La corrupción sin control obliga a la autodefensa civil

Albino Vargas Barrantes, Secretario General ANEP

Un telediario sacó nota de prensa con este título: “Medidas cautelares contra los investigados por el caso Cochinilla aumentó la desconfianza de los ticos en el Poder Judicial, en el gobierno y en los partidos políticos”.

¡Exacto! Pero digámoslo con mayor contundencia y en mayúsculas: LA CLASE POLÍTICA TRADICIONAL (la vieja y la recién llegada a esta categoría) ESTÁ CORRUPTA; y las excepciones (porque todavía hay personas dentro de la misma que son honestas) solamente confirman que nuestros y nuestras gobernantes, ubicados en los distintos niveles de la institucionalidad, se pudrieron.

Les transcribimos algunos comentarios de personas ciudadanas que, con motivo de la indicada noticia, escribieron lo siguiente:

“No podemos seguir dormidos, esperando que alguien robe y robe tantas oportunidades de jóvenes. Necesitamos un líder de verdad, alguien que esté dispuesto por los pobres y la clase trabajadora”.

“Cuánta gente no tiene trabajo en este país, con problemas de pagar alquiler de su casa, de su comida; pero solo hablamos. Tenemos que despertar”.

“Necesitamos un… Bukele… Para extirpar tanta lacra política neoliberal y lacra judicial servil a los neoliberales políticos corruptos. Basta ya de tanto engaño y tanta m…”.

“Siervos menguados que solo para el berreo somos buenos. Pendejos que no salimos a las calles a luchar por un país más justo y equitativo”.

“Porque tiene plata todo lo puede comprar y con la plata del pueblo. Si fuese un pobre ni siquiera finanza le ponen”.

“Eso ya se resolvió: una fianza que da vergüenza y cada uno a gastar sus millones que de por sí este pueblo es tonto”.

“Todo pinta a impunidad una vez más”.

Las anteriores opiniones, de una manera u otra, reflejan un amplísimo criterio ciudadano generalizado. El hartazgo, el enojo, la molestia, la ira, la rabia y hasta el odio, efectivamente, tienen que ver con el impactante aumento de la desconfianza de los ticos en el Poder Judicial, en el gobierno y en los partidos políticos; agréguele la Contraloría, el TSE, la Fiscalía, el Consejo de Transporte Público, etc., etc.; y del Conavi, ¡ni hablar!

¡Ah, bueno! Y para peores, la resolución final en el caso Cochinilla puede durar diez años o más. Todo parece indicar que, nuevamente, nos arrastran al perverso lodazal de la impunidad.

En este mismo espacio, el miércoles 28 de marzo de 2018, hace 3 años y 3 meses, escribimos un artículo-propuesta que titulamos el Consejo Cívico contra la Corrupción, algo que parece ser de gran urgencia en estos momentos, considerando que es irrefutable la realidad de que “aumentó la desconfianza de los ticos en el Poder Judicial, en el gobierno y en los partidos políticos”, entrando ya a lo que pareciera ser un punto de no retorno. 

En esa ocasión, indicamos lo siguiente: “La corrupción, con ropaje legal o sin él, en el seno de la institucionalidad pública costarricense ha estado impactando al pueblo costarricense de manera muy dramática en los últimos gobiernos, incluido el que está por terminar. Es de enorme notoriedad la constatación pública de que, pese a la honestidad abrumadora con la cual se ejecuta la actividad empresarial privada, los más impactantes casos de corrupción tiene en el primer nivel a hombres de negocios de, hasta un determinado momento, “intachable prestigioso, como los ya célebres casos del cemento y del plástico”.

Cuando hablamos de “en los últimos gobiernos, incluido el que está por terminar”, hacíamos alusión al de Luis Guillermo Solís Rivera; y, al escribir en ese artículo “pese a la honestidad abrumadora con la cual se ejecuta la actividad empresarial privada, los más impactantes casos de corrupción tiene en el primer nivel a hombres de negocios de hasta un determinado momento, ‘intachable prestigioso, como los ya célebres casos del cemento y del plástico’”; estábamos indicando los casos de Juan Carlos Bolaños Rojas y de Samuel Yankelewitz Berger. 

