ANEP presentó accion de inconstitucionalidad contra la ley 9635

La Asociación Nacional de Empleados Públicos y Privados (ANEP) presentó el pasado viernes 22 de marzo, una acción de inconstitucionalidad ante la Sala IV en contra de la ley 9635 conocida como Ley de Fortalecimiento de las finanzas públicas.

En términos generales, la acción de inconstitucionalidad que presentó la ANEP, preparada por su Unidad de Asesoría Jurídica (UAJ), tiene como objetivo inicial atacar, en primera instancia, el artículo 26 de dicha norma, que establece el ámbito de aplicación de esta Ley, ampliándolo a toda la Administración Publica en general, independientemente de su naturaleza jurídica, de su nivel de autonomía, y grado de desconcentración o descentralización.

Desde el momento en que esta nueva Ley otorga al Poder Ejecutivo poderes de dirección y control sobre todas las instituciones de la Administración Pública, eso es, a nuestro juicio, violatorio de una serie de principios y normas constitucionales, como lo es por ejemplo, el principio de autonomía municipal establecido en los artículos 169 y 170 de la Carta Magna.

Recibido de la acción de inconstitucionalidad presentada por ANEP

De modo que el primer punto impugnado de la acción de inconstitucionalidad de referencia es el artículo 26 de la Ley 9635, en la medida que incluye dentro del ámbito de aplicación de esta Ley a las municipalidades y otras instituciones autónomas y entes descentralizados, sin tener en cuenta su nivel de autonomía política, administrativa y financiera.

A nuestro criterio la Ley 9635, contiene una serie de contradicciones con los principios constitucionales de autonomía de la voluntad, seguridad jurídica, progresividad de los derechos fundamentales, justicia tributaria, no confiscatoriedad de los salarios, derecho a la negociación colectiva, etc.

Se impugna el método de calificación, el cual es incierto para todos los funcionarios de la institucionalidad pública por ser el mismo arbitrario; y, además, al ordenar que el mismo será aplicado para todas las instituciones (incluso para las municipalidades), por parte del Ministerio de Planificación Nacional y Política Económica (Mideplan), el cual será el ente competente para dictar las metas y planes de acción; buscando darle al Poder Ejecutivo, poder de dirección a las municipalidades y entes autónomos en materia de empleo público.

Es importante señalar que, incluso, la Ley indica frases como “con las salvedades correspondientes”, ambigüedad que –eventualmente-, le permitiría a la Administración desaplicar las reglas en el caso que quisieran, violentando la inderogabilidad singular de la norma, pudiendo fundamentar cualquier caso de excepción con dicha “salvedad”.

Se acusa, además, la inconstitucionalidad por violación al principio de igualdad, al crear dos regímenes diferentes de prohibición: uno remunerado con el 65 % para algunos funcionarios de la Administración Central (que incluye a los del Ministerio de Hacienda), mientras que a aquellos que se regulen por leyes especiales les remunerará un 30 % solamente.

También se cuestiona la constitucionalidad de las normas de metodología por evaluación y designación de anualidades nominales en los funcionarios, en la medida que, mientras el Estado se asegura de captar recursos porcentuales basados en el consumo, el aumento por anualidad permanece invariable en el tiempo, causando la pérdida del poder adquisitivo de los trabajadores frente a los gastos; además de vincularse el mismo a la también inconstitucional decisión de obligar a denunciar convenciones colectivas, en las que se pudiera disponer cualquier otro acuerdo.

Otro punto impugnado es el tema de la prohibición que hace la ley 9635, de que se pacten mejores condiciones de trabajo por medio de la negociación colectiva.

Son muchas las normas dentro de la Ley 9635 que consideramos violentan el derecho de la constitución, su articulado y principios contenidos. Por ello es importante la actuación en contra de dichas normas, no solamente pensando en el perjuicio gravísimo contra los intereses de los trabajadores y de las trabajadoras, y la desidia ante el Derecho Internacional Laboral; sino que, también, por el menoscabo al Estado de Derecho, en que se le otorga al Poder Ejecutivo poderes irrestrictos sobre entes descentralizados en materia de empleo público, fomentando el deterioro de la institucionalidad democrática costarricense.

San José viernes 22 de marzo de 2019. Unidad de Asesoría Jurídica (UAJ), ANEP.

Representantes sindicales de Bomberos, Cruz Roja y Cuerpos policiales de ANEP crean alianza en busca de mejores condiciones laborales

La intención de los trabajadores en emergencias de primera respuesta, es decir; bomberos, cruzrojistas y cuerpos policiales es que se les mejoren las condiciones laborales debido al desgaste que sufren con la atención de cada emergencia.

