¡¡¡Exigimos renuncia del Ministro de Hacienda!!!

I. SABOTAJE AL CORAZÓN DE LA REFORMA FISCAL: LA RENTA MUNDIAL EN EL DEVENGO

01- El Ministro Carrillo Zürcher aceptó el inmenso error que consiste en eliminar el concepto de pago de renta mundial en su fuente de origen (el devengo), cambiándolo por el concepto de repatriación; lo cual hará que la injusta estructura tributaria actualmente vigente siga siendo totalmente injusta.

02- El Ministro Carrillo Zürcher ha jugado a favor de los intereses de los sectores económicos y financieros más poderosos de este país, pudiendo haber ejercido todo el poder depositado en su persona, para haber resistido la presión que al Gobierno le hizo su propia fracción parlamentaria en tal sentido.

03- El significativo avance en justicia tributaria que habría sido el concepto de aplicar renta mundial en el momento del devengo (dineros ganados en el exterior), ha sido eliminado radicalmente con la tesis de aplicación a rentas repatriadas, avalada por el Ministro Carrillo Zürcher.

SALARIOS DEL SECTOR PÚBLICO: LA MENTIRA DE “NO HAY PLATA”

04- EL Ministro Carrilo Zürcher ha sometido a un durísimo sacrificio salarial a los trabajadores y a las trabajadoras del Sector Público, con la última fijación salarial del 4 %.

05- El argumento de que “no había plata”, ha quedado descalificado con la información recién salida a la luz pública de que el Gobierno tiene en sus arcas, por el concepto de caja única, 67 mil millones de colones guardados. ¡Sí había plata!. La injusticia de tal incremento salarial tiene a miles de familias trabajadoras sumidas en un clima sociofamiliar de gran angustia, con una inflación galopante cuya velocidad ya carcomió radicalmente la raquítica fijación salarial del 4 %.

RECORTE DE INVERSIÓN SOCIAL: EL CASO DEL DENGUE

06- El recorte de la inversión social imprescindible para varios programas institucionales está generando un verdadero colapso en diversas entidades. 07- Por ejemplo, el combate a la terrible epidemia del dengue, el país lo tiene casi perdido y como razón base está la negativa del Ministro Carrillo Zürcher de transferirle al Ministerio de Salud, los mil millones de colones que la Asamblea Legislativa le restauró al presupuesto de esta entidad, en noviembre del año anterior.

Por supuesto que hay muchas más razones para pedir la cabeza del Ministro de Hacienda; sin embargo, las tres apuntadas son lo suficientemente poderosas como para que hoy exijamos su renuncia, de manera inmediata, al cargo de Ministro de Hacienda, pues la continuación de su presencia en el misma, sólo perjuicios generará para los sectores menos favorecidos de nuestro país y la población trabajadora, especialmente la del Sector Público.

A su regreso al país, el Presidente Pacheco de la Espriella, recibirá por escrito nuestra petición al respecto, igual de oficial que el presente planteamiento público.

Albino Vargas Barrantes
Secretario General

Edgar Morales Quesada
Secretario General Adjunto

San José, 11 de agosto de 2005.
S.G. 05-07-0046-05

Acerca del pago de los ajustes a los salarios base en AyA:

A) El reciente estudio que determinó que las bases salariales en A y A se encuentran por debajo del mínimo de ley, culminó señalamientos anteriores en esa dirección, formulados por destacados profesionales de esta estratégica institución; todo lo cual fue reforzado por el reciente estudio realizado por altos funcionarios del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS), en la Regional del A y A de Tilarán, Guanacaste.

B) Así las cosas, es evidente y contundente que la Administración del A y A, no está a derecho con sus trabajadores en este campo; o mejor dicho, está al margen de la ley en materia de reconocimiento salarial.

C) En consecuencia, el ajuste que se tiene que efectuar (como lo demuestran los señalamientos apuntados), corresponde a todos los trabajadores y a todas las trabajadoras del A y A; independientemente de que sean operativos, técnicos ó profesionales.

D) Aquí surge una posición respetuosa pero discrepante con la Administración, pues ésta sostiene la errónea tesis de que el hecho de que se reciban pluses salariales en ciertas clases (pluses que no reciben los operativos y técnicos); significaría que esas clases tienen salarios estén por encima del mínimo de ley; criterio que adversamos pues técnicamente no sólo es ilógico sino indemostrable.

E) Por otra parte, todo los ajustes por determinar, en caso, deben de reconocerse de manera retroactiva y el carácter de tal retroactividad es innegociable.

F) Vistas así las cosas, para la ANEP están claros dos aspectos. Por un lado, el ajuste en los salarios base no debe excluir a ninguna categoría ocupacional; es decir, debe abarcar a los puestos profesionales, a los de carácter técnico y a los operativos. Por otro, es necesario que se establezca contundentemente el carácter retroactivo de tales ajustes, pues quien ha estado al margen de la ley no ha sido precisamente la persona trabajadora; por el contrario, ésta (ya sea profesional, técnico u operativo), ha sufrido una pérdida sistemática en su patrimonio económico, pues se le ha estado reconociendo un salario que ha estado por debajo de la ley.

G) La ANEP insta, de la manera más respetuosa, a las autoridades institucionales para que manifiesten con toda claridad, sí existen reservas financieras que les permitan ponerse a derecho con la prontitud del caso; pues de no existir dichas reservas de orden económico, la lógica dice que necesariamente tenderemos que someternos a los procedimientos establecidos, sea la aprobación por parte de la Junta Directiva institucional, el envío a la Autoridad Presupuestaria (AP); y, finalmente, dotación de contenido presupuestario y refrendo de la Contraloría General de la Republica.

H) ANEP no posee indicios claros y contundentes de que la fecha del 30 de setiembre, como límite para el pago de las deudas salariales que se han generado, sea efectivamente realista y tenga alguna sustentación política seria que pueda ser interpretada como un compromiso institucional contundente. Esto podría generar expectativas falsas manejadas irresponsablemente.

I) El actual panorama político nacional, con el escenario electoral encima, podría constituir una oportunidad especial a fin de que, con verdadera unidad laboral, alcanzáramos metas largamente postergadas por la clase trabajadora del A y A: la deshomologación del Servicio Civil, la Convención Colectiva de Trabajo y otras aspiraciones de crecimiento sociolaboral, son realistas en la medida en que logremos un nivel de cohesión en la acción por parte de las distintas representaciones gremiales. ANEP está lista para esto desde hace tiempo y son más que notorias nuestras apelaciones en tal sentido.

