Criterio de la ANEP, respecto al Acuerdo No. 2003-17-a de la Sesión Extraordinaria No. 2003-038, de la Junta Directiva del Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados (ICAA), referido a las políticas en reasignaciones.

Estimados señores:
Estimadas señoras:

Reciban, en primera instancia, un cordial y respetuoso saludo de parte de la Asociación Nacional de Empleados Públicos y Privados (ANEP).

De la manera más respetuosa nos permitimos expresar nuestro criterio respecto al Acuerdo No. 2003-17-a de la Sesión Extraordinaria No. 2003-038, de esa honorable Junta Directiva, referido a las políticas en reasignaciones.

Sobre el particular, nuestra organización sindical avala con gran satisfacción tan importante iniciativa, misma muy bien fundamentada según los considerandos del documento respectivo. No obstante, queremos llamar la atención, específicamente, sobre el considerando referido a la creación de la Comisión Ejecutiva, misma que funcionara como órgano asesor y supervisor de los procesos.

Lo anterior por cuanto la única participación laboral designada en dicha comisión está sujeta a un proceso electoral propiciado por la Dirección de Recursos Humanos, instancia que inscribirá los candidatos y los someterá un proceso de elección en el ámbito nacional, de tal manera que sería ese despacho (órgano conformante de la jerarquía institucional), el que estaría en la práctica legitimando la representación laboral, pues con su intervención se seleccionaría al candidato que al final del proceso electoral salga seleccionado; un proceso que, respetuosamente, cuestionamos.

Han de saber los honorables miembros de la Junta Directiva del ICAA y las mismas autoridades institucionales que de efectuarse dicho proceso, podría estarse tipificando como una competencia desleal, pues socava el principio y el accionar de las organizaciones sindicales con presencia en esta estratégica institución; a las cuales por ley se les asigna a la representación de los trabajadores y de las trabajadores. Curiosamente ha quedado excluida la representación sindical en tan importante comisión

Así las cosas, queremos llamar la atención, pues de no corregirse el acuerdo abría argumentación suficiente para que cualquiera de los sindicatos recurra a otras instancias extrainstitucionales, incluso la misma Sala Constitucional, cosa que quisiéramos evitar, ya que estamos seguros debe de privar el diálogo y la negociación como la fórmula de superar las discrepancias.

Finalmente, quedaremos a la espera de que la honorable Junta Directiva, acoja nuestra respetuosa recomendación.

Reiterándoles nuestro respeto y consideración,

Albino Vargas Barrantes
Secretario General

Gerardo Cascante Amador
Directivo Nacional
Responsable ANEP-ICAA

—-
c.:Junta Directiva Nacional de ANEP.
c.:Trabajadores, ICAA.
c.:Archivo.

Carta al Señor Presidente de la República por el alejamiento de su asesor el Lic. Rodrigo Arias Sánchez.

Doctor
Abel Pacheco de la Espriella
Presidente de la República
Casa Presidencial
Su Despacho

Estimado señor Presidente:

Sinceramente, nos hemos alegrado mucho por la recuperación de su salud y esperamos que, para el bien del país, esté usted con todas las energías y con todo ese vigor laboral que le caracteriza.

También expresamos nuestro regocijo por haberse alejado de usted, lo que nosotros consideramos la mala influencia en su Gobierno, nos referimos a la asesoría del Lic. Rodrigo Arias Sánchez, cuyo pensamiento neoliberal extremista, totalmente contrario a la filosofía socialcristiana ostentada por su persona, habría conducido al país a enfrentamientos mayores de los que ya se han visto.

Ojalá que más temprano que tarde, la Doctrina Social de la Iglesia Católica anime y oriente, completa y rotundamente, la acción ejecutiva de la Administración Pacheco de la Espriella; para iniciar así el camino de la restauración de la sociedad solidaria, equitativa y de oportunidades que una vez tuvimos y que, lamentablemente, parece ser la bandera arriada por el otrora socialdemócrata Partido Liberación Nacional (PLN).

Respetuosamente,

Albino Vargas Barrantes
Secretario General

Édgar Morales Quesada
Secretario General Adjunto

—-
c.: Lic. Ricardo Toledo Carranza, Ministro de la Presidencia.
c.: Junta Directiva Nacional de la ANEP.

Carta a los Señores Diputados y Señoras Diputadas de la Asamblea Legislativa para que no aprueben el presupuesto extraordinario para pagar las prestaciones a los trabajadores y trabajadoras del INCOP, y en consencuencia permitir la privatización del

Honorables señores diputados:
Honorables señoras diputadas:

Como es de su pleno conocimiento, nuestra organización, por principios y convicción ideológica, nos hemos opuesto y estamos en contra de todo tipo de enajenación del patrimonio nacional. Ya sea por medio del desprestigiado instrumento de la concesión de obra pública, privatización, apertura, o cualquier otro subterfugio jurídico de que se valen ciertos dirigentes políticos, en posiciones de poder, para trasladar a manos privadas los recursos e instituciones públicas.

Esta posición la hemos mantenido firme en todo el proceso de privatización, que con el nombre de modernización portuaria y concesión de obra pública, se ha venido desarrollando en el Instituto Costarricense de Puertos del Pacífico (INCOP).

Esta posición, patriótica, le costó a nuestra organización sindical la exclusión absoluta de todo este proceso, a pesar de que somos la segunda organización laboral en membresía en esa institución.

Valga decir que en la actualidad se persigue, despide y se deja sin funciones a los compañeros trabajadores de la Junta Directiva de nuestra Seccional; igualmente, se persigue a nuestra afiliación en esa institución, no solamente por parte de las autoridades sino además por parte de los sindicatos locales, que la misma patronal llama como “nuestros sindicatos”.

Desde un inicio le hemos indicado a nuestra afiliación en particular y a los trabajadores y trabajadoras de INCOP en particular, que el cierre técnico o la privatización de esta institución, únicamente puede ser resuelta por medio de una ley, de igual jerarquía a la de su creación y no mediante decreto ejecutivo, como se pretendió. Mucho menos mediante una reforma extraordinaria al presupuesto ordinario de la República. Peor aún, cuando se trata de trasladar fondos de programas del IMAS o del CONAVI, fondos asignados por leyes específicas, para fines específicos, para favorecer un proceso de privatización como el comentado.

Ya algunos entendidos en materia constitucional se han referido a la inconstitucionalidad de esta reforma presupuestaria.

Esta honorable comisión, responsablemente, debería traer a expertos de distintas visiones en materia constitucional para escuchar su parecer; o proceder a consultarle a la Sala Constitucional, sobre la constitucionalidad de la reforma pretendida.

