Esclavitud financiera…abolir la usura

La mayoría del pueblo trabajador costarricense, incluyendo a personas dedicadas a la actividad de la micro-pequeña y mediana empresa (que también son clase trabajadora -en nuestro criterio-), está sufriendo un delicado proceso de pauperización económica debido a diversas causas, entre ellas, ser presas de préstamos de variado orden y procedencia pero que tienen todos algo en común: el altísimo pago de intereses, tasas de usura inmorales y hasta condenables desde una perspectiva bíblica y cristiana.

Esta especie de esclavitud financiera, uno de los fundamentos de la desigualdad actual que afecta a nuestra sociedad, necesita de una férrea voluntad política de parte de las instancias republicanas con poder suficiente para empezar a combatirla, especialmente desde el Poder Legislativo; siempre y cuando sus integrantes más conscientes tengan la plena actitud de cerrarle el paso a esos poderosos grupos de reducida membrecía pero de gran fuerza económica, dispuestos a bloquear iniciativas en la línea de la abolición de la usura, por más tenues que éstas sean.

Dos proyectos de ley en esa línea de atacar la esclavitud financiera del pueblo trabajador y de abrir un espacio a procesos más sostenidos de abolición de la usura, están en proceso de tramitación parlamentaria en estos momentos. El 20.861 es para poner tope al cobro de intereses de usura. El 21.177 tiene que ver con el cobro de intereses por tarjetas de crédito.

Por lo general, a los proyectos de ley se les pone un título que no indica la esencia de su contenido; a veces por razones técnicas, otras por perversas intenciones de tratar de evitar que la ciudadanía se dé cuenta del verdadero fin político de una iniciativa, especialmente si ésta es controversial o contraria al bien común.

Uno de esos dos proyectos, Expediente Legislativo No. 20.861, lleva el título de “Adición de los artículos 36 bis, 53 inciso g, h y reforma del artículo 63 de la Ley n° 7472, De la promoción de la competencia y defensa efectiva del consumidor, del 20 de diciembre de 1994, publicada en la gaceta n° 14 de 19 de enero de 1995”. Como podemos notar, al leer este título quedamos sin comprender de qué se trata.

Nos explicó el señor diputado don David Gourzong Cerdas, integrante de la fracción parlamentaria del Partido Liberación Nacional (PLN), que este proyecto tiene una inspiración socialdemócrata y que se pretende ponerle un límite al porcentaje de cobro de intereses de todo tipo de préstamos, así como también en las compras a crédito de artículos que la gente mucho aprecia como los electrodomésticos.

Contiene este proyecto dos estipulaciones muy importantes: por un lado, se convierte en figura delictiva el cobro usurero superior al límite establecido con las normas del proyecto; por otro, se deben ajustar todos los contratos de deuda que tengan las personas a esos nuevos límites, al momento de entrada en vigencia de esta ley.

Este proyecto de ley 20.861 que, aparte de ser iniciativa del ya mencionado legislador, también ha recibido fuerte impulso de parte de su colega parlamentario, don Welmer Ramos González, tiene unos fundamentos jurídicos muy sólidos en los que pocas veces reparamos nosotros, los esclavos financieros. Tome nota usted al respecto:

La Convención Americana sobre Derechos Humanos (Pacto de San José), planea en su Artículo 21 lo siguiente: “… 3. Tanto la usura como cualquier otra forma de explotación del hombre por el hombre, deben ser prohibidas por ley”.

La Constitución Política de Costa Rica, en su Artículo 46 señala: “… Los consumidores y usuarios tienen derecho a la protección de su salud, ambiente, seguridad e intereses económicos; a recibir información adecuada y veraz; a la libertad de elección y a un trato equitativo. El Estado apoyará los organismos que ellos constituyan para la defensa de sus derechos. La ley regulará esas materias”.

Es decir, al ser víctima uno de intereses de usura, uno está sufriendo violación de Derechos Humanos, por una parte. Por otra, nuestra carta magna le ordena al Estado proteger los intereses económicos de la gente, procediendo a impulsar este tipo de legislación como la que promueven los señores legisladores David Gourzong Cerdas y Welmer Ramos González.

Aunque la tasa que quedaría en esta legislación seguiría siendo alta, si la analizamos con el poder de compra del salario mínimo o de niveles superiores en la concepción de salario decente, representa un gran avance en la línea bíblica y cristiana, y de justicia social, de abolición de la usura: quedaría una media del 35 %, mucho menor que las abusivas y obscenas que se cobran en compras de electrodomésticos, por ejemplo.