J) Lo anterior solo es posible si quienes lideramos las organizaciones sindicales, contamos con la necesaria madurez política para comprender que debemos sumar fortalezas; actuar conjuntamente para lograr mayo incidencia en el logro de los objetivos comunes; descartando las exclusiones y actuando con ética y responsabilidad.

K) Indicamos lo anterior a propósito de la exclusión de nuestra representada en las actuales negociaciones de orden reivindicativo, lo cual no significa que como ANEP, nos quedemos a la espera de ver el devenir, de manera pasiva. Contrariamente, llamamos a las trabajadoras y a los trabajadores a estar listos al llamado de lucha que formularemos de cara a defender lo que en derecho es justo.

L) Finalmente nos permitimos mostrar nuestra preocupación ante las trabajadoras y ante los trabajadores con respecto a la propuesta de reestructuración que la Administración ha planteado a las organizaciones sindicales. Creemos que ello amerita una pausada reflexión y un riguroso análisis, para determinar que no existan despidos o movilidad laboral; asegurando eficiencia en la gestión pública pero con total respeto para la dignidad de la persona trabajadora. ANEP está haciendo ya su análisis correspondiente y se pronunciará en oportuno momento.

¡Por que el Estado conserve los servicios del A y A;
por el derecho al agua, a los medicamentos, a la salud;
a la energía eléctrica y a la telefonía,
yo digo no al TLC!

Albino Vargas Barrantes
Secretario General

Gerardo Cascante Amador
Responsable ANEP-AYA

San José, 11 de agosto de 2005.

¡Otro golpe a la privatización del INCOP!

Mediante oficio 09396 del 8 de agosto de 2005, la Unidad de Autorizaciones y Aprobaciones de la Contraloría General de la República, niega el refrendo a los contratos por medio de los cuales se pretende entregar el INCOP a manos privadas.

Nuevamente se nos da la razón: para subsanar las barbaridades jurídicas y el atropello al interés público que contiene este proceso, hay que anular todo lo actuado y volver a la etapa de licitación.

Esta resolución constituye una luz de esperanza para quienes aún confiamos en el estado de derecho, y un nuevo mensaje para que las autoridades del gobierno, dejen de insistir en un proceso amañado e ilegal, y se planteen seriamente la posibilidad de modernizar Puerto Caldera, mediante un proceso transparente, en el que participemos todas las partes involucradas y que realmente contribuya al desarrollo económico y social de todo el país, y en particular, de la postergada provincia de Puntarenas.

Édgar Morales Quesada
Secretario General Adjunto

San José, 10 de agosto de 2005.
S.G.05-07-0042-05

Carta al Licenciado Paúl Zúñiga Hernández, Presidente Ejecutivo Instituto Costarricense de Puertos del Pacífico (INCOP) Sobre la situación de los ocacionales y el despido de Walter Mendoza, dirigente sindical

Licenciado
Paúl Zúñiga Hernández
Presidente Ejecutivo
Instituto Costarricense de Puertos del Pacífico (INCOP)

Estimado señor:

En primer término, permítanos agradecer que por primera vez en cinco años, un jerarca del INCOP acepte recibir a nuestra representación oficial, ello indefectiblemente, significa un acto de respeto al derecho fundamental a la libre sindicalización.

Por este medio, aprovechamos para dejar plasmada por escrito, nuestra posición respecto a los dos temas que trataremos en la audiencia por usted concedida el día de hoy.

1. TRABAJADORES DENOMINADOS “OCASIONALES”

Con este grupo de trabajadores, muchos de ellos afiliados a nuestra organización sindical, hemos venido librando una batalla desde octubre del año 2002, cuando fueron cesados de sus puestos injustamente y reinstalados gracias a la oportuna intervención del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social.

Resulta que a estas personas, las autoridades administrativas de la institución a su digno cargo, les han negado los derechos laborales fundamentales, empezando por el salario mínimo, su derecho al pago de subsidios por incapacidad, el salario escolar, las anualidades y hasta su derecho a obtener una constancia salarial. Ello ha motivado gestiones de nuestro sindicato en dos sentidos: demandas individuales ante los tribunales laborales, en reclamo del salario mínimo dejado de percibir por cada uno de ellos, con las consecuentes diferencias en aguinaldo, salario escolar y vacaciones; y denuncias por infracción a las leyes laborales contra la empresa y sus jerarcas en su calidad personal.

Como es bien conocido por usted, los tribunales laborales ya nos han dado la razón, y la Sala Segunda de la Corte Suprema de Justicia ha vertido jurisprudencia, reconociendo el derecho de estas personas a percibir el salario mínimo de ley. Alrededor de ¢15 millones ha de haber desembolsado el INCOP para hacer frente a las deudas reconocidas por los tribunales en 4 de las demandas. Sin embargo, debemos manifestar que hay muchas más en trámite, que probablemente multiplicarán la erogación económica para la institución, razón por la que tal y como lo planteamos a la Junta Directiva de INCOP cuando se ganó la primer demanda, consideramos que sería mucho más barato para la institución, poner a derecho la situación laboral de estos trabajadores e impedir que la deuda siga acumulándose, y que se una a los intereses y las costas procesales de los juicios.

Por otra parte, debemos indicar que los mandos medios de la institución, han venido acrecentando sus prácticas discriminatorias contra estas personas, a muchas de las cuales, después de haber obtenido sentencias favorables a sus intereses, no les han dado la oportunidad de entrar en los llamados de lista de las cuadrillas, lesionando el sagrado derecho al trabajo.

Agradeceríamos don Paúl, que usted, como máximo jerarca del INCOP, tome cartas en el asunto, a fin de que la institución que usted preside, se ajuste al ordenamiento jurídico costarricense.

Sobre el tema de la infracción a las leyes laborales, le notificamos que ya el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social comprobó que por la situación de los ocasionales, se está infringiendo nuestro Código de Trabajo, y habiendo realizado la prevención correspondiente sin que fuera atendida por la institución, presentó la acusación correspondiente ante los tribunales laborales. Igual ha hecho nuestra organización.

Al respecto, es importante manifestar que de obtener una resolución favorable, no solo se condenaría al INCOP como patrono, sino a cada uno de los funcionarios acusados, quienes han sido acusados en su condición personal. Permítanos comentarle que en un caso de Correos de Costa Rica, recientemente el Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de San José, en una denuncia similar, además de condenar a la empresa a reparar el daño causado, condenó a la Gerente General, a pagar una multa de un millón de colones por considerarla infractora. Sería una lástima que por unos cuantos “cabezas calientes”, el INCOP y su persona, tengan que pagar una multa por no atender la prevención del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social.

