ANEP pide a la Contraloría los términos legales para impedir que los municipios incluyan los ajustes salariales de ley en sus presupuestos

A la fecha no existe una Ley de la República que le impida a las municipalidades y Concejos Municipales de Distrito, el incluir previsiones por aumentos salariales

En el año 2020, la Contraloría procedió a improbar a todas las municipalidades que incluyeron las “previsiones por aumentos salariales”, sin conocerse el sustento legal en el cual se amparó para esa negativa.

La Asociación Nacional de Empleados Públicos y Privados (ANEP) solicitó a la Contraloría sustentar las acciones jurídico-legales que ha venido implementando desde el año 2020, para impedir que las municipalidades incluyan en sus presupuestos los ajustes salariales por el costo de vida.

De acuerdo con la carta enviada a la Contralora General de la República, Marta Acosta Zúñiga, los aumentos salariales por la aplicación del Índice de Precios al Consumidor (IPC) para el funcionariado municipal del país, está debidamente definido en el artículo 109 de la Ley № 7794 del Código Municipal, el cual estipula que… “Los reajustes producidos por la concertación de convenciones o convenios colectivos de trabajo o cualesquiera otros que impliquen modificar los presupuestos ordinarios, sólo procederán cuando se pruebe, en el curso de la tramitación de los conflictos o en las gestiones pertinentes, que el costo de la vida ha aumentado sustancialmente según los índices de precios del Banco Central de Costa Rica y la Dirección General de Estadística y Censos”.

Dado lo anterior, por muchos años los municipios y Concejos Distritales han incluidos en sus presupuestos ordinarios las previsiones por el ajuste salarial del IPC que emite el Instituto Nacional de Estadística y Censo (INEC).

Dichas previsiones presupuestarias siempre deben cumplir con métodos estadísticos y matemáticos que sustenten los porcentajes y la Contraloría General de la Republica, está en la obligación de aprobar dichos porcentajes, ya que a la fecha no existe una Ley de la República que le impida a las municipalidades y Concejos Municipales de Distrito, el incluir previsiones por aumentos salariales.

En el año 2020, fueron 55 municipalidades a las que se le improbó los aumentos salariales. Esta improbación por parte de la Contraloría conllevó a una afectación directa de los derechos laborales y salariales del personal trabajador municipal. A la fecha, se desconoce el asidero legal por el cual el ente contralor se amparó para las improbaciones.

El no pagar los ajustes salariales por ley representa un riesgo para las municipalidades ya que podrían enfrentar demandas judiciales por parte de los funcionarios ante la ausencia de los ajustes que por ley les corresponde.

De julio a diciembre del 2020, el INEC definió la inflación acumulada en 1,14%. Ese porcentaje debió ser aplicado como aumento salarial al personal; a esto se suma 0,76% como el IPC de enero a junio del 2021, al sumar estos dos porcentajes, el ajuste debió ser de 1,90%. Lo cual demostró que la proyección del Banco Central “y que la inflación general se ubique en valores por debajo de 0,5%” estuvo lejos de la realidad

Parte de las peticiones de ANEP, se relacionan con el respeto de la Contraloría hacia la legislación laboral y los derechos del personal trabajador municipal. Además, que se tenga claridad de que lo que versa en el Ley № 9635, en su Título IV, en su artículo № 13, inciso C), no le es aplicable ni a las municipalidades ni a los Consejos Municipales de Distrito, según lo deja claramente definido el articulo № 6 del Título IV del mismo cuerpo normativo.

Por último, la ANEP solicita que el área de fiscalización de la Contraloría tenga en cuenta de que las municipalidades y los Concejos de Distrito, están en su derecho de incluir las previsiones presupuestarias por aumentos salariales de ley.

