Cierre de cuatro fincas de Fresh Del Monte impacta a familias de la región Caribe

Ante la reciente información publicada en medios digitales sobre el anuncio de la empresa Fresh Del Monte respecto al cierre de cuatro fincas bananeras en la Región Caribe de Costa Rica, que impacta más de 1.200 hectáreas de cultivo y aproximadamente a 850 personas trabajadoras, las organizaciones firmantes manifestamos lo siguiente

Según lo indicado por la empresa Fresh Del Monte Produce Inc., esta decisión responde a un deterioro en las condiciones del negocio bananero, señalando factores como la apreciación del colón frente al dólar, el aumento en los costos de producción y la afectación por enfermedades como la Sigatoka Negra.

Como Sindicato de Trabajadores de Plantaciones Agrícolas (SITRAP) y Asociación Nacional de Empleados Públicos y Privados (ANEP), lamentamos profundamente esta medida, ya que tendrá un impacto directo y severo sobre cientos de familias trabajadoras de la región Caribe. La mayoría de estas personas dependen exclusivamente de la actividad bananera como fuente de ingreso, y en muchos casos no cuentan con alternativas laborales inmediatas, lo que agrava aún más su situación.

Es importante destacar que la industria bananera continúa siendo una de las principales fuentes de empleo en la región, especialmente en zonas donde otras actividades productivas han sido desplazadas progresivamente.

Ante este escenario, hacemos un respetuoso pero firme llamado a la empresa para que reconsidere esta decisión y explore alternativas menos drásticas que permitan mitigar el impacto social y económico en las comunidades afectadas.

Asimismo, solicitamos que cualquier proceso de reducción de personal se realice con total transparencia, objetividad y respeto a los derechos laborales. En ese sentido, proponemos que la empresa valore la posibilidad de identificar, mediante mecanismos participativos, a trabajadores y trabajadoras otros centros de trabajo, que por razones de salud u otras condiciones deseen optar voluntariamente por su liquidación, priorizando estos casos dentro del proceso.

De igual manera, instamos a que se analicen opciones de reubicación laboral en otros centros de trabajo de la compañía, garantizando condiciones dignas y justas para las personas trabajadoras afectadas.

Finalmente, solicitamos formalmente la apertura de un espacio de diálogo urgente con la empresa, con el objetivo de buscar soluciones conjuntas que reduzcan el impacto de esta medida y protejan la estabilidad de las familias trabajadoras.

Reiteramos nuestro compromiso con la defensa de los derechos laborales y el bienestar de las comunidades.

Firman:
Didier Alexander Leiton Valverde
Secretario General – SITRAP

Alvino Vargas Barrantes
Secretario general – ANEP
Central Social Juanito Mora Porras

Sala Constitucional declara con lugar amparo contra el PANI por violar el derecho de respuesta

La ANEP solicitó información detallada sobre nombramientos cuestionados por la Auditoría Interna; sin embargo, el PANI no respondió dentro del plazo legal.

La Sala Constitucional determinó la violación al derecho de petición y pronta respuesta, y evidenció que la institución contestó únicamente tras la intervención judicial.

La Asociación Nacional de Empleados Públicos y Privados (ANEP) informa que la Sala Constitucional declaró con lugar el recurso de amparo interpuesto contra el Patronato Nacional de la Infancia (PANI), expediente N.° 26-010229-0007-CO, al comprobar que la institución no respondió dentro del plazo legal una solicitud de información relacionada con los nombramientos en propiedad cuestionados en un informe de Auditoría Interna, y que solo emitió respuesta tras la intervención de la Sala.

La gestión presentada el 4 de marzo de 2026 solicitaba información clara y detallada sobre: el estado de la investigación administrativa, la existencia de procedimientos disciplinarios, la cantidad de casos en trámite, las dependencias involucradas, los acuerdos adoptados por la Junta Directiva y la existencia de un informe jurídico sobre los hechos señalados.

