Carta al Licenciado Alex Solís Fallas, Contralor General de la República, donde solicitamos su intervención , ante la desatención del reclamo que formuláramos en el despacho del Lic. Edwin Gamboa Miranda, Gerente del Area de Servicios Municipales de

Estimado señor:

Luego de saludarle muy atenta y respetuosamente, nos vemos en la necesidad de solicitar la intervención directa de su despacho, ante la desatención del reclamo que formuláramos, de manera oportuna, en el despacho del Lic. Edwin Gamboa Miranda, Gerente del Area de Servicios Municipales de la División de Fiscalización Operativa y Evaluativa de esa Contraloría General; contra la tramitación de un presupuesto extraordinario de la Municipalidad de Alajuela.

Nuestro cuestionamiento al efecto ha estado fundamentado en tres razones: a) ausencia del dictamen correspondiente de la Comisión de Hacienda de dicho municipio; b) imposición de aumento salarial para el personal en abierta violación al Artículo 60 de la Convención Colectiva de Trabajo plenamente vigente en dicha institución; c) tal modificación presupuestaria se presentó sin el necesario Convenio Simple que certifique la existencia de una negociación salarial, al amparo de la legalidad laboral vigente.

Con fecha 30 de junio de 2004 y mediante nuestro Oficio S.G. 0495-04 (anexamos copia), le expusimos tal situación al Lic. Gamboa Miranda. Nuevamente, en Oficio nuestro S.G. 0513-04, fechado 6 de julio de 2004, volvimos a plantearle el asunto indicado sólo que en esta ocasión queríamos hacerlo de manera directa, en persona, para lo cual le pedimos una audiencia. Ni en uno ni en otro caso obtuvimos respuesta del citado funcionario.

Sorpresivamente y de manera extraoficial, nos hemos enterado que la Municipalidad de Alajuela habría obtenido la aprobación de la Contraloría General de la República al Presupuesto Extraordinario y a la Modificación Externa correspondiente, sin habérsenos escuchado como en derecho creemos que procede. Es indudable que el proceder aquí cuestionado constituye un nefasto precedente de desconocimiento de la organización sindical que, desde nuestra perspectiva, es imposible tolerar.

Vistas así las cosas, Sr. Contralor General, le solicitamos una intervención urgente de su despacho sobre el particular para establecer si lo que sucedió representa un giro institucional radical en la materia; o bien, obedece a decisiones unilaterales de carácter subjetivo que podrían estar falseadas. Con todo respeto, urgimos una respuesta urgente.

Esperando que su autoridad nos responda con la prontitud que anhelamos, le reiteramos nuestro respeto y consideración,

Albino Vargas Barrantes
Secretario General

—-
c.:Junta Directiva Comité Seccional ANEP-Municipalidad de Alajuela.
c.:Junta Directiva Nacional de la ANEP.
c.:Sr. Freddy Solórzano Jiménez, Responsable ANEP-Municipalidad de Alajuela.
c.:Archivo.

Carta a la Licenciada Nora Uribe Trujillo, Embajadora de la República Bolivariana de Venezuela en Costa Rica, donde le solicitamos considerar las dos actividades para conocer el actual proceso venezolano.

Distinguida señora Embajadora:

En primer término, le expresamos el más atento y respetuoso saludo de parte de la Asociación Nacional de Empleados Públicos y Privados (ANEP).

Es interés de nuestra agrupación tomar un contacto directo con el proceso bolivariano que conduce el Dr. Hugo Chaves Frías, Presidente Constitucional de la República Bolivariana de Venezuela; con la finalidad de conocer, en realidad, sus políticas dado que en nuestra nación, como sabemos, únicamente se da una visión de lo que en su país realmente acontece, Sra. Embajadora.

Con tal finalidad, le solicitamos considerar las dos actividades que de seguido mencionamos para que usted valore si puede hacer acto de presencia, de manera directa, ó bien, designa a una persona representante de esa delegación diplomática.

Jueves 29 de julio, a las 09:00 a.m., sesión mensual del Consejo Consultivo Nacional de la ANEP; un espacio de análisis sociopolítico y de generación de orientaciones, compuesto por unos 70 compañeros y compañeras, dirigentes intermedios de la ANEP. La actividad tendrá lugar en el auditorio Edificio Cooperativo, detrás del Mall San Pedro. La idea sería pasar algún video para luego darle la palabra a su autoridad y de seguido escuchar opiniones y preguntas del auditorio presente.

Viernes 30 de julio, a las 10.30 a.m., recibirle a usted en la Sesión Ordinaria de la fecha de la Junta Directiva Nacional de la ANEP, a las 10:30 a.m., para un diálogo más franco, directo y concreto con miras a sistematizar una comunicación y un enlace para profundizar en el conocimiento del proceso venezolano, por parte de compañeros y de compañeras con responsabilidades de dirección nacional en la ANEP.

Estamos seguros de que con estas dos actividades, la ANEP podrá tener elementos sustanciales para decidirse con respecto a la promoción sistemática y abierta de un trabajo de solidaridad con las transformaciones sociales que se ejecutan en la República Bolivariana de Venezuela.

Le agradeceré una contestación pronta a nuestra proposición para los efectos organizativos y promocionales del caso.

Sin otro particular, por el momento,

Albino Vargas Barrantes
Secretario General

——
c.:Sr. Edgar Morales Quesada, Secretario General Adjunto.
c.: Junta Directiva Nacional de la ANEP.
c.: Archivo.