ANEP interpone denuncia contra magistrado por adelantar criterio con el Proyecto de Ley Marco de Empleo Público

  • Por presuntamente violentar normas éticas que cubren a los magistrados
  • Solicita a la Corte Plena que instruya el procedimiento correspondiente contra el magistrado por violentar disposiciones éticas

La Asociación Nacional de Empleados Públicos y Privados (ANEP) presentó una denuncia administrativa contra el magistrado presidente de la Sala Constitucional, Fernando Castillo Víquez, por violentar sus deberes como juez y adelantar criterio en una entrevista relacionada con el Proyecto de Ley Marco de Empleo Público.

La denuncia remitida a la Secretaria General de la Corte Suprema de Justicia del Poder Judicial, indica que la misma está amparada en los numerales 182, 192.2 y 197 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, Código de Ética Judicial y del reglamento Regulación para la Prevención, Identificación y la Gestión Adecuada de los Conflictos de Interés en el Poder Judicial.

Con base en los expuesto, nuestra organización sindical solicita que se eleve la denuncia, de manera urgente, a conocimiento de la Corte Plena. Además, que se instruya el procedimiento administrativo correspondiente y determine las sanciones disciplinarias que el ordenamiento jurídico establece por violentar las disposiciones éticas señaladas.

Sobre la denuncia

De acuerdo con el documento, cuatro días después de salir el pronunciamiento de la consulta constitucional sobre el Proyecto de Ley de Empleo Público; el magistrado en una entrevista exclusiva al periódico La Nación, dio declaraciones relacionadas a aspectos como los alcances y efectos del artículo 2 del proyecto, la aplicación del salario global en instituciones públicas y sus parámetros de determinación a funcionarios públicos, mecanismos de verificación de dichos parámetros, las familias de puestos, entre otros aspectos. Sin embargo, los temas mencionados anteriormente, no han sido informados de manera integral, el magistrado enfatizó que “serán conocidos una vez que esté el voto completo”.

Asimismo, incumplió con sus deberes como juez al adelantar criterio en temas que podrían ser sometidos nuevamente a conocimiento de los magistrados, como, por ejemplo, diferenciación de cuales funcionarios son fundamentales para determinar una categorización de familias de puestos bajo los parámetros salariales de Mideplan.

También adelantó criterio al calificar de “grave” los supuestos normativos de los numerales 98, 99 y 100 de la Ley General de la Administración Pública al definir que aquellos órganos con independencia o grados de autonomía, los cuales desacaten una directriz del Poder Ejecutivo, podrán ser removidos.

Parte de las petitorias a la Corte Plena es que se recomiende al magistrado Fernando Castillo Víquez que se inhiba de conocer eventuales recursos sometidos a conocimiento de la Sala Constitucional en los que se determine que hubo adelanto de criterio.

ANEP solicita al Ministerio de Hacienda información sobre deudas tributarias incobrables a grandes contribuyentes

La Asociación Nacional de Empleados Públicos y Privados (ANEP) solicitó al Director General de Hacienda, Francisco Fonseca Montero y con base en coordinación con la Seccional ANEP-Hacienda, información sobre el sistema tributario y los grandes contribuyentes.

De acuerdo con la carta enviada este lunes, para nuestra organización sindical es de suma importancia que se nos suministre información relacionada con las resoluciones de la Oficina de Cobro Judicial, en especial, aquellas que fueron incobrables.

En el caso de los grandes contribuyentes y GETES (Grandes Empresas Territoriales), se solicitó información de las sumas prescritas e incobrables en los años 2018, 2019 y 2020.

“Por lo que, con todo respeto, queremos solicitarle, se sirva proporcionarnos la siguiente información: Las resoluciones que fueron emitidas por la Oficina de Cobro Judicial, en el 2020, referentes a la incobrabilidad y prescripción de los adeudos tributarios, que se dejaron de cobrar y recaudar a favor del Estado”, agrega la misiva presentada por el Secretario General de ANEP, Albino Vargas Barrantes.

La petitoria pide que se incluya el nombre de las empresas o sociedades, a las cuales se les aplicó el proceso de incobrabilidad y prescripción de las deudas tributarias, así como el tipo de impuesto, período, monto y motivo por el no cobro de lo adeudado.