Este proyecto debe recibir un apoyo unánime de parte de las 57 personas legisladoras del actual parlamento. Ética y moralmente, además de bíblica y cristianamente, no puede concebirse que no sea así.

Voces peligrosas: Pablo Barahona Kruger

Benjamín Sevilla García, Secretario de Juventud ANEP

Desde hace algunos días vengo leyendo y siguiendo el pensamiento de don Pablo Barahona Kruger. Me impresionó su manera directa, informada y sagaz que tiene para abordar los temas del momento. Me agradó, aún más, saber que es una persona relativamente joven, pero que ante las adversidades que enfrenta la política nacional no se acomoda con la estrategia inerte de los tontos, sino que asume un rol de crítico propositivo.

Nunca he tratado personalmente a don Pablo, sé que es abogado y profesor universitario y que, en ocasiones, critica fuertemente nuestras estrategias de lucha. Tampoco necesito que una persona coincida en todo con nuestras ideas para felicitarla o, mejor dicho, reconocerle su valor e inteligencia.

Costa Rica precisa de la participación enérgica de una juventud pensante, de hombres y mujeres que antes de decir sí, o decir no, tengan un argumento razonable que sustente su posición. El señor Barahona, si ustedes me lo permiten, y si él mismo me logra tolerar la expresión, es una de esas voces peligrosas: peligrosa para los corruptos, peligrosa para los aduladores, peligrosa para los de capacidad intelectual limitada.

El citado profesor, en su momento expresó dos asuntos muy interesantes respecto del caso “Cementazo” – que socialmente es considerado uno de los mayores actos de corrupción del país-. Por una parte, lo que él consideró una debilidad en la investigación legislativa; por otra, las incongruencias entre los relatos que ofreció el Ejecutivo y las declaraciones de otros actores cercanos. ¿Acaso alguien se atrevió a desmentir esas aseveraciones?

En otro momento, el abogado Barahona analizando el caso crítico de Venezuela, y para despejar dudas de una vez, no sólo desde el fracaso del socialismo, sino también desde el fracaso del capitalismo en los años ochenta, lanzó una pregunta que aún se espera las autoridades estatales puedan responder, en virtud de que Costa Rica asume ciertas conductas y posiciones respecto de la realidad internacional: ¿Debajo de cual piedra estarán ahora los campeones de la democracia y los derechos humanos?

Por otra parte, y como acto de constancia de esa manera directa y franca que caracteriza a don Pablo, se atrevió a decir que hoy “es necesarísimo que se imponga en el país un límite penal preciso a la usura”. Esto, naturalmente, es un golpe para aquellas personas que se benefician desmedidamente a costa de las personas más humildes. Tampoco se escucha que haya un interés, al menos por decencia política, para entrarle en serio al asunto.

Ante la posibilidad de que ninguno de los casos anteriores haya sido suficiente para alertarnos del tipo de politiquería que vive el país, advierte Barahona que “la reforma judicial está siendo impulsada desde adentro y, al mismo tiempo, hacia adentro”. Lo ideal es que se hable de independencia judicial para beneficio de la ciudadanía y no para provecho de una casta privilegiada. Señala que la reforma judicial se está dando con el silencio cómplice de académicos y la poca incidencia de los litigantes.

Esta es sólo una pequeña parte de los motivos por los que considero al mencionado profesor una de las voces peligrosas. Se entiende que no sigue la corriente, que no se deja doblegar por intereses espurios y que razona serenamente quiénes merecen su aplauso.

Finalmente, en ejercicio de mi libertad de expresión hablo en favor de las personas que así lo considere pertinente, con la autoridad moral de quien no le debe favores a ningún partido político, pues no milito en ninguno de ellos.

Una breve reflexión sobre el aborto

Benjamín Sevilla García

Secretario de Juventud / Junta Directiva Nacional ANEP

El aborto provocado, más allá del criterio que cada persona pueda tener al respecto, constituye un tema apasionante para el debate, particularmente en el estadio de la discusión jurídico penal. Es posible que el interés que suscita dicho tema guarde relación con el concepto que se tenga de vida: como valor superior absoluto o, como un bien jurídico sujeto a valoración. En el primer caso, la vida debe gozar de protección absoluta y en el segundo, la protección permite excepciones ante casos muy calificados.

La protección absoluta de la vida parece no tener sustento en nuestro Código Penal. Quizá los ejemplos más destacados sean, las causas de justificación que se refiere a “aquellas circunstancias que, conforme a la ley, hacen desaparecer la antijuricidad de un acto típico”. Es decir, que cuando hay conflicto entre dos bienes jurídicos, prevalece el más importante. Los casos que tradicionalmente se valoran son: la legítima defensa, estado de necesidad, ejercicio legítimo de un derecho y cumplimiento de un deber.