Carta al Doctor Rodolfo Sáenz Pacheco, Presidente Ejecutivo de la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS), para que determine las causas por las cuales el Dr. Víctor Ramírez Moya continúa prestando servicios a la institución, siendo que su paso po

Respetable y estimado Dr. Sáenz Pacheco:

En primer término, le expresamos el más atento y respetuoso saludo de nuestra parte y considerando que su nombramiento en ese alto cargo ya es definitivo por decisión del actual Gobierno, le deseamos, de manera sincera, el mayor de los éxitos para bien de la institución más querida por el pueblo costarricense, ahora que usted conducirá sus estratégicos destinos.

Sin duda alguna, hay retos gigantescos como el del combate a la corrupción y al tráfico de influencias en todas sus manifestaciones y desde tal perspectiva, la ANEP está dispuesta a dar todo su aporte.

Para esta organización sindical resulta necesario que su investidura proceda a determinar las causas por las cuales el Dr. Víctor Ramírez Moya continúa prestando servicios a la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS), siendo que su paso por el Area de Salud de Coto Brus estuvo bastante cuestionado; al punto de que en la Junta Nacional de Relaciones Laborales se recomendó su despido sin responsabilidad patronal; propuesta de sanción que fue cambiada por el entonces Gerente de la División Médica, Dr. Horacio Solano Montero (quien posteriormente tuvo un paso muy breve por la Presidencia Ejecutiva de la CCSS).

La ANEP está interesada en conocer las condiciones laborales que luego se le dieron al cuestionado médico, Dr. Ramírez Moya, pues tenemos entendido se le trasladó hasta la sede central de la institución, donde ha venido prestando servicios desde entonces, presuntamente. En tal sentido, es interés de esta organización, conocer cuáles han sido las responsabilidades que se le habrían venido asignando, quién ha sido su jefatura inmediata y cuál ha sido el producto de su trabajo.

Además, es preciso establecer si el citado galeno ha interpuesto alguna demanda contra la institución por el tiempo en que fue separado del cargo, lo cual podría ser inaudito; pues quedamos estupefactos cuando nos enteramos que a pesar de la gravedad de los cargos que le fueron imputados al Dr. Ramírez Moya, la sanción que recibió fue de ocho días de suspensión; lo cual no habría ocurrido para funcionarios de otros niveles laborales y por menos gravedad de sus faltas; dado que (correctamente, creemos nosotros), en tales casos se ha actuado sin contemplaciones.

Ahora que usted está en la Presidencia Ejecutiva, Dr. Sáenz Pacheco, creemos que tal despacho estaría en mejores condiciones para determinar si hubo justeza en el caso que nos ocupa, pues, presuntamente, el Dr. Ramírez Moya podría haber utilizado ciertos niveles de influencia en las máximas estructuras jerárquicas institucionales para mantenerse al servicio de la institución, pese a que, como indicamos, la gravedad de sus faltas ameritó una recomendación de despido sin responsabilidad patronal.

Todavía no entendemos cómo pudo el ya hoy más reciente Expresidente Ejecutivo de la CCSS, Dr. Horacio Solano Montero, desde el puesto de Gerente de la División Administrativa, apartarse de esa recomendación de despido, pese al daño patrimonial causado a la institución. Y lo que pareciera más inaudito, que el citado médico Ramírez Moya estuviera pretendiendo obtener algún tipo de indemnización por el tiempo en que habría estado suspendido. Sin duda alguna, esto conviene investigarse y esclarecerse con profundidad.

Nuevamente, le expresamos el más atento y respetuoso saludo de nuestra parte y quedamos en espera de su atenta respuesta; misma que, siempre con respeto, solicitamos al amparo del Artículo 32 de la Ley de la Jurisdicción Constitucional y del 27 Constitucional.

Albino Vargas Barrantes
Secretario General

——-
c.:Lic. José Manuel Echandi Meza, Defensor de los Habitantes de la República.
c.:Personal del Área de Salud de Coto Brus, CCSS.
c.:Junta Directiva Nacional de la ANEP.
c.:Archivo.

Carta al Licenciado al Fabio Molina Rojas, Alcalde de la Municipalidad de Alajuela, sobre el asunto de la eventual instalación en la Ciudad de Alajuela, de una sede del Instituto Tecnológico de Costa Rica (ITCR).

Estimado señor:

Luego de expresarle un atento y respetuoso saludo de nuestra parte, hacemos referencia a su Oficio No. 210-E-2004, fechado el pasado 22 de junio; en el cual nos plantea el asunto de la eventual instalación en la Ciudad de Alajuela, de una sede del Instituto Tecnológico de Costa Rica (ITCR).

Sobre el particular, efectuadas las consultas del caso, queremos que el asunto que usted nos plantea sea manejado, directamente, por la representación sindical de la ANEP en el Colegio Universitario de Alajuela (CUNA); dado que los compañeros y las compañeras de la Junta Directiva de la Seccional ANEP-CUNA, aparte de nuestra membresía en tal entidad, tienen los elementos políticos, profesionales y técnicos para abordar el asunto, elaborando la debida política de la ANEP al respecto.

Así las cosas, le estamos sugiriendo contactar a la Licda. María Isabel Araya Montero, Presidenta de la Junta Directiva Seccional ANEP-CUNA, quien cuenta con la autorización de la ANEP para el abordaje del tema en mención y para definir la posición de la ANEP, como institución laboral, sobre el particular. La Licda. Araya Montero se localiza en el número telefónico 441 17 92.

Con la mayor consideración,

Albino Vargas Barrantes
Secretario General

——
c.:Junta Directiva, Seccional ANEP-CUNA.
c.:Junta Directiva, Seccional ANEP-Municipalidad de Alajuela.
c.:Junta Directiva Nacional de la ANEP.
c.:Sr. Freddy Solórzano Jiménez, Unidad de Desarrollo Organizacional-Responsable ANEP-Municipalidad de Alajuela, ANEP.
c.:Archivo.