Hoy, otro hombre de negocios de intachable prestigio, se adiciona a ese club de magnates involucrados en presuntos casos de corrupción monumental a los cuales se les da casa por cárcel; pero para que haya equidad de género, aparece involucrada una mujer empresaria, de apellido Solís.

Y en cuanto a la participación de personas funcionarias públicas en estos casos de corrupción, apuntamos lo siguiente: “Nadie, quien hace las cosas honestamente, debe sentirse ni molesto ni aludido por cuanto indiquemos que esta sintomatología corrupta y su patología social está en el sistema aduanero, está en la salud y la seguridad social, en el sistema de gestión de infraestructura vial, en el seno de la diversidad de la prestación de servicios de seguridad ciudadana, en el ámbito municipal, en el ámbito penitenciario, en el bancario, en el turístico, etc.”. 

Ese artículo, “El Consejo Cívico contra la Corrupción”, del miércoles 28 de marzo de 2018, empezó con este párrafo: “El señor diputado don Mario Redondo Poveda ha venido planteando que la corrupción en nuestro país, estaría representando un 7 por ciento del Producto Interno Bruto (PIB), basándose en datos que está proporcionando el gobierno de los Estados Unidos, en su International Narcotics Control Strategy Report (Volumen I: Drug and Chemical Control), emitido con fecha marzo de 2018, por el Bureau for International Narcotics and Law Enforcement Affairs, del United States Department of State (página 141 para el caso de Costa Rica)”.

Saque sus propias conclusiones, pero es incuestionable que la corrupción está sin control lo que obliga a la autodefensa civil.

Acción cívica ante la sala constitucional

Por: Albino Vargas Barrantes, Secretario General de la ANEP

De gran valor histórico-cívico, le compartimos el contenido fundamental de la acción cívica ante la Sala Constitucional, acaecida este pasado lunes 28 de junio de 2021, en la cual una importante cantidad de ciudadanos y de ciudadanas, integrantes del gran grupo de patriotas que representan, hoy, lo más lúcido de las conciencias militantes de orden popular en favor de la Democracia y de la Constitución; con ocasión del análisis a que está siendo sometido en el más alto tribunal de la República (la denominada Sala Cuarta), el Expediente Legislativo No. 21.336, Ley Marco de Empleo Público, se planteó SOLICITUD ANTE LA SALA CONSTITUCIONAL DE PARTE DEL PUEBLO DE COSTA RICA POR ACCION POPULAR; DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 9 DE LA CONSTITUCION POLITICA.

CONSULTA DE CONSTITUCIONALIDAD. Señores Magistrados y señoras magistradas Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia. De conformidad con el artículo 9 de la Constitución Política que establece:

El Gobierno de la República es popular, representativo, participativo, alternativo y responsable. Lo ejercen el pueblo y tres Poderes distintos e independientes entre sí: El Legislativo, el Ejecutivo y el Judicial. Ninguno de los Poderes puede delegar el ejercicio de funciones que le son propias…”;

los y las abajo firmantes todos y todas costarricenses en ejercicio de nuestro poder Soberano; así como representantes de organizaciones sindicales y comunales y de la sociedad civil, nos apersonamos ante esta sala a Exponer la preocupación que nos embarga con la aprobación en primer debate del nefasto proyecto Ley Marco de Empleo Público, Expediente Legislativo 21.336, hoy día en consulta ante esta Sala Constitucional.

Por ello, como pueblo soberano nos sentimos con derecho a  exigir ante un ente como el que ustedes representan, y cuya razón de ser es garantizar la supremacía de las normas y principios constitucionales y del Derecho Internacional y comunitario vigente de la República, su uniforme interpretación y aplicación, así como los derechos y libertades fundamentales consagrados en la Constitución Política, y en los Instrumentos Internacionales de Derechos Humanos vigentes en Costa Rica (art. 1 de la Ley de la Jurisdicción Constitucional).