La figura del aborto provocado se debe valorar con la seriedad que el caso amerita, para determinar con precisión, en cuáles circunstancias se podría justificar su práctica, de acuerdo con el marco normativo del bloque de convencionalidad; y, en cuáles casos, la práctica está prohibida y penada.

La tendencia moderna de ciertos grupos de activistas está orientada hacia la despenalización del aborto libre, aludiendo, entre otras razones, a la libertad que tiene la mujer para elegir sobre su propio cuerpo. Por otra parte, grupos religiosos y activistas opuestos, objetan la práctica por considerarla un grave delito de homicidio que debe ser castigado con la pena correspondiente.

En cualquiera de los casos, la discusión se torna interesante porque influye directamente sobre la política criminal y ésta a su vez, incide en el Derecho penal.

El análisis que se hace del aborto provocado resiste otras discusiones que vale la pena estudiar como son, vida independiente y vida dependiente; momento a partir del que se tutela la vida; eliminación o interrupción del embarazo; caso calificados como el de riesgo para la madre; y, el propio concepto de persona, en el marco de un Derecho penal de ciudadanos o bien, en el marco de un Derecho penal de enemigos.

Algunos autores, como Jesús María Silva Sánchez mencionan que las verdaderas no personas del Derecho penal moderno son los absolutamente excluidos, esos que en el Derecho penal son tratados como animales o cosas, circunstancias que concurren de modo esencial en el ser humano concebido y no nacido (dependientes como enemigos). Se habla aquí de esos seres humanos que también son valorados como “fuentes de riesgo”. “El aborto provocado es, pues, la destrucción de la vida del concebido y no nacido que, siendo indeseado, es percibido como una carga, o fuente de displacer”. Sin embargo, esto aplica para aquellos casos en los que el aborto es realizado por un aspecto voluntario o de placer, sin que medien circunstancias de justificación válidas.

Es importante señalar que, si se despenalizan ciertos abortos o, mejor dicho, si la ley expresamente indica cuáles abortos no son punibles y se supera la discusión respecto de los casos que médicamente justifican la conducta, no se debería hablar de la exclusión del concebido no nacido. No ocurre lo mismo en aquellos casos en los que la norma trata de establecer, para la práctica libre del aborto, a partir de cuántos días o semanas es un embrión, una persona, etc. En este segundo caso, es más que obvio que lo que se trata de desarrollar es un Derecho penal de enemigos, personas que son excluidas porque no se les reconoce como tales.

En todo caso, lo que no se debe permitir en un Estado de Derecho es que, se dé una deliberada exclusión de seres humanos de su condición de persona, que no se observe a los no nacidos o “indeseados” como enemigos, sino como personas frágiles que requieren la tutela de sus derechos. Pero, no se puede caer en los extremos de negar toda posibilidad de aborto cuando ello sea requerido por el comprobado riesgo que corre la vida de la madre.

No es posible que, por el temor a sacrificar bienes y libertades, como dinero y movilidad, las personas consientes decidan terminar con la existencia de un ser humano, tampoco es de recibo alegar que la libertad está por encima del valor de la vida, como una estrategia para justificar el aborto con base en la libertad que la mujer tiene para disponer de su propio cuerpo.

En Costa Rica el aborto impune (algunos lo llaman terapéutico) se da por disposición legal en el artículo 121 del Código Penal, cuando la vida o la salud de la madre corra peligro. Sin embargo, se considera que el concepto de salud que recoge la norma es un concepto jurídico indeterminado, va a depender de lo que un médico interprete por salud, dejando la práctica del aborto a criterio de dicho médico. Por ello, se alega que es importante una norma técnica que aclare desde las ciencias médicas cómo debe comprenderse.

Quienes están de acuerdo con la “Norma Técnica” indican que se trata de unificar un criterio científico y necesario, del concepto de salud al que los médicos deberán atender sin objeción alguna. Las personas que se oponen a ella, alegan que lo que se busca es abrir portillos para permitir la práctica del aborto libre, o la ampliación de supuestos bajo los que se permitiría, sin mayores restricciones, la práctica.

El aborto es un tema polémico, aún en las sociedades más progresistas y avanzadas, ha generado discusiones serias. Lo que no se debe permitir es que, se deje de atender otros temas que son sumamente importantes y que toda la discusión gire en torno al aborto. Sería vergonzoso que un asunto tan sensible sea utilizado para distraer la atención y generar cortinas de humo.