2. EL DESPIDO DE NUESTRO DIRIGENTE: WALTER MENDOZA RAMIREZ

Otro tema que nos preocupa, es el despido injusto de uno de los miembros de la Junta Directiva de nuestra seccional en el INCOP, el compañero Walter Mendoza Ramírez, a quien no solo se le despidió injustamente, sino a quien se le prohibió el ingreso a las instalaciones portuarias, constituyendo esta situación, una restricción a su derecho al trabajo y a sus actividades como legítimo representante de los trabajadores, razón por la que solicitamos que sea restituido inmediatamente en el puesto como estibador, que desempeñaba al momento de su despido.

Este compañero, laboró para la institución desde octubre de 2001, y ya en una sentencia de los tribunales laborales porteños, se reconoció que su relación laboral con el INCOP, independientemente de cómo la hayan querido denominar las autoridades institucionales, es por tiempo indefinido. Ello quiere decir que para despedirlo sin responsabilidad patronal, se debió haber seguido un debido proceso en el que se comprobara la comisión de una falta grave. Sin embargo, eso no ocurrió, y lejos de despedirlo indicándole los motivos por los que se tomaba esa decisión, simplemente se le prohibió el ingreso a las instalaciones portuarias, lo cual constituye un grave atropello a sus derechos fundamentales, sobre todo si reparamos en el hecho de que por ser representante de los trabajadores, está protegido por el fuero sindical.

Le informamos que hemos interpuesto denuncia ante el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social por lo que a nuestro criterio constituye prácticas laborales desleales, y además, hemos interpuesto la demanda correspondiente ante la jurisdicción laboral, solicitando su reinstalación en el puesto con el pago de los salarios dejados de percibir desde que fue injustamente despedido.

Consideramos que es el momento para que su Autoridad, ponga un alto a los atropellos que contra quienes pertenecen a nuestra organización sindical, han venido llevando a cabo un grupo de jefaturas intermedias, que con su actuación han puesto en tela de duda el respeto a los derechos fundamentales que debe privar en una institución pública como el INCOP.

No omitimos manifestar que a la presente adjuntamos un legajo con las acciones más relevantes en los dos temas que hemos expuesto a su Autoridad.

Agradeciendo su atención, nos suscribimos atentamente.

Albino Vargas Barrantes
Secretario General

Fabio Espinoza Gómez
Presidente Seccional ANEP-INCOP

———
c.:Lic. Fernando Trejos Ballestero, Ministro de Trabajo y Seguridad Social.
c.:Dra. Lisbeth Quesada Tristán, Defensora de los Habitantes de la República.
c.:Junta Directiva Nacional ANEP.
c.:Junta Directiva Seccional ANEP-INCOP.
c.:Archivo.

Carta al Diputado Mario Calderón Castillo, Presidente Comisión Especial Investigadora de Concesiones y Contratos con el Estado, Asamblea Legislativa Sobre la investigación del proceso de privatización en el INCOP

Diputado
Mario Calderón Castillo
Presidente
Comisión Especial Investigadora de Concesiones y Contratos con el Estado
Asamblea Legislativa

Estimado señor Diputado:

Reciba un cordial saludo de la Asociación Nacional de Empleados Públicos y Privados (ANEP).

Por este medio nos dirigimos a su persona, ya que tenemos conocimiento que en la Comisión Especial Investigadora de Concesiones y Contratos con el Estado que usted preside, se ha sometido a estudio y discusión el Proceso de Modernización del INCOP, proceso de concesión que la organización sindical que representamos, ha venido cuestionando desde su inicio, precisamente por la forma atropellada e ilegal en que el mismo se ha llevado a cabo.

En dos ocasiones la Contraloría General de la República le ha negado el refrendo a los contratos, haciendo observaciones que de ser atendidas por la administración, no podrían más que llevar al archivo de ese proyecto.

Conocemos que la Diputada Joyce Zürcher Blen, integrante de esta comisión, ha presentado ante la misma, un informe que constituye un análisis serio y objetivo del proceso, que comprueba sin duda alguna, las ilegalidades contenidas en el mismo, así como los perjuicios al interés público que este representa.

Con todo respeto, consideramos que a efectos de evitar que se repita la lamentable historia de los contratos de RITEVE y ALTERRA, debe esta Asamblea Legislativa iniciar la discusión sobre este tema, que permita ejercer el control político que impida que culmine ese vergonzoso negocio.

Por este medio le solicitamos en su condición de Presidente de la Comisión, que esta se avoque a la discusión del informe sin más demora, puesto que lo contrario, constituiría un silencio cómplice por parte de los diputados y diputadas, respecto a un contrato completamente abusivo y leonino a los intereses de los y las costarricenses.

Sin más por el momento, nos suscribimos atentamente.

Albino Vargas Barrantes
Secretario General

Douglas Carrillo Azofeifa
Directivo Nacional

—-
c.:Diputado Carlos Ricardo Benavides Jiménez, Jefe Fracción Partido Liberación Nacional
c.:Diputada Marta Zamora Castillo, Jefa Fracción Partido Acción Ciudadana
c.:Diputada Liliana Salas Salazar, Jefa Fracción Partido Unidad Social Cristiana
c.:Diputado Humberto Arce Salas, Jefe Fracción Bloque Patriótico
c.:Diputado Carlos Herrera Calvo, Jefe de Fracción Movimiento Libertario
c.:Diputado José Miguel Corrales Bolaños, Diputado Independiente
c.:Diputado José Francisco Salas Ramos, Diputado Independiente
c.:Diputada Gloria Valerín Rodríguez, Partido Unidad Social Cristiana
c.:Diputado Luis Ramírez Ramírez, Partido Liberación Nacional
c.:Diputada Joyce Zürcher Blen, Partido Liberación Nacional
c.:Diputado Rodrigo Carazo Zeledón, Partido Acción Ciudadana
c.:Diputado Peter Guevara Guth, Movimiento Libertario
c.:Diputada Elvia Navarro Vargas, Bloque Patriótico.
c.:Archivo.

Carta al Licenciado Randall Quirós Bustamante, Ministro de Obras Públicas y Transportes (MOPT) y al Licenciado Paúl Zúñiga Hernández, Presidente Ejecutivo Instituto Costarricense de Puertos del Pacífico (INCOP) Reiterando sobre el proceso de modern

Licenciado
Randall Quirós Bustamante
Ministro
Ministerio de Obras Públicas y Transportes (MOPT)

Licenciado
Paúl Zúñiga Hernández
Presidente Ejecutivo
Instituto Costarricense de Puertos del Pacífico (INCOP)

Estimados señores:

Por este medio, nos dirijimos a sus autoridades, para referirnos una vez más, al Proceso de Modernización del Instituto Costarricense de Puertos del Pacífico (INCOP).