Nuestra organización siempre ha defendido, ante los trabajadores de INCOP, ante las autoridades públicas, que para pagar el “desarraigo”, unos 27 millones de dólares, a los trabajadores de INCOP; AUNQUE ESTOS FOINDOS PROVINIERAN COMO SE NEGOCIÓ EN LA CARTA DE INTENCIONES, DE FONDOS DE LAS EMPRESAS BENEFICIADOAS CON LOS CARTELES DE LICITACIÓN; AÚN ASÍ DICHO TRASALDO DE FONDOS A LOS TRABAJADORES, NECESITABA DE UNA LEY ESPECIAL. Con mucho más razón, ahora que la plata para pagar este compromiso ya no saldrá de los recursos de las empresas, sino de los escuálidos bolsillos de la ciudadanía.

Señores Diputados, señoras Diputadas: Llamamos a su conciencia como padres y madres de la patria. ¿Debemos pagar los costarricenses en general, con fondos públicos, un negocio que a todas luces favorece a empresas transnacionales?. Demandamos, con todo respeto, señores diputados, señoras diputadas, que el desarraigo sea pagado por las empresas beneficiadas con este negociado y no con recursos de todas y todos los costarricenses.

Por otra parte señores diputados, señoras diputadas, deben ustedes considerar que el en puerto puntarenense, históricamente, trabajan en servicios no sustanciales de la administración, una serie de pequeñas y medianas empresas privadas. Al ser privatizados estos servicios, ¿quién pagara las indemnizaciones que con todo derecho reclamarán estos pequeños empresarios nacionales?; ¿lo pagarán las empresas beneficiadas con el negociado, o tendremos que pagarlo también toda la gente de Costa Rica?

Prestaciones Legales:

En la famosa carta de intenciones los sindicatos que la patronal llama suyos, aceptaron que las prestaciones legales se pagaran hasta 13 años como máximo.

Tal disposición resulta contraria al derecho laboral, a la práctica y a la jurisprudencia, ya que para todos es sabido que en los procesos de reestructuración o modernización como lo es el caso que nos ocupa, se pagan todos los años de servicio. Sin limite.

Los trabajadores saben esto y ya se están preparando para las demandas respectivas contra el Estado para que se les cancele sus prestaciones, conforme a lo establecido en estos procesos de modernización o de reestructuración institucional.

Señoras Diputadas, señores Diputados: ¿Serán ustedes cómplices, apoyando este presupuesto extraordinario, de los cientos de demandas que tendrán que enfrentar los tribunales de trabajo por esta justa aspiración. No será mejor, no votar tal presupuesto, hasta tanto el INCOP incluya los recursos para pagar las prestaciones conforme a la ley y evitarle más costos a la familia costarricense.

Cumplimiento de la “Carta de Intenciones”

Señoras Diputadas, señores Diputados: Respetuosamente, les rogamos revisar con mucho cuidado si el Gobierno de la República y las autoridades del INCOP, han cumplido con lo establecido en dicho documento, pues dicha “Carta de Intenciones”, es un instrumento a cumplir para aceptar la privatización, según los sindicatos que le dieron apoyo a este “proceso”. Lo allí claramente estipulado, incluso con plazos muy concretos, no se ha cumplido hasta la fecha absolutamente nada.

Si ustedes señoras Diputadas, señores Diputados, le dan su apoyo a este deslucido y triste proceso aprobando esta reforma presupuestaria, sin que antes el Gobierno cumpla con lo estipulado en esa carta de intenciones, mucho mal le estarán haciendo a la comunidad puntarenense, a la gente que trabaja en el INCOP y a las nuevas generaciones de trabajadores. Pues los dólares, por más verdes que sean, se gastan, y la comunidad de Puntarenas y los nuevos trabajadores portuarios serán los que paguen la cuenta. Limón es ya un ejemplo claro de lo que pasa con la privatización de los muelles: ¿dónde está la riqueza prometida?, ¿dónde están los buenos salarios?, ¿dónde están los buenos empleos prometidos?…en ninguna parte. Todo lo contrario Limón es hoy una tristeza social y una olla de presión, que cuando estalle, nos va a quemar a todos.

¿Quieren ustedes, señores diputados, señoras diputadas, esto para Puntarenas?. De seguro que no, entonces, antes de votar y con su voto avalar el fracaso de este triste proceso, se deben asegurar que el Gobierno cumpla, paso a paso, con cada uno de los acuerdos estipulados y firmados en la famosa “Carta de Intenciones”.

Por último, señoras Diputadas, señores Diputados, respetuosamente se lo reiteramos, les solicitamos no ser cómplices, no prestarse y apoyar con su voto un proceso que está lleno de dudas, de cosas no explicadas, no dichas.

Es el momento para que las señoras Diputadas y los señores Diputados, le pongan un alto a lo que viene sucediendo en el INCOP, nombren una Comisión Legislativa que investigue en todos sus extremos y detalles todo este engorroso y dudoso proceso y permitan a todos los sectores sociales de este país, especialmente los de la zona involucrada, discernir y dar su opinión sobre el puerto que queremos en Puntarenas.

Esta oportunidad puede ser más importante que unos cuantos dólares más; ofrecidos irresponsablemente a los trabajadores para que aceptaran la privatización de esta importante institución, dólares que ahora se nos dice, deben ser pagados por todas y todos los costarricenses.

Vaya descaro al que ha llegado cierta parte de nuestra clase política: ofrecer “premios” para poder subastar nuestros bienes patrios.

¿Se han puesto a pensar cuál es el impacto que se generará, económico y social, en las tarifas de los eventuales servicios privados portuarios?

Esperamos, respetuosamente, señoras Diputadas, señores Diputados, que con su voto, ustedes no sean cómplices de esta barbaridad.

Agradeciendo su atención, se suscriben de usted atentamente,

Albino Vargas Barrantes
Secretario General

Edgar Morales Quesada
Secretario General Adjunto

—-
c.: Junta Directiva Nacional de ANEP.
c.: Junta Directiva Comité Seccional ANEP-INCOP.
c.: Medios de Comunicación Colectiva.
c.: Trabajadores y trabajadoras del INCOP.
c.: Archivo.

Denuncia por prácticas laborales desleales contra el Contralor General de la República.

Asunto: DENUNCIA POR PRACTICAS LABORALES DESLEALES
ASOCIACION NACIONAL DE EMPLEADOS PUBLICOS Y PRIVADOS
c. CONTRALOR GENERAL DE LA REPUBLICA

Estimado señor::

El que suscribe, Albino Vargas Barrantes, mayor, soltero, portador de la cédula de identidad número 1-457-390, vecino de Alajuelita, en mi condición de Secretario General de la Asociación Nacional de Empleados Públicos y Privados (ANEP), ante esta Autoridad me presento formulando la presente denuncia por infracción a la legislación laboral, en contra del señor Luis Fernando Vargas Benavides, en su condición de Contralor General de la República, con fundamento en los hechos que de seguido expongo.