Pese a ello, el PANI se limitó inicialmente a acusar recibo sin brindar respuesta de fondo dentro del plazo legal, lo que obligó a interponer el recurso de amparo. Posteriormente, y únicamente después de la intervención de la Sala Constitucional, la institución remitió el oficio PANI-PE-OF-804-2026, en el que indicó que conformó una comisión para analizar los casos y que el proceso se encuentra en revisión. Sin embargo, no proporcionó información concreta, resultados ni conclusiones sobre las eventuales responsabilidades, limitándose a señalar que el análisis continúa.

En su resolución, la Sala Constitucional determinó que esta conducta constituye una violación al derecho fundamental de petición y pronta respuesta, señalando que la Administración Pública está obligada a responder dentro de los plazos establecidos y que la falta de respuesta oportuna es contraria al ordenamiento jurídico.

Para la ANEP, este caso evidencia una falta de transparencia en un tema de alto interés público y confirma la necesidad de recurrir a instancias constitucionales para garantizar el acceso a la información.

La organización reitera que continuará dando seguimiento a este proceso, en busca de una respuesta final clara, completa y conforme a derecho, así como la determinación de las responsabilidades que correspondan.

Asociación Nacional de Empleados Públicos y Privados (ANEP)

Rodrigo Chaves deja la Presidencia con dos querellas interpuestas en su contra por la ANEP

Este próximo 8 de mayo, el Presidente de la República, Rodrigo Chaves Robles, deja su cargo con un serie de denuncias y querellas en su contra, dos de estas últimas, fueron presentadas por la Asociación Nacional de Empleados Públicos y Privados (ANEP), por delitos contra el honor.

La primera de estas por aseveraciones graves contra el honor realizadas por Chaves Robles en contra de la ANEP y toda su afiliación. Mientras que la segunda se da luego de que achacara que el aparente robo de fentanilo en algunas farmacias de la Caja Costarricense del Seguro Social (CCSS) era responsabilidad del Secretario General de la ANEP.

Las querellas interpuestas

El viernes 18 de julio del año 2025, la ANEP interpuso una querella de acción privada por delito contra el honor, ante la Fiscalía General de la República, por un delito contra el honor ante declaraciones difamantes y calumniosas realizada por el presidente Rodrigo Chaves Robles, en contra de nuestra organización y toda su afiliación.

Lo anterior debido a que Chaves Robles no tuvo la hidalguía de disculparse del ataque al honor de las miles de personas trabajadoras asociadas a la ANEP, acusando de «corrupta» a la organización.

Las aseveraciones de Chaves Robles, fueron realizadas el 18 de marzo de año 2025, en una marcha convocada para solicitar la salida del Fiscal General de la República, Carlo Israel Díaz Sánchez.

Segunda querella

La segunda querella fue presentada el lunes 9 de febrero del año en curso, por el Secretario General de la ANEP, Albino Vargas Barrantes, ha ante la Corte Suprema de Justicia, mediante acción privada por delitos contra el honor.

Las acciones denunciadas por el Secretario General de la ANEP, se remontan a setiembre del año 2025, cuando Chaves Robles manifestó, durante la inauguración del Ebais de San Rafael Arriba de Desamparados, que Vargas Barrantes se oponía a la implementación del programa ERP-SAP en la Caja Costarricense del Seguro Social (CCSS), porque quería ocultar el robo y faltante de fentanilo.

Sin embargo, dicha información calumniosa, emitida por el Presidente de la República, fue desmentida por la propia presidenta de la CCSS, Mónica Taylor, quien en el cumplimiento de su deber como funcionaria pública, evitó ser una caja de resonancia de las falacias emitidas en contra del Secretario General de la ANEP, manifestando que el faltante de fentanilo obedecía a una falla presentada en el sistema contable del ERP-SAP tras su implementación

Ante esta situación, el Secretario General de la ANEP presentó la querella contra el presidente de la República, siendo la segunda de estas características.

