Los desatinos antisindicales de la Procuraduría General de la República

Albino Vargas Barrantes,
Secretario General de ANEP

La posición asumida por la Procuraduría General de la Repúblico (PGR), respecto al proyecto de ley (de corte neoliberal, antidemocrático y antisindical) que pretende regular la huelga en los servicios públicos esenciales, así como la descalificación que para ese propósito ha hecho del valor que tienen los criterios vertidos por la Organización Internacional del Trabajo (OIT), en esta materia para defender la propuesta de ley que pretende prohibir la huelga, es inaceptable.

Se trata de una posición en exceso simplista, que deja entrever mucho desconocimiento en la materia, y muy poca fundamentación jurídica. 

Al parecer, la PGR desconoce que, tratándose de Derechos Humanos -así, en mayúsculas-, reconocidos en instrumentos internacionales, los criterios que emitan los órganos oficiales encargados de la interpretación de esos instrumentos tienen el mismo valor normativo que el propio instrumento interpretado. 

Esta idea progresista ha sido defendida en nuestro medio por la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia, cuando ha hecho ver que “si la Corte Interamericana de Derechos Humanos es el órgano natural para interpretar la Convención Americana sobre Derechos Humanos (Pacto de San José de Costa Rica), la fuerza de su decisión al interpretar la convención y enjuiciar leyes nacionales a la luz de esta normativa, ya sea en caso contencioso o en una mera consulta, tendrá -de principio- el mismo valor de la norma interpretada. No solamente valor ético o científico, como algunos han entendido, tesis que está receptada en nuestro derecho, cuando la Ley General de la Administración Pública dispone que las normas no escritas -como la costumbre, la jurisprudencia y los principios generales del derecho- servirán para interpretar, integrar y delimitar el campo de aplicación del ordenamiento escrito y tendrán el rango de la norma que interpretan, integran o delimitan (artículo 7.l.)”. (Voto 2313-1995).

Es lamentable que las autoridades de la PGR desconozcan que, en opinión también de la Sala Constitucional, los criterios interpretativos de los convenios internacionales de la OIT que dictan los órganos de control de dicha organización, “son auténtica jurisprudencia en la materia” y, por lo tanto, tienen el rango de la norma que interpretan, integran o delimitan, lo que los convierte en fuente de derecho en nuestro ordenamiento jurídico. (Voto 10832-2011).

Precisamente por el valor normativo que tienen los criterios dados por el Comité de Libertad Sindical, la propia Sala Constitucional, en reiteradas ocasiones, ha acudido a ellos para resolver asuntos relativos a la libertad sindical, el derecho de negociación colectiva y de huelga; y ha ordenado también, de manera expresa, a los jueces de trabajo aplicar dichos criterios de manera directa en la resolución de los asuntos sometidos a su competencia. 

Cosa parecida ha hecho con los legisladores, a quienes les señala de manera puntual que a la hora de promulgar la legislación respectiva en materia de huelga deben tomar en consideración las recomendaciones que al efecto hace la OIT.

Por otro lado, resulta preocupante y lamentable ver al Estado costarricense promoviendo desde sus propias instituciones posturas ambiguas en materia de Derechos Humanos. 

Lo expresado por la PGR ante la Comisión de Asuntos Sociales de la Asamblea Legislativa, a favor de que se legisle para prohibir el ejercicio del derecho fundamental de la huelga, pone al descubierto el antisindicalismo oficial que promueven las autoridades de este Gobierno; y manda a la OIT un mensaje en el que, con elocuencia, le expresan el poco respeto que se le tiene a sus criterios.

