Por: Mainor Anchía, Seccional ANEP-Fuerza Pública
Paradójicamente, la persona que denuncia al señor Albino Vargas,
aduciendo que “instiga” para que se cometan delitos en perjuicio de la
tranquilidad pública, es la misma que muchas veces en ejercicio de sus
funciones defendió narcotraficantes, es de todos sabido, que el narcotráfico es
la principal causa de violencia en nuestro país. Sin embargo, cita parte de la
denuncia “venimos a denunciar al señor Albino Vargas Barrantes, mayor,
funcionario público dedicado al ejercicio de un presunto sindicalismo que cada
día se torna violento en daño de la sociedad civil”.
En la
denuncia se observan errores de redacción, por ejemplo: “dedicado al ejercicio
de un presunto sindicalismo”, por cuanto no es una presunción, es público y
notorio que don Albino Vargas es dirigente sindical, que ostenta el cargo de
Secretario General de ANEP, organización sindical que cumple con los
presupuestos establecidos en nuestro ordenamiento jurídico, mismo que incluye
los Convenios Internacionales suscritos por nuestro país con la Organización
Internacional del Trabajo (OIT).
Sigue citando la denunciante: “Dicho señor con sus discursos y acciones
(no dice cuáles) ha venido a desestabilizar el orden constitucional
costarricense incitando a la violencia”. Nuevamente, es preciso recordar que,
según se ha establecido por parte de las autoridades policiales, el incremento
en la violencia, con ajusticiamientos, homicidios y balaceras en sitios
públicos, es resultado de las pugnas por territorio para la venta de drogas, o
sea, del narcotráfico. Ilícito negocio que encuentra terreno fértil en el
desempleo, la falta de oportunidades y en el cada vez más reducido poder
adquisitivo.
Es
preciso preguntar ¿por qué se decantó la señora Navas en denunciar a uno de los
muchos dirigentes sindicales de nuestro país? Se debe descartar la posibilidad
de obtener algún beneficio económico, ni Albino es un adinerado, ni ANEP es un
emporio corporativo que pueda amasar una fortuna, así las cosas, es preciso
valorar y presumir que la misma deviene del populismo punitivo, ese que busca
criminalizar la protesta social. Extrañamente la denunciante en el hecho quinto
señala: “Hace unos días ante una presunta huelga (no se presume, huelga es
huelga, legal o ilegal) convocada por sindicatos médicos y de profesionales
afines (…) léase bien, la huelga no fue convocada por ANEP, tampoco por Albino
Vargas. Sin embargo continua diciendo “incitaba a las masas a reaccionar y
negar la prestación de servicios esenciales como la salud poniendo en peligro
la vida de muchos ante la masiva cancelación de citas y de cirugías
programadas”. Luego, la experimentada abogada, establece como elenco probatorio
las notas de prensa.
En tal
sentido, sorprende que con tanta experiencia y con participación en
manifestaciones (en contra del gobierno) afines a su ideología, introduzca una
serie de hechos extraños o ajenos a la persona denunciada, pareciendo
desconocer que existen varias organizaciones sindicales en los servicios de
salud, mismas que cuentan con sus respectivos dirigentes sindicales, al efecto se
pueden citar: SIPROCIMECA, UNDECA, UNIÓN MÉDICA, ANPE, SINAE, entre otras.
Todas constituidas de conformidad con los requisitos establecidos en nuestro
Código de Trabajo, y demás normativa vinculante, o sea, parte de nuestro Estado
de Derecho ¿Por qué únicamente se denunció a don Albino Vargas?
Parece
sumamente preocupada la denunciante por la salud de las personas. No obstante,
muchas de las emergencias que atienden los hospitales, se derivan de una
actividad que fue defendida por ella, claro, bajo el presupuesto de que toda
persona tiene derecho a la defensa. Igual que se tiene derecho de
sindicalización con el fin exclusivo de obtener y conservar beneficios económicos,
sociales o profesionales.
Bajo esa
premisa, nuestra Constitución Política también garantiza la libertad de
asociación, la libertad sindical, la libertad de reunión, algo más, que
posiblemente en su afán de aprovechar el momento coyuntural olvidó doña Gloria,
el principio de autonomía de la voluntad, si, ese que cita que; “Nadie puede
ser inquietado ni perseguido por la manifestación de sus opiniones ni por acto
alguno que no infrinja la ley. Las acciones privadas que no dañen la moral o el
orden público o que no perjudiquen a tercero, están fuera de la acción de la
ley”. En ese orden de ideas, la señora Navas usa para “fundamentar” su denuncia
un video que fue tomado sin autorización y divulgado por varios medios de
comunicación, de una actividad privada, en la cual participaban diversos
sectores sociales con la finalidad de analizar los efectos de las políticas
adoptadas por los partidos de gobierno, así en plural, porque es claro que PAC,
PLN y PUSC son lo mismo en la actualidad.
Por último, se puede disentir, discrepar, pensar diferente sobre diversos temas, aun siendo parte del mismo equipo u organización; sin embargo, utilizar el derecho para pretender imponer una posición o inclusive acallar a quien tiene una postura diferente de la nuestra, resulta absolutamente reprochable y censurable.
Lic. Mainor Anchía Angulo
Seccional ANEP Fuerza Pública