Desde la ANEP hacemos un llamado a que el respeto entre las personas y organizaciones con pensamientos políticos, sociales y económicos, distintos en una democracia, se deben respetar y no es el insulto, ni la descalificación, ni la amenaza y mucho menos la intimidación lo que debe prevalecer en las relaciones propias de la convencías

Destitución del Subgerente de Sistemas del GAM en AyA es oportuna ante debilidades en su gestión

La Seccional ANEP-AyA hace de conocimiento público la reciente destitución de Alejandro Calderón Acuña, como Subgerente Sistemas Gran Área Metropolitana de Acueductos y Alcantarillados (AyA), decisión que consideramos oportuna en el contexto de la situación actual de la institución.

Durante un tiempo considerable, se habían venido señalando debilidades en la gestión que impactaban el adecuado funcionamiento institucional, por lo que esta medida representa un paso importante hacia el fortalecimiento de la administración y la mejora en la toma de decisiones en AyA

Como organización sindical, reiteramos la importancia de continuar evaluando el desempeño de los distintos niveles jerárquicos, con el fin de garantizar que quienes ocupan cargos de alta responsabilidad contribuyan efectivamente al cumplimiento de los objetivos institucionales y al buen servicio público.

Asimismo, manifestamos nuestra disposición de colaborar de manera constructiva en los procesos de mejora que se impulsen, siempre en defensa de los intereses de las personas trabajadoras y de la ciudadanía en general

La seccional ANEP-AyA reafirma su compromiso con la transparencia, la eficiencia en la gestión pública y el fortalecimiento de la institucionalidad.

Presidencia electa debe aclarar versión sobre eventual nombramiento de Fabricio Alvarado en el PANI

Ante la información de fuentes internas del PANI y que circula en redes sociales sobre un eventual nombramiento del diputado Fabricio Alvarado como Ministro de la Niñez y la Adolescencia (PANI), resulta indispensable que la presidenta electa, Laura Fernández Delgado, aclare de forma inmediata si esta versión es cierta o falsa.

Se trata de un cargo de la más alta sensibilidad, vinculado directamente con la protección de la niñez y la adolescencia. En ese contexto, no puede ignorarse que sobre esta figura han circulado señalamientos y cuestionamientos públicos de carácter grave, lo que eleva el nivel de escrutinio que la ciudadanía exige frente a cualquier eventual designación.

La transparencia y la idoneidad en este tipo de nombramientos son fundamentales. La ciudadanía merece una aclaración clara, categórica y oportuna que confirme o descarte esta información y garantice que las decisiones en materia de niñez se adopten con los más altos estándares.

Incluso, la propia Laura Fernández acusó a Fabricio Alvarado de un supuesto acoso sexual ocurrido cuando ella era asesora en la Asamblea Legislativa.

En aquel entonces, La candidata presidencial del Partido Pueblo Soberano (PPSO), Laura Fernández Delgado, acusó al aspirante presidencial de Nueva República, Fabricio Alvarado Muñoz, de haber incurrido en actos de acoso cuando ella trabajó como asesora en la Asamblea Legislativa.

El señalamiento ocurrió durante el debate presidencial organizado por Radio Columbia y la Universidad Latina de Costa Rica, el pasado mes de enero.

Ante estas graves situaciones, es que ANEP solicita una aclaración ante las informaciones que trasciende sobre el eventual futuro en la dirección del PANI.

Posición de la Seccional ANEP-Policia Profesional de Migración ante acuerdo de cooperación migratoria con EE.UU. anunciado por el Gobierno

Desde la seccional ANEP-Policía Profesional de Migración (PPM) surgen serias preocupaciones sobre el acuerdo de cooperación migratoria anunciado por el Gobierno de Costa Rica con Estados Unidos, las cuales deben ser aclaradas con total transparencia.