Carta al Licenciado Javier Chaves Bolaños Ministro Ministerio de Obras Públicas y Transportes, MOPT, planteándole algunas consideraciones respecto al mal llamado «Proceso de Modernización» del Instituto Costarricense de Puertos del Pacífico (INCOP).

Estimado señor Ministro:

Reciba un cordial saludo de la Asociación Nacional de Empleados Públicos y Privados (ANEP).

La presente es para dirigimos a su Autoridad, a plantearle respetuosamente, algunas consideraciones respecto al mal llamado “Proceso de Modernización” que viene afrontando el Instituto Costarricense de Puertos del Pacífico (INCOP), desde el año 2001; y al que nos hemos opuesto desde un inicio, tanto por principio político, como por las serias irregularidades, que a nuestro juicio, adolece todo el procedimiento, que detallamos a continuación:

Licitación Pública Internacional 003-2001 “Servicios Públicos de Remolcadores en el Pacífico”.

En el cartel de licitación se estableció la obligación del operador privado de adquirir los dos remolcadores propiedad del INCOP: “Don Pepe” y “Don Beto”, fijándose el valor por los dos en 3 millones de dólares.

Mediante Modificación No. 05 del cartel, se redujo el precio de 3 millones de dólares a 2 millones seis mil quinientos cuarenta y ocho dólares, sin que mediara estudio técnico.

El Remolcador “Don Pepe”, no era propiedad del INCOP al momento de sacarse a licitación, lo cual, además de acarrear la nulidad de la licitación, podría constituir un delito, puesto que en el cartel, el INCOP comprometió la venta de un bien que no le pertenecía.

Recientemente el INCOP inscribió ante el Registro de la Propiedad, el Remolcador “Don Pepe” con el nombre de “Don Hugo”, pasando por alto los trámites que se deben cumplir para cambiarle nombre a un barco.

En la inscripción se pagaron ¢87.576.112, pese a que existía la posibilidad de solicitar la liberación de impuestos. No obstante, de haberse dado esta posibilidad, hubiera existido una prohibición durante cinco años, de traspasar el remolcador a un tercero.

En los contratos aparecen dos servicios públicos como el pilotaje y el servicio de lanchas, servicios que están regulados con tarifas de ARESEP que en un primer momento se había indicado que quedarían en manos del INCOP, y que fueron incluidos en el cartel mediante una aclaración después de haber sido adjudicada la concesión.

El contrato establece el servicio de remolcadores en la denominada Boya de FERTICA, instalaciones que no le pertenecen a INCOP y que, por lo tanto, no cuenta con competencia alguna sobre las mismas.

Licitación Pública Internacional No.002-2001 “Concesión de Gestión de Servicios Públicos de la Terminal de Puntarenas”

En el proyecto de contrato se establece la obligación de dragar el puerto cada año.

El dragado deberá pagarlo el INCOP, puesto que en el proyecto de contrato se establece que el INCOP compensará al concesionario las obras de dragado con un pago anual a partir del primer año de concesión de 75.000 dólares.

La construcción de la nueva terminal en un lugar distinto al que estaba señalado en el cartel.

Licitación Pública Internacional No.001-2001 “Concesión de Gestión de Servicios Públicos de la Terminal de Puerto Caldera”

En el proyecto de contrato se incluye la atención de la terminal de cruceros, cuya licitación se había declarado desierta.

En el cartel correspondiente se estableció que ni el edificio administrativo ni los edificios restantes serían objeto del contrato, y en el contrato se establece como áreas y bienes de la concesión, todas las construcciones, estructuras, bodegas de almacenamiento, patios, parqueo, edificio administrativo y casetas; así como la red contra incendios, la red de acueducto y alcantarillado y red eléctrica.

En el contrato se obliga a la administración a garantizar al concesionario que dentro del área de concesión, será el único prestatario del servicio público de carga; situación anómala, pues no puede limitarse la potestad de la administración de decidir como dar en concesión los servicios portuarios.

En el cartel se indicó que la administración tendría en todo momento acceso a todos los libros y medios de control que debe llevar el concesionario, y en el contrato se pretende limitar este derecho de fiscalización por parte de la administración concedente.

En el contrato se está trasladando a los concesionarios la atención de cruceros, cosa que no fue objeto de la licitación adjudicada.

En la oferta los concesionarios aceptaron someterse al ordenamiento jurídico costarricense, y mediante el contrato, pretenden que se les indemnice en casos de dudosísima procedencia, como sería la creación de leyes o impuestos o se implementen medidas ambientales por el Estado.

Se le permitiría al consorcio Caldera II adoptar la estructura tarifaria aprobada por ARESEP para el INCOP, cuando lo procedente es que se apruebe una tarifa de servicios a este.

Además de todas las ilegalidades que hemos apuntado, le recordamos que está pendiente una acción de inconstitucionalidad en la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia, en la que se discute la constitucionalidad de todo el proceso licitatorio, por lo que en aras de evitarle al fisco cualquier desembolso por concepto de indemnización a las empresas que han sido favorecidas con la licitación, le solicitamos respetuosamente que no se firmen los contratos, y que se deje sin efecto todo lo actuado hasta el momento, incluyendo las adjudicaciones, con la finalidad de subsanar todas las ilegalidades que como le hemos apuntado, contiene el proceso.

Reiterándole nuestro respeto y consideración, nos suscribimos,

Albino Vargas Barrantes
Secretario General

Fabio Espinoza Gómez
Presidente Seccional ANEP-INCOP.

——
c.:Señoras Diputadas, Señores Diputados, Asamblea Legislativa.
c.:Doctor Abel Pacheco de la Espriella, Presidente de la República.
c.:Doctor Alex Solís Fallas, Contralor General de la República.
c.:Ing. Enrique Montealegre Martín, Presidente Ejecutivo INCOP.