Jonathan Flores, Directivo Nacional de ANEP explica más detalles de la reunión.

Jonathan Flores, Directivo Nacional de ANEP

¿Cuáles son algunas de las iniciativas que se discutieron durante este encuentro?

Eduardo Soto, Comisión Consultiva de Bomberos

ANEP solicita separación de funcionarios de la CCSS investigados por la Fiscalía

•  ANEP respaldó y apoyó denuncia presentada en el 2012

La Asociación Nacional de Empleados Públicos y Privados (ANEP) hace un llamado a las máximas autoridades de la Caja Costarricense del Seguro Social (CCSS) para que separe de sus cargos a los funcionarios de la institución acusados por parte de la Fiscalía por influencia contra la hacienda pública, fraude de ley y administración fraudulenta.

La solicitud de la ANEP nace del apoyo y respaldo brindado a la denuncia presentada en el 2012 por el ciudadano Daniel Muñoz Corea, economista y trabajador de la CCSS, la cual se tramita bajo el expediente 12-000046-0615-PE.

Incluso el 23 de diciembre del 2017, la ANEP envió una carta a la entonces Fiscal General a.í. Emilia Navas, solicitando  que se investigara con prioridad los graves hechos de presunta corrupción interpuestos contra altas autoridades de la CCSS.

En la carta enviada a la ahora Fiscal General le indicamos que “…la crisis de liquidez del Seguro de Salud visible a la población a partir de 2010, habría sido producto de una presunta falsificación de documentos y del presunto maquillaje de proyecciones financieras, lo cual habría propiciado la explosión del gasto en medio de una grave recesión económica; hecho que a su vez habría limitado la adquisición de insumos, menoscabando ello la prestación de servicios de salud y el estado de salud de un significativo número de asegurados”.

En otro párrafo de esa carta apuntamos lo siguiente: “…jerarcas institucionales se habrían valido de su importante cargo para aprobar con conocimiento de causa y presunto conflicto de interés, subsidios ilegales del Régimen de Invalidez, Vejez y Muerte(IVM) al Seguro de Salud socavando, aparentemente con ello, la rentabilidad de este régimen de pensiones”.

Las personas imputadas son de apellidos Vega Rojas, Montoya Murillo, López Vargas, Guardia Rodríguez, Ugarte Brenes, Garro Herrera, Chaves Muñoz, Quesada Martínez, Retana Mora, Hernández Chacón, Balmaceda Arias, Doryan Garrón, Acuña Ulate, Picado Chacón, González Castillo, Trejos Lobo, Madrigal Mora y Cabezas Solera.

Declaraciones brindadas por Daniel Muñoz Corea a la ANEP, en febrero de 2016, luego de comparecencia ante la Asamblea Legislativa por la misma denuncia.

ANEP responsabiliza el accionar de estas personas con la crisis financiera de la CCSS, así como el aumento del 1% en el aporte del régimen de Invalidez, Vejez y Muerte (IVM) que impactó el bolsillo de los trabajadores.

En junio 7 del 2017, el Secretario General de la ANEP, Albino Vargas Barrantes, indicó ante la opinión pública que 6 de esos 18 funcionarios denunciados aún ostentaban altos cargos en la institución.

1) López Vargas estaba en ese puesto y que sigue siendo, el director actuarial de la Caja.

2) Acuña Ulate: era el gerente administrativo de la Caja al momento de la crisis y ahora está a cargo de la Dirección Administrativo-Financiera de esa Gerencia de Pensiones.

3) Picado Chacón: Era el director de Gestión y Administración de Personal de la Caja y actualmente, se desempeña como jefe del Área de Investigación Económica de la Dirección Actuarial.

4) Ugarte Brenes: Era el gerente financiero al momento de los hechos y hoy está pensionado.

5) Balmaceda Arias: era la presidenta ejecutiva de la Caja cuando se tomaron esas decisiones financieras sobre IVM y hoy está a cargo de la Dirección Médica del Hospital San Juan de Dios.

6) Garro Herrera: gerente de Pensiones en aquel momento y hoy se desempeña en un puesto administrativo en el Hospital San Juan de Dios.

El 12 de febrero del 2016 el denunciante Daniel Muñoz Corea, brindó una entrevista a la ANEP, luego de una comparecencia ante la Asamblea Legislativa donde detalló todo lo sucedido en la institución.