La petición nace del interés de nuestra organización sindical en el sistema tributario y su transformación hacia la progresividad y la justicia.

Juzgado de Trabajo abre investigación contra el Estado por irrespeto al salario mínimo

– Denuncia fue presentada por la ANEP ante la afectación al salario mínimo de al menos 3 mil funcionarios del Ministerio de Seguridad Pública  

El Juzgado de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de San José ordenó la apertura de investigación en contra del Estado costarricense, luego de la denuncia presentada por la Asociación Nacional de Empleados Públicos y Privados (ANEP), por infracciones a las Leyes del Trabajo o de Previsión Social.

La investigación ordenada por el Juzgado de Trabajo recae en contra del Ministerio de Hacienda y el Ministerio de Seguridad Pública (MSP), por la afectación que sufrieron en su salario al menos 3 mil funcionarios adscritos a este último ministerio, en su mayoría oficiales de la Fuerza Pública.

Los hechos denunciados por la ANEP y su Unidad de Asesoría Jurídica (UAJ), se remontan a partir de la primera quincena de junio, cuando trabajadores del MSP reportaron a nuestra organización rebajos automáticos en su salario, dejando sus cuentas prácticamente en cero, afectando directamente el salario mínimo por ley de los trabajadores, situación que a la fecha continúa presentándose.

Esta situación desencadenó molestia y angustia por parte de los funcionarios afectados, lo que provocó una manifestación de oficiales de Fuerza Pública en su tiempo libre en las afueras del Ministerio de Hacienda, solicitando explicaciones de lo sucedió, sin embargo, no recibieron respuesta positiva.

Ante este escenario, la ANEP decide acudir a los estratos judiciales y presentar la denuncia por violación por infracciones a las Leyes del Trabajo o de Previsión Social, amparados en la Constitución Política, el Código de Trabajo, así como resoluciones recientes de la Sala Constitucional con respecto al salario mínimo de los trabajadores”.

“Concretamente denunciamos las rebajas salariales por concepto de cuotas de deudas con entidades crediticias, sin que se esté respetando a las personas trabajadoras el salario mínimo, aplicándose de los salarios rebajos indiscriminadamente, sin garantizar el patrono, ni el Estado el resguardo de una suma mensual de ingreso mínimo, para que sus subalternos puedan hacer frente a sus necesidades básicas, si no que se les está aplicando rebajas hasta dejar los ingresos de los trabajadores en cero colones mensualmente”, detalló Rafael Mora Solano, Asesor Político de la ANEP.

Por su parte Mainor Anchía Angulo, Asesor Sindical de la ANEP en la Fuerza Pública, manifestó sentirse complacido por la decisión del Juzgado de Trabajo de investigar los hechos denunciados, ya que el salario mínimo debe ser respetado.

La ANEP no descarta presentar nuevas denuncias contra el Estado bajo estos mismos argumentos, ya que se han detectado casos similares de rebajas salariales irrespetando el salario mínimo de los trabajadores en otras instituciones y ministerios.

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Contraloría ordena e impone fuertes restricciones presupuestarias a las municipalidades para el 2022

  • ¡Régimen municipal sigue bajo ataque!
  • ANEP reitera su llamado de defensa institucional a las comunidades municipales del país.
  • Congelamiento salarial y riesgo de despidos se asoman en los municipio.

Expresamos nuestra más rotunda oposición, como organización altísimamente representativa del conglomerado laboral de las municipalidades de Costa Rica, a lo que representa una nueva agresión a la autonomía constitucional del régimen municipal; esta vez, mediando un ataque proveniente de la Contraloría General de la República (CGR), imponiendo ésta un “crecimiento” de tan solo un 1.96 % de los presupuestos institucionales de cada gobierno local para el año 2022, con relación al que ha estado vigente para el presente año 2021.