El acuerdo señala la posibilidad de trasladar a Costa Rica personas extranjeras no estadounidenses, hasta 25 por semana.

Sin embargo, no queda claro, en qué condiciones se realizarían estos traslados.

Dentro de las dudas y cuestionamientos que surgen están.

• ¿Las personas vendrían de forma voluntaria o como parte de procesos de deportación desde Estados Unidos?

• ¿De qué nacionalidades serían las personas trasladadas a Costa Rica?

•¿Se está considerando el ingreso de personas con nacionalidades sujetas a visa restringida o consular según la normativa costarricense?

•¿Quién asumirá realmente los costos operativos de custodia, seguridad y control migratorio dentro del país?

Aunque en el anuncio del acuerdo se indica que no habrá gastos directos para el Estado, la realidad operativa es otra: la custodia, el control, los procesos administrativos y la seguridad recaen directamente sobre la Policía Profesional de Migración, una institución que ya enfrenta una crisis por falta de personal.

Costa Rica no puede asumir nuevas responsabilidades internacionales sin garantizar primero la capacidad operativa interna.

Este escenario confirma aún más la urgencia de aprobar el Expediente 24.134, para dotar a la Policía Profesional de Migración del recurso humano necesario.

No es un favor institucional.Es una responsabilidad con la seguridad, la soberanía y el control migratorio del país.

Seccional ANEP-PPM

Foto IMAS

Tras denuncia de ANEP, se implementan medidas en Tiendas Libres del IMAS; proceso investigativo sigue en curso

Tras la denuncia de ANEP, se incorporan bolsas que cumplen estándares internacionales.

El proceso se mantiene en trámite y deberá determinar responsabilidades.

San José, 23 de marzo de 2026. La Asociación Nacional de Empleados Públicos y Privados (ANEP) informa a la opinión pública que, como resultado de la denuncia formal presentada el pasado 11 de febrero de 2026 ante la Auditoría Interna del Instituto Mixto de Ayuda Social (IMAS), puesta en conocimiento de la Contraloría General de la República y oportunamente divulgada a nivel público, se ha constatado la reciente incorporación de bolsas en las Tiendas Libres ubicadas en aeropuertos internacionales del país, las cuales sí corresponden a insumos que cumplen con los estándares internacionales requeridos para el transporte seguro de líquidos en tránsito internacional.

Bolsas adecuadas para empaque

Este hecho se produce posterior a los señalamientos realizados por ANEP en relación con el uso de bolsas que no correspondían a este tipo de estándar, sino a insumos diseñados para el transporte de valores monetarios, los cuales estaban siendo utilizados en las Tiendas Libres, según lo documentado en la denuncia.

Si bien la adopción de estas medidas constituye un elemento relevante dentro del contexto denunciado, es importante precisar que no implica el cierre ni la resolución de los hechos señalados.

La denuncia presentada por ANEP se mantiene en trámite y tiene como finalidad que las autoridades competentes desarrollen una investigación integral que permita esclarecer los hechos, determinar la existencia de posibles irregularidades y establecer las responsabilidades administrativas correspondientes.

En particular, ANEP ha solicitado que se analicen aspectos como el proceso de adquisición de las bolsas, la definición de especificaciones técnicas, los mecanismos de control interno aplicados y la eventual participación de personas funcionarias en la toma de decisiones vinculadas a estos hechos.

En ese sentido, la organización sindical dará seguimiento permanente al proceso y esperará el informe final de las autoridades competentes, el cual deberá contener los hallazgos, conclusiones y recomendaciones correspondientes, así como la eventual determinación de responsabilidades.

ANEP reitera que su actuación se fundamenta en la defensa del interés público, la transparencia en la gestión administrativa, el adecuado cumplimiento de los estándares internacionales aplicables en entornos aeroportuarios, así como en la protección de las personas trabajadoras y sus derechos, garantizando que desarrollen sus funciones en condiciones adecuadas y con los insumos correspondientes.