Por lo demás, la posición que ahora defiende la PGR, abiertamente alineada con la política antisindical de este Gobierno Alvarado-Piza, se contradice, de cabo a rabo, con la posición que había venido prevaleciendo desde décadas atrás, según la cual, “el Constituyente no tuvo la intención de prohibir el derecho de huelga en los servicios públicos, sino regularlo en determinados servicios, posición que se desprende tanto de las técnicas de interpretación más modernas -que recogen el principio básico de interpretación de eficacia o efectividad de las normas constitucionales-, así como de la doctrina nacional y del análisis de las actas de la Constitución de 1949”. (Así consta en el voto de la Sala Constitucional número 1317-1998).

De igual forma, en la Opinión Jurídica OJ-125-2007, la PGR sostiene entre otras cosas que: “La prohibición total de la huelga en aquellos servicios públicos cuya paralización pueda causar grave daño a la economía nacional, a los bienes públicos o a los derechos de los consumidores, podría implicar una restricción excesiva e ilegítima”; y hace ver que: “Las limitaciones que se impongan al derecho de huelga en determinados servicios públicos, deben ser conformes con los principios constitucionales de razonabilidad y proporcionalidad”.

Este criterio concluye afirmando que: “La obligación de la Administración de mantener la continuidad de los servicios públicos, no puede erigirse, sin más, en un impedimento absoluto para el ejercicio del derecho de huelga en los servicios públicos”. 

Teniendo en cuenta los anteriores criterios expuestos aquí con la asesoría experta del doctor en Derecho Laboral, don Esteban Calvo Rodríguez, nos preguntamos: ¿cómo entender ahora el giro copernicano que han dado los representantes de la PGR para sostener la tesis prohibicionista de la huelga? 

¿Será acaso que la Procuraduría General de la República ha dejado de ser el órgano técnico de asesoría legal del Estado, para convertirse en una oficina de difusión de los intereses políticos del actual Gobierno? ¡Parece que sí…!

Desobediencia civil: legitimidad formal vs. legitimidad real

Carlos Alvarado Quesada es el mandatario ejecutivo peor calificado en los últimos cuarenta años.

El 70% de las personas habitantes de la Gran Área Metropolitana (GAM), y el 95% de quienes viven en las regiones costeras del país, las más pobres (provincias de Guanacaste, Puntarenas y Limón), coinciden de manera contundente en lo siguiente: el país va por rumbo equivocado.

El desempleo abierto y oficial ya superó el 12%, no hay reactivación económica, se castigó con pauperización y reducción de derechos salariales a la población trabajadora del sector Público.

La mitad de la Población Económicamente Activa (PEA), en edad de productiva, no tiene empleo fijo con salario formal y mucha no cuenta con cobertura de Seguridad Social.

Cerca del 20% de la población juvenil está fuera del mercado laboral formal y mucha de ella anda en lucha por sobrevivir, pero inserta en la ilegalidad perversamente diversa.

Se le impuso al pueblo plan de impuestos regresivo que fue descalificado, ahora, por las tres calificadoras de riesgo de inversión más importantes del planeta, pues en nada contribuye a una solución integral del problema del déficit fiscal.

Tan grave es la situación que ahora, desesperadamente, buscan endeudarnos más con 6 mil millones de dólares cuando en este país sobra la plata. Ostentamos dos vergonzosos records: estamos en el top ten de los países más desiguales del planeta y somos el tercero de la región latinoamericana en cuanto a endeudamiento/PIB.

El flujo de dinero sucio, producto del crimen organizado y del narcotráfico sigue reinando en el sistema financiero y económico nacional, pues “la estructura tributaria no permite el combate a los flujos ilegales de capital” (lapidaria conclusión del Instituto Centroamericano de Estudios Fiscales, ICEFI).

48 expedientes legislativos relacionados con justicia tributaria real, ya elaborados y que son necesarios para empezar a combatir, con seriedad, la exclusión y la desigualdad sociales, así como la abusiva concentración de la riqueza están durmiendo el sueño de los justos en el actual período de sesiones extraordinarias de la Asamblea Legislativa; pues el Poder Ejecutivo le ha dado prioridad a proyectos de ley para exterminar los sindicatos, reducirlos a su mínima expresión, criminalizar la protesta social, ilegalizando las huelgas y quitándoles su naturaleza de derecho humano-constitucional, disolviendo a los gremios laborales y violentando su gobierno interno, imponiéndoles modificaciones estatutarias para dejarlos pintados en la pared.