Carta al Licenciado Alex Solís Fallas, Contralor General de la República, detallándole sobre las anomalías del «Proceso de Modernización» del Instituto Costarricense de Puertos del Pacífico (INCOP).

Señor Contralor:

En días pasados, a través de un comunicado de prensa, usted se comprometió con las y los costarricenses, a enfrentar, desde la Contraloría General de la República, una batalla contra la corrupción, pública y privada y a favor de la transparencia en la función pública. Asimismo, en el Periódico de circulación nacional “La Prensa Libre” de hoy miércoles 7 de julio de 2004, usted reafirma que hará una revisión exhaustiva de algunos contratos del Estado.

Permítanos hacer eco de sus manifestaciones, para exponerle una situación que insistentemente planteamos al Contralor que le antecedió, a los señores Diputados y a las señoras Diputadas, a las autoridades del INCOP, y al propio Presidente de la República, Doctor Abel Pacheco de la Espriella.

Es precisamente el tema del mal llamado “Proceso de Modernización” que viene afrontando el Instituto Costarricense de Puertos del Pacífico (INCOP), desde el año 2001; mismo que a nuestro criterio, contiene una serie de irregularidades que le exponemos a continuación:

Tres licitaciones fueron adjudicadas, la de Gestión de Servicios Públicos de la Terminal de Puntarenas, la de Servicios Públicos de Remolcadores y la de Servicios Públicos de la Terminal de Puerto Caldera.

Nuestra organización sindical, con aportes de algunas organizaciones que también se han opuesto públicamente al proceso, ha detectado gravísimas irregularidades, tanto en el proceso licitatorio, como en los borradores de

contratos que han elaborado la administración de INCOP y las empresas adjudicatarias.

A continuación le exponemos las más relevantes:

Licitación Pública Internacional 003-2001 “Servicios Públicos de Remolcadores en el Pacífico”.

En el cartel de licitación se estableció la obligación del operador privado de adquirir los dos remolcadores propiedad del INCOP: “Don Pepe” y “Don Beto”, fijándose el valor por los dos en 3 millones de dólares.

Mediante Modificación No. 05 del cartel, se redujo el precio de 3 millones de dólares a 2 millones seis mil quinientos cuarenta y ocho dólares, sin que mediara estudio técnico.

El Remolcador “Don Pepe”, no era propiedad del INCOP al momento de sacarse a licitación, lo cual, además de acarrear la nulidad de la licitación, podría constituir un delito, puesto que en el cartel, el INCOP comprometió la venta de un bien que no le pertenecía.

Recientemente el INCOP inscribió ante el Registro de la Propiedad, el Remolcador “Don Pepe” con el nombre de “Don Hugo”, pasando por alto los trámites que se deben cumplir para cambiarle nombre a un barco.

En la inscripción se pagaron ¢87.576.112, pese a que existía la posibilidad de solicitar la liberación de impuestos. No obstante, de haberse dado esta posibilidad, hubiera existido una prohibición durante cinco años, de traspasar el remolcador a un tercero.

En los contratos aparecen dos servicios públicos como el pilotaje y el servicio de lanchas, servicios que están regulados con tarifas de ARESEP que en un primer momento se había indicado que quedarían en manos del INCOP, y que fueron incluidos en el cartel mediante una aclaración después de haber sido adjudicada la concesión.

El contrato establece el servicio de remolcadores en la denominada Boya de FERTICA, instalaciones que no le pertenecen a INCOP y que, por lo tanto, no cuenta con competencia alguna sobre las mismas.

Licitación Pública Internacional No.002-2001 “Concesión de Gestión de Servicios Públicos de la Terminal de Puntarenas”

En el proyecto de contrato se establece la obligación de dragar el puerto cada año.

El dragado deberá pagarlo el INCOP, puesto que en el proyecto de contrato se establece que el INCOP compensará al concesionario las obras de dragado con un pago anual a partir del primer año de concesión de 75.000 dólares.

La construcción de la nueva terminal en un lugar distinto al que estaba señalado en el cartel.

Licitación Pública Internacional No.001-2001 “Concesión de Gestión de Servicios Públicos de la Terminal de Puerto Caldera”

En el proyecto de contrato se incluye la atención de la terminal de cruceros, cuya licitación se había declarado desierta.

En el cartel correspondiente se estableció que ni el edificio administrativo ni los edificios restantes serían objeto del contrato, y en el contrato se establece como áreas y bienes de la concesión, todas las construcciones, estructuras, bodegas de almacenamiento, patios, parqueo, edificio administrativo y casetas; así como la red contra incendios, la red de acueducto y alcantarillado y red eléctrica.

En el contrato se obliga a la administración a garantizar al concesionario que dentro del área de concesión, será el único prestatario del servicio público de carga; situación anómala, pues no puede limitarse la potestad de la administración de decidir como dar en concesión los servicios portuarios.

En el cartel se indicó que la administración tendría en todo momento acceso a todos los libros y medios de control que debe llevar el concesionario, y en el contrato se pretende limitar este derecho de fiscalización por parte de la administración concedente.

En el contrato se está trasladando a los concesionarios la atención de cruceros, cosa que no fue objeto de la licitación adjudicada.

En la oferta los concesionarios aceptaron someterse al ordenamiento jurídico costarricense, y mediante el contrato, pretenden que se les indemnice en casos de dudosísima procedencia, como sería la creación de leyes o impuestos o se implementen medidas ambientales por el Estado.

Se le permitiría al consorcio Caldera II adoptar la estructura tarifaria aprobada por ARESEP para el INCOP, cuando lo procedente es que se apruebe una tarifa de servicios a este.