Desde que conocimos la primera versión de los contratos suscritos con las empresas concesionarias, hicimos la observación de que los mismos, contenían una serie de irregularidades e ilegalidades que podrían subsanarse, solo anulando el proceso y volviendo a la etapa licitatoria. Sin embargo, la administración ha insistido en un proceso que a todas luces, es contrario al ordenamiento jurídico costarricense y al interés nacional.

No solo nuestra organización ha advertido respecto a este asunto, sino que, la propia Contraloría General de la República, al denegar el refrendo a los contratos en dos ocasiones, así lo ha expuesto. También, lo ha hecho la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos (ARESEP), la Diputada Joyce Zürcher Blen, quien presentó ante la Comisión Especial Investigadora de Concesiones y Contratos con el Estado, un informe revelador de las ilegalidades del proceso, la Fracción Parlamentaria del Partido Acción Ciudadana, el diputado independiente José Miguel Corrales Bolaños y el Diputado Humberto Arce Salas del Bloque Patriótico, quienes también han cuestionado este vergonzoso proceso de concesión.

Es importante mencionar que precisamente, está pendiente de discusión en la comisión especial Investigadora de Concesiones y Contratos con el Estado, el tema de la modernización del INCOP, a efectos de que la misma, remita una recomendación al plenario legislativo, para que esta instancia realice el control político correspondiente, para evitar que no se repitan los lamentables episodios de los contratos de ALTERRA Y RITEVE.

A continuación, exponemos los puntos que según los análisis realizados por las instancias y personas arriba citadas, impedirían que la Contraloría General de la República, le otorgue el visto bueno a los contratos.

Aprovechamos para solicitar de manera respetuosa, que se desestime este adefesio jurídico y se piense en un verdadero proceso de modernización portuaria y administrativa del INCOP, ajustado a derecho y con amplia participación de los sectores involucrados, que implique un beneficio para todas las partes.

Los aspectos de fondo que según los análisis son insubsanables son los siguientes:

PROCESO LICITATORIO DE LA TERMINAL GRANELERA:

a) Cartel:

1. La Ley de Concesión de Obra Pública establece que, deberá ser la Secretaria Técnica del Concejo Nacional de Concesiones, quien elabore los carteles. En este caso, los carteles los elaboró una consultoría, sustituyendo a la instancia competente en sus atribuciones y obligaciones.

2. Según la Ley de Concesión de Obra Pública, se debió aprobar primero los estudios de factibilidad y luego los carteles. En este caso, la aprobación de ambos documentos se realizó en el mismo acto.

3. La aprobación del cartel se dio el 14 de febrero de 2001 y la consulta tarifaria que la ley y su reglamento ordenan hacer de previo a la elaboración del cartel, fue recibida en ARESEP el 19 de febrero.

4. El cartel otorga al concesionario un permiso para explotar, desde el inicio de la concesión hasta el momento en que se termine la construcción de la Terminal

Granelera, el servicio en el puesto #1 existente en Puerto Caldera, con tarifas aprobadas por ARESEP para la explotación del servicio en la obra nueva. Esta cláusula tiene varias ilegalidades a saber: infringe las competencias de fijación de tarifas de ARESEP y la Ley de Concesión de Obra Pública (LGOP) que rige el contrato, prohíbe que por esa ley se otorgue una concesión sobre las obras existentes.

La disposición anterior contraría frontalmente lo establecido en el artículo 2.3 de la LGOP, ya que no existe ningún fundamento jurídico para la misma, por lo que se trata de una disposición que por ilegal, es nula de pleno derecho y pone en entredicho la validez misma del cartel y por tanto, de todas las fases del proceso licitatorio.

La inclusión de esta cláusula constituye un fraude de ley, conducta tipificada en el artículo 20 del Código Civil y 5 de la Ley contra la corrupción y el enriquecimiento ilícito en la función pública.

Al respecto, dice el informe presentado ante la Comisión Especial Investigadora de Concesiones y Contratos con el Estado, lo siguiente: “La violación de la ley, que además por ser una ley especial la LGOP priva sobre cualquier otra, es tan palmaria que difícilmente cabe que el concesionario se excuse de su responsabilidad. Y no digamos la Administración y los funcionarios que intervinieron en este proceso. (…) Y además, tan presente se tenía ese choque del texto del cartel con el texto de la ley, que desde el momento mismo en que la ARESEP lo advierte al CNC, es tema principal que se refleja en los estudios, documentación, observaciones, etc., que constan en el expediente administrativo” (P.84-85)

5. El cartel no incorporó indicaciones vinculantes realizadas por la ARESEP respecto de la necesidad de establecer el mecanismo para calcular los ajustes tarifarios por restablecimiento del equilibrio financiero, y la metodología para evaluar los aspectos de calidad del servicio. Ello implica un desconocimiento de competencias de ARESEP.

6. Se publicó el cartel sin la aprobación por parte de la Secretaría Técnica Nacional Ambiental (SETENA) de los estudios de evaluación de impacto ambiental, cuestión que según la Ley Orgánica del Medio Ambiente, debe hacerse previo a la realización del procedimiento licitatorio, dado que el fin es determinar las consecuencias y daños al medio ambiente que podrían producir las actividades contratadas.
b) Contrato:

1. Modifica sustancialmente las condiciones del cartel, lo cual violenta los principios constitucionales de contratación administrativa.

2. Establece un cambio de sitio de la obra por construir, que no corresponde ni a lo dicho en el cartel, ni en la oferta, ni en la oferta alternativa. Ello que implica un nuevo proyecto que no cuenta con las debidas autorizaciones de la ARESEP y la SETENA, mismas que no pueden darse hoy si no se dieron en su momento.

3. La cláusula que contempla lo relativo al permiso de uso para la explotación del servicio de las obras existentes en Puerto Caldera, amplía el objeto sobre el que recaería tal permiso.

4.En el contrato no se incorporaron las indicaciones hechas por la ARESEP sobre el cartel respecto a la necesidad de establecer un mecanismo para calcular los ajustes tarifarios por restablecimiento del equilibrio financiero, y la metodología para evaluar los aspectos de calidad del servicio. Esto no sería posible hacerlo una vez expirado el plazo para las modificaciones del cartel, que es anterior a la recepción de las ofertas.