Que de conformidad con lo que establece el artículo 360 del Código de Trabajo y en virtud de las actitudes desplegadas por el denunciado ante esta autoridad promuevo las presentes diligencias.

HECHOS

El 12 de setiembre de 2002 se constituyó una Seccional de ANEP en la Contraloría General de la República.

Mediante nota SG-0606-02, de fecha 16 de setiembre de 2002, el señor Albino Vargas, Secretario General de ANEP, le informó al Lic. Luis Fernando Vargas la constitución de la Seccional y le solicitó audiencia formal para presentarle a los miembros y conversar sobre los planes del grupo en la Contraloría General.

Mediante oficio No. CO-281, del 18 de setiembre de 2002, el Contralor General le traslado el oficio SG-0606-02 de la ANEP al señor Enrique Muñoz Aguilar, Jefe a.í. de la Unidad de Recursos Humanos de la Contraloría General, con la única indicación de que era para “… su conocimiento y fines consiguientes …”.

Ante la negativa del señor Contralor de conceder la audiencia solicitada, los miembros de la Directiva de la Seccional, mediante nota de 10 de octubre de 2002, le reiteraron la solicitud para que recibiera en audiencia formal el grupo dirigente y a las autoridades de la ANEP, con el propósito de legitimar la Seccional y explicarle personalmente las razones de su constitución, los objetivos y propósitos de la misma.

Vencido el plazo de 10 días hábiles que establece la Ley de Administración Pública para responder, no se recibió repuesta de esta solicitud de audiencia, ni otorgándola ni un acuse de recibo.

En medio de esta situación, tuvimos que esperar a que el Sr. Contralor General recibiera a la Seccional. Está programó llevar a cabo un seminario denominado “Fundamentos sindicales, el ABC sindical”, para lo cual mediante oficio SDAC-009-2002 del 25 de octubre de 2002, dirigido al señor Enrique Muñoz Aguilar, Jefe a.í. de la Unidad de Recursos Humanos, se solicitó el permiso respectivo para llevar a cabo la citada actividad en una aula del Centro de Capacitación de la CGR.

Es importante indicar que con anterioridad al nacimiento de la Seccional, las aulas del Centro de Capacitación han sido facilitadas para este tipo de actividades por las demás organizaciones de funcionarios de la Contraloría (Cooperativa, Asociación de Profesionales, Asociación Deportiva, Asociación de Pensionados).

Mediante oficio URH-760 del 29 de octubre de 2002, el señor Enrique Muñoz A., responde la solicitud indicada en el punto anterior, autorizando el evento, pero no en las instalaciones del Centro de Capacitación, sino en la soda un lugar que no reúne las mejores condiciones de mobiliario y de ambiente para llevar a cabo un seminario.

Ante esta situación, la Seccional ANEP-CGR, mediante oficio SDAC-011-2002, de 30 de octubre solicitó de nuevo autorizar el uso de una aula para ese seminario y no las instalaciones de la soda.

En dicha nota la Seccional señaló en su último párrafo lo siguiente: “si la negativa se mantiene, nos sentiremos liberados para presentar ante las instancias que correspondan la denuncia pertinente sobre prácticas laborales desleales, basados en la Ley No. 7360 así como en los Convenios Internacionales de la OIT ratificados por nuestro país”.

Es importante resaltar este aspecto, que creemos es lo que motiva lo que se expone en el punto 10 respecto de la atropellada audiencia concedida.

El señor Enrique Muñoz Aguilar, Jefe a.í. de Recursos Humanos respondió, mediante oficio URH-766 del 31 de octubre, comunicando negativamente el uso de las aulas y señalando, para asombro de los miembros de la seccional que “… la política imperante en este momento en esta Contraloría General consiste en permitir únicamente el uso del local de la soda para la realización de las actividades propias de las organizaciones laborales que hayan sido autorizadas de previo …”.

Es decir, antes del nacimiento del sindicato, a las organizaciones laborales les prestaban las aulas para sus reuniones, seminarios, etc.; apenas las solicitó la Seccional nació una nueva “política”, totalmente restrictiva.

En medio de este panorama, y de manera sorpresiva, el día viernes1º de noviembre de 2002, en horas cercanas al mediodía la secretaria del Contralor General llamó a cada miembro de la Directiva de la Seccional para dar audiencia ese mismo día a las 3:00 p.m. Es decir, 47 días después de haberse solicitado por primera vez la audiencia, la concedió de manera apresurada. La Seccional tuvo que proceder a localizar a varios de sus miembros que laboran fuera de la Institución, así como a la dirigencia de la ANEP (la cual no fue comunicada de manera oficial por la secretaria del Contralor).

En dicha audiencia, la cual estuvo llena de una atmósfera no muy cordial, el Contralor manifestó que todos los asuntos laborales los atendería el Jefe de Recursos Humanos. La Seccional, por medio del señor Albino Vargas presente en la audiencia le manifestó que si el citado funcionario tenia poder de decisión estaría bien, pero que si iba a ser un simple intermediario, se le solicitaba designar una comisión con poder de decisión para tratar con el ANEP.

Además le comunicó que en los siguientes días se le enviaría solicitud de requerimientos mínimos para el trabajo de la Seccional.

Mediante oficio SG-739-02 del 19 de noviembre de 2002, suscrito por Albino Vargas, en su condición de Secretario General de la ANEP, se le solicitó al Contralor las facilidades para el trabajo sindical, de la manera siguiente:

Espacio físico para la colocación de una pizarra que facilite la divulgación de información sindical de interés de los trabajadores y de las trabajadoras.

Espacio físico sencillo para la apertura de una oficina sindical.

Utilización racional de sistema de altoparlantes de la entidad, para la divulgación de actividades propias del sindicato.

Uso racional de la red electrónica interna para comunicaciones sindicales.

Acceso a las aulas de capacitación, para las sesiones directivas del Comité Seccional de ANEP, reuniones pequeñas y eventos similares.

Permiso de cuatro horas semanales, en día martes a partir del mediodía, para la reunión ordinaria de la directiva del citado organismo sindical y realización de otras actividades inherentes a la naturaleza de su trabajo de representación laboral.

Permiso de una jornada laboral completa, una vez al mes, para tres integrantes de la directiva seccional, con la finalidad de que se incorporen, con pleno derecho, a la instancia denominada Consejo Consultivo Nacional de la ANEP, que es el espacio de confluencia de las distintas entidades sindicales institucionales que orienta las políticas globales, generales y nacional, de nuestra agrupación.