Respetuosamente consideramos, señor Contralor, que ante las irregularidades apuntadas, que han sido señaladas insistentemente, por nuestra organización sindical, por la Agencia Costarricense de Agentes Portuarios (ACAPOR), y varios diputados y diputadas del Partido Acción Ciudadana, Bloque Patriótico Parlamentario, y Liberación Nacional, los contratos de la concesión de Puerto Caldera no deben ser avalados o refrendados por la Contraloría General de la República.

Todo lo contrario, este ente fiscalizador debería advertir a la administración activa del INCOP que no firme los contratos y proceda a dejar sin efecto todo lo actuado hasta el momento, incluyendo las adjudicaciones, puesto que este es un proceso totalmente ilegal, que contiene serios vicios de nulidad.

Conforme a su palabra, vertida en los medios de comunicación colectiva, esperamos que su Autoridad, realice un estudio exhaustivo del Proceso de Modernización, así como del proceso tendiente a concesionar los servicios de esta institución

Por último, y con el afán de ampliar al respecto cuando usted tenga a bien concedernos una audiencia para referirnos al particular, nos suscribimos atentamente,

Albino Vargas Barrantes
Secretario General

Fabio Espinoza Gómez
Presidente Seccional ANEP-INCOP.

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c.:Señoras Diputadas, Señores Diputados, Asamblea Legislativa.
c.:Doctor Abel Pacheco de la Espriella, Presidente de la República.
c.:Lic. Javier Chaves Bolaños, Ministro de Obras Públicas y Transportes.
c.:Ing. Enrique Montealegre Martín, Presidente Ejecutivo INCOP.

Carta a la Comisión Legislativa Especial para el Pacto Fiscal, y a los Jefes de Fracción Parlamentaria, sobre El Pacto Fiscal, las compras de la Caja y la inversión pública en Educación y en el combate a la pobreza. Reiteración de propuesta de la «Te

Asunto: El Pacto Fiscal, las compras de la Caja y la inversión pública en Educación y en el combate a la pobreza. Reiteración de propuesta de la “Tercera República”.

Honorables señores diputados y honorables señoras diputadas:

En momentos en que se discute en el seno de la mencionada comisión, la reforma fiscal más importante que este país haya discutido en mucho tiempo, las agrupaciones sociales coaligadas en el proceso de Tercera República, hemos creído oportuno y necesario exponer, nuevamente, nuestra posición sobre el tema del gasto y la inversión social; el cual fue ampliamente debatido durante la primera parte de este proceso en el seno de la Comisión Mixta del Pacto Fiscal, pero que consideramos ha sido relegado en buena medida de la actual propuesta legislativa.

1. EL OBJETIVO DE UN ORDENAMIENTO FISCAL (PACTO FISCAL)

Entendemos la reforma fiscal y sus diversos componentes (planificación y definición de prioridades nacionales, gasto público, administración tributaria, régimen tributario, manejo de déficit fiscal y seguimiento, evaluación y rendición de cuentas), como instrumentos adecuados para generar una política fiscal de largo plazo; facilitadora de la construcción de un sistema económico, social y político incluyente, productivo y socialmente, que permita generar riqueza para distribuirla, equitativa y solidariamente, entre todas las personas.

El objetivo debe ser un ordenamiento de las finanzas públicas, basado en un acuerdo nacional sobre las prioridades del gasto público y la forma de financiar ese gasto que nos permita, en la implementación, construir el desarrollo del país en función del bien común

2. LA INVERSIÓN SOCIAL EN SALUD Y LA
CAJA COSTARRICENSE DEL SEGURO SOCIAL (CCSS)

En el marco de la Comisión Mixta para el Pacto Fiscal, insistimos sobre la necesidad de lograr la incorporación del articulado propuesto dentro del proceso, con relación al control y ejecución adecuada del gasto público en diferentes áreas.

El combate a la pobreza y la promoción de la equidad social y productiva, requiere mejorar el ingreso corriente y el ingreso social de las personas. Ambos requieren de gasto e inversión social adecuadas, tanto en calidad como en cantidad: se requiere más y mejor gasto e inversión. En el marco del Pacto Fiscal se trata, entonces, de promover la racionalización en el uso de los recursos, mejorar la cantidad de la inversión, y condicionar dicha cantidad a procesos de mejoramiento en la calidad de la inversión, tanto en materia de políticas universales como focalizadas.

El gasto público en salud representa el 4.8 % del Producto Interno Bruto (PIB), la gran mayoría ejecutado por la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS), a través de los servicios de atención curativa del Seguro de Enfermedad y Maternidad (SEM). Estos servicios equivalen al 80 % de los recursos de todo el Sector Salud. Para ejecutar dicha inversión, la CCSS mantiene una estrecha relación con el Sector Privado, tanto a través de compra de insumos como de servicios.

Hasta la fecha estas compras se hacen sin contar con un sistema de contabilidad de costos que le permita a la institución comparar costos entre proveedores y, sobre todo, entre lo que le cuesta la producción interna y externa de servicios. Como lo documentan informes de la Asamblea Legislativa, de la Defensoría de los Habitantes de la República y de la Contraloría General de la República, esto genera un desperdicio importante de recursos, cuya utilización, en el marco de un Pacto Fiscal, es urgente racionalizar.

Los sucesos de los últimos días, han comprobado la gravedad del problema. Un sistema de contabilidad de costos es imprescindible, para asegurar el mejor uso de los recursos públicos y para otorgarle a la Administración Pública y a la ciudadanía un poderoso instrumento de seguimiento, evaluación y rendición de cuentas contra actos de corrupción en el gasto público.

