas deberán abstenerse de toda intervención que tienda a limitar este derecho o a entorpecer su ejercicio legal.”

Es claro que el Convenio referido da una orden expresa a las autoridades públicas de no intervenir en la redacción de los estatutos por ser un tema que le compete exclusivamente a la organización sindical. El Estado debe mantenerse al margen, no puede interferir en este tema ni dar recomendaciones, pues estaría vulnerando la autonomía sindical.

Quizá el Código de Trabajo actual de Costa Rica incluya algunos lineamientos respecto de la redacción de los estatutos de un sindicato, pero es importante recordar que la Reforma Procesal Laboral tiene la virtud de ser producto de un gran consenso y retroalimentación entre distintos sectores y sindicatos.

Que una parte de la clase política pretenda incorporarle cambios, adiciones o modificaciones, de manera unilateral a la Ley laboral es una conducta antidemocrática, ya que las personas trabajadoras no son ni se sienten representadas por este tipo de políticos.

Pero lo que es más grave aún, es que quien promueve esta “contrarreforma” indique que las propuestas “surgen alrededor de los resientes movimientos huelguísticos” poniendo en evidencia que la motivación está basada en una venganza y no en motivos nobles. De ahí que sería importante verificar si tal declaración no es una amenaza antisindical por parte de quien ostenta el poder político.

Por otra parte, la incorporación del artículo 661 bis, que propone el insigne diputado es absurdo por el contenido del mismo, don Carlos Ricardo menciona: “Declarada la legalidad de la huelga y transcurrido ocho días naturales a partir de la firmeza de dicha declaratoria sin que las partes hubiesen alcanzado una solución al conflicto, o al menos un acuerdo para deponerla mientras continúan las negociaciones, la parte patronal podrá solicitar al Juez la suspensión de la huelga cuando se compruebe que la misma está causando daños de difícil o imposible reparación a la ciudadanía. (…)”

Lo anterior es incorrecto por permitir que el tiempo en el ejercicio del derecho de huelga este supeditado a la voluntad del patrono, quien tendrá la potestad de solicitar la finalización de la misma. El derecho a huelga le corresponde única y exclusivamente a la clase trabajadora. El señor diputado debió pensar en una idea utópica pero menos perjudicial, como es la potestad de que, a solicitud de los interesados, una vez declarada la huelga legal, el patrono sea obligado a cumplir las justas demandas de las personas trabajadoras. En cuanto a la reparación de daños, por sentido común y siguiendo una lógica ideal, le correspondería al mismo patrono quien con sus actuaciones u omisiones presionó e indujo a las personas trabajadoras a optar por la huelga como medida de presión.

En todo caso esta Secretaría de Juventudes se mantendrá vigilante y opuesta a cualquier proyecto que atente contra los justos derechos de las personas trabajadoras.

Bejamín Sevilla García
Secretario de Juventud de ANEP

Unidad Sindical y Social denunció al Gobierno ante la OIT

Este martes 20 de noviembre la Unidad Sindical y Social, entregó a Carmen Moreno González, Directora de la Oficina de la OIT para América Central, Haití, Panamá y República Dominicana (con sede en San José), un documento de denuncia contra el Gobierno de la República de Costa Rica, fundamentado en las recientes violaciones a la libertad sindical, el derecho huelga y la criminalización de la protesta sindical, entre otros.

“Acudimos a la OIT para que realicen una investigación ante la serie de hechos que se han presentado durante los 72 días de huelga. donde hemos sido amedrentados, acosados e incluso golpeados por la policía en algunas zonas del país. Estos son hechos abusivos por parte del Gobierno, que violentan los derechos humanos y sobre todo el derecho a huelga”, manifestó Walter Quesada, Secretario General Adjunto de la ANEP.

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La Unidad Sindical y Social, también entregó una consulta al Departamento de Normas Internacionales del Trabajo, con el fin de que brinde un criterio respecto a la propuesta legislativa (Proyecto de Ley Nº 21.049) que busca modificar el Código Procesal Laboral, la disolución de sindicatos y penalización de la protesta, y así, establecerlo como un proyecto que “atenta contra las libertades sindicales.

“Consideramos que la OIT es el organismo más competente para analizar este proyecto de ley y si su contenido es violatorio respecto a lo que establece la legislación entorno a la existencia de los sindicatos y a lo que denominamos democracia de la calle”, detalló Quesada.