La titular de la CGR, Marta E. Acosta Zúñiga, está dirigiendo carta-ordenanza a las 82 alcaldías municipales, basándose en el concepto ideológico de regla fiscal, estableciendo que “…para efectos de la formulación de los presupuestos ordinarios 2022, el crecimiento del gasto total (gasto corriente más gasto de capital) no podrá sobrepasar el 1.96 % con respecto al año 2021…”. Se invoca, entre otra cuestionable normativa, la Ley No. 9635, Fortalecimiento de las Finanzas Públicas, popularmente conocida como combo fiscal).

La indicada jerarca contralora, en su oficio, no tiene empacho alguno en indicar que obedece órdenes políticas del Ministerio de Hacienda para que, repetimos, la ideológica regla fiscal se les aplique a las municipalidades.

ANEP alerta a la comunidad institucional de las municipalidades de Costa Rica de la gravedad que implica la consolidación de esta directriz nefasta del ente contralor en contra del desarrollo socioeconómico de los 82 cantones del país, al restringir la inversión y el gasto de sus correspondientes municipios.

Desde el punto de vista obrero-laboral, 1.96 % de límite draconiano para el incremento presupuestario municipal para el año venidero 2022, implica altísimo riesgo de despidos, por una parte; y, por otra, práctico congelamiento salarial, sin descartar la eventualidad de riesgos de rebajas salariales.

Otro aspecto a resaltar es que la indica Ley 9635 está cuestionada por varias acciones de inconstitucionalidad que todavía tramita la Sala IV, precisamente porque ésta violentó la autonomía e independencia que la Constitución Política de 1949 le otorgó a los gobiernos locales; autonomía que, por cierto, también fue violentada, nuevamente, con el nefasto proyecto Ley Marco de Empleo Público, votado ya en primer debate por la actual Asamblea Legislativa y que, precisamente, está revisando el indicado tribunal constitucional de la República, en estos momentos.

Igualmente, la contralora Martha Acosta violenta una legislación específica que fue votada por el actual parlamento con la cual, precisamente por lo nefasto de sus implicaciones, se excluyó a las municipalidades de la aplicación de los aspectos de intervención financiera del Ministerio de Hacienda establecidas en la Ley 9635. Entonces, ¿en qué quedamos?

La señora Contralora Marta E. Acosta Zúñiga debe entender que la entidad que dirige ha venido perdiendo mucha legitimidad y credibilidad ante la opinión pública: ya no solamente por su “inactividad” (para decirlo con mesura), durante el desarrollo de lo que luego conoceríamos como caso Cochinilla, en el cual los multimillones involucrados pasaron por sus ojos y sus narices sin ver ni oler nada; sino que, ha recibido condenatorias judiciales por extralimitarse en sus funciones (casos ICE e INFOCOOP).

Condenamos la insensibilidad de la jerarca contralora Marta E. Acosta Zúñiga pues pone por encima de cualquier consideración social, su militancia ideológica en esto del fanatismo fiscalista del recorte fundamentalista del gasto y de la inversión públicas que, como nunca antes, se necesitan para incrementar un rol mucho más protagónico de los gobiernos locales en cuanto a reactivación económica e inclusión social.

Hacemos, finalmente, un vehemente llamado, a las autoridades políticas municipales (alcaldías y concejos), al personal de las mismas, a sus organizaciones, así como a las fuerzas vivas cívicas y comunales de cada cantón, para cerrar filas ante este nuevo ataque en contra de la autonomía constitucional de las municipalidades y de su mismísima estabilidad financiero-económica e institucional.

A la vez, apelamos a la Unión Nacional de Gobiernos Locales (UNGL), así como a la Asociación Nacional de Alcaldías e Intendencias (ANAI), para que dispongan de las diversas opciones que tienen para enfrentar el despótico mandato ideológico de la Contraloría, que es el del desprestigiado y desacreditado gobierno de Alvarado, pues se explicita que la orden política superior proviene del Ministerio de Hacienda.