Además, la creación y puesta en marcha de un sistema de información sobre las necesidades de la población, representa un instrumento fundamental para que ese gasto público multimillonario en salud, responda, realmente, a esas necesidades tal y como se previó en la Reforma del Sector Salud. Toda compra, sea de medicamentos, de equipo o de servicios que la Caja haga al sector privado, debe basarse en ese instrumento de información sobre las necesidades de las personas, cuya salud es el fin último de ese sistema.

A tales efectos se propuso en la Comisión Mixta para el Pacto Fiscal, un artículo que abordaba esta grave problemática. Luego de una importante discusión en aquella comisión, su inclusión en el proyecto de ley fue acordada por casi la unanimidad de las personas y sectores participantes. Este artículo establecía lo siguiente:

ARTÍCULO 25.-Regulación de compras del Sector Público
Con la finalidad de racionalizar el gasto público destinado a la atención de la salud y mejorar la calidad y la oportunidad de los servicios de salud, la Caja Costarricense del Seguro Social deberá crear y poner en funcionamiento en un plazo de tres años, un sistema de contabilidad de costos que permita evaluar las decisiones de compra que se deban hacer al sector privado frente a la producción directa, así como un sistema de información sobre las necesidades poblacionales que permita asignar los recursos en función de dichas necesidades. El Presidente Ejecutivo de la CCSS deberá rendir cuentas del cumplimiento de este artículo. El Ministerio de Salud en su condición de ente rector, deberá velar por el cumplimiento de ese plazo.

Desdichadamente, en nuestro juicio, sin un análisis profundo sobre el tema, la actual comisión especial ya citada acogió una moción que eliminó esta norma.

Hoy más que nunca, ha quedado claro que esta norma es impostergable. La salud de las personas que habitan este país, y la decencia en el ejercicio de la función pública así lo exigen. En sus manos, como diputados y diputadas, se encuentra la posibilidad real de combatir la corrupción y avanzar en la calidad y la oportunidad de los servicios de salud de nuestro país.

3. LA INVERSIÓN SOCIAL EN EDUCACIÓN

Diversos estudios han demostrado la íntima relación entre el nivel educativo y su condición socioeconómica. Varios estudios de la Comisión Económica para América Latina de las Naciones Unidas, CEPAL, indican que dos años menos de educación implican, en promedio, un 20% menos de ingresos mensuales durante toda su vida activa. (Véase el Informe sobre el Estado de la Nación correspondiente al año 2001). Además, es claro que la inversión en educación no solo representa el principal instrumento para el combate efectivo de la pobreza, sino también para el mejoramiento de la productividad y competitividad de nuestro país.

Es por ello que el artículo 78 de la Constitución Política ha creado un destino específico constitucional, ordenando que la educación estatal recibirá un financiamiento no menor del 6% anual del Producto Interno Bruto (PIB). En ese sentido, no es constitucionalmente sostenible la existencia de discrecionalidad del Poder Ejecutivo para presupuestar y girar efectiva e íntegramente, absolutamente todos los fondos que conformen ese 6%. Aceptar lo contrario sería permitir que el Ministro de Hacienda de turno pueda decidir a su antojo si cumple o no con la norma constitucional.

Es por ello que en el seno de la Comisión Mixta para el Pacto Fiscal, propusimos la inclusión de una norma que reglamentara esa disposición constitucional. Esta norma, luego de una importante discusión, fue incluida en el texto del proyecto y establecía lo siguiente:

ARTÍCULO 28. Sanciones
Corresponderá al Ministro de Hacienda la obligación de incluir en el Presupuesto anualmente, las rentas en el artículo 78 de la Constitución Política y garantizar su pago efectivo completo.
El incumplimiento de cualquiera de estos deberes acarreará en su contra las responsabilidades de ley. Penalmente esta conducta será constitutiva del delito de incumplimiento de deberes previsto en el artículo 332 del Código Penal.
Razones de índole fiscal no podrán ser alegadas por el Ministro de Hacienda como causa de justificación para incumplir esta disposición.

De nuevo, sin haber desarrollado una verdadera discusión al respecto, la actual comisión especial acogió una moción por medio de la cual esta disposición fue eliminada del texto, dejando en letra muerta las buenas intenciones sobre inversión social en educación que el proyecto aún mantiene.

Si no se aseguran los recursos establecidos en la Constitución Política para ser invertidos en la educación de las personas, estaremos dejando en manos de la decisión del Ministro de Hacienda el cumplir con lo que lo que nuestros constituyentes establecieron como una verdadera Política de Estado.

4. LA INVERSIÓN SOCIAL EN EL COMBATE A LA POBREZA

Con una gran claridad la Comisión Mixta para el Pacto Fiscal, con la firma de casi la unanimidad de sus integrantes estableció lo siguiente:

“Creado en 1974, el Fondo de Desarrollo Social y Asignaciones Familiares precede en una década a los fondos que se crearon para el combate a la pobreza en la década de los ochenta en toda América Latina. Se financia con recursos nacionales provenientes del cinco por ciento (5%) de la planilla y del veinte (20%) del impuesto de ventas; actualmente equivale a alrededor del uno coma cincuenta por ciento (1.50%) del PIB.

Estos recursos se ejecutan por medio de más de cincuenta programas, de los que son responsables un gran número de instituciones. Se trata, por tanto, de un gran volumen de gasto así como de un intenso uso de las capacidades técnicas e institucionales. Sin embargo, existen dos problemas que podrían resolverse con una misma medida: por un lado, el Ministerio de Hacienda no está transfiriendo la totalidad de los recursos que por ley le corresponden al Fondo, por el otro existe carencia de información y de análisis sobre las acciones y resultados alcanzados por la inversión social, que se canaliza por medio del Fondo.