Valga recordar que el ataque antisindical más violento desde la fundación de la Segunda República en 1949 (en realidad la dictadura política de José Figueres Olsen, Don Pepe); lo ejecuta en estos momentos el ahora alicaído Partido Liberación Nacional (PLN), el cual es hoy co-gobierno, mediando el sicariato político ejercido por el diputado Carlos Ricardo Benavides Jiménez y por la señora legisladora pro-empresarial, doña Yorleny León Marchena (ex PAC).

Por otra parte, cientos de compatriotas dedicados al cultivo de diverso tipo de producción agropecuaria viven sus últimos días de existencia económico-social, agobiados por problemas de seguridad jurídica de su finca, lote o parcela; por deudas y por embargos, a punto del desalojo; mientras, en el otro extremo tenemos que el sistema financiero público-privado del país acumula, en depósitos, más de 20 mil millones de dólares, reproduciéndose alocadamente; sin hablar de los más de 10 mil millones de dólares del público colocados en dicho sistema.

Esas cifras se quedan cortas pues, según un notable legislador integrante de la hegemonía gobiernista actual, el sistema financiero del país acumula unos 65 mil millones de dólares, de los cuales 12 mil y resto de millones de dólares transitan el mercado negro de la economía del país (¿dinero sucio?, ¿dinero narco? …).

Podríamos seguir citando más ejemplos y situaciones del estado actual de nuestra sociedad, reflejo fiel de que la polarización desde la perspectiva de la concentración de la riqueza se sigue agudizando; reflejo fiel de que todos los días la distancia entre el gobernante y los gobernados crece y crece; reflejo fiel de que la legitimidad formal del gobernante no necesariamente es legitimidad real.

Efectivamente, si la abrumadora mayoría de la población percibe que el país va por un rumbo equivocado; si las últimas elecciones (presidenciales y legislativas) dejaron planteado con contundencia irrefutable que una cosa es votar y otra, muy distinta, es elegir; entonces, ¿no corresponderá impulsar un ejercicio de carácter ciudadano y de real esencia democrática para descubrir la conducta sociopolítica de la desobediencia civil, si la voluntad de El Soberano, El Pueblo, se sigue violentando en el seno de los mecanismos institucionales de la legitimidad formal?

Si la Democracia formal y sus principales instrumentos de decisión política han sido copados por la minoría plutocrática, excluyente y sectaria; ni no se trata de Golpe de Estado puesto que no estamos con cosas de este tipo; ¿cómo le hacemos entender al gobernante que va por el rumbo contrario al sentir de la gente, por cuanto lo único que le queda es legitimidad formal dado que la real la perdió en tiempo record?

Este es el dilema cívico que espera ser atendido con el desprendimiento humilde de la organización popular para la movilización participativa con carácter de desafío estratégico, juntándose todas las diversidades. En el entretanto, ellos seguirán con sus tropelías a favor de las minorías que representan, el real objeto de su desvelo político.

Solicitan libertad de Carlos Andrés Pérez y la realización de un nuevo juicio

Tribunal no fijo fecha para conocer la resolución de la apelación

Henry Loaiza, defensor de Carlos Andrés Pérez solicitó la mañana de este martes, ante el Tribunal de Apelación del Segundo Circuito Judicial de San José la libertad de su defendido, así como la realización de un nuevo juicio por vía ordinaria.

Loaiza cuestionó el accionar del Juez quien emitió la condena, ya que para la defensa omitió una serie de consideraciones que estarían probando la inocencia de Carlos Andrés Pérez.

«Existe una errónea valoración en cuanto a la prueba de descargo, ya que no valora nuestra declaración y prueba documental», manifestó el defensor.