Albino Vargas Barrantes, Secretario General ANEP

Walter Quesada Fernández, Secretario General Adjunto ANEP

FECTSALUD Y ANEP solicitan a la Junta Directiva de la CCSS una verdadera mesa de diálogo en la discusión de IVM

– Negociaciones no se pueden limitar a una sola reunión virtual

La Asociación Nacional de Empleados Públicos y Privados (ANEP) y la Federación Costarricense de Trabajadores de la Salud (Fectsalud), presentaron este martes por la tarde, una carta a la Junta Directiva de la Caja Costarricense del Seguro Social (CCSS), solicitando una verdadera mesa de diálogo para discutir el futuro del régimen de pensiones de Invalides, Vejez  y Muerte (IVM).

El envío de la misiva se da luego de que la Presidencia Ejecutiva de la CCSS solicitara este martes una reunión virtual para mañana miércoles 21 de julio, con estas organizaciones sindicales, sin clarificar cuales sería los objetivos a tratar en dicha reunión.

 “No podemos ver la atenta invitación de conexión vía zoom, como única relación de parte de sus reconocidas autoridades (Presidencia, Cuerpo Gerencial, Actuarial, Jurídico, Asesores y de la Secretaría de Junta Directiva), y que luego sea consignada como el espacio y audiencia dada a nuestra representación, para luego tomar las decisiones unilaterales e internamente institucionales, sin un verdadero espacio de discusión y negociación efectiva”, indica el documento enviado por Fectsalud.

Para las organizaciones sindicales agrupadas en Fectsalud, donde ANEP es parte, es necesario convocar a una verdadera mesa de diálogo, para conocer todas las propuestas presentadas por las diferentes organizaciones.  

“Al respecto, habiendo presentado formal y oportunamente nuestra propuesta alternativa, el pasado 7 de julio de 2021, reiteramos nuestra petitoria principal en cuanto a la necesidad urgente de que se convoque a una mesa formal de negociación, que retome las diferentes propuestas que se hayan presentado hasta la fecha, para debatir y construir ese necesario y urgente fortalecimiento de la sostenibilidad del Régimen de Invalidez, vejez y muerte (IVM)”, indica la carta.

Municipalidad de Talamanca es obligada a dar información a ANEP

Como parte de las acciones que pretende efectuar la Asociación Nacional de Empleados Públicos y Privados (ANEP) dentro de las municipalidades para garantizar la transparencia en el desarrollo de las funciones de las mismas, se presentó un amparo ante la Sala Constitucional contra la Municipalidad de Talamanca a fin de que se entreguen una serie de documentos que permitan conocer detalles sobre presuntas irregularidades dentro del gobierno local.

Además, existe una gran cantidad de incógnitas sobre las acciones internas, de los cuales, la ciudadanía también se ha manifestado preocupada, como por ejemplo la infraestructura vial, que es pésima.

Tras ser analizado por parte de los Magistrados se resolvió con lugar lo solicitado y se le dio un plazo a la Municipalidad para que entregue la siguiente información:

  • Asfalto de caminos Paraíso y la Unión.
  • Copia manual puestos y nombramientos.
  • Lista de pagos tiempo extra.
  • Nombre de trabajadores enviados por covid y criterio para hacerlo.
  • Nombre de la persona designada como director.
  • Reglamento y publicación de caja chica y vales solicitados
  • Acuerdo donde se modificó la caja chica por parte del Concejo Municipal.

Jonathan Cascante Torres, presidente de la seccional se refirió a la información que debe brindar la municipalidad en los cuales hay preocupación por la forma en la que se está actuando, y en donde por parte de la municipalidad no hay intervención.

El primero refiere a la forma en la que dos funcionarios están cobrando viáticos, sin siquiera cumplir con los requisitos correspondientes “El reglamento que ellos tienen especifica una hora para la cena, pero ellos lo pasaron por alto. La cena es por decir a las 8:00p.m y ellos lo cobraban desde las seis de la tarde y así sucesivamente. Lo que presuntamente están haciendo es sacar algo similar a un salario mensual de esta forma.”, indicó.