Con fecha 3 de diciembre de 2002, el señor Enrique Muñoz Aguilar, mediante oficio URH-848 responde al señor Albino Vargas lo siguiente:

“… Nos referimos a su Oficio S.G. 0739-02 de fecha 19 de noviembre de 2002, el cual fue trasladado por el Contralor General a esta Unidad de Recursos Humanos en esa misma fecha. Sobre el particular me permito indicarle que estamos procediendo a su valoración, de lo que se le estará informando oportunamente. “

Es decir, la solicitud de ANEP se entregó el 19 de noviembre, el Contralor General la traslada ese mismo día a Recursos Humanos y esta Unidad da un acuse de recibo hasta el 3 de diciembre, para indicar que esta valorando la solicitud.

Todo esto en un manejo improcedente de los plazos de ley para responder sobre el fondo del asunto.

Ante la falta de respuesta concreta por parte de la Contraloría General a la petitoria indicada anteriormente, la ANEP procedió a interponer un recurso de amparo ante la Sala Constitucional el cual fue acogido para su trámite bajo el expediente 03-000520-0007-CO. El veintidós de enero de 2003 la Sala Constitucional y notifica a las partes el 28 de enero de 2003, ordenando al Contralor y al Jefe de Recursos Humanos de la Contraloría para que respondan en un plazo de tres días sobre lo denunciado por la ANEP.

Hábilmente la Contraloría emite respuesta ese mismo día 28 de enero de 2003, en horas de la tarde el señor Enrique Muñoz, con oficio URH-057, responde la solicitud de facilidades, sobre la cual se da las consideraciones siguientes:

  • Sobre espacio físico para colocar una pizarra.

La ANEP solicitó un espacio para colocar una pizarra que esta organización compraría

La Contraloría determinó colocar una pizarra para todas las organizaciones de la institución, supeditado su uso a políticas que serían comunicadas en fecha próxima.

Sin embargo, no fue sino hasta el 25 de marzo de 2003 que distribuyen el documento “Reglas para uso de espacios informativos”, el cual contiene aspectos restrictivos para las organizaciones, en particular para una organización sindical.

Entre estas están:

El tamaño de la pizarra asignado a cada organización.

Que ninguna organización puede facilitar espacio a otra cuando esta lo requiera (salvo que estén organizando juntos la actividad).

Otro aspecto señala que no se pueden colocar mensajes “… que promuevan conductas no afines a los valores institucionales …”.

“No podrá publicarse información ajena al quehacer de las organizaciones representadas ni temas fuera del ámbito de competencia de la institución.

La Unidad de Recursos Humanos podrá variar las dimensiones de la pizarra y de los espacios asignados a las organizaciones laborales de acuerdo con las necesidades de espacio y los grupos representados.

  • Espacio físico para la apertura sindical.

Niegan toda facilidad y para rematar, para impedir cualquier otra interpretación de trato desigual con otras organizaciones, le quitan la oficina que le habían asignado a la Asociación de Pensionados. Es decir, vuelven a crear una nueva “política” ante el nacimiento del Sindicato.

  • Utilización racional del sistema de alto parlantes.

De igual manera niegan el permiso y crean una “nueva política”.

  • Utilización racional de la red electrónica.

Niegan su uso aduciendo razones que no están técnicamente respaldadas.

  • Acceso a las aulas del Centro de Capacitación.

Reiteran su negativa, amparados en la .. “política imperante” …, que aprobaron en anterior oportunidad y que ya hemos comentado.

  • Permiso para reuniones de la Seccional.

Sin embargo, por ejemplo, si dieron permiso para que varios funcionarios organizaran en horas laborales una exposición de fotografías y una exposición de orquídeas.

Por otra parte con fecha 29 de octubre del 2002, mediante el oficio SDAC-010-2002 el Comité Seccional le solicitó al Contralor General una serie de información sobre el Proceso de Modernización de la Contraloría, el cual se venía ejecutando oficialmente desde el 30 de mayo de 1999.

El señor Contralor General traslada a la Unidad de Recursos Humanos dicha solicitud, según oficio CON-39, del 14 de noviembre de 2002.

Ante la falta de respuesta, la Seccional le envÍa nota SDAC-015-2002, de fecha 13 de diciembre de 2003 al señor Enrique Muñoz, reiterando la solicitud de información en el oficio SDAC-010-2002, e indicándole que ya han trascurrido más de 46 días desde el día que la recibió el Contralor.

Sin embargo no es sino hasta el mes de enero del 2003, o sea más 60 días después de nuestra solicitud y después de varias gestiones realizadas al efecto que entregan copia de la información solicitada.

Es necesario indicar que todas las comunicaciones anteriores, cruzadas entre la Unidad de Recursos Humanos y la Seccional, se emitieron con copia para el Lic. Luis Fernando Vargas Benavides.

Por lo tanto indicamos lo siguiente:

Que admitir la existencia de limitaciones al ejercicio de la actividad sindical como la que ante esta autoridad se cuestiona, sin lugar a dudas resulta abiertamente violatoria no solo al Derecho de la Constitución, toda vez que le cercena a nuestros dirigentes sindicales de la Contraloría General de la República, la posibilidad de efectuar respecto de los trabajadores afiliados a nuestra sindical y para ante los representantes del denunciado, ya sea por nuestro medio o directamente estos, en el ejercicio de sus cargos como dirigentes del Comité Seccional en la Contraloría General de la República, de todos aquellos planteamientos que consideren pertinentes y en resguardo de los intereses de los trabajadores.

La negativa a brindar facilidades básicas a nuestros dirigentes sindicales por parte del señor Contralor General de la República, en mi criterio es una actuación que se enmarca claramente, dentro de lo establecido en el Capítulo III del Título V del Código de Trabajo, toda vez que, como se indicó anteriormente y como se demuestra con la documentación que al efecto me permito adjuntar, prácticamente se nos ha impedido desplegar dentro de dicha institución la actividad sindical para la que se constituyó el Comité Seccional de la Asociación Nacional de Empleados Públicos y Privados, mismo que ante las autoridades internas representan los derechos de los trabajadores de la Contraloría General de la República. En tal sentido, solicito se tenga a la vista la sentencia No. 17 de las 9 horas del 28 de diciembre del año 1982, dictada por el Tribunal Primero de trabajo de Menor Cuantía.

La manifiesta negativa de facilitar los instrumentos básicos a efecto de que los integrantes del Comité Seccional de la Asociación Nacional de Empleados Públicos y Privados puedan ejercer sus cargos y funcionar de manera adecuada y acorde según las solicitudes que en resguardo de los derechos individuales y colectivos le formulen los trabajadores de la Contraloría General de la República, implica no solo una violación a los derechos consagrados en el Capítulo III del Título V del Código de Trabajo, sino al mismo Derecho de la Constitución Política y de los Convenios Internacionales de la Organización Internacional del Trabajo, debidamente ratificados por el Gobierno de la República, en especial el 87, 98 y 135, así como la Recomendación 143.