5. En las disposiciones contractuales se establece que no se realizará una evaluación de impacto ambiental, sino que el órgano competente, brindará una mera autorización denominada viabilidad ambiental, que no cumple con las condiciones técnicas y jurídicas de una verdadera evaluación de impacto ambiental del proyecto a realizarse. Esta autorización se realizará posterior a que se le confiera el refrendo contralor al contrato; situación que además de ser contraria a la Ley Orgánica del Ambiente, implicaría el riesgo de que se produzcan daños irreparables a los ecosistemas del lugar y por tanto a la calidad de vida de las comunidades aledañas.
PROCESO LICITATORIO DE LA TERMINAL CALDERA:

a) Cartel:

1. Se utiliza como marco jurídico los artículos 74 y 74 de la Ley de Contratación Administrativa. Sin embargo, estos artículos no cumplen con los requerimientos exigidos por la jurisprudencia constitucional para ser considerada una ley marco.

2. Se pretende utilizar tarifas calculadas con base en la estructura de costos y operación del INCOP. La materia tarifaria es indisponible para las partes y la cláusula es ilegal porque lesiona las potestades de la ARESEP.
b) Contrato:

1. Respecto a las lesiones a las competencias de la ARESEP en los contratos de Terminal Granelera y Caldera, tanto la Contraloría General de la República, como la ARESEP misma, han señalado que esas lesiones no se han originado en los contratos sino en los carteles; de manera que no podrían ser subsanados por la vía contractual.

2. El informe presentado ante la Comisión Especial Investigadora de Concesiones y Contratos del Estado, establece en su página 29 lo siguiente: “En el contrato de Terminal Granelera, como la LGOP otorga competencias a la ARESEP para intervenir al momento de la elaboración del cartel y de modo previo a su publicación, si tales competencias no fueron respetadas en el momento de la elaboración del cartel y de modo previo a su publicación, si tales competencias no fueron respetadas en su momento, hoy la ARESEP, luego de la suscripción del contrato, no tiene competencia para introducir modificaciones de la estructura tarifaria, modelos de ajuste de tarifa y parámetros de servicio. Mucho menos si la pretendida intervención (ilegal) de la ARESEP se hiciera con el fin de adecuar esas tarifas parámetros porque las partes en el contrato han hecho una modificación sustancial del marco cartelario como lo es el cambio de sitio de la obra dada en concesión”.

Además, si en la actual fase de cualquiera de estos proceso licitatorios, posterior a la recepción de las ofertas, la ARESEP intentara, a instancia de la administración y los adjudicatarios, subsanar errores y desaciertos de la administración misma y de los adjudicatarios, lesionaría los principios constitucionales de contratación administrativa y, por tanto, los derechos subjetivos e intereses legítimos de oferentes perdidosos y numerosos potenciales oferentes. (página 29 del citado informe legislativo)

Como resulta evidente, las irregularidades contenidas en el proceso licitatorio generan tres tipos de perjuicios:

– Ambientales: las violaciones a la Ley Orgánica del Ambiente en cuanto a evaluación de impacto ambiental, podrían generar no solo perjuicios ambientales, sino que pondría en peligro la biodiversidad del Golfo de Nicoya, con la consecuente desmejora en la calidad de vida de los habitantes de zonas aledañas.

– Económicos: el proceso licitatorio ha sido bastante oneroso para la administración pública, puesto que se han desembolsado gran cantidad de millones de colones en consultorías que no han logrado que el mismo se ajuste a derecho y tenga éxito. Por otra parte, las condiciones que allí se estipulan, conceden grandes ventajas a los concesionarios, que resultan leoninas, onerosas y perjudiciales al interés nacional; y por otra parte, al incrementarse los costos de operación para los operadores del puerto, esos costos se trasladarán al bolsillo de los consumidores.

– Incerteza Jurídica: la desaplicación de los institutos jurídicos relacionados con la contratación administrativa, nos desautoriza y desacredita ante la comunidad nacional e internacional, puesto que la aplicación viciada de la normativa jurídica que informa la contratación administrativa, crea incerteza jurídica para los inversores nacionales e internacionales, causando gran daño a la credibilidad del país.

De conformidad con lo expuesto, solicitamos de manera respetuosa, que la administración que ustedes dirigen, se apegue al ordenamiento jurídico, deseche el proceso de concesión tal y como ha sido planteado y no insista en mantener un proceso ilegal que de culminarse, constituiría una vergüenza para nuestro régimen de derecho, por cuanto tal y como ha sido planteado, podría conllevar hasta responsabilidades de tipo penal.

Sin más por el momento, nos suscribimos, atentamente.

Albino Vargas Barrantes
Secretario General

Douglas Carrillo Azofeifa
Directivo Nacional

—-
c.:Dr. Abel Pacheco de la Espriella, Presidente de la República.
c.:Señoras Diputadas y Señores Diputados, Asamblea Legislativa.
c.:Licda. Rocío Aguilar Montoya, Contralora General de la República.
c.:Dra. Lisbeth Quesada Tristán, Defensora de los Habitantes de la República.
c.:Licda. Ana Lorena Brenes Esquivel, Procuradora General de la República.
c.:Licda. Aracelly Pacheco Salazar, Reguladora General de los Servicios Públicos (ARESEP)
c.:Señoras y señores Junta Directiva, Instituto Costarricense de Puertos del Pacífico (INCOP)
c.:Junta Directiva Nacional ANEP
c.:Archivo.

Carta al Licenciado Randall Quirós Bustamante, Ministro de Obras Públicas y Transportes (MOPT) y al Licenciado Paúl Zúñiga Hernández, Presidente Ejecutivo Instituto Costarricense de Puertos del Pacífico (INCOP) Reiterando sobre el proceso de modern

Licenciado
Randall Quirós Bustamante
Ministro
Ministerio de Obras Públicas y Transportes (MOPT)

Licenciado
Paúl Zúñiga Hernández
Presidente Ejecutivo
Instituto Costarricense de Puertos del Pacífico (INCOP)

Estimados señores:

Por este medio, nos dirijimos a sus autoridades, para referirnos una vez más, al Proceso de Modernización del Instituto Costarricense de Puertos del Pacífico (INCOP).

Desde que conocimos la primera versión de los contratos suscritos con las empresas concesionarias, hicimos la observación de que los mismos, contenían una serie de irregularidades e ilegalidades que podrían subsanarse, solo anulando el proceso y volviendo a la etapa licitatoria. Sin embargo, la administración ha insistido en un proceso que a todas luces, es contrario al ordenamiento jurídico costarricense y al interés nacional.