QUE CUMPLAN SUS ILUSTRES AUTORIDADES CON SU SAGRADO DEBER DE RESGUARDAR Y VELAR POR EL ABSOLUTO RESPETO DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA, declarando inconstitucional ese nefasto proyecto que, disfrazado de “ley de empleo público”, tiene como fin oculto y perverso acabar con la democracia en Costa Rica al violentar el PRINCIPIO DE DIVISION DE PODERES.  

El Poder Judicial es un poder de la república que tiene independencia, autonomía funcional y este proyecto de ley tiene múltiples normas, donde se le da al Poder Ejecutivo o a órganos del Poder Ejecutivo, la posibilidad de entrometerse en aspectos medulares del funcionamiento del Poder Judicial. Por otra parte, se violenta la Constitución Política al darse esa misma intromisión en las universidades públicas que gozan, según ésta, de autonomía; así como también se violentan en el indicado proyecto de ley, las autonomías de las municipalidades y de la Caja Costarricense de Seguro Social.

Por otra parte, hacemos un vehemente llamado al magistrado FERNANDO CASTILLO VÍQUEZ y a la magistrada NANCY HERNÁNDEZ LÓPEZ, ambos de la Sala Constitucional, a efecto de que se inhiban de conocer la Consulta de Constitucionalidad interpuesta por 15 diputados y diputadas de la Asamblea Legislativa en contra del proyecto de Ley Marco de Empleo Público.

LEGITIMACIÓN. Como ciudadanos costarricenses al amparo del artículo 9 de la Constitución Política en ejercicio de nuestro poder soberano, nos asiste la legitimización para interponer la presente recusación.

MOTIVOS. Se interpone la presente recusación con base en los siguientes hechos:

Contra NANCY HERNANDEZ LÓPEZ: Con fecha del 27 y 28 de enero del 2021, los medios de comunicación informan que la señora magistrada será candidata a jueza de la Corte Interamericana de Derechos Humanos.

Hecho que fue ratificado el día 29 de enero por la página oficial del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto; y, el mismo 27 de enero, por la página de la Presidencia de la República.

No cabe la menor duda de que quien propone la candidatura de la magistrada Hernández López es el Poder Ejecutivo, específicamente el señor Presidente de la República, lo que hace suponer que la promoción de dicha candidatura requiere una amplia y estrecha comunicación entre la señora magistrada y el señor Presidente de la República, quien es el promotor directo e interesado en que el mencionado proyecto de ley resulte finalmente aprobado, como parte del compromiso adquirido con el FMI para la aprobación del préstamo de 1.750 millones de dólares; lo que evidencia la existencia de  un conflicto de intereses para la señora magistrada, por cuanto existen circunstancias especiales que han dado motivo en la ciudadanía costarricense para tener graves  dudas acerca de la imparcialidad y objetividad con que pueda ser tratado y resuelta esta consulta por la magistrada Hernández López.

Por otro lado, existe ya un precedente en el cual la misma magistrada Hernández López solicitó a la presidencia de la Sala Constitucional, poder inhibirse de varios procesos contra el señor Presidente de la República, por las mismas razones expuestas en esta solicitud de inhibitoria.

Contra FERNANDO CASTILLO VÍQUEZ: Porque su hija María Fernanda Castillo Calvo, cédula 1-1234-0534, según ha quedado demostrado en diferentes medios de difusión nacional y consta en el Registro Civil, trabaja en el Departamento Legal de Casa Presidencial, es decir que es una persona muy cercana al Presidente de la Republica, principal promovente de que esta ley sea aprobada y eso debería ser motivo suficiente para inhibirse.

FUNDAMENTO LEGAL. El principio de imparcialidad y transparencia que dimana del artículo 11 de la Constitución Política, y complementado por los numerales 230 y siguientes de la Ley General de la Administración Pública, así como la Ley Orgánica del Poder Judicial.