DERECHO Y PRETENSION

De conformidad con los hechos expuestos y en atención a la legislación que regula la materia, me presento ante esta Autoridad formulando la presente denuncia en contra del señor Luis Fernando Vargas Benavides en su condición de Contralor General de la República a efecto de que mediante resolución que en tal sentido dicte esta Autoridad se le condene a lo que sigue:

Ordenarle al denunciado proceder de inmediato a brindar a los miembros integrantes del Comité Seccional de la Contraloría General de la República los medios básicos necesarios para ejercer el cargo de dirigentes del Comité Seccional de la Asociación Nacional de Empleados Públicos y Privados..

Ordenarle que a futuro se debe abstener de ejecutar actuaciones que menoscaben los derechos constitucionalmente garantizados no solo a nuestros afiliados en la Contraloría General de la República sino a nuestros representantes.

Pago de las multas que en derecho le corresponden por haber infringido la legislación laboral.

PRUEBA DOCUMENTAL

La que se adjunta.

NOTIFICACIONES: Yo las atenderé en las oficinas de la ANEP, del Hospital Nacional de Niños 325 metros al norte, frente a COOPESERVIDORES R.L. al denunciado se le notificará en la Contraloría General de la República en Sabana Sur.

Ruego se proceda de conformidad.

Albino Vargas Barrantes
Secretario General

—-
c.: Mario Redondo Poveda, Presidente de la Asamblea Legislativa.
c.: Lic. José Manuel Echandi Meza, Defensor de los Habitantes de la República.
c.: Sres. Jefes de Fracción Parlamentaria, Asamblea Legislativa.
c.: Junta Directiva Nacional de ANEP.
c.: Junta Directiva Comité Seccional ANEP-CGR.
c.: Medios de Comunicación Colectiva.
c.: Archivo.

Solicitud al Doctor Herman Hess Araya, Regulador General de la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos ( ARESEP), para que se abstenga de aprobar la solicitud tarifaría de US$ 460.oo, por concepto de conexión de servicio y US$ 25.oo por descon

Doctor
Herman Hess Araya
Regulador General
Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos ( ARESEP)
Su Despacho

Estimado señor:

Reciba, en primera instancia, un respetuoso saludo de parte de la Asociación Nacional de Empleados Públicos y Privados (ANEP).

De la manera más respetuosa le solicitamos a su honorable autoridad, abstenerse de aprobar la solicitud tarifaría de US$ 460.oo, por concepto de conexión de servicio y US$ 25.oo por desconexión y reconección a las tuberías del acueducto privado denominado “Empresa de Servicios BEKO S.A.”; misma que a través de perforación de pozos ha instalado un acueducto que brinda servicios de distribución de agua potable, en la comunidad de Tamarindo.

Lo anterior con fundamento en nuestro marco jurídico costarricense, el cual define como ente rector y operador del agua potable en nuestro país al Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados, a las Asociaciones Administradoras de Acueductos Rurales denominadas (ASADAS), conforme a la Ley 218; así las municipalidades, las sociedades de usuarios y la Empresa de Servicios Públicos de Heredia (ESPH).

Así las cosas, nuestra legislación define con claridad las potestades encomendadas a las instituciones prestatarias del servicio del agua potable, quedando al margen de la legalidad cualquier empresa privada que busque lucrar, mediante un servicio de carácter social, como lo es el suministro de agua potable, el cual ha sido encomendado al Estado costarricense.

Sobre el particular tenemos que admitir que es este el germen con el que se da el inicio de la privatización del servicio de agua potable en Costa Rica; sobre el cual se ciernen fuertes intereses económicos de las transnacionales; mismas que se han repartido el mercado del agua potable en el ámbito mundial.

Este tipo razones llevó, incluso, en su oportunidad, a que nuestra organización sindical le solicitara al Presidente de la República, Dr. Abel Pacheco de la Espriella, vetar la Ley de las Cooperativas de Electrificación Rural (CONELECTRICAS), las que al amparo de la ley les permitiría adueñarse, vía concesión, de las aguas en los parques nacionales y zonas protegidas.

Respetuosamente le expresamos que ANEP, como organización sindical responsable, hemos apostado siempre al fortalecimiento y la modernización de la institucionalidad; y, en tal sentido, apostamos a un A y A fortalecido, realizando inversión y con un sistema tarifario acorde a los costos de producción de las distintas formas de producción del agua potable, con lo cual se asegure la institución recursos para operar y realizar inversión social con participación del Estado y en pro del bien común.

Finalmente aprovechamos para solicitarle copia del expediente ET-60-2003 aportado por la empresa en mención. De la misma manera estaremos solicitando rendición de cuentas a la Dirección de Aguas del Ministerio de Ambiente y Energía ( MINAE), sobre las condiciones en las que se otorgó dicha concesión.

Reiterándole nuestro respeto,

Albino Vargas Barrantes
Secretario General

Gerardo Cascante Amador
Directivo Nacional
Responsable ANEP-A y A

—-
c.: Lic. Carlos Manuel Rodríguez Echandi, Ministro, Ministerio del Ambiente y Energía (MINAE).
c.: Ing. Everardo Rodríguez Bastos, Presidente Ejecutivo, A y A.
c.: MBA. Heibel Rodríguez Araya, Gerente General, A y A.
c.: Honorable Junta Directiva, A y A.
c.: Junta Directiva ANEP.
c.: Trabajadoras y Trabajadores A y A.

Solicitud al Licenciado Rogelio Ramos Martínez, Ministro de Seguridad Pública, para que gire las instrucciones pertinentes al señor Inspector General de la Fuerza Pública, Pedro A. Calderón Del Valle, a efecto de que modifique su oficio en lo relativ

En primer término, expresamos a su digna autoridad un respetuoso y atento saludo.

La finalidad de la presente es hacer de su conocimiento la preocupación de nuestra organización, respecto de la emisión del oficio sin número, de fecha 13 de marzo del año en curso y rubricado por el Intendente Carlos Luis Villalobos Salas, en su condición de I Delegado Cantonal de la Delegación Fronteriza de Upala; que a su vez, es la comunicación y puesta en conocimiento para todo el personal de la delegación dicha, del contenido del oficio 158-2003-IGEP, suscrito por el Inspector General de la Fuerza Pública, Pedro A. Calderón Del Valle. Concretamente, para la ANEP tal preocupación estriba, en lo fundamental, en dos tópicos.

Se indica en el oficio de comentario que “Los hombres en servicio deben permanecer rasurados, SIN BIGOTE, patilla recortada, corte de cabello adecuado. Si se usa cadenas deben mantenerse en todo momento bajo la camiseta”. La mayúscula no corresponde al original.