Por eso, se requiere iniciar un proceso de mejora en la cantidad de recursos transferidos por Hacienda al FODESAF, condicionado a una comprobación y fortalecimiento de la calidad de dicha inversión. Por lo anterior, se propone el giro efectivo de recursos por parte del Ministerio de Hacienda a FODESAP condicionando dichas transferencia a una comprobación de metas y logros y al fortalecimiento de la calidad de dicho gasto.”

Es claro que estos programas de combate a la pobreza son vitales para lograr una sociedad verdaderamente inclusiva y solidaria. Sin embargo, es imprescindible mejorar sus programas de forma tal que, por una parte, se elimine la corrupción y manejo politiquero que muchas veces les ha invadido; y por otra parte, es imprescindible que estos programas sean revisados para lograr que sean eficaces en la atención de los diferentes tipos de pobreza.

Con esto en mente, la Comisión Mixta para el Pacto Fiscal, estableció la siguiente norma:

ARTÍCULO 26.-Transferencia de recursos de FODESAF.
El Ministerio de Hacienda deberá presupuestar y girar efectivamente la totalidad de los fondos establecidos en el artículo 15 de la Ley de Desarrollo Social y Asignaciones Familiares, de forma gradual en un plazo no mayor de tres años a partir de la vigencia de la Ley de Pacto Fiscal. Para tal efecto el Poder Ejecutivo podrá condicionar la transferencia de los recursos que no se están girando actualmente desde el Ministerio de Hacienda al FODESAF, al desarrollo de un proceso gradual de revisión, evaluación y reformulación de los actuales programas de asistencia y promoción social y de cambio institucional del propio Fondo, de manera que los recursos disponibles sean utilizados con eficiencia y eficacia para el combate de los distintos tipos de pobreza.

Esta disposición obliga no sólo al giro efectivo de los recursos necesarios para el combate a la pobreza; sino que, además, propicia un verdadero proceso de mejoramiento de los actuales programas con el objetivo de lograr la eficiencia y la eficacia en el combate de esos distintos tipos de pobreza.

Señores Diputados y Señoras Diputadas. Es nuestra aspiración que con un carácter responsable y patriótico, ustedes, como representantes populares, sepan valorar la dimensión y la importancia de la reinclusión de estas normas en el texto del proyecto que ustedes actualmente discuten.

Es con este tipo de normas que, realmente, podríamos obtener un salto cualitativo en la búsqueda de una sociedad más justa, solidaria e incluyente.

Respetuosamente,

Antonio Burgués Terán
Presidente
Cámara de Exportadores de Costa Rica
CADEXCO

Albino Vargas Barrantes
Secretario General
Asociación Nacional
de Empleados Públicos y Privados
ANEP

Gilberth Brown Young
Secretario General
Confederación de Trabajadores Rerum Novarum
CTRN

Harys Regidor Beltrán
Presidente
Consejo Nacional de Cooperativas
CONACOOP

Pedro Pablo Aguirre Alemán
Presidente
Mesa Nacional Campesina
MNC

Eugenio Porras Vargas
Presidente
Colegio de Ingenieros Agrónomos de Costa Rica

Rafael Mora Solano
Coordinador Nacional
Federación Nacional de Trabajadores
de los Servicios Públicos
FENTSEP

Carta al Licenciado Edwin Gamboa Miranda, Gerente del Área de Servicios Municipales de la Contraloría General de la República, solicitándole actuar con la premura del caso con respecto al presupuesto aprobado por el Consejo Municipal del Cantón Centr

Estimado Señor Gerente:

Primeramente, permítanos saludarle con el respeto que su estimable autoridad se merece, al tiempo que solicitamos su concurso, para que atienda y de curso como ha de corresponder, a la denuncia que a continuación detallamos.

El día 28 de mayo del año en curso, se aprobó en el consejo Municipal del Cantón central de Alajuela, sesión extraordinaria No 20-04, el PRESUPUESTO EXTRAORDINARIO 2-2004 y la MODIFICACIÓN EXTERNA 1-2004, gestión que a nuestro entender está viciada de nulidad, por las razones que a continuación exponemos.

En cuanto a la aprobación del presupuesto y la modificación citadas en el párrafo anterior, alegamos, nulidad en cuanto al procedimiento, por violación al artículo No 44 del Código Municipal, toda vez que ni el presupuesto ni la modificación externa contaron con el correspondiente dictamen de la Comisión de Hacienda, tampoco hubo en el momento de la aprobación de la moción que presentara el señor Alcalde sobre el tema, dispensa de trámites que justificara la ausencia de dicho dictamen, para su debida aprobación.

Sobre el aumento del 3.5%, que pretende imponer el señor Alcalde Municipal, Licenciado Fabio Molina Rojas, para cubrir el incremento correspondiente al primer semestre del año 2004, que se adeuda a los trabajadores de esta municipalidad y que consta en la Modificación Externa

No 1-2004, además de la violación señalada en el párrafo anterior, cabe agregar que se violenta el artículo No 60 de la Convención Colectiva de Trabajo vigente en esta municipalidad, misma que está inscrita el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, firmada por las autoridades competentes de la Municipalidad de Alajuela y los representantes de los sindicatos ANEP Y UTEMA, titulares de este instrumento colectivo.

También debe tomarse en cuenta, para que se atienda nuestra demanda, que a la Modificación Externa No 1-2004, no se agrega el Convenio Simple, que habitualmente ha exigido La Contraloría General de la República, a las autoridades Municipales, para verificar la realidad de la negociación entre las partes (Sindicatos y Alcaldía) que exige nuestra Convención Colectiva de Trabajo, en toda gestión de aumento salarial.