“Esto es un espaldarazo a los grandes funcionarios públicos por el trabajo y el compromiso de defender la institucionalidad. Es una forma de que el Estado escuche a los que defienden al Estado; los trabajadores públicos que denuncian actos irregulares pagan un alto precio por defender la verdad, transparencia y honestidad en el manejo de los fondos públicos”, indicó Albino Vargas Barrantes, Secretario General de la ANEP.

Desde la ANEP hacemos un llamado a las autoridades del Ministerio Público para que este caso no quede impune y los responsables asuman las consecuencias del daño realizado a la seguridad social de nuestro país.

ANEP solicita a nueva Fisca… by on Scribd

Seccional de ANEP en el Ministerio de Salud pedirá explicaciones a ministro por concurso de interinos

Debido a la falta de respuesta y al tiempo de espera, la Seccional ANEP-Ministerio de Salud pidió una reunión al ministro de esta cartera, Daniel Salas para conocer a detalle ¿qué está pasando con los concursos para el nombramiento de los interinos en el Ministerio de Salud a nivel nacional?

Además, la seccional presentará la necesidad de agilizar la creación del Manual de Puestos dentro del Ministerio de Salud.

Pronunciamiento de la Seccional ANEP-Fonabe ante publicaciones por traslado de becas al IMAS

A raíz de los comentarios, artículos de periódico e información que consideramos difamatoria relacionada con los funcionarios y funcionarias del Fondo Nacional de Becas (Fonabe) y surgida en las últimas semanas a partir de la decisión de trasladar las becas de primaria y secundaria del Fonabe hacia el Instituto Mixto de Ayuda Social (IMAS), los funcionarios y funcionarias del Fondo desean manifestar lo siguiente:

1.         El Fondo Nacional de Becas es una institución creada por medio de la Ley 7658, del 27 de febrero del 1997, cuya rectoría corresponde al Ministerio de Educación Pública. Es decir, el otorgamiento de becas y el presupuesto asignado para que el Fonabe atienda a su población, se encuentra amparado en el marco de una ley y su respectivo reglamento, ambos aprobados y vigentes.

2.         El pasado lunes 18 de febrero, mediante conferencia de prensa, el Gobierno de la República anunció oficialmente que mediante el Decreto Ejecutivo Nº41569 MEP-MTSS-MDHIS se crea el Programa CRECEMOS que trasladará los beneficios del FONABE (primera infancia, primaria y secundaria) al IMAS a partir de julio 2019.

3.         A partir de la firma del Decreto y la comunicación del mismo, se ha desatado una serie de notas y artículos por parte de la prensa, así como comentarios de la ciudadanía en donde se asegura la ineficiencia de la institución y sus funcionarios, haciendo comentarios despectivos y solicitando incluso el despido de estos sin tomar en consideración que las funciones son ejecutadas conforme las directrices que se emiten a nivel jerárquico. Consideramos además, que dichas afirmaciones se fundamentan en información, desactualizada acerca del Fonabe, sin considerar los resultados de la gestión que se ha realizado en los últimos años y emitiendo juicios hacia los funcionarios y funcionarias sin el debido sustento.

4.         Fonabe por iniciativa propia y también en atención a diversas disposiciones emitidas por la Contraloría General de la República y otros entes fiscalizadores, ha ejecutado a largo de los años, una serie de acciones tendientes a impulsar la mejora en la prestación de servicios del Fonabe y su funcionamiento interno, dentro de los cuales podemos mencionar la implementación del Módulo de Regionalización Digital para el trámite de becas mediante la página web del Fonabe y el establecimiento de  Servicios en Línea (“Módulo de Postulantes”, “Módulo de Prórrogas”, “Módulo de Traslados y Corroboración en Línea”), facilitando la gestión de beneficiarios, directores y encargados de becas de los centros educativos que ya no deben trasladarse hasta el Fonabe a realizar dichos trámites. Por otro lado, es importante considerar que el Fonabe es la primera institución que se integró exitosamente al Sinirube, en abril del 2018, conforme lo exige la Ley 9137, lo cual favorece el control de las filtraciones, además fue una de las primeras instituciones que implementó el Índice de Pobreza Multidimensional para la focalización de los beneficios. Estos y otros esfuerzos por mejorar los servicios que brinda la institución se encuentran documentados y a disposición de quien desee consultarlos.

5.         Por otro lado, podemos demostrar que hemos trabajado durante años en una institución pequeña, con poco apoyo político, con un reducido personal que debe atender a todo el territorio nacional (69 funcionarios/as), con un presupuesto limitado, sin sedes regionales y sin los recursos materiales con los que cuentan otras instituciones, y que a pesar de ello ha logrado cumplir con la asignación de los beneficios, tal y como sucedió el año anterior cuando el Fonabe tuvo la capacidad de gestión de asignar las 210 mil becas programadas en el mes de mayo.