Con relación a este punto consideramos de vital importancia que su autoridad tenga conocimiento del contenido del Voto No. 0777-98, de la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia, correspondiente al Recurso de Amparo No. 97-006744; promovido con el patrocinio de la organización que representamos, por el señor ISAIAS MENDEZ VILLALOBOS, entonces afiliado a nuestra organización y contra del primer comandante de entonces de la Policía Montada.

En su oportunidad el funcionario Méndez Villalobos interpuso tal recurso de amparo toda vez que, tal y como se pudo demostrar, éste fue objeto de un traslado por el recurrido por usar bigote. Resolvió en su oportunidad la Sala de lo Constitucional lo siguiente “Vista la sentencia transcrita y la normativa vigente referida a las fuerzas policiales no existe impedimento alguno para que los policías, de cualquier rango militar, puedan utilizar bigote siempre y cuando lo hagan de una manera higiénica y bien presentado acorde con la función que les ha sido encomendada. En consecuencia privar a un oficial el uso de bigote o amenazarlo por ese hecho, sería violatorio de sus derechos fundamentales, en concreto el de la intimidad”.

Sabe bien el honorable señor Ministro de Seguridad Pública que el Artículo 13 de la Ley de la Jurisdicción Constitucional establece que las sentencias y precedentes de la misma son vinculantes y de acatamiento obligatorio, sea, erga omnes, salvo para sí misma.

Significa lo anterior que, ante la existencia de un fallo como el de comentario, mismo del que se adjunta una copia, no puede el Inspector General de la Fuerza Pública, limitar o impedir que un funcionario de la Fuerza Pública, cualquiera sea su rango, utilice bigote, claro está, siempre y cuando se ajuste a lo dispuesto por la Sala Constitucional en el voto de análisis.

Así las cosas, es que consideramos pertinente que su digna autoridad, previo análisis de lo antes expuesto y a efecto de no hacer nugatorio el contenido de un fallo del más alto Tribunal de la República, gire las instrucciones pertinentes al señor Inspector General de la Fuerza Pública, a efecto de que modifique su oficio en lo relativo a este punto, si es que así lo considera el señor Ministro de Seguridad Pública.

Rogamos se proceda de conformidad.

Albino Vargas Barrantes
Secretario General

Julio Soto Vargas
Responsable
ANEP-Seguridad Pública

—-
c.: Comisario Wálter Navarro Romero, Director General de la Fuerza Pública.
c.: Lic. Cristian Méndez Blanco. Director de Recursos Humanos, Ministerio de Seguridad Pública.
c.: Junta Directiva Nacional de ANEP.
c.: Trabajadores de la Fuerza Pública.

Solicitud de estudio de la situación del suministro de alimentos, incluido precios y calidad de insumos, con participación del CNP, a hospitales de la CCSS y otras instituciones.

Licenciado José Manuel Echandi Meza
Defensor
Defensoría de los Habitantes de la República
Su Despacho

Asunto: Solicitud de estudio de la situación del suministro de alimentos, incluido precios y calidad de insumos, con participación del CNP, a hospitales de la CCSS y otras instituciones.

Estimado señor Defensor:

Nos complace, en primer término, dirigirle un respetuoso saludo de parte de la Asociación Nacional de Empleados Públicos y Privados (ANEP).

En segundo término realizamos respetuosa solicitud a su despacho en el sentido de investigar la situación del suministro de alimentos con participación del Consejo Nacional de Producción (CNP) a hospitales de la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS) y otras dependencias públicas.

Lo anterior por haber detectado nuestra representada, una serie de inconvenientes que podrían estar afectando la buena marcha de importantes instituciones de Seguridad Social y, por ende, los derechos de los ciudadanos de nuestro país.

Esta solicitud se origina, además, en que nuestra organización sindical fue la que los trabajadores del Servicio de Nutrición del Hospital Nacional de Niños “Dr. Carlos Sáenz Herrera”, escogiera para el respectivo acompañamiento en la búsqueda de soluciones concretas para la problemática del abastecimiento de alimentos para la población infantil de este importante centro hospitalario.

A este respecto logramos provocar un espacio de diálogo y negociación con las respectivas autoridades institucionales, con participación del señor Gerente Administrativo de la CCSS, Lic. René Escalante Agüero; el Dr. Rodolfo Hernández, Director Médico del Hospital Nacional de Niños, quien se hizo acompañar de la Licda. Mayela Carrillo, Directora Administrativa, de Licda. Regina Velasco, Jefa del Departamento de Nutrición, de la Bach. Roxana Ureña, Jefa del Departamento de Recursos Materiales; así como de los asesores legales, Lic. William Ramírez, de Recursos Humanos de la CCSS y la Licda. Berlioth Blanco, Asesora Legal del Hospital Nacional de Niños. Por nuestra parte, el Sr. Édgar Morales Quesada, Secretario General Adjunto y el Sr. Giovanny Ramírez Guerrero, Directivo Nacional de la ANEP y Responsable del Sector Salud de nuestra organización. Los trabajadores designaron a la funcionaria Giselle Castro del Servicio de Nutrición, como su vocera y representante. Al término de una serie de deliberaciones se llegó a un entendimiento del que adjuntamos una copia (anexo1).

Conscientes de que la situación no está resuelta definitivamente y que trascienda la problemática que vive el Hospital Nacional de Niños, dado que detectamos elementos que inequivocadamente muestran un problema mayor, decidimos remitir por la vía de denuncia este asunto a la Defensoría de los Habitantes de la República, por dos razones fundamentales:

Nos resulta necesario que se investigue el mecanismo y las condiciones de compra que mediante la ley del CNP, supone está generando menoscabo a las instituciones que brindan Seguridad Social; en primer orden a la CCSS, así como a Seguridad Pública y Adaptación Social, todo ello con el fin de observar si, efectivamente, el CNP cobra precios onerosos con relación al resto de proveedores, lo cual lastimaría los presupuestos institucionales; además de realizar comparaciones de mercado que indaguen si existen sobre precios del CNP a la CCSS y otros.

Rogamos, respetuosamente, observar los problemas relativos a requisitos sobre estándares de calidad, presentación de muestras y contratos; requisitos que resultan indispensables donde está de por medio la salud de nuestros niños y niñas y que incumple el CNP, según se desprende de lo dicho por las autoridades de la CCSS.

Desea nuestra organización resaltar que según los criterios que hemos sostenido con autoridades de la CCSS, de las que no tenemos porqué dudar; la actitud de velar por una adecuada escogencia de alimentos (control de calidad) y confección de dietas variadas (por requerimientos proteico-calorías); así como por los criterios médico-profesionales en el campo de la nutrición y, particularmente, de los niños y niñas internados que padecen el dolor y la enfermedad, es una condición indispensable que no debe obviarse en ningún momento, dado que como es lógico suponer está de por medio la vida y la superación de estados patológicos y/o de enfermedad.