Por todo lo anterior y con el propósito de que se respete el ordenamiento jurídico, obviar gestiones innecesarias en otras instancias que acarreen gastos de tiempo y dinero a la corporación Municipal de Alajuela y a sus contribuyentes, le solicitamos con todo respeto actuar con la premura del caso.

Atentamente, nos suscribimos con toda consideración y respeto.

Albino Vargas Barrantes
Secretario General

Freddy Solórzano Jiménez
Responsable Sector Municipal

——
c.:Honorable Concejo Municipal de Alajuela
c.:Licenciado Fabio Molina Rojas, Alcalde Municipal
c.:Licenciado José Manuel Echandi, Defensor de los Habitantes
c.:Ministerio de Trabajo y Seguridad Social
c.:Trabajadores y trabajadoras Municipalidad de Alajuela
c.:Medios de Comunicación.

Carta al Licenciado Guillermo Lee Ching, Director General de la Dirección General de Servicio Civil, solicitándole el documento INF-AC-014-2002, realizado por la Auditoría de la Gestión de Recursos Humanos de esa dirección

Estimado señor Director:

Primeramente, nos es grato poder expresarle nuestro más respetuoso y cordial saludo, de parte de la Junta Directiva Nacional de la ANEP, así como de la Junta Directiva de la Seccional de la ANEP en la Dirección General de Aviación Civil.

Aprovechamos la presente para solicitarle a su digna autoridad, de la manera más respetuosa, nos facilite una copia del documento denominado INF-AC-014-2002, realizado por la Auditoría de la Gestión de Recursos Humanos de la Dirección a su cargo, durante el período julio 2001 a junio de 2002.

Nuestra solicitud la hacemos amparada en el artículo 27 de nuestra Carta Magna y en el Artículo 32 de la Ley de la Jurisdicción Constitucional.

Agradeciéndole por anticipado su fina atención para con nuestra solicitud, nuevamente le expresamos todo nuestro respeto y consideración.

Cordialmente,

Albino Vargas Barrantes
Secretario General

Luis Enrique Leal Ruiz
Responsable ANEP-Aviación Civil

——
c.:Junta Directiva Nacional de ANEP.
c.:Junta Directiva Comité Seccional ANEP-Aviación Civil.
c.:Archivo.

Carta al Licenciado Oscar Serrano Madrigal, Auditor Interno de la Dirección General de Aviación Civil, solicitando nos certifique una serie de inquietudes con respecto al informe informe AI-05-2003.

Estimado señor:

En primera instancia, nos es grato poder expresarle un cordial y muy respetuoso saludo, en nombre de la Junta Directiva Nacional y de nuestro Comité Seccional ANEP- Aviación Civil.

Como es de su entero conocimiento, en el año 2002 la Auditoria de la Dirección General de Servicio Civil, emitió el Informe No. INF-AC-014-2002, el cual se denominó “Auditoria de la Gestión de Recursos Humanos en la Dirección General de Aviación Civil”. Éste informe arroja como recomendación, la necesidad de que la Auditoría Interna realice toda una investigación cuyos resultados quedan plasmados en el informe No. AI 05 2003

Los alcances de este informe AI-05-2003, incluyen una serie de conclusiones y recomendaciones tanto para el CETAC, como para la Administración y para la gestión auditora que muy dignamente su autoridad preside.

En esta dirección, nuestra organización sindical, de la manera más respetuosa, le solicita a su autoridad nos certifique por escrito las siguientes inquietudes:

En qué fecha fue presentado a las autoridades superiores de Aviación Civil (llámese Ministro del MOPT, CETAC y Dirección General de Aviación Civil), las conclusiones y recomendaciones que arrojó el informe AI-05-2003, realizado por su autoridad a solicitud expresa de la Auditoria y Control en Recursos Humanos de la Dirección General de Servicio Civil.

Si se implementaron al día de hoy, por parte de las autoridades superiores, todas las recomendaciones vertidas por su autoridad, en lo que respecta a las responsabilidades definidas para el Consejo Técnico de Aviación Civil, ante la gravedad de los hechos que se le imputan a las funcionarias Bogantes Pereira y López Víquez, específicamente en los numerales:

En virtud de los hechos mencionados, debe ordenarse el inicio de un procedimiento administrativo para ambas funcionarias y sobre todo que el mencionado Órgano Director esté conformado por personal externo.

Remitir el informe al Ministerio Público para ser valorado desde el punto de vista jurídico.

Dejar sin efecto el ascenso en propiedad realizado a la funcionaria Bogantes Pereira, en el puesto No. 401608 de la Clase Profesional de Apoyo 3B.

De igual manera para el resto de los numerales 6 y el 7; y para el caso del capítulo de Recomendaciones.

En la misma dirección, para los numerales del capítulo de Conclusiones, sobre todo para el punto No. 19 y 20 y, si no se hicieron, qué elementos de peso mediaron para que no se hicieran.

Si dicho informe fue puesto en conocimiento por parte del CETAC y qué acuerdo o acuerdos han tomado al respecto. Además informarnos en que estado se encuentran todas las recomendaciones vertidas del informe.

Nuestra solicitud la hacemos amparada en el artículo 27 de nuestra Constitución Política y en el Artículo 32 de la Ley de la Jurisdicción Constitucional.

Agradeciéndole de manera anticipada toda la atención prestada a nuestra solicitud, nuevamente le expresamos nuestro respeto por tan fina atención,

Albino Vargas Barrantes
Secretario General

Luis Enrique Leal Ruiz
Responsable ANEP-Aviación Civil

——
c.:Junta Directiva Nacional de ANEP.
c.:Junta Directiva Comité Seccional ANEP-Aviación Civil.
c.:Archivo.