Otro de los cuestionamientos de la parte defensora presentada ante el Tribunal de Apelación, es que la acusación no tiene correlación con la sentencia.

«Lo único para poder solventar estos fallos es que se realice un nuevo juicio, con un tribunal distinto por lo que se solicita que el Tribunal de Apelación declare la ineficacia de la sentencia y que ordene el reenvío, para que un nuevo tribunal conozca la causa. Además, la solicitud de que no se trate en flagrancia sino mediante un juicio ordinario», explicó Loaiza.

Según Loaiza, el objetivo es que se envié nuevamente a la etapa de investigación del Ministerio Público para que se incluya a otros sospechosos que fueron omitidos durante el juicio. Además, de la incorporación de peritos calificados en explosivos.

Declaraciones de Henry Loaiza defensor de Carlos Andrés Pérez

Durante la audiencia Carlos Andrés Pérez tuvo la oportunidad de dirigirse al Tribunal de Apelación para cuestionar las pruebas presentadas por la fiscalía, así como la versión de los ingenieros de Recope utilizados como testigos, donde evidenció la falta de conocimientos sobre el sistema aparentemente dañado.

Otro de los cuestionamientos de Carlos Andrés, es respecto a la declaración de los oficiales de la Fuerza Pública que lo detuvieron, ya que el acta presentada por estos últimos dista mucho de la declaración presentada durante el juicio. Donde incluso se incluyen elementos físicos que no fueron decomisados como prueba durante el arresto.

Audiencia de apelación caso José Andrés Pérez #LibertadParaCarlosAndrés

Gepostet von ANEP am Dienstag, 19. Februar 2019
Audiencia de Apelación

Desde las afueras de los Tribunales de Justicia en Goicoechea #LibertadparaCarlosAndrés

Gepostet von ANEP am Dienstag, 19. Februar 2019
Ambiente en las afueras de los Tribunales de Justicia en Goicoechea previo a la audiencia

Criterio sobre la aplicación y alcances de la Ley Fortalecimiento de las Finanzas Públicas, Nº 9635

COMBO FISCAL: Ley de la República No. 9635, oficialmente denominada “Fortalecimiento de las Finanzas Públicas”, la del “fallo constitucional de compadre hablado”. Análisis jurídico de la misma en cuanto a los contenidos atentatorios de los derechos laborales-sociales y económico-reivindicativos del Empleo Público, efectuado por la Unidad de Asesoría Jurídica (UAJ) de la ANEP.

Documento que ANEP pone a disposición de todas las personas anepistas integrantes de las juntas directivas de las seccionales de la ANEP, de quienes fungen como delegados o delegadas de la organización, en fin, de toda su membrecía que labora en el aparato estatal. Igualmente, lo compartimos con todas las agrupaciones colegas, especialmente las del Colectivo Sindical PATRIA JUSTA, así como del público en general. ANEP concluye que ocurrió la más grosera agresión política de toda la historia del empleo público en contra del funcionariado estatal; agresión ejecutada por el triunvirato gobiernista PLUSC-PAC.

Los nuevos escenarios de lucha están ya abriéndose y de ello hablaremos con toda la dirigencia anepista de base con ocasión del Consejo Consultivo Nacional (CCN), de la ANEP previsto para el viernes 22 de marzo de 2019. De seguido, el indicado documento que, de manera respetuosa, recomendamos compartir.

Criterio sobre la aplicació… by on Scribd

Debacle fiscal: fracaso rotundo de los gobiernos PLUSC-PAC

Por Albino Vargas, Secretario General ANEP

“Juzgados y sentenciados”, fiscal y tributariamente hablando. Así interpretamos nosotros la publicación del documento “Desafíos fiscales estructurales de Costa Rica: más allá de la reforma fiscal de 2018”,elaborado por el ICEFI.