No solo nuestra organización ha advertido respecto a este asunto, sino que, la propia Contraloría General de la República, al denegar el refrendo a los contratos en dos ocasiones, así lo ha expuesto. También, lo ha hecho la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos (ARESEP), la Diputada Joyce Zürcher Blen, quien presentó ante la Comisión Especial Investigadora de Concesiones y Contratos con el Estado, un informe revelador de las ilegalidades del proceso, la Fracción Parlamentaria del Partido Acción Ciudadana, el diputado independiente José Miguel Corrales Bolaños y el Diputado Humberto Arce Salas del Bloque Patriótico, quienes también han cuestionado este vergonzoso proceso de concesión.

Es importante mencionar que precisamente, está pendiente de discusión en la comisión especial Investigadora de Concesiones y Contratos con el Estado, el tema de la modernización del INCOP, a efectos de que la misma, remita una recomendación al plenario legislativo, para que esta instancia realice el control político correspondiente, para evitar que no se repitan los lamentables episodios de los contratos de ALTERRA Y RITEVE.

A continuación, exponemos los puntos que según los análisis realizados por las instancias y personas arriba citadas, impedirían que la Contraloría General de la República, le otorgue el visto bueno a los contratos.

Aprovechamos para solicitar de manera respetuosa, que se desestime este adefesio jurídico y se piense en un verdadero proceso de modernización portuaria y administrativa del INCOP, ajustado a derecho y con amplia participación de los sectores involucrados, que implique un beneficio para todas las partes.

Los aspectos de fondo que según los análisis son insubsanables son los siguientes:

PROCESO LICITATORIO DE LA TERMINAL GRANELERA:

a) Cartel:

1. La Ley de Concesión de Obra Pública establece que, deberá ser la Secretaria Técnica del Concejo Nacional de Concesiones, quien elabore los carteles. En este caso, los carteles los elaboró una consultoría, sustituyendo a la instancia competente en sus atribuciones y obligaciones.

2. Según la Ley de Concesión de Obra Pública, se debió aprobar primero los estudios de factibilidad y luego los carteles. En este caso, la aprobación de ambos documentos se realizó en el mismo acto.

3. La aprobación del cartel se dio el 14 de febrero de 2001 y la consulta tarifaria que la ley y su reglamento ordenan hacer de previo a la elaboración del cartel, fue recibida en ARESEP el 19 de febrero.

4. El cartel otorga al concesionario un permiso para explotar, desde el inicio de la concesión hasta el momento en que se termine la construcción de la Terminal

Granelera, el servicio en el puesto #1 existente en Puerto Caldera, con tarifas aprobadas por ARESEP para la explotación del servicio en la obra nueva. Esta cláusula tiene varias ilegalidades a saber: infringe las competencias de fijación de tarifas de ARESEP y la Ley de Concesión de Obra Pública (LGOP) que rige el contrato, prohíbe que por esa ley se otorgue una concesión sobre las obras existentes.

La disposición anterior contraría frontalmente lo establecido en el artículo 2.3 de la LGOP, ya que no existe ningún fundamento jurídico para la misma, por lo que se trata de una disposición que por ilegal, es nula de pleno derecho y pone en entredicho la validez misma del cartel y por tanto, de todas las fases del proceso licitatorio.

La inclusión de esta cláusula constituye un fraude de ley, conducta tipificada en el artículo 20 del Código Civil y 5 de la Ley contra la corrupción y el enriquecimiento ilícito en la función pública.

Al respecto, dice el informe presentado ante la Comisión Especial Investigadora de Concesiones y Contratos con el Estado, lo siguiente: “La violación de la ley, que además por ser una ley especial la LGOP priva sobre cualquier otra, es tan palmaria que difícilmente cabe que el concesionario se excuse de su responsabilidad. Y no digamos la Administración y los funcionarios que intervinieron en este proceso. (…) Y además, tan presente se tenía ese choque del texto del cartel con el texto de la ley, que desde el momento mismo en que la ARESEP lo advierte al CNC, es tema principal que se refleja en los estudios, documentación, observaciones, etc., que constan en el expediente administrativo” (P.84-85)

5. El cartel no incorporó indicaciones vinculantes realizadas por la ARESEP respecto de la necesidad de establecer el mecanismo para calcular los ajustes tarifarios por restablecimiento del equilibrio financiero, y la metodología para evaluar los aspectos de calidad del servicio. Ello implica un desconocimiento de competencias de ARESEP.

6. Se publicó el cartel sin la aprobación por parte de la Secretaría Técnica Nacional Ambiental (SETENA) de los estudios de evaluación de impacto ambiental, cuestión que según la Ley Orgánica del Medio Ambiente, debe hacerse previo a la realización del procedimiento licitatorio, dado que el fin es determinar las consecuencias y daños al medio ambiente que podrían producir las actividades contratadas.
b) Contrato:

1. Modifica sustancialmente las condiciones del cartel, lo cual violenta los principios constitucionales de contratación administrativa.

2. Establece un cambio de sitio de la obra por construir, que no corresponde ni a lo dicho en el cartel, ni en la oferta, ni en la oferta alternativa. Ello que implica un nuevo proyecto que no cuenta con las debidas autorizaciones de la ARESEP y la SETENA, mismas que no pueden darse hoy si no se dieron en su momento.

3. La cláusula que contempla lo relativo al permiso de uso para la explotación del servicio de las obras existentes en Puerto Caldera, amplía el objeto sobre el que recaería tal permiso.

4.En el contrato no se incorporaron las indicaciones hechas por la ARESEP sobre el cartel respecto a la necesidad de establecer un mecanismo para calcular los ajustes tarifarios por restablecimiento del equilibrio financiero, y la metodología para evaluar los aspectos de calidad del servicio. Esto no sería posible hacerlo una vez expirado el plazo para las modificaciones del cartel, que es anterior a la recepción de las ofertas.

5. En las disposiciones contractuales se establece que no se realizará una evaluación de impacto ambiental, sino que el órgano competente, brindará una mera autorización denominada viabilidad ambiental, que no cumple con las condiciones técnicas y jurídicas de una verdadera evaluación de impacto ambiental del proyecto a realizarse. Esta autorización se realizará posterior a que se le confiera el refrendo contralor al contrato; situación que además de ser contraria a la Ley Orgánica del Ambiente, implicaría el riesgo de que se produzcan daños irreparables a los ecosistemas del lugar y por tanto a la calidad de vida de las comunidades aledañas.
PROCESO LICITATORIO DE LA TERMINAL CALDERA:

a) Cartel:

1. Se utiliza como marco jurídico los artículos 74 y 74 de la Ley de Contratación Administrativa. Sin embargo, estos artículos no cumplen con los requerimientos exigidos por la jurisprudencia constitucional para ser considerada una ley marco.