A este respecto hemos sido documentados de certificaciones dudosas o alteradas (anexo 2) que crean problemas y dificultades para la adquisición de los alimentos que requiere particularmente el Hospital Nacional de Niños, mismas que son presentadas, según la información recibida por el CNP a las dependencias de la CCSS, en este caso el Hospital Nacional de Niños.

Conviene también presentar una muestra de cómo los sobreprecios, hasta alcanzan cifras millonarias (anexo 3). Estas diferencias con relación al mercado nacional de proveedores, lastimarían los presupuestos institucionales de la CCSS y otros entes obligados “por ley” a comprarle al CNP.

Para nosotros no existe justificación razonable y se constituiría un lamentable saqueo, de probarse la presunción que se origina en las afirmaciones de las autoridades de la CCSS, dirigido contra las instituciones de Seguridad Social, que menoscabaría su función y pondría en peligro el servicio que brindan.

Es nuestra consideración que la Defensoría de los Habitantes de la República, teniendo a la vista los elementos presentados por la ANEP, podría iniciar la investigación de los hechos aquí denunciados. Además es menester mencionar que hemos encontrado mucha voluntad, para agregar nuevos elementos a esta denuncia de parte de las autoridades institucionales de la CCSS y, concretamente, de las del nivel local del Hospital Nacional de Niños, mismas que podrían hacerse llegar de manera directa o bien a través de nuestro sindicato o mediante solicitud expresa de esa Defensoría.

Confiamos en que la Defensoría realizará las gestiones necesarias en procura de una solución a tan delicada situación, aún cuando esté de por medio una “ley” que faculta al CNP a ser un proveedor de insumos alimentarios para la CCSS y otros, toda vez que ello no se constituya en una amenaza para la población que hace uso de los servicios de la Seguridad Social Costarricense.

Suscribimos esta denuncia en la solicitud respetuosa de que se nos mantenga informados sobre las acciones emprendidas por la Defensoría de los Habitantes de la República.

Con muestras de la mayor consideración y respeto,

Albino Vargas Barrantes
Secretario General

Geovanny Ramírez Guerrero
Directivo Nacional
Responsable Sector Salud

—-
c.: Dr. Abel Pacheco de la Espriella, Presidente de la República.
c.: Sres y Sras Consejo de Gobierno.
c.: Junta Directiva, CCSS.
c.: Lic. René Escalante Agüero, Gerente Administrativo, CCSS.
c.: Dr. Horacio Solano, Gerente Médico, CCSS.
c.: Dr. Rodolfo Hernández, Médico Director, hospital Nacional de Niños, CCSS.
c.: Lic. William Ramírez, Departamento Legal y Recursos Humanos, CCSS.
c.: Licda. Berlioth Blanco, Departamento Legal, Hospital Nacional de Niños, CCSS.
c.: Junta Directiva Nacional de ANEP.
c.: Unidad de Asesoría Jurídica, ANEP.
c.: Medios de Comunicación Colectiva.
c.: Trabajadores y trabajadoras, Servicio de Nutrición, Hospital Nacional de Niños, CCSS.
c.: Archivo.

Solicitud ante las autoridades de la Caja Costarricense de Seguro social para que declare Estado de Emergencia del Servicio de Nutrición del Hospital Nacional de Niños

Doctor Eliseo Vargas García
Presidente Ejecutivo
Caja Costarricense del Seguro Social (CCSS)
Licenciado René Escalante González
Gerente Administrativo
Caja Costarricense del Seguro Social (CCSS)
Doctor Rodolfo Hernández Gómez
Director Hospital Nacional de Niños “Dr. Carlos Sáenz Herrera”

Asunto: Solicitud de declaración de Estado de Emergencia del
Servicio de Nutrición del Hospital Nacional de Niños.

Estimados señores:

Reciban, en primer término, un respetuoso saludo de la ANEP.

En segundo término, realizamos la presente solicitud en virtud de que existen problemas muy serios en el abastecimiento de productos para la atención particular de los pacientes del Hospital Nacional de Niños. Estamos enterados de que el procedimiento de compra de productos obliga a los hospitales a realizar las compras a través del Consejo Nacional de Producción (CNP), que implica ajustes en los procesos y que puede producir atrasos de las respectivas adquisiciones.

También nuestra organización conoce los complejos procedimientos para los trámites de compras, dentro de los cuales debe existir mediación de la Contraloría General de la República.

No obstante lo anterior, concluimos que la situación que, particularmente, enfrenta el Servicio de Nutrición del Hospital Nacional de Niños es excepcional y merece la declaración de Estado de Emergencia. Esta situación ha generado circunstancias adversas para dicho servicio, que se han venido acumulando en el tiempo, provocando serias consecuencias a la población infantil que se encuentra internada; o bien, la que ha futuro deba ser ingresada a cada uno de los servicios del nivel hospitalario.

A petición del grupo de trabajadores sostuvimos una reunión donde se nos informó lo siguiente: Existe un faltante de:
Vajilla de niños (cucharas, dulceras, vasos, soperas)
Vasos y cucharas desechables
Chupones o biberones
Coladores manuales
Hisopos (el personal los adquiere de su propio peculio)

Además:
No hay margarina lo que impide usar la existencia de harina
No hay arroz suficiente para cubrir la demanda
La reserva de frijoles es escasa
No hay carnes rojas, ni pescado
Problemas con el suministro de vegetales
No hay embutidos, ni derivados lácteos ( queso, mantequilla)
No hay jarabe de maíz para los licuados por sonda
No hay avena, galletas de soda, maría, helados, leche descremada y aceite para cocinar
Falta el SIMILAC y los jugos para los niños.

Adicionalmente:
El autoclave está malo
No hay máquina lavadora de chupones
No hay exprimidora de jugos
No hay máquina lavadora de chupetas

Lo anterior implica un trabajo manual que hace muy difícil garantizar la calidad del trabajo. Existe un clima muy tenso dentro del departamento, debido a que el personal de piso y los familiares de los niños internados realizan presión, constantemente, a los funcionarios que sirven la alimentación. Es a ellos ante quienes descargan las molestias que con bastante fundamento sienten; sin embargo, no tienen otra opción que ser los receptores del descontento y de todos los problemas que ha generado tal desabastecimiento de alimentos.

Los niños están cansados de comer pollo que es lo que, aparentemente, se compra por “caja chica”. El personal tenía intenciones de protestar hoy, lunes 12 de mayo, pero darán un compás de espera de 48 horas a las autoridades para resolver. El mismo vence el próximo miércoles 14 de mayo, a las 6 a.m. pues consideran que no pueden esperar más. Esta situación de tiempo límite fue comunicada por el Secretario General de la ANEP, al señor Presidente Ejecutivo de la CCSS, vía telefónica, en la mañana de este lunes 12 de mayo. Es nuestra percepción que la situación es inmanejable; la gente quiere trabajar pero no tienen recursos ni herramientas y manifiestan que no aceptarán responsabilidades que no les competen.