También, la Procuraduría General de la República, como órgano Asesor Jurídico ha dicho: «que el principio de imparcialidad, conjuntamente con el de independencia en la gestión pública, constituye el pilar en el que se asienta toda la legislación sobre incompatibilidades. En efecto, para obviar los conflictos de intereses y salvaguardar el interés público, el legislador ha elaborado un conjunto de reglas éticas que deben ser observadas por los funcionarios en el ejercicio de la función pública. Entre tales reglas están las referentes a la abstención y recusación (artículos 230 y siguientes de la Ley General de la Administración Pública).» (dictámenes C-079-2000 de 24 de abril del 2000 y C-062-2002 de 26 de febrero del 2002; así como la O.J.-105-2002 de 22 de julio del 2002; y en sentido similar, el dictamen C-127-2002 de 24 de mayo del 2002).

También ha dicho: “Ergo, las causales de impedimento, excusa o recusación, tienen el común denominador de ser situaciones o circunstancias que comprometen la imparcialidad de la persona encargada. El régimen de las inhibiciones, recusaciones y excusas tiene su razón de ser en la consecución de una justicia objetiva, imparcial, independiente y cristalina, propia de regímenes democráticos y de derecho.” (OJ-260-2003 del 12 de diciembre del 2003)”.

PETITORIA. Por lo expuesto anteriormente, como ciudadanos y ciudadanas costarricenses solicitamos

  1. Se respete la Constitución Política y se declaren todas las inconstitucionalidades que contiene el proyecto de empleo público.
  • Se aparten de conocer de esta consulta los magistrados NANCY HERNANDEZ LOPEZ Y FERNANDO CASTILLO VÍQUEZ por cuanto los costarricenses y representantes de diversas agrupaciones sindicales y sociales no confiamos en su objetividad para resolver este asunto por los lazos que los unen con el presidente de la republica principal promovente e interesado en la aprobación de esta nefasta ley

Suscribimos la anterior nota para ser entregada a la Sala Constitucional los siguientes ciudadanos y ciudadanas de Costa Rica, con fecha lunes 28 de junio del 2021.

El planteamiento que usted acaba de leer fue elaborado por las personas expertas en la materia, integrantes de la Alianza Sindical del Poder Judicial, que fue la entidad gremial promotora de esta Acción Cívica ante la Sala Constitucional; iniciativa que fue respaldada por la Asociación Nacional de Empleados Públicos y Privados (ANEP), por la Asociación Sindical de Empleados de la Energía y las Telecomunicaciones (ASDEICE), y por la Federación Costarricense de Trabajadores de la Salud (FECTSALUD). A nivel de entidades civiles de lucha popular, fue apoyada por el Movimiento Rescate Nacional y por Mujeres en Lucha Social.

El “consejo cívico contra la corrupción”

Por: Albino Vargas Barrantes, Secretario General de la ANEP

El señor diputado don Mario Redondo Poveda ha venido planteando que la corrupción en nuestro país, estaría representando un 7 por ciento del Producto Interno Bruto (PIB), basándose en datos que está proporcionando el gobierno de los Estados Unidos, en su International Narcotics Control Strategy Report (Volumen I: Drug and Chemical Control), emitido con fecha marzo de 2018, por el Bureau for International Narcotics and Law Enforcement Affairs, del United States Department of State (página 141 para el caso de Costa Rica).

La probabilidad de que este dato sea completamente real es altísima. Si cada punto PIB está representando en estos momentos unos 350 mil millones de colones (350.000.000.000), entonces la sociedad, por culpa de su estamento corrupto, estaría dejando de percibir unos 2 billones 450 mil millones de colones, ¡al año! (2.450.000.000.000).

Lo que actualmente sabemos de casos de corrupción, entonces, es una pequeñísima parte. Para que haya corrupción, al menos dos deben ponerse de acuerdo. Y, por lo general, uno está en la esfera pública y otro en la privada. Indudablemente, el fenómeno de la corrupción está muy estudiado y los expertos tienen definidos varios conceptos y diversas categorizaciones, clasificaciones, tipificaciones; así como parámetros para medir su impacto en contra del bien común, de la integridad y de la inclusión sociales.