Así mismo, el vicepresidente de la seccional, Cristian Rivera González, fue enfático en que debe haber transparencia en los diferentes procesos que desarrolla la municipalidad, ya que llama la atención que ante las diversas solicitudes que se presentaron para pedir información, la mayoría fueron negadas por parte de la administración.

“Buscamos que se llegue al fondo de las consecuencias y buscamos que la municipalidad se apegue a brindar claridad. Esperamos que muy pronto con el fallo de la Sala Constitucional se pueda dar ante la ciudadanía y la opinión pública un desglose de todas las situaciones”, manifestó.

CARTAS COVID

Uno de los puntos principales de la denuncia radica en que el alcalde Rugeli Morales Rodríguez, sin tener la potestad, envió, curiosamente, a quienes son afiliados de la ANEP para la casa, emitiendo una especie de orden sanitaria relacionado a la covid 19.

Deiby Porras Arias, asesor sindical de ANEP, indicó que este tipo de acciones no se pueden permitir ni pasar por alto, puesto que el jefe del municipio se brincó al Ministerio de Salud y a los médicos para tomar esta determinación.

De parte de la seccional y de la ANEP central se van a presentar las acciones judiciales que correspondan ante las constantes negativas de la administración junto a las actuar irregular, por lo que se irá hasta las últimas consecuencias.

Compartimos la Resolución Amparos de Legalidad Municipalidad de Talamanca

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Juzgado de Trabajo da curso a proceso contra Pilar Garrido y Elian Villegas por infracciones a las leyes de trabajo

El Juzgado de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de San José dio curso a un proceso de investigación contra La Ministra de Planificación, Pilar Garrido González y contra el Ministro de Hacienda, Elian Villegas Valverde, por infracciones a las leyes de trabajo y previsión social.

La decisión del Juzgado de Trabajo de elevar el caso a audiencia oral se da luego de la demanda presentada por el representante sindical Luis Leal Ruiz, quien funge como Presidente de la Seccional ANEP-Imprenta Nacional, por incumplimiento del Estado en el pago de reajuste salarial por costo de vida durante el año 2020.

Los hechos se remontan al 17 de diciembre del año 2019 cuando se publicó el decreto Nº 42121-MTSS-H-MIDEPLAN, en el cual se dispuso un aumento salarial anual al salario base de todas las categorías del sector público de 7.500 colones, que se haría efectivo de forma retroactiva en la segunda quincena del mes de febrero del año 2020. Sin embargo, luego en el decreto Nº 42286-MTSS-H-MIDEPLAN, se suspendió el aumento establecido.

Ante esta situación, la ANEP y el presidente de la seccional ANEP-Imprenta Nacional acuden al Jugado de Trabajo al no realizarse el reajuste salarial establecido, a pesar de que existe la partida presupuestaria para proceder con su aplicación.

Dentro de los alegatos presentados por la ANEP ante el Juzgado de Trabajo, se indica que la conducta adoptada en el decreto Nº 42286-MTSS-H-MIDEPLAN es disconforme con el ordenamiento jurídico laboral, ya que violenta lo dispuesto en el artículo70, inciso i, del Código Trabajo, así como los artículos 167,177 y 178 ídem.

A estos argumentos, se suma “la transgresión cometida también violenta normas prohibitivas de carácter supra constitucional y de naturaleza legal, destinadas a proteger el salario y el patrimonio como derechos fundamentales de todos los servidores y servidoras públicas y como elemento esencial del contrato de trabajo, pues según lo establece el numeral 167 del Código, a trabajo igual corresponde salario igual, prohibición que surge de una interpretación armónica de este numeral, más los cánones 83 inciso i) y 70 inciso i) ibídem”.