6.         Creemos firmemente en la necesidad de reorganización del Estado en búsqueda de su máxima eficiencia, y que como en toda empresa o institución pública, se necesitan mejoras e implementar acciones que corrijan las carencias, sin embargo, consideramos que para lograrlo no es necesario denigrar la labor de los funcionarios y funcionarias que hemos trabajado por tantos años con dedicación y pese a las limitaciones antes señaladas, por lo que demandamos respeto de los medios de comunicación y a quienes se han referido de forma despectiva hacia los funcionarios y funcionarias y les solicitamos de forma respetuosa informarse antes de emitir un criterio sobre la institución y sus funcionarios de forma que no se emitan juicios de valor parcializados y subjetivos.

7.         Por último solicitamos a las autoridades correspondientes realizar todas las acciones que sean necesarias para garantizar que los beneficiarios de becas del Fonabe no sean afectados durante este proceso, de forma que continúen recibiendo la beca asignada por la institución tal y como lo requieren, considerando a los que dependen en gran medida de esta para mantenerse en el sistema educativo. 

Trabajadores del Comité Cantonal de Deportes y Recreación de Alajuela se unen a la ANEP

El pasado jueves 8 de marzo trabajadores del Comité Cantonal de Deportes y Recreación de Alajuela establecieron una nueva seccional de la ANEP, con el objetivo de defender sus derechos laborales.

La ahora denominada Seccional ANEP- Comité Cantonal de Deportes y Recreación de Alajuela fue creada con 21 trabajadores, por lo que también quedó debidamente juramentada su Junta Directiva, esta última encabezada por Arturo McGuinnes. 

“Decidimos crear la seccional por una necesidad, ya que a los trabajadores de este comité no nos acoge el régimen municipal, esto pese a considerarnos empleados públicos y estar adscritos a la institución con una cedula jurídica instrumental, tampoco nos cobija la convención colectiva. Por lo que buscamos protegernos con la afiliación a la ANEP”, dijo McGuinnes.

Ante este escenario el presidente de la seccional indicó que no tienen las reglas claras sobre algunas situaciones como, por ejemplo, con el reglamento de funcionamiento; ya que para aspectos legales son considerados trabajadores del municipio, pero para aspectos de convención colectiva o asociación solidaritas no son considerados como tales.

En ANEP le damos la bienvenida a la familia anepista a los trabajadores del comité cantonal de Deportes y la Recreación de Alajuela, esperando cumplir con sus expectativas, a la vez que agradecemos a la Seccional ANEP-Municipalidad de Alajuela el papel desempeñado para la creación de esta nueva seccional.   

ANEP-Fuerza Pública impulsa modificación de tres artículos en ley de combo fiscal

Modificación se pretende realizar mediante proyecto de ley, el cual ya cuenta con el apoyo de la diputada Franggi Nicolás. Además, beneficiaría a todos los cuerpos policiales del país.

La Seccional ANEP-Fuerza Pública busca impulsar la modificación de tres artículos incluidos en la recién aprobada ley 9635, conocida como combo fiscal, ya que consideran que la actual redacción afectará la operatividad de la Fuerza Pública y otros cuerpos policiales, y con ello la seguridad ciudadana. Además, de afectar el salario de los oficiales.

Se trata de los artículos 6, 35 y 36 ubicado en el titulo cuarto de la citada ley, los cuales a futuro podrían provocar una afectación directa a la operatividad de la fuerza pública y otros cuerpos policías.

Otro de los artículos en cuestión es el 26 ubicado en capítulo tercero, el cual se refiere al ordenamiento del sistema remunerativo y de auxilio de cesantía el cual afectaría el salario de los oficiales que ingresaron a partir del 1 de enero del 2019, reduciéndolo hasta en 42 mil colones, según estimaciones de la Seccional.

Esta iniciativa de la Seccional ANEP-Fuerza Pública se realizaría mediante un proyecto ley denominado “Reforma de la Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas”, el cual cuenta con el apoyo de la diputada, Franggi Nicolás quien ha estado en reuniones con representantes de la seccional, con el objetivo de afinar detalles de dicho documento.

Para la legisladora es de vital importancia mejorar las condiciones laborales de los cuerpos policías, así como la mejora en la dotación de recursos, ya que esto se traduce en una mejor seguridad ciudadana. 

UCCAEP pide y los diputados obedecen

¿Qué intereses rondarán la prestación del servicio de administración
de la plataforma electrónica de factoreo que sería de uso obligatorio para todas las entidades del sector público?