2. Se pretende utilizar tarifas calculadas con base en la estructura de costos y operación del INCOP. La materia tarifaria es indisponible para las partes y la cláusula es ilegal porque lesiona las potestades de la ARESEP.
b) Contrato:

1. Respecto a las lesiones a las competencias de la ARESEP en los contratos de Terminal Granelera y Caldera, tanto la Contraloría General de la República, como la ARESEP misma, han señalado que esas lesiones no se han originado en los contratos sino en los carteles; de manera que no podrían ser subsanados por la vía contractual.

2. El informe presentado ante la Comisión Especial Investigadora de Concesiones y Contratos del Estado, establece en su página 29 lo siguiente: “En el contrato de Terminal Granelera, como la LGOP otorga competencias a la ARESEP para intervenir al momento de la elaboración del cartel y de modo previo a su publicación, si tales competencias no fueron respetadas en el momento de la elaboración del cartel y de modo previo a su publicación, si tales competencias no fueron respetadas en su momento, hoy la ARESEP, luego de la suscripción del contrato, no tiene competencia para introducir modificaciones de la estructura tarifaria, modelos de ajuste de tarifa y parámetros de servicio. Mucho menos si la pretendida intervención (ilegal) de la ARESEP se hiciera con el fin de adecuar esas tarifas parámetros porque las partes en el contrato han hecho una modificación sustancial del marco cartelario como lo es el cambio de sitio de la obra dada en concesión”.

Además, si en la actual fase de cualquiera de estos proceso licitatorios, posterior a la recepción de las ofertas, la ARESEP intentara, a instancia de la administración y los adjudicatarios, subsanar errores y desaciertos de la administración misma y de los adjudicatarios, lesionaría los principios constitucionales de contratación administrativa y, por tanto, los derechos subjetivos e intereses legítimos de oferentes perdidosos y numerosos potenciales oferentes. (página 29 del citado informe legislativo)

Como resulta evidente, las irregularidades contenidas en el proceso licitatorio generan tres tipos de perjuicios:

– Ambientales: las violaciones a la Ley Orgánica del Ambiente en cuanto a evaluación de impacto ambiental, podrían generar no solo perjuicios ambientales, sino que pondría en peligro la biodiversidad del Golfo de Nicoya, con la consecuente desmejora en la calidad de vida de los habitantes de zonas aledañas.

– Económicos: el proceso licitatorio ha sido bastante oneroso para la administración pública, puesto que se han desembolsado gran cantidad de millones de colones en consultorías que no han logrado que el mismo se ajuste a derecho y tenga éxito. Por otra parte, las condiciones que allí se estipulan, conceden grandes ventajas a los concesionarios, que resultan leoninas, onerosas y perjudiciales al interés nacional; y por otra parte, al incrementarse los costos de operación para los operadores del puerto, esos costos se trasladarán al bolsillo de los consumidores.

– Incerteza Jurídica: la desaplicación de los institutos jurídicos relacionados con la contratación administrativa, nos desautoriza y desacredita ante la comunidad nacional e internacional, puesto que la aplicación viciada de la normativa jurídica que informa la contratación administrativa, crea incerteza jurídica para los inversores nacionales e internacionales, causando gran daño a la credibilidad del país.

De conformidad con lo expuesto, solicitamos de manera respetuosa, que la administración que ustedes dirigen, se apegue al ordenamiento jurídico, deseche el proceso de concesión tal y como ha sido planteado y no insista en mantener un proceso ilegal que de culminarse, constituiría una vergüenza para nuestro régimen de derecho, por cuanto tal y como ha sido planteado, podría conllevar hasta responsabilidades de tipo penal.

Sin más por el momento, nos suscribimos, atentamente.

Albino Vargas Barrantes
Secretario General

Douglas Carrillo Azofeifa
Directivo Nacional

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c.:Dr. Abel Pacheco de la Espriella, Presidente de la República.
c.:Señoras Diputadas y Señores Diputados, Asamblea Legislativa.
c.:Licda. Rocío Aguilar Montoya, Contralora General de la República.
c.:Dra. Lisbeth Quesada Tristán, Defensora de los Habitantes de la República.
c.:Licda. Ana Lorena Brenes Esquivel, Procuradora General de la República.
c.:Licda. Aracelly Pacheco Salazar, Reguladora General de los Servicios Públicos (ARESEP)
c.:Señoras y señores Junta Directiva, Instituto Costarricense de Puertos del Pacífico (INCOP)
c.:Junta Directiva Nacional ANEP
c.:Archivo.

Carta al MSc. Ingeniero, Rafael Villalta Fernández, Presidente Ejecutivo Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados (A y A) y al MBA. Heibel Rodríguez Araya, Gerente General, Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados (A y A

MSc. Ingeniero
Rafael Villalta Fernández
Presidente Ejecutivo
Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados (A y A)
Su Despacho

MBA.
Heibel Rodríguez Araya
Gerente General
Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados (A y A)
Su Despacho

Asunto: Solicitud respetuosa para que en su condición de jerarcas, se pronuncien con respecto al reconocimiento de los ajustes a las bases salariales de las trabajadoras y de los trabajadores de esta estratégica institución.

Estimados señores:

Con el respeto de siempre, reciban ustedes nuestra mayor consideración.

Nos parece sumamente necesario que se haga referencia a la situación antes indicada, por cuanto se le ha dicho y asegurado a los trabajadores y a las trabajadoras de esta institución que dicho reconocimiento (ajuste técnico a las bases salariales ), se hará efectivo el próximo 30 de septiembre del año en curso.

Tal afirmación, con toda razón, ha creado una gran expectativa entre toda la población laboral, mucha de la cual ha manifestado haber solicitado créditos y compromisos para ser cancelados con dichos recursos.

Por tal razón, les solicitamos a sus honorables autoridades, con el debido respeto, conforme a nuestro marco jurídico constitucional, se nos brinde la siguiente información:

A) Si ya la institución presupuestó dichos recursos.

B) Si la Honorable Junta Directiva de la Institución ya tomó el acuerdo de reconocimiento respectivo.

C) Si dicho presupuesto ya fue enviado para conocimiento y aprobación de la Autoridad Presupuestaria.

D) Si ya la Autoridad Presupuestaria aprobó o refrendó dicha modificación presupuestaria y de ser así, indicarnos si dicha modificación ya está en conocimiento de la Contraloría General de la República para su aprobación y refrendo.

E) De haberse cumplido con estos trámites, es necesario establecer, con toda propiedad y certeza, en qué fecha la institución estará ejecutando dicho pago.