Además, indican que “el actuar de estos servidores públicos, transgrede los mandatos de la Constitución Política y del Código de trabajo y esto constituye una infracción a las leyes laborales; sin dejar de lado las normas que permiten actualizar los salarios por costo de vida. Además de convenios internacionales referentes a la protección del salario”.

La ANEP también detalló, entre ostros aspectos, que ha existido inflación durante los años 2019, 2020 y 2021 generándose una pérdida del valor adquisitivo de los salarios, de acuerdo con lo indicado por el Instituto Nacional de Estadísticas y Censos (INEC).

Ante estos y otros alegatos por parte del sindicato, el Juzgado de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de San José y de conformidad con los ordinales 672 del Código de Trabajo convoca a las partes a una audiencia oral, establecida el 17 de enero del año 2023. No obstante, la ANEP ya está gestionando lo pertinente para el adelanto de la audiencia.

Seccional ANEP-Cárceles OIJ denuncia mala gestión y atención de casos COVID 19 en celdas del Primer Circuito Judicial de San José

Así lo denuncia la seccional ANEP-Cárceles OIJ, luego de que se debiera cerrar temporalmente la sección de cárceles del I Circuito Judicial de San José, debido a un brote de Covid 19 entre los oficiales destacados en el lugar y los privados de libertad que se mantiene en celdas.

Así lo confirma un correo enviado por el Sub Secretario General del Organismo de Investigación Judicial, Armando Castillo Fallas, a varias personas a lo interno del Poder Judicial, donde indica la situación sanitaria que afecta de forma critica a las personas funcionarias destacadas como custodios de personas detenidas de la Sección de Cárceles del Primer Circuito Judicial de San José. 

 “Se han alcanzado un total de 34 personas incapacitadas y aisladas lo que representa un 43% del total del equipo de trabajo destacado para esas funciones, quienes al sumarse al personal administrativo supera el 50% de quienes lamentablemente no pueden ofrecer sus servicios en los horarios de turno durante las 24 horas del día, y considerando de manera adicional que, tenemos por confirmado un total de 23 personas detenidas n el aérea de celdas de dicha sección con el virus SARS-COV2, es entonces que se vuelve materialmente  imposible mantener la operatividad de la sección”, indica la comunicación electrónica

Además, agrega “Y en razón de lo anterior es urgente suspender temporalmente, hasta nuevo aviso, el ingreso de personas detenidas a efecto de no exponerlas a un posible contagio por esta enfermedad”.

Para la seccional ANEP-Cárceles OIJ era cuestión de tiempo para que esta situación sanitaria se presentara en cualquier momento, ya que no se respetan las normas sanitarias respectivas por la pandemia, a pesar de las constantes denuncias por parte del sindicato. 

“Siempre se pasan con el aforo de los detenidos. La cantidad de infecciones es bastante y no se toman medidas preventivas. Existe hacinamiento, los espacios sin ventilación, el equipo de protección y limpieza es insuficiente. Es imposible mantener metro ochenta de distanciamiento establecido por las autoridades sanitarias en la labor del custodio de cárceles. La cantidad de infecciones se ha tratado con un secretismo impresionante”, manifestó José Poveda Cedeño, presidente de la Seccional ANEP-Cárceles OIJ.

Poveda detalló que en sitios donde deben de permanecer solo sesenta personas en ocasiones hay más cien. Además, indicó que la activación de los protocolos es insuficiente.

“Cuando se presenta un caso positivo de Covid-19, no se toman las medidas con el personal que tuvo contacto con esa persona, y por eso la transmisión se extiende sin control en algunos momentos. La desinfección de las instalaciones se da 4 o 5 días después, mientras que los resultados de las pruebas de los detenidos tardan 5, 6 y hasta 8 días. Producto de estas malas prácticas ahora la situación se desbordó y ahora se tiene el cierre del Primer Circuito Judicial”, explicó Poveda.