La corrupción, con ropaje legal o sin él, en el seno de la institucionalidad pública costarricense ha estado impactando al pueblo costarricense de manera muy dramática en los últimos gobiernos, incluido el que está por terminar. Es de enorme notoriedad la constatación pública de que, pese a la honestidad abrumadora con la cual se ejecuta la actividad empresarial privada, los más impactantes casos de corrupción tiene en el primer nivel a hombres de negocios de, hasta un determinado momento, “intachable prestigioso, como los ya célebres casos del cemento y del plástico”.

Por otra parte, de la misma manera en que la abrumadora mayoría de la actividad empresarial privada se ejecuta con honestidad; de esa misma manera la contundente mayoría del conglomerado laboral asalariado del sector público, ejecuta su quehacer cotidiano para la sociedad, con la misma honestidad.

Sin embargo, los corruptos de uno y de otro sector se las agencian para implementar la más variada articulación de artimañas y de estratagemas; y, en esas oficinas y ámbitos públicos donde se tejen esas maniobras para estafar a la sociedad con negocios turbios y con entrega de sobornos y coimas, el personal honesto que las detecta cae presa del miedo ante la posibilidad de que esa corruptela, bien apadrinada, amenace su propia estabilidad laboral, su propia integridad personal y familiar; facilitándose así que se establezca un entorno amenazante que instaura el silencio, generándose una complicidad tácita alimentada por el paralizante terror de ser víctima de diversas formas de acoso: laboral, psicológico, político, emocional, físico, económico.

¡Y no nos engañemos! Hay muchas esferas del servicio público contaminadas con el germen de la corrupción, pese a que, repetimos, la honestidad es el valor imperante en la abrumadora mayoría del personal público que presta dichos servicios y de los agentes empresariales privados que interactúa con éste en la concreción de la diversidad de gestiones inherentes al funcionamiento del aparato estatal.

Nadie, quien hace las cosas honestamente, debe sentirse ni molesto ni aludido por cuanto indiquemos que esta sintomatología corrupta y su patología social está en el sistema aduanero, está en de la salud y la seguridad social, en el sistema de gestión de infraestructura vial, en el seno de la diversidad de la prestación de servicios de seguridad ciudadana, en el ámbito municipal, en el ámbito penitenciario, en el bancario, en el turístico, etc.

Particularmente, que en el tributario la cuantificación oficial de todas las formas de evasión y de robo impuestos, supera los 8 puntos PIB (unos 2 billones 800 mil millones de colones), supone que el entramado corrupto para que esta monstruosidad de crimen social esté vigente, es bastante arraigado y complejo.

¿Por qué no pensamos en algún sistema de protección para toda aquella persona ligada salarialmente al empleo público, e incluso, a toda aquella persona del sector privado, que entra en conocimiento de prácticas corruptas (ya sea en gestación, en desarrollo y/o consumadas); que está dispuesta a denunciar pero que el miedo paralizante a sufrir algún tipo de daño, le impide hablar? Y mientras llega una sólida intervención policial-judicial, ¿por qué no pensar en el establecimiento de algún tipo de instancia, no necesariamente jurídico-institucional en cuanto tal, pero sí que genere nivel de confianza y de credibilidad en quien desee denunciar presunta corrupción, pero que se le garantice diverso tipo de apoyo protector en su propia unidad o esfera de trabajo, para evitar que el presunto corrupto o corruptor no se le venga encima con diversas modalidades de acoso, o incluso, valiéndose para ello de sus propias e insanas conexiones políticas?

Esta idea a la cual, preliminarmente la hemos bautizado con el hombre de “Consejo Cívico Contra la Corrupción”, la estamos planteando por esta vía pública a los dos señores Alvarado y, tanto el que gane el domingo como el que pierda, pueda valorar un impulso gestor para conformar tal consejo, con personas y organizaciones civiles de distinta procedencia y con trayectoria de honestidad y de posición fuerte contra la corrupción. Sobran costarricenses que podrían darle contenido a esta idea en cuanto a su eventual concepción, composición, procedimientos y otros. Honorables señores Alvarado, tienen ustedes la palabra.

Publicado en diario Extra, miércoles 28 de marzo de 2018.