Por otra parte, es necesario indicarles a ustedes en condición de máximas autoridades institucionales, que a los trabajadores y a las trabajadoras se les ha indicado que dicha modificación presupuestaria, no necesita de los trámites aquí expuestos; aspecto que según nuestro criterio político y jurídico, el acatamiento de dichos tramites es de carácter obligatorio para el A y A. No obstante, mucho nos gustaría conocer la posición institucional sobre el particular.

Así las cosas nos encontramos con dos expectativas que mantiene el colectivo laboral. Una que dicho reconocimiento se pagará el 30 de setiembre y la otra que no se necesita del respectivo envío a la Autoridad Presupuestaria; ambas presunciones alimentadas por el silencio que guarda la administración sobre el particular, lo que fortalece la expectativa de que el 30 de setiembre se honre lo prometido; expectativa que la ANEP considera más que justa y necesaria de ser respaldada por esta organización.

Por tanto, esperamos que tanto la administración como quienes han creado la expectativa de pago, cumplan con lo que le han manifestado a los trabajadores y a las trabajadoras, pues de no se así, nuestra representada, estará junto a las y los trabajadores, definiendo las acciones políticas y sindicales que consideremos oportunas en el contexto coyuntural del momento.

Finalmente les indicamos que la posición de nuestra organización sindical es que dichos ajustes han de ser reconocidos a todas y todos los trabajadores, sean estos, técnicos operativos o profesionales; puesto que los pluses no son un componente de las bases salariales, demostrándose que en el caso de los profesionales, sus bases salariales se mantiene por debajo del mínimo de ley.

Así las cosas, respetuosamente, ustedes señores jerarcas, tienen la palabra.

Albino Vargas Barrantes
Secretario General

Ricardo López Villalobos
Presidente de la Junta Directiva
Seccional ANEP-AyA-Paseo de los Estudiantesl

Alejandro Sáenz Jiménez
Presidente de la Junta Directiva
Seccional ANEP-A y A-Limón

Gerardo Cascante Amador
Responsable ANEP-A y A

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c.:Junta Directiva Nacional de la ANEP.
c.:Juntas Directivas Seccionales ANEP-A y A.
c.:Trabajadores y trabajadoras de A y A.
c.:Archivo.

Carta a la Doctora María del Rocío Sáenz Madrigal, Ministra de Salud solicitando información sobre el faltante de químicos para eliminar el dengue

Doctora
María del Rocío Sáenz Madrigal
Ministra
Ministerio de Salud
Su Despacho

Estimada señora Ministra:

Con el respeto de siempre, nos permitimos saludarle y a la vez desearle éxitos en su función.

Funcionarios a su digno cargo de las diferentes regiones del Ministerio de Salud, nos han solicitado interceder ante su estimable autoridad, para buscar alivio al problema del dengue que azota a nuestro país.

Según nuestros informantes, en el Ministerio de Salud hace falta “veneno” o “químico” para desarrollar una fumigación permanente, como la que aseguran los conocedores; se requiere para atacar el zancudo adulto en las zonas de mayor riesgo y presencia del insecto.

Sabemos que la fumigación por sí sola, no producirá el efecto deseado para combatir el mal. No obstante, esa tarea debe ser un elemento de fundamental importancia para complementar las acciones que, de manera conjunta, deben ejecutar las instituciones del Estado y el pueblo en general.

Nos preocupa sobremanera que los informes relacionados con la carencia del químico para la fumigación sean una realidad. Esto por cuanto el atraso administrativo para conseguir la cantidad necesaria para la fumigación y la reserva que asegure la existencia sin dilación, podría ser un lapso fatal para las poblaciones más afectadas.

Estimada señora Ministra: Con el respeto que nos merece, le solicitamos una vez más nos informe con la transparencia que le ha caracterizado, si en realidad los funcionarios informantes tienen razón en sus apreciaciones; si la carencia del químico u otros elementos propios para la fumigación, tienen que ver con el recorte del presupuesto que se ha hecho al ministerio; o qué razones inciden para ejecutar una fumigación más eficiente.

Una vez más, nos ponemos a sus gratas órdenes, para colaborar en defensa de la institución a su digno cargo.

Reiterándole nuestro respeto y consideración,

Albino Vargas Barrantes
Secretario General

——
c.:Dr. Abel Pacheco de la Espriella, Presidente de la República.
c.:Licda. Lineth Saborío Chaverri, Primera Vicepresidenta de la República y Ministra de la Presidencia.
c.:Junta Directiva Nacional de la ANEP.
c.:Trabajadores y Trabajadoras del Ministerio de Salud.
c.:Medios de Comunicación.
c.:Archivo.

Carta a los Compañeros y las compañeras de la Unión Nacional de Empleados de la Caja y la Seguridad Social (UNDECA). Agradecimiento por las muestras de solidaridad para con la huelga de trabajadores de campo de la Municipalidad de Tibás

Estimados compañeros:
Estimadas compañeras:

Reciban el saludo cordial de la Asociación Nacional de Empleados Públicos y Privados (ANEP).

El pasado mes de julio, los trabajadores de la Municipalidad de Tibás, ante la inoperancia de la administración y la crisis económica que se vive en esa institución, así como la no apertura al diálogo para buscar una solución a los múltiples problemas que les aqueja, se lanzaron a las calles en defensa de sus derechos laborales, tales como reajuste salarial del primer semestre del año, parte del salario escolar, mejores condiciones laborales y la garantía de recibir los salarios a partir del 15 de noviembre de 2005, así como su aguinaldo.

Por supuesto que la prepotencia que caracteriza al Alcalde de ese Municipio, no se hizo esperar y retuvo el salario de los funcionarios en huelga por espacio de dos semanas.

Fue por ese motivo que esta organización, conocedora de la solidaridad que caracteriza a los directivos y a las directivas de UNDECA, acudimos en busca de apoyo económico para que estos dignos trabajadores pudieran atender, al menos, las necesidades básicas de sus familias.

Hoy nos encontramos ante una posible solución a las demandas de los trabajadores, y esto se ha logrado gracias a la valentía de quienes sí saben defender sus derechos y quienes, en momentos de angustia, encontraron la mano amiga de compañeros y compañeras como ustedes, que de manera inmediata atendieron nuestro llamado.

En nombre de los trabajadores y de la trabajadora de la Municipalidad de Tibás, que participaron en dicho movimiento, MUCHAS GRACIAS.

Fraternalmente,

Albino Vargas Barrantes
Secretario General

—-
c.:Junta Directiva Nacional de la ANEP.
c.:Comité Seccional ANEP-Municipalidad de Tibás.
c.:Archivo.