ANEP denuncia presuntas irregularidades en Tiendas Libres del IMAS por uso de bolsas no certificadas

Denuncia presentada ante la Auditoría Interna y la Contraloría advierte posible incumplimiento de estándares internacionales en aeropuertos del país.

Denuncia presentada ante la Auditoría Interna y la Contraloría advierte posible incumplimiento de estándares internacionales en aeropuertos del país.

La Asociación Nacional de Empleados Públicos y Privados (ANEP) presentó una denuncia formal ante la Auditoría Interna del Instituto Mixto de Ayuda Social (IMAS) y puso en conocimiento a la Contraloría General de la República por el presunto uso de bolsas de seguridad que no cumplen con los estándares internacionales exigidos para el transporte de líquidos adquiridos en tiendas libres ubicadas en aeropuertos internacionales.

La denuncia, presentada este 11 de febrero, advierte posibles incumplimientos técnicos, normativos y de control interno en la adquisición y utilización de bolsas en las Tiendas Libres administradas por el IMAS, según consta en el oficio remitido por la organización sindical.

Según la información aportada, desde finales del año anterior en las Tiendas Libres ubicadas en el Aeropuerto Internacional Juan Santamaría y en el Aeropuerto Internacional Daniel Oduber Quirós se están utilizando bolsas de seguridad que no corresponden a bolsas STEB (Security Tamper Evident Bag) certificadas para el transporte de líquidos y productos adquiridos bajo el régimen de tienda libre.

De acuerdo con la evidencia documental y fotográfica adjunta en la denuncia:

  • Las bolsas indican expresamente “Capacidad en billetes: 600 billetes”.
  • Contienen campos impresos para declarar “Cash / Efectivo”, “Cheques” y “Other”.
  • Presentan un diseño propio de bolsas destinadas al transporte de valores monetarios.
  • No evidencian identificación visible de cumplimiento con estándares de la OACI ni características técnicas propias de una bolsa STEB certificada.

Asimismo, se señala que, ante la no adquisición de bolsas STEB certificadas, se habría dispuesto la colocación de adhesivos con la leyenda “Duty Free CR” sobre bolsas diseñadas originalmente para traslado de dinero, con el fin de utilizarlas para mercancía y líquidos vendidos a pasajeros en tránsito internacional.

La organización sindical advierte que esta situación podría estar generando:

  • Pérdida de productos por parte de pasajeros en tránsito internacional.
  • Reclamos de usuarios.
  • Afectación reputacional para las Tiendas Libres del IMAS.
  • Riesgos administrativos derivados de eventuales deficiencias en el proceso de contratación y control interno.

Asimismo, se plantea la posibilidad de que existan debilidades en la definición de especificaciones técnicas, en la supervisión administrativa y en la verificación del cumplimiento de estándares internacionales en materia aeroportuaria.

La organización explicó que, conforme a las especificaciones técnicas internacionales, las bolsas STEB deben cumplir requisitos como:

  • Logo oficial de la OACI.
  • Doble numeración secuencial.
  • Código de barras trazable.
  • Mensaje de seguridad “Do Not Open”.
  • Material apropiado para transporte de líquidos en tránsito internacional.
  • Bolsillo externo para recibo o factura.
  • Sistema de cierre con evidencia de manipulación (tamper evident).

Las bolsas actualmente utilizadas, según la denuncia, no presentan estas características y corresponden a un diseño orientado al transporte de valores monetarios, lo que difiere sustancialmente del estándar internacional exigido para el traslado seguro de líquidos adquiridos en tiendas libres.

La finalidad, especificaciones impresas y estructura funcional de dichas bolsas difieren sustancialmente de las requeridas para el traslado seguro de líquidos en tránsito internacional.

Según la organización, la utilización de un insumo que no cumple con las especificaciones técnicas adecuadas podría evidenciar debilidades en la planificación, adquisición, supervisión y control administrativo, así como eventuales fallas en el sistema de control interno institucional.