ANEP logra el pago retroactivo por reajuste salarial para trabajadores de la Municipalidad de La Unión

Se trata de 13 trabajadores de la Municipalidad de la Unión, que con el apoyo de la Unidad de Asesoría Jurídica de la ANEP, iniciaron un proceso legal debido a un reajuste salarial por costo de vida que no se aplicó en el periodo comprendido entre al año 2009 al año 2014.

Manifestantes piden a dos magistrados que se inhiban de conocer consulta por Proyecto de Empleo Público

Frente a la Sala Constitucional, un grupo de manifestantes piden a los magistrados que se respete la Constitución Política y que se desliguen de conocer la consulta constitucional por el Proyecto de Empleo Público a los magistrados Nancy Hernández López y a Fernando Castillo Víquez.

“(…) hacemos un vehemente llamado al magistrado Fernando Castillo Víquez y a la magistrada Nancy Hernández López, ambos de la Sala Constitucional, a efecto de que se inhiban de conocer la consulta de constitucionalidad interpuesta por 15 diputados y diputadas de la asamblea legislativa en contra del proyecto de Ley Marco de Empleo Público”, indica el documento.

La petición surge debido a que se ve comprometida la objetividad de los magistrados para resolver la consulta por los lazos que los unen con el presidente de la República, Carlos Alvarado, quien es el principal interesado en la aprobación de esta ley para conseguir el préstamo con el Fondo Monetario Internacional (FMI) por $1.750 millones.

En el caso del magistrado Fernando Castillo Víquez, se solicita la inhibición ya que su hija, trabaja en el Departamento Legal de Casa Presidencial, decir que es una persona cercana Presidente de la República y eso debería ser motivo suficiente.

Mientras que la magistrada, Nancy Hernández López, será candidata a jueza de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, este hecho fue ratificado por la página oficial del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto y por la página de la Presidencia de la República.

“No cabe la menor duda de que quien propone la candidatura de la magistrada Hernández es el Poder Ejecutivo, específicamente el señor Presidente de la República, lo que hace suponer que la promoción de dicha candidatura requiere una amplia y estrecha comunicación entre la señora magistrada y el señor Presidente de la República”, agrega el documento.

Además, solicitan a los magistrados que se respete la Constitución Política y se declaren todas las inconstitucionalidades que contiene el Proyecto de Ley Marco de Empleo Público “Nos apersonamos ante esta Sala a Exponer la preocupación que nos embarga con la aprobación en primer debate del nefasto Proyecto Ley Marco de Empleo Público, Expediente Legislativo 21.336, hoy día en consulta ante esta Sala Constitucional”, indica.

Con la aprobación de este proyecto se violentaría la independencia y autonomía funcional del Poder Judicial, ya que tiene múltiples normas, donde se le da al Poder Ejecutivo o a órganos del Poder Ejecutivo, la posibilidad de entrometerse en aspectos medulares del funcionamiento del Poder Judicial.

Por otra parte, se violenta la Constitución Política al darse esa misma intromisión en las universidades públicas que gozan, según ésta, de autonomía; así como también se violentan en el indicado proyecto de ley, las autonomías de las municipalidades y de la Caja Costarricense de Seguro Social.  

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SITRAP denuncia despidos irregulares en finca agrícola en Siquirres

La denuncia del Sindicato de Trabajadores de Plantaciones Agrícolas (SITRAP), se da luego de conocer la carta de despido entregada a 60 trabajadores y trabajadoras de la finca Bananera Corcega S.A, propiedad del reconocido político Antonio Álvarez Desantí.

Sala Cuarta y Empleo Público

Por: Albino Vargas Barrantes, Secretario General ANEP

En estos mismos momentos en que usted nos hace el honor de leer este artículo, en la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia, la conocida Sala Cuarta, se examina la denominada Consulta Facultativa de Constitucionalidad promovida por varios señores diputados y por varias señoras diputadas, sobre el proyecto denominado Ley Marco de Empleo Público, expediente legislativo No. 21.336. Se trata de un voluminoso documento de 247 páginas.