ANEP apoya proyecto de ley N20.861 contra intereses de usura

La Asociación Nacional de Empledos Públicos y Privados (ANEP) se reunió con el diputado David Hubert Gourzong Cerdas para mostrar el respaldo al proyecto de ley contra los intereses de usura.

No más intereses de usura, 6.57 puntos del PIB se le saca al año a la gente

Esto representa 2 billones 300 mil millones de colones

Los intereses de usura que se cobran en tarjetas de crédito, en la compra de electrodomésticos, en intereses de préstamos bancarios, créditos personales, casas de empeño y similares, representan uno de los más fuertes desencadenantes del proceso de desigualdad que sufre la sociedad costarricense.

Intereses de usura
TiempoMonto
Por minuto4 millones 436 mil colones
Por hora266 millones 203 mil colones
Por día6 mil 389 millones de colones
Cada mes191 mil 667 millones de colones
Por año2 billones 300 mil millones de colones

El insistente reclamo obrero por una fuerte regulación en tal sentido, es una consigna sindical muy vehemente levantada hace bastante tiempo; al punto de que fue un emplazamiento directo de nuestra parte, con ocasión de la pasada campaña electoral presidencial, a los dos candidatos presidenciales (Carlos Alvarado y Fabricio Alvarado), quienes afirmaron, en ese entonces, estar de acuerdo en proceder al respecto.

En la Asociación Nacional de Empleados Públicos y Privados (ANEP), así como en el seno del Colectivo Sindical PATRIA JUSTA vemos con buenos ojos que se esté anunciando la tramitación parlamentaria del expediente legislativo No. 20.561.

Según datos en manos de los diputados promotores de esta iniciativa, el interés promedio en los almacenes que venden a crédito electrodomésticos, es del 60 % y este tipo de consorcios megaempresariales, altamente concentrados en cuanto a su propiedad, se estarían ganando unos 883 mil millones de colones anuales en este tipo de intereses de usura; es decir, 2.52 puntos PIB. ¡Ganancias extraordinariamente abusivas! Nos preguntamos: ¿y cómo han sido sus declaraciones de impuestos?

La corriente sindical que representamos someterá a un exhaustivo análisis esta relevante iniciativa, de forma tal que la misma no represente “un alegrón de burro”, pues como dice el sabio refrán popular, “el diablo está en los detalles”.

Es más que evidente la naturaleza del poderío económico de estas entidades acreedoras bancarias y de los grandes consorcios empresariales detrás del negocio de los créditos a la gente.

Por tanto, se hace más que necesario que las entidades sindicales y civiles, le sigan la pista a la tramitación de esta iniciativa de ley, prácticamente, a diario, sin dejar de pronunciarse apoyando que este proyecto sea ley lo más rápidamente posible.

ANEP logra reinstalación de trabajador en la Municipalidad de Upala

La ANEP, por medio de su Unidad de Asesoría Jurídica, logró la reinstalación de un trabajador de la Municipalidad de Upala de apellidos Madriz Ordóñez, luego de que se declarara nulo todo el proceso de despido en su contra.

Así lo determinó el Juzgado de Trabajo de Upala, luego de que la abogada Priscilla Castro de la Unidad de Asesoría Jurídica de la ANEP presentara un recurso por jerarquía impropia, ya que los hechos por los que se despidió al trabajador no eran claros y concisos, violentando el principio de defensa. El recurso fue declarado con lugar, declarando la reinstalación inmediata del trabajador

Ahora la Municipalidad de Upala deberá hacer frente a los salarios dejados de percibir por parte del trabajador desde el día de su despido a la fecha. Además, deberá hacer frente a las costas.

Junta Directiva Nacional de ANEP se solidariza con los policías penitenciarios agredidos

Sobre la agresión que sufrieron compañeros de la Policía Penitenciaria en Pérez Zeledon por parte de un sector de la población privada de libertad, ANEP hace llamado al Gobierno.

La Policía Penitenciaria debe contar con el personal adecuado, las condiciones de trabajo dignas y el respaldo jurídico para el desempeño de sus funciones.

No podemos permitir que personas violentas agredan a nuestros compañeros policías y no pase nada. Se deben sentar las responsabilidades y solicitar la declaratoria de emergencia del Sistema Penitenciario Nacional.

ANEP reitera la necesidad de tomar medidas urgentes e inmediatas. No esperemos a que suceda alguna tragedia o hecho lamentable para actuar.