Asimismo, se advierte que esta situación podría generar riesgos operativos, reputacionales y eventualmente normativos para el IMAS, considerando que las Tiendas Libres operan en un entorno sujeto a estándares internacionales de seguridad aeroportuaria.

En ese contexto, ANEP considera necesario que la Auditoría Interna realice un análisis integral de los hechos denunciados, a fin de determinar si existieron omisiones, errores técnicos o eventuales responsabilidades administrativas derivadas del proceso de adquisición y uso de dichas bolsas.

En su gestión formal, ANEP solicitó:

  • La apertura de una investigación integral sobre el proceso de adquisición, recepción y utilización de las bolsas actualmente empleadas en las Tiendas Libres del IMAS.
  • Que, una vez concluida la investigación, se informe oficialmente sobre los resultados, hallazgos y recomendaciones emitidas.
  • Transparencia respecto a la cantidad total de bolsas adquiridas, el monto pagado por la institución, la partida presupuestaria utilizada y el procedimiento de contratación aplicado.
  • La identificación de las instancias o funcionarios responsables de la definición de especificaciones técnicas, la aprobación de la compra, la recepción conforme del producto y la autorización para su uso.
  • La valoración de eventuales procedimientos administrativos disciplinarios en caso de confirmarse incumplimientos técnicos o debilidades en el control interno.
  • La emisión de medidas correctivas que garanticen que, en adelante, únicamente se utilicen bolsas STEB certificadas conforme a los estándares internacionales aplicables.

ANEP indicó que estas acciones se plantean sin perjuicio de otras eventuales medidas administrativas o legales que pudieran derivarse de los hechos denunciados.

Pruebas presentadas

ANEP alerta que proyecto que crea el Ministerio de Desarrollo Social (MIDESO) “metería el bisturí” al sector social con despidos y recortes

• Declaraciones de la jerarca del Instituto Mixto de Ayuda Social (IMAS) encienden alarmas sobre ajustes drásticos en la política social.

• El proyecto permitiría traslados forzosos, mayor discrecionalidad política y debilitamiento del empleo público.

• Miles de familias podrían ver reducidas becas, subsidios y programas sociales.

San José, 5 de febrero de 2026. La Asociación Nacional de Empleados Públicos y Privados (ANEP) expresa su profunda preocupación tras analizar el proyecto de ley Expediente N.° 25.112, que propone la creación del Ministerio de Desarrollo Social (MIDESO) mediante la absorción de instituciones clave como el IMAS, el Consejo Nacional de la Persona Adulta Mayor (CONAPAM), el Consejo Nacional de Personas con Discapacidad (CONAPDIS) y el Sistema Nacional de Información y Registro Único de Beneficiarios del Estado (SINIRUBE).

Además, la iniciativa concentraría en el nuevo ministerio la administración del Fondo de Desarrollo Social y Asignaciones Familiares (FODESAF), principal fuente de financiamiento de becas, subsidios y transferencias sociales del país.

Para ANEP, esta reestructuración no fortalece la política social. Por el contrario, pone en riesgo la estabilidad laboral de cientos de personas trabajadoras al permitir traslados de personal y plazas, redefinir puestos de confianza y aplicar eventuales indemnizaciones bajo criterios técnicos poco claros, lo que podría derivar en despidos encubiertos. La centralización de funciones y la subordinación del IMAS al ministerio también amenazan con sobrecargar al personal, debilitar la negociación sindical y reducir la capacidad operativa de las instituciones en los territorios.

A esta preocupación se suma que la presidenta ejecutiva del IMAS, Yorleny León Marchena, manifestó públicamente que “es hora de meter el bisturí” al sector social. Para ANEP, este tipo de expresiones evidencian una orientación hacia recortes y ajustes drásticos, y no hacia el fortalecimiento institucional, lo que incrementa la incertidumbre laboral y el riesgo de debilitamiento de los programas que atienden a la población más vulnerable.