Como ciudadano costarricense que soy, le comparto a usted un sentimiento muy extendido entre amplios sectores de nuestra comunidad nacional, acerca del contexto sociopolítico en que el indicado alto tribunal de la República entra al análisis de la mencionada consulta legislativa. Se trata de consideraciones que, con respeto y con sinceridad, dejamos plasmadas en el presente comentario.

Desde este lado de la acera estamos convencidos de que la Sala Cuarta está analizando el expediente más delicado y sensible desde que ella misma fue establecida, en 1989; incluso, mucho más sensible que el proyecto de ley que comúnmente fue conocido como combo fiscal, que tuvo que analizar a finales del año 2018.

Bastantes personas, sectores, gente muy bien informada y documentada; juristas de mucho talante en materia de Democracia y de división de poderes e, incluso, especialistas en Derecho Internacional en el campo de los Derechos Humanos y de los conceptos filosófico-ideológicos e históricos en materia democracia representativa; han estado alertando de que este proyecto, Ley Marco de Empleo Público, representa (en palabras y conceptos nuestros), un Golpe de Estado parlamentario a la Constitución de 1949.

Sin embargo, para el primer debate que dio la actual Asamblea Legislativa a tal proyecto, 32 personas diputadas desoyeron toda la amplia gama de criterios sólidamente fundamentados, que alertaban de la colección de inconstitucionalidades que el mismo contiene; sin que se dieran argumentos del mismo peso y talante a su favor, como los esgrimidos por la oposición sociopolítica y civil al expediente legislativo 21.336.

Vistas así las cosas, muchos tememos que se repita la historia en cuanto a que la lucha de poder en el seno de la alta magistratura incida en el pronunciamiento de la Sala Cuarta, tal y como pasó con el proyecto de combo fiscal. Siguen existiendo dos bandos en las alturas del olimpo judicial del país y esto no es ninguna novedad. Por el contrario, es un secreto a voces.

Uno de ellos, está firme en cuanto a considerar que la piedra angular de la estabilidad política del país sigue siendo la Constitución Política del 7 de noviembre de 1949. El bando pro-Constitución es el que, precisamente, estima que la Constitución de 1949 debe estar por encima de lo fiscal, pues son los Derechos Humanos y el Humanismo cristiano lo que da fundamentación a nuestra actual Carta Magna.

El otro bando cree que es la estabilidad macroeconómica-fiscal de signo neoliberal, lo que permite que el país “flote”, aunque haya miles y miles de personas ahogadas por la desigualdad social y por la exclusión económica. Para este bando, la Constitución de 1949 está en segundo plano pues es lo fiscal lo que controla el todo de la sociedad.

En ocasión del conflicto sociopolítico nacional con el proyecto del combo fiscal (hoy ley 9635, ampliamente repudiada en los más diversos sectores sociales), creímos que, luego del pronunciamiento de Corte Plena, en el sentido de que el combo fiscal le afectaba en cuanto a la organización y al funcionamiento del Poder Judicial; creímos que (repetimos), que la Sala Cuarta diría que se ocupaban 38 votos, mayoría calificada, para convertir en ley al expediente legislativo 20.580, en ese entonces. ¡No resultó así! La magistratura constitucional dijo que no era necesario tal mayoría calificada y el combo pasó, en segundo debate, con 34 votos diputadiles. Lo fiscal de signo neoliberal se impuso a lo constitucional de signo humanista.

¿Influirá esta pugna político-ideológica al momento de la emisión del pronunciamiento constitucional a la consulta diputadil con relación al proyecto Ley Marco de Empleo Público? El ciudadano que escribe esto que usted está leyendo piensa que sí.

Se nos dio cuenta de que durante la tramitación legislativa del indicado proyecto mucho de su contenido llegó extraparlamentariamente. Hubo reuniones secretas, espuriamente denominadas “sesiones de trabajo”, en las cuales se dio línea acerca de cómo debía ser redactado ese proyecto Ley Marco de Empleo Público (o, al menos, los artículos más sensibles del mismo).