Por su parte, Mario Rojas Vilchez, Secretario General de la Confederación de Trabajadores Rerum Novarum, CTRN criticó duramente al Gobierno de la República por el accionar durante la huelga contra el combo fiscal.

“En Costa Rica se están perdiendo derechos sindicales, debido al actuar de un Gobierno dictatorial, apoyado en el ataque del sector empresarial. Hemos hecho esta denuncia y consulta, para ser evacuada a la mayor brevedad, además de que se declare la violación a los Convenios 87 y 98 de la OIT y se haga un llamado de atención ante la violación de las libertades sindicales”, concluyó Mario Rojas Vilchez, Secretario General de la Confederación de Trabajadores Rerum Novarum (CTRN).

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Otra de las solicitudes realizada por la Unidad Sindical y Social ante la OIT, es la posibilidad de nombrar para Costa Rica un Comisionado Especial de la OIT, para que sea garante de que no se destruyan las organizaciones sindicales y que no atenten contra sus dirigentes.

Unidad Sindical exige al Presidente Alvarado respetar las instituciones democráticas

La discusión sobre la situación fiscal del país y sus posibles soluciones han dado lugar a grandes debates y movilizaciones populares, entre las cuales la huelga más larga y las marchas más grandes de nuestra historia se han dado.

El debate no es solamente sobre un modelo tributario: es un debate sobre nuestra democracia. Se trata de una correcta distribución de la riqueza, de generar acciones económicas que de- jen de crear desigualdad, de dialogar entre los distintos sectores sociales, de participar en la construcción de soluciones, de proteger las instituciones sociales y de respetar las reglas democráticas que hemos aceptado para garantizar la paz social en el país.

Contrario a esto, el señor Presiden- te Alvarado y su equipo económico neoliberal, han querido llevar el debate sobre la situación fiscal por el peligroso camino del autoritarismo y el irrespeto a las formas e instituciones democráticas:

1) No solo apoya un proyecto que promueve la desigualdad social y el empobrecimiento de los sectores más vulnerables, sino que lo hace por medio de una vía rápida, posiblemente viciada, que impide la participación real de los sectores afectados negán- dose a abrir espacios de diálogo.

2) Utiliza la mentira, el miedo y las amenazas contra quienes piensan diferente a él, llegando al extremo de reprimir y menospreciar a quienes hacemos propuestas alternativas y pedimos, por las vías que permiten la legislación laboral costarricense, se atiendan nuestras inquietudes.

3) Presiona públicamente a los distintos poderes de la República, desconociendo en sus discursos la división de poderes, como principio garante de la democracia, y lo que es peor, trata de utilizar su poder presidencial para imponer su posición cuando se

contrapone a las decisiones que toma el Poder Judicial, sea la Corte Plena o los Tribunales de Trabajo, así como también ha querido persuadir al Poder Legislativo, en un accionar muy delicado y peligroso para el resguardo de la democracia costarricense.

4) Aprovecha y permite las maniobras especulativas de grandes pode- res fácticos contra la estabilidad económica del país, con tal de fortalecer su discurso del miedo y justificar la imposición de un proyecto fiscal que posiblemente sólo favorecería esos poderes económicos.

5) Insiste en desconocer los derechos laborales, llamándolos privilegios o abusos, tratando irresponsablemente de colocar un sector de la población contra otro, con mensajes cargados de odio y acciones sin sustento legal para tratar de impedir la expresión, manifestación, participación y orga- nización de los sectores sociales que se oponen a sus propuestas.

6) Se asocia con los sectores más autoritarios del país, coresponsables de la crisis fiscal que estamos viviendo, para tratar de modificar a golpe de tambor la legislación laboral que implicó casi 20 años de construcción con amplísimos consensos, que otrora alabara desde su puesto de Ministro de Trabajo, con tal de eliminar la posibilidad de que la clase trabajado- ra ejerza derechos que hoy están garantizados e imponer su voluntad.

Hacemos un llamado al señor Presidente, a comprometerse con la defensa de los principios e instituciones democráticas, deteniéndose en el uso de tácticas autoritarias en el ejercicio de su mandato, pues puede dañar profundamente la democracia del país, esa misma democracia que permitió su elección. Y llamamos a la ciudadanía a mantenerse alertas para proteger la herencia democrática que recibimos del pasado.

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