Asimismo, la población usuaria podría enfrentar una reducción en la cobertura de programas sociales, atrasos en la entrega de becas y subsidios, y eventuales exclusiones de familias que actualmente reciben apoyo. También preocupa la apertura a convenios con el sector privado y organizaciones no gubernamentales que podrían sustituir empleo público por esquemas laborales más precarios.

ANEP advierte que esta reforma, lejos de mejorar la eficiencia del Estado, pone en tensión los derechos laborales, la calidad del servicio público y la atención oportuna a quienes más necesitan apoyo.

Impactos para las personas trabajadoras

•Menor autonomía técnica y decisiones centralizadas desde el ministerio.
•Traslados forzosos e incertidumbre laboral, con riesgo de despidos encubiertos.
•Aumento de cargos de confianza y mayor discrecionalidad política.
•Debilitamiento de la negociación sindical y de la estabilidad en el empleo público.
•Más carga de trabajo y duplicación de funciones sin compensación.

Impactos para la población usuaria

•Retrasos en becas, subsidios y transferencias sociales.
•Reducción de cobertura y exclusión de familias necesitadas.
•Posible sustitución de empleo público por servicios privatizados o tercerizados.
•Menor presencia territorial del Instituto Mixto de Ayuda Social (IMAS) en comunidades.
•Más trámites y tiempos de respuesta más lentos.

Ante este escenario, la Asociación Nacional de Empleados Públicos y Privados (ANEP) exige garantías absolutas de estabilidad laboral, respeto pleno de los derechos adquiridos, despolitización de plazas y recursos suficientes, permanentes y transparentes que aseguren una atención integral y de calidad a la población más vulnerable. La centralización y subordinación de instituciones con trayectoria social no resolverá la pobreza ni fortalecerá la política social, sino que corre el riesgo de debilitarla.

ANEP hace un llamado urgente a las y los legisladores y a la ciudadanía para analizar con rigor esta reforma y evitar decisiones que afecten el empleo público y los programas sociales que sostienen a miles de familias.

El sindicato reafirma su vigilancia permanente y su disposición a actuar en defensa de los derechos laborales y de la institucionalidad social del país, e insta a las personas trabajadoras del sector, particularmente del Instituto Mixto de Ayuda Social (IMAS), a mantenerse informadas, organizadas y unidas para proteger el empleo público y los servicios que garantizan derechos a la población.

Una reforma social sin garantías laborales ni protección institucional pone en riesgo tanto a quienes trabajan por el bienestar social como a las familias que dependen de estos servicios.

Sala Constitucional condena al PANI por negar información sobre la reasignación de una abogada del DARI ante rezagos judiciales

La institución deberá informar si la Dirección Regional de Alajuela abrió procesos administrativos contra la coordinación y los abogados responsables del rezago, y entregar toda la información solicitada por la ANEP en un plazo de diez días.

El fallo ordena transparencia y condena al PANI al pago de costas, daños y perjuicios.

La Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia declaró con lugar un recurso de amparo interpuesto contra el Patronato Nacional de la Infancia (PANI), al determinar que la institución violentó el derecho fundamental de acceso a la información pública, al negar información relacionada con una reorganización administrativa solicitada por la Dirección Regional de Alajuela ante un grave rezago en la atención y gestión de procesos judiciales en la oficina local de Alajuela Oeste.

El caso se origina a partir del oficio PANI-DRA-OF-0004-2024, emitido por la Directora Regional de Alajuela, Yorleny Mora Acuña, mediante el cual se puso en conocimiento de la Presidencia Ejecutiva del PANI la existencia de rezagos significativos en la tramitación de procesos judiciales en la oficina local de Alajuela Oeste, situación que incluso había generado prevenciones por parte de autoridades judiciales.