La Seccional ANEP-Cárceles hace un llamado al Ministerio de Salud, para que no sea permisivo y pasivo ante la situación que se vive en la Sección de Cárceles del OIJ, ya que actualmente el personal de Salud Ocupacional del Poder Judicial pareciera no importarle la situación.

Sala Constitucional condena a la SUGEF y a Roció Aguilar por entregar información falsa

ANEP hace un llamado a los trabajadores y a las trabajadoras para que se acerquen a las cooperativas respectivas y realicen el reclamo de sus excedentes

La Sala Constitucional declaró con lugar un recurso de amparo interpuesto por la Asociación Nacional de Empleados Públicos y Privados (ANEP), en contra de la Superintendencia General de Entidades Financieras (SUGEF), luego de que esta última planteara una respuesta completamente diferente en el recurso en cuestión a la respuesta brindada al sindicato, ante una consulta por el no pago de excedentes a afiliados de algunas cooperativas.

Los hechos en cuestión se remontan al 11 de mayo de 2021, cuando la ANEP solicitó a la SUGEF una copia de la directriz emitida por esta superintendencia donde supuestamente se le habría recomendado u ordenado a las Cooperativas de Ahorro y Crédito de no hacer entrega de excedentes a sus afiliados, hasta que no se resuelva una acción de inconstitucionalidad presentada por nuestra organización en contra de la Ley de Promoción de la Competencia y Defensa Efectiva del Consumidor, por atentar contra el salario mínimo de los trabajadores, según denunciaron los propios afectados.

No obstante, el 19 de mayo de 2021, la SUGEF negó la entrega de lo solicitado, con el argumento de que se trata de información confidencial.  

Ante este escenario, la ANEP acude a la Sala Constitucional en busca de que ésta respalde el pedido de nuestra organización, al plantear que lo solicitado es de interés público porque miles de trabajadores y trabajadoras han sido afectados por la retención aludida, sin brindarles la posibilidad de impugnar una directriz que desconocen y que está afectando sus intereses económicos y sociales.

Sin embargo, la respuesta de la SUGEF y su Superintendente, Rocío Aguilar Montoya ante la Sala Constitucional, fue completamente diferente en su descargo, al indicar que dicha directriz nunca existió, engañando a los afiliados del cooperativismo y la opinión pública al ocultar dicha información.

Por lo que la Sala Constitucional, en su por tanto, indica que se “declara con lugar el recurso. Se ordena a Rocío Aguilar Montoya, en su condición de Superintendente General de Entidades Financieras, o a quien en su lugar ocupe el cargo, que dentro del plazo de TRES DÍAS, contado a partir de la notificación de esta sentencia. se emita una nueva respuesta a la solicitud de información de 11 de mayo de 2021, tal y como se indicó en esta resolución. Se condena a la Superintendencia General de Entidades Financieras al pago de las costas, daños y perjuicios causados con los hechos que sirven de base a esta declaratoria, los que se liquidarán en ejecución de sentencia de lo contencioso administrativo”.

Rafael Mora Solano, Asesor Político de la ANEP, manifestó que es lamentable la posición de la SUGEF y su máxima representante al suministrar información incorrecta o falsa para no entregar la documentación solicitada.

“Le indican a la Sala (Constitucional) que nunca existió una directriz a las cooperativas, por qué no le respondieron eso desde el principio a la ANEP, argumentaron que no daban la información por ser confidencial. Esto es de suma gravedad, porque se trata de un ente público que maneja y gestiona recursos públicos en las diferentes entidades financieras del país, en nuestro criterio mintió y posibilito que las cooperativas generaran un discurso culpando a la ANEP sobre la retención de los dividendos de las cooperativas, cosa que resultó falsa”, finalizó Mora.  

La ANEP hace un llamado a los trabajadores y a las trabajadoras para que se acerquen a las cooperativas respectivas y realicen el reclamo de sus excedentes.

Resolución de la Sala Constitucional

Roció Aguilar usted mintió. by EugenioGuerrero on Scribd