Según su sitio web, www.icefi.org, el Instituto Centroamericano de Estudios Fiscales -ICEFI-, “…es un centro de pensamiento independiente a gobiernos, partidos políticos o cualquier otra organización de la sociedad civil, que elabora investigaciones y análisis técnicos en materia fiscal en América Central. Además, brinda información, asesoría y capacitación sobre estos temas, especialmente a los poderes legislativos, autoridades locales y organizaciones sociales y políticas. Con una visión integral y de largo plazo, el ICEFI promueve la discusión y reflexión de los temas fiscales para buscar consensos y acuerdos que contribuyan a la edificación de sociedades y Estados equitativos, democráticos y prósperos”.

Tanto tiempo de nuestra parte; tantos comentarios, artículos y declaraciones periodísticas; tanto esfuerzo político-social y sindical (junto otros valiosísimos aportes académicos y partidarios en la línea de la promoción del bien común y de la noble lucha contra la desigualdad y contra la exclusión sociales), se recompensan, mediando con gran autoridad profesional e intelectual en este documento, “Desafíos fiscales estructurales de Costa Rica: más allá de la reforma fiscal de 2018”.

Hace tiempo habíamos acuñado la expresión Transformación Tributaria Estructural para denominar la gigantesca tarea cívico-patriótica y sociopolítica con miras a cambiar la profunda naturaleza perversa de la situación impositiva-fiscal del país, misma que está en la base de los graves desequilibrios que vienen amenazando a la Democracia misma; y, que, por otra parte, dejan en contundente evidencia el fracaso de las últimas administraciones gubernativas de la hoy tríada gobiernista PLUSC-PAC.

Efectivamente, los partidos Liberación Nacional, Unidad Social Cristiana y Acción Ciudadana nunca quisieron enfrentar el real poder hegemónico político-económico que ha contralado las sucesivas administraciones gubernativas de cada uno (incluida la actual); y, por tanto, en conjunto, son responsables de la actual debacle fiscal del país, por un lado.

Por otro, se han hecho acreedoras al descrédito ciudadano, a la deslegitimación política y al desprestigio total, al punto de que Carlos Alvarado Quesada esté en esto momentos calificado como el peor gobernante presidencial de las últimas cuatro décadas.

La debacle fiscal en la que está el país, por tanto, no es más que los resultados del fracaso total de los gobiernos PLUSC-PAC; debacle y fracaso que el objetivo, profesional y serio documento del ICEFI, “Desafíos fiscales estructurales de Costa Rica: más allá de la reforma fiscal de 2018”, sintetiza en estos 10 aspectos:

1) Gasto público insuficiente para atender las demandas de la población; y sumamente rígido. 2) Poca transparencia en la ejecución del gasto. 3) Los ingresos públicos son insuficientes para cubrir los gastos. 4) La carga tributaria es rígida. 5) Los resultados del combate a la evasión tributaria son muy pobres. 6) La estructura tributaria no permite el combate a los flujos ilícitos de capitales (FIC). 7) Estructura tributaria regresiva. 8) Persiste el otorgamiento de gastos tributarios como estrategia de competitividad. 9) El déficit fiscal ha sido creciente. 10) La deuda pública tiene rasgos de insostenibilidad.

Cada uno de estos diez aspectos que, de manera elegante y diplomáticamente el ICEFI denomina “desafíos fiscales estructurales de Costa Rica”, y que nosotros puntualizamos como los elementos más notables de la debacle-fracaso de los gobiernos Calderón Fournier, Figueres Olsen, Rodríguez Echeverría, Pacheco de la Espriella, Arias Sánchez, Chinchilla Miranda, Solís Rivera y Alvarado Quesada (todavía en desarrollo); caracterizan la situación socioeconómica del país con estos comentarios formulados por el estudio del ICEFI y que resultan de obligada atención para todas las personas habitantes de nuestro país:

El ritmo de crecimiento de Costa Rica se desaceleró después de la crisis financiera de 2009; Costa Rica ha ido perdiendo relevancia como destino para la inversión extranjera; la infraestructura vial es inferior en calidad al respecto de Centroamérica; 2 de cada 10 costarricenses continúan viviendo en condiciones de pobreza (ya casi 3, decimos nosotros); Costa Rica es el único país de Centroamérica en el que la desigualdad ha aumentado durante el siglo XXI; el desempleo afecta la economía y el bienestar (el oficial, indicamos nosotros, ya está superando el 12 %); los indicadores de inseguridad han crecido en los últimos años; persisten desafíos en la cobertura de la educación preescolar y secundaria II; …´

Para los movimientos sociales costarricenses, especialmente los sindicales, el documento del ICEFI, “Desafíos fiscales estructurales de Costa Rica: más allá de la reforma fiscal de 2018”, representa una excelente guía de acción para los próximos meses; especialmente para organizaciones sindicales que tenemos en nuestras plataformas de lucha este tipo de temas-país, más allá de la necesaria atención de las tareas cotidianas corporativo-gremiales.

ANEP solicita al Ministerio de Hacienda acciones para proteger salario de funcionarios públicos

La Asociación Nacional de Empleados Públicos (ANEP) solicitó al Ministerio de Hacienda tener mayores controles y mecanismos de fiscalización para proteger el salario de los funcionarios públicos, esto luego de presentarse una gran cantidad de rebajos por parte de una cooperativa sin la autorización de los asalariados.

En la solicitud dirigida al Director Jurídico Ministerio de Hacienda, Martín Durán Espinoza se indica que no es la primera que se da ésta situación, incluso en 2015 ANEP-Fuerza Pública presentó una denuncia por un rebajo irregular en el salario de oficiales de la Fuerza Pública.

“No es la primera vez que se reciben en esta organización sindical casos de funcionarios que aducen se les rebajan montos incorrectos, o, por parte de empresas con las que no tienen ningún tipo de relación. Además, en la mayoría de casos, agregan que, al intentar hacer contacto con dichas entidades no tienen éxito, pues no atienden números telefónicos, y, hasta han encontrado que no se ubican en la dirección que extienden”, manifestó Jonathan Flores, Directivo Nacional de ANEP.

En vista de los anterior, la ANEP cuestiona los mecanismos de Hacienda para controlar este tipo de situaciones y solicita explicaciones ante lo sucedido, y a la vez, pide a los afectados interponer la denuncia ante el Ministerio Público para evitar que estos casos queden impunes.

Cuestionamientos de la ANEP al Ministerio de Hacienda

•          ¿Qué mecanismos jurídicos ofrece el Ministerio de Hacienda para proteger el salario de los servidores públicos, y evitar que sean víctimas de estafas, u otra acción irregular que les afecte su remuneración económica?

•          ¿Qué acciones deben realizar las personas afectadas para prevenir que se les siga rebajando por parte de entidades a las que no han autorizado para que se les rebaje directamente del salario?

•          ¿Qué medidas tomará el Ministerio de Hacienda, con las entidades que, aprovechando las facilidades del sistema, se abusan del mismo y cometen actos como el que nos ocupa?

•          ¿Qué acciones tomará su representada, ante los numerosos señalamientos de funcionarios a quienes se les ha rebajado dinero directamente de su salario, sin que medie la manifestación expresa del mismo para que se ejecute dicho rebajo de esa manera?

  Compartimos documento enviado al Ministerio de Gacienda y declaraciones de Jonathan Flores, Directivo Nacional de ANEP.

Jonathan Flores, Directivo Nacional de ANEP ante rebajos irregulares


Posición de la Junta Directiva Nacional de la ANEP sobre proyecto que pretende gravar los excedentes de las cooperativas

Se discute en estos momentos en la Asamblea Legislativa, un proyecto de ley que pretende gravar los excedentes que generan los ahorros de las personas agremiadas a las cooperativas. Este proyecto, al igual que otros que han sido de conocimiento de los actuales señores diputados y señoras diputadas, comete el mismo pecado de recargar la crisis fiscal sobre los que menos tienen, es decir la clase trabajadora.