Un amanuense que se percibe a sí mismo como el único capaz de interpretar la verdad contenida en la Constitución Política del 7 de noviembre de 1949, ejecutó una especie de sicariato ideológico en contra de la misma a la hora de la tramitación de tan perversa iniciativa. Sus criterios, lamentablemente, fueron incluidos en la misma pues la base de su imposición fue la ignorancia diputadil en no pocos casos.

Ahora está pretendiendo hacer lo mismo con la Sala Cuarta, mediando mensajes teledirigidos a la misma, sin descartar que haya otras formas comunicacionales secretas para lograr que le pase al proyecto Ley Marco de Empleo Público lo mismo que pasó con el combo fiscal: el totalitarismo fiscalista de signo neoliberal se impuso a la forma costarricense de organizar constitucionalmente su vida en sociedad.

Demandan a Hacienda y Min. Planificación por suspensión de aumentos por costo de vida

El abogado Fabián Gamboa Corrales, fue quien presentó la demanda tras un poder otorgado por parte de un funcionario de la imprenta nacional, ya que se considera que se afecta un derecho constitucional y supraconstitucional.

ANEP consulta a bancos estatales y al INS si mantienen líneas de crédito a H Solís y a MECO

La Asociación Nacional de Empleados Públicos y Privados (ANEP), envió el día miércoles 24 de junio, una carta a los diversos gerentes generales de los bancos estatales del país, así como al Instituto Nacional de Seguros (INS), solicitado información sobre si estas entidades financieras mantienen alguna línea de crédito con las empresas de construcción H Solís y MECO.

La carta dirigida a los Gerentes Generales del Banco Popular y de Desarrollo Comunal (BPDC), Banco Nacional (BNCR), Banco de Costa Rica (BCR) y Presidencia Ejecutiva del INS, pretenden indagar sobre cuántos prestamos mantienen con las constructoras investigadas en el caso “Cochinilla”, así como los montos, tipo de divisa, plazos y garantías negociadas.

Lo anterior, según la ANEP, con base en el derecho de información y pronta respuesta tutelado en los Artículos 27 y 30 de Constitución Política de Costa Rica, y con base en lo dispuesto en la Ley No. 9097 sobre la Regulación del Derecho de Petición.

Albino Vargas Barrantes, Secretario General de la ANEP, detalló que las alarmas para realizar la consulta a estas instituciones, se encendieron, considerando lo que ha pasado con otros consorcios empresariales que se han visto en aprietos y también ha estado involucrada o puesta en riesgo plata del sistema bancario público, el caso más reciente el de Juan Carlos Bolaños y el denominado “Cementazo”.

Otra de las situaciones que habría impulsado él envió de la misiva, se debe a que en apariencia MECO, habría tenido problemas con un importante banco privado en Panamá, y este último le habría cancelado una línea de crédito por 20 millones de dólares.   

“Dado el volumen de dinero y magnitud económica de estas dos súper empresas constructoras que mantenían un duopolio, queremos saber si los bancos estatales le prestaron plata, queremos que nos den estos datos. Nos preocupa en gran medida, que el Ministro del MOPT anunció que no darán más contratos a estas empresas, lo que podría provocar una quiebra de estas compañías y entonces que pasará con toda la plata que deben a una multiplicidad de acreedores. A lo mejor hay plata que deben a la banca pública o al INS, y si los bancos tienen perdidas por esos créditos, es el pueblo que deberá pagarlos”, manifestó el Secretario General de la ANEP.

En el caso de la carta enviada a la presidencia ejecutiva del INS, en esta también se incluye una solicitud con respecto a los seguros de caución, y si alguna de estas empresas adquirió alguno con la institución y de ser así, conocer cuáles son los montos asegurados y si se le dio un trato especial.

 “Es de nuestro conocimiento y ya público, que el actual ministro de hacienda Elián Villegas y ex presidente ejecutivo del INS, tuvo una relación de 14 años con la empresa H Solís, así lo comprueba la documentación en nuestro poder, de ahí nuestros cuestionamientos con respecto a posibles líneas de financiamiento con el INS y los seguros de caución”, enfatizó Vargas.

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