Con este panorama nos parece que la única medida que queda es que se declare el “Estado de Emergencia” del servicio y que por ésta circunstancia, la institución resuelva la problemática existente. En todo caso se trata de la alimentación, la salud de los niños y en eso creemos no se deben escatimar recursos.

ANEP acompañará a los trabajadores en todo momento y daremos especial seguimiento a las acciones que se emprendan en buscar una solución expedita, responsable y sostenida. Esperamos no se nos conduzca a realizar denuncias extrainstitucionalmente; pensamos que si hay recursos para nueva infraestructura, necesariamente debe haberlos para garantizar la atención de nuestros niños, máxime si ellos se encuentran enfrentando el dolor y la enfermedad.

Con la confianza de que con la urgencia debida, se atenderá nuestro planteamiento, reiteramos nuestro respeto para vuestras autoridades.

Albino Vargas Barrantes
Secretario General

Geovanny Ramírez Guerrero
Directivo Nacional
Responsable Sector Salud

—-
c.: Dr. Horacio Solano, Gerente Médico, CCSS.
c.: Licda. Mayela Carrillo, Administración Hospital Nacional de Niños.
c.: Licda. Patricia Chávez, Asesoría Legal Hospital Nacional de Niños.
c.: Licda. Regina Velasco, Jefatura Nutrición Hospital Nacional de Niños.
c.: Lic. José. Manuel Echandi, Defensor de los Habitantes de la República.
c.: Sres. Unidad Asesoría Jurídica ANEP.
c.: Junta Directiva Nacional de ANEP.
c.: Trabajadores y Trabajadoras, Servicio Nutrición Hospital Nacional de Niños.
c.: Funcionarios Hospital Nacional de Niños.
c.: Archivo.

Gestión ante la Contraloría General de la República sobre los mil millones de colones que facilitó el gobierno de centra para financiar el proceso de negociación del TLC con los Estados Unidos.

Estimado señor:

En primer término, expresamos a usted el más atento y respetuoso de nuestros saludos.

Nos ha parecido necesario que la entidad contralora a su digno cargo proceda a determinar la legalidad de una decisión adoptada por el Poder Ejecutivo, de tomar la cantidad de C. 1.000.000.000.oo (mil millones de colones), de los denominados fondos de preinversión administrados por el Ministerio de Planificación Nacional y Política Económica (MIDEPLAN), “para ayudar al proceso que está llevando a cabo el Ministro de Comercio Exterior, señor Alberto Trejos, relativo al Tratado de Libre Comercio (TLC) con Estados Unidos”.

Así se desprende del Oficio DM-292, fechado el 17 de febrero del 2003, dirigido por el señor Ministro de Hacienda, señor Jorge Wálter Bolaños Rojas; al señor Jorge Polinaris Vargas, Viceministro de MIDEPLAN. Le adjuntamos copia de dicho documento.

Tenemos conocimiento de que tales fondos de preinversión se generan a partir de un Contrato de Préstamo celebrado el 16 de noviembre de 1989, entre el Gobierno de la República de Costa Rica y el Banco Interamericano de Desarrollo, por un monto de seis millones de dólares; contrato de préstamo aprobado por la Asamblea Legislativa, mediante la Ley No. 7376, emitida el 23 de febrero de 1994. Posteriormente, se emitió por parte del Poder Ejecutivo, el Reglamento del Fondo de Preinversión, según Decreto No. 24658-PLAN, emitido el 21 de setiembre de 1995.

Aparte de determinar si esa decisión es correcta, jurídicamente hablando y si así lo fuere, nos parece importante que se determine el control del gasto de esos dineros y si el ente contralor ejerce fiscalización y demanda rendición de cuentas sobre ello. Por el contrario, si resultara ilegal de decisión indicada en el oficio que firma el actual Ministro de Hacienda, solicitamos indicarnos cómo se procederá para demandar las debidas responsabilidades, considerando que esos dineros el país debe honrarlos al provenir de un préstamo que todos los costarricenses deberemos pagar.

Las personas a las que hemos consultado sobre el particular, con conocimiento de causa, han opinado entre otros aspectos, que esos mil millones de colones debilitarán los proyectos que sí correspondería ejecutar al amparo de esos fondos de preinversión; por ejemplo, los estudios de catastro y de planes reguladores que tanta falta hacen a los gobiernos locales.

Valga indicar, además, que en la misma carta del Ministerio de Hacienda a MIDEPLAN, se dispone otro traslado de dineros, adicional al que se hace para el asunto del TLC. Se trata de 300 millones de colones “para inversión en el proceso de cultura tributaria”, según se cita en la citada correspondencia. El fin es más que necesario y debemos respaldarlo, pero, ¿es correcto, al igual que en el caso anterior, este tipo de transferencias?.

Con la esperanza de que el señor Contralor General le dé la debida atención a nuestro planteamiento, nos es muy grato suscribirnos, no sin antes reiterarle nuestro mayor respeto y consideración,

Albino Vargas Barrantes
Secretario General

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c.: Lic. Rodrigo Alberto Carazo Zeledón, Diputado de la Asamblea Legislativa.
c.: Junta Directiva Nacional.
c.: Archivo.

La ANEP intercede ante el Gobierno de la República por la situación del no pago de salarios de los trabajadores y trabajadoras de Magisterio Nacional.

Estimados señores y estimadas señoras:

Con gran respeto para todos y todas ustedes, la Asociación Nacional de Empleados Públicos y Privados (ANEP), demanda, vehemente, del Gobierno de la República, las más contundentes acciones, tanto políticas, como ejecutivas y administrativas; para corregir la vergonzosa e indignante situación que enfrenta al Magisterio Nacional, al no recibir miles y miles de educadores y de educadoras, el pago oportuno por sus salarios.

Las explicaciones que se han brindado hasta el día de hoy, poco convincentes y contradictorias, son inaceptables. Por tal razón se impone una declaratoria de emergencia para que desde la propia Presidencia de la República, se emitan las directrices de rigor y se proceda a sentar, con toda energía, las responsabilidades que competan, no importa el nivel jerárquico, tanto político como administrativo, involucrado en esta complicada situación que tanta angustia, dificultades e incertidumbre ha causado a los hogares de los y las docentes de la Educación Pública de Costa Rica.

Reiterándoles nuestro mayor respeto y consideración,

Albino Vargas Barrantes
Secretario General

Edgar Morales Quesada
Secretario General Adjunto

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c.: Dr. Abel Pacheco de la Espriella. Presidente de la República de Costa Rica.
c.: Organizaciones del Magisterio Nacional.
c.: Medios de Comunicación Colectiva.
c.: Junta Directiva Nacional ANEP.