Ante este escenario, la Dirección Regional de Alajuela solicitó una reorganización temporal del recurso humano del área legal, que implicaba trasladar a una abogada del Departamento de Atención y Respuesta Inmediata (DARI) para que asumiera la atención de procesos judiciales en una oficina local distinta, ejecutando funciones para las cuales no fue contratada originalmente.

Frente a estos hechos, la Asociación Nacional de Empleados Públicos y Privados (ANEP) solicitó formalmente información pública con el fin de esclarecer:

            •          La respuesta emitida por la Presidencia Ejecutiva del PANI ante la solicitud de reorganización planteada por la Dirección Regional de Alajuela.

            •          Las decisiones administrativas adoptadas para enfrentar el rezago judicial comunicado oficialmente.

            •          Si, ante la gravedad de los hechos descritos en el oficio regional, la Administración procedió o no a la apertura de procesos administrativos disciplinarios contra la coordinación de la oficina local de Alajuela Oeste y contra los profesionales responsables de los procesos judiciales rezagados, o si, por el contrario, se optó únicamente por redistribuir funciones entre personal no contratado para dichas labores.

La solicitud tenía como propósito determinar si la Administración activó los mecanismos institucionales de responsabilidad administrativa, o si, el rezago fue atendido exclusivamente mediante la reasignación de funciones, sin una valoración formal de eventuales incumplimientos funcionales.

No obstante, la Presidencia Ejecutiva del PANI denegó de forma absoluta el acceso a la información solicitada, limitándose a invocar de manera genérica el denominado “principio de confidencialidad”, sin citar norma legal específica, sin motivación concreta y sin realizar un análisis individualizado de la información requerida.

La Sala Constitucional determinó que dicha actuación no se ajusta al estándar constitucional, y estableció, entre otros aspectos, que:

            •          La información solicitada corresponde a comunicaciones internas y decisiones administrativas relacionadas con la organización del servicio público, las cuales no integran una esfera de reserva absoluta.

            •          La invocación genérica de la confidencialidad no constituye una justificación constitucionalmente válida para restringir el derecho de acceso a la información pública.

            •          Aun cuando exista materia disciplinaria, la Administración no puede negar de forma total la información, y está obligada, como mínimo, a informar sobre la existencia o no de actuaciones administrativas y su estado general.

            •          El PANI omitió aplicar el principio de divisibilidad de la información, al no distinguir entre datos sensibles protegidos y aquella información de carácter público o general.

La Sala reiteró que las instituciones públicas están sujetas a los principios de transparencia, rendición de cuentas y control ciudadano, especialmente cuando se trata de decisiones que inciden directamente en la organización del servicio público y el cumplimiento de funciones legales.

En su sentencia, la Sala Constitucional ordenó al Patronato Nacional de la Infancia que, en un plazo máximo de diez días, proceda a:

            •          Entregar copia de la respuesta institucional emitida por la Presidencia Ejecutiva al oficio PANI-DRA-OF-0004-2024.

            •          Informar si se han iniciado o no procedimientos administrativos disciplinarios relacionados con los hechos descritos y, en caso afirmativo, indicar la etapa en que se encuentran, sin divulgar información protegida por la normativa de datos personales.

            •          Aplicar de forma estricta el principio de divisibilidad de la información, resguardando únicamente los datos personales, confidenciales o sensibles que legalmente deban mantenerse bajo reserva.

Asimismo, la Sala condenó al PANI al pago de costas, daños y perjuicios, y advirtió que el incumplimiento de la sentencia puede acarrear consecuencias penales, conforme a lo dispuesto en el artículo 71 de la Ley de la Jurisdicción Constitucional.

Con esta resolución, la Sala Constitucional establece que la transparencia y la rendición de cuentas son exigencias ineludibles en la gestión pública, y que las reorganizaciones administrativas no pueden utilizarse como un mecanismo para eludir el análisis de eventuales responsabilidades, ni para negar el acceso a información pública mediante argumentos genéricos de confidencialidad.