UCCAEP pide y los diputados obedecen, tal pareciera ser la triste dinámica de cómo, quienes ocupan algunas curules en el Congreso, parecieran estar dispuestos a poner de rodillas al Primer Poder de la República ante la petición de esta cámara empresarial, induciendo con esto a error a los demás legisladores.

Lo anterior pareciera presentarse a raíz del trámite legislativo del expediente 19.957, Ley Marco del Contrato de Factoreo, el cual busca regular la relación entre las partes que intervienen en el proceso de factoreo (servicio financiero que consiste en anticipar el pago de una cuenta por cobrar, la cual es cedida a una persona física o jurídica y éste a su vez se encarga de administrar y cobrar dicho documento).

El texto base de este expediente legislativo propone que todos los entes y órganos del sector público que descuenten facturas utilicen una plataforma electrónica para que se automatice el proceso, también permite que las empresas privadas puedan utilizar esta plataforma. Pero además de lo anterior, la propuesta incial de este expediente  legislativo autorizaba al Instituto Costarricense de Electricidad o una de sus empresas, para que en calidad de administrador de plataforma electrónica pudiese establecer y operar la Plataforma Electrónica de Factoreo que sería de uso obligatorio para todas las entidades del sector público cuando actúen como pagadores.

Este expediente legislativo, en días recientes se dictaminó en la Comisión de Asuntos Económicos para pasar a ser visto en el Plenario Legislativo, dónde actualmente está listo para iniciar mociones 138 o en su defecto, ser sometido a votación en primer debate.

Sin embargo casi a última hora, durante el segundo día de mociones 137, la Comisión Permanente Ordinaria de Asuntos Económicos que conocía el proyecto, aprobó una moción presentada por el diputado Pedro Muñoz de la fracción del PUSC, en la cual se quita la autorización al ICE para gestionar la Plataforma Electrónica de Factoreo  (cosa que ya hace) y en lugar de eso dispone que el Estado deberá contratar un administrador de la Plataforma Electrónica de Factoreo por contratación administrativa ordinaria.

Lo anterior no solo implica una afectación al Grupo ICE, sino que, más grave aún, ASDEICE tiene información que dicho planteamiento, que abre la posibilidad para que se pueda contratar a una empresa del mercado para brindar dicho servicio, fue planteada por la UCCAEP, en atención a la consulta que la Comisión de Asuntos Económicos le hiciera a este sindicato de empresarios, sobre dicho expediente legislativo, del cual no se pidió consulta a los sindicatos de Trabajadores del ICE.

De esta forma, pareciera que la UCCAEP dice y los diputados obedecen sin chistar, ni consultar si quiera a los sindicatos de trabajadores, regulados por el mismo artículo constitucional.

ASDEICE considera que esta maniobra de trámite legislativo, genera una afectación al Grupo ICE, que ha realizado una inversión en equipo para operar este tipo de servicios.

Declaraciones de César López, Director Ejecutivo de ASDEICE

Debe tenerse presente que el servicio de factoreo mediante el uso de una plataforma electrónica, ya es brindado de forma exitosa por el Grupo ICE desde hace cerca de tres años, y sin costo alguno para los entes y órganos del Estado que lo utilicen.

Siendo que el Grupo ICE brinda el servicio a través de RACSA (subsidiaria), sin costo alguno para el Estado, resulta preocupante que los diputados de la Comisión de Asuntos Económicos, aprobaran la moción presentada por Pedro Muñoz del PUSC, para que el Estado contrate a empresas privadas para manejar este servicio. Máxime en tiempos de “crisis fiscal”.

Más preocupante es aún, que la Comisión no tomara en cuenta, el criterio remitido por RACSA a dicha comisión legislativa, mediante Oficio AJ-98-2019, en el cual se explicaba que este tipo de moción, de aprobarse induciría a error a los diputados, por tener imprecisiones con respecto al ordenamiento jurídico actual sobre el tema (artículos 6 y 9 de la Ley No. 8660, y artículos 1 y 201 del Reglamento al Título II de la misma).

Una posición responsable de los legisladores sobre este tema en Plenario, sería que a la hora de conocer el segundo informe para pasar a las mociones de reiteración (138), de conformidad con el artículo 154 del reglamento legislativo, reenvíen el proyecto de nuevo a la comisión dictaminadora, a fin de enmendar la situación.

Veremos si eso sucede, o si por el contrario debemos preguntarnos: ¿qué intereses rondan la prestación de este servicio por entes privados?