Nuestra oposición a dicho proyecto se fundamenta en las siguientes razones:

1. Los excedentes de las cooperativas ya pagan un 5 % de impuesto de renta. 

2. La mayoría de las personas afiliadas a las cooperativas de ahorro y crédito son trabajadores y trabajadoras humildes quienes hacen un gran esfuerzo por ahorrar. 

3. El capital de que disponen las cooperativas corresponde a muchos años de ahorro de los trabajadores y de las trabajadoras. La mayoría tienen más de 30 años de estar depositando el 5 % de su salario.

4. Las cooperativas son organizaciones sociales que contribuyen a que exista una mejor distribución de la riqueza.

5. Consideramos que con este proyecto se está dando un trato desigual, ya que hay otras organizaciones sociales que también administran recursos financieros de los trabajadores y de las trabajadoras, a las cuales no se les está aplicando un trato parecido.

6. El incremento de 5 % a 20 % de renta a las cooperativas pone en riesgo la existencia misma de este tipo de organizaciones sociales.

7. Nos parece que este proyecto tiene la intención de desaparecer las cooperativas de ahorro y crédito para obligar a los trabajadores a recurrir a las empresas del gran capital financiero-bancario a tramitar sus créditos.

8. Nos “extraña” que los señores diputados y las señoras diputadas con interés en gravar tributariamente a las cooperativas constituidas mayoritariamente por trabajadores y trabajadoras, sean los mismos que se han opuesto a gravar las empresas del gran capital que se ubican en las zonas francas.

9. Los ahorros de las cooperativas son dineros que los trabajadores y las trabajadoras depositan con la finalidad de tener una vida más digna después de que se pensionan. Si se les cercena como lo pretenden los padres y las madres de la Patria, los estarían condenando a una vejez más miserable.

10. Al ser los ahorros de las cooperativas un porcentaje del salario que devenga la persona trabajadora, se estaría ante una doble imposición, ya que primero se le rebaja del salario lo correspondiente a la renta actual; y, posteriormente se le aplica nuevamente un impuesto a los excedentes que devenga el mismo. 

Nuevamente las clase política y económica que administra el país., se ensaña con la clase trabajadora con la intención de deteriorar aún más su condición de vida y de trabajo. Dejamos constancia pública de nuestra oposición rotunda en contra de nuevas cargas tributarias para las cooperativas.

*Junta Directiva Nacional Asociación Nacional de Empleados Públicos y Privados (ANEP)*

Trabajadores ferrocarrileros despedidos por sindicalizarse deberán ser reinstalados en su puesto provisionalmente

La Unidad de Asesoría Jurídica de la ANEP lleva el caso de cinco trabajadores ferrocarrileros (empresa subcontratada por INCOFER) que fueron despedidos por afiliarse al sindicato.

El grupo de trabajadores de la compañía Transfeco S.A. se afiliaron a la ANEP el pasado 9 de enero del 2019 con el objetivo de reivindicar sus derechos y mejorar sus condiciones laborales. 

Sin embargo, la empresa al conocer de dicha afiliación colectiva despidió (el 10 de enero del 2019) de manera unilateral a los cinco trabajadores recientemente afiliados a la ANEP.

Ante esta medida evidentemente discriminatoria por afiliarse a la ANEP, la Unidad Jurídica inició los procesos sumarísimos por discriminación con medida cautelar para que los trabajadores discriminados por su vinculación sindical fueran reinstalados provisionalmente. 

Actualmente, han sido resueltas cuatro medidas cautelares favorables que le devuelven provisionalmente el trabajo a los trabajadores despedidos.

La empresa deberá mantener a los trabajadores las condiciones laborales que ostentaban antes de que se materializará injustificadamente